Tropiezos de la Memoria _ Leiva

September 16, 2017 | Author: Fernando Pequeño Ragone | Category: State (Polity), Military, Public Sphere, Society, Social Institutions
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David Arnaldo Leiva



Tropiezos en la Memoria

TROPIEZOS EN LA MEMORIA SILENCIOS Y COMPLICIDADES EN SALTA

David Arnaldo Leiva Prólogo de Roberto Baschetti

Fecha 01/09/89 - /09/06 Diseño y diagramación: Lic. Maria Daniela Saravia Impresión: Imprenta Grafico com Edición 500 ejemplares. Registro Propiedad Intelectual Número en trámite . Todos los derechos reservados. La reproducción total o parcial de este libro, en cualquier forma sea por cualquier medio, sea elctrónico, químico, mecánico, óptico, de grabación o fotocopia no autorizada por los editores, viola derechos reservados. Cualquier utilización debe ser previamente solicitada.



David Arnaldo Leiva

TROPIEZOS EN LA MEMORIA SILENCIOS Y COMPLICIDADES EN SALTA

David Arnaldo Leiva

Prólogo de Roberto Baschetti



Tropiezos en la Memoria



David Arnaldo Leiva

Dedicado ... A mi esposa y compañera Susana Beatriz Rios,a mis hijos Grisel, David, Adan y Maite.

Mis agradecimientos ... A Manuel “ Babi” Romano, Teresa Lonardi, Roberto Baschetti, Eduardo Fernandez Muiños, Victor Manuel Giannotti, con quienes intercambié conceptos sobre el texto del libro y me impulsaron a concretarlo. A los compañeros de ruta en la lucha por el juicio y castigo a los genocidas de la Argentina Nora Leonard, Tania Kiriaco, Sara Ricardone, Alicia Gómez de Metelski, Mirta Mantarás,Guido Salomon Villena, Marta Vedio, Juan Carlos Wlasic y los integrantes de la Red Nacional de Abogados de derechos Humanos.



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“ Po d r á n c o r t a r t o d a s l a s f l o r e s . Pe r o n o d e t e n d r á n l a primavera” Che. A la memoria de mi hermano Adán Rodolfo –“Rudy”- Leiva, secuestrado y asesinado el 6 de Octubre de 1975 en San Miguel de Tucumán, en su temprano sueño de 20 años. A la memoria de José Antonio Cortez, mi compañero del Colegio Secundario, asesinado en Bahía Blanca en febrero de 1977, cuando su luna de azúcar iluminaba sus casi 20 años . A la memoria de mis compañeros de la JUP de la Facultad de Derecho de La Plata: Chupete, Nano, Mirta, Lucia, Shorton, Fernando, Adriana, Porota, Yakaroe, Mano, Liliana, Domingo, Paisa y los 30 mil detenidos desaparecidos, a quienes la ilusión los empujo hacia la solidaridad.



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PRÓLOGO Estamos frente a un trabajo de denuncia e investigación indispensable por varios motivos. El primero de ellos se debe a que da por tierra con una teoría interesada, lanzada desde los centros de poder, con el fin de justificar el golpe militar del 24 de marzo de 1976. Según la misma, las Fuerzas Armadas se vieron obligadas a interrumpir la gestión de gobierno de María Estela Martínez de Perón debido al grado de corrupción, descalabro económico y violencia política en que estaba sumergido el mismo. Sabemos sin embargo, que pese a esas razones esgrimidas y parcialmente ciertas, lo que más preocupaba, tanto a la oligarquía vernácula y cipaya, como al imperialismo norteamericano, era el grado de organización y lucha alcanzada por el movimiento obrero y estudiantil en su conjunto. De allí la necesidad de un golpe militar e implementar, ya desde el poder, un baño de sangre que sirviera como escarmiento definitivo. Entonces, este puntilloso e indispensable trabajo de DAVID ARNALDO LEIVA, echa luz hasta sobre aquellos pequeños detalles que conforman el todo. En otras palabras, basta leerlo detenidamente, para saber a ciencia cierta que estos dictadores no dejaron nada librado al azar y cuadricularon todo el campo operativo sobre el cual iban a volcar la doctrina de la seguridad nacional y el sometimiento generalizado del grueso de la población. El segundo acierto del autor y su trabajo, está dado porque en la recopilación que lleva a cabo, sobre toda la problemática discursiva que hace a la represión instrumentada y ejecutada por ese golpe cívico-militar (decretos y actas; listados y cargos), está completísima, y muestra a las claras el grado de organización y previsión alcanzado por aquellos, con el fin de lograr sus perversos fines. Por último, DAVID ARNALDO LEIVA, no se queda en lo meramente técnico, legal y discursivo, -que podría llegar a aseverar que estamos



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solamente frente a un trabajo académico y aséptico en su contenido-, sino que también avanza en la denuncia y compromiso, aportando con claridad meridiana y para siempre, con letras de molde, los nombres de las víctimas y de sus victimarios. De los mártires y sus asesinos. De los compañeros que luchaban por la liberación de nuestra Patria, enfrentados a quienes buscaban monopolizar el uso de las armas con el único fin de poder implementar la dependencia. Seguramente los lectores de este libro compartirán conmigo la misma sensación que yo tengo, luego de su lectura completa: los SILENCIOS Y COMPLICIDADES que se tejieron en la provincia de Salta con el fin de eludir la Justicia y el eterno veredicto popular, dejándolos al descubierto: desnudos, frágiles, imputables y condenables para siempre. Lic. Roberto Baschetti

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SUMARIO Prólogo

Pág. 8

Introducción

Pág. 14

CAPITULO I La Doctrina de la Guerra Contrarrevolucionaria: Incidencia en la ideología de los oficiales de las FF.AA....

Pág. 21

La aplicación de la técnica de la guerra psicológica para aniquilar la subversión. Decretos Secretos.

Pag. 25

¡Viva el proletariado azucarero!

Pág. 30

Decreto N° 261/75 - 5 de Febrero de 1975.

Pág. 34

Tropiezos de la Memoria: Adán Rodolfo Leiva

Pág. 36

Tropiezos de la Memoria: José Antonio Cortez

Pág. 39

El Operativo Independencia.

Pág. 41

Una provincia sin instrumentos de tortura.

Pág. 45

El Mando provincial pasa al Lopezregismo. La intervención de Salta.

Pág. 47

El Teniente Coronel Gentil es designado Jefe de la Policía de la Provincia. El Poder Del Ejercito Conduce la Represión Policial. Decreto 2770 del 6 de octubre de 1975.

Pág.59

Decreto 2771 del 6 de octubre de 1975.

Pág.61

Decreto 2772 del 6 de octubre de 1975.

Pág. 61

Los nacimientos en la Cárcel de Villa Las Rosas

Pág. 62

Orden a cualquier precio.

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Pág. 52

Pág. 66

Tropiezos en la Memoria Las victimas de la represión ilegal con anterioridad al golpe de estado. Funcionarios Salta 1-1-1975 al 24-3-76.

Pág. 71

Pág. 72

CAPITULO II Acta de la junta militar del 25 de marzo de 1976.

Pág. 77

Proclama del 24 de marzo de 1976.

Pág. 79

El Golpe de Estado.

Pág. 81

El Coronel Mulhall es designado como Interventor de Salta.

Pág. 84

Autoridades provinciales designadas por el Coronel Mulhall. Intendentes y Comisionados designados por el Coronel Mulhall.

Pág. 99

La clandestinidad del método, garantía de impunidad.

Pág. 101

Pág. 97

CAPITULO III La organización clandestina por zonas militares...

Pág. 105

La Zona Operacional nº 3. Área 322:JURISDICCIÓN: Provincia de Salta.

Pág. 107

Pág. 108

Liceo Naval Militar Doctor Francisco de Gurruchaga.

Pág. 111

Fuerzas bajo control operacional del ejército.

Pág. 112

Los Jueces de la vergüenza.

Pag. 124

Listados de Habeas Corpus presentados

Pag. 131

Listado Parcial de denuncias por privación ilegal de la libertad.

Pág. 133

Las Victimas en Territorio Salteño a partir del 24 de Marzo de 1976.

Pág. 137

Lugar de detención de presos políticos y centros clandestinos de detención.

Pág. 146.

Personas con responsabilidad o participación directa en actividades represivas en la provincia de salta, según los archivos de la Conadep y expedientes judiciales.

Pág. 147.

Mulhall deja la conducción del área 322.

Pág. 151.

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CAPITULO IV Las Victimas de la masacre de Palomitas.

Pág. 160

Una causa paradigmática. La indolencia de la Justicia.

Pág. 168

La Ley de fugas. La planificación del crimen.

Pág. 169

El Inicio de la investigación judicial.

Pág. 174

La paralización de la causa.

Pág. 179

La reapertura de la causa.

Pág. 189

CAPITULO V Desaparecidos y reconciliación en Salta...

Pág. 195

Una democracia frágil.

Pág. 200



Los Hijos del Proceso: una herencia que no se pudo cambiar.

Pág. 204

Listados de causas.

Pág. 209

CAPITULO VI El discurso contradictorio de respetar los derechos humanos. Los Gestos de la memoria. La ausencia de un plan para recuperar la verdad y la justicia...

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Pág. 222

Pág. 215

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Introdución La represión ilegal planificada y ejecutada desde el Estado en nuestro país, entre los años 1975 a 1983, arrojó 30.000 víctimas cuyos cadáveres insepultos y escondidos yacen en el fondo del mar ( 1 ), en diques, ríos, en algún terruño sin cruz ni identidad, o incinerados ( 2 ) y esparcidos por el viento. El abuso ilegal del poder punitivo del Estado contra el pueblo al que debió resguardar abrevó de la experiencia y de la doctrina difundida por los militares franceses a partir de la guerra de Argel, actualizada por la doctrina de la Seguridad Nacional de los Estados Unidos de Norteamérica y condujo al Genocidio del que la provincia de Güemes no escapó. El manto de oscuridad diseñado como herramienta del sistema represivo pretendió esconder la responsabilidad de los victimarios y al aplicar un perverso método de terror se apuntó a que la sociedad repudiara los ideales revolucionarios que enmarcaron las acciones militantes de las víctimas y las olvidara.  1

El Ex Capitán de la Marina Adolfo Scilingo confesó que, entre mil quinientos y dos mil presos políticos (1976-1978), fueron arrojados vivos al Océano Atlántico, en vuelos realizados al efecto. Es Scilingo el primer militar detenido y juzgado en España y condenado el 19 de abril de 2005 por crímenes de lesa humanidad en aplicación del principio de Jurisdicción Penal Internacional.  2 Testimonio del Oranense Carlos Beltrán - Legajo N° 4213-CONADEP-«Yo he pertenecido a la Gendarmería Nacional desde el año 1971 hasta el año 1980. Alrededor de 1977 ó 1978 me informaron que había sido destinado a cubrir objetivos, en los Lugares de Reunión de Detenidos conocidos como La Perla, La Perla Chica y La Ribera (...).En una oportunidad el “Capitán” me ordenó que lo acompañara junto a otros gendarmes (…) trasladando detenidos… al llegar a un descampado el “Capitán” ordenó que se desataran las manos del más joven de los detenidos y que se le hiciera entrega de una de las palas que habían traído los suboficiales, ordenándole a la víctima que comenzara a cavar una fosa (…) el “Capitán” hizo subir al borde de la fosa al detenido que estaba cavando e hizo colocar a los tres restantes junto a la víctima, uno junto a otro, detrás de la fosa (…) “Gino”, los cuatro suboficiales y el Teniente Primero comenzaron a disparar sobre los detenidos; también accionó su arma de fuego el gendarme. Los cuatro cuerpos fueron arrojados a la fosa, rociados con cinco litros de nafta. Luego se fabricó un hisopo con un palo el cual una vez encendido fue arrojado al interior de la fosa,(…).-

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El Estado Democrático Liberal emergente de las políticas del terrorismo debió adquirir como paradigma social el ideario de la búsqueda de la verdad de lo ocurrido en su historia reciente, la reparación social e individual del daño y el enjuiciamiento de los responsables ante los crímenes de lesa humanidad. Sin embargo desechó, una y otra vez, esta dirección reclamada por las víctimas, sus familiares y organizaciones de derechos humanos, y bajo la falsa conceptualización de la reconciliación para conseguir la paz, adoptó medidas contra la memoria colectiva, instrumentando campañas mediáticas que “saturaran del terror vivido” a la opinión pública, para plantearle después la no persecución punitiva de las masivas violaciones a los derechos mas elementales de sus súbditos, tales como el respeto a la vida y el acceso a la justicia, derechos estos a los que se debió honrar interna e internacionalmente. Esta política de exclusión de la búsqueda de la verdad, de lo ocurrido durante el genocidio, caló profundamente en las instituciones del sistema republicano y en las provincias federales. Salta es una de ellas.

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Recuperada la democracia y el fervor popular por lograr la “aparición con vida” de las víctimas del estado terrorista ( 3 ), las instituciones de la sociedad salteña y su población no acompañaron la creciente movilización nacional que jaqueó la amnistía (4 ) con revelaciones de los que regresaron de las catacumbas, de los familiares, de los que sufrieron la desaparición forzada, de las numerosas publicaciones y denuncias, del informe de la CONADEP y el Juicio a las Juntas Militares.-

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“No se trata ya del Estado militarmente ocupado, asaltado por su brazo militar, donde la coerción ha reemplazado a las decisiones democráticas”…”se trata de un nuevo Estado, una nueva forma del Estado de Excepción.” “Se afirma que el principio de sujeción a la ley, la publicidad de los actos y el control judicial de los mismos, incapacitan definitivamente al Estado para la defensa de los intereses de la sociedad. En consecuencia, aparece como basamento la necesidad de estructuración –casi con tanta fuerza como el Estado Publico- del Estado Clandestino y el uso del terror como instrumento necesario y eficiente…El Estado Terrorista adquiere formas clandestinas estructurales, permanentes y propias de las funciones de los órganos coercitivos estatales, como expresión paralela y complementaria de la actividad del Estado Totalitario que emerge como expresión superestructural pública.” Pág. 24,25,26 “El Estado Terrorista: Elementos para su caracterización Crisis Democráticas y Métodos Terroristas” por Eduardo Luis Duhalde-Libro TERRORISMO DE ESTADO-Efecto Psicológicos en los Niños-Editorial PAIDOS-Sep.1987. 4

Ley de Autoanmistia nº 22924 de fecha 23-03-83, cuyo Art. 1 establece “Decláranse extinguidas las acciones penales emergentes de los delitos cometidos con motivación o finalidad terrorista o subversiva, desde el 25 de mayo de 1973 hasta el 17 de junio de 1982. Los beneficios otorgados por esta ley se extienden, asimismo, a todos los hechos de naturaleza penal realizados en ocasión o con motivo del desarrollo de acciones dirigidas a prevenir, conjurar o poner fin a las referidas actividades terroristas o subversivas, cualquiera hubiera sido su naturaleza o el bien jurídico lesionado. Los efectos de esta ley alcanzan a los autores, partícipes, instigadores, cómplices o encubridores y comprende a los delitos comunes conexos y a los delitos militares conexos” y su Art. 5 “Nadie podrá ser interrogado, investigado, citado a comparecer o requerido de manera alguna por imputaciones o sospechas de haber cometido delitos o participado en las acciones a los que se refiere el art. 1º de esta ley o por suponer de su parte un conocimiento de ellos, de sus circunstancias, de sus autores, partícipes, instigadores, cómplices o encubridores.”.-

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La legislatura salteña –compuesta por una mayoría justicialistaintentó realizar una investigación sin conseguir el fin propuesto por falta de compromiso con estos temas vitales para una sociedad que precie la dignificación del ser humano y sus derechos más elementales. (5) La Justicia Federal y la Justicia Provincial preñada por la misma apatía que los poderes políticos y los partidos representados en los mismos no estuvieron comprometidas con el esclarecimiento de estos hechos criminales fertilizando con esta actitud para que un nuevo crimen social quedara impune: la corrupción sistemática y planificada de la dirigencia política del estado en sus distintos niveles, la que, al igual que los crímenes del terrorismo sirvieron para que esta legitimara primero lo ilegal del pasado y luego legalizara la brutal entrega del patrimonio nacional. Los familiares fueron las nuevas víctimas de una sociedad no ligada a los reclamos por verdad y justicia, y nuevamente y rápidamente se refugiaron en sus soledades abandonando a su suerte, los procesos judiciales iniciados. En la Salta posdictatorial, las víctimas de la violencia organizada fueron relegadas al olvido, marginadas de la sociedad junto a sus familiares y reclamos, los que tuvieron un trato discreto fueron casi imperceptibles para la opinión pública, sin canales para comunicar su dolor y reclamo de justicia, y estigmatizadas, cuando no aceptaron ser entes privados de opinión y sumisos. Los esfuerzos aislados de las pequeñas organizaciones de derechos humanos de Salta orientados por Lucrecia Barquet mantuvieron una luz de referencia moral en medio de tanta oscuridad. A tres décadas del sismo que resquebrajó la dignidad humana con su secuela de torturas, violaciones, desaparición de decenas de salteños, sigue la ausencia de justicia y la misma apatía conservadora cómplice de los crímenes de lesa humanidad.

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A fines de 1983 se conformó en la Cámara de Senadores, Bloque Justicialista, una Comisión de Derechos Humanos integrada por Julio Aguirre, Héctor Manuel Canto, Balbín Gallo, Fausto Machuca y Raúl Zamboni. Esta Comisión jamás introdujo al debate legislativo lo investigado por los crímenes del terrorismo de estado para que la Cámara debatiera este tema y tomara resoluciones.-

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El presente trabajo procura evidenciar, sin compromisos, los métodos empleados y trata de precisar quienes fueron los que tuvieron responsabilidad operativa en el secuestro, desaparición y asesinato de cientos de salteños y quienes compartieron ideológica y políticamente la metodología señalada para subyugar las conciencias. Asimismo señalaremos a quienes desde la inactividad cómplice y cobarde, no registraron el sufrimiento de las víctimas y no resguardaron las pruebas o indicios que permitieran claridad en épocas futuras, incumpliendo las funciones por las que juraron lealtad al asumir el cargo. Indicaremos a los gobernantes que debieron velar por el respeto a la dignidad humana en cada localidad donde se cometieron los crímenes. Mencionaremos quienes fueron, como personas únicas e irrepetibles, víctimas del Terrorismo de Estado en nuestro suelo de Salta.

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CAPITULO I L A D O C T R I N A D E L A G U E R R A CONTRARREVOLUCIONARIA: INCIDENCIA EN LA IDEOLOGÍA DE LOS OFICIALES DE LAS FF.AA. Al finalizar la segunda guerra mundial, Estados Unidos diseñó para América Latina, en defensa de sus intereses económicos, políticos y militares, el concepto de la solidaridad continental. Esta idea implicaba la defensa conjunta ante un ataque de una potencia extracontinental, la que no podía ser otra que proveniente del bloque socialista hegemonizado por la Unión Soviética. Ya en el año 1947 el presidente nor teamericano, en su rol de “adalid del mundo libre”, promulgaba en la defensa de los intereses que representaba la doctrina de la contención por todos los medios del avance del comunismo. El Tratado Interamericano de Asistencia Reciproca ( T.I.A.R.) fue el resultado de esta política de seguridad colectiva delineado en defensa de los intereses norteamericanos, al ser estos los únicos en el continente con intereses políticos, económicos, militares, en gran parte del orbe, cuestión por la que podría verse envuelto en un conflicto armado. Esta doctrina de la agresión extracontinental mantuvo a las Fuerzas Armadas latinoamericanas desempeñando su tradicional rol de defensoras de la soberanía territorial y política de sus naciones hasta principios de la década del 60.Francia, entre los años 1946 a 1954, que era una de las grandes potencias coloniales, fue bligada a retirarse de sus territorios coloniales en Indochina, en una guerra de liberación en la que no había un frente definido, ni enemigo visible, ni un campo de batalla para buscar la decisión, ni reglas preestablecidas para el contenedor. La guerra de liberación o guerra revolucionaria contra los países coloniales fue atribuida al comunismo, fuerza oculta y subversiva, inabordable, que germinaba en el territorio nacional, potencialmente mortífera, por lo que contra las mismas se comenzó a elaborar la doctrina de la guerra contrarrevolucionaria o guerra antisubversiva o contrainsurgente, inspirada de un anticomunismo que tomara en cuenta la existencia de ese enemigo invisible y las técnicas que estos utilizaban.

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Los militares franceses derrotados en indochina primero y luego los militares norteamericanos fueron la correa de transmisión de esta doctrina contrarrevolucionaria que influyó decisivamente en el modo de pensar y actuar en los medios castrenses argentinos y latinoamericanos. El Coronel Charles Lacheroy, ideólogo de esta doctrina francesa, explicaba que en las nuevas formas de guerra a la que debían enfrentarse “El problema número uno es el dominio de la población, que sirve de apoyo a esta guerra y es en medio de la cual se desarrolla. Quien la toma y quien la retenga ya ha ganado”.(6 ) Las poblaciones, bajo la doctrina francesa, pasan a ser a priori, sospechosas de aportar apoyo a la subversión, por lo que el “enemigo” ya no era un ejército ni un soldado en uniforme desde el otro lado de la frontera, sino que el enemigo refugiado y escondido en la sociedad civil podía ser cualquiera. A este enemigo, enseñaba, no debía combatírselo con el “reglamento del Código Napoleón” hecho para los tiempos de paz y en consecuencia se debía descartar todo prejuicio moral y humanitario. Los Militares Franceses aprendieron que para destruir el aparato político militar que conducían las guerras de liberación en los territorios colonizados, era necesario aterrorizar a la población para inmovilizar a la misma y en consecuencia aislar, capturar y eliminar a los cuadros de la dirección basándose en información de inteligencia obtenida bajo tortura. Los operativos nocturnos sobre la población civil, la propaganda sistemática y las operaciones de inteligencia a través de los medios masivos de comunicación social, el secuestro del disidente y el sospechoso, las torturas más brutales para obtener datos de inteligencia, la ejecución del prisionero, la desaparición de sus cadáveres, los lugares clandestinos de detención, la “reeducación del prisionero” a fin de infiltrarlo nuevamente en las organizaciones revolucionarias, la división territorial en zonas y subzonas para reprimir y la actuación de las fuerzas armadas al margen de la ley, fueron métodos que los militares franceses aplicaron en Argelia y luego difundieron y enseñaron en las Escuelas de Guerra, entre ellas la Argentina.

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Conferencia del 2 de Julio de 1957, pronunciada ante militares franceses, en la que expone su doctrina de “la guerra revolucionaria”.-

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Los militares argentinos no solo formaron sus convicciones a través de oficiales destinados a la Escuela Superior de Guerra de Paris (7 ), sino también por medio de asesores franceses que impartían clases y percibían honorarios, en y de las Escuelas de Guerra de la Argentina, conforme a un acuerdo secreto celebrado en febrero de 1969 entre los gobiernos de Argentina y Francia (8). “La disimulación masiva de cadáveres, que hoy evoca a los “desaparecidos” de la Argentina o a la “segunda guerra de Argelia” (desde 1992), es una de las características de la batalla de Argel, durante la cual los militares franceses inauguraron un método considerado, al igual que la tortura, como un arma de la guerra contrarrevolucionaria. Mas allá del aspecto práctico que consiste liberarse de los cadáveres embarazosos, la técnica de la “desaparición forzada prevé, y puede, sobre todo, aterrorizar a la población, y así dominarla: “Lejos de ser el producto del azar, la desaparición de cadáveres de personas arrestadas y torturadas revela la represión racionalizada puesta en práctica por los paracaidistas en sus centros de detención y de interrogación –comenta Raphaélle Branche-. Suma una violencia simbólica a la paleta de todos los gestos violentos que lo han precedido”. “Al igual que la exposición de cadáveres, tan cara al Coronel Argaud, las desapariciones no representan una falla del sistema, sino un elemento del dispositivo puesto en el marco de la guerra antisubversiva, cuyo fin es

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Alcides Lopez Aufranc, siendo teniente coronel, estudió en la E.S.G. de Paris entre los años 1957 a 1959. Marie-Monique Robin, en su libro “Escuadrones de la Muerte-La Escuela Francesa”, en la página 224 y sig. transcribe un reportaje que le realizó en el año 2003 y reza “-¿Como llego Usted a ser alumno de esta venerable institución? – En aquella época yo era teniente coronel... En el Estado Mayor Argentino, habíamos oído hablar de la doctrina francesa, entonces muy de moda. Y resulte seleccionado para formarme en la guerra contrarrevolucionaria.... estábamos convencidos de que la tercera guerra mundial era inminente y de que la Unión Soviética iba a intentar abrir un frente sobre el territorio argentino... Gracias a la enseñanza de los franceses aprendí que el enemigo podía ser el pueblo, y que, para ganar la guerra, había que conquistar los espíritus...-¿ Fue en Argelia que Ud. descubrió la importancia de la inteligencia en este tipo de guerra? – Si –balbucea López Aufranc, a quién el tema indispone manifiestamente- Digamos que hay que tratar de infiltrar... De colocar gente en la casa del adversario, lo que no siempre es fácil...-Y después, ¿hay que saber conducir los interrogatorios? – Eso es...” 8

Citado por Marie-Monique Robin, en su libro “Escuadrones de la Muerte-La Escuela Francesa”, en la página 231 y sig.

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“impedir la movilización de los grupos y frenar la acción colectiva”, por el miedo así instalado en los parientes y amigos de las víctimas y que, por capilaridad, llega hasta franjas mas amplias de la población.”(9 ) “...los franceses aportaron a la Argentina una concepción nefasta y perversa, que literalmente envenenó el espíritu de los oficiales de mi generación: la del “enemigo interior”. Hasta la llegada de los franceses, nuestro Ejército, como cualquier otro ejército del mundo, se preparaba para defenderse contra la agresión eventual de un enemigo exterior, en el caso de nuestro país, un país vecino como Paraguay o Chile. A partir del momento en que se introdujo el concepto de “enemigo interior”, todos nosotros, yo incluido, interiorizamos el hecho de que el enemigo contra el que debíamos batirnos era nuestro propio conciudadano: con el que estábamos a punto de almorzar, el profesor de nuestros hijos o nuestro vecino; en resumen, todas aquellas personas cuyas ideas nosotros no compartíamos, y que podían tener, de lejos o de cerca, afinidades con el comunismo, presentado como el mal absoluto, o con el peronismo, considerado como un subproducto del primero. En otras palabras, a lo largo de conferencias, de artículos en las revistas militares y de ejercicios de entrenamiento, los asesores franceses, y después sus alumnos argentinos, que por otra parte acabarán por superar a sus “maestros”, no hicieron otra cosa que decirnos que de ahora en mas el campo de batalla era el territorio argentino, y que, para destruir las ideas subversivas que ponían en peligro los valores cristianos de nuestra civilización occidental, había que destruir físicamente al enemigo. De hecho, desde finales de la década de 1950 hasta la víspera del golpe de estado de 1976, el ejército se preparó para librar una guerra fratricida y para comportarse como un verdadero ejército de ocupación en su propio país.(10 ) La doctrina francesa fue recepcionada y aprovechada por la política militar nor teamericana, la que reser vó para las fuer zas armadas latinoamericanas el rol de guardianas del orden interno y del status quo existente a fin de preservar sus intereses. Con esta formación doctrinaria y el rol de guardianes de la civilización occidental y cristiana y del orden interno, las Fuerzas Armadas comenzaron, a partir de la muerte de J.D.Peron, a delinear nuevamente la asunción de la conducción estatal y a ensayar los primeros pasos del terrorismo de estado.   9

Marie-Monique Robin, obra citada, pág. 147. Reportaje al Gral. Martín Balza, publicado en la pág. 267,268 Citado por MarieMonique Robin, obra citada. 10

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LA APLICACIÓN DE LA TECNICA DE LA GUERRA PSICOLÓGICA PARA ANIQUILAR LA SUBVERSIÓN. DECRE TOS SECRETOS (11 ). “Que lindo, que lindo, que lindo que va a ser, Campora en el gobierno y Perón en el poder” La alegría popular de haber arrebatado la conducción del Estado a la dictadura encabezada por el Gral. Alejandro Agustín Lanusse, tras el retorno de Juan Domingo Perón y la libertad de los presos políticos, se fue apagando con el transcurso de su gestión y abruptamente desde su muerte ocurrida el 1 de Julio de 1974.Isabel Martínez de Perón con la creciente influencia del Ministro de Bienestar Social José López Rega, consintió la práctica de la provocación y el asesinato para dirimir los conflictos de la sucesión y el poder. Sumado a su incapacidad para gobernar, dio paso a la pérdida de legitimidad y consenso social, quedando enredada en el juego que proponían las fuerzas de la reacción para mantener el statu quo, frenar el crecimiento de la protesta social y a las organizaciones políticas militares de izquierda. Para esa época se comienza a instrumentar las enseñanzas de la guerra psicológica contra el enemigo interno. Esta guerra psicológica era una técnica de la guerra antisubversiva y consistía básicamente en: 1.-La tor tura desde el aparato estatal para obtener datos de inteligencia; 2.-El control de los medios de comunicación para realizar operativos de inteligencia conjuntamente con la propaganda; 3.-El exilio, el ostracismo, las expulsiones de sectores de la po blación; 4.-La desaparición forzada de personas, el asesinato del detenido y la exposición pública del cuerpo mutilado de los ejecutados.

