Universidad Abierta y A Distancia de México Licenciatura en Derecho

November 20, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho

Universidad Abierta y a Distancia de México. DIVICION DE CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS

LICENCIATURA EN DERECHO Módulo XV Internacionalización del Derecho en su Ámbito Privado UNIDAD 3 Derecho Positivo Internacional Privado SESIÓN 6 Proceso en el Derecho Internacional Privado Mexicano Docente Getsemaní Jaén Cisneros Castillo Alumno Javier de Jesús Gordillo Ramírez Matricula ES1821005964 CD Nezahualcóyotl, Edo de México, 20 de noviembre 2021. M15_U3_S6_JAGR

División de Ciencias Sociales / Derecho

Javier de Jesús Gordillo Ramírez

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ÍNDICE Índice....................... Índice........... ........................ ........................ ........................ ........................ ........................ ........................ ........................ ......................... ..............Pag. .Pag. 02. Introduccion.................... Introduccion........ ........................ ......................... ......................... ........................ ......................... ......................... ........................ .................Pag. .....Pag. 02.  Actividad 1. .................. .............................. ......................... ......................... ......................... ......................... ........................ ........................ ....................Pag. ........Pag. 03  Actividad

2............. 2......................... ........................ ........................ ........................ ........................ ........................ ........................ ........................ .................Pag. .....Pag.

15. ...................... ......................... ......................... ......................... ......................... ........................ ..................... ......... Pág. 17. Actividad Integradora.......... Conclusiónes.................... Conclusiónes........ ......................... ......................... ......................... ......................... ........................ ........................ ........................ .............. .. Pág. 20. Bibliografía……………………………………………………………………………….…Pág. 21. Legislación...................... Legislación.......... ........................ ......................... ......................... ........................ ......................... ......................... ......................... ................Pag. ...Pag. 21.

  I N T R O D U C C I Ó N. En la sesi sesión ón seis seis ap apre rend nder erem emos os me meca cani nism smos os ap aplilica cabl bles es pa para ra la re reso solu luci ción ón de controversias, que en el ámbito civil se pueden presentar dentro del desarrollo de la vida de las las pe pers rson onas as naci nacion onal ales es o no pero pero que que se encu encuen entr tran an pr prev evis ista tass de dent ntro ro de lo loss ordenamientos para solucionar estos posibles conflictos. Es así que en una primera actividad podremos identificar las técnicas de reglamentación indirecta, directa y mixta para la determinación del derecho aplicable tanto en el Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México), como en el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México). Estas Est as téc técnic nicas as nos ori orient entara aran n par para a dir dirimi imirr nor normat mativa ivamen mente te el camino camino a seguir seguir para solucionar las controversias que en el ámbito civil se nos presenten a través de los clientes que nos soliciten una orientación de nuestra parte. Como técnicos del derecho, la correcta delimitación del derecho aplicable con forme a sus normas y las autoridades involucradas nos permitirán guiar a nuestros futuros clientes, además de profesionalizar al foro con mejores capacidades adquiridas.  

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S6 Actividad 1. Determinación del Derecho Aplicable La coo cooper peraci ación ón pro proces cesal al int interna ernacio cional nal con consis siste te en la col colabo aborac ración ión de los Est Estado adoss soberanos para dar cumplimiento a las resoluciones judiciales, involucrando la actuación de órganos jurisdiccionales tanto en calidad de exhortantes como de exhortados. Debido a la inexistencia de un sistema jurídico internacional para solucionar asuntos privados e internacionales, se selecciona un sistema jurídico Estatal con sus respectivas técnicas de reglamentación, sean éstas directas, indirectas o mixtas para tales fines. Con el propósito de distinguir las técnicas de reglamentación del Derecho aplicable, realiza la siguiente actividad. 1. Lee desde “Cooperación procesal internacional” hasta “Derecho aplicable” del texto de apoyo. 2. Identifica las técnicas de reglamentación indirecta, directa y mixta para la determinación del derecho aplicable tanto en el Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México), como en el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (Ciudad de México). Cinco artículos por cada técnica de reglamentación. 3. Explica lo que el legislador en cada artículo quiso decir, para ser encasillado cada uno en una técnica de reglamentación. 4. De las técnicas de reglamentación directa e indirecta, señala el supuesto de hecho, el punto de conexión y la consecuencia jurídica en cada artículo, según corresponda.

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A:

 _________________________________________  ______________________ ___________________ Código Civil para el Distrito Federal

Código Civil para el Distrito Federal Articulo

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Técnicas de Reglamentación Directa Supuesto de hecho, Lo que quiso el punto de conexión decir el legislador  y la consecuencia  jurídica

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho Artículo 416 Ter. - Para los efectos del presente Código se entenderá como interés superior del menor la prioridad que ha de otorgarse a los derechos de las niñas y los niños respecto de los derechos de cualquier otra persona, con el fin de garantizar, entre otros, los siguientes aspectos:

La preferencia que los derechos de los menores tendrán frente a cualquier otra persona, que se reconozcan en otras leyes y tratados internacionales.

Supuesto de Hecho: La preponderancia de los derechos de los menores frente a cualquier otro derecho de personas.

Punto de Conexión: La protección superior de los menores reglamentada en tratados internacionales delos los que el estado mexicano sea parte y demás leyes.

V.- Los demás derechos que a favor de las niñas y los niños reconozcan otras leyes y tratados aplicables.

Consecuencia Jurídica: La vigencia de todos los derechos que les reconozcan otras leyes y tratados aplicables.

Artículo 13.- La determinación del derecho aplicable en el Distrito Federal se hará conforme a las siguientes reglas:

Establece las reglas de aplicación en relación al derecho que se aplicara de acuerdo a las posibilidades que ejemplifica.

