UNE-EN_ISO_683-17=2000
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norma española
UNE-EN ISO 683-17
Julio 2000 TÍTULO
Aceros para tratamiento térmico, aceros aleados y aceros de fácil mecanización Parte 17: Aceros para rodamientos (ISO 683-17:1999)
Heat-treated steels, alloy alloy steels and free-cutting free-cutting steels. Part 17: Ball and roller bearing bearing steels. (ISO 683-17:1999). Aciers pour traitement thermique, aciers alliés et aciers pour décolletage. Partie 17: Aciers pour roulements. (ISO 683-17:1999).
CORRESPONDENCIA
Esta norma es la versión oficial, en español, de la Norma Europea EN ISO 683-17 de octubre 1999, que a su vez adopta íntegramente la Norma Internacional ISO 683-17:1999
OBSERVACIONES
Esta norma anula y sustituye a la Norma Nor ma UNE 36027 de julio 1986.
ANTECEDENTES
Esta norma ha sido elaborada por el comité técnico AEN/CTN 36 Siderurgia cuya Secretaría desempeña CALIDAD SIDERÚRGICA, S.R.L.
Editada e impresa por AENOR Depósito legal: M 29574:2000
LAS OBSERVACIONES A ESTE DOCUMENTO HAN DE DIRIGIRSE A:
© AENOR 2000 Reproducción prohibida
C Génova, 6 28004 MADRID-España
26 Páginas Telé eléfono Fax
91 432 60 00 91 310 40 32
Grupo 17
S
EN ISO 683-17
NORMA EUROPEA EUROPEAN STANDARD NORME EUROPÉENNE EUROPÄISCHE NORM
Octubre 1999
ICS 77.140.10; 77.140.20
Versión en español
Aceros para tratamiento térmico, aceros aleados y aceros de fácil mecanización Parte 17: Aceros para rodamientos (ISO 683-17:1999) Heat-treated steels, alloy steels and freecutting steels. Part 17: Ball and roller bearing steels. (ISO 683-17:1999).
Aciers pour traitement thermique, aciers alliés et aciers pour décolletage. Partie 17: Aciers pour roulements. (ISO 683-17:1999).
Für eine Wärmebehandlung bestimmte Stähle, legierte Stähle und Automatenstähle. Teil 17: Wälzlagerstähle. (ISO 683-17:1999).
Esta norma europea ha sido aprobada por CEN el 1999-09-05. Los miembros de CEN están sometidos al Reglamento Interior de CEN/CENELEC que define las condiciones dentro de las cuales debe adoptarse, sin modificación, la norma europea como norma nacional. Las correspondientes listas actualizadas y las referencias bibliográficas relativas a estas normas nacionales, pueden obtenerse en la Secretaría Central de CEN, o a través de sus miembros. Esta norma europea existe en tres versiones oficiales (alemán, francés e inglés). Una versión en otra lengua realizada bajo la responsabilidad de un miembro de CEN en su idioma nacional, y notificada a la Secretaría Central, tiene el mismo rango que aquéllas. Los miembros de CEN son los organismos nacionales de normalización de los países siguientes: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia y Suiza.
CEN COMITÉ EUROPEO DE NORMALIZACIÓN European Committee for Standardization Comité Européen de Normalisation Europäisches Komitee für Normung SECRETARÍA CENTRAL: Rue de Stassart, 36 B-1050 Bruxelles ©
1999 Derechos de reproducción reservados a los Miembros de CEN.
EN ISO 683-17:1999
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ANTECEDENTES El texto de la Norma Internacional ISO 683-17:1999 ha sido elaborado por el Comité Técnico ISO/TC 17 "Acero" en colaboración con el Comité Técnico ECISS/TC 23 "Aceros para tratamiento térmico, aceros aleados y aceros de fácil mecanización", cuya Secretaría está desempeñada por DIN. Esta norma europea deberá recibir el rango de norma nacional mediante la publicación de un texto idéntico a la misma o mediante ratificación antes de finales de abril de 2000, y todas las normas nacionales técnicamente divergentes deberán anularse antes de finales de abril de 2000. De acuerdo con el Reglamento Interior de CEN/CENELEC, los siguientes países están obligados a adoptar esta norma europea: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia y Suiza.
