#es$!en En los %ri!eros a&os a la colocaci'n e los bonos e la e$a a(raria se habr)an %a(ao al($nosla c$%ones, l$e(o en la *caa ochenta, vino la y en consec$encia necesia e act$alizar los el bonos inicaos, %orhi%erin+laci'n razones obvias, (eneránose (eneráno se en aelante $na serie e contin(encias t*cnicas y e ti%o le(al: !archas y contra!archas El 1- e novie!bre e 198- se %$blic' en el .iario El Per$ano el .ecreto /e(islativo /e(islativo 212, /ey 3eneral e E4%ro%iaci'n, en el c$al se estableci' 5$e
la 6expropiación a que se refiere el artículo 928 del Código civil se rige por la , el citao art)c$lo 9"8 esti%$laba 5$e la 6 expropiación se rige por presente Ley , la legislación de la materia El .ecreto /e(islativo 2 , /ey e Pro!oci'n e las nversiones en el Sector A(rario, e +echa 20 e ;$lio e 1991, ero(' toas las leyes reco(ias en el
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