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Decretos del PEN nº 261/75 y 2772/75 fueron públicamente conocidos, recién ocho años después de dictarse. Los mismos fueron publicados por el diario “La Prensa” de Buenos Aires el 24 de septiembre de 1983 (pág. 4).

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La doctrina francesa de la guerra contrarrevolucionaria estaba ya presente desde los inicios de la Triple A. Uno de sus fundadores, ex oficial del ejército, instructor en el Colegio Militar, Horacio Paino, en su libro “Historia de la Triple A”, hace una cita de Jean de Larteguy ( 12 ) ( 13 ), la que no es casual, sino que denota su influencia. Paino narra que López Rega, mientras era ministro, le propuso “Crear una organización que pueda combatir al terrorismo en su propio terreno, con sus mismas armas: con su falta de ética y de moral. Lo que por sus reglamentos y leyes no pueden hacer las Fuerzas Armadas ni la Policía.(14 )” Desde el Ministerio de Bienestar Social de la Nación y valiéndose de cuadros orgánicos de la Policía Federal y Provincial, se organizaron grupos parapoliciales y paramilitares y se los orientó para amenazar, atentar y empujar hacia el exilio a intelectuales, profesionales, artistas que influenciaban en el movimiento popular progresista y comenzó el secuestro, la tortura, el asesinato y la exposición de los cadáveres mutilados de cuadros políticos, gremiales y militantes en búsqueda de la reacción de las organizaciones político militares que justificara el endurecimiento de la represión legal e ilegal.

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Pág. 11 “Dedicatoria” Libro “Historia de la Triple A”. “¿Les hablaron de los métodos de interrogatorios que habían sido usados en Argelia?-¡Por supuesto! A causa de ello, por otra parte, nos recomendaban los libros de Jean Larteguy, que todavía tengo en mi biblioteca.” Respuesta del Gral Diaz Bessone, al reportaje publicado en pág. 439 de la Obra Citada de MarieMonique Robin. 14 Pág. 42, Horacio Paino, “La Historia de la Triple A”.  13

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“El poder de los jefes de Grupo era, en verdad, ilimitado. Eran señores de vida o muerte que podían ejecutar prácticamente a quién quisieran. Es verdad que las ejecuciones las ordenaba López Rega y que previamente se procesaba la información recibida de los infidentes, antes de decidir cada operativo (...) Una vez detenida, la víctima dejaba de ser una persona. Era un objeto a disposición de sus captores. Algunas víctimas fueron aprehendidas e inmediatamente ejecutadas. Otras eran torturadas para extraerles toda la información que poseían y luego López Rega ordenaba la ejecución (...) El objetivo fundamental era aniquilar terroristas...”(15) “De hecho, a menos de un año del golpe de estado que llevará al poder al general Videla, los sucesos parecen sugerir que “la guerra sucia de López Rega constituye una prueba piloto para lo que preparaban los sectores más reaccionarios de las Fuerzas Armadas –comenta el historiador argentino Ignacio González Janzen- (...) Numerosos miembros de grupos terroristas organizados por José López Rega colaborarán poco después con la dictadura militar en tareas similares. El apoyo tácito de las Fuerzas Armadas a las actuaciones criminales de la Triple A está confirmado por un documento desclasificado del Departamento de Estado Norteamericano que señala que “el gobierno argentino organizó una comisión de seguridad clandestina en el seno del Ministerio de Defensa. La Alianza Anticomunista Argentina lleva adelante sus operaciones siguiendo las recomendaciones de esta comisión.”(16 ) De las acciones instrumentadas por la Alianza Anticomunista Argentina (“AAA”) y el “Comando Libertadores de América” ( 17 ), con la venia estatal, se pasó a la institucionalización de la represión ilegal por medio de los decretos presidenciales que disponían ejecutar las operaciones militares necesarias para aniquilar el accionar subversivo, primero en la Provincia de Tucumán (18 ) y luego en todo el país (19 ).

15

Pág. 62, Horacio Paino, “La Historia de la Triple A”. Marie-Monique Robin, obra citada, pág. 403. 17 Grupos parapolicíales o paramilitares sostenidos por el Ministro de Bienestar Social José López Rega. 18 Decreto 261 de 5 de febrero de 1975. 19 Decreto 2772 de 6 de octubre de 1975. 16

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La orden de “aniquilamiento” de los decretos presidenciales, en un estado respetuoso del derecho a la vida, debieron entenderse como destinados a quebrar la voluntad de combate de la guerrilla, a inmovilizarla, pero nunca a la eliminación física de sus integrantes. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal ha dicho “sostener que ese concepto, insertado en esos decretos, implicaba la eliminación física de los delincuentes subversivos, fuera de combate y aún después de haber sido desarmados y apresados; resulta inaceptable.(20)” Sin embargo el discurso y la acción desde la conducción estatal marcaban el derrotero sobre la represión ilegal al opositor político, y la firma de los decretos de aniquilamiento fue a sabiendas del uso que el ejército y las fuerzas de seguridad, bajo control operativo, harían de ellos mas allá del rol fingido y declamado que los Ministros del Poder Ejecutivo Nacional ( 21), firmantes de los mismos, expusieran en la causa 13, varios años después, en relación a que estaban destinados a destruir la moral de combate de la subversión y no a la eliminación física del oponente apresado y desarmado. El Poder Ejecutivo Nacional, a través de sus Ministros y de los servicios de inteligencia, era conciente de la doctrina, métodos y fines de la Guerra Antisubversiva que inspiraba y persuadía a los oficiales de las Fuerzas Armadas, formados y preparados por más de una década en las escuelas de guerra del país y del exterior. Las acciones consentidas a las Tres A, las firmas de decretos secretos ordenando aniquilar la “subversión”, la práctica criminal del Ejército en el operativo independencia y que narraremos mas adelante, transforman al gobierno de la Isabel Martínez Vda. de Perón en responsable del genocidio que comenzó a ejecutarse en el año 1975, por lo que debió juzgarse a su titular por iguales crímenes que a las juntas militares.

20

Causa 13-“La Sentencia dictada el 9-12-85 por la Cám.Nac. de Apel. En lo Criminal y Correccional de la Capital Federal”-Tomo I-Pág. 75,Imprenta del Congreso de la Nación.21 Dres. Italo Argentino Luder, Antonio Cafiero, Alberto Luis Rocamora, Alfredo Gomez Morales, Carlos Ruckauf y Antonio Benitez-Declaración Testimonial en la Causa 13.-

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A partir de estos decretos, el ejército con el aval de la derecha peronista y no peronista, comenzó a articular acciones que le permitieron el control efectivo de las fuerzas de seguridad provinciales colocando a sus oficiales al frente de las Policías Provinciales, en un diseño de poder que e permitiera escalar hasta el golpe producido el 24 de Marzo de 1976. A la situación planteada se le sumó la declaración del Estado de Sitio con la suspensión de las garantías constitucionales declarada en fecha 6 de noviembre de 1974 (22 ) y prorrogada su vigencia el 1 de octubre de 1975 (23). que:

Las consideraciones expresadas para decretar el estado de sitio eran

“Las medidas adoptadas hasta el momento por el Gobierno Nacional para que los elementos de la subversión depongan su actitud y se integren a la reconstrucción nacional; y que las reiteradas expresiones de repudio y recomendaciones que en igual sentido hicieron las instituciones y sectores del país –políticos, religiosos, económicos y sociales- lejos de hallar eco, se agravan con las amenazas dirigidas, también ahora, contra niños en edad escolar por lo que el Estado Nacional tiene como deber esencial, preservar la vida, la tranquilidad y el bienestar de todos los hogares”. Lo paradójico del decreto nº 1368 que ordenaba el Estado de Sitio para resguardar la vida amenazada “por la subversión”, que a este lo firmaba, amén de Maria Estela Martínez de Perón, José López Rega, jefe de la Triple A, organización terrorista que asesinó a decenas de militantes y amenazó a cientos de intelectuales, artistas y opositores políticos, que luego debieron exiliarse. Las disposiciones mencionadas y las conductas asumidas por la conducción militar acunaron el salto cuantitativo y cualitativo de la represión política ilegal al permitir a las Fuerzas Armadas masificar la técnica de la desaparición forzada de personas y la tortura para combatir al “enemigo interno”. De esta manera se instalaron centros clandestinos de detención que sustituyeron a las cárceles y en donde los detenidos fueron degradados como seres humanos y eliminados cuando no se les podía extraer información. Las fuerzas de seguridad negaban las detenciones.

22 23

Decreto 1368. Decreto 2717.

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A modo de ilustración para el lector, se transcribe textual un artículo del secretario general del Partido Revolucionario de los Trabajadores Mario Roberto Santucho publicado en la revista “El Combatiente”, órgano de prensa de dicho partido y a continuación el decreto secreto nº 261 del Poder Ejecutivo Nacional. El juicio de Santucho sobre el endurecimiento de la represión por parte del gobierno y su propósito de llegar a actitudes criminales reflejado en el artículo que transcribimos a continuación anticipan la orden de aniquilamiento secreta de la que el pueblo del Jardin de la Republica sería su victima.

“¡Viva el proletariado azucarero! Editorial EL COMBATIENTE N° 136 -25/8/74Secretario General Mario Roberto Santucho. La combativa huelga de la FOTIA es un hecho de primera importancia para la lucha de clases argentina. El proletariado azucarero, columna vertebral del pueblo tucumano, está nuevamente en pie, movilizado, en las primeras líneas del combate anticapitalista y antiimperialista. Es la concreción de un proceso de reorganización que se inició el año pasado y que se desarrolla con notable vitalidad, partiendo de las ricas tradiciones de lucha de los azucareros. Entre 1960 y 1966 se desenvolvió un proceso de auge similar al que ahora se inicia. En esos años los trabajadores del azúcar movilizaron toda la provincia y pusieron en jaque a sucesivos gobiernos burgueses. Pero finalmente esa gesta fue derrotada, militarmente por la burguesía cuyo golpe militar, que encabezó Onganía, tuvo entre sus motivaciones políticas inmediatas la situación en Tucumán. Es que el proceso revolucionario argentino carecía aún de desarrollo y los obreros azucareros no contaban con las fuerzas revolucionarias políticas y militares capaces de enfrentar victoriosamente la agresión militar-policial con que se los atacó. Sin embargo, esa gran movilización de 1960 a 1966 forjó a una vanguardia obrera que jugó un rol decisivo en la formación del PRT y el ERP, dando inicio a la construcción de las fuerzas revolucionarias hoy existentes en la Argentina y que esta vez garantizarán que el presente auge se inscriba en el victorioso proceso de guerra revolucionaria llevado adelante por los argentinos.

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UN GOBIERNO DESESPERADO Y PELIGROSO El gobierno contrarrevolucionario de Isabel acentúa su carácter represivo al tiempo que se gana rápidamente el odio de las masas, pierde base de sustentación y se precipita hacia la crisis. En su desesperación IsabelLópez Rega recurren a la participación masiva de la CIA norteamericana y dan vía libre a las actividades de la organización criminal de la Triple A. Ello aumenta la peligrosidad de los ataques del gobierno al pueblo y hace necesario la adopción de estrictas medidas de seguridad por los militantes y dirigentes populares. Esta es una guerra prolongada y es necesario actuar con inteligencia, preservando lo máximo posible los recursos revolucionarios de nuestro pueblo. Las medidas de seguridad que es necesario tomar lesionarán momentáneamente la efectividad de las actividades legales, pero nuevas camadas de cuadros que la cantera inagotable de nuestro pueblo proporcionará, cubrirán pronto esos frentes. A medida que se agudiza el enfrentamiento que la temperatura de la lucha de clases se eleva, será necesario desarrollar todas las actividades revolucionarias desde la clandestinidad, incluida la dirección de la movilización política y reivindicativa, pacífica y violenta de las más amplias masas. Argentina es un eslabón fundamental en la cadena del sistema capitalista imperialista yanqui, y los explotadores no aceptarán pasivamente nuestros avances revolucionarios, por el contrario, bajo la dirección práctica del imperialismo yanqui, a través de la CIA, redoblarán su ferocidad y estarán decididos a llegar a los más abyectos crímenes tal como lo hicieron en Vietnam. Pero también así chocarán contra el muro de acero de la resistencia popular, la mayoría de sus golpes se eludirán y recibirán un justo castigo por todos y cada uno de sus crímenes.

ESTADO DE ÁNIMO DE LAS MASAS El despertar revolucionario de la clase obrera y el pueblo argentino es un proceso que tomó un ritmo vertiginoso. Aprendiendo de sus experiencias, la vanguardia de nuestro pueblo comienza a volcarse con profundo interés y entusiasmo hacia la salida revolucionaria. Al mismo tiempo amplias masas de trabajadores se movilizan por sus reivindicaciones en claro enfrentamiento al Pacto Social, a la política económico-social del gobierno peronista. El repudio obrero y popular al gobierno antipopular y antinacional es cada vez mayor. La concentración del viernes 20 lo muestra claramente. Movilizado todo el aparato de la burocracia sindical y del gobierno, organizaron un paro oficial a partir de las 10, para sacar a la gente de las fábricas y llevarlas directamente a Plaza de Mayo. El fracaso es estrepitoso.

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De fábricas de que la casi totalidad de los diarios burgueses no publicaron cifras. Sólo lo hizo Crónica que dio 50.000 personas en la concentración. Es notoria la declinación de la influencia de masas del peronismo en menos de 5 meses: el 1 º de mayo, concentró 100.000 personas, y el 12 de junio a 70.000. Por todo ello la política de concentración del Partido que impulsó nuestro Comité Central recientemente, ha tenido favorable acogida y comenzó a traducirse rápidamente en éxitos.

PERSPECTIVAS Y TAREAS La vigorosa lucha de mecánicos y azucareros, el primer paso de la Coordinadora Nacional Sindical, la actividad guerrillera urbana y rural son importantes avances de los últimos días en el desarrollo de la lucha popular, en la apertura de una situación revolucionaria en nuestra patria. El enfrentamiento con el gobierno puede decirse que ya es total e irreconciliable. Ellos usan todos los recursos represivos, mientras los trabajadores y el pueblo se arman y organizan con creciente decisión. En este marco, ante la agudización de la lucha, es necesario intensificar aún más las distintas tareas revolucionarias, es necesario impulsar armónicamente las distintas actividades que conforman una política proletaria de guerra revolucionaria, actividades que día a día se hacen más complejas e interrelacionadas. De ahí que sea también cada vez más necesaria, cada vez más imprescindible, la dirección del Partido sobre el conjunto de la lucha popular; de ahí que sea cada vez más imprescindible la superación de nuestros varios miles de trabajadores consiguen arrastrar 50 o 60, y de algunas partes no va nadie. Así logran reunir sumando los obreros, las delegaciones del interior, los empleados públicos del centro de Buenos Aires y una nube de miles de policías, alrededor de 35.000 manifestantes. Naturalmente déficit, el aporte decidido de los mejores elementos de vanguardia, para que el PRT conquiste y asuma con determinación y eficacia la conducción de la lucha revolucionaria del pueblo argentino. La construcción de un nuevo frente, de mayor amplitud que unifique a toda la oposición antimperialista y democrática, es un esfuerzo que rendirá frutos dentro de unos meses, pero que debe comenzar a prepararse desde ya, mientras se continúa con energía el desarrollo de la política legal de base, dando primacía -como lo señaló nuestro Comité Central- a la construcción del Partido en los barrios y villas activamente antimperialistas para extenderse hacia otros sectores explotados a partir del desarrollo en cuadros y recursos en esos barrios y villas de avanzada.

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Las fuerzas guerrilleras, a su vez, pueden y deben tomar un renovado impulso, pasando a constituir unidades bien estructuradas, capaces de afrontar exitosamente las formidables exigencias que presentará la lucha de clases en los próximos meses de crecientes enfrentamientos. Exigirnos cada vez más en el trabajo revolucionario del Partido y luchar por la incorporación de la vanguardia proletaria y popular, conscientes de que vivimos “Tiempos de guerra” en los que las responsabilidades y exigencias son insoslayables, es la determinación de nuestro Buró Político que nos esforzaremos en cumplir acabadamente hoy, más que nunca. El retorno activo al campo de batalla del proletariado azucarero que se respaldará mutuamente con la guerrilla rural y urbana y el trabajo clandestino del Partido, es un nuevo y formidable aliciente que llena de vigor y entusiasmo a nuestras filas y que celebramos de todo corazón.



Mario Roberto Santucho“

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Decreto N° 261/75 - 5 de Febrero de 1975. Decretos de aniquilamiento VISTO  Las actividades que elementos subversivos desarrollan en la provincia de TUCUMAN y la necesidad de adoptar medidas adecuadas para su erradicación:  L A P R E S I D E N TA D E L A N A C I O N A R G E N T I N A e n A c u e r d o General de Ministros,  DECRETA:  ARTICULO 1º.- El Comando General del Ejército procederá a ejecutar las operaciones militares que sean necesarias a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de elementos subversivos que actúan en la provincia de TUCUMAN.  ARTICULO 2º.- El Ministerio del Interior pondrá a disposición y bajo control operacional del Comando General del Ejército los efectivos y medios de la Policía Federal que le sean requeridos a través del Ministerio de Defensa, para su empleo en las operaciones a que se hace referencia en el Articulo 1º.  ARTICULO 3º.- El Ministerio del Interior requerirá al Poder Ejecutivo de la provincia de TUCUMAN que proporcione y coloque bajo control operacional el personal y los medios policiales que le sean solicitados por el Ministerio de Defensa (Comando General del Ejército), para su empleo en las operaciones precitadas.  ARTICULO 4º.- El Ministerio de Defensa adoptará las medidas pertinentes a efecto de que los Comandos Generales de la Armada y la Fuerza Aérea presten a requerimiento del Comando General del Ejército el apoyo necesario de empleo de medios para las operaciones.  ARTICULO 5º.- El Ministerio de Bienestar Social desarrollará, en coordinación con el Ministerio de Defensa (Comando General del Ejército), las operaciones de acción cívica que sean necesarias sobre la población afectadas por las operaciones militares.  ARTICULO 6º.- La Secretaria de Prensa y Difusión de la Presidencia de la Nación desarrollará a indicación del Ministerio de Defensa (Comando General del Ejército), las operaciones de acción sicológica concurrentes

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que le sean requeridas.  ARTICULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de la misión encomendada por el presente decreto hasta la suma de CUARENTA MILLONES será incorporado a la jurisdicción 46, Comando General del Ejército, correspondiente al Presupuesto del año 1975.  ARTICULO 8º.- Las disposiciones del presente decreto rigen a partir de la fecha.  ARTICULO 9º.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese.

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Adan Rodolfo Leiva Adan Rodolfo Leiva (3-11-54 al 6-10-75). Militaba en el P.R.T. Fue secuestrado en S.M. de Tucuman, torturado y asesinado.

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Adan Rodolfo Leiva -padre- escribió el siguiente acróstico en su memoria:

“RUDY ESTE ES MI HIJO AMADO DE QUIEN ESTOY MUY CONTENTO C _ruenta batalla librasteis, en desigual enfrentamiento, recuerdo racial de la edad del oscurantismo. A_leluya! camada de gente joven, próceres del mañana, mártires de hoy, la historia escribisteis, llamada guerra sucia por cobardes ignorantes. P_ara la guerra contra el sórdido nacisteis,a luchar por JUSTICIA, PATRIA y TRABAJO. ¡Las tumbas se destapan! I_ndómito hijo, mi hijo bien amado,Capitán te designaron los patriotas de tu estirpe. T_ítulos por decretos reciben Generales deponentes.Fariseos mendicantes de sangre, dolor y torturas degradantes. A_talaya de la patria y de humildes oprimidos, REENCARNADOS guías del mundo del devenir humano. N_o mistificasteis nada. En los ideales de San Martín y Bolívar tu autenticidad se refleja como el que precede la aurora de Sud América Unida.

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¡Hijo del Hombre! R_oja es tu sangre, como sangra el hombre,así sangra Dios su corazón de perdón, y azorado observa su religión deprimida.del cambio que el país avizora y estructuras de pensamientos que no causen aflicción ni ambiciones desmedidas. U_sía señor juez ¡paredón! clama el hombre, la justicia es para Usted, deje a Dios su trabajo y no mida con sus ojos lo que no entiende ni ve. D_urante mucho tiempo a la Democracia jugasteis, es hora del cambio que el país avizora y estructuras de pensamientos que no causen aflicción ni ambiciones desmedidas. Y_ mientras existan estas grandes diferencias a corregirlas VOLVEREIS aunque los fariseos vociferen CRUCIFICADLES otra vez. Por todos los ausentes ¡ Presente mi Capitán ! Tu viejo 29-3-84”

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José Antonio Cortez

Nació en el Ingenio San Martin del Tabacal, Dpto. de Orán. Estudiaba Ingeniería Química en Bahía Blanca. Militaba en la J.P. Fue asesinado el 5 de Febrero de 1977. La carta que se transcribe a continuación, dirigida por Jose Cortéz a su hermano, refleja su identificación con el movimiento obrero y la compenetración -de esta generación- con valores de la solidaridad.

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“Bahía Blanca, 2 de Mayo de 1975. Querido Hermano: ...Cuando agarro la lapicera y me pongo a escribirte estoy deseando de que vos y tu familia se encuentren bien, así como los viejos y hermanos, de salud… Te diré que empezaron las clases el 21-4- y estoy estudiando fuerte y estoy haciendo tres materias. Todavía no abrieron el comedor, así que es un problema grande el “morfi” hay que cocinarse y sale muy caro, aparte el tiempo que pierde uno. Como ya empezaron las clases no creo que vaya para allá, así que ya está descartado eso, por lo menos hasta julio. Efectivamente como vos decís hay dos grupos, por un lado esta el rector, la policía y por el otro grupo están todos los estudiantes, trabajadores y profesores. Juan perdóname pero permíteme que te haga una pregunta, ¿suponte que Patrón Costa mata a varios compañeros de trabajo tuyo por medio de la policía o grupos parapoliciales ¿vos que haces? No estas con ninguno de los dos grupos, cuando hacen una huelga los trabajadores ¿vos vas a laburar? Bueno te dejo para que lo pienses, porque lo que me escribiste vos lo pensé mucho para contestarte. Ojo en esto no quiere decir que yo este metido al mango, pero si me solidarizo con los estudiantes, esto se remite solamente a que cuando hay una huelga por ejemplo, no voy a la universidad o cualquier cosa de esas, pero Juan no me puedo lavar las manos y decir que no estoy con ninguno de los dos grupos, así como tu dices, porque sino estaría viviendo en la luna. Además vos sabes como pienso, que es lo que quiero y porque estoy aquí en Bahía. Claro que si yo quiero ser un hombre de bien y de éxito pero para mi clase que es la clase obrera y no para los patrones y explotadores. Si cuando llegue a recibirme y no sirvo a mi clase no dudaría un momento en tirar el título por la ventana, bueno no te hablo mas de esto, vos me queres ver cuando yo este recibido y entonces vamos a conversar largo y tendido sobre política… Me despido de vos con sinceros cariños y a tu familia. Chau. José”.

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EL OPERATIVO INDEPENDENCIA El pueblo tucumano tenia una larga tradición de luchas obreras producto de la crisis de la industria azucarera y un estudiantado que había fusionado su experiencia reivindicativa con la lucha política. El PRT había logrado insertar sus cuadros en las movilizaciones del tucumanazo y coptar parte del activismo obrero-estudiantil. En mayo de 1974, crea un frente rural del ERP y ocupa la ciudad de Acheral, Tucumán. La respuesta fue una presencia masiva de tropas de la policía Federal al mando del comisario Villar. Con esta acción se hace pública la decisión del PRT de llevar a la práctica la concepción de dos regiones estratégicas para sus planes políticos: el norte rural, al que consideraban “proletario y campesino”, y el sur urbano, “proletario y popular”. El PRT-ERP, con la finalidad de concretar esa idea del norte rural, creo una Compañía guerrillera de Monte a la que denominó “Ramón Rosas Jiménez” y estaba integrada con no más de 60 combatientes. Estos grupos guerrilleros se asentaron sobre dos departamentos (FAMAILLA y MONTEROS) de la provincia de TUCUMAN, de la que su actividad principal era la industria azucarera. La guerrilla rural estable, permanente, que quiso crear el PRT-ERP y tuviera capacidad de desarrollo y a la que se plegaran las masas campesinas y obreras de Tucumán era sólo una utopía de los militantes de dicho partido político y sólo un fantasma que fue usado a través de una propaganda masiva sistemática –tanto a nivel nacional como provincial- para que el ejército comenzara a desplegarse nuevamente y pusiera en práctica las técnicas de la guerra contrarrevolucionaria y de la guerra psicológica, aprendida de los militares franceses, primero en Tucumán y luego en todo el país. El 9 de febrero de 1975 se lanzó el tristemente celebre Operativo Independencia, con una fuerza de tareas nucleada en torno a la Vta. Brigada de Infantería de Monte: con los Regimientos 19 de Infantería ( TUCUMÁN), 28 de Infantería de Monte ( TARTAGAL- SALTA), 20 de Infantería de Montaña (JUJUY ), el Grupo de Artillería de Montaña 5, Compañías Comando de Ingenieros, de Comunicaciones, de Sanidad, pertenecientes a la Vta. Brigada, 3 Escuadrones de Gendarmería, 3 Compañías de Policía Federal, fuerzas policiales provinciales.