I. En el Distrito Federal serán reconocidas las situaciones I. Dentro de la  jurídicas válidamente federación el orden creadas en otras entidades  jurídico será respetado de la República; por todos sus miembros. II.- El estado y la capacidad de las personas se rige por II. las modalidades en las leyes aplicables en el que puede incurrir la Distrito persona serán Federal; determinadas por las III.- La constitución, régimen normas vigentes dentro del espacio territorial y extinción de los derechos en que se encuentre en reales sobre inmuebles, así este caso la CDMX. como los contratos de   arrendamiento y de uso III. La constitución y temporal de tales bienes, y régimen de los bienes los bienes muebles que se inmuebles que encuentren en el Distrito contienen el territorio Federal, se regirán por las de la CDMX se regirá disposiciones de este exclusivamente por las Código, aunque sus normas locales aun y titulares sean extranjeros; cuando el dominio pertenezca a un IV.- La forma de los actos extranjero.  jurídicos se regirá por el derecho del lugar en que se IV. Los actos jurídicos celebren. Sin se regirán por el lugar embargo, los celebrados en que se suscriban a fuera del Distrito Federal, excepción expresa podrán sujetarse a las como la voluntad de los formas prescritas en este contratantes. Código cuando el acto haya de tener efectos en el Distrito V. Los efectos de Federal; y

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Supuesto de Hecho: La federación reconoce a todos y cada uno de sus integrantes que se rigüe por el pacto federal y por ende ajustan sus sistemas jurídicos al pacto federal estableciendo la igualdad separación de cada uno y su vigencia entre estos.

Punto de Conexión: El dominio de los bienes inmuebles que las normas de la CDMX, establece como un principio fundamental para su subsistencia.

Consecuencia Jurídica: La coercibilidad de las normas que se emiten reglamenta las conductas de las personas y las consecuencias que estas pueden tener dentro de el orden social de su territorio.

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho contratos realizados V.- Salvo lo previsto en las fuera de sus dos fracciones anteriores, los delimitaciones, pero efectos jurídicos de los actos que sus efectos deban y contratos celebrados fuera resentirse en la del Distrito Federal que modificación, creación o cambios de estado deban ser ejecutados en su que deban efectuarse territorio, se regirán por las disposiciones de este en su territorio se regirán por sus normas. Código, a menos que las partes hubieran designado válidamente la aplicabilidad de otro derecho.

Artículo 14. En la aplicación del derecho extranjero se observará lo siguiente: I. Se aplicará como lo haría el juez extranjero correspondiente, para lo cual el juez podrá allegarse la información necesaria acerca del texto, vigencia, sentido y alcance legal de dicho derecho; II. Se aplicará el derecho sustantivo extranjero, salvo cuando dadas las especiales circunstancias del caso, deban tomarse en cuenta, con carácter excepcional, las normas conflictuales de ese derecho, que hagan aplicables las normas sustantivas mexicanas o de un tercer estado;

La forma de aplicación del derecho extranjero se seguirá por los siguientes apartados I. La impartición de la  justicia es primordial así es posible que el  juez local juzgue conforme al derecho positivo necesario para el caso. II. Se deberá estudia el fondo y forma de la controversia.

Supuesto de Hecho: La competencia o necesidad de la aplicación de un derecho extranjero por la presencia de un derecho aplicable para alguna de las partes.

Punto de Conexión: La vigencia positiva de alguna extranjera que protegenorma u obliga a determinada parte conforme al sistema de origen.

Consecuencia Jurídica: La vigencia positiva y aplicación de las normas extrañas por juez local en los casos permitidos por la ley.

III. No será impedimento para la aplicación del derecho extranjero, que el derecho mexicano no prevea instituciones o procedimientos esenciales a la institución extranjera aplicable, si existen instituciones o procedimientos análogos; IV. Las cuestiones previas, preliminares o incidentales que puedan surgir con motivo de una cuestión principal, no deberán resolverse necesariamente de acuerdo con el derecho que regule a esta última; y V. Cuando diversos aspectos de una misma relación  jurídica estén regulados por diversos derechos, éstos serán aplicados

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho armónicamente, procurando realizar las finalidades perseguidas por cada uno de tales derechos. Las dificultades causadas por la aplicación simultánea de tales derechos se resolverán tomando en cuenta las exigencias de la equidad en el caso concreto. Lo dispuesto en el presente artículo se observará cuando resultare aplicable el derecho de otra entidad de la Federación.

Artículo 15. No se aplicará el derecho extranjero:

Para mantener la legalidad de las instituciones nacionales y su vigencia frente a otros sistemas normativos, el juez que conozca de un intento de fraude a la ley inaplicara el derecho extranjero prefiriendo el nacional.

I. Cuando artificiosamente se hayan evadido principios fundamentales del derecho mexicano, debiendo el juez determinar la intención fraudulenta de tal evasión; y   II. Cuando las disposiciones del derecho extranjero o el resultado de su aplicación sean contrarios a principios o instituciones fundamentales del orden público mexicano.

Supuesto de Hecho: La evasión de principios fundamentales de manera artificiosa con fines fraudulentos.

Punto de Conexión: La figura jurídica extranjera que lesiona los principios  jurídicos del sistema jurídico jurídico mexicano.

Consecuencia Jurídica: La inaplicación de la norma extranjera.

Artículo 19. Las controversias judiciales del orden civil deberán resolverse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica. A falta

Cuando la ley sea omisa o poco clara al grado de no poder definir la norma aplicable, se remitirá el

de ley se resolverán conforme a los principios generales de derecho.

 juzgador los principiosagenerales del derecho nacional.

