UNE-EN_1846-1_1998
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norma española
UNE-EN 1846-1
Octubre 1998
TÍTULO
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares Parte 1: Nomenclatura y designación
Firefighting and rescue service vehicles. Part 1: Nomenclature and designation. Véhicules des services de secours et de lutte contre l'incendie. Partie 1: Nomenclature et désignation.
CORRESPONDENCIA
Esta norma es la versión oficial, en español, de la Norma Europea EN 1846-1 de enero 1998.
OBSERVACIONES
ANTECEDENTES
Esta norma ha sido elaborada por el comité técnico AEN/CTN 23 Seguridad contra Incendios cuya Secretaría desempeña TECNIFUEGO-AESPI.
Editada e impresa por AENOR Depósito legal: M 39673:1998
LAS OBSERVACIONES A ESTE DOCUMENTO HAN DE DIRIGIRSE A:
©AENOR 1998 Reproducción prohibida
C Génova, 6 28004 MADRID-España
15 Páginas Teléfono Fax
91 432 60 00 91 310 40 32
Grupo 12
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NORMA EUROPEA EUROPEAN STANDARD NORME EUROPÉENNE EUROPÄISCHE NORM
EN 1846-1 Enero 1998
ICS 01.040.13; 13.220.10 Descriptores: Lucha contra incendios, material contra incendios, vehículo contra incendios, vehículo de socorro, designación, clasificación, nomenclatura.
Versión en español
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares Parte 1: Nomenclatura y designación
Firefighting and rescue service vehicles. Part 1: Nomenclature and designation.
Véhicules des services de secours et de lutte contre l'incendie. Partie 1: Nomenclature et désignation.
Feuerwehrfahrzeuge. Teil 1: Nomenklatur und Bezeichnung.
Esta norma europea ha sido aprobada por CEN el 1997-12-11. Los miembros de CEN están sometidos al Reglamento Interior de CEN/CENELEC que define las condiciones dentro de las cuales debe adoptarse, sin modificación, la norma europea como norma nacional. Las correspondientes listas actualizadas y las referencias bibliográficas relativas a estas normas nacionales, pueden obtenerse en la Secretaría Central de CEN, o a través de sus miembros. Esta norma europea existe en tres versiones oficiales (alemán, francés e inglés). Una versión en otra lengua realizada bajo la responsabilidad de un miembro de CEN en su idioma nacional, y notificada a la Secretaría Central, tiene el mismo rango que aquéllas. Los miembros de CEN son los organismos nacionales de normalización de los países siguientes: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia y Suiza.
CEN COMITÉ EUROPEO DE NORMALIZACIÓN European Committee for Standardization Comité Européen de Normalisation Europäisches Komitee für Normung SECRETARÍA CENTRAL: Rue de Stassart, 36 B-1050 Bruxelles
©1998 Derechos de reproducción reservados a los Miembros de CEN.
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ÍNDICE Página
ANTECEDENTES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5
INTRODUCCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
6
1
OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
6
2
NORMAS PARA CONSULTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
6
3
DEFINICIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
6
3.1
Vehículo a motor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
6
3.2
Camión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
7
3.3
Camión contra incendios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
7
3.4
Desmontable . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
7
3.5
Remolque . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
7
3.6
Vehículo a motor anfibio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
7
4
CLASIFICACIÓN DE LOS VEHÍCULOS A MOTOR SEGÚN SU MASA . . . . .
7
5
CATEGORÍAS DE LOS VEHÍCULOS A MOTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
7
6
GRUPOS DE VEHÍCULOS A MOTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
8
6.1
Camiones contra incendios y de salvamento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
8
6.2
Camión con equipo elevador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
8
6.3
Furgón de salvamento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
9
6.4
Ambulancia del servicio contra incendios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
9
6.5
Furgón de control de daños . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
9
6.6
Camión de control y puesto de mando . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
9
6.7
Vehículo de transporte de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
9
6.8
Vehículo de logística . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
9
6.9
Otros vehículos a motor especializados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
10
7
DESIGNACIÓN DE LOS VEHÍCULOS A MOTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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ANTECEDENTES
Esta norma europea ha sido elaborada por el Comité Técnico CEN/TC 192 Equipo para los servicios contra incendios, cuya Secretaría desempeña BSI. Esta norma europea deberá recibir el rango de norma nacional mediante la publicación de un texto idéntico a la misma o mediante ratificación antes de finales de julio de 1998, y todas las normas nacionales técnicamente divergentes deberán anularse antes de finales de julio de 1998. La Norma EN 1846 comprende las partes siguientes, presentadas bajo el título general "Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares": – Parte 1: Nomenclatura y designación.