DECLARACIÓN El texto de la Norma Internacional ISO 683-17:1999 ha sido aprobado por CEN como norma europea sin ninguna modificación. NOTA
−
Las referencias normativas a normas internacionales se indican en el anexo ZA (Normativo).
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ISO 683-17:1999
ÍNDICE Página
ANTECEDENTES............................................................................................................................
4
1
OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN............................................................................
6
2
NORMAS PARA CONSULTA ............................................................................................
6
3
TÉRMINOS Y DEFINICIONES..........................................................................................
7
4
PEDIDO Y DESIGNACIÓN ................................................................................................
7
5
REQUISITOS ........................................................................................................................
9
6
INSPECCIÓN, ENSAYOS Y CONFORMIDAD DE LOS PRODUCTOS......................
10
7
MARCADO............................................................................................................................
11
ANEXO A (Normativo)
REQUISITOS SUPLEMENTARIOS O ESPECIALES...................
20
ANEXO B (Informativo) CONTENIDO EN INCLUSIONES MICROSCÓPICAS NO METÁLICAS ................................................................................
22
ANEXO C (Informativo) DESIGNACIÓN DE LOS ACEROS COMPARABLES ..................
24
BIBLIOGRAFÍA...............................................................................................................................
25
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1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 1.1 Esta parte de la Norma Internacional ISO 683 se aplica a los productos y a las condiciones de tratamiento térmico indicadas en la tabla 1 y a las condiciones superficiales indicadas en la tabla 2. 1.2 Esta parte de la Norma Internacional ISO 683 recoge los requisitos técnicos de suministro para cinco grupos de aceros calibrados para rodamientos listados en la tabla 3, a saber: a) aceros para rodamientos templados al núcleo (aceros con un contenido aproximado del 1% de C y 1% a 2% de Cr); b) aceros de cementación para rodamientos; c) aceros para templado por inducción (no aleados y aleados) para rodamientos; d) aceros inoxidables para rodamientos; e) aceros para rodamientos resistentes al calor.
1.3 En casos particulares, las variaciones o complementos a estos requisitos técnicos pueden ser objeto de un acuerdo en el momento de solicitar la oferta y hacer el pedido. 1.4 Además de esta parte de la Norma Internacional ISO 683, se aplican las condiciones técnicas de suministro de la Norma Internacional ISO 404. 2 NORMAS PARA CONSULTA La(s) norma(s) que a continuación se relaciona(n) contiene(n) disposiciones válidas para esta norma internacional. En el momento de la publicación la(s) edición(es) indicada(s) estaba(n) en vigor. Toda norma está sujeta a revisión por lo que las partes que basen sus acuerdos en esta norma internacional deben estudiar la posibilidad de aplicar la edición más reciente de las(s) norma(s) indicada(s) a continuación. Los miembros de CEI y de ISO poseen el registro de las normas internacionales en vigor en cada momento. ISO 377:1997 mecánicos.
−
Acero y productos de acero. Localización y preparación de muestras y probetas para ensayos
ISO 404:1992 − Aceros y productos siderúrgicos. Condiciones técnicas generales de suministro. ISO 642:1999 − Acero. Ensayo de templabilidad por templado final (ensayo Jominy). ISO 643:1983 − Aceros. Determinación micrográfica del tamaño de grano ferrítico o austenítico de los aceros. ISO 1035-1:1980 − Barras de acero laminadas en caliente. Parte 1: Dimensiones de las barras redondas. ISO 1035-4:1982 − Barras de acero laminadas en caliente. Parte 4: Tolerancias. ISO 3763:1976 − Aceros transformados en caliente. Métodos macroscópicos de determinación del contenido en inclusiones no metálicas. ISO 3887:1976 − Aceros no aleados y de baja aleación. Determinación de la profundidad de decarburación.