Supuesto de Hecho: De no existir una norma precisa, directa, indirecta o mixta que nos resuelva el conflicto.

Punto de Conexión: Cuando la forma directa de focalizar, remitir o enviar un asunto no es clara y el mismo no permite la forma indirecta o mixta, se regresará a la forma directa con la aplicación.   Consecuencia Jurídica: La aplicación de los principios generales del derecho como fundamentos generales de nuestro sistema jurídico nacional.

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho Código Civil para el Distrito Federal Articulo

Técnicas de Reglamentación  Indirecta Supuesto de hecho, Lo que quiso el punto de conexión decir el legislador  y la consecuencia  jurídica

Artículo 51.- Para

Para contar con la certeza

establecer el estado civil adquirido por los mexicanos del Distrito Federal fuera de la República, serán bastantes las constancias que los interesados presenten de los actos relativos, sujetándose a lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales firmados y ratificados

de la calidad y estatus que ostenten las personas bastara la presentación de los documentos que desacuerdo con la constitución, los tratados internacionales y las leyes sustantivas y adjetivas del derecho civil determinen en.

por el Código CivilMéxico, y el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, y siempre que se registren en la Oficina del Distrito Federal que corresponda.

Artículo 403. El procedimiento para tramitar la adopción será fijado en el Código de Procedimientos Civiles.

Supuesto de Hecho: Las normas constitucionales de tratados internacionales y de leyes adjetivas y sustantivas que formen y reglamenten el estado civil de las personas. Punto de Conexión: El sistema jurídico mexicano que articulado en distintos cuerpos normativos, hace posible la convivencia jurídica de distintas personas que pueden ser de variadas nacionalidades.

Consecuencia Jurídica:

El reconocimiento de los actos que crean o modifican el estado civil de las personas aun y cuando no sean realizados dentro del territorio de la jurisdicción del estado mexicano pero que serán de plena vigencia si se apegan a los ordenamientos jurídicos que el mismo estado crea para armonizarlos a su sistema jurídico.  Aunque el código civil de la ciudad de México crea el valor sustantivo de la norma, será el valor adjetivo contenido en el código de procedimientos civiles de la CDMX, el que le de la forma y lo armonice con el conjunto del sistema jurídico mexicano e intencionalmente en todo lo referente a los tratados internacionales en el que el estado mexicano sea parte.

Supuesto de Hecho: La modificación del estado civil de una persona al será adoptada por otra y la necesidad de reglamentación y la supervisión de las autoridades para conocer del procedimiento.

Punto de Conexión: Toda adopción que dentro del territorio de la CDMX se inicie deberá seguirse por las normas contenidas en el código de procedimientos civiles para la CDMX.

Consecuencia Jurídica:

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho Ninguna adopción podrá darse por valida si no es llevada conforme a los contenidos del Código de procedimientos civiles de la CDMX.

 Artículo 410-E. La adopción internacional es la promovida por ciudadanos de otro país, con residencia habitual fuera del territorio nacional. Esta adopción se regirá por los tratados internacionales ratificados por el Estado Mexicano bajo el principio de bilateralidad y, en lo conducente, por las disposiciones de este Código. La adopción por

Cuando el que pretenda

Supuesto de Hecho:

adoptar un menor dentro del territorio mexicano, encontrándose este bajo su tutela, y el adoptante tenga su residencia habitual fuera del territorio nacional, la adopción se reguera por los tratados internacionales de los que México sea parte.

La adopción que de un menor se desee hacer por un extranjero que no tenga su residencia en país distinto al territorio mexicano, se reguera por los tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte.

Punto de Conexión:

 

La adopción internacional, por extranjero que habita en otro territorio.

Consecuencia Jurídica:

extranjeros es la promovida por ciudadanos de otro país, con residencia permanente en el territorio nacional. Esta adopción se regirá por lo dispuesto en el presente Código.

Los tratados internacionales, de que el estado mexicano se aparte para normar este tipo de adopciones.

Artículo 2590. El procurador o abogado que revele a la parte contraria los secretos de su poderdante o

Todo litigante que falte a la confianza y deber con la  justicia será responsable de los daños y perjuicios que su acción acarree

cliente, o le suministre documentos o datos que lo perjudiquen, será responsable de todos los daños y perjuicios, quedando, además, sujeto a lo que para estos casos dispone el Código Penal.

quedando sujeto las disposiciones del acódigo penal.

Supuesto de Hecho: La revelación de secretos a la contraparte en litigio por parte del abogado representante.

Punto de Conexión: La revelación de secretos a la contraparte en litigio por parte del abogado representante.

Consecuencia Jurídica: El abogado quedara, además, sujeto a lo que para estos casos dispone el Código Penal.

Artículo 2764. La ley

Supuesto de Hecho:

no concede acción existirá protección respecto a las ganancias para reclamar lo que se No obtenidas en juegos gana en juego

La legalidada de acciones permitidas laslas personas dentro del territorio de la CDMX.

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho prohibidos por el estado prohibido. mexicano dentro del El Código Penal señalará cuáles son los territorio de la CDMX.  juegos prohibidos.

Punto de Conexión: La determinación por materia de los juegos calificados como ilegales dentro del sistema  jurídico de la CDMX. Consecuencia Jurídica: Se entrega la determinación de la calidad ilegal a las definiciones establecidas por materia penal de los actos de las personas.

Código Civil para el Distrito Federal Técnicas de Reglamentación Mixta Articulo

Lo que quiso decir el legislador 

Toda persona que se encuentre dentro de la Artículo 12.- Las leyes para el Distrito Federal, se aplicarán a todas  jurisdicción en territorio de la CDMX, regirá sus las personas que se encuentren en el actos conforme a las normas que se expidan territorio del mismo, sean nacionales o extranjeros.