– Parte 2: Requisitos comunes. Seguridad y prestaciones. – Parte 3: Equipos instalados de manera fija. Requisitos relativos a la seguridad y a las prestaciones. De acuerdo con el Reglamento Interior de CEN/CENELEC, los siguientes países están obligados a adoptar esta norma europea: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia y Suiza.
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INTRODUCCIÓN
Esta parte de la Norma EN 1846 ha sido preparada a fin de establecer un sistema común de designación de los diferentes tipos de vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Asimismo, esta parte identifica las características principales de cualquier vehículo a motor por un número de serie (cifras y letras) tal y como se define en los siguientes apartados, que puede ser utilizado en las peticiones de oferta, en el ámbito europeo. 1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
Esta parte de la Norma EN 1846, se aplica a los vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Establece una clasificación y define unas categorías que dependen de la utilización de los vehículos y de su masa. Un sistema de designación presenta los diferentes criterios utilizados para la caracterización de los vehículos. 2 NORMAS PARA CONSULTA
Esta norma europea incorpora disposiciones de otras publicaciones por su referencia, con o sin fecha. Estas referencias normativas se citan en los lugares apropiados del texto de la norma y se relacionan a continuación. Las revisiones o modificaciones posteriores de cualquiera de las publicaciones citadas con fecha, sólo se aplican a esta norma europea cuando se incorporan mediante revisión o modificación. Para las referencias sin fecha se aplica la última edición de esa publicación. prEN 1777:1994 – Plataformas hidráulicas (PH) de los servicios de incendio y de auxilio. Requisitos de seguridad y ensayos. prEN 1789 – Vehículos de transporte sanitario y sus equipos. Ambulancias. prEN 1028–1 – Bombas contra incendios. Parte 1: Requisitos de las bombas centrífugas de uso contra incendios con dispositivo de cebado. prEN 1028–2 – Bombas contra incendios. Parte 2: Ensayos de las bombas centrífugas de uso contra incendios con dispositivo de cebado. prEN 1846–2:1996 – Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 2: Requisitos comunes. Seguridad y prestaciones. ISO 3833:1997 – Vehículos de carretera. Tipos. Denominaciones y definiciones. 3 DEFINICIONES
Para los propósitos de esta parte de la Norma EN 1846, se aplican las siguientes definiciones. Otras definiciones específicas existen en otras partes de la Norma EN 1846. 3.1 vehículo a motor: Cualquier vehículo provisto de un motor de propulsión, que circula por carretera por sus propios medios, y que dispone de, al menos, cuatro ruedas, el cual no se traslada sobre rieles y se utiliza normalmente para:
– transporte de personas y/o de mercancías;
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– vehículos de remolque utilizados para el transporte de personas y/o de mercancías; – servicio especial. [3.1 de la Norma ISO 3833: 1977] 3.2 camión: Vehículo a motor carrozado, diseñado para el transporte de personal y equipo. 3.3 camión contra incendios: Camión utilizado para las operaciones contra incendios y/o de salvamento. 3.4 desmontable: Contenedor especialmente diseñado para ser fácilmente montado y desmontado de un vehículo apropiado. 3.5 remolque: Vehículo de carretera no provisto de motor de propulsión y que, por su diseño y equipamiento, está destinado al transporte de personas o de mercancías y a ser remolcado por un vehículo a motor; el semirremolque está incluido en esta categoría. [3.2 de la Norma ISO 3833:1977] 3.6 vehículo a motor anfibio: Vehículo que se desplaza sobre tierra y sobre agua.
4 CLASIFICACIÓN DE LOS VEHÍCULOS A MOTOR SEGÚN SU MASA
Los vehículos a motor cuya masa total cargado (MTC como se define en el apartado 3.2 del prEN 1846–2:1996) sea superior a 2 t, deben clasificarse en tres clases, según su MTC. – Ligero (L): 2 t < MTC ≤ 7,5 t; – Medio (M):
7,5 t < MTC ≤ 14 t;
– Pesado (P): MTC > 14 t. 5 CATEGORÍAS DE LOS VEHÍCULOS A MOTOR
Todos los vehículos a motor deben estar clasificados en las tres siguientes categorías dependiendo de su capacidad de paso en diversas configuraciones de terreno: – categoría 1: Urbano Vehículo a motor normalmente utilizado sobre estructuras de carreteras practicables. – categoría 2: Rural Vehículo a motor capaz de utilizar todos los tipos de carreteras, así como las superficies poco accidentadas. – categoría 3: Todo terreno Vehículo a motor capaz de utilizar todos los tipos de carreteras y de desplazarse en terreno no acondicionado (campo a través).