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ISO 4948-1:1982 − Aceros. Clasificación. Parte 1: Clasificación de los aceros en aleados y no aleados en base a la composición química. ISO 4967:1998 − Aceros. Determinación del contenido en inclusiones no metálicas. Método micrográfico con la ayuda de imágenes tipo. ISO 4969:1980 − Acero. Examen macroscópico por ataque con ácidos minerales fuertes. ISO 5949:1983 − Aceros para herramientas y aceros para rodamientos. Método micrográfico de evaluación de la distribución de los carburos con la ayuda de imágenes tipo. ISO 6506:19811) − Materiales metálicos. Ensayo de dureza. Ensayo Brinell. ISO 6929:1897 − Productos de acero. Definición y clasificación. ISO 9443:1991 − Aceros para tratamientos térmicos y aceros aleados. Clases de calidad superficial para las barras redondas y el alambrón laminados en caliente. Condiciones técnicas de suministro. ISO/TR 9769:1991 − Aceros y fundiciones. Revisión de los métodos de análisis disponibles. ISO 10474:1991 − Aceros y productos siderúrgicos. Documentos de inspección. ISO 14284:1996 − Aceros y fundiciones. Toma y preparación de las muestras para la determinación de la composición química. ENV 10247:1996 − Métodos de ensayo metalográficos. Examen de los aceros con la ayuda de imágenes tipo para controlar el contenido en inclusiones no metálicas.
3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES Para el objeto de esta parte de la Norma Internacional ISO 683, se aplican los términos y definiciones relativos a las formas de los productos recogidos en la Norma Internacional ISO 6929. Los términos “acero no aleado” y “acero aleado” se definen en la Norma Internacional ISO 4948-1.
4 PEDIDO Y DESIGNACIÓN La designación del producto en un pedido debe contener la siguiente información: a) La designación de la forma del producto (por ejemplo barra), seguida de: 1) la designación de la norma dimensional y las dimensiones seleccionadas de la misma (véase el apartado 5.6), o 2) la designación de cualquier otro documento relativo a las dimensiones y a las tolerancias requeridas para el producto. b) Si se requiere otra condición superficial que no sea “transformado en caliente”, o una calidad superficial particular, 1) la condición superficial (véase la tabla 2), y 2) la calidad superficial (véase el apartado 5.5).
1) Esta norma internacional será reemplazada por las Normas Internacionales ISO 6506-1, ISO 6506-2 e ISO 6506-3.
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c) Una descripción del acero, que comprenda: 1) la referencia a esta parte de la Norma Internacional ISO 683; 2) la designación del tipo de acero (véase la tabla 3); 3) el símbolo para la condición de tratamiento térmico en el suministro (véase la tabla 1); 4) la designación normalizada para el tipo de documento de inspección requerido (véase la Norma Internacional ISO 10474); 5) el símbolo y, en caso necesario, los detalles relativos a los requisitos suplementarios (véase el anexo A), si es necesaria la conformidad con cualquier requisito suplementario. EJEMPLO: Para pedir: Barras redondas laminadas en caliente a) conformes a la Norma Internacional ISO 1035-1; b) con un diámetro nominal de 50,0 mm; c) con una longitud nominal de 8 000 mm; d) con una tolerancia sobre el diámetro de ± 0,40 mm (clase S según la Norma Internacional ISO 1035-4); e) con una tolerancia sobre la longitud de +100 0 mm (clase L2 según la Norma Internacional ISO 1035-4); f) todas las demás tolerancias, las indicadas en la Norma Internacional ISO 1035-4 para los casos normales. Superficie a) bruto de transformación en caliente. Acero a) conforme a esta parte de la Norma Internacional ISO 683, tipo 100Cr6 (véase la tabla 3); b) condiciones de tratamiento térmico: recocido de esferoidización de los carburos (símbolo +AC, véase la tabla 1); c) con certificado de inspección 3.1.B (véase la Norma Internacional ISO 10474). Designación Barras redondas ISO 1035-1-50,0 S x 8 000 L2 Aceros ISO 683-17 – 100Cr6 + AC – 3.1.B
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5 REQUISITOS 5.1 Procedimiento de fabricación 5.1.1 Generalidades. El procedimiento de fabricación del acero y de los productos, con las restricciones indicadas en los apartados 5.1.2 y 5.1.3, quedan a la discreción del fabricante. Cuando así lo requiera, el comprador debe estar informado del procedimiento de elaboración del acero utilizado. La refusión del acero puede ser objeto de un acuerdo en el momento de solicitar la oferta y hacer el pedido.