Artículo 16. Los habitantes del Distrito Federal tienen obligación de ejercer sus actividades y de usar y disponer de sus bienes en forma que no perjudique a la colectividad, bajo las sanciones establecidas en este Código y en las leyes relativas. Artículo 13.- La determinación del derecho aplicable en el Distrito Federal se hará conforme a las siguientes reglas: III.- La constitución, régimen y extinción de los derechos reales sobre inmuebles, así como los contratos de arrendamiento y de uso temporal de tales bienes, y los bienes muebles que se encuentren en el Distrito Federal, se regirán por las disposiciones de este Código, aunque sus titulares sean extranjeros;

Artículo 494-A.- El Gobierno del Distrito Federal, a través del Sistema para el Desarrollo Integral de la

para su aplicación en este territorio.

La vigencia y positividad de las normas que regulan la vida de los habitantes de la CDMX los obliga a regir sus conductas a estos ordenamientos.

El estado se reserva el derecho de normar las actividades y actos jurídicos que sobre la propiedad inmueble se realicen excluyendo la aplicación de cualquier otro derecho aplicable sobre esta.

El estado ejercerá su tutela sobre los menores en estado de desamparo.

Familia Federal, ejercerá la tuteladel de Distrito los menores en situación de desamparo que no hayan sido acogidos por instituciones de

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho asistencia social, en cuyo caso tendrá las obligaciones, facultades y restricciones establecidas en este Código.

Artículo 766.- Los bienes del dominio público del Distrito Federal, se regirán por las disposiciones de este Código en cuanto no esté determinado por leyes especiales.

Los bienes de dominio público solo podrán ser administrados mediante las normas que el código civil de la CDMX disponga, exceptuando aquellas regulaciones especiales que las determine el sistema jurídico.

Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal

Técnicas de Reglamentación Indirecta Supuesto de hecho, el punto de conexión y la consecuencia  jurídica

Articulo

Lo que quiso decir el legislador 

Artículo 29.- Ninguna acción puede ejercitarse sino por aquel a quien compete o por su representante legítimo. No obstante, eso, el acreedor puede ejercitar las acciones que competan a su deudor cuando conste el crédito de aquél en título ejecutivo y, excitado éste para deducirlas, descuidé o rehusé hacerlo. El tercero demandado puede paralizar la acción pagando al demandante el monto de su crédito. Las acciones derivadas de derechos inherentes a la persona del deudor nunca se ejercitarán por el acreedor. Los acreedores que acepten la herencia que corresponda a su deudor ejercitarán las acciones pertenecientes a éste, en los términos en que el Código Civil lo permita.

Cuando el acreedor necesita ejercer una acción relacionada con la deuda solo será posible cuando en el titulo conste la sesión de estos derechos, así como los acreedores que acepten la herencia de su deudor solo podrán ejercer los derechos las acciones que el código civil les permita.

Artículo 50.-La gestión  judicial es admisible para promover el interés del actor, del demandado o del tercero llamado a juicio.

Un tercero puede defender los derechos e intereses de Supuesto de Hecho: los afectados pero su La acción de defensa por acción se concretará a lo un gestor judicial. expresamente estipulado

Supuesto de Hecho: Las acciones que el acreedor puede realizar conforme a la sesión que de estos derechos conste en el documento pactado.

Punto de Conexión: La herencia que se acepte de deudor a acreedor determina las acciones que el código civil le autoriza.

Consecuencia Jurídica: La determinación dedel las normas sustantivas Código Civil de la CDMX como fundamento para las acciones permitidas.

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho El gestor debe sujetarse a las disposiciones de los artículos 1896 a 1909 del Código Civil, y gozará de los derechos y facultades de un procurador.

por los artículos 1896 a 1909 del Código Civil de la CDMX.

Punto de Conexión: Sus acciones se concretarán a los derechos y facultades que se contemplan ene los artículos 1896 a 1909 del código civil de la CDMX.

Consecuencia Jurídica: Se re regi girá rá sus ac acci cion ones es conforme lo estipulado en las normas del código civil de la CDMX.

Artículo 52.- El fiador del gestor judicial renunciará todos los beneficios legales, observándose en este caso lo dispuesto en los artículos 2850 y 2855 del Código Civil.

Supuesto de Hecho: El fiador de la figura del La fianza a favor del gestor judicial renunciara a representado del gestor todo lo derechos que sobre  judicial. el bien se puedan grabar conforme a lo estipulado Punto de Conexión: en el artículo 2850 y 2855 La renuncia del fiador a del código civil de la todos los derechos que por  CDMX. su fianza podría adquirir. Consecuencia Jurídica: La aplicación de los articulo 2850 y 2855 del código civil de la CDMX.

Artículo 108.- Las diligencias judiciales que deban practicarse en el extranjero, se cursarán en la forma que establezca el Código Federal de Procedimientos Civiles y los tratados y los convenios

Toda diligencia judicial que debe practicarse en el extranjero deberá sujetarse a lo expresado en el código de procedimientos civiles federales y los convenios de los que el estado mexicano sea parte.

internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte. Si el demandado fuera extranjero, las copias de la demanda y de los documentos irán redactadas en español, con su respectiva traducción a la lengua del país extranjero, a costa del interesado, quien deberá presentarla en el término que fije el tribunal, y de no hacerlo, dejará de remitirse el exhorto, en perjuicio del

Supuesto de Hecho: La ejecución de toda diligencia judicial que deba practicarse ene el extranjero.

Punto de Conexión: El ejercicio de una competencia jurisdiccional en un territorio distinto al original.

