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May 7, 2019 | Author: Wilson Escalona | Category: Taxes, Value Added Tax, Debit Card, Economies, Finance (General)
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Tarea 4: Base Imponible del IVA Wilson Escalona Taller de IVA Instituto IACC 7 de diciembre de 2017

Desarrollo Desarrolle un ensayo, en el cuál incorpore los requisitos, obligaciones, esquema de la Base Imponible del Impuesto al Valor Agregado en las ventas y servicios.

En general todo país cuenta con un tipo de gravamen, el cual es uno de los principales ingresos, utilizándose en distintas áreas, como salud, educación, etc. En Chile el Impuesto al Valor Agregado o IVA de aquí en adelante, es el principal impuesto al consumo que es aplicado dentro del territorio nacional, y que es regulado por la Ley N°825/76 contemplando toda acción referida a las ventas y servicios realizados por personas naturales o jurídicas y que acorde a todas las modificaciones que ha presentado a través de los años, grava actualmente con un 19% toda compra y venta, ya sea de bienes y/o servicios ejecutados dentro del territorio nacional. En otras palabras, quiere decir que el vendedor o proveedor incorpora el IVA a la transacción comercial, donde al valor neto se le suma el 19% incrementando su precio, por ejemplo si se venden $1.000 pesos el valor total corresponderá a $1.190 pesos. Cabe destacar que según la ley de sobre impuesto a las ventas y servicios, toda venta igual o superior a $180 pesos se le deberá aplicar 19% de IVA. Debemos tener en cuenta que el Fisco, es el ente encargado en la fiscalización del pago de impuesto,  por lo que se debe respaldar por medio de las boletas o facturas emitidas por cada transacción económica o servicios realizadas por una empresa o persona natural. Entonces uno de los requisitos básicos de este impuesto, es que exista ya sea en digital o físico la  boleta o factura correspondiente a la compra o venta de servicio, para luego poder ser declarados en la página www.sii.cl utilizando Rut de usuario y clave, para ingresar y dirigirse a los formularios correspondientes (F29 o F50). En Chile de acuerdo a la legislación que está vigente, indica que el IVA debe ser declarado y  pagado mensualmente (artículos 64 y siguientes del D.L. N° 825 de 1976), su monto determinado

a partir de la diferencia entre el Crédito Fiscal, que es el IVA soportado por el comprador y/o servicios gravados con IVA y el Débito Fiscal, que es el IVA recargado por este mismo comprador o prestador de servicios en las ventas que realice en el mismo mes (artículos 23 y siguientes del D.L. N° 825 de 1976). Por lo tanto, se establece en esta ley el gravamen de los servicios prestados o utilizados en el territorio nacional, sea que la remuneración correspondiente se pague o perciba en Chile o en el extranjero. El Estado Chileno presenta dos hechos gravados básicos, uno correspondiente a las ventas y otro a los servicios. De acuerdo a esto, encontramos dos términos que son relevantes, uno corresponde al débito fiscal, el cual es el IVA presente en las boletas, facturas. Liquidaciones, notas de débito y de crédito, que son emitidas por ventas de productos o servicios y el crédito fiscal correspondiente al impuesto incluido en las facturas de proveedores o de compras, n otas de débito y de crédito, que acrediten las liquidaciones o utilización de servicios Finalmente la Base Imponible es el monto sobre el cual se aplica el porcentaje de impuesto, establecido en la norma legal respectiva, para determinar el gravamen que deberá ser pagado. El D.L. Nº825, art. 15 y el D.S. Nº 55, art. 26, Reglamento del D.L. Nº 825 contemplan las normas que regulan la Base Imponible del Impuesto a las Ventas y Servicios, la que está constituida por el precio de la venta de los bienes corporales muebles o el valor de los Servicios prestados. Por su  parte, los impuestos que gravan a la misma operación en ningún caso formarán parte de la Base Imponible.

Bibliografía IACC (2017). Base imponible del impuesto al valor agregado. Taller de IVA. Semana 4 https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=6369

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