5.1.2 Tratamiento térmico y condición superficial en el suministro. El tratamiento térmico y la condición superficial deben ser objeto de un acuerdo al hacer el pedido. La tabla 1, en combinación con la tabla 6, cubre las condiciones de tratamiento térmico aplicables a diferentes formas de productos y grupos de acero, la tabla 2 se refiere a las condiciones superficiales usuales. 5.1.3 Separación de coladas. Los aceros deben ser suministrados separados por coladas. 5.2 Composición química, dureza y templabilidad 5.2.1 La tabla 1 recoge una recapitulación de las condiciones más usuales de tratamiento térmico en el suministro, de las formas de producto y de los requisitos conforme a las tablas 3 a 6 (composición química, templabilidad, dureza máxima, gama de dureza). 5.2.2 Cuando el acero se pide sin requisitos de templabilidad – es decir cuando se aplican las designaciones del tipo de acero según la tabla 3 en vez de las designaciones indicadas en la tabla 5 – los requisitos para la composición química y la dureza, citados en la tabla 1, columna 10, se aplican como los apropiados para la condición particular de tratamiento térmico. En este caso, los valores de templabilidad recogidos en la tabla 5 se dan únicamente a titulo indicativo. 5.2.3 Cuando el acero es, utilizando las designaciones recogidas en la tabla 5, pedido con requisitos de templabilidad, los valores de templabilidad indicados en la tabla 5 se aplican además de los requisitos citados en la tabla 1, columna 10 (véase la nota b de la tabla 3). 5.3 Microestructura 5.3.1 Tamaño de grano austenítico de los aceros de cementación y de los aceros para templado por inducción para rodamientos. Los aceros de cementación y los aceros para templado por inducción deben ser de grano fino. Este requisito debe considerarse como cumplido si: a) en el caso de los aceros de cementación, después de haber mantenido el acero durante 4 h a (925 ± 10) °C, al menos el 70% de la estructura, revelada conforme a uno de los procedimientos indicados en la Norma Internacional ISO 643, está constituido de granos cuyo grosor es inferior o igual a 5; b) en el caso de aceros para templado por inducción, después de haber mantenido el acero durante 1,5 h a (850 ± 10) °C, la estructura revelada conforme a uno de los procedimientos indicados en la Norma Internacional ISO 643, está constituido de granos cuyo grosor es inferior o igual a 5; Para la verificación del tamaño de grano, véase el apartado A.1.
5.3.2 Globulización y distribución de los carburos 5.3.2.1 Para suministros en las condiciones de tratamiento +AC y +AC +C, los carburos de los aceros templados al núcleo deben estar globulizados, y los carburos de los aceros inoxidables y de los aceros para rodamientos resistentes al calor, deben estar mayoritariamente globulizados, Los aceros de cementación pueden presentar res tos de carburos en los que la globulización es incompleta. Si es necesario, el grado de globulización requerido debe ser acordado al hacer de la oferta y el pedido.
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5.3.2.2 Para la distribución de los carburos, véase el capítulo A.2. 5.3.3 Estructura de los aceros de cementación en la condición +FP. La estructura debe estar constituida de ferrita-perlita. Sin embargo, se permite un contenido de bainita de hasta el 10%. 5.4 Inclusiones no metálicas Todos los aceros para rodamientos deben presentar un alto grado de pureza, es decir un bajo contenido en inclusiones no metálicas. Para las inclusiones no metálicas microscópicas véase el capítulo A.3 y el anexo B. Para las inclusiones no metálicas macroscópicas véase el capítulo A.4.
5.5 Calidad superficial 5.5.1 Todos los productos deben presentar un acabado superficial conforme a las reglas del arte. 5.5.2 Los productos rectificados, torneados o mecanizados deben estar exentos de defectos superficiales de decarburación superficial. 5.5.3 Los productos laminados en caliente, forjados, estirados en frío, descortezados o desbastados deben solicitarse con una cantidad de material suficiente que pueda ser eliminada de todas las superficies, para, mediante mecanizado o rectificado, tratar: a) la decarburación superficial, y b) los defectos superficiales. Las tolerancias de mecanizado deben ser objeto de un acuerdo en el momento de solicitar la oferta y de hacer el pedido. Alternativamente, la profundidad admisible de las discontinuidades superficiales de las barras redondas y del alambrón, puede especificarse conforme a la Norma Internacional ISO 9443.