Consecuencia Jurídica: se ejecutarán conforme lo establezca el Código Federal de Procedimientos Civiles y los tratados y los convenios internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte.

solicitante. Estas mismas reglas se observarán para dar cumplimiento en el Distrito

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho Federal a los exhortos de tribunales extranjeros por los que se requiera la práctica de alguna diligencia judicial. Cualquier duda se resolverá según el principio de reciprocidad.

Artículo 242.-El que quebrante el arraigo será castigado con la pena que señala el Código Penal, sin perjuicio de ser compelido, por los medios de apremio que correspondan, a volver al lugar del juicio. En todo caso se seguirá ser  compelido su naturaleza, conforme a las reglas comunes.

El que no se someta ala determinación del arraigo será sancionado conforme al código penal de la CDMX

Supuesto de Hecho: El cumplimiento del procedimiento judicial, así como de las determinaciones judiciales.

Punto de Conexión: La violación de una determinación judicial.

Consecuencia Jurídica: La sa sanc nció ión n que que indi indiqu que e el código penal de la CDMX.

Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal Articulo

Técnicas de Reglamentación Directa Supuesto de hecho, Lo que quiso el punto de conexión decir el legislador  y la consecuencia  jurídica

Artículo 44.- Todo el que, conforme a la ley, esté en el pleno ejercicio de sus

La plenitud de derechos civiles permite a las personas ser parte de los

derechos civiles puede comparecer en juicio.

procesos los que defiendanen o exijan el cumplimiento de acuerdos, los que se encuentren ausentes o ignorados podrán ser representados conforme Título XI, Libro Primero del Código Civil.

Artículo 45.- Por los que no se hallen en el caso del artículo anterior, comparecerán sus representantes legítimos o los que deban suplir su incapacidad conforme a derecho. Los ausentes he ignorados serán representados como se previene en el Título XI, Libro Primero del Código Civil.

Artículo 70.- Los autos que se perdieren serán repuestos El cumplimiento por parte de las partes del respeto

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Supuesto de Hecho: La representación de los ausentes.

Punto de Conexión: El cumplimiento de los derechos a resguardar de los ausentes.

Consecuencia Jurídica: La aplicación del Título XI, Libro Primero del Código Civil.

Supuesto de Hecho:

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho La destrucción y dilación del procedimiento por parte de los litigantes.

debido a la autoridad y sus actuaciones registradas en los procesos y contenidos en sus autos dentro del expediente.

a costa del que fuere responsable de la pérdida, quien además pagará los daños y perjuicios, quedando sujeto a las disposiciones del Código Penal.

Punto de Conexión: La violación de una norma adjetiva que indica la materia que sancionara la conducta.

Consecuencia Jurídica: La aplicación del Código penal para la CDMX, por las conductas tipificadas en el Código de procedimiento civiles. Cuando no sea posible notificar personalmente a una de las partes dentro de un proceso se podrá notificar por edictos, para la consecución del juicio y dar la oportunidad de ejercer los derechos que le competan al ausente.

Artículo 122.- Procede la notificación por edictos: I. Cuando se trate de personas inciertas; II. Cuando se trate de personas cuyo domicilio se ignora, previo informe de una institución que cuente con registro oficial de personas; en este caso el juicio deberá seguirse con los trámites y solemnidades a que se refiere el Título Noveno de este Código.

Supuesto de Hecho: La notificación al ausente del proceso ene que se requiere su participación.

Punto de Conexión: La necesidad de la comparecencia de una de las partes a juicio. Consecuencia Jurídica: La aplicación del Titulo Noveno del Código de procedimientos civiles para la CDMX.

Artículo 242.-El que quebrante el arraigo será castigado con la pena que señala el Código Penal, sin perjuicio de ser compelido, por los medios de apremio que correspondan, a volver al lugar del juicio. En todo caso se seguirá ser compelido su naturaleza, conforme a las reglas comunes.

El respeto a las determinaciones  judiciales que durante el proceso permitirá mantener la igualdad procesal y evitar la evasión de la justicia por determinadas personas.

Supuesto de Hecho: La violación de la orden del arraigo.

Punto de Conexión: La conducta tipificada como delito de acuerdo con el código penal de la CDMX.

Consecuencia Jurídica: La aplicación de las normas contenidas en el código penal de la CDMX, para este delito.  Las que Artículo 108.diligencias judiciales deban practicarse en el

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Las diligencias que de acuerdo a las leyes sustantivas y adjetivas

Supuesto de Hecho: El cumplimiento del orden

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho extranjero, se cursarán en la forma que establezca el Código Federal de Procedimientos Civiles y los tratados y los convenios internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte. Si el demandado fuera extranjero, las copias de la demanda y de los documentos irán redactadas en español, con su respectiva traducción a la lengua del país extranjero, a costa del interesado, quien deberá presentarla en el término que fije el tribunal, y de no hacerlo, dejará de remitirse el exhorto, en perjuicio del solicitante. Estas mismas reglas se observarán para dar cumplimiento en el Distrito Federal a los exhortos de tribunales extranjeros por los que se requiera la práctica de alguna diligencia judicial. Cualquier duda se resolverá según el principio de reciprocidad.

deban de realizarse ene le extranjero se practicaran con forme a esta y con los tratados internacionales d e los que el estado mexicano sea parte.

Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal Articulo

 jurídico nacional.

Punto de Conexión: Las diligencias judiciales que deban practicarse en el extranjero.

Consecuencia Jurídica: Se practicaran de forma que establezca el Código Federal de Procedimientos Civiles y los tratados y los convenios internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte.

Técnicas de Reglamentación Mixta Lo que quiso decir el legislador 

Artículo 57.- Todos los expedientes se llevarán en la forma y para los fines que se precisan en este Código.

Las actuaciones judiciales deberán ser registradas conforme al sistema jurídico de la CDMX.

Artículo 432. Las notificaciones se sujetarán a lo dispuesto por el Título Segundo, Capítulo Quinto de este Código.

Las notificaciones solo podrán tener valides si se cumplen los lineamientos que para con estas tiene el código de procedimientos civiles de la CDMX.

Artículo 497. Contra la Sentencia que se dicte procede la apelación en ambos efectos. La ejecución de las sentencias y los convenios celebrados dentro de estos juicios, se hará en

El cumplimiento de las sentencias que se dicten por jueces de la CDMX, se regirá conforme al capítulo V del título séptimo del código de procedimientos civiles.

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho términos del capítulo V, del título séptimo de este código.

Artículo 569.- El remate se practicará de acuerdo con las reglas establecidas para el juicio especial hipotecario, a que se refiere el artículo 486 de este

Los pr Los proc oced edim imie ient ntos os de re rema mate te de debe berá rán n cumplir todos los procesos que determine el código de procedimiento civiles de la CDMX.

Código.

Artículo 605.- Las sentencias y demás resoluciones extranjeras tendrán eficacia y serán reconocidas en la República en todo lo que no sea contrario al orden público interno en los términos de este Código, del Código Federal de Procedimientos Civiles y demás leyes aplicables, salvo lo dispuesto por los tratados y convenciones de que México sea parte. Tratándose de sentencias o resoluciones jurisdiccionales que

Las sentencias del extranjero deberían de ser cumplidas en todo lo que no sea contrario al orden público interno, en los términos de este Código, del Código Federal de Procedimientos Civiles y demás leyes aplicables, salvo lo dispuesto por los tratados y convenciones de que México sea parte.

solamente vayan a utilizarse como prueba, será suficiente que las mismas llenen los requisitos necesarios para ser consideradas como documentos públicos auténticos. Los efectos que las sentencias o laudos arbitrales extranjeros produzcan en el Distrito Federal estarán regidos por el Código Civil, por este Código y el Código Federal de Procedimientos Civiles y demás leyes aplicables.

S6 Actividad 2. ¿Aplicación del Derecho Nacional o Extranjero? En el momento en que México acepta coadyuvar con otros países para la aplicación de las leyes, se configura la cooperación procesal, en la cual debe determinarse la aplicación de la ley mexicana o la extranjera, lo que también determinará la ejecución de las sentencias. Con el propósito de identificar los criterios para determinar la aplicación del Derecho nacional o extranjero, realiza la siguiente actividad. 1. Concluye la lectura del texto de apoyo.

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho 2. Espera el caso proporcionado por tu docente en línea. Caso:

Mauricio naturalizado mexicano, por motivos de trabajo viajó a Toronto Canadá, en donde decide pedir un préstamo a Anthony de nacionalidad canadiense y deja en garantía su casa que tiene en la Ciudad de México, por lo que hacen el contrato corr corres espo pond ndie ient nte, e, pero pero no fifija jan n a qu qué é juri jurisd sdic icci ción ón se va van n a so some mete terr en ca caso so de controversia, pasando unos meses, Mauricio deja de pagar su deuda, por lo que  Anthony quiere hacer efectiva la garantía y debe de iniciar el juicio correspondiente. 3. A partir de lo que establece el artículo 13 del Código Civil Federal, señala en el caso, qué Derecho debe ser aplicable en éste, argumentando jurídicamente tu respuesta.

Artículo 13.- La determinación del derecho aplicable se hará conforme a las siguientes reglas: I. Las situaciones jurídicas válidamente creadas en las entidades de la República República o en un Estado extranjero conforme a su derecho, deberán ser reconocidas; II. El estado y capacidad capacidad de las persona personass físic físicas as se rige por el derecho del lugar de su domicilio; III. La constitución, régimen y extinción de llos os derechos reales sobre inmuebles, así como los contratos de arrendamiento y de uso temporal de tales bienes, y los bienes muebles, se regirán por el derecho del lugar de su ubicación, aunque sus titulares sean extranjeros; IV. La forma de los actos jurídicos se regirá por el derecho del lugar en que se celebren. celebren. Sin embargo, podrán sujetarse a las formas prescritas en este Código cuando el acto haya de tener efectos en el Distrito Federal o en la República tratándose de materia federal; y V. Salvo lo previs previsto to en las fraccion fracciones es anterior anteriores, es, los efect efectos os jurídic jurídicos os de los actos y contratos se regirán por el derecho del lugar en donde deban ejecutarse, a menos de que las partes hubieran designado válidamente la aplicabilidad de otro derecho.

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A:

 _________________________________________  ______________________ ___________________ De acuerdo con los datos del caso, se indica que el bien ofrecido como garantía de un préstamo prést amo se encue encuentra ntra dentro del terri territorio torio de la CDMX CDMX,, por consiguie consiguiente, nte, se encuentra encuentra dentro de su jurisdicción y regido bajo los sistemas jurídicos del Estado mexicano, pero en el orden de prelación que contiene el artículo 13 del código civil de la CDMX, en su fracción I, nos determina que las situaciones jurídicas que se creen válidamente en estados extranjeros deberán de ser reconocidas.

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho  ya que no determinaron una jurisdicción voluntaria dentro de las cláusulas del acuerdo de prést pré stam amo, o, se apli aplica cará rán n las las norm normas as de reso resolu luci ción ón de co conf nflilict cto o en es este te ca caso so lo que que determina el artículo 13 del código civil de la CDMX, en su fracción I,  Así esta fracción I, nos determina la vigencia del derecho Extranjero sobre el nacional al determ det ermina inarr exp expres resame amente nte la apl aplica icació ción n de est este, e, al tra tratar tarse se de una situac situación ión jurídi jurídica ca válidamente creada en un Estado extranjero (Canadá). Artículo 13.- La determinación del derecho aplicable se hará conforme a las siguientes reglas I. Las situaciones jurídicas válidamente creadas creadas en las entidades de la República o en un Estado extranjero conforme a su derecho, deberán ser reconocidas;  

S6 Actividad Integradora. Ejecución de Sentencias Después de identificar el sistema jurídico a aplicar en el caso específico de Derecho Internacional Privado, es necesario comprender cuáles son las formas de reconocimiento del asunto y el efecto que se les otorga para llevar a cabo la ejecución de las sentencias. Para ello, realiza la siguiente actividad.   Indicaciones 1. Del caso proporcionado por tu docente en línea para la actividad 2, identifica lo siguiente: Caso:

Mauricio naturalizado mexicano, por motivos de trabajo viajó a Toronto Canadá, en donde decide pedir un préstamo a Anthony de nacionalidad canadiense y deja en garantía su casa que tiene en la Ciudad de México, por lo que hacen el contrato corr corres espo pond ndie ient nte, e, pero pero no fifija jan n a qu qué é juri jurisd sdic icci ción ón se va van n a so some mete terr en ca caso so de controversia, pasando unos meses, Mauricio deja de pagar su deuda, por lo que  Anthony quiere hacer efectiva la garantía y debe de iniciar el juicio correspondiente.

Recuer Rec uerde de sol solo o con contes testar tar las pre pregun guntas tas que se pla plante ntean an en las ins instru trucci ccione oness de la actividad y NO resolver el caso.



Tipos de reglamentación utilizada para determinar el Derecho aplicable.

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Sistema jurídico aplicable al caso (Derecho nacional o Derecho extranjero).



Forma de reconocimiento del asunto y efecto otorgado.



Tipo de exequatur aplicado para la ejecución de la sentencia.

2. En el mism mismo o do docu cume ment nto o de te text xto, o, y de fo form rma a as asce cend nden ente te,, ad adju junt nta a el pr prod oduc ucto to elaborado de la actividad 1.

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A:

 _________________________________________  ______________________ ___________________ 1) Tipos de reglamentación utilizada para determinar el Derecho aplicable. Respuesta:

indi dire rect cta, a, pues pues no noss remit remite e al re reco conoc nocim imie ient nto o de un una a La res respue puesta sta jurídi jurídica ca  es in situación jurídica creada en un estado extranjero y conforme a su derecho, a partir  de un ordenamiento del sistema jurídico nacional, determinando que ordenamiento  jurídico y que sistema jurídico vinculado con el supuesto de hecho, da respuesta al fondo de la cuestión planteada por las partes.

2) Sistema jurídico aplicable al caso (Derecho nacional o Derecho extranjero). Respuesta:

La ap aplilicac cació ión n de dell derech derecho o ex extr tran anje jero ro (c (cana anadi dien ense se)) en rel relac ación ión a la lass no norm rmas as vigentes que norman la situación jurídica creada entre mauricio y su acreedor, conforme a este derecho.  

3) Forma de reconocimiento del asunto y efecto otorgado.

Respuesta:

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El reconocimiento que se de a la sentencia que resulte del procedimiento que dirima la controversia por el sistema jurídico canadiense será por homologación, en donde la autoridad judicial valorara si se cumplen todos los requisitos previstos por la normativa y conforme al artículo 606 del código de procedimientos civiles de la CDMX.

Los efectos que esta sentencia podría obtener serian tres:

Efecto de cosa juzgada:

Quedando la autoridad mexicana obligada a cumplir la sentencia como si esta hubiera sido emitida por esta misma. Efecto Constitutivo:

Suponiendo la extinción en su caso de los derechos reales que mauricio tuviera sobre el bien inmueble, y el surgimiento de un nuevo titular de estos derechos constituido en el acreedor de mauricio. Efecto de Tipicidad:

Valoración que el juez competente determinara de la resolución extranjera a grado de sentencia firme dentro del sistema jurídico nacional.

4) Tipo de exequatur aplicado para la ejecución de la sentencia. Respuesta:

Exequatur mediante control de requisitos procesales, que de conformidad con el código de procedimientos civiles de la CDMX la responsabilidad del juez de homologación le determinan los controles de requisitos de forma y fondo por  ejemplo dentro de los artículos: sentencias cias y demás demás resoluc resolucion iones es extran extranjer jeras as tendrá tendrán n efi eficac cacia ia y serán serán Articulo. 605, Las senten Articulo. reconocidas en la República en todo lo que no sea contrario al orden público interno en los términos de este Código, del Código Federal de Procedimientos Civiles y demás leyes aplicables, salvo lo dispuesto por los tratados y convenciones de que México sea parte (Código de procedimiento Civiles de la CDMX).

Artículo 606.- Las sentencias, laudos y resoluciones dictados en el extranjero podrán tener fuerza de ejecución si se cumplen las siguientes condiciones: IV. Que el demandado haya sido notificado o emplazado en forma personal a efecto de asegurarle la garantía de audiencia y el ejercicio de sus defensas; V. Que tengan el carácter de cosa juzgada en el país en que fueron dictados, o que no existe recurso ordinario en su contra (Código de procedimiento Civiles de la CDMX). Artículo 607.-  El exhorto del juez o tribunal requirente deberá acompañarse de la siguiente documentación:

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho II. Copia auténtica de las constancias que acrediten que se cumplió con las condiciones previstas en las fracciones IV y V del artículo anterior (Códig (Código o de procedimiento procedimiento Civiles de la CDMX).

Artículo 608.- El reconocimiento y ejecución de sentencia extranjera se sujetará a las siguientes reglas: IV. Ni el tri tribun bunal al de primera primera instancia instancia ni el de apelación apelación podrán podrán examinar ni decidir sobre la  justicia o injusticia del fallo, ni sobre los fundamentos de hecho o de derecho en que se  y si deba apoye, limitándose sólo a examinar su autenticidad previsto en los artículos anteriores, y (Código de procedimiento Civileosno Civiles deejecutarse la CDMX). conforme a lo

Por lo anterior se determina la examinación de la forma y del fondo conforme a l derecho interno del sistema jurídico mexicano como medio de controles.

C O N C L U C I O N E S. En cuanto a este tema de las leyes conflictuales que determinan el derecho aplicable debemos saber que si bien todas personas que se encuentre en territorio nacional deben sujetarse a las leyes del país es importante establecer que existen también mecanismos de aplicación de las determinaciones judiciales, que siguen sus propios sistemas jurídicos, logrando así que la equiparación de la justicia sea lomas lom as equ equita itativ tivo o para las par partes tes,, det determ ermina inando ndo los med medios ios de res resolu olució ción n de conflictos de manera genérica para lograr el orden social a nivel internacional.

 M15 U1 U1 S1 JAGR Derecho Internacional Privado

Univ Un iver ersi sida dad d Ab Abie iert rta a y a Dist Distan anci cia a de Me Mexi xico co,, De Dere rech cho o In Inte tern rnac acio iona nall Pr Priv ivad ado o M15_U1_S1_JAGR, trabajo de reglamento para obtener la calificacion, en la carrera de Licenciatura en Derecho.

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Fuentes de Consulta_______________________________________

D o c u m e n t a l. 

Cahier, P. (2011). Derecho Diplomático Contemporáneo (12a ed.). España: RIALP.



Cossío Díaz José Ramon y Otros. (2017). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Comentada. Ciudad de México, México: Tirant lo Blanch.



Gabuardi, Carlos A. (2016). Entre la Jurisdicción, la Competencia y el Forum Non Conveniens. Noviembre, 2020, de Revistas Jurídicas UNAM Sitio web:

 

Stella Maris Biocca y Otros (1997). Lecciones de Derecho Internacional Privado. Buenos Aires, Argentina: Editorial Universidad.



Leonel Pereznieto Pereznieto Castro. Castro. (2002) (2002).. Derec Derecho ho Inter Internacio nacional nal Priva Privado, do, Parte General. CDMX, México: Oxford.



Werner Goldschmidt. (1990). Derecho Internacional Privado. Argentina: Ediciones Depalma.



UNIV UN IVER ERSI SIDA DAD D AB ABIE IERT RTA A Y DIST DISTAN ANCI CIA A DE MÉ MÉXI XICO CO.. (2 (202 021) 1).. Módu Módulo lo 15 Internacionalización del Derecho en su ámbito Privado, Texto de Apoyo Sitio web: https://unadmexico.blackboard.com/bbcswebdav/institutio https://unadmexico.blac kboard.com/bbcswebdav/institution/DCSA/MODULOS/DE/ n/DCSA/MODULOS/DE/ M15_DEIDPR/U3/S6/Descargables/DE_M15_U3_S6_TA.pdf

L e g i s la c i o n.



Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), octubre 2021, Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_280521.pdf 



Carta de la Organización de Estados Americanos (COEA), octubre 2021, Recuperado de: http://www.oas.org/es/sla/ddi/docs/tratados_multilaterales_interamericanos_A41_carta_OEA.pdf 



Declaración de Panamá (DP) octubre 2021, Recuperado de: https://www.apromiserenewedamericas.org/wpcontent/uploads/2016/11/Declaracio



n-de-Panama.pdf  Código Civil Federal (CCF), octubre 2021, Recuperado de:

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Hola, compañera (o) te agradezco que confiaras en mi trabajo para guiarte en tu tarea de aprendizaje, hoy como siempre necesitamos de profesionales en las áreas del conocimiento y el derecho como medio de ordenamiento social reclama de nosotros sus estudiantes, el liderazgo que la sociedad razonada y libre busca para su progreso, te invito a suscribirte a mis canales de you tube en donde compartiré contigo algunas opiniones que podremos discutir juntos. Javier de Jesus Gordillo Ramirez Cd, Nezahualcoyotl. Estado de México Gracias

La República Democrática 3.0 https://www.youtube.com/channel/UCO9kUERlYVtQ1fhEz2XVu4A Derecho UnADM 222 https://www.youtube.com/channel/UCFbU5BggOs-k5um8Ii-MzTw Los siguie siguiente ntess cana canales les son recomen recomendac dacion iones es que en mi expe experie rienci ncia a pue pueden den contribuirte a perfeccionar tu aprendizaje te invito a aquellos conozcas y te suscribas en ellos

Miguel Carbonell https://www.youtube.com/channel/UCvYcECBT0hc4XY51vcBefwA Instituto de Investigaciones Jurídicas https://www.youtube.com/user/IIJUNAM Charlas de Amparo https://www.youtube.com/user/jete35/featured   https://www.youtube.com/user/jete35/featured Suprema Corte de Justicia de la Nación https://www.youtube.com/channel/UCV0EOz5EywI75hynyg6_Rew Casa de Estudio (UNADM) https://www.youtube.com/c/CasadeEstudio/featured En este canal te invito a suscribirte por WhatsApp a los grupos que por modulo se realizan.

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