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6 GRUPOS DE VEHÍCULOS A MOTOR
Dependiendo de su principal aplicación, los camiones contra incendios se subdividen en los siguientes grupos: – camiones contra incendios y de salvamento: autobombas; camiones contra incendios especiales; – camiones con equipo elevador: con escala giratoria; con plataforma hidráulica (con brazo telescópico); – furgón de salvamento; – ambulancia del servicio contra incendios; – furgón de control de daños; – camión de control y puesto de mando; – vehículo de transporte de personal; – vehículo de logística; – otros vehículos a motor especializados. Estos grupos se definen a continuación. 6.1 Camiones contra incendios y de salvamento 6.1.1 Autobomba. Camiones contra incendios equipados de una bomba que cumple los requisitos de prEN 1028–1 y prEN 1028–2 y, habitualmente, de un depósito de agua y otros equipos necesarios para el salvamento y el servicio contra incendios. 6.1.2 Camión contra incendios especiales. Camión contra incendios con equipo especial con o sin productos de extinción. 6.2 Camión con equipo elevador
Camión contra incendios equipado con una escala giratoria o una plataforma hidráulica (con brazo telescópico). 6.2.1 Escala giratoria. Estructura extensible en forma de escalera, dotada o no de una cesta y que gira sobre una base. 6.2.2 Plataforma hidráulica (plataforma con brazo telescópico hidráulico). Estructura extensible dotada de una cesta, compuesta de uno o de varios mecanismos rígidos o telescópicos, articulados, o con un mecanismo de tijera o con una combinación de ambos, que tiene forma de brazo y/o de escalas pudiendo pivotar o no sobre su base (de acuerdo a 3.2 y 3.3 de prEN 1777:1994).
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6.3 Furgón de salvamento
Camión contra incendios equipado para intervenir en operaciones de salvamento tales como: – localización y salvamento de personas; – liberación de accidentados; – entradas forzadas (descerrajamientos); – salvamento de animales. 6.4 Ambulancia del servicio contra incendios
Vehículo a motor que responde a los requisitos de prEN 1789, operado por el personal del servicio contra incendios (bomberos) y diseñado para la asistencia y el transporte de las víctimas. Puede también comprender otros dispositivos vinculados a la utilización específica que de él hacen los servicios contra incendios. 6.5 Furgón de control de daños
Camión contra incendios que dispone de los equipos que permiten proteger la propiedad y limitar los daños sobre el entorno, tales como: – riesgos de contaminación; – riesgos químicos; – riesgos radiológicos; – riesgos biológicos; – recuperaciones. 6.6 Camión de control y puesto de mando
Camión contra incendios equipado de medios de comunicación y de otros equipos que permiten dirigir las operaciones. 6.7 Vehículo de transporte de personal
Vehículo contra incendios que asegura el transporte del personal del servicio contra incendios (bomberos) y de sus equipos personales. 6.8 Vehículo de logística
Camión contra incendios que asegura el transporte del equipo o de los productos de extinción, a fin de reforzar una unidad ocupada en la operación.
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6.9 Otros vehículos a motor especializados
Camión contra incendios diseñado para tareas específicas, tales como: – intervenciones en aeronaves; – intervenciones sobre o dentro del agua; – intervenciones ferroviarias. 7 DESIGNACIÓN DE LOS VEHÍCULOS A MOTOR
Todos los vehículos a motor deben designarse por seis características específicas, que dependen del grupo de vehículos a motor al que pertenezcan (véase la tabla 1 y los ejemplos 1 y 2).