5.6 Formas, dimensiones y tolerancias La forma, las dimensiones y las tolerancias de los productos deben ser conformes con los requisitos que hayan sido objeto de un acuerdo en el momento de solicitar la oferta y hacer el pedido. Los acuerdos, en la medida de lo posible, se deben ajustar a las normas internacionales correspondientes, o en caso contrario, a las normas nacionales apropiadas. NOTA
−
En el caso de barras redondas, las siguientes normas internacionales amparan las dimensiones y/o las tolerancias aplicables a los productos especificados en esta parte de la Norma Internacional ISO 683: ISO 1035-1 e ISO 1035-4.
6 INSPECCIÓN, ENSAYOS Y CONFORMIDAD DE LOS PRODUCTOS 6.1 Procedimientos de inspección y ensayo y tipos de documentos de inspección 6.1.1 Para cada suministro, puede acordarse, en el momento de solicitar la oferta y de hacer el pedido, la entrega de un documento de inspección conforme a la Norma Internacional ISO 10474. 6.1.2 Si, conforme a los acuerdos alcanzados en el momento de solicitar la oferta y de hacer el pedido, está previsto suministrar un informe de ensayos, este debe contener: a) una declaración de conformidad del material con los requisitos del pedido; b) los resultados del análisis de colada con todos los elementos especificados para el tipo de acero solicitado.
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6.1.3 Si, conforme a los acuerdos alcanzados en el momento de solicitar la oferta y de hacer el pedido, está previsto suministrar un certificado de inspección 3.1.A, 3.1.B ó 3.1.C, o un acta de inspección 3.2 (véase la Norma Internacional ISO 10474), las inspecciones y los ensayos descritos en el apartado 6.2 deben ser efectuados y sus resultados deben ser certificados en el documento. Además, el documento debe incluir: a) los resultados del análisis de colada suministrados por el fabricante, para todos los elementos especificados para el tipo de acero solicitado; b) los resultados de todas las inspecciones y ensayos requeridos como requisitos suplementarios (véase el anexo A); c) los símbolos (letras o números) que permitan asociar el documento de inspección con la unidad de inspección correspondiente.
6.2 Inspección y ensayos específicos 6.2.1 Generalidades. El número de ensayos, las condiciones de muestreo y los métodos de ensayo, que deban ser aplicados para la verificación de los requisitos, deben ser conformes a lo prescrito en la tabla 7. 6.2.2 Composición química. El análisis de colada lo aporta el fabricante. Para lo relativo el análisis de producto, véase el capítulo A.5. 6.2.3 Verificación de la templabilidad y de la dureza. Deben ser verificados los requisitos de dureza para la condición de tratamiento térmico apropiada, indicados en la tabla 1, columna 10, subcolumna 2. En el caso de aceros pedido con el símbolo +H en la designación (véase la tabla 5), además, es necesario verificar los requisitos relativos a la templabilidad conforme a la tabla 5.
6.2.4 Inspección de la calidad superficial 6.2.4.1 Salvo especificación en contrario en el momento de hacer el pedido (véase el capítulo A.7), el número de productos a someter a inspección de la calidad superficial, queda a la discreción del inspector. 6.2.4.2 Salvo especificación en contrario en el momento de hacer el pedido (véase el capítulo A.7), la calidad superficial debe ser objeto de una inspección visual. 6.2.5 Control dimensional. Salvo especificación en contrario en el momento de hacer el pedido (véase el capítulo A.8), el número de productos a someter a control dimensional y de forma, queda a la discreción del inspector. 6.2.6 Contraensayos. En caso de contraensayos, se debe aplicar la Norma Internacional ISO 404. 7
MARCADO
El fabricante debe marcar de manera adecuada los productos, los paquetes o las cajas que contienen a los productos, de forma que pueda ser identificada la colada, el tipo de acero y el origen del suministro (véase el capítulo A.6).
Tabla 1 Combinaciones de las condiciones habituales de tratamiento térmico en el suministro, formas de producto y requisitos conforme a las tablas 3 a 6 1
2
2 Condición de tratamiento térmico en el suministro No tratado
3 Símbolo
4
Ninguno o +U +S
3
5
palanquillas x
6 7 8 x = aplicable para:
barras x
alambrón x
9
10 11 Requisitos aplicables si el acero se ha solicitado con la designación de Tabla 3 Tabla 5
alambre
tubos
anillos y discos
−
−
−
−
−
−
−
x
−
Tratado para x − − − cizallado en frío 4 Recocido (de +A x x − − ablandamiento) 5 Recocido para +SR x − − − eliminación de tensiones 6 Tratado para una +HR x x − − gama de dureza 7 Recocido para la +AC x x x − globulización de los carburos 8 Recocido para la +AC+C x x − − globulización de los carburos y la aptitud a la transformación en frío 9 Tratado +FP x − − − isotérmicamente para estructura ferrita-perlita y gama de dureza 10 Otros Otras condiciones de tratamiento térmico, como la oferta y hacer el pedido.
−
x
x
x
x
x
x
x
i
ii
i
ii
I S O 6 8 3 -1 7 : 1 9 9 9
iii
−
Columna +S Columna +A Columna + SR ComposiDureza ción máxima o química gama de conforme a dureza las tablas 3 conforme y4 a la tabla 6
Columna + HR Columna + AC Columna + AC + C
Valores de templaSegún la bilidad columna 10 (véase la nota b conforde la tabla 3) me a la tabla 5
1 2 -
Columna + FP
condición de templado y revenido, pueden acordarse en el momento de solicitar la
Tabla 2 Condición superficial en el suministro 1
2 3 Condición superficial en el suministro
4 Símbolo
1 2
5 palanquilla
Salvo acuerdo en contrario
Bruto de laminación o forja
6
7 8 9 x = generalmente aplicable para: barras alambrón a alambre a tubos
10
Ninguno o HW
x
x
x
−
x
anillos y discos x
−
−
−
−
x
x
x
−
−
−
−
−
3
Descortezado
P
−
x
4
Torneado
T
−
x
Rectificado Mecanizado
GR MA
−
x
−
−
−
−
−
x
Estirado en frío
CD CP
−
x
−
x
−
−
−
−
−
x x
CR
−
−
−
−
−
x
5 6 7 8
Condiciones particulares suministradas por acuerdo
9
Estirado en frío con laminador Pilger o de paso de peregrino Laminado en frío
10
Otros
−
1 3 -
Por acuerdo
a Por definición, un alambrón estirado en frío es un alambre (véase la Norma Internacional ISO 6929).
I S O 6 8 3 -1 7 : 1 9 9 9
Tabla 2 Condición superficial en el suministro 1
2 3 Condición superficial en el suministro
4 Símbolo
1 2
5 palanquilla
Salvo acuerdo en contrario
Bruto de laminación o forja
6
7 8 9 x = generalmente aplicable para: barras alambrón a alambre a tubos
10
Ninguno o HW
x
x
x
−
x
anillos y discos x
−
−
−
−
x
x
x
−
−
−
−
−
3
Descortezado
P
−
x
4
Torneado
T
−
x
Rectificado Mecanizado
GR MA
−
x
−
−
−
−
−
x
Estirado en frío
CD CP
−
x
−
x
−
−
−
−
−
x x
CR
−
−
−
−
−
x
5 6 7 8
Condiciones particulares suministradas por acuerdo
9
Estirado en frío con laminador Pilger o de paso de peregrino Laminado en frío
10
Otros
−
1 3 -
Por acuerdo
a Por definición, un alambrón estirado en frío es un alambre (véase la Norma Internacional ISO 6929).
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Tabla 3 Tipos de acero y composición química especificada (aplicable al análisis de colada) Nº
Tipo de acero Nombre
C
B1 B2 B3 B4 B5 B6 B7 B8
100Cr6 100CrMnSi4-4 100CrMnSi6-4 100CrMnSi6-6 100CrMo7 100CrMo7-3 100CrMo7-4 100CrMnMoSi8-4-6
0,93 a 1,05c 0,93 a 1,05c 0,93 a 1,05c 0,93 a 1,05c 0,93 a 1,05c 0,93 a 1,05c 0,93 a 1,05c 0,93 a 1,05c
B20 B21 B22 B23 B24 B25 B26 B27 B28 B29 B30 B31 B32
20Cr3 20Cr4 20MnCr4-2 17MnCr5 19MnCr5 15CrMo4 20CrMo4 20MnCrMo4-2 20NiCrMo2 20NiCrMo7 18CrNiMo7-6 18NiCrMo14-6 16NiCrMo16-5
0,17 a 0,23 0,17 a 0,23 0,17 a 0,23 0,14 a 0,19 0,17 a 0,22 0,12 a 0,18 0,17 a 0,23 0,17 a 0,23 0,17 a 0,23 0,17 a 0,23 0,15 a 0,21 0,15 a 0,20 0,14 a 0,18
Composición química a, b [% ( m/m)] P S Cr Mo máx. máx. Aceros templados al núcleo para rodamientos 0,15 a 0,35d 0,25 a 0,45 0,025 0,015e 1,35 a 1,60 máx. 0,10 0,45 a 0,75 0,90 a 1,20 0,025 0,015e 0,90 a 1,20 máx. 0,10 0,45 a 0,75 1,00 a 1,20 0,025 0,015e 1,40 a 1,65 máx. 0,10 0,45 a 0,75 1,40 a 1,70 0,025 0,015e 1,40 a 1,65 máx. 0,10 0,15 a 0,35 0,25 a 0,45 0,025 0,015e 1,65 a 1,95 0,15 a 0,30 0,15 a 0,35 0,60 a 0,80 0,025 0,015e 1,65 a 1,95 0,20 a 0,35 0,15 a 0,35 0,60 a 0,80 0,025 0,015e 1,65 a 1,95 0,40 a 0,50 0,40 a 0,60 0,80 a 1,10 0,025 0,015 1,80 a 2,05 0,50 a 0,60 Aceros de cementación para rodamientos máx. 0,40 0,60 a 1,00 0,025 0,015e 0,60 a 1,00 máx. 0,40 0,60 a 0,90 0,025 0,015e 0,90 a 1,20 máx. 0,40 0,65 a 1,10 0,025 0,015e 0,40 a 0,75 máx. 0,40 1,00 a 1,30 0,025 0,015e 0,80 a 1,10 máx. 0,40 1,10 a 1,40 0,025 0,015e 1,00 a 1,30 máx. 0,40 0,60 a 0,90 0,025 0,015e 0,90 a 1,20 0,15 a 0,25 máx. 0,40 0,60 a 0,90 0,025 0,015e 0,90 a 1,20 0,15 a 0,25 máx. 0,40 0,65 a 1,10 0,025 0,015e 0,40 a 0,75 0,10 a 0,20 máx. 0,40 0,60 a 0,95 0,025 0,015e 0,35 a 0,65 0,15 a 0,25 máx. 0,40 0,40 a 0,70 0,025 0,015e 0,35 a 0,65 0,20 a 0,30 máx. 0,40 0,50 a 0,90 0,025 0,015e 1,50 a 1,80 0,25 a 0,35 máx. 0,40 0,40 a 0,70 0,025 0,015e 1,30 a 1,60 0,15 a 0,25 máx. 0,40 0,25 a 0,55 0,025 0,015e 1,00 a 1,40 0,20 a 0,30 Si
Mn
Ni
V
W
Otros
I S O 6 8 3 -1 7 : 1 9 9 9
Al: máx. 0,050 Ca:f Cu: máx. 0,30
O: máx. 0,0015g Ti:h 1 4 -
Al: máx. 0,050 Ca:f Cu: máx. 0,30
0,40 a 0,70 1,60 a 2,00 1,40 a 1,70 3,25 a 3,75 3,80 a 4,30
O: máx. 0,0020g Ti:h
(Continúa
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