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El accionar del ejército empleando como arma principal de su brutal represión: el secuestro, la tortura, el asesinato y la desaparición de los cuerpos de los asesinados y el encarcelamiento sin fin de cientos de obreros, campesinos, estudiantes, profesionales generó terror en la población y una traumatización extrema en sus victimas y en el entorno afectivo de las mismas. A partir del Operativo Independencia las políticas del terror a que fue sometida la población tucumana –para luego extenderse a todo el paísfueron funcionales a la matriz ideológica a la que servían para combatir a ese enemigo interno y mantener el status quo interno supuestamente amenazado por la subversión. La violencia, la destrucción y la muerte se incorporaron a la vida cotidiana de la sociedad produciendo un daño incalculable cuyas consecuencias y efectos seguramente perduran hasta nuestros días. Del asombro se pasó a la rabia silenciada y a la impotencia y por último a la indiferencia como “defensa social” ante una realidad que no podían modificar. Este “Operativo Independencia” con epicentro en la provincia de Tucumán en el año 1975, estructuró una política institucional de desaparición de personas desarrollando un sistema cuyos pasos iniciales desembocarían en lo que después se conocería en Argentina como el Terrorismo de Estado. El gobierno justicialista, los radicales como principal fuerza política opositora y amplios sectores sociales mantuvieron un silencio cómplice que permitió que se acentuara la dirección que cobraba la represión hacia la disidencia política-ideológica-gremial-estudiantil-social. Ligado indisolublemente a la desaparición forzada de personas y a la tortura como técnica de represión política, aparecieron los Centros Clandestinos de Represión. Justificando estas acciones, el Gral. Adel Edgardo Vilas, Jefe del Operativo Independencia, dijo “...De todo lo actuado pude concluir que no tenía sentido combatir a la subversión con un Código de Procedimiento en lo Criminal...decidí prescindir de la Justicia, no sin declarar la guerra a muerte a los abogados y jueces cómplices de la subversión...Fué entonces cuando di órdenes expresas de clasificar a los prisioneros del ERP según su importancia y peligrosidad, de forma tal que llegaran al Juez los inofensivos, aquellos que carecían de identidad dentro de los cuadros del enemigo...... Si  por respeto a las normas clásicas nos hubiésemos abstenidos de emplear métodos no convencionales, la tarea de inteligencia... se habría tornado imposible de llevar adelante. Si la lucha en la que estábamos empeñados

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dependía de la inteligencia, el Lugar de Reunión de Detenidos (LRD) sería clave para el desenvolvimiento del operativo... decidí separar en tres grupos a los guerrilleros de modo tal que los más peligrosos e importantes nunca llegaran al penal.” (24 ) En consecuencia, en la Provincia de Tucumán se inauguró la “institución” Centro Clandestino de Detención (CCD) o al decir del Gral. Vilas Lugar de Reunión de Detenidos (LRD), como una de las herramientas fundamentales del sistema de represión de la guerra psicológica montado en la Argentina, para someter a la población. La “Escuelita” de Famaillá fue el primero de esos lugares de tormento y exterminio, cuyo funcionamiento pudo constatar la CONADEP…. “La precariedad de sus instalaciones demuestra –por contraste con la dimensión que luego llegaron a tener estos centros de detención- que en 1975 había comenzado a desarrollarse en forma embrionaria la modalidad clandestina de la metodología represiva”(25 ). Jorge Rafael VIDELA, Jefe del Ejercito, en el curso de una reunión de Ejércitos Americanos mantenida en Montevideo, expresó “Si es preciso, en la Argentina deberán morir todas las personas que sea necesario para asegurar la Seguridad del país ( 26 )”. Esta era ya la interpretación sin eufemismo de cual sería, en términos militares, las acciones emprendidas y a emprenderse para “aniquilar el accionar subversivo” de los decretos presidenciales. De este discurso se desprende que el rol principal de las Fuerzas Armadas sería el del mantenimiento de la seguridad interna y que la doctrina que informaba este rol, era la ya señalada: Doctrina de la Seguridad Nacional. Desde el año 1975 decidida, progresiva y sistemáticamente hasta el año 1982 las modalidades represivas del poder instrumentadas por las Fuerzas Armadas y de seguridad subordinadas a las mismas, concentraron su accionar en los sistemas de Detención Forzada de Personas seguida de la Desaparición de las mismas en los Centros Clandestinos de Detención y Exterminio, desplazando a la Cárcel, en cuanto institución, a un papel secundario en la modalidad simbólica de la represión y del control del detenido.

24

Párrafos de un Libro no Publicado de Acdel Vilas, trascripto en el libro de Alipio Paoletti, Pág. 16,17,18, “COMO LOS NAZIS, COMO EN VIETNAM-Los Campos de Concentración en la Argentina”. 25 Nunca MAS. Informe de la Comisión Nacional Sobre La Desaparición de Personas. Pág. 213/214.

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La técnica de la tortura sistemática para obtener información de inteligencia, los asesinatos de detenidos so pretexto de enfrentamientos en acción militar, la desaparición del secuestrado y los C.C.D fueron una verdad evidente, manifiesta, pública, escrita desde el horror estampado en el rostro de las víctimas y en los gritos desesperanzados de auxilio que se fueron inscribiendo en la memoria colectiva del vecindario en que ocurría cada tragedia para trasladarse a los Barrios, Ciudades y Provincias del país, cuestión esta que muchos ignoraron y otros impúdicamente pretendieron desconocer. De esta manera la sociedad fue traumatizada y afectadas sus relaciones internas con las prácticas de la solidaridad y las reivindicaciones colectivas para mejorar la calidad de vida de sus integrantes. La omnipresencia del miedo y de la inseguridad total inmovilizó y destruyó la ética básica de la convivencia. La población fue capturada por la doctrina que la dividía entre amigos y enemigos internos. Esta conquista facilitó el genocidio. En el periodo apuntado existieron en el país más de 340 CCD y por ellos pasaron cerca de 30.000 personas que fueron en su mayoría asesinados. “Los Centros Clandestinos de Detención (C.C.D) constituyen el símbolo por antonomasia del terrorismo de estado. Son, en efecto, los lugares donde se materializa “el chupadero” de las víctimas. Allí es donde se ingresa en la espantosa condición de desaparecido. Cualquiera sea el destino final de las víctimas, nadie escapará al horror de la tortura, ni estará eximido de la posibilidad de ser violado. Todas, en fin, llegarán a tener la certeza de su próximo exterminio. Y acaso todas, anhelarán apurar este final.”(27 ) La provincia de Salta no escapó a esta lógica de la represión ni a las instituciones creadas por el Terrorismo de Estado.-

26

Diario “Clarín” del 25.10.1975. Federico y Jorge Mittelbach “Sobre Áreas y Tumbas-Informe sobre desaparecedores”-Editorial Sudamericana-Pág. 35.27

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UNA PROVINCIA SIN INSTRUMENTOS DE TORTURA. El 11 de Marzo de 1973 y con el 65% del caudal electoral provincial, por el FRENTE JUSTICIALISTA DE LIBERACION, el binomio M iguel Ragone - Olivio Ríos se impuso en la gobernación de Salta acompañando la fórmula presidencial encabezada por Héctor Cámpora.Miguel Ragone fue apoyado por la tendencia (28 ) y Olivio Ríos por las estructuras del Sindicalismo verticalista (29). Al asumir el gobierno el 25 de Mayo de 1973, un viejo militante de la resistencia peronista, Rubén Fortuny, fue designado Jefe de la Policía Provincial, por Ragone. “El Gobernador estaba resuelto al desmantelamiento del aparato represivo, a cambiar la policía represiva por una policía dirigida a proteger al pueblo. El Jefe de Policía inició sumario a los policías acusados de abusos y torturas y dirigió personalmente el operativo de traslado de los represores a lugares lejanos de la provincia. Posteriormente fueron enjuiciados y encarcelados pero al cabo de corto tiempo, poderosos protectores lograron liberarlos y a pesar de lo ocurrido volvieron a ocupar sus antiguos cargos. Fortuny presentó su renuncia y a los pocos días fue asesinado en pleno centro de la ciudad” (30).

28

La “Tendencia” era la denominación que se usaba para identificar a los sectores de J.P., J.T.P., J.U.P, Movimientos Villeros orientados por la izquierda peronista y las formaciones políticos militares del Movimiento Peronista (Montoneros, F.A.P., F.A.R.).  29 El sindicalismo verticalista estaba integrado por dirigentes sindicales nucleados en las 62 Organizaciones Peronistas y que a la muerte de J.D.Perón respondían a la conducción de la Sra. Maria Estela Martínez de Perón. 30 REVISTA 2, 4to Trabajo, Ed. Digital, Esc Historia, Fac. Humanidades, UNSA. “Pensamiento Político de Miguel Ragone. Único gobernador constitucional secuestrado y desaparecido”, Por Myriam Corbacho y Raquel Adet.

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Con el aval del Gobernador, Fortuny detuvo a una veintena de oficiales, suboficiales y agentes encabezados por el Inspector General Joaquín Guil y los comisarios Héctor Trovatto, Domingo Echenique, Luis Pastrana y Arturo Toranzo por su evidente responsabilidad en numerosos casos de torturas producidos durante los gobiernos militares”( 31). Ragone separó a esta cúpula de la fuerza Policial, exonerándola. “Otra medida fue demoler las celdas de castigo de la Central de Policía donde se mantenían en condiciones infrahumanas a decenas de detenidos. Fue exhibido al público este lugar donde se hacinaban 190 detenidos en 18 celdas con espacio calculado para treinta personas. Al respecto, Fortuny declaró a la prensa: “Aquí había dinero para armas y no para darle un trato más humanitario a los detenidos o adquirir una lente para la observación de huellas dactilares.” “Los camiones hidratantes fueron retirados del servicio y los carros de asalto, pintados de flores, pasaron a ser utilizados como vehículos de transporte para el personal policial o para trasladar a los niños de los barrios a las escuelas. Los uniformes azules de la guardia de infantería, que distinguían al personal encargado de reprimir, fueron igualmente eliminados y reemplazados por el uniforme habitual del resto de la policía” (32). En junio de 1973 se enfrentaban Juventud Antoniana de Salta y Gimnasia y Esgrima de Jujuy, encuentros de fútbol precedidos de escándalos entre simpatizantes de ambas provincias. Fortuny dispuso que las fuerzas a sus órdenes concurrieran a la cancha sin pistolas lanzagases, sin bastones, sin el camión Neptuno. Estas fueron sus palabras: “....Ha llegado la oportunidad que el pueblo que asiste a un espectáculo deportivo demuestre que sabe comportarse sin la amenazante presencia de ninguna fuerza represiva que necesite enseñárselo. Que cada uno asuma su responsabilidad. El triunfo electoral del 11 de Marzo ha determinado que el 25 de mayo es el pueblo el que tiene el poder. Sepamos en todos nuestros actos hacer uso correcto de él”(33 ).-

31

Diario “Noticias” Jueves 7 de Marzo de 1974,pág. 10.Artículo citado REVISTA 2, 4to Trabajo, Ed. Digital, Esc Historia, Fac. Humanidades, UNSA. 33 Copete “OCURRIÓ EN SALTA.Fútbol con Policía Desarmada y un pueblo que da el ejemplo”-Pág. 29, Diario Clarín.32

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El 27 de noviembre de 1973 Rubén Fortuny fue asesinado en la vía pública. El interregno Ragone – Fortuny en las políticas de prevención y seguridad de la Provincia fueron un ideal que pronto frustraron y se encargaron de arrancar las intervenciones y gobiernos que se sucedieron, aún en la Salta pos dictatorial, para mantener una estructura casi feudal y antirrepublicana, las dirigencias políticas y militares que se alternaron en el mando gubernamental.

E L M A N D O P R O V I N C I A L PA S A A L LO P E Z R E G I S M O. L A INTERVENCION DE SALTA. En Marzo de 1974 Personal de la Policía de Salta amenazaba amotinarse si sus salarios no eran aumentados, logrando con la presión que el Jefe de Policía Coronel Sánchez reemplazara al Inspector General José María Herrera del cargo de director de Seguridad, funcionario que había tenido a su cargo el sumario contra los jefes, oficiales y agentes acusados de torturas.En mayo de 1974, el Vicegobernador Olivio Ríos, quien había quedado a cargo del Ejecutivo por una licencia de pocos días del gobernador, destituyó al Ministro de Gobierno y al Jefe de Policía. Ragone regresó de Buenos Aires y repuso en sus funciones al Ministro de Gobierno Oscar Mondana y al Jefe de Policía Tte. Coronel ( R ) René Agustín Sanchez.El Vicegobernador Olivio Ríos con su actitud conspirativa y al no poder obviar la desautorización sufrida, se dirigió “al pueblo y muy especialmente al pueblo peronista a fin de exhortar a Miguel Ragone a que cumpla las directivas que le imparte el Movimiento Nacional Justicialista y que aparte la influencia que sobre el P.E. ejercen los denominados “montoneros” y “clasistas”.(34 )

34

Diario Crónica, pág. 10,11 de fecha 9-5-74.-

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Numerosos Diputados y Senadores, integrantes de un bloque opositor a Ragone en la legislatura provincial, accionaban junto al Sindicalismo Verticalista y a la derecha peronista para crear las condiciones que permitan la intervención de la Provincia de Salta y el comienzo de la persecución ideológica. Los conceptos publicados en una solicitada en los medios nacionales así lo expresan: “En lo político el gobierno provincial se ha trazado un claro objetivo: destruir el Movimiento Nacional Peronista. Para ello fomentó la violencia en todas sus manifestaciones, alentó la toma de la CGT y locales gremiales, la ocupación del local del Partido Justicialista, subvencionó y subvenciona a grupos de confesada actividad subversiva, toleró la existencia de grupos armados...Frente a esa voluntad antiperonista sustentada en una adhesión incondicional a un ideario antiargentino y en un personalismo mediocre y subalterno....Cumplimos con nuestro deber de denunciar tanto y tan graves males, para que el gobierno nacional y el Consejo Superior Peronista, arbitren lo necesario para restablecer el imperio del orden y la cordura en la Provincia...”(35 ). Los golpistas del peronismo salteño, los que acelerada y afiebradamente trabajaban a favor de la intervención nacional a la Provincia en épocas en que el “Brujo” Lopez Rega decididamente comandaba las decisiones del Poder Ejecutivo de la viuda de Perón, eran: el Bloque de legisladores verticalista, las Brigadas de la Guardia de Hierro, la Juventud Sindical y el denominado grupo Reconquista que nucleaba a sectores profesionales. Estos se teñían de ortodoxia frente al gobierno de Ragone, sindicado como de la tendencia. La tendencia cuyo núcleo motor era la J.P., sabía que Roberto Romero era el hombre detrás de las bambalinas. La J.P. sabía que el empresario de los medios de comunicación periodísticos estaba detrás de la intervención y que quería adueñarse del Poder Provincial. Una publicación de la tendencia refleja esta opinión: “Para los sectores populares el problema es mucho mas claro: no le confieren tanto peso al bando que da la cara y descarga los golpes contra el gobierno, como a quienes se mueven tras ellos. Tras la sed de los trepadores, los compañeros de la JP ven una pieza mas importante que los débiles sectores sindicales aglutinados en las 62 y la CGT y por supuesto más 35

Solicitada 9-5-74 La Nación. Firmada por Senadores Provinciales: Carlos Mugas Saldivia, Juan Emilio Marocco, Héctor Hugo Heredia, Juan E. Jorge Royo, Julio O. Maidana, Antonio Luis Santillan, Julia C Vakulski, Pablo Rios, Elba S. De Manssur. Diputados Provinciales: Luis Alfonso E. Borelli, Selestino Acevedo, Pedro N. Bulacio, Félix Burgos, Luis Cari,Pedro A. Cordero, Francisco Cuello, Juan Choque, Adrian Fernández, Luis A. Girada, Feliciano González, Aldo T. Guerra, Gregorio Gullo, Lucio Heredia, Florencio Mansilla,Juan Morales, Baltasar Noguera, Telesforo Peñalosa, Hugo L. Poma, Eduardo Rizzo Patrón, Andrés Usqueda.-

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importante que los “idiotas alquilados” de las Brigadas. Esta pieza que es el motor real que mueve a todos los demás tiene nombre y apellido: Roberto Romero. TODOS LOS TÍTERES CONDUCEN A ROMERO.En todos los lugares aparece la mano de este personaje, de 47 años, que se jacta de haber empezado vendiendo pan casa por casa y que hoy iguala o supera a las fortunas más antiguas de la provincia. Romero es el cerebro de la ofensiva derechista. Además de ser el dueño de grandes fincas, de dos de los diarios mas importantes de Salta –El Tribuno y El Norte- del paquete mas grande de acciones del Canal 2 local, del hotel alojamiento mas frecuentado, del mejor hotel de Salta y de un número ilimitado de negocios entre los que se destacan desde las casas de prostitución a los negocios de construcción e inmobiliarios. Romero es el dueño de todos los títeres que juegan contra Ragone. Uno de ellos es el mismo delegado normalizador en la provincia del Consejo Superior, el joven Dr. Podetti, uno de los mejores cuadros de la mesa de trasvasamiento….Se realiza una reunión de todos los sectores antirragonistas con el fin de discutir la exigencia de una serie de puestos públicos. Podetti espera el resultado de las deliberaciones en su alojamiento del Hotel Victoria Plaza –del que también Romero es su dueño- y envía en su lugar a Romero….Romero es un especialista en comprar gente. Te extiende la chequera y te dice llená, poné la cifra que querés, vamos no tengás vergüenza. Este es el hombre que tiene puesta su mirada en la gobernación, nadie sabe si para sentarse en el sillón o para poner allí a alguien a quien no le tiemble la mano para poner la cifra en su chequera. Ragone es solo un obstáculo en su camino”.(36) En octubre de 1974 tuvo lugar en Salta el Congreso Eucarístico Nacional. Ragone no fue a recibir al Aeropuerto a la presidente Isabel Perón, quien viajó acompañada por su Ministro de Bienestar Social y Jefe de la Triple A, José López Rega con motivo del Congreso. En una crítica a las persecuciones ideológicas instrumentadas por el Poder Ejecutivo Nacional y aprovechando la presencia de su representante en Salta, el gobernador expresó lo siguiente: “Porque el auténtico cristianismo, que precisamente, en cuanto a revolución del espíritu, es revolución, transforma sin destruir, pues los caminos de la liberación no pueden ser los de la violencia, y con su transformación es elevación. Es revolucionario y no subversivo, pues la verdadera revolución es la fidelidad al orden interior de la verdad y la 36

“El Peronista”, 14-5-74 Artículo bajo el título “Romero quiere la manija; Ragone la tiene pero no la puede usar; y el pueblo exige participación”.-

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justicia. La problemática de nuestro tiempo es el lema de este Congreso: Reconciliación en Cristo”(37 ). Este reclamo velado de transformar el orden social en favor del ser humano, en paz, en presencia de quien había convertido el Ministerio de Acción Social en el buró de una organización terrorista y de quien cinco meses después ordenaría aniquilar la subversión, constituyó un agónico grito en medio de la espiral violenta diseñada por quienes se proponían capturar al pueblo en una política que los dividía entre amigos y enemigos. El 6 de Noviembre de 1974 la Presidente Maria Estela Martínez de Peron y sus Ministros José López Rega, Oscar Ivanisevich, Alfredo Gómez Morales, Alberto L. Rocamora, Adolfo M. Savino, decretaba el Estado de Sitio en todo el territorio nacional, suspendiendo las garantías constitucionales con lo que facilitó la implementación de severas medidas en la conformación del régimen de seguridad nacional “...para lograr el propósito de erradicar la subversión”.(38 ) Finalmente el 23 de Noviembre de 1974 la Sra. Isabel Martínez de Perón interviene los tres poderes de la Provincia de Salta.El diario La Opinión reflejaba la intervención de la siguiente manera: “Se considera que la acefalía provoca ineficacia en la acción antisubversiva. El largo pleito político que protagonizaban en Salta el gobernador Miguel Ragone y las fuerzas sindicales del peronismo ortodoxo, terminó ayer abruptamente, al decidir el Poder Ejecutivo Nacional la intervención federal en los tres poderes provinciales. En los considerandos de la medida –refrendada por la Presidente de la Nación, Señora María Estela Martínez de Perón y sus Ministros– se manifiesta que se ha producido prácticamente la acefalía total en la Provincia por las renuncias, “en un mismo breve ciclo temporal”, del gobernador, el vicegobernador y los legisladores justicialistas. Pero también se señala que ello provocó una desvinculación del gobierno provincial con los lineamientos básicos nacionales, “con manifiesta ineficacia represiva frente a la acción perturbadora de las fuerzas cuya actividad ha sido declarada fuera de la ley. Con Salta son cinco las provincias intervenidas”.(39 ) El Dr. Miguel Ragone fue reemplazado por un Cordobés afín a las políticas presidenciales, el Dr. Alejandro Mosquera. 37 38 39

Diario, El Tribuno, octubre de 1974. Decreto 1368 del 6-11-74. La Opinión, Sábado 23-11-74, pág. 8.-

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Años después, cuando los militares diseñaron la entrega del poder, el Ex Diputado Nacional por Salta Julio Mera Figueroa en el contexto de una elección interna del P.J. y a través de un reportaje expresaba: “Periodista: ¿En que sectores se enquistó en Salta el lopezregismo? M.F. “Con Mosquera. Sino, ¿qué le parece la intervención de Mosquera en el Partido y en el Gobierno?.Grupos parapoliciales, aparato represivo y aparato confusionista llevado a extremos tales que en una misma pared yo vi “Pfister fascista” y “Pfister comunista”. Se inauguró un “macarthysmo” en el sentido que el que estaba en la oposición a López Rega era, automáticamente, zurdo”.(40 ) En Noviembre de 1974, imputado de tenencia de literatura y armas de guerra, es detenido el Director de Transito de la Municipalidad de General Güemes Robin Mario Escudero por el Policía Federal Alzugaray. Escudero recuperó su libertad en diciembre de 1976 (41 ). La derecha golpista del peronismo salteño, simpatizante del “Brujo” López Rega y de los militares, había logrado su objetivo.

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Semanario “Propuesta”, Edición 12 al 18 de marzo de 1983, pág. 10 y 11.Declaración Testimonial de Robin M. Escudero de Fs 1449 Juicio por la Verdad de Salta.41

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EL TENIENTE CORONEL GENTIL ES DESIGNADO JEFE DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA. EL PODER DEL E JÉRCITO CONDUCE LA REPRESIÓN POLICIAL. Las Fuerzas Armadas que influenciaban fuertemente en las decisiones del Gobierno Nacional “habían logrado que en varias provincias se entregara la Jefatura de Policía a oficiales del Ejército en actividad, correspondiéndole al segundo jefe de la guarnición del lugar, lo que también sucedió en la Provincia de Salta”(42 )(43 ). La presión realizada a los gobiernos provinciales lo fue bajo el Justificativo de manejar la seguridad interna nacional ante la amenaza subversiva.La situación planteada se refleja en las publicaciones de la organización “Montoneros”, quienes por medio de un documento expresan: “Amenaza a escuelas, las FF.AA a la calle, estado de sitio. Una muestra de cómo este gobierno utiliza todas las armas posibles en su lucha integral contra el pueblo, fue el cuento de que la “subversión” y los montoneros amenazaban a los chicos de las escuelas….Maniobra propia del Brujo y la CIA… para crear el temor, un clima que justifique los asesinatos y cualquier locura represiva. Hasta un golpe militar. Pero todo fue un pretexto que sirvió para dos cosas: para decretar el Estado de Sitio que les permitiera llenar las cárceles con militantes y “trabajadores revoltosos”  a disposición del Poder Ejecutivo. Y para que las Fuerzas Armadas salieran nuevamente a la calle. Los milicos hacen designar como jefe de Policía en Tucumán y Salta a oficiales en actividad.”(44 ) El interventor cordobés en Salta designó al 2do. Jefe de la Guarnición Militar Salta Teniente Coronel Miguel Raúl Gentil como Jefe de la Policía de la Provincia (45 ), personaje que se mantendría en el poder detrás de los débiles interventores de la provincia de Salta y hasta después del golpe de estado del año 1976.Enrique Hermann Pfister Frías, quién se desempeñó como Ministro

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Testimonio de Enrique Hermann Pfister Frías rendido a fs 66/67 del expediente 87/04 “ELIAS VICTOR HUGO-DENUNCIA” –Fiscalia Federal nº 1 de Salta.43 “Todas las Policías estuvieron subordinadas a las Fuerzas Armadas por disposición del PEN.De allí normalmente los Jefes de Policía eran oficiales superiores del Ejército.” 44 Artículo “Resistencia peronista al avance imperialista” publicado en la Revista “Evita Montonera” nº 1.Diciembre de 1974. 45 Decreto Poder Ejecutivo Pcial. Nº 5 de fecha 23-11-74.

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de Gobierno, Justicia e Instrucción Pública desde Mayo de 1973 en el Gobierno del Dr. Ragone, expresó que: “cuando asumió el gobierno, la cúpula Policial estaba compuesta entre otros por el Comisario Guil, Trovato, Murua, el “Sapo” Toranso, Marquiegui y Pastrana, que habían sido detenidos por “torturadores”, quedando a disposición de la justicia federal en razón de denuncias realizadas por integrantes de un grupo que participó del operativo en la “Finca Ampascachi”( 46 ). Por las denuncias expuestas, la Jerarquía Policial fue detenida y exonerada, sin embargo la Intervención Federal de Mosquera los amnistió y reincorporó a la Fuerza bajo la jefatura del Ttte. Cnel. Miguel Gentil, con el protagonismo en el sistema de la represión ilegal que imperó en la provincia y que se narrará más adelante. La designación de Mosquera como interventor de la Provincia, la consecuente designación del Tte. Cnel. Gentil como Jefe de la Policía Provincial y la reincorporación de la jerarquía Policial exonerada marcaron un punto de inflexión en la persecución política - ideológica y en las técnicas de la represión ilegal en Salta. Es en este periodo en que comienzan las cesantías de empleados públicos, las detenciones, las torturas y los asesinatos de presos políticos. El 10 de diciembre de 1974 fue intervenida la Universidad Nacional de Salta ( 47 ), siendo reemplazado su Rector Holver Mar tinez Borelli por René Villada, gestión bajo la cual comenzó dentro de los claustros universitarios la persecución por razones ideológicas con cesantías de docentes que luego serían detenidos (48) y entrado el proceso militar, algunos de ellos asesinados. El Interventor Alejandro Mosquera haciendo gala de la homogeneidad política ideológica y del futuro accionar de las nuevas autoridades de La Nación en la Provincia, fue el que posicionó en el cargo a René Villada, funcionario que comenzó lo que luego y durante el proceso terminaría no solo con docentes que serían expulsados del trabajo y estudiantes y docentes perseguidos, detenidos y asesinados, sino también con la quema de libros.

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Testimonio rendido a fs 66/67 del expediente 87/04 “ELIAS VICTOR HUGODENUNCIA” –Fiscalia Federal nº 1 de Salta.47 Decreto Poder Ejecutivo Nacional nº 1669/74.48 Los primeros docentes cesanteados fueron: Manuel Santos (Departamento de Humanidades), Graciela Lopez de Medina (Ciencias de la Educación), Jose Maria Serra (Aea Educación), Georgina Droz (Ciencias de la Educación). Esta última es víctima de la Masacre de Palomitas ocurrida el 6-07-76.-

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Eduardo Fronda, dirigente del Sindicato de Vendedores Ambulantes, y militante del Frente Revolucionario Peronista, fue detenido a principios de enero de 1975, y conducido a la Central de Policía, lugar donde fue visto por el Cronista del diario El Intransigente, Luciano Jaime, un día antes de su asesinato. El 8 de enero de 1975 en un paraje conocido como “La Choza” en el camino que une San Lorenzo con la localidad de Vaqueros apareció el cuerpo de Fronda, con los ojos vendados, las manos atadas, torturado y con orificios de balas. El 27 de enero de 1975 detienen a MIRTA TORRES, integrante de la JTP, quien trabajaba en Vialidad Provincial. Luego de su detención por la Policía Provincial fue trasladada a la Delegación de la Policía Federal, lugar donde el Comisario Livy la desnuda y golpea en distintos lugares del cuerpo y le aplica la picana eléctrica en la zona bucal, en los pechos y en los genitales, “a pesar que se encontraba embarazada” …“Que en esos días llovía y la ataban en el patio bajo la lluvia, el Sr. Juan Carlos Alzugaray, que luego fue jefe de inteligencia en la cárcel, realizaba disparos alrededor de la persona de la dicente, simulando un fusilamiento”( 49 ). Mirta Torres recuperó su libertad el 6 de enero de 1981. Al asesinato de Eduardo Fronda, le siguió el secuestro en fecha 8 de Febrero de 1975 del periodista del Diario “El Intransigente”: Héctor Luciano Jaime, quien cuatro días después fue dinamitado en el Encon-La Silleta. El control militar sobre el poder político llegaba al Norte Argentino para quedarse. La vecina provincia de Tucumán fue militarizada bajo el operativo «Independencia», siendo designado el General Adel E. Vilas para hacerse cargo de la Brigada de Infantería V y del operativo. El territorio y la población de Salta fueron objeto de la “Campaña” del operativo de Inteligencia. En esta provincia el ejército realizaba inteligencia y acciones para “evitar” que la misma se transforme en lugar de refugio o reaprovisionamiento de la guerrilla.“El plan táctico implicaba la ejecución de operaciones ofensivas y de seguridad en el ámbito rural de los departamentos Faimallá, Monteros y Tafí del Valle y en el ámbito urbano de toda la provincia, ocupando y permaneciendo en la zona con la finalidad de eliminar la guerrilla y

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Declaración prestada el 15-11-02 en el Expediente 328/00.-

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recuperar el control de la región. Este Plan fue presentado al Ministro de Defensa el 22 de enero, el operativo fue aprobado por la presidente de la nación y siete ministros de su gabinete mediante el decreto secreto 261/75, promulgado el 5 de febrero de 1975. El operativo se inició el 9 de febrero de 1975 e implicó el establecimiento de un puesto de comando táctico en Faimallá y el despliegue inicial de cuatro fuerzas de tareas del Ejército, de 260 hombres cada una (“Fuerza de Tarea Chañi” en Los Sosa, departamento Monteros, “Fuerza de Tarea Aconquija” en Santa Lucía, departamento Monteros, “Fuerza de Tarea Rayo” en La Fronterita, departamento Faimallá, y “Fuerza de Tarea San Miguel” en Tucumán capital), un escuadrón de Gendarmería (“Escuadrón San Juan”, en Angostura y El Mollar, departamento Tafí del Valle) y elementos Policiales (la Guardia de Infantería de la Policía Federal y el Grupo Especial de la Policía Tucumana) en la zona urbana de la capital provincial. En lo más álgido de su desarrollo, el operativo alcanzaría un efectivo cercano a los 6.000 hombres del Ejército Argentino, la Gendarmería Nacional, la Fuerza Aérea, la Armada Argentina y las policías Federal y Tucumana. Ampliando y formalizando la presencia de medios aéreos del Ejército en Tucumán, el 7 de febrero se constituyó el Equipo de Combate “Cóndor”, integrado por una Sección de Helicópteros de Asalto, un Grupo Aviones y un Grupo Mantenimiento….”(50).El Ejército implementa en la provincia de Tucumán un pacto de sangre consistente en la participación de oficiales y suboficiales de las fuerzas de seguridad en las torturas, vejaciones, violaciones, y asesinatos de los detenidos. Este pacto cumplió el rol de garantizar el acatamiento a la doctrina de la seguridad interior y la ocultación de las acciones ilegales que afrentaban la dignidad humana. Oficiales y suboficiales del Ejército y Gendarmería con asiento en Salta participaban de la práctica del “pacto de sangre” que se implementó en el Operativo Independencia. Los integrantes de las Fuerzas de Tareas trasladaron su “experiencia” a esta provincia, cuestión que posibilitó el silencio cómplice durante treinta años sobre lo ocurrido con cada ser humano que fue víctima del terrorismo de estado. Ejemplo de lo expuesto es la declaración del Capitán (R ) Hugo Cesar

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“El sitio de la Aviación Militar Argentina”.www.aereomilitaria.com.ar

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Espeche, quien expresó :“que en el año 1.974 llegó a Salta y durante el año 1.975 y 1.976 se desempeñó como Jefe del escuadrón Blindado de la citada Unidad (Destacamento de exploración de caballería, Ex-C5). Durante el año 1.975 con su escuadrón integró la “Fuerza de Tareas Rayo” durante el operativo independencia y se desempeñaba con destinos en Salta y Tucumán”… “que cuando fue a Tucumán preparó a su sub-unidad para luchar contra la subversión para el operativo independencia que fuera ordenado en el año 1.975 por la presidente María Estela Martínez de Perón y cuyo comandante en dicha área era el Gral. Díaz. Que el jefe del dicente dentro del operativo independencia fue el Coronel Cornejo Alemán y el Sr. Coronel Gordeli que venía de la ciudad de Córdoba. … Que cuando se replegaron a Salta, toda la acción de instrucción al personal de oficiales, suboficiales y soldados, estaba centrada en la lucha a realizar en el monte”, señaló a otros oficiales con asiento en Salta que participaron en dicha Fuerza de Tarea “…el jefe de la primera sección estaba el Subteniente de la Vega; el jefe de la segunda sección el subteniente de Nevares; el jefe de la tercera sección subteniente Rubio. Su superior era el Coronel Mulhall y Cornejo Alemán era segundo Jefe de Destacamento y jefe de tareas en Tucumán. Luego venían los jefes de Escuadrón entre los que se encontraba el testigo. Los jefes de escuadrón eran: Capitán Gómez Fuentes Alba; Teniente Primero Renaul; Teniente Primero Estévez”, y aclaró “que en la provincia de Salta realizaban preparación de equipos, materiales e instrucción particular para la lucha en el monte. Que en Tucumán la ejecución de la operaciones ordenadas por el comandante de la Brigada de Infantería 5 consistente en: rastrillaje en el monte para la detección de subversivos y terroristas, operaciones nocturnas de emboscadas para evitarles el apoyo logístico a la compañía de monte, en lo concerniente a armas munición, explosivos, relevos” …”conoce por doctrina que en la provincia de Salta había una fuerza de inteligencia que actuaba junto a la policía de la provincia y la federal, como destacamento urbano” “Que el teniente Coronel Rios Erañú, quien era jefe del regimiento de Monte de Tartagal y su guarnición, dependiente del comando de Infantería V, participó muchísimo en las operaciones en el monte tucumano e iba como Jefe de Fuerza de Tareas cada mes o mes y medio a la Provincia de Tucumán.”(51 )  En este punto es importante remarcar como una reafirmación de lo expuesto que el Grupo de Tareas “el Rayo” de la que el Tte. Coronel Cornejo Alemán era uno de sus Jefes y que integraban entre otros el Capitán Hugo César Espeche, el Subteniente de la Vega, el subteniente de Nevares; el

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Testimonio prestado en el Juicio de la Verdad de Salta el 20 de diciembre de 2001.-

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subteniente Rubio, militares con residencia laboral en Salta, tenía su zona de operaciones en el Dpto. Famailla, Pcia. De Tucumán, lugar donde justamente se asentó en el año 1975 el primer Centro Clandestino de Detención denominado “La Escuelita de Famaillá” en el que se ensayó las técnicas de la guerra psicológica antes mencionada, por lo que no es apresurado ni aventurado pensar que allí aprendió Espeche la felonía aplicada a las víctimas que creyendo ser trasladadas a otro penal fueron masacradas en el mayor suceso criminal de la historia de la Provincia de Salta conocido como “Los Fusilamientos de Palomitas”, que mas adelante detallaremos. El 20 de Abril de 1975 la Policía Provincial ejecuta a los militantes del Frente Revolucionario Peronista Alfredo José Mattioli y los hermanos Juan y Tomas Estopiñan, en la casa de estos, en Rosario de Lerma. Militantes obreros y peones rurales, estudiantes y profesores fueron los “blancos” apuntados para que la sociedad fuera absorbiendo el terror que se comenzaba a sembrar con la represión política ilegal. Con ellos se ensayó la técnica de la detención sin límites temporales, la tortura, el asesinato y la desaparición de sus restos mortales. En Junio de 1975 detienen a los integrantes del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Naturales de la U.N.S.A.. Eduardo Tagliaferro, Roberto Oglietti, Vicente Enrique Claudio Spuches fueron torturados en la delegación de la Policía Federal.TAGLIAFERRO al ser detenido fue puesto a disposición del P.E.N. Cuenta que: “En el cuartel de la Policía Provincial el Comisario Joaquín Guil y el Tte. Cnel. Miguel Gentil participaron de una golpiza, producto de la cual le fisuran una costilla y vendado concurre a declarar ante el Juez Federal Ricardo Lona, denunciando los apremios ilegales a que fue sometido, mostrando los vendajes”. Expresó “que nunca el Juez Lona atendió sus reclamos” “Luego fue llevado a la Dependencia de la Policía Federal en donde Juan Carlos Alzugaray participaba de las sesiones de torturas a la que fue sometido por el jefe de la repartición Comisario Livy, quien también participaba de las sesiones de “picanas”.” “Era asmático y se desmejoró con el aislamiento que sufrió en la ciudad de Salta, contrayendo tuberculosis en la cárcel y llegó a pesar 50 Kg....”( 52 ).- Tagliaferro fue liberado en el año 1982. “Enzo” SPUCHES, Secretario del Centro de Estudiantes relata que fue detenido durante el mes de junio de 1.975 cerca de la localidad de 52

Declaración prestada el 19-12-00 en el Expediente 328/00.-

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Hipólito Yrigoyen, siendo trasladado a la ciudad de Salta y conducido desde las dependencias de la Policía de la Provincia a la Policía Federal, lugar donde el jefe de esta: Comisario Federico Livy, previo a hacerle firmar una declaración sin permitirle su lectura, le expresó “que por no delatar a sus amigos iba a quedar preso”. A partir de ese momento es traslado a la Unidad Carcelaria de Villas Las Rosas, siendo alojado después de una semana de aislamiento en el pabellón «E» donde se encontraban todos los presos políticos. Narró que: “José Pobolo muchas veces fue sacado del pabellón por el Oficial guardiacárcel de apellido Alzugaray y era llevado a las dependencias de la Policía Federal, donde era sometidos a torturas”(53).El 19 de Junio de 1975 es secuestrado Juan Carlos Chaparro desde su lugar de trabajo “Pozo XI El Arenales-Y.P.F.”, en Ovando, Dpto. de Rosario de la Frontera, por una dotación de seis personas, que actuó a cara descubierta, dirigidas por el Comisario Inspector Roberto Albornoz, apodado El Tuerto, de la Policía Provincial de Tucumán y llevado a un CCD de esta provincia, en Famaillá, sede de operaciones del General Acdel Vilas, Comandante de la V Brigada de Infantería.La técnica de la Desaparición Forzada de Personas y los asesinatos como instrumento de la represión política ilegal ya era una realidad innegable en Salta durante el año 1975. En el orden nacional Italo Luder, en su calidad de presidente provisional del Senado de la Nación en Ejercicio del Poder Ejecutivo, junto a los Ministros del Poder Ejecutivo Nacional Aráuz Castex, Vottero, Emery, Ruckauf, Cafiero, Robledo, en fecha 6 de octubre de 1975, decretaba la Constitución de un Consejo de Seguridad Interna, estableciendo un “Consejo de Defensa, que sería presidido por el ministro de Defensa e integrado por los comandantes generales de las Fuerzas Armadas”, los que deberían “Coordinar con las autoridades nacionales, provinciales y municipales, la ejecución de medidas de interés para la lucha contra la subversión”; “Conducir la lucha contra todos los aspectos y acciones de la subversión”; “Planear y conducir el empleo de las Fuerzas Armadas, fuerzas de seguridad y fuerzas Policiales para la lucha contra la subversión”, quedando la “Secretaría de Informaciones de Estado” y “La Policía Federal y el Servicio Penitenciario Nacional” subordinados a los fines de la lucha contra la subversión (54 ).

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Declaración prestada el 15-05-01 en el Expediente 328/00.Decreto 2770/75.-

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En igual fecha se autorizó a formular Convenios con las provincias para colocar bajo su control operacional al personal Policial y penitenciario para la lucha contra la subversión (55). El Teniente Coronel Miguel Gentil, 2do. Jefe de la Guarnición Militar Salta y Jefe de la patota policial reincorporada era la persona que tomaba las decisiones de las detenciones y secuestros una vez recibidos los informes de inteligencia y las alcahueterías de la dirigencia del Partido Justicialista, lo que le permitía operar en la interna de estos.

Decreto 2770 del 6 de octubre de 1975. Decretos de aniquilamiento Consejo de S egur idad inter na - Constitución - Competencia Fecha: 6 de octubre de 1975. Publicación: Boletín Oficial, 4 de Noviembre de 1975.Visto la necesidad de enfrentar la actividad de elementos subversivos que con su accionar vienen alterando la paz y la tranquilidad del país, cuya salvaguardia es responsabilidad del gobierno y de todos los sectores de la Nación, y considerando : Lo propuesto por los señores ministros del Interior, de Relaciones Exteriores y Culto, de Justicia, de Defensa, de Economía, de Cultura y Educación, de Trabajo y de Bienestar Social, el presidente provisional del Senado de la Nación en Ejercicio del Poder Ejecutivo en acuerdo general de ministros, decreta: Art. 1°.-Constitúyese el Consejo de Seguridad Interna que estará presidido por el Presidente de la Nación y será integrado por todos los ministros del Poder Ejecutivo nacional y los señores comandantes generales de las Fuerzas Armadas. El Presidente de la Nación adoptará, en todos los casos las resoluciones en los actos que originen su funcionamiento. Ar t. 2°.- Compete al Consejo de Seguridad interna: a) La dirección de los esfuer zos nacionales para l a l u c h a co nt ra l a s u bve r s i ó n ; b) La ejecución de toda tarea que en orden a ello el Presidente de la Nación le imponga. 55 Decreto 2771/75.-

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Art. 3°.- El Consejo de Defensa, presidido por el ministro de Defensa e integrado por los comandantes generales de las Fuerzas Armadas, además de las atribuciones que le confiere el art. 13 de la ley 20.524, tendrá las siguientes: a) Asesorar al Presidente de la Nación en todo lo concerniente a la lucha contra la subversión; b) Proponer al Presidente de la Nación las medidas necesarias a adoptar en los distintos ámbitos del quehacer nacional para la lucha contra la subversión. c) Coordinar con las autoridades nacionales, provinciales y municipales, la ejecución de medidas de interés para la lucha contra la subversión; d) Conducir la lucha contra todos los aspectos y acciones de la subversión; e) Planear y conducir el empleo de las Fuerzas Armadas, fuerzas de seguridad y fuerzas policiales para la lucha contra la subversión.  Art. 4°— La Secretaría de Prensa y Difusión de la Presidencia de la Nación y la Secretaría de Informaciones de Estado quedan funcionalmente afectadas al Consejo de Defensa, a los fines de la lucha contra la subversión, debiendo cumplir las directivas y requerimientos que en tal sentido les imparta el referido Consejo. Art. 5°— La Policía Federal y el Servicio Penitenciario Nacional quedan subordinados, a los mismos fines al Consejo de Defensa. Art. 6°— El Estado Mayor Conjunto sin perjuicio de las funciones que le asigna la reglamentación del dec.-ley 16.970/66, a los fines del presente decreto, tendrá como misión asistir al Consejo de Defensa en lo concerniente al ejercicio de las atribuciones que en él se le asignan. Art. 7°— El Ministerio de Economía proveerá los fondos necesarios para el cumplimiento del presente decreto.

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David Arnaldo Leiva

Art. 8°— Comuníquese, etc: Fdo. —Luder. — Aráuz Castex. — Vottero – Emery. — Ruckauf. — Cafiero. — Robledo.

Decreto 2771 del 6 de octubre de 1975.Decretos de aniquilamiento   Consejo de Defensa - Convenios con las provincias para colocar bajo su control operacional al personal policial y penitenciario para la lucha contra la subversión.Fecha: 6 de octubre de 1975. Publicación: Boletín Oficial, 4 de Noviembre de 1975. Visto lo dispuesto por el dec. 2770 del día de la fecha, y la necesidad de contar también con la par ticipación de las fuerzas policiales y penitenciarias de las provincias en la lucha contra la subversión; Por ello, el presidente provisional del Senado de la Nación en ejercicio d e l Po d e r E j e c u t i vo e n a c u e rd o g e n e r a l d e m i n i s t ro s, d e c re t a : Art. 1°— El Consejo de Defensa, a través del Ministerio del Interior, suscribirá con los gobiernos de las provincias, convenios que coloquen bajo su control operacional al personal y a los medios policiales y penitenciarios provinciales que les sean requeridos por el citado Consejo para su empleo inmediato en la lucha contra la subversión. Art. 2°— Comuníquese, etc. —Luder. — Aráuz Castex. — Vottero. — Emery. — Ruckauf. — Cafiero. — Robledo.

Decreto 2772 del 6 de octubre de 1975.Decretos de aniquilamiento Fuerzas Armadas - Ejecución de las operaciones militares y de seguridad necesarias para eliminar la subversión. Fecha: 6 de octubre de 1975.

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Tropiezos en la Memoria

Publicación: Boletín Oficial, 4 de Noviembre de 1975. Vistos los decs. 2770 y 2771 del día de la fecha y la necesidad de re g l a r l a i n t e r ve n c i ó n d e l a s Fu e r z a s A r m a d a s e n l a e j e c u c i ó n de operaciones militares y de seguridad, a efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país. Po r e l l o, e l Pre s i d e nte p rov i s i o n a l d e l S e n a d o d e l a N a c i ó n e n ejercicio del Poder Ejecutivo en acuerdo general de ministros, decreta:  Art. 1°— Las Fuerzas Armadas bajo el Comando Superior del Presidente de la Nación que será ejercido a través del Consejo de Defensa procederán a ejecutar las operaciones militares y de seguridad que sean necesarias a efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país. Art. 2°— El Ministerio de Economía proveerá los fondos necesarios para el cumplimiento del presente decreto. Art. 3°— Comuníquese, etc. —Luder. — Aráuz Castex. — Vottero. — Emery. — Ruckauf. — Cafiero. — Robledo.

LOS NACIMIENTOS EN LA C AR CEL DE VILLA LAS ROSAS. “Que se vengan los chicos de todas partes; que estén los de la Luna y los de Marte.” Los niños no forman parte de los objetivos militares de las guerras convencionales. Así lo expresan todos los tratados internacionales que protegen a la población civil no combatiente y en especial a los niños, sin embargo la doctrina de la guerra contrarevolucianaria aplicada en los períodos del terrorismo de estado con la finalidad de causar pánico en la sociedad civil a escrito sus capítulos agrediendo a la infancia salteña. El 5 de Octubre de 1975 nació el hijo de Mirta Torres, siendo el primer bebe nacido en encarcelamiento debido a la detención de su madre.

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En este período surge claramente la habilitación del territorio salteño para las técnicas que refinadamente se comenzaban a utilizar en el Operativo Independencia y en el Operativo Cóndor.El 10 de Octubre de 1975 es secuestrado en Salta Miguel Gustavo Medina Ortiz, abogado boliviano, adversario del ex presidente Hugo Banzer de la República de Bolivia, en el marco del Plan Cóndor, “instrumentado por Chile, Paraguay, Argentina, Bolivia y Uruguay, como una red u “organización criminal” destinada a detener, torturar y hacer desaparecer a los opositores políticos”(56). El 15 de Octubre de 1975, Jorge Aranda Huerta reemplazaba como Interventor Federal en Salta a Alejandro Mosquera. Las intrigas del peronismo salteño hacia y contra los interventores y la existencia de un poder político nacional vacilante, apocado, endeble, enfermo, generó la inestabilidad que posibilitó se sucedieran los cambios del mando administrativo de la provincia y se acentuara el peso del partido militar en las decisiones de las políticas de seguridad. “Que se vengan los chicos de los planetas, prendidos de la cola de algún cometa.” En el mes de noviembre de 1975 nació un segundo bebé en cautiverio y era hijo de Alicia Fernández Nowel de Arrue. El 22 de Noviembre de 1975 el Chaqueño Ferdinando Pedrini asumía la Intervención Federal en Salta.Guillermo Alzaga, quien era Secretario General del Sindicato de los Tabacaleros, Ex Director de la Dirección Provincial del Trabajo durante la gestión de Miguel Ragone, fue asesinado el 19 de diciembre de 1975.“Que no falte ninguno a mi cumpleaños. 56

El Nuevo Día (Bolivia)– Política- Miércoles, Julio 13 de 2005.-

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Tropiezos en la Memoria

Y que no se preocupen Por los regalos” (57 ) El 12 de febrero de 1976 nació el tercer bebé en cautiverio hijo de Celia Leonar de Avila y Benjamín Avila, personas éstas que fueron asesinadas en el suceso conocido como la Masacre de Palomitas. Un pabellón del Penal de Villa Las Rosas se había transformado en un inmenso “corralito” donde los bebes cautivos junto a sus madres recibieron la solidaridad y el aliciente maternal colectivo de las mujeres presas por razones políticas y gremiales quienes acompañaron los cantos de cuna susurrados con un profundo deseo de libertad, aunque no todas lo lograrían. Algunas madres perdieron la vida estando embarazadas y en consecuencia la vida fue suprimida desde la concepción, como es el caso de Lucrecia Adela Lescano ( 58), secuestrada en Orán o Francisca Delicia Torres ( 59), secuestrada en Güemes o el cadáver dinamitado de una joven mujer ( 60), encontrado entre los Parajes Cabeza de Buey y Palomitas, portando un embarazo de al menos cinco a seis meses. Algunas madres fueron arrancadas de sus hijos nacidos en cautiverio para ser asesinadas (61), por lo que a estos niños les arrebataron sus madres antes de haber accedido al lenguaje, lo que incrementó la indefensión propia de la edad. Algunos niños fueron arrancados de sus madres en cautiverio y entregados con suerte a familiares como ocurrió después de los asesinatos de “Palomitas” con los tres bebes que amamantaban en una celda del Penal de Villa Las Rosas, mencionados anteriormente.

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Bailecito de Eugenio Carlos Inchausti. Legajo 5949 CONADEP-Maestra Rural desaparecida en la ciudad de Orán, en el mes de agosto de 1976, quien esperaba el nacimiento de su hijo para el mes de enero de 1977. 59 Legajo CONADEP nº 4610. 60 Cuerpo dinamitado encontrado sobre la ruta 34 en el mes de Agosto de 1976 en el Paraje “Las Pichanas”, en las cercanías de la localidad de Güemes. 61 El 6-7-76 Celia Raquel Leonard de Avila estaba sentada en la cama amamantando a su hijo cuando el Capitán Hugo Cesar Espeche la retiró del Penal de Villa Las Rosas para conducirla a su trágico destino en el crimen de “Palomitas”. 58

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Algunos niños fueron testigos del secuestro de sus padres, sometidos en la violencia impune del allanamiento de sus hogares. (62 ) Esta infancia no tuvo en sus familias adultas un continente y la protección adecuada ya que estos estaban a merced del Terrorismo de Estado, estaban en la misma condición que ellos, de inseguridad e indefensión. Era necesario que la población percibiera –sin importar la edad, sexo o profesión- la omnipresencia de las Fuerzas de Seguridad y su absoluta impunidad para disponer de la vida de sus habitantes, pues el control de la población, el control social requería para ser efectiva que en las relaciones familiares y sociales, que en las conductas de sus habitantes, siempre estuviera presente el terror. El 26 de Febrero de 1976 Dante Armando Lovaglio reemplazaba a Pedrini en la intervención federal de los poderes en Salta.-

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El 24-09-76, a las 3 de la mañana, la hija de Héctor Domingo Gamboa y Gema Fernandez Archirey de Gamboa, fue entregada a unos Vecinos en el Barrio Villa Lucia de Salta, luego del secuestro de sus padres.

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Tropiezos en la Memoria

ÓRDEN A CUALQUIER PRECIO. El 1 de Marzo de 1976 René Saúl Orsi asumía en el Poder Ejecutivo de Salta hasta el 24 de Marzo de 1976.Bajo el periodo de esta intervención cinco personas son víctimas del terrorismo de estado, entre ellos el Dr. Miguel Ragone. La dirigencia peronista salteña era una usina de llevar y traer rumores desde y hacia los cuarteles, sabedores ya no solo que eran una fuente de poder, sino que pronto lo tomarían. Con esta actitud contribuían consciente o inconscientemente a lograr el propósito del plan militar para el golpe de estado: generar confusión, miedo, incertidumbre y una actitud de “repliegue” del peronismo y de la movilización popular.Enrique “Caraguay ” Pfister, ex Ministro de Gobierno de Ragone, expresó que “a los meses de asumir el Ministerio, el Tte. Cnel. Gentil le mandó a decir que quería entrevistarse con él, para lo cual ofrecía ir a la casa de un tío suyo, el Tte. Cnel. Pfister, en donde le expresó que había mucha gente que estaba en el gobierno y que debía ser cambiada…”.(63 ) Juan Carlos Villamayor, Ex Secretario de Prensa y Difusión durante el gobierno del Dr. Miguel Ragone, cuenta que a instancias de Juan Carlos Sánchez, accedió a entrevistarse con el Tte. Coronel Gentil en el despacho de este en la Central de Policía, donde fue amenazado con las siguientes palabras: “Ustedes Perdieron” “dígale a Ragone que renuncie a la candidatura y se retire de la política, y en eso se le va la vida y a Usted, Villamayor, le cabe la responsabilidad de persuadir al Dr. Ragone, sino son hombres muertos”.( 64 ) Villamayor se hizo eco de esta amenaza y le pidió a Clotilde Inés Ragone, hija del Ex Gobernador, “que lo ayudara a convencerlo para que se apartara de la política porque corría peligro su vida, por amenazas del Teniente Coronel Gentil”.(65 )

Juan Carlos Sánchez, quien había sido elegido Presidente del Concejo Deliberante de Salta el 25 de Mayo de 1973 es quien reemplazó a Héctor Gerardo Bavio como intendente de Salta en Febrero de 1974, cuando Ragone comenzó a ceder y realizar concesiones a las presiones nacionales sobre el Gobierno, siendo desplazado luego por Marquez Sosa cuando 63 64 65

Expediente 703-04 Juzgado Federal nº 1. Expediente 703-04 Juzgado Federal nº 1. Expediente 703-04 Juzgado Federal nº 1.

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Mosquera fue nombrado Interventor de la Provincia de Salta. J.C. Sanchez siendo Intendente Municipal subordinaba un cargo de la democracia conquistada al concurrir a la Guarnición Militar a recibir las presiones del Poder Militar y escuchar como estos tejían en la caliente interna peronista. Refirió que: “…conocía a Gentil de vista pues había concurrido a reuniones invitado como Intendente Municipal por el Coronel San Román en la Guarnición, en donde se encontraba presente la cúpula militar, el Tte. Cnel. Gentil, el Capitán Costas, el Capitán Montoya, entre otros… Le expresó a Villamayor que “la cosa estaba muy difícil y estaban arriesgando el pellejo” pues “había viajado a Buenos Aires y se había entrevistado con gentes a los fines de solicitar que se designara interventor de la Provincia de Salta a Arturo de los Ríos. En aquella circunstancia se entrevistó con el General Roberto Viola, quien le expresó que la situación era terrible en el país, que lo mejor que podían hacer era resguardarse, porque dentro de pocos días se avecinaba una salida a la calle de las Fuerzas Armadas”.(66 ) El peronismo salteño había sido convocado para internas a fines de 1975, prorrogándose las mismas para 1976. Para estas elecciones el Dr. Miguel Ragone era avizorado como un virtual ganador, cuestión que preocupaba a la derecha peronista, sin embargo los mismos, por su proximidad con los Militares, sabían que estas no se harían, como lo expresó Juan Carlos Sánchez, ya que las Fuerzas Armadas pronto tomarían el poder.En fecha 3 de marzo, a horas 17.30 un oficial de la Policía y el Teniente 1° Diamante perteneciente al Ejército, de la Compañía de Ingenieros, resultaron heridos al producirse un tiroteo entre ellos. El Tte. Coronel Joaquín Cornejo Alemán, 2do. Jefe de la Guarnición Militar Salta, emitió el siguiente comunicado “El Jefe de la Guarnición Ejercito Salta informa a la ciudadanía que en el día de la fecha, se produjo un cambio de disparos entre un oficial del Ejército y un oficial de la Policía de Salta, hecho que solamente puede atribuirse a la situación particular que se vive en general en todo el país y en particular a la que viven las Fuerzas Armadas y de Seguridad en constante actitud preventiva frente a los arteros y traicioneros ataques del oponente subversivo. Estas circunstancias llevaron a un exceso de celo y desconfianza por parte de los oficiales, que al no identificarse en forma inmediata recurrieron a las armas. Como consecuencia ambos

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Expediente 703-04 Juzgado Federal nº 1.

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Tropiezos en la Memoria

resultaron heridos y su situación actual no reviste gravedad” (67). El comunicado de prensa del Tte. Cornejo Alemán revela no solo el encubrimiento de un hecho delictivo bajo el velo de “exceso de celo” sino también la ligereza y menosprecio con que serían tratados los ciudadanos no armados en situaciones similares y que se reflejarían en los comunicados posteriores al golpe anunciando la muerte de los que no acaten de inmediato las órdenes militares. El 5 de Marzo de 1976, ante una denuncia previa de una Comisión Especial de la Cámara de Diputados de La Nación, un Juez Federal disponía la prisión preventiva por Malversación de Caudales Públicos (Cruzada de la Solidaridad) del Ex Ministro de Bienestar Social de la Nación José López Rega y solicitaba al Gobierno de España su captura y extradición. Es evidente que para esta fecha el “Brujo” López Rega había perdido el poder y en consecuencia las bandas parapoliciales que actuaron bajo su conducción (“A.A.A.”) estaban integradas a los grupos de tareas de las fuerzas armadas. El pedido de captura y extradición -desde España hacia Argentinadel Ex hombre fuerte del Gobierno de Isabel Martínez de Perón implicaba que las Tres A habían dejado ya de operar como tal y en consecuencia, los secuestros y asesinatos ocurridos en este periodo en la Provincia de Salta, eran producto de la conducción militar bajo la dirección hegemónica del Operativo Independencia, cuestión de vital importancia a los fines de la investigación criminal y de la atribución de responsabilidades. “El Coronel Mulhall afirmó acá que no existía en la zona, en la zona del Tercer Cuerpo, ningún grupo paramilitar o para policial” ( 68 ), por lo que, al menos desde que asumió como Jefe del Area 322 en octubre de 1975, los secuestros y asesinatos ocurridos desde esa fecha, son su obra macabra y no producto de las tres A, como lo plantean quienes quieren introducir a treinta años una interna política subalterna en el tratamiento y conocimiento y castigo de los crímenes de lesa humanidad.

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Diario El Intransigente, fecha 4-3-76.Del alegato acusatorio formulado por el Dr. Julio Cesar Strassera y el Dr. Luis Gabriel Moreno Ocampo, en representación de la Fiscalia de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional en la causa 13.68

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El 9 de Marzo de 1976 detonaba un explosivo en una finca de Ampascachi alertando y alarmando a los vecinos que encontraron un cadáver colgado de un árbol, mutilado como consecuencia del estallido del artefacto que se le había adherido al cuerpo(69). En fecha 9 de Marzo, a las 7 de la mañana, es secuestrada Francisca Delicia Torres, quien se encontraba embarazada, desde su lugar de trabajo, la Municipalidad de Güemes y en presencia de sus compañeros de trabajo. Francisca Torres militaba políticamente en la línea del Ex Gobernador Miguel Ragone y nunca se encontraron sus restos mortales. El 10 de Marzo fue designado Vicario Episcopal de la Diócesis de Orán el Monseñor Carlos E. Gardella quien se había desempeñado como Capellán Mayor de la Policía Federal.En fecha 11 de Marzo a horas 8 aproximadamente el Dr. Miguel Ragone fue secuestrado, oportunidad en que también asesinan a Santiago Catalina Arredes supuestamente por haber presenciado y reconocido a alguno de los secuestradores y hieren a Margarita Martínez de Leal. El secuestro de Ragone se produjo a media cuadra del domicilio del Jefe de Policía de la Provincia quien tenía custodia permanente, lo que demuestra la complicidad y la impunidad de sus perpetradores y la liberación de la zona para su producción. Un comunicado apócrifo atribuido a “Montoneros” daba cuenta del secuestro y ejecución del Dr. Miguel Ragone por no haber querido integrar las filas del Partido Peronista Autentico. El secuestro de Ragone justificó “allanamientos en domicilios y negocios y la detención de centenares de personas” (70 )(71 ), en la ciudad de Salta y en las localidades de los valles y sur de la provincia, contribuyendo a crear el clima que justificaría posteriormente el golpe Militar y a obtener datos de inteligencia sobre el paradero de los opositores que serían las victimas posteriores al 24 de Marzo. Mientras tanto la familia de Ragone daba a conocer un mensaje dirigido a los captores

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Diario El Intransigente “Feroz Asesinato en Ampascachi”, 10-3-76. “NADA SE SABE DEL DR. RAGONE”.Diario El Intransigente, Fecha 13-3-76. 71 “AFANOSA BÚSQUEDA DEL DR. MIGUEL RAGONE”.Diario El Intransigente. Fecha 14-3-76. 70

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Tropiezos en la Memoria

“Pedimos piadosamente, con cristiana humildad, a los captores de nuestro querido padre, que ante el hecho consumado de su secuestro que a postrado en terrible dolor a su amada esposa y madre nuestra, se compadezcan de ella y de nosotros sus hijos, al igual que de todos sus seres queridos que vemos crecer el sufrimiento frente a la incertidumbre de no tener conocimiento alguno sobre el estado de salud física de nuestro padre. El hecho está consumado. Ustedes disponen físicamente de nuestro padre, y Uds. saben lo mucho que física y moralmente estará sufriendo. Alivien un poco su martirio y el nuestro, diciéndonos de su actual estado de salud. Lo pedimos con cristiana humildad. Díganle a nuestro querido padre que lo esperamos pronto con nosotros. No hemos perdido la fe.”(72 ) Ragone nunca apareció, ni su cuerpo. En fecha 14 de Marzo es secuestrada y asesinada Montilla de Mercado Cárdena Nicolaza del Valle. El 19 de Marzo, a horas 4, fue secuestrado Cesar Martínez a quien se lo encontró acribillado a balazos en la localidad de Vaqueros. Cesar Martínez era un ex policía que prestaba servicios en el Ministerio de Bienestar Social e integraba la custodia del Ex Ministro Gines Fernández(73 ). El 24 de Marzo de 1976 ante la evidencia del Golpe, Luis Victorio Giacosa, quien poseía una columna “EN RUEDA DE CAFÉ” en el Diario El Intransigente, publicaba un artículo redactado el día anterior en el que expresaba irónicamente lo siguiente: “Bueno, lo que puede pasar, o no pasar, esta noche lo comentaremos mañana. No es cuestión de perder el sueño por esta “pavada”….Sin embargo esperamos que no ocurra nada importante. En el clima que vive la república, nada resulta sorprendente. Y si por casualidad las movedizas Fuerzas Armadas terminan por defenestrar al gobierno ¡¿Qué importancia tiene?!. Lo único que tiene importancia es el hecho de que la inmensa mayoría del pueblo salteño se ha convertido en “golpista”. Y este “golpismo” no solo campea en las fuerzas opositoras (llamémosle así) y en la opinión independiente, sino que se ha adentrado en las mismísimas fuerzas peronistas. El desorden es de tal magnitud que ya no se hace distingo alguno de banderías políticas. La gente quiere ÓRDEN a cualquier precio. Pero este precio,¡¡ POR DIOS!!, que no lo ponga la dirección de comercio”.72 73

“A LOS CAPTORES DE RAGONE”, Diario El Intransigente,fecha 14-3-76. “POLICIA ASESINADO”.Diario El Intransigente,fecha 20-3-76.

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LAS VICTIMAS DE LA REPRESION ILEGAL CON ANTERIORIDAD AL GOLPE DE ESTADO Las personas que se mencionan a continuación son las víctimas premonitorias de la represión política ilegal que se desarrolló en Salta con la connivencia de los Interventores Federales y los Militares que actuaron afanosamente para “Aniquilar la subversión” cumpliendo a rajatablas con un plan que ya estaba perfeccionado al llegar al 24 de Marzo de 1976. Las mismas fueron revictimizadas al mostrárselos como no merecedores de la protección estatal, social y familiar, para ello tuvieron la complicidad silenciosa de quienes evitaron investigar, enjuiciar y castigar estos crímenes y el magnicidio perpetrado en perjuicio del Ex Gobernador Miguel Ragone.Apellido y Nombre

Año- Mes- Día

Velásquez Hugo Fanjul Roberto Horacio 75-04-01 Linares José Antonio 75-04-01 Fronda Eduardo 75-01-08 Jaime Héctor Luciano 75-02-12 Matiolli Alfredo 75-04-20 Estopiñan Juan 75-04-20 Estopiñan Marcos 75-04-20 Nicolay, Francisco Antonio 75-06-01 Chaparro, Juan Carlos 75-06-19 Arra, Miguel Ángel 75-06-24 Cazon Coria Nilz Alfredo 75-08-01 Medina Ortiz Manuel Gustavo 75-10-10 Yánez Velarde Rubén 75-11-08 Hernández José 75-11-10 Osores Raúl Benjamín 75-12-15 Urueña Pedro (74) 75-12-16 Alzaga Chananpa Guillermo Armando 75-12-19 Culebria Julio Cesar 76-01-01 Maidana Quico 76-01-01 Maidana Ramón 76-01-01 Arias René Norberto 76-01-10 Rodríguez Ana Maria 76-01-26 Monasterio Mario Domingo 76-01-28 Burgos Aban Felipe 76-02-06 Brizzi Víctor Mario 76-03-08 Torres Francisca Delicia 76-03-09

Lugar



Desaparecido/ Asesinado

San Lorenzo San Lorenzo Salta-San Lorenzo Encom-La Silleta Rosario de Lerma Rosario de Lerma Rosario de Lerma Salta Rosario de La Frontera Salta Salta Salta Salta Tartagal Salta Tartagal Salta Tartagal Salta Salta Güemes Salta Metan Campo Quijano Salta Güemes

Asesinado Asesinado Asesinado Asesinado Asesinado Asesinado Asesinado Asesinado Desaparecido Desaparecido Desaparecido Desaparecido Desaparecido Desaparecido Desaparecido Dinamitado Asesinado Desaparecido Desaparecido Desaparecido Desaparecido Desaparecido Desaparecido Desaparecido Desaparecido

Ragone Miguel 76-03-11 Arredes Santiago 76-03-11 Montilla de Mercado 76-03-14 Cardena Nicolaza del Valle

Salta Salta Tartagal

Desaparecido Asesinado Asesinada

Martínez Cesar Carlos

Salta

Asesinada

76-03-18

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Militaba en la J.P., era Abogado de los trabajadores rurales. Fue secuestrado y dinamitado su cuerpo en Tartagal. Este hecho criminal se lo atribuyó el Comando Libertadores de América. La causa n° 86294-75 (Hoy 47-05) refleja la impunidad de sus perpetradores.

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Tropiezos en la Memoria

Autoridades del Ejercito y Fuerzas de Seguridad - Poder Ejecutivo y Judiciales de Salta: Periodo 1-1-75 al 24-3-76.En las páginas siguientes individualizaremos a quiénes fueron los Jefes del Ejército en el Area 322, Salta, bajo cuyo comando estaba el control operacional de las fuerzas de seguridad en la Provincia, las que destinaban a oficiales y suboficiales para integrar las patotas que detenían, torturaban y asesinaban a la disidencia política. En este punto es importante señalar que en el armado de los secuestros y obtención de información bajo la tortura, el Destacamento de Inteligencia del Ejército jugó un rol decisivo. Oficiales del Ejercito con residencia en la ciudad de Salta integraban el Grupo de Tareas el Rayo con activa participación en el Operativo Independencia, siendo destinados a actuar en el espacio territorial del Departamento Famaillá, Provincia de Tucumán. Este grupo recibió las claras órdenes del Jefe de Operativo Independencia Gral. Adel Vilas en la aplicación de la doctrina de la guerra psicológica y contrarrevolucionaria antes señalada. Además experimentó in situ la existencia del Primer Lugar de Reunión de Detenidos o del Primer Centro Clandestino de Detención conocido como la “Escuelita de Famailla”, en la Pcia. De Tucumán, que fuera constatado por la CONADEP. No fue insustancial la participación de los oficiales del ejército integrantes del Grupo de Tareas El Rayo en las actividades de la guerra contrarrevolucionaria desatada en Tucumán, en la que se tuvo como propósito aniquilar al enemigo interno, sometiendo al pueblo. Las conductas del Capitán Hugo C. Espeche ordenando el oscurecimiento del Penal de Villa Las Rosas, el ocultamiento de las insignias y grados al personal a su mando, mortificando con la incertidumbre del traslado a los detenidos que fueron fusilados en Palomitas o las del Sub Teniente de la Vega amenazando con armas a los familiares de las víctimas en el cementerio, reprimiendo las expresiones de dolor y sufrimiento e impidiendo efectuar los ritos de la muerte y que se abran los cajones con los cuerpos para identificar a los mismos, demuestra la aplicación sin cortapisas de las técnicas de la represión ilegal y es la punta visible del iceberg del aparato terrorista que en la provincia de Salta ejecutó una suma de actos planificados destinados al amedrentamiento colectivo.

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David Arnaldo Leiva

Asímismo nombraremos a las personas que en su calidad de funcionarios políticos desde la conducción del Estado Provincial tenían la responsabilidad de velar por la seguridad de sus habitantes y hacer respetar la ley y la justicia y bajo cuyo mandato se dieron decididamente los pasos iniciales de la más brutal represión ilegal a los opositores del régimen que desembocaría en la peor tragedia de Salta. La responsabilidad política de los interventores de la Provincia de Salta es indudable mas allá que detentaran o no la conducción formal y/o real de las Fuerzas Policiales. La Justicia además debió y deberá determinar si existió complicidad y/o encubrimiento en los crímenes mencionados porque, en determinadas circunstancias, omitir, no actuar, constituye un delito. Por último, en este período se acentuó la decadencia de la Justicia. Ni los habeas corpus ni las denuncias de los familiares ante el secuestro de sus seres queridos encontraron la respuesta adecuada. La simulación de las formas ocultó la ausencia de justicia ante los abusos del poder militar y parapolicial.Jefes Militares - JURISDICCIÓN: Provincia de Salta Área 322-Distrito Militar Salta. Coronel Mulhall Carlos Alberto Tte. Coronel Gentil Miguel Tte. Coronel Joaquín Cornejo Alemán

Octubre 1975 1974 1975

Sub Area: Dptos. De Orán, San Martín, Rivadavia, Santa Victoria.Regimiento de Infantería de Monte 28.Tte. Coronel Rios Ereñú, Héctor Luis

Octubre 1975

El Destacamento de Inteligencia 143 del Área 322 tuvo a los siguientes responsables.Tte. Coronel Baudini Osvaldo Mario

Octubre de 1974

Grupo de Tareas El Rayo- Ejercito Salta Coronel Cornejo Alemán, Joaquín Capitán Hugo Cesar Espeche Subteniente Ricardo B. I. de la Vega Subteniente de Nevares Subteniente Rubio Capitán Gomez Fuentes Alba Teniente Primero Renaul Teniente Primero Estévez

Jefe. Jefe de Jefe de Jefe de Jefe de Jefe de Jefe de Jefe de

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Sub Unidad. la Primera Sección. la Segunda sección. la Tercera Sección. Escuadrón. Escuadrón. Escuadrón.

Tropiezos en la Memoria

Delegación de la Policía Federal Salta Comisario Ernesto Federico Livy

1975/1976

Gendarmería Nacional - Escuadrón 20 Orán

Jefe - Comandante Principal Ponciano Leyes 2do. Jefe Comandante Augusto Kullman Jefe Jefe - Comandante Principal Diego Alejandro Varas

21-1-74 al 25-1-76 1975/1976 26-1-76 al 16-8-76

Policia de la Provincia de Salta Tte. Coronel Gentil Miguel : Jefe de Policía 1974 Sosa, Alberto Reymundo: Oficial Principal-Asesor Letrado 76-03-31 Cesantía Dec. 122 BO 19-4-76 Dirección General de Institutos Penales de la Provincia de Salta. Outes, Hedí: Prefecto 76-03-31 Baja Decreto 119 Chuichi Ramos, Miguel Angel: Sub Prefecto Superior de Seguridad 76-03-31 Baja Decreto 119 Clavell, Luis Angel Sub Prefecto de Seguridad 76-03-31 Baja Decreto 119

Interventores Federales de la Provincia de Salta Apellido Nombre Mosquera Alejandro Aranda Huerta Jorge Pedrini, Ferdinando Bergallo, Horacio Lovaglio Dante Armando Sirolli, Amadeo Rodolfo Orsi René Saul Aranda Huerta Jorge

Cargo Fecha Asunción Fecha egreso Interventor de Salta 74-11-23 75-10-15 Interventor de Salta 75-10-15 75-11-22 Interventor de Salta 75-11-22 76-02-26 Ministro de Gobierno Interventor Interino 76-02-26 76-03-01 Ministro de Gobierno Interventor de Salta 76-03-01 76-03-24 Ministro de Gobierno

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David Arnaldo Leiva Justicia Federal Juez Federal de Salta: Dr. Ricardo Lona Poder Judicial de Salta Corte de Justicia de Salta Apellido y Nombre Pecci Manuel Michel Ortiz Ignacio Arturo:

Cargo Ministro Ministro

Arias Figueroa Miguel Angel

Periodo 75-08-25 Renuncia Dec 2226/75 Dec. Nº 474-G B.O. 75-4-15 76-03-25 Cesantía - Dec 11/76

Ministro

Dec. Nº 2207 B.O. 75-8-25 - 76-03-25 Cesantía Dec 11/76

Poder Judicial de Salta Jueces de Instrucción Apellido Nombre

Cargo

Fecha de Inicio - Egreso Decretos de Designacióncesantía

Castro Roberto Adolfo

Juez Instrucción 2ªNominación - Salta

Gallo Balbín Miguel

Juez Instrucción 1ª Nominación - Salta

Dec. 471 G

Flores Abdo Alberto

Juez de Instrucción 2ª Nominac. Dist. Sur

Dec 198

76-04-01 Cesante

Di Salvo Mario

Juez Instrucción 1ª Nominación - Salta

Dec. 2893 G

77-08-24 Cesantía

Dec. 73 G

75-01-30 Cesante 75-04-09 Renuncia

Martearena Ricardo Aldo Juez Instrucción

Dec. 2877

Juri Humberto Santos

Dec. 163-G

75-02-13

Dec. 164 G Dec. 274

75-02-13 76-04-13 Cesante

Martearena Arturo R.

Juez Instrucción 4ªNominación - Salta Juez Instrucción 3ª Nominación - Salta

75

77-08-19 Cesantía

Tropiezos en la Memoria Apellido Nombre

Cargo

Ulivarri Carlos Arturo

Fecha de Inicio -Egreso

Juez Instrucción 2ª Nominación-Salta

Dec. 164 G Dec. 2428

Decretos de Designación - cesantía 75-02-13 75-09-16 Renuncia

Fleming Benitez Daniel M. Juez Instrucción Dec. 479 GB.O. 18-04-75 1ª Nominación-Salta 75-04-09 Acosta Irene (75) Juez Instrucción nº 1 Dec. 1878 75-07-28 Distr. Norte-Orán Dec 198 76-04-01 Cesante Linares Carlos Evaristo Juez de Instrucción Dist. Norte-Oran Dec 19876-04-01 Cesante Alderete Alberto Javier (75bis) Juez Instrucción Dec.2738 G 75-09-29 2ª Nominación-Salta Dec 198 76-04-01 Cesante Lopez Arias Marcelo (75ter)

Juez Instrucción 4ª Nominación-Salta Marinaro Fernando Carmelo Juez Instrucción 1ª Nominación-Salta

Dec. 2960 Dec. 121 Dec. 175 Dec. 402

75-10-06 76-03-31 76-01-30 76-03-15

75

En las semanas previas al Golpe de Estado del 24 de Marzo de 1976 una bomba colocada en el automóvil de la Juez de Instrucción de Orán lo destruyo completamente. Este atentado criminal estaba destinado a amedrentar la voluntad judicial de investigación de actos de corrupción policial. Este hecho criminal se investigó sin resultados en el expediente nº 86473/76 caratulado “AUTORES DESCONOCIDOS S/ Infracción la Ley 20.840 en perjuicio de la Dra. ACOSTA Irene – Juez de Instrucción 1ra. Nominación – Dpto. Judicial del Norte- Infracción a la Ley 20.840. 75

bis Alberto Javier Alderete, fue designado como Juez por el Interventor Federal de Salta Alejandro Mosquera. Durante el Gobierno de Roberto Romero -1983-1987fue designado Intendente de la ciudad de Salta y Jefe de la Policía provincial. En el año 2005 -representando a familiares del Dr. Miguel Ragone- se presentó como abogado querellante en la causa que investiga su desaparición. 75

ter Marcelo Lopez Arias fue designado como Juez por el Interventor Federal de Salta Alejandro Mosquera. En el año 1983 -representando a familiares del matrimonio Avila-Leonard-se presento como querellante en la causa que investigaba la masacre de Palomitas. Durante el Gobierno de Roberto Romero -1983-1987- fue designado Ministro de Gobierno. En forma sucesiva e ininterrumpìda fue elegido Diputado Nacional y Senador Nacional, en varios periodos, como candidato del P.J. de Salta, orientado por la familia Romero.

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David Arnaldo Leiva

CAPITULO II ACTA DE LA JUNTA MILITAR DEL 25 DE MARZO DE 1976 En la Ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos setenta y seis, siendo las 10:40 horas, yo, el escribano autorizante, a requerimiento de los señores Comandantes Generales de las Fuerzas Armadas, me constituyo en el Comando General del Ejército, donde se encuentran presentes el Comandante General del Ejército, teniente general don Jorge Rafael Videla, el comandante general de la Armada, almirante don Emilio Eduardo Massera y el comandante general de la Fuerza Aérea Argentina, brigadier General don Orlando Ramón Agosti, ante mí manifiestan: que visto el estado actual del país, proceden a hacerse cargo del gobierno de la República, jurando por Dios y los Santos Evangelios, desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de miembros de la Junta Militar y observar y hacer observar fielmente los objetivos básicos y estatutos para el proceso de reorganización nacional y la Constitución de la Nación Argentina. En el carácter de miembros de la Junta Militar resuelven: Primero: declaran caducos los mandatos del Presidente de la Nación Argentina y de los Gobernadores y Vicegobernadores de las provincias. Segundo: declarar el cese en sus funciones de los interventores federales en las provincias al presente intervenidas del gobernador del Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y del intendente municipal de la ciudad de Buenos Aires. Tercero: disolver el Congreso Nacional, las legislaturas provinciales, la sala de Representantes de la Ciudad de Buenos Aires y los Consejos Municipales de las provincias u organismos similares. Cuarto: remover a los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al Procurador General de la Nación y a los integrantes de los Tribunales Superiores Provinciales. Quinto: remover al Procurador del Tesoro. Sexto: suspender la actividad política y de los partidos políticos a nivel nacional, provincial y municipal. Séptimo: suspender las actividades gremiales de trabajadores, empresarios y de profesionales.

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Tropiezos en la Memoria

Octavo: notificar lo actuado a las representaciones diplomáticas acreditadas en nuestro país y a los representantes argentinos en el exterior, a los efectos de asegurar la continuidad de las relaciones con los respectivos países. Noveno: designar, una vez efectivizadas las medidas anteriormente señaladas, al ciudadano que ejercerá el cargo de Presidente de la Nación. Décimo: los interventores militares procederán en sus respectivas jurisdicciones en similitud a lo establecido en el ámbito nacional y a las instrucciones impartidas oportunamente por la Junta. Undécimo: incorporar testimonio de la presente al protocolo de la Escribanía Mayor de Gobierno y ordenar al escribano autorizante la expedición de todos los otros testimonios que sean necesarios para su registro, conocimiento y ulterior archivo en la Presidencia de la Nación, Comando General del Ejército, Comando General de la Armada y Comando General de la Fuerza Aérea Argentina. Leída que les fue, se ratificaron en su contenido y la firman por ante mí, de todo lo que doy fe. En la Ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos setenta y seis, siendo las 10:40 horas, yo, el escribano autorizante, a requerimiento de los señores Comandantes Generales de las Fuerzas Armadas, me constituyo en el Comando General del Ejército, donde se encuentran presentes el Comandante General del Ejército, teniente general don Jorge R afael Videla, el comandante general de la Armada, almirante don Emilio Eduardo Massera y el comandante general de la Fuerza Aérea Argentina, brigadier General don Orlando Ramón Agosti, ante mí manifiestan: que visto el estado actual del país, proceden a hacerse cargo del gobierno de la República, jurando por Dios y los Santos Evangelios, desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de miembros de la Junta Militar y obser var y hacer observar fielmente los objetivos básicos y estatutos para el proceso de reorganización nacional y la Constitución de la Nación Argentina.

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David Arnaldo Leiva

Unión Provincial.

PROCLAMA DEL 24 DE MARZO DE 1976 “Agotadas todas las instancias de mecanismo constitucionales, superada la posibilidad de rectificaciones dentro del marco de las instituciones y demostrada en forma irrefutable la imposibilidad de la recuperación del proceso por las vías naturales, llega a su término una situación que agravia a la Nación y compromete su futuro. Nuestro pueblo ha sufrido una nueva frustración. Frente a un tremendo vacío de poder, capaz de sumirnos en la disolución y la anarquía, a la falta de capacidad de convocatoria que ha demostrado el gobierno nacional, a las reiteradas y sucesivas contradicciones demostradas en las medidas de toda índole, a la falta de una estrategia global que, conducida por el poder político, enfrentara a la subversión, a la carencia de soluciones para el país, cuya resultante ha sido el incremento permanente de todos los exterminios, a la ausencia total de los ejemplos éticos y morales que deben dar quienes ejercen la conducción del Estado, a la manifiesta irresponsabilidad en el manejo de la economía que ocasionara el agotamiento del aparato productivo, a la especulación y corrupción generalizadas, todo lo cual se traduce en una irreparable pérdida del sentido de grandeza y de fe, las Fuerzas Armadas, en cumplimiento de una obligación irrenunciable, han

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Tropiezos en la Memoria

asumido la conducción del Estado. Una obligación que surge de serenas meditaciones sobre las consecuencias irreparables que podía tener sobre el destino de la Nación, una actitud distinta a la adoptada.  Esta decisión persigue el propósito de terminar con el desgobierno, la corrupción y el flagelo subversivo, y sólo está dirigida contra quienes han delinquido y cometido abusos del poder. Es una decisión por la Patria, y no supone, por lo tanto, discriminaciones contra ninguna militancia cívica ni sector social alguno. Rechaza por consiguiente la acción disociadora de todos los extremismos y el efecto corruptor de cualquier demagogia. Las Fuerzas Armadas desarrollarán, durante la etapa que hoy se inicia, una acción regida por pautas perfectamente determinadas. Por medio del orden, del trabajo, de la observancia plena de los principios éticos y morales, de la justicia, de la realización integral del hombre, del respeto a sus derechos y dignidad. Así la República llegará a la unidad de los argentinos y a la total recuperación del ser nacional, metas irrenunciables, para cuya obtención se convoca a un esfuerzo común a los hombres y mujeres, sin exclusiones, que habitan este suelo, tras estas aspiraciones compartidas, todos los sectores representativos del país deben sentirse claramente identificados y, por ende, comprometidos en la empresa común que conduzca a la grandeza de la Patria.  Al contraer las Fuerzas Armadas tan trascendente compromiso formulan una firme convocatoria a toda la comunidad nacional. En esta nueva etapa hay un puesto para cada ciudadano. La tarea es ardua y urgente, pero se la emprende con el absoluto convencimiento de que el ejemplo se predicará de arriba hacia abajo y con fe en el futuro argentino.  La conducción del proceso se ejercitará con absoluta firmeza y vocación de servicio. A partir de este momento, la responsabilidad asumida impone el ejercicio severo de la autoridad para erradicar definitivamente los vicios que afectan al país. Por ello, a la par que se continuará sin tregua combatiendo a la delincuencia subversiva, abierta o encubierta, se desterrará toda demagogia.  No se tolerará la corrupción o la venalidad bajo ninguna forma o circunstancia, ni tampoco cualquier trasgresión a la ley en oposición al proceso de reparación que se inicia. Las Fuerzas Armadas han asumido el control de la República. Quiera el país todo comprender el sentido profundo e inequívoco de esta actitud para que la responsabilidad y el esfuerzo colectivo acompañen esta empresa que, persiguiendo el bien común, alcanzará con la ayuda de Dios, la plena recuperación nacional.

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David Arnaldo Leiva

Firmado: Jorge Rafael Videla, Tte. Gral., Comandante Gral. del Ejército; Emilio Eduardo Massera, Almte., Comandante Gral. de la Armada; Orlando Ramón Agosti, Brig. Gral., Comandante Gral. de la Fuerza Aérea.

EL GOLPE DE ESTADO La transformación de la legitimidad lograda con el retorno de Perón en un gobierno que había traicionado la voluntad popular, sin consenso, débil, vacío, torpe, atrapado en la lucha intestina y a merced de la presión del Poder Militar, desencadenó en el golpe de estado del 24 de Marzo de 1976 del autodenominado “Proceso de Reorganización Nacional”. El Poder Militar Dictatorial que se iniciaba no solo significó muerte, desaparición, tortura, secuestros, sino también expresó una victoria de la clase oligárquica imperialista y el aplastamiento de una utopía popular. La política económica entreguista y antipopular de Martínez de Hoz, necesitó como condición insoslayable, la represión de Videla y Massera y en este punto esta clase es responsable del genocidio argentino. A partir del baño de sangre se posibilitó la “docilidad” social para aceptar sin impedimentos las políticas que condujeron a la reconversión de la clase dominante en una nueva oligarquía integrada por grandes consorcios asociados al capital extranjero y entrelazada con los intereses norteamericanos, la división del movimiento obrero y liquidación de sus cuadros sindicales más combativos, desde delegados de fábrica a dirigentes, el descabezamiento de la pequeña burguesía revolucionaria, por muerte o exilio de sus principales cuadros y la liquidación y quebrantamiento de gran parte del empresariado pequeño y mediano a través de la apertura económica. Lejos quedaba ya la quimera contenida en el grito visceral y esperanzado que acompañó las movilizaciones populares del “Patria Si, Colonia No”. El Poder Militar aplicó, ya sin cortapisa, en todo el territorio de la Nación y a toda su población los conceptos de “La doctrina de la Seguridad Nacional” y actuó consecuentemente. El “enemigo interno”,

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“La Prensa” 3/11/81.-

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Declaración prestada a fs 1760 y sig. En el Juicio por la Verdad Salta.“Las Organizaciones de Derechos Humanos” de Raul Veiga, pág. 78, sita de Lilia Orfano de la Comisión de familiares de desaparecidos y detenidos por razones políticas. 78

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Tropiezos en la Memoria

eufemismo utilizado para etiquetar al opositor, se encontró a merced de un poder absoluto que no respetaba las reglas formales de la república y fue sorprendido ante una lógica militar que no trepidó en aplicar las técnicas de la detención y el secuestro sin fin, la tortura física y psíquica, el asesinato, la exposición morbosa de cuerpos mutilados y la amenaza colectiva a través del terror. La Doctrina de la Seguridad Nacional adoptada por las Fuerzas Armadas, sustituyó el concepto de Defensa Exterior, por el de Seguridad Interior y de esta manera situó, en el contexto de la bipolaridad mundial, al “enemigo” en el interior del país. En este sentido fueron elocuentes las manifestaciones del general Rivero quién decía que “…estábamos en la época de la tercera guerra mundial, primero fue la lucha de los ejércitos, después la lucha de las naciones y en ese momento era la lucha de las ideologías… La primera guerra mundial fue una confrontación de ejércitos, la segunda lo fue entre naciones y la tercera lo es de ideologías. Los Estados Unidos y la Argentina deben marchar unidos en función de sus ansiedades y anhelos comunes (76 ). El Tte. Coronel Joaquín Cornejo Alemán, 2do. Jefe del Destacamento de Caballería de Montaña 141 de Salta expresó que era una obligación de todo ciudadano actuar bajo la doctrina de la seguridad nacional.(77 ) Miles de personas fueron perseguidas, detenidas y asesinadas. Muchos por razones políticas. “Estaban en algo; cada uno con su ideología, nuestros hijos y familiares, o al menos muchos de ellos, eran militantes, que en vez de dedicar sus vidas al individualismo que la sociedad les enseña, la dedicaron a transformar el orden social establecido”, por que estar en “algo”, connotación utilizada por los personeros del Proceso, no justificaba ni ética, ni moralmente, ni legalmente, el asesinato.”( 78 ) Otros no. Sin embargo unos y otros sufrieron las consecuencias de la despiadada aplicación de los métodos terroristas. La dictadura militar que se había alternado en las últimas décadas con democracias débiles cambiaría no solo el ropaje y las formas de ejercer el poder sino también su naturaleza. Ya no sería el Estado Dictatorial, militarmente ocupado, solamente el régimen que suprimía el parlamento argentino, sino el sistema que aplicó a sus habitantes 79

Del alegato acusatorio formulado por el Dr. Julio Cesar Strassera y el Dr. Luis Gabriel Moreno Ocampo, en representación de la Fiscalia de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional en la causa 13.80 Inseguridad y Desnacionalización - La DOCTRINA DE LA SEGURIDAD NACIONAL. Pág. 28/29. “La ideología de la Seguridad Nacional como Desnacionalización de las Fuerzas Armadas” – Por Dr. Salvador María Lozada-Julio 1985.

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David Arnaldo Leiva

“dos sistemas normativos contradictorios: uno público, dirigido a la sociedad, que en realidad no tenia vigencia en algunos aspectos; el otro, secreto pero efectivo, iba dirigido a una parte de su frente interno” ( 79 ). El orden normativo secreto se guiaría por los principios, normas y doctrina aprehendidos en las Escuelas de Guerra que enseñaban la guerra psicológica y contrarrevolucionaria tanto en el exterior como en nuestro país. El Estado se transformó en Terrorista, no tuvo sujeción a la ley ni al control judicial ni publicidad de sus actos pues el aparato del poder actuaba clandestinamente y mediante la técnica del terror para imponerse y lograr el acatamiento social y cumplir con los objetivos propuestos en las actas del Proceso de Reorganización Nacional. El Estado comenzó a accionar en “el sigilo, la nocturnidad, el ataque por sorpresa, las prácticas delictivas, la infracción del propio orden jurídico que en las horas de luz, esto es ostensiblemente, dicen defender y que en todo caso no se atreven suprimir. Es, claro está, el terrorismo de estado, es decir un poder público estatal que de día pretende comportarse como tal y ejerce todas las amplias potestades regulares del poder represivo; y de noche, esto es en la ocultación, les agrega todos los recursos irregulares que implica la infracción decidida del orden jurídico interno y de los valores y derechos mas elementales inherentes a la persona humana; es decir, un poder estatal que, abiertamente, es policial, y al mismo tiempo, en las sombras, es delincuente.”(80 ) Con este Estado Terrorista apareció masivamente la figura del “detenido – desaparecido”. Miles de ciudadanos – hombres, mujeres, ancianos y niños- sufrieron la detención por partes de la fuerzas de seguridad(81), seguidas de su desaparición ante la pertinaz negativa oficial de reconocer la responsabilidad de los organismos intervinientes. Los detenidos fueron alojados en Centros Clandestinos de Detención que se montaron en todo el país. Los campos de concentración fueron el quirófano donde se extirpó la rebeldía de una generación, fue el lugar donde se montaron verdaderas salas de de la tortura, fue un campo de prueba de una sociedad que debía ser disciplinada, ordenada, controlada y aterrada. La finalidad perseguida por ese Estado fue sembrar el terror en la población civil inmovilizando la protesta, extraer información de “inteligencia” por medio de la tortura al detenido político y robar bienes 81

8.960 personas detenidas continuaron desaparecidas al inicio de la democracia.”Del libro Nunca Mas”. Pág. 16 82 “En todas las ciudades y prefecturas tomadas, se deberá, en mi nombre, vaciar las cajas del tesoro y las bodegas publicas con el fin de entretener a la oficialidad y la tropa. Lo único que quiere el Estado es la tierra”. Escritos de los años 400 y 320 a. C. Compilados en El Arte de la Guerra, Pág. 117, Sun Tzu, Editorial Panamericana.

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Tropiezos en la Memoria

-“como botín de guerra”- que recompensen el “trabajo sucio” de los integrantes de las fuerzas de seguridad, doctrina esta mal aprendida de los teóricos de la guerra (82). La Junta Militar que había asaltado el Poder sancionó un Decreto Ley el 27 de Marzo de 1976 que estableció la pena de reclusión por tiempo indeterminado o muerte ante actos de violencia en contra de personal militar, fuerzas de seguridad o de las fuerzas Policiales y penitenciarias nacionales y provinciales, que se hallaren o no en ejercicio de sus funciones, si este personal se resultare con lesiones o se le causare su muerte. Para aplicar la pena de muerte establecida en este decreto ley era necesario un proceso debido, jueces imparciales, el respeto a la defensa en juicio y una sentencia fundada, por lo que la misma se sancionó al solo efecto de propagandizar sus consecuencias atemorizando para disuadir cualquier intento de resistir la tiranía. No estaba en la mente de los gobernantes ni en la doctrina aplicada por el proceso legalizar investigaciones judiciales con pretensión punitiva a los opositores políticos detenidos que infraccionaran las disposiciones del nuevo orden jurídico político, sino continuar actuando y ejecutando sus decisiones en la clandestinidad. El Estado de la Provincia de Salta se comportó de idéntica manera y los funcionarios que la conducían aceptaron sus métodos, ya sea manifiestamente o en sigilo.

EL CORONEL MULHALL INTERVENTOR DE SALTA.-

ES

DESIGNADO

COMO

El 24 de Marzo de 1976 el Área Militar 322 y el Estado Provincial tuvieron un mismo Jefe ( 83 ), el Coronel Carlos Alber to Mulhall, fue designado como interventor Militar en la Provincia de Salta. Al acto de asunción de las autoridades militares concurrió personal del Ejercito, la Marina, la Aeronáutica, Gendarmería, Policía Federal y Provincial, y como invitados el arzobispo de Salta Monseñor Carlos Mariano Pérez y el Juez Federal de Salta Dr. Ricardo Lona, entre otros (84 ). El Interventor Militar de Salta dispuso de la suma del Poder Público y en consecuencia la vida y la fortuna de los habitantes quedaron a su 83

Decreto nº 1 del 24-3-76.“ASUMIO EL MANDO GUBERNATIVO EN LA PROVINCIA DE SALTA EL CORONEL CARLOS ALBERTO Mulhall”, Diario El Intransigente, Fecha 25-3-76. 84

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David Arnaldo Leiva

merced. Es elocuente en este sentido la declaración del Jefe de Inteligencia del Penal de Villa Las Rosas Juan Carlos Alzugaray, prestada en el Juicio de la Verdad, expresando que la “única autoridad que había en la provincia era el Jefe de la Guarnición Coronel Mulhall más allá de la existencia del gobernador y del juez federal o jueces provinciales”. El Coronel Mulhall era quien ordenó los crímenes que cometieron sus tropas, por lo que no dispuso ninguna acción para investigar y castigar los delitos cometidos en territorio salteño contra las víctimas que detallaremos mas adelante. “La falta de toda acción tendiente a controlar lo que sucedía fue revelada en esta sala por el coronel Mulhall, quien expuso que en los varios años en que se desempeñó como jefe de Área participó en reuniones semanales con el Jefe de Zona, general Luciano Benjamín Menendez y nunca recibió la orden de investigar secuestros, torturas y homicidios”.(85 ) Para esa época el Jefe del Grupo de Tareas “El Rayo” Tte. Coronel Joaquín Alemán, que operaba en Tucumán, era el 2do. Jefe del Destacamento de la Guarnición Salta del Ejército. El 24 de Marzo de 1976 se designó al Mayor Juan Carlos Grande como Secretario Privado del Interventor Militar. El Coronel Mulhall designa al Jefe del Destacamento Inteligencia 143 Tte. Coronel Mario Osvaldo Baudini como Ministro de Gobierno, Justicia y Educación, al Tte. Coronel Julio Celestino Delucchi, Ministro de Economía y al Cnel. Médico Remis Mario Antonio (Ministro de Bienestar Social).El mismo 24 de Marzo se dispuso la cesantía de los Ministros de la Corte de Justicia y se declaró en “Comisión” a los jueces ( 86 ) y a todo el personal de la administración Pública Provincial, Municipal, organismos autárquicos y descentralizados ( 87 ), se dejó sin efecto la estabilidad de que gozaban (88 ) y se autorizó a dar de baja al personal que se encuentre vinculado a actividades de carácter subversivo o disociadora del orden público o que preconicen las mismas ( 89). Con estas medidas se pretendió legalizar la expulsión de sus lugares de trabajo a los opositores y a quienes luego sufrirían detenciones o la desaparición. La medida señalada en el párrafo anterior se complementó con una Decreto nº 11 de fecha 24-3-76.Decreto Ley nº 2 de fecha 24-3-76.88 Decreto Ley nº 9 del 7-4-76.89 Decreto Ley nº 4 del 5-4-76.86 87

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orden de remitir a la Dirección General de Administración de Personal de la Provincia la nómina completa de funcionarios y empleados con los antecedentes, datos personales y de carrera.(90) Mediante comunicado n° 4 de fecha 24 de Marzo se habilitó el teléfono 21227 para que se efectúen acusaciones que posibiliten los operativos antisubversivos. De esta forma se propició sustituir la denuncia que inicie el curso de una investigación judicial por la delación de las personas que sufrirían los apremios ilegales, los tormentos, las violaciones y la desaparición forzada por razones políticas e ideológicas. El 31 de Marzo de 1976 se designó al Sub Oficial Mayor ( R ) Rosendo Soto como Secretario Privado del Ministro de Gobierno, Justicia y Educación.(91 ) En este período vital para los planes de exterminio de la Dictadura Terrorista, el Jefe de Inteligencia del Ejercito dispondría a través del Ministerio de Gobierno de los antecedentes personales de la totalidad de los empleados públicos a “eliminar” conforme lo expresaba el decreto nº 175 detallado mas abajo y de la dirección de las “patotas” de la Policía Provincial para la detención forzada de opositores al régimen. El Tte. Coronel Baudini reunió mientras duró su designación el poder real y formal de disponer de datos recolectados y manejados por el ejército y la inteligencia Policial obtenidos por el seguimiento de personas, la tortura y la delación de los soplones del lopezregismo y del sindicalismo verticalista durante el período precedente y de esta manera actuar en cumplimiento de los planes sistemáticos de eliminación de opositores. A los fines de las políticas de seguridad, el Área 322 con jurisdicción en todo el territorio provincial se dividió en sub áreas, las que dependían del Coronel Carlos Alberto Mulhall y hacia este reportaban. La ciudad de Salta Capital, Güemes y los Valles dependía de órdenes directas del Cnel. Mulhall, el Norte de la Provincia, con cabecera en la ciudad de Tartagal, estaba a cargo del Teniente Coronel Héctor Luis Rios Ereñú, titular del Regimiento 28 de Infantería de Monte y en el Sur provincial, con cabecera en la localidad de Metan, el Capitán Félix Valenti Figueroa tenía la responsabilidad de la conducción de esta sub área. (92 ) La existencia de estas sub áreas fue reconocida por el Coronel Mulhall al ser interrogado en el Juicio por la Verdad: “Que había una subzona en la ciudad Tartagal, donde era jefe el teniente coronel Ríos Ereñú, Decreto nº 177 del 5-04-76.Decreto nº 120 -Boletín Oficial, Pág. 1093, del 19-04-76.92 Diario El Tribuno, 28-03-76, página 12 “Informaron al Coronel Mulhall que reina normalidad en el interior de la provincia” 90 91

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Gustavo “Cuchi” Leguizamón. Refernecia Diario El INtransigente. que actuaban independientemente junto a la Brigada de Tucumán. Que dicha subzona no dependía del dicente sino que dependía directamente de Tucumán. Que el teniente coronel Ríos Ereñú era jefe del Regimiento de Monte Nº 28 de la ciudad de Tartagal”.(93 ) La determinación de “la Jurisdicción Militar” y en como fue dividida ésta a los fines del plan sistemático de exterminio de los opositores es importante a los efectos de determinar la responsabilidad de sus jefes y la autonomía de su actuación en la ejecución de dichos procedimientos pues estos a partir de las órdenes generales dominaban los hechos ocurridos en sus jurisdicciones. Las detenciones de personas por razones ideológicas, políticas o gremiales en la Provincia de Salta se acentuaron y masificaron a partir del Golpe. La Guarnición Militar Salta daba a conocer la detención de 46 personas.(94 ) 93

 94

Audiencia de fecha 26-04-01 en Juicio por la Verdad de Salta.“NOMINA DE DETENIDOS”, Diario El Intransigente, Fecha 25-3-76.

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Leopoldo Atilio Pipo, dirigente del Gremio Bancario, fue detenido el 24 de Marzo desde una confitería, a las 9.30 horas y fue encarcelado primero en una seccional de la Policía de Salta Capital, luego fue trasladado a la Central de Policía, lugar donde “había muchos detenidos sin que se le tomaran los datos”, reconociendo en este lugar al oficial de policía Misael Sánchez el que le expreso “no saber el motivo de su detención”. A la madrugada del día siguiente fue trasladado a la seccional de infantería donde lo esposaron y le vendan los ojos, lo sacan en un auto el que se detiene en algún momento de su recorrido y al bajarlo recibe amenazas de fusilamiento. Pipo relata que “fue puesto en contra de una pared y le preguntaron ¿Cómo quería ser fusilado, si con los ojos vendados o no?, luego fue puesto boca abajo y escuchó quejidos de gente. Allí estaba Carlos Hoyos de UTA, el que fue golpeado en el bajo vientre y le ocasionaron problemas urinarios y no podía orinar, sin ser atendido. Estaban en un galpón y eran puestos en fila india para ser interrogados por un hombre que escribía a máquina. En esa oportunidad los amenazaban con dinamitarlos”. De allí fueron llevados a la cárcel de Villa Las Rosas.(95 ) El Médico Mario Roger Falco fue detenido el mismo día del golpe y llevado a un campo militar, lugar donde lo tortura interrogatorio de por medio. “Comenzó todo con el simulacro de un fusilamiento previa confesión a un cura. Que este cura le pidió que dijera todo lo que sabía y que rezara, como el declarante no sabe hacerlo, este rezo por él. Luego vino otra persona que le pregunto cual iba a ser su última voluntad. Luego lo ataron a una camilla boca abajo con la cabeza al aire. En la punta había un balde de cuero con agua en donde lo sumergieron en varias ocasiones, hasta prácticamente ahogarlo, para volverlo a sacar cuando ya no daba mas y repetir la operación… luego varias personas lo golpearon en distintas partes del cuerpo preguntándole donde estaban las armas y al contestar que no sabia nada de armas repetían los golpes. Le pusieron un plástico atado al cuello, como una bolsa y por una punta abierta le echaban agua mientras un medico presente en el lugar lo iba auscultando, tomándole dicha acción en los pulmones de forma tal que no se llenara completamente de agua. También le hicieron la tortura conocida como el teléfono, que consiste en aplaudirle las orejas, le desencastraron un tímpano, a raíz del cual se quedó con zumbidos en ambos oídos. Cuando fue llevado al penal fue atendido por los médicos Carrizo, el “sordo” Alvarez, Hadad, quienes  95 Legajo 4609-CONADEP. 96 Fs 176 y sig. Causa Palomitas. 97 Expediente nº 540028/14-Privacion Ilegal de la Libertad de Pablo Salomón RiosJuez de Instrucción Militar nº 77 – Dest. Expl. C B1 141-Consejo Supremo de la Fuerzas Armadas. Las personas detenidas fueron Horacio Guaymas, Amado Guanca, Antolin Esteban Saldaño, Inocencio Ramirez, Zerpa y Pablo Salomón Rios. 98 Fs. 1974 Juicio de la Verdad-Salta.

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David Arnaldo Leiva

lo medicaron y pudo recuperarse”.(96 ) Pedro Rueda, relató que fue detenido por personal policial el 24 de marzo y al ser conducido a la Central de Policía tenían allí a 15 personas con los brazos en alto contra la pared y “que allí fue amenazado de muerte por el entonces comisario Julio Argentino San Millan, pero que con intervención de las personas que allí se encontraban, las cosas no pasaron a mayores. Mario Amelunge que en ese tiempo era Secretario General de la CGT era golpeado todas las noches, junto al dicente, por su condición de gremialista, por el Capitán Alberto o Roberto Yone”(97). El Tte. Cnel. Rios Ereñú reconocía que en el Regimiento de Monte Nº 28 -situado en la ciudad de Tartagal- tenía detenidas a 57 personas.(98 ) El Escuadrón 20 Orán de la Gendarmería Nacional fue también un lugar de concentración de detenidos, lugar donde se aplicaba “picana” y se interrogaba sobre personas que fueron secuestradas.(99 ) El Comisario Ramón Jacinto Vivas, Jefe de la Comisaría de Cafayate, detuvo a gremialistas que fueron torturados en ese lugar y luego trasladados a la Jefatura de Policía de La Provincia, desde donde lo vendaron y los llevaron a un CCD que no pudieron reconocer. Finalmente fueron alojados en la Cárcel de Villa Las Rosas y liberados.(100 ) Como responsable de la cárcel fue designado el Sargento del Ejercito Braulio Pérez, el hijo de éste era Jefe de Seguridad y Alzugaray Juan Carlos, quien había sido trasladado desde la Policía Federal era el jefe de inteligencia del penal.

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Diario El Tribuno, 28-03-76, página 12 “Están detenidas 57 personas en el Regimiento 28 de Monte Tartagal”.-  3 Julio Eduardo Fernandez Muiños, a fs 1476 del Juicio por la Verdad de Salta expresa que “Fue detenido el 24 de Marzo de 1976, a la mañana en el escuadrón 20 de Gendarmería Nacional. Que fue interrogado por el Comandante Saboredo por personas a las que alguno conocía y a otras no. Que pusieron énfasis en la persona de Elpidio Juvencio Palavecino quién desapareció. Que también estaba detenido René Russo quien le dijo que fue “picaneado”.100 Expediente nº 540028/14-Privacion Ilegal de la Libertad de Pablo Salomón RiosJuez de Instrucción Militar nº 77 – Dest. Expl. C B1 141-Consejo Supremo de la Fuerzas Armadas. Las personas detenidas fueron Horacio Guaymas, Amado Guanca, Antolin Esteban Saldaño, Inocencio Ramirez, Zerpa y Pablo Salomón Rios. 101 Del Testimonio de Mirta Torres, citado, en el Juicio por la Verdad.102 Testimonio brindado por J.C. Alzugaray a fs 472 en la causa “Palomitas”.-

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El Penal de Villa Las Rosas también se convir tió en un Centro Clandestino de Detención (CCD), arribando a la cancha del mismo los helicópteros y camiones de Gendarmería y el Ejército trayendo y trasladando detenidos políticos. Desde el 24 de Marzo “…esta se convirtió en un lugar de tránsito continuo de personas detenidas, las que en muchos de los casos no se los llegó a conocer o a verlas personalmente” (101 ). El oficial de la Penitenciaría a cargo del Departamento de Inteligencia Juan Carlos Alzugaray, reconoce que en el penal de Villa Las Rosas funcionaba un Centro Clandestino de Detención. “La función del declarante era esta: Dependía del Director de Seguridad, hacía censura de la correspondencia entre los detenidos PEN, Ley 20840 y a Disposición del Concejo de Guerra Estable. También una cuarta categoría que no estaban dentro de las otras tres, y que si bien el declarante no sabe las condiciones de ingreso al penal, eran denominados genéricamente como a disposición de las autoridades militares.”(102 ) Un importante espacio de la sociedad salteña estuvo preñada por su tributación a las políticas de “seguridad” surgidas del 24 de Marzo de 1976, lo que se convirtió en un obstáculo para las necesidades de justicia. La arbitrariedad, la prepotencia, el abuso de autoridad y el desconocimiento de los elementales derechos ciudadanos se impusieron en el territorio salteño. El lenguaje de la muerte y la amenaza de producirla se impusieron en el discurso oficial, el que fue masificado por el diario El Tribuno en su tributación a las políticas de la Dictadura. La nota que se transcribe es un fiel reflejo de lo expuesto:

“ M E D I DA S A D O P TA DA S P O R L A I N T E R V E N C I O N M I L I TA R EN LA COMUNA DE GRAL. MOSCONI. Tartagal (Agencia). Acertadas medidas ha tomado la intervención militar en la Municipalidad de General Moscóni, las que causaron general beneplácito entre los pobladores de ésa, Campamento Vespucio y Coronel Cornejo. Al frente de la misma, como se sabe, se encuentra el teniente primero Héctor Fernando Patricic, actuando como Secretario de Gobierno el Sub Oficial Mayor Mario Celestino Palmieri, y como delegado de la intervención Militar en la localidad de Coronel Cornejo el sargento ayudante Agustín Capaldo.

Resoluciones. 103 104

Diario El Tribuno, pág. 15, 31 de Marzo 1976.Boletín Oficial nº 9967 de fecha 19 de abril de 1976.-

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Entre las más importantes resoluciones cabe consignar la emitida a través del comunicado nº 1 que recuerda que aún rige el toque de queda entre las 22 y 6 y que también está en vigencia la prohibición de reuniones públicas y privadas, como asimismo la formación de grupos de más de dos personas en la vía pública. El no respetar esta disposición o no acatar la orden de dispersarse, motivará la apertura de fuego. Otras de las medidas adoptadas son las siguientes: quienes insulten o amenacen a las Fuerzas Armadas o de seguridad serán detenidos de inmediato, y a quienes no acaten las órdenes se les abrirá fuego en el lugar del hecho; quienes sean sorprendidos cometiendo atentados o intentando cometerlos contra servicios públicos en general, edificios o locales de servicios públicos, empresas (privadas o del Estado) o edificios religiosos y no acaten de inmediato la voz de alto, serán ejecutados en el lugar del hecho.”(103 ) El lenguaje oficial sobre la supresión de personas se incorporó no solo en los comunicados de los interventores de comunas de segunda categoría como el citado, sino además a los decretos de gobierno. Ejemplificativo es el decreto 175 de fecha 5 de abril de 1976 que expresa: “Artículo 1º.Los Señores Ministros procederán previo estudio de los antecedentes del personal, a arbitrar los medios para la inmediata eliminación de los agentes incorporados irregularmente a cada organismo…”( 104 ). El decreto en cuestión pudo haber utilizado el término cesantía, exoneración o despido que expresan una manera de finalizar una relación de empleo, pero prefirió utilizar la palabra “eliminación” que no solo implica baja, sino exterminio, matanza, extirpación, destrucción, aniquilación. La expresión verbal, escrita y gestual acompañaron las actitudes de la intervención militar a Salta. En esta tónica, un poco mas de un año y medio después, el entonces Gobernador de facto Cap. De Navío (R) Augusto Ulloa deniega el pedido efectuado por el Escribano Aldo Meliton Bustos de que se le adjudique la titularidad del Registro Notarial n° 32, fundado en “la evaluación efectuada por el Poder Ejecutivo, de los antecedentes ideológicos del peticionante, suministrados con carácter de estrictamente confidencial y secreto por los organismos pertinentes…”( 105 ). Tres meses después, en fecha 2/2/78, era secuestrado Aldo Meliton Bustos, demostrando de esta manera la coordinación entre el Ejecutivo Provincial y las autoridades militares del Area 322, en la persecución por motivos ideológicos y políticos. Los documentos oficiales, el lenguaje de los decretos y comunicados, los operativos hechos en presencia de testigos, los testimonios de los presos, 105

Decreto 3498 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación de fecha 14/11/77.-

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constituyen los rastros, las huellas, las pruebas del Plan Sistemático de las Fuerzas Armadas para eliminar opositores que hubieran permitido el Juicio y Castigo a los responsables, sin embargo un importante espacio de la sociedad salteña comulgó con las políticas de la represión ilegal y las medidas económicas. El Colegio de Abogados de Salta en un comunicado adhirió a la convocatoria realizada por el Proceso de Reorganización Nacional en cuanto compromete “a las Fuerzas Armadas a desarrollar una acción tendiente al logro “de la observancia plena de los principios éticos y morales; de la justicia, de la realización integral del hombre, del respeto a sus derechos y dignidad”. Y animado por tal esperanza, acude a la convocatoria contenida en la misma, en la certeza de que por esta senda se ha de lograr efectivamente “la total recuperación del ser nacional. De este modo compromete la acción en tal sentido de todas sus fuerzas materiales, morales e intelectuales”(106). Para esta época el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Salta estaba integrado por: Presidente: Jorge Gonzalez Ferreyra, Vicepresidente: Lidoro Almada Leal, Secretario: Guillermo Gomez Augier, Tesorero: Ernesto Leonardo, Vocales Titulares: Luis Guillermo de Los Rios, Rogelio Saravia Toledo, Mario D‘Jallad. Mientras el Colegio de Abogados brindaba adhesión a los postulados de exterminio de los cónsules de la muerte, desaparecieron mas de 106 abogados en territorio nacional, entre ellos el salteño Víctor Jacobo Noe y en Salta: Gustavo Manuel Medina Ortiz y Jorge Ernesto Turk Llapur. En fecha 12 de julio de 1977 la Sra. Carmelina Scagnitta de Spuches interpuso recurso de amparo -a favor de su hijo- debido a las privaciones de visita y de suspresión de correspondencia con los presos politicos detenidos en el penal de Villa Las Rosas. El Dr. Ricardo Lona con un desatino que asombra a la luz de lo ocurrido con los abogados defensores de presos políticos y gremiales, en el año 2006, ironizó “El señor Juez Federal a cargo de estas actuaciones Dr. Miguel Antonio Medina, suscribió junto con el Dr. Alfredo Gillieri el recurso de amparo de referencia. Imagino que ambos letrados lo habrán hecho porque el Juzgado Federal, entonces a mi cargo, representaba alguna garantía de que las quejas de la señora de Spuches recibirían adecuada atención y de que el poder político no se enteraría de que sus firmantes, ante posibles represalias (entiendo que esa era la excusa que ponían la mayoría de los abogados para no intervenir en este 106

Diario El Tribuno, pág. 17, Marzo de 1976.bis Juicio de la Verdad Histórica-Salta,fs 2107,vlta. 107 Diario El Tribuno, pág 13, Marzo 28 de 1976.106

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tipo de asuntos.)”(1 06bis). También el Colegio de Escribanos de Salta, a través de su Consejo Directivo, se pronunció a favor de la convocatoria efectuada por las Fuerzas Armadas, considerando esta actitud un deber irrenunciable al que ningún argentino tiene derecho a sustraerse o desentenderse y formuló votos para “salvar, con ejemplo de sacrificio y austeridad, los valores esenciales de nuestro ser nacional” ( 1 07).El Presidente del Colegio de Escribanos era el Esc. Gerardo Coll. El 24 de Marzo de 1976 el Teniente Coronel Osvaldo Mario Baudini, Ministro de Gobierno, se reunía con Ricardo Duran del Movimiento Popular Salteño, Dr. Medrano Ortiz del Partido Federal, Sr. Fiore de la Unión Provincial, Candido Vicente del Partido Conservador Popular, Jorge Decavi del Movimiento de Integración y Desarrollo (MID), Juan Carlos Castiella de la Unión Cívica Radical y Olivio Rios del Partido Justicialista y les hacía conocer la “prohibición de realizar en lo sucesivo cualquier manifestación de índole política”, rubricándose un acta en el que los asistentes prestaron conformidad (108). El 26 de Marzo de 1976 los empresarios de Salta se reunieron con el Teniente Coronel Julio Deluchi, Ministro de Economía, ofreciendo y comprometiendo su colaboración con las autoridades militares, las que en retribución constituyeron una comisión coordinadora a fin de canalizar las inquietudes de los mismos. El 26 de Marzo de 1976 fue designado en el cargo de Director General de Cultura de la Provincia el escritor y compositor José J. Botelli. El diario el Tribuno bajo la Dirección de Roberto Romero y la Vice Dirección de Juan Carlos Romero avalaba que un hombre de su empresa integrara el Gobierno de la Intervención Militar. Así lo expresaba: “Nota de Redacción: El poeta, compositor, impresor y periodista José Juan Botella, verdadero hombre de la Cultura si los hay, es evidentemente el hombre exacto para el cargo. El nuevo funcionario ha cumplido una vasta trayectoria en el campo literario y musical de la provincia y el país, obteniendo importantes reconocimientos y galardones artísticos. Botella ya dirigió en otras ocasiones la acción cultural oficial y su nombramiento ha causado general beneplácito en los ambientes artísticos e intelectuales lugareños. José Juan Botella, corresponde destacarlo, con sincera 108

“DIRIGENTES POLÍTICOS RECIBIERON LAS PAUTAS DEL GOBIERNO MILITAR”,Diario El Intransigente, Marzo 25 de 1976. 109 Diario El Tribuno-José Botella nuevo Director de Cultura-Pág. 13. 110 Boletín Oficial, 12 de Abril de 1976, Pág. 1049.-

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satisfacción, es además y desde hace mucho y fértiles años, el director de la Sección Literaria de El Tribuno.”(109 ) El 26 de Marzo de 1976 se dispuso clausurar por el término de 24 horas el diario El Intransigente.(110 ) El fundamento de la clausura dispuesta por el Secretario de Prensa de la Provincia Capitán Norberto Enrique Fernández fue que en un artículo de la columna “En Rueda de Café”, editado en la Página Central del Diario y carente de seriedad, se menoscababa la imagen de la autoridad militar. Al aparecer nuevamente el diario, el editor responsable aclaraba que “El Intransigente, consecuente con su línea editorial, bregará por el éxito del proceso. Avalan esta posición: 1°) El hecho que permanentemente denunció actos de inmoralidad y dolo en la administración de los dineros públicos, lo que significó para el diario agresión económica por parte de las autoridades denunciadas, 2°) El Intransigente atacó la acción de la delincuencia subversiva, esto nos valió inseguridad y reiteradas amenazas anónimas, y 3°) El Intransigente propició la unidad del pueblo con el Ejercito a través de diversas notas y campañas periodísticas con una positiva respuesta de la ciudadanía (111 ). El 27 de Marzo de 1976, el Rector de la Universidad Católica de Salta R.P. Normando Requena y el Secretario General C.P.N. José Sanfilipo, mediante resolución n° 16 expresó que “los propósitos de la Junta Militar concuerdan con los principios rectores de dicha casa de altos estudios, respondiendo a las normas de la moral cristiana y llevando la finalidad de restituir el orden, la seguridad y la paz, para que pueda regir la justicia y el respeto a la dignidad de la persona”. Este comunicado además hizo conocer que suspendía el funcionamiento de la Escuela de Servicio Social y el Departamento de Psicología hasta su total reorganización y que solicitó la renuncia del personal directivo y académico, declarando además en comisión al personal administrativo y docente. Asimismo prohibió el funcionamiento de los Centros de Estudiantes y las actividades deliberativas y asambleas entre estudiantes bajo apercibimiento de expulsión o suspensión (1 12).   El 27 de Marzo de 1976 el Jefe de la Sub Area 322-1 Tte. Coronel Hector Luis Rios Ereñu, acompañado por el 2° Jefe del Regimiento 28 de Infantería de Monte Mayor Ernesto Alejandro Reposi, se reunía con el Ex 111

“PORQUE NO APARECIO AYER EL INTRANSIGENTE”, Nota de Tapa, Diario El Intransigente,28-3-76. 112 “SUSPENDEN CARRERAS, PROHÍBEN GREMIALISMO ESTUDIANTIL Y PONEN EN COMISION A TODO EL PERSONAL”, Diario El Intransigente, 28-3-76. 113 “REUNION EN EL REGIMIENTO 28 INFANTERIA DE MONTE”, Diario El Intransigente, 28-3-76.

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Intendente Alberto Abraham (P.J.), autoridades eclesiásticas, comerciantes, industriales, profesionales, dirigentes de comunidades aborígenes en la que los exhortó a trabajar por el país (113 ). El 28 de Marzo de 1976, a las 11 horas, por pedido del Interventor Militar se celebraba en la Catedral Basílica una misa para “impetrar por la paz, la felicidad y el bienestar del pueblo argentino y rogar por el reencuentro del país y dentro de este “nuestra querida Salta”. El 29 de Marzo de 1976 los Capitanes Norberto Antonio Yommi y Eduardo Alberto Casal asumían como delegados Interventores de la Universidad Nacional de Salta. El 31 de Marzo de 1976 fue designado Manuel J. Castilla, poeta y escritor, en el Cargo de Director de la Biblioteca Provincial “Dr. Victorino de la Plaza” (114 ).

El 10 de abril de 1976 el Interventor Militar de la Municipalidad de de Orán iniciaba una campaña para cortar el pelo largo voluntaria o compulsivamente a los jóvenes ya que el pelo crecido conspiraba contra la estética varonil y normas y reglas de higiene. Decenas de jóvenes fueron detenidos para ser literalmente pelados por andar con el cabello largo. El diario El Tribuno de esa fecha se publicaba lo siguiente “Peluquería: “El Interventor Militar de la Municipalidad de Oran comunica a los jóvenes de esa localidad que a partir del día de la fecha funcionará en el edificio municipal un servicio de peluquería totalmente gratuito, a los fines de prestar servicio a aquellas personas que por carecer de recursos económicos suficientes mantengan los cabellos excesivamente largos, lo cual conspira contra la estética varonil y normas y reglas de higiene. Asimismo, se recomienda a las personas que, poseyendo medios, se encuentren comprendidos en los casos indicados precedentemente, arbitren las medidas del caso tendientes a lograr un corte de cabello varonil e higiénico. Esta Intervención Militar, por intermedio de la autoridad policial de la zona, controlará los aspectos de higiene y estética ya mencionados arbitrando por el servicio de peluquería municipal soluciones adecuadas”.

114

Boletín Oficial, 19 de Abril de 1976,pág. 1093.-

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Así emergió la dictadura en Salta. Las calles de la ciudad y las paredes de sus casas coloniales añorarían -por muchos años- las denuncias escritas en aerosol que dejaban a su paso las tumultuosas manifestaciones obreroestudiantiles y el canto y las letras subterráneas recordarían en sus prosas las mandíbulas batientes de la protesta y no la cegada evocación del silencio que proponían Botelli y Castilla comulgando, desde sus jerarquías burocráticas, con la estética propuesta por la Dictadura. El interregno de Mulhall al frente del Estado de Salta duró hasta fecha 22-4-76 pero extendió su actuación como jefe de la Guarnición Militar Salta hasta octubre de 1977, constituyéndose en el poder detrás del Estado.

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AUTORIDADES PROVINCIALES DESIGNADAS POR EL CORONEL MULHALL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL Baudini, Mario Osvaldo Tte. Coronel Ministro de Gobierno, Justicia y Educación Decreto nº 2 Delucchi, Julio Celestino Tte. Coronel Ministro de Economía Decreto nº 3 Remis, Mario Antonio Cnel. Médico Ministro de Bienestar Social Decreto nº 4 Perez, Benjamín Abogado Ministro de Feria de la Corte de Justicia Mendiaz, Virtom Tte. Cnel. Secretario General de la Gobernación

Decreto nº 5

Escotorín Carlos Enrique Agrónomo Secretario de estado de la Producción y Secretaria de Estado de Industria, Comercio y Servicios Decreto nº 17 Andrade Miguel Ángel Decreto nº 23 Jozami Habih 24

Mayor Médico

Secretario de Estado de Salud Pública

Mayor Bioquímico Secretario de Estado de Seguridad Social

Bloser de FransBeni Ingeniero Geólogo

Secretario de Estado de Minería

Decreto nº

Decreto nº 19

Cabada López José Antonio Contador Público Nacional Secretario de Estado de Hacienda Decreto nº 20 Jimeno Ernesto Oscar Cnel (R.) Secretario de Estado de Obras Públicas Decreto nº 21 Montaldi Juan Carlos Cnel (R.E.) Secretario de Estado de Municipalidades

Decreto nº 29

Taruselli, Eugenio Ernesto Secretario de Estado de Educación y Cultura Fernández Norberto Enrique Capitán Secretario de Prensa Folloni Jorge Oscar

Abogado Sub Secretario General de la Gobernación

Larrán Marcelo Contador Público Nacional Interventor del Banco Provincial de Salta Saravia, Domingo Pablo Tte. Cnel. (R) Director Provincial de Defensa Civil Reyes, Héctor Arnaldo Tte. Cnel. (R) Director General de Compras y Suministros

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Decreto nº 18

Tropiezos en la Memoria Barrionuevo Oscar Pedro Capitán Presidente Interventor del Instituto de Promoción Social Mainoli, José Alejandro Mayor Médico Interventor del Instituto Provincial de Seguros Obeid Héctor Capitán Interventor Militar de Administración General de Aguas de Salta Jovanovics, Julio Cesar Coronel ( R ) Delegado del Interventor en la Capital Federal Torino Augusto Desiderio

Cnel (R. E.)

Interventor del Palacio Legislativo Decreto nº 14

Avila Javier Marcos Capitán (R.) Director Provincial de Aviación Civil Decreto nº 15 Aldazábal Carlos Emilio Mayor (R.) Director General de Administración de Personal

Decreto nº 16

Mainoli José Alejandro Mayor Médico Interventor del Instituto Provincial de Seguros

Decreto nº 25

Barrionuevo Oscar Pedro Capitán Interventor del Instituto de Promoción Social

Decreto nº 27

Montoya Víctor Abelardo Capitán (R.) Director del Boletín Oficial de la Provincia

Decreto nº 31

López Sosa, Manuel Jorge Médico Director Provincial de Lucha Antituberculosa y Enfermedades Transmisibles Rios, Eduardo Médico Director del Hospital de Niños Carrizo,Rómulo Néstor

Medico Director del Policlínico Regional San Bernardo

García Bes Luis Enrique Contador Director General de Rentas Arreche, Alberto Serfaty Director de la Dirección de Deportes y Cultura Física Salom, Miguel Ángel Interventor del Consejo General de Educación Samame, Celedonio Alberto Tte. Cnel. Director General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas Hoyos, Agustín Sub Oficial Sargento 1º

Director de Acción Social

Flores, Carlos Alberto Doctor Director de la Dirección de Familia y Minoridad Estrada, Andrés

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David Arnaldo Leiva Doctor Director de la Dirección de Maternidad Botella, José J. Escritor Director General de Cultura de la Provincia Castilla Manuel José Escritor Director de la Biblioteca Provincial Dr. Victorino de La Plaza Frias, Carlos Alberto Abogado Fiscal de Gobierno de la Provincia Goytía Raúl José Escribano Público Nacional Escribano de Gobierno

Decreto nº 6

Galletti José Ricardo Mayor Interventor Militar de la Confederación General del Trabajo

Decreto nº 7

Ramírez Carlos Lucio Capitán Auxiliar del Interventor de la C.G.T. Decreto nº 7

INTENDENTES Y COMISIONADOS DESIGNADOS POR EL CORONEL MULHALL. Apellido y Nombre Profesión Localidad Decreto de designación-cese Ratto Julio Eduardo Mayor Intendente Municipal de la Ciudad de Salta Decreto nº 9 Caballero Pablo Comandante 2º G.N.

Intendente de Orán

Pugliese, Héctor E.

Teniente 1º

Intendente Municipalidad de Tartagal

Figueroa Felix Alberto Valenti Capitán Intendente Interventor de la Municipalidad de Metan Decreto nº 8 Arias Raimundo Sub Oficial Mayor Intendente Joaquín V.Gonzalez Piorno Gabriel Lorenzo Intendente Rosario de la Frontera Carullo, Pablo Comandante Principal

Intendente de Güemes

Duplatt, Juan Pedro Sargento Ayudante de G.N.

Cese 31-12-76 Dec. 3979

Intendente Interino Municipal de Cafayate

Bianchi Juan Carlos Comandante Principal (R) Presidente Comisión Vecinal San Lorenzo Aban, Vicente Leopoldo Sub Oficial Mayor (R)

Interventor Municipalidad de La Caldera

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Tropiezos en la Memoria Alvarado Rene Sub Oficial (RE) Intendente Chicoana Tarifa, Espiritu Sub Oficial Principal (R) de G.N.

Cese 9-2-77 Decreto 253

Presidente Comisión Municipal de San Carlos

Peiró, Enrique Sub Principal (R) Intendente Municipal de Cachi Fernández, Armando Sub Oficial Mayor (R)

Interventor Municipalidad de La Caldera

García Juan Primitivo Sub Oficial (R) Intendente Municipal de El Quebrachal Yañez, José Nicanor Sub Oficial Mayor (R)

Presidente de la Comisión Municipal de La Merced

Patane, Mario R. Alférez G. N. Interventor Municipalidad de Embarcación Nicolini, Víctor A. Presidente de la Comisión Municipal de Salvador Mazza Carmuega Roberto A Alférez G.N. Intendente Aguaray Petricic, Héctor Fernando Teniente 1º Intendente de Mosconi Montoya Wenceslao Alférez G.N. Intendente Pichanal Juárez Pedro 1º Alférez G.N.

Intendente de Colonia San Rosa

Pérez Miguel Sub Oficial Mayor G.N.

Presidente Comisión Vecinal Tolar Grande.

Almeida Luis Alférez G.N. Presidente Comisión Vecinal San Antonio de Los Cobres Irazusta, Joaquín Sub Oficial Mayor (R)

Intendente Cerrillos

Chocovar Meliton Sub Oficial Mayor (R)

Intendente Rosario de Lerma

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LA CLANDESTINIDAD DEL ME TODO, GAR ANTIA DE IMPUNIDAD. El término “desaparición” es en realidad un eufemismo. El mismo no significa más que una persona fue arbitrariamente detenida por agentes del Estado y a pesar de ello las autoridades lo niegan. El 22 de abril de 1976 es secuestrado y desaparece en Salta Alfredo López.El 28 de abril de 1976 secuestran y desaparecen Carmen Berta Torres, quien había presentado un recurso de hábeas Corpus a favor de su hermana secuestrada Francisca Delicia, un mes antes. “El desaparecido es una persona sometida a una deprivación sensorial y motriz generalizada (manos atadas, ojos vendados, prohibición de hablar, limitación de todos los movimientos) en condiciones de alimentación e higiene subhumanas, que no sabe dónde está aunque a veces pueda adivinarlo, y que sabe que afuera no saben donde está, con absoluta incertidumbre sobre su futuro…”(115). La decisión de desaparecer al secuestrado y los tormentos aplicados a los detenidos definieron un estilo penal ilegal en la represión política al opositor. El cuerpo del detenido pasó a ser blanco de la represión punitiva del estado clandestino y de allí el espectáculo de su desaparición o de la aparición del cuerpo decapitado, destrozado, mutilado, descuartizado. El 23 de agosto de 1976, en el Paraje La Pichana, sito entre Cabeza de Buey y Palomitas, unos trabajadores de Vialidad Nacional encuentran dos cadáveres desnudos con orificios de bala y dinamitados. Los mismos correspondían a un hombre y una mujer sin cabeza y que al realizarse la autopsia se determinó que estaba embarazada con un feto de cuatro meses. Estos cadáveres fueron enterrados como N.N. en el cementerio de Güemes. El Dr. Ricardo Lona, Juez Federal Interviniente no ordenó hasta 1984,

ninguna actividad investigativa de este crimen, como así tampoco el Fiscal Vicente N. Massafra, archivando el expediente.(116)  115

Pág. 59 “Efectos Psicológicos de la Represión Política” – 1986- Industria Gráfica del Libro. 116 El 30 de septiembre de 1976 se dispuso el sobreseimiento provisoria hasta tanto los autores del hecho sean habidos-Fs 17- del Expediente 87794-76

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El 24 de Septiembre de 1976 fue secuestrada desde su domicilio, en el Barrio Santa Lucia de Salta Capital, Gemma Ana María Fernández Arcieri y Héctor Domingo Gamboa, dejando los secuestradores a una hija de éstos de cinco meses en poder de unos vecinos. En el cementerio Santa Cruz Gema Ana Maria Fernandez Acieri fue enterrada como N.N., dinamitada, destrozada en pequeños pedazos, con otras personas. (117 ) Muchos lograron sobrevivir a esta experiencia, miles de personas no. Las Fuerzas de Seguridad apuntaron al aniquilamiento de las víctimas una vez que el detenido no le proporcionaba información de inteligencia ( 118), para lo que se deshacían del cadáver garantizando la “negación” de las detenciones. Una prueba elocuente es el Informe Final de la dictadura en Argentina que pretendió dar por muertos a los desaparecidos sin dar los nombres, lo que significaba que estar desaparecido era tener negada la existencia como vivo y como muerto. La negación de las detenciones fue el núcleo de este sistema represivo que los habeas corpus interpuestos por los familiares no pudieron romper. La inmensa mayoría de los Jueces limitó el habeas Corpus a un pedido de informes en el que invariablemente las FF.AA negaban lo solicitado, cumpliendo con la formalidad que desalentaba la búsqueda de los seres queridos. Esta situación ponía punto final a la investigación judicial, por coincidencia con los objetivos de Proceso de Reorganización Nacional, por miedo o desidia burocrática. Sin embargo debemos reconocer que era la autoridad militar o Policial contra la que se interponía el recurso la que determinaba la clausura de la investigación. El Juez Federal de Salta Ricardo Lona se negó sistemáticamente a atender los reclamos de justicia de los detenidos y sus familiares (119 ).

117

Testimonio de Luisa Blanca Madozzo a fs 1628 del Juicio por la Verdad de Salta. “Este es un problema clave; por un lado, la información es el instrumento que posibilita la perpetración de los secuestros seguidos por desapariciones; por el otro lado, obtener más información extrayéndola de los opositores secuestrados constituye uno de los móviles fundamentales de la detención-desaparición” (La Desaparición Forzada de Personas en América Latina- Trabajo de Ana Lucrecia Molina Theissen. Publicado por la Revista Electrónica KO´AGA ROÑE’ETA,SERI VII. http://www.derechos.org/VII/molina.html. 119 “La dicente necesitaba que el Juzgado Federal le diera un permiso para que pudiera visitar (a su esposo Eduardo Anibal Arroyo).Que vino a este Juzgado y hablo con el Secretario del Juez Lona y le negó el permiso y entonces habló con el Juez Lona, en el pasillo del Tribunal, cuando este se iba. El Juez Lona la trató muy mal y le dijo que los familiares de los subversivos tenían que estar todos presos y que él no iba a perder su tiempo…”; declaración de Myriam gladis Chalabe a fs 1745 y sig.En el Juicio por la Verdad. 118

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“Nunca supe del secuestro de personas, llevadas a centros clandestinos de detención, como a la postre se descubrió existían en otros lugares del país, lo -por lo que en estos 23 años de democracia ha podido investigarse- no sucedió en Salta”. “Tuve noticias de la desaparición de personas a través de habeas corpus presentados por familiares y allegados a esas personas.” “A todos les imprimí el tramite de ley mediante el pedido de informes a las autoridades policiales, de seguridad y militares. En ningún caso tuve una respuesta afirmativa que me permitiera analizar la legitimidad de una privación de libertad. Tampoco conté con información o una pista que me permitieran avanzar sobre la identidad de los autores o ubicar el paradero o la suerte corrida por las personas desaparecidas. No recuerdo que llegaran al juzgado casos de desaparecidos originados en denuncias hechas ante la policía y de que ésta practicara averiguaciones de alguna utilidad”(119 bis ). El intento de justificar un ejercicio correcto, justo y legítimo de la potestad jurisdiccional constituye un reconocimiento no querido -por parte del Dr. Ricardo Lona- de la inacción judicial, la que pretendió encubrirse en el ritualismo de los escritos que solicitaban a los jefes de los secuestradores el reconocimiento de sus crimenes. Los Centros Clandestinos de Detención constatados por la CONADEP en Salta, las decenas de víctimas desaparecidas en territorio salteño, la existencia de habeas corpus y las denuncias por privación ilegal de la libertad que señalamos mas adelante, evidencian la “fragil memoria” del ex juez. El general Tomás Sánchez de Bustamante en una entrevista publicada en el diario “La Capital” de Rosario, en su edición del 14 de Junio de 1980 expreso “Hay normas y pautas jurídicas que no son de aplicación en este caso. Por ejemplo, el derecho de habeas corpus. En este tipo de lucha el secreto que debe envolver las operaciones especiales hace que no se deba divulgar a quién se ha capturado y a quién se debe capturar; debe existir una nube de silencio que rodee todo.”(120 ).-

119

Bis Escrito presentado por el Dr. Ricardo Lona -justificando su acción como juezen el Juicio de la Verdad, fs 2113. 120 Nunca Mas, Pág. 402.

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En este tipo de crímenes la constante fue el encubrimiento institucionalizado, la negación organizada del crimen. Por esta razón es necesario correr el velo y buscar la verdad. El Estado demostrará entonces el desmantelamiento de este pasado de crímenes y aunque cueste y sea dificultoso por el tiempo transcurrido deberá buscar el juicio y castigo reclamado por familiares y organismos de derechos humanos. Los juicios iniciados por las violaciones a los derechos humanos con motivo de los delitos cometidos durante la dictadura militar y en especial la causa 13, así como las investigaciones realizadas por la CONADEP, descorrieron el velo sobre las organizaciones y su funcionamiento de este estado clandestino (Grupos de Tareas – Centros Clandestinos de Detención – jerarquías – zonas y sub zonas etc.), sin embargo aún falta mucho por develar. Las micro-historias de cada individuo secuestrado y su destino final son una asignatura pendiente en la búsqueda de la paz de la sociedad argentina.

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CAPITULO III LA ORGANIZACIÓN MILITARES

CLANDESTINA

POR

ZONAS

A lo largo y ancho del territorio nacional se organizó un sistema de represión ilegal. El Ejercito continuó con la adjudicación ( 121 ) de la responsabilidad primaria en la dirección de las operaciones contra la subversión en todo el territorio de La Nación, la Conducción de la Comunidad informativa y el control operacional sobre la Policía Federal, Servicio Penitenciario Federal y Policías Provinciales. También el ejercito mantuvo la organización territorial conformada por cuatro zonas de defensas: n° 1, 2, 3 y 5, sub-zonas, Áreas y Sub-áreas preexistentes de acuerdo al Plan de Capacidades para el año 1972 –PFEPC MI72-.(122) La Armada continuó aplicándose en la lucha antisubversiva una jurisdicción que comprendía el Mar, los ríos navegables, sus riveras, zonas portuarias, zona territorial circundante a las bases y unidades de tierra, manteniendo el control operacional de la Policía Territorial de Tierra del Fuego ( 123 ) y a través del Plan de Capacidades –PLACINTARA 75- articuló el accionar de 11 fuerzas de tareas preexistentes en dicha fuerza. La Fuerza Área también organizó sus directivas fijando su propio concepto en las acciones antisubversivas áreas o terrestres. “El país fue dividido en Zonas, a cuyo frente estuvieron los comandantes de los cuerpos de ejército existente y el de Institutos Militares (IIMM) (Hoy Dirección General de Institutos Militares –DGIIMM-). Tales zonas definían ámbitos jurisdiccionales para operar militarmente. Sobre la base de los elementos orgánicos de la fuerza Ejército, integrantes de aquellos comandos, la Armada y la Aeronáutica Militar asignaron elementos propios en los términos de apoyo que ya se han asignado”... “En otras palabras y para insistir en las definiciones castrenses, se constituyeron, por zonas, fuerzas conjuntas “... 121

Directiva 1/75 del Consejo de Defensa, reglamentario de los Dec. 2770, 2771 y 2772. 122 Directiva del Comando General del Ejercito n° 404/75. 123 Directiva Antisubversiva 1/75S COAR.

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Tropiezos en la Memoria

…sobre la base de elementos pertenecientes a dos o mas Fuerzas Armadas, operando bajo un solo comando y para cumplir una misión común.... Tales Comandos de Zona llevaron a cabo “operaciones conjuntas” en el sentido de “aquellas llevadas a cabo por dos o mas Fuerzas Armadas bajo el comando de un solo comandante”(124). En apoyo del sistema de represión ilegal concurrieron los organismos Policiales de las delegaciones de la Policía Federal y de las Policías Provinciales, Gendarmería, Prefectura, Servicios Penitenciarios. De este sistema de represión ilegal se desprendieron las patotas que secuestraron, saquearon, violaron y mataron con total impunidad y se articularon sobre la base de los distintos órganos de inteligencia de las fuerzas bajo control operacional. Es por ello que cuando se analice la responsabilidad operativa primaria deberá tenerse en cuenta no solo al Comandante de Zona, Comandante de Sub Zona y Jefe de Área, sino además a los Jefes de Destacamentos y de Secciones de Inteligencia (G2 y S2) del Estado Mayor Cdo. De Zona, Subzona y Área. Dependientes del Ministerio del Interior en cada Zona, Subzona y Área y en apoyo de las mismas actuaron los Jefes de las Delegaciones de la Policía Federal, los D2 (Inteligencia de la Delegación) y Grupos de Tareas. La Gendarmería proporcionó también a través de sus jefes, los S 2 (Inteligencia) y grupos de tareas el respaldo necesario al sistema instrumentado por los Comandos de Zona, Sub Zona y Jefatura de Área. En las Provincias actuaron con responsabilidad subdirecto a Jefatura de Área: el Gobernador de Provincia, el Ministro de Gobierno, el Jefe de Policía Provincial, el D2 (Inteligencia), Jefe de Policía Local, D2 Policía Local, Director de Unidad Penitenciaria (125 ). El Servicio Penitenciario Federal a través del Director de la Unidad Penitenciaria con asiento en el Comando de Zona, Sub Zona y Área tuvo responsabilidad de lo ocurrido en la represión ilegal.

124

“Sobre Áreas y Tumbas-Informe sobre desaparecedores”- de Federico y Jorge Mittelbach-Editorial Sudamericana-Pág. 16,17.-.125 “Sobre Áreas y Tumbas-Informe sobre desaparecedores”- de Federico y Jorge Mittelbach-Editorial Sudamericana-Pág. 33.-

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David Arnaldo Leiva

LA ZONA OPERACIONAL Nº 3. El Comando de Zona 3 tenía su Jurisdicción sobre las Provincias de Córdoba, SanLuis, Mendoza, San Juan, La Rioja, Catamarca, Santiago del Estero, Tucumán, Salta y Jujuy ( 1 26 ) y estaba bajo dependencia de Comandantes del Cuerpo de Ejercito III, con asiento en Córdoba.Esta Zona Operacional tuvo como responsable entre los años 19751979 a las siguientes personas: -Gral. Luciano Benjamín Menéndez. -G-2 (Inteligencia) Coronel Losardo Antonio. En los archivos de los organismos de derechos humanos y en la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación se registraron en jurisdicción del Tercer Cuerpo de Ejercito (zona 3) la cantidad de 2.086 personas secuestrados y desaparecidos, de las cuales solo 13 fueron liberadas y 374 se registraron como muertos o localizados sus restos.

Subzona 32: JURISDICCIÓN: Tucumán, Salta, Jujuy.El Comando de la Subzona 32 tenía su Jurisdicción sobre las Provincias de Santiago del Estero, Tucumán, Salta y Jujuy ( 127 ) y estaba bajo la dependencia de Comandantes de la Brigada de Infantería V, con asiento en la ciudad de San Miguel de Tucumán.Esta Sub Zona Operacional tuvo como responsable: Desde Enero a Diciembre de 1975. Gral. Adel Edgardo Vilas. Diciembre 1975 a diciembre de 1977. Gral. Bussi, Antonio Domingo.125

“Sobre Áreas y Tumbas-Informe sobre desaparecedores”- de Federico y Jorge Mittelbach-Editorial Sudamericana-Pág. 33.126 “Sobre Áreas y Tumbas...” Ob. Cit.,pág. 19.127 “Sobre Áreas y Tumbas...” Ob. Cit.,pág. 21.-

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Tropiezos en la Memoria

Diciembre de 1977 a Febrero de 1979. Gral. Martella, Luis Santiago. Febrero 1979. Gral. Podesta Miguel Ángel. Del total de víctimas en la Jurisdicción del 3er. Cuerpo de Ejercito 906 personas son las víctimas registradas en la subzona 32. De estas 906 personas que sufrieron el secuestro forzado y su desaparición posterior solo 3 fueron liberadas y 110 están registrados como muertos o localizados sus restos.

Área 322: JURISDICCIÓN: Provincia de Salta En el Área 322, Jurisdicción de la Provincia de Salta, existían en el periodo en cuestión los siguientes regimientos, destacamentos, compañías y unidades del Ejército: -Exploración de Caballería Blindada 141. -Compañía de Ingeniero de Montaña 5. -Destacamento de Inteligencia 143. -Regimiento de Infantería de Monte 28. -Distrito Militar “Salta”. -Hospital Militar “Salta” (Compañía de Sanidad 5).(128 )

Esta Área tuvo los siguientes responsables: Desde Octubre de 1975 a Noviembre de 1977. Coronel Mulhall, Carlos Alberto.

128

Regimientos, Destacamentos, Compañías y unidades en Salta del Ejercito Argentino en el periodo 1976-1983. Información brindada por el General de Brigada Eduardo Alfonso-Secretario General del Ejercito año 2000.-

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2do. Jefe Tte. Coronel Joaquín Alemán (129)-Hasta 12/76 2do. Jefe Tte. Coronel Héctor Francisco Gorriti-Desde 12/76 Desde Diciembre de 1977 a Octubre de 1979. Coronel Aguado Benítez Mario. Desde Octubre de 1979 a Septiembre de 1981. Coronel Mercau, Héctor Juan. Desde Septiembre de 1981. Coronel García Manuel

Compañía de Ingenieros de Montaña 5: Jefe Mayor Julio Eduardo Ratto - hasta 12/77 Jefe Mayor Juan Alberto Curti - Desde 12/77

Distrito Militar Salta Jefe Tte. Cnel. Carlos Alberto Molina Columbres – hasta 12/77 Jefe Tte. Cnel. José Manuel Lobos-desde 12/77 

Otros Militares que actuaron como Jefes hasta el año 1977 en elÁrea 322. Jefe del Departamento de Gravado del comando en Jefe Cnel. Orlando Costa. Jefe de Operaciones Mayor Alberto Bernard. Jefe de Logística Mayor Horacio Zenarruza.

129

Reconoció haber participado activamente en el Operativo Independencia, siendo uno de los Jefes del Grupo de Tareas El Rayo.

109

Tropiezos en la Memoria

Capitán Ubaldo Vujovich (130 ) Capitán Luis Dubois Tenientes 1ª Brígido Zabaleta Teniente 1ª Héctor Salvador Girbone

Sub Área: Departamentos de Oran, San Martín, Rivadavia, Santa Victoria. 28.-

Estaba bajo la jurisdicción del Regimiento de Infantería de Monte

Esta Sub-Área tuvo los siguientes responsables: Desde Octubre 1975 a octubre de 1977. Jefe-Tte. Coronel Rios Ereñu, Héctor Luis. 2do. Jefe Mayor Ernesto Alejandro Repessi. Desde Octubre de 1977 a Octubre de 1979. Tte. Coronel Domínguez Roberto Felipe. Desde Octubre de 1979 a Septiembre de 1981. Tte. Coronel Vivas Francisco Federico. Desde Septiembre de 1981. Tte. Coronel Alfaya, Héctor Antonio.

Sub Área: Metan, Rosario de la Frontera. Esta Sub Área lo tenía como responsable al Capitán Félix Valenti Figueroa a partir de Marzo de 1976 (1 31).

El Destacamento de Inteligencia 143 del Área 322 tuvo a los 130

Era el oficial del Ejército que concurría al Penal de Villa Las Rosas a controlar a los presos políticos.

110

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siguientes responsables.Desde Octubre de 1974 a Noviembre de 1976. Tte. Coronel Baudini, Osvaldo Mario. Desde Noviembre de 1976 a Enero de 1979. Tte. Coronel González Roberto Jesús. Desde Enero 1979 a Septiembre de 1980 Tte. Coronel Messina Juan. Desde Septiembre de 1980 Tte. Coronel Sierra Osvaldo Lucio. “En Rigor, la guerra sucia estuvo, casi en forma exclusiva, en manos de una elite –despreciable, criminal, pero elite al fin-:los servicios de inteligencia de cada una de dichas fuerzas, bajo el mando si de quienes conformaron las sucesivas Juntas de Comandantes en Jefe y de quienes ejercieron los Comandos de Zona y de subzona y las Distintas Jefaturas de Área” (132). Bajo el Control de la Marina estuvieron las siguientes instituciones:

L I C E O N AVA L M I L I TA R D O C T O R F R A N C I S C O D E GURRUCHAGA Demarco Eduardo Rubén Tome Manuel

18-2-80

Director 18-2-80 12-81

Gandolfo Julio Cesar Fariña Alfredo 12-83

Director 15-10-77

Director 12-81

12-82

Director y a partir de abril 1983 Jefe de la Región Naval NOA 12-82

Lavarias Carlos Alberto Director a cargo y Jefe de la Región Naval NOA Marin Jorge Alberto Jefe de Cuerpo y enseñanza 15-10-77

12-83

05-12-83

4-79

Marin Carlos Alberto 131 132

Esta información surge del Diario El Tribuno del 28-3-76, pág. 12.“Sobre Áreas y Tumbas...” Ob. Cit.,pág. 24.-

111

Tropiezos en la Memoria Jefe de cuerpo y enseñanza Lozano Raúl Daniel Subdirector 2-81

4-79

11-02-81

12-82

Colina Jorge Francisco Subdirector 08-12-82 Lavarias Carlos Alberto Subdirector 1-83

22-01-83

05-12-83

D E L E G AC I O N INCORPOR ACION NAVAL SALTA Y DELEGA CION DE DIBA SALTA (133 ) Barni Ángel Cesar Jefe

01-10-75

31-12-79

01-01-80

01-01-84

Figueroa Omar Andrés Pío

Jefe

FUERZAS EJÉRCITO

BAJO

CONTROL

OPERACIONAL

DEL

En la Provincia de Salta la Jefatura de Área tenía elementos orgánicos, propios o asignados, bajo control operacional y es por ello que dependían de los mismos la Gendarmería Nacional, la Policía Federal, la Policía Provincial, el Servicio Penitenciario y las formaciones “especiales” asignadas al efecto, al igual que otras Áreas, en las que se cuadriculó el territorio argentino, a fin de llevar adelante el plan terrorista. Bajo la Jefatura del Área 322, en la Provincia de Salta operaron en la represión ilegal, integrantes de las siguientes fuerzas:

-Delegación de la Policía Federal. -Gendarmería Nacional: Agrupación VII y Escuadrón 20 Orán. -Policía Provincial. -Servicio Penitenciario.

POLICÍA FEDERAL – DELEGACIÓN SALTA- (1 34) La Delegación Salta de la Policía Federal tuvo a los siguientes responsables:  133

Fº 279 Expte. Nº 328/00

112

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Año 1975 Delegado: Comisario Ernesto Federico Livy.

Año 1976 Jefe de Área IV de Superintendencia de Seguridad Federal con Jurisdicción sobre Tucumán, Salta y Jujuy: Comisario Inspector Ernesto Federico Livy.

Año 1976 Delegado: Comisario Tassara, Marcelo Roberto (01/76). Sub delegado: Sub Comisario Alonso José Alberto (01/76). Sub delegado: Sub Comisario Correa Manuel (03/76).

Año 1977 Delegado: Comisario Spinelli, Hugo Antonio (01/77). Sub delegado: Sub Comisario Monti Inspector Principal: Gustavo Mosquera. Inspector Principal: Jorge Velazco.

Año 1978 Sub Comisario Matwiejczuk, Pedro (01/78). Sub Comisario Monti, Luis Maria (01/78). Sub Comisario Barbosa, José Luis (12/78). Sub Comisario Cantelmi, Arístides (12/78).

Año 1979 Sub Comisario Suárez, Héctor (01/79).

 134

Información Brindada por el Subcomisario Raúl José Timossi a/c Jefatura División Jefes y Oficiales de la Policía Federal Argentina.- 

113

Tropiezos en la Memoria

Comisario Pérez, José Jorge (12/79).

Año 1981 Sub Comisario Siffredi, Alberto Luis (03/81).

Año 1982 Comisario Palmero, Roberto (01/82).

GENDARMERIA NACIONAL AGRUPACIÓN VII Jefe-Cte. Mayor Elmo Veron

1976

Jefe-Cte. Mayor Felipe Ramiro Blázquez 1976 2º Comandante Adolfo Tomas Güemes-Oficial de Inteligencia 1975 - 02/78 2do. Jefe Cte. Principal Duillo Ignatti

1975 al 29-9-76

Jefe Cte. Principal Luis Ramón Hormanstorfer (1 ) 29-9-76/77 2do. Jefe Cte. Principal Adrian Russo

29-9-76/77

Comandante Edgardo Martínez- Oficial de Inteligencia 02/78

ESCUADRON 20 ORAN Jefe-Cte. Pr. Diego Alejandro Varas

26-1-76 al 16-8-76

2do. Jefe Cte. Augusto Kullman 1975/1976 Jefe Cte. Pr. Raúl Hipólito Grazzia 17-8-76 al 11-12-77 2do. Jefe Cte. Tito Alberto Silva

1977

Jefe Cte. Pr. Juan Nicasio Boari

11-12-77 al 16-12-79

2do. Jefe Cte. German Julio Vera Año 1978/1979 Cte. Pr Ramón Francisco Arrua

17-12-79 al 12-12-81

114

David Arnaldo Leiva

SECCION EMBARCACION Alférez Mario Raúl Patane (1 36)

Policía de la Provincia de Salta (137 ). La Policía de la Provincia de Salta tuvo a los siguientes responsables:

Año 1976 Jefe de Policía: Tte. Coronel Miguel Raúl Gentil. Sub Jefe de Policía: Tte. Cnl. Virton Mendia. Jefe de Policía: Tcnl. Virtom Mendíaz (138 ) Sub Jefe de Policía: My Juan Carlos Grande (139 ) Jefe de Policía Interino: My Juan Carlos Grande (140 ) Departamento de Informaciones: D-2: Inspector Gral. Abel Vicente Murua. Departamento de Personal D-1:Insp. Gral. Roberto Arredes. Departamento de Logística D- 4:Insp. Gral. Jorge Ponce de León. Departamento Judicial D- 5:Inspector Mayor Antonio Falcone. Asesoría Letrada: Inspector Gral. Alberto Velarde. Administración: Inspector Gral. Ramón Elias. Dirección de Comunicaciones: Crio. Merardo Bonari. Secretaria Gral. y Rel. Pol.: Sub Comisario Víctor Alberto Burgos. 135

En el año 1969 realizó estudios en la Academia de Policía con asiento en Washington, EEUU y luego en la Escuela de Patrullas de Frontera con asiento en Yuma, EEUU. 136 El 24 de marzo de 1976 fue Interventor de la Municipalidad de Embarcación. También estuvo como Jefe de la Sección Ledesma de la Gendarmería Nacional. En 1985 llego al grado de Comandante del Escalafón General de Gendarmería, revistando como Jefe de la Sección Comando y Servicios de la 4ª Agrupación Misiones de la Gendarmería Nacional. 137 Información que rola a fs 371/382 del Expediente 328/00 brindada por la Secretaría General de la Gobernación en el Juicio de la Verdad.-

115

Tropiezos en la Memoria

Unidad Regional nº 1 Salta Capital y Director de Seguridad: Inspector Gral. Joaquín Guil.Comisaría Primera: Sub comisario Claudio Alberto Marquez.Comisaría Segunda: Comisario Roberto Agustín Tacacho.Comisaría Tercera: Comisario Víctor Hugo Almiron.Comisaría Cuarta: Sub Comisario José Manuel Reinoso.Comisaría Quinta: Comisario Principal Dionisio Ramírez.Comisaría del Carril: Comisario Ppal. Luis A. M. de Vancosello.Comisaría de Cerrillos: Comisario Héctor Cansino. Comisaría Gral. Güemes: Crio. Ppal. Julio Oscar Correa. Comisaría de S.A.Cobres: Crio. Ppal. Julio Ernesto Quiroga. Comisaría Campo Quijano: Crio. Abelardo Raul Fernández. Comisaría Cnel. Moldes: Sub Crio.Fausto Lopez. Sub Comisaría Bº El Tribuno: Crio. Roberto Agustín Tacacho. Unidad Regional nº 2 (Norte Oran): Inspector Gral. Alberto Ralle. Comisaría de Tartagal: Crio. Ppal. Eugenio Aramayo. Comisaría de Pocitos: Crio. Ppal. Celedonio Morales. Comisaría de Embarcación: Crio. Insp. Arturo Madrigal. Comisaría de Colonia Santa Rosa: Comisario Luis Aguirre. Unidad Regional nº 3 (Sur-Metan): Insp. My. Eduardo Lucio Jandula. Comisaría de Rosario de la Frontera: Comisario Insp. Enrique 138

Decreto 3877-Cese 28-12-76. Decreto 2201- Designación 17-09-76. 140 Decreto 3878-Designación 28-12-76. 139

116

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Mendieta. Comisaría del Galpón: Sub Crio. Guillermo Martín Zerpa. Comisaría Río Piedras: Sub Comisario Ricardo Alberto Toranzos. Sub Comisaría El Dorado: Sub Comisario Anselmo Estanislao Rios. Jefe de Control Gral. Zona de Cafayate: Comisario Mayor Santiago Matías Pedroza.

Año 1977.Jefe de Policía: Coronel Carlos A. Carpani Costa. Sub Jefe de Policía: Mayor Juan Carlos Grande.Departamento de Informaciones: D-2: Inspector Gral. Abel Vicente Murua. Unidad Regional nº 1 Salta Capital: Inspector Gral. Joaquín Guil.Comisaría Primera: Sub comisario José Manuel Reinoso. Comisaría Segunda: Sub Comisario Claudio Alberto Marquez. Comisaría Tercera: Comisario Roberto Agustín Tacacho. Comisaría Cuarta: Comisario Víctor Hugo Almiron. Comisaría Quinta: Comisario Misael Sanchez. Comisaría de Cerrillos: Comisario Héctor Cansino. Comisaría Cnel. Moldes: Sub Comisario Humberto Vicente Gonzalez. Sub Comisaría Bº El Tribuno: Sub Comisario Roberto Camaño.

Año 1978.Jefe de Policía: Mayor Juan Carlos Grande.Director Gral. De Seguridad: Inspector Gral. Joaquín Guil.-

117

Tropiezos en la Memoria

Departamento de Informaciones: D-2: Inspector Gral. Abel Vicente Murua. Unidad Regional nº 1 Salta Capital: Inspector Gral. Mario Víctor Palermo. Comisaría Primera: Comisario José Ignacio Molina. Comisaría Segunda: Comisario Adolfo Marcelino Villalba. Comisaría Tercera: Comisario Ppal. Humberto Jimenez. Comisaría Cuarta: Sub Comisario Néstor Ramón Echenique. Comisaría Quinta: Comisario Pedro Valdivieso. Comisaría Sexta: Crio. Severino Calpanchay. Comisaría Séptima: Crio. Ppal. Ricardo Aguirres. Comisaría Octava: Crio. Víctor Hugo Choque. Comisaría Novena: Crio. Jesús Adolfo Zimmer. Comisaría Décima: Sub Crio. Justo Marciano Alemán. Comisaría Once Gral. Güemes:Crio. Juan Carlos Avila. Comisaría doce Cafayate: Crio. Victor Hugo Almiron. Brigada de Investigaciones: Crio. Insp. Victor Alberto Burgos. Compañía de Infantería: Crio. Insp. Misael Sánchez.

Año 1979.Jefe de Policía: Tte. Cnel. Yago Luis de Gracia. Unidad Regional nº 1: Insp. Gral. Joaquín Guil. Compañía de Infantería: Crio. Ppal. Juan Carlos Ulloa. Departamento de Informaciones: D-2:Insp. Gral. Abel Vicente Murua.

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David Arnaldo Leiva

Departamento de Personal D-1:Insp. Gral. Roberto Arredes. Departamento Operaciones D-3 Insp. Gral. Domingo Cuevas. Departamento de Logística D- 4: Crio. Inspector Antonio Saravia. Crio. Inspector Mario René Leal. Crio. Insp. My. Antonio Saravia. Crio. Insp. Mario René Leal. Departamento Judicial D- 5:Insp. My Abel Guaymas. Dirección de Comunicaciones: Crio. Ppal. Merardo Bonari. Comisaría Primera: Crio. Inspector Roberto Agustín Tacacho. Comisaría Segunda: Comisario Mario Reinaldo Pachao. Comisaría Tercera: Comisario Juan Carlos Avila. Comisaría Cuarta: Comisario Claudio Alberto Marquez. Comisaría Quinta: Comisario Víctor Hugo Boccos. Comisaría Sexta: Crio. Roberto Marquieguez. Comisaría Séptima: Crio. Ppal. Luis Pastrana. Comisaría Octava: Crio. Ppal. Eduardo Humberto Zona. Comisaría Once Gral. Güemes:Crio. Insp. Julio Oscar Correa. Comisaría Doce Cafayate: Crio. Inspector Ramon Jacinto Rivas. Unidad Regional Norte Oran: Insp. Gral. Mario Victor Palermo. Unidad Regional Sur Metan: Insp. Gral. Héctor René Trovatto.

119

Tropiezos en la Memoria

Año 1980: Jefe de Policía: Tte. Cnel. Yago Luis de Gracia. Sub Jefe de Policía: My. Jose Rafael Diaz Colodrero. Depar tamento de I nformaciones: D -2:I nsp. Gral. Héc tor René Trovatto. Departamento de Logística D- 4:Crio. Insp. Ramón Fortunato Geria. Departamento Judicial D- 5:Insp. My Abel Guaymas. Dirección de Comunicaciones: Crio. Insp. My. Antonio Saravia. Brigada de Investigaciones: Crio. Ppal. Victor Alberto Burgos. Unidad Regional nº 1: Insp. Gral. Mario Víctor Palermo. Crio. Inspector Misael Sánchez. Crio. Inspector Mario René Leal. Año 1981. Jefe de Policía: Tte. Cnel. Yago Luis de Gracia. Unidad Regional nº 1: Insp. Gral. Enrique Mendieta. Depar tamento de I nformaciones: D -2:I nsp. Gral. Héc tor René Trovatto. Departamento de Logística D- 4:Crio. Insp. Ramon Fortunato Geria. Dirección de Comunicaciones: Crio. Insp. My. Antonio Saravia. Brigada de Investigaciones: Crio. Ppal. Luis Gabriel Gimenez.

Año 1982.Jefe de Policía: Tte. Coronel. Raúl Juan Rioboo. Sub Jefe de Policía: Insp. Gral. Enrique Mendieta.

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Año 1983.Jefe de Policía: Tte. Coronel. Raúl Juan Rioboo. Sub Jefe de Policía: Insp. Gral. Enrique Mendieta. Departamento de Inteligencia D- 2: Crio. Insp. Pedro Valdivieso.

Servicio Penitenciario 1976-1983 Director General Perez Héctor Bernardino Director General Aybar Manuel de la Cruz Director General Fossaatti Mario Eduardo Director General Sauma Ramón Hugo Director General Daher Ernesto Prefecto Arias Pablo Bonifacio Director U.C.1,Director U.C.2 Prefecto Mayor Albornoz Waldo Alberto, Director U.C.1,Director U.C.3 Prefecto Mayor Gutiérrez Víctor Alberto Director U.C.1 Alcaide Mayor Rodríguez Víctor Manuel Director U.C.1 Prefecto Barco Elio Ambrosio Director U.C.2 Sub Prefecto Carrizo Eduardo Director U.C.2 Sub Prefecto Wierna Rubén Artemio Director U.C.2 Sub Prefecto Pastrana Tito Director U.C.2 Sub Prefecto Guantay Martín Director U.C.2 Alcaide Cruz Francisco Director U.C.3 Prefecto Mayor Avila Berlan Director U.C.3 Alcaide Mayor Alzugaray Juan Carlos Director U.C.3

121

Tropiezos en la Memoria

Sub Prefecto Crespo Adolfo Director U.C.3 Alcaide Mayor Maggi Bernardino Director U.C.3 Sub Prefecto Hna. Ocaña Maria Delia Hogar del Buen Pastor (Ex Cárcel de Mujeres).

INTERVENTORES MILITARES Y MINISTROS (141) Año: 24-3-76 al 22-4-76 Coronel Mulhall, Carlos Alberto (Interventor Militar) Tte. Coronel Baudini Osvaldo Mario (Ministro de Gobierno, Justicia y Educación) Cnel. Médico Remis Mario Antonio (Ministro de Bienestar Social)

Año: 22-04-76 al 18-4-77 Cap. Navío (RE) Gadea Héctor Damián Cnel. Di Pascuo Raúl Ernesto (Ministro de Gobierno, Justicia y Educación) Tte. Cnel. Delucchi Julio Celestino (Ministro de Economía) Ing. Cornejo Andrés (Ministro de Economía) Agr. Escotorin Carlos Enrique (Ministro de Bienestar Social) CPN Cataldi Ernesto Mario (Ministro de Bienestar Social)

Año: 19-04-77 al 21-2-83 Cap. Navío (RE) Ulloa Roberto Augusto Cap. Frag. (RE) Davids René Julio (Ministro de Gobierno, Justicia y Educación) DR. Folloni Jorge Oscar (Ministro de Gobierno, Justicia y Educación) 141

Información brindada por la Dra. Sonia Margarita Escudero-Secretaría General de la Gobernación de Salta.-

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David Arnaldo Leiva

Ing. Cornejo Andrés (Ministro de Economía) Ing. Sosa Rafael Luis(Ministro de Economía) Dr. Lynch Santiago Alejandro (Ministro de Economía) Ing. Muller Pablo Antonio (M inistro de Economía-Ministro de Bienestar Social) CPN Sansberro Jorge Ramón (Ministro de Economía) Cap. Fgta. Coll Marcelo (Ministro de Bienestar Social) Dr. Sola Figueroa Gaspar Javier (Ministro de Bienestar Social)

Año: 22-02-83 al 11-12-83 C.P.N. Plaza José Edgardo Dr. Diaz Roberto Enrique (Ministro de Gobierno, Justicia y Educación) CPN Vicente Julio Ángel (Ministro de Economía) Dr. Salazar Gustavo Enrique (Ministro de Bienestar Social)

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Tropiezos en