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Tabla 1 Designación de los vehículos a motor
Grupos de vehículos a motor (véase el capítulo 6) 6.1
L: Ligero M: Medio P: Pesado
1: Urbano 2: Rural 3: Todo terreno
Camión con equipo elevador
L: Ligero M: Medio P: Pesado 6.3
Categoría de los vehículos a motor (véase el capítulo 5)
1: Urbano 2: Rural 3: Todo terreno
Capacidad de plazas sentadas para la dotación
Cantidad, conductor incluido
Cantidad, conductor incluido
Furgón de salvamento
L: Ligero M: Medio P: Pesado
1: Urbano 2: Rural 3: Todo terreno
Cantidad, conductor incluido
Otras especificaciones
Capacidad del depósito de agua utilizada (en litros)
Prestaciones de la bomba instalada (caudal nominal en litros/minuto, presión en bar)
Otros equipos específicos
Alcance nominal
Bomba
NOTA – Prestar atención a los reglamentos nacionales existentes
Otros equipos instalados
0: Sin 1: Con
0: Sin 1: Con A precisar
Fuente de energía
Medios técnicos de recuperación
Otros equipos específicos
1: 2: 3: 4:
0: Sin 1: Con
0: Sin 1: Con A precisar
Eléctrica Hidráulica Neumática Otra
0: Sin 1: Con A precisar
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(Continúa)
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6.2
Camiones contra incendios y salvamento
Clasificación de los vehículos a motor según la masa (véase el capítulo 4)
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Tabla 1 Designación de los vehículos a motor (Continuación)
Grupos de vehículos a motor (véase el capítulo 6) 6.4
L: Ligero M: Medio P: Pesado
1: Urbano 2: Rural 3: Todo terreno
Furgón de control de daños
Camión de control y puesto de mando
Capacidad de plazas sentadas para la dotación
Otras especificaciones
Número de plazas en camillas
L: Ligero M: Medio P: Pesado 6.6
Categoría de los vehículos a motor (véase el capítulo 5)
L: Ligero M: Medio P: Pesado
1: Urbano 2: Rural 3: Todo terreno
1: Urbano 2: Rural 3: Todo terreno
Clasificación (véase prEN 1789) A) Ambulancia de transporte de víctimas B) Ambulancia de urgencia C) Unidad móvil de cuidados intensivos (UMCI)
Otros equipos específicos
Equipo previsto para tratamiento con materiales peligrosos 0: Sin 1: Con A precisar
Equipo de recuperación
Otros equipos específicos
0: Sin 1: Con A precisar
0: Sin 1: Con A precisar
Numero de plazas de la dotación
Alimentación de energía
1: Telecomunicación 2: Centro de control y mando
Cantidad, conductor incluido
Cantidad, conductor incluido
Cantidad, conductor incluido
0: Sin 1: Con A precisar
- 12 -
6.5
Ambulancia del servicio contra incendios (véase prEN 1789)
Clasificación de los vehículos a motor según la masa (véase el capítulo 4)
0: Sin 1: Con
(Continúa)
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Tabla 1 Designación de los vehículos a motor (Fin)
Grupos de vehículos a motor (véase el capítulo 6) 6.7
Clasificación de los vehículos a motor según la masa (véase el capítulo 4)
Otros vehículos a motor especializados
Otras especificaciones
1: Urbano 2: Rural 3: Todo terreno
Otros equipos específicos
0: Sin 1: Con
0: Sin 1: Con A precisar
Descripción de función
Descripción de función
Otros equipos específicos
A precisar
A precisar
0: Sin 1: Con A precisar
Descripción de función
Descripción de función
Otros equipos específicos
A precisar
A precisar
0: Sin 1: Con A precisar
Cantidad, conductor incluido
Cantidad, conductor incluido
Cantidad, conductor incluido
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L: Ligero M: Medio P: Pesado
1: Urbano 2: Rural 3: Todo terreno
Sitio para el equipaje del personal
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1: Urbano 2: Rural 3: Todo terreno
Vehículo de logística
L: Ligero M: Medio P: Pesado 6.9
Capacidad de plazas sentadas para la dotación
Número de pasajeros
Vehículo de transporte de personal
L: Ligero M: Medio P: Pesado 6.8
Categoría de los vehículos a motor (véase el capítulo 5)
EN 1846-1:1998
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Ejemplo 1: Camión contra indencios y de salvamento
Designación de una autobomba de acuerdo con EN 1846–1, con un vehículo a motor que tiene una masa clase "Medio" (M), de categoría "Urbano" (1), con una capacidad de 6 plazas sentadas para la dotación, una capacidad de agua contra incendios de 800 l, una bomba instalada con unas prestaciones de 10 bar/2 000 l/min y equipada con un generador eléctrico (1):
Autobomba
EN 1846-1
M
-
1
-
6
- 800 - 10/2 000 -
1
Descripción Número de norma Clasificación del vehículo a motor según la masa: Medio Categoría del vehículo a motor: Urbano Capacidad de plazas sentadas para la dotación: 6 Capacidad del depósito de agua contra incendios: 800 l Prestaciones de la bomba instalada: 10 bar/2 000 l/min Equipo específico (generador eléctrico)
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EN 1846-1:1998
Ejemplo 2: Camión con equipo elevador
Designación de una escala giratoria de acuerdo con EN 1846–1, con un vehículo a motor clase "Medio" (M), de categoría "Urbano" (1), con una capacidad de 3 plazas sentadas para la dotación, un alcance operativo de 30 m/10 m y equipada con una bomba (1) y con una cesta (1):
Escala giratoria
EN 1846-1
M
-
1
-
3
- 30/10 -
1
-
Descripción Número de norma Clasificación del vehículo a motor según la masa: Medio Categoría del vehículo a motor: Urbano Capacidad de plazas sentadas para la dotación: 3 Alcance operativo: 30 m/10 m Con bomba Equipo específico (cesta)
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1
Dirección
C Génova, 6 28004 MADRID-España
Teléfono 91 432 60 00
Fax 91 310 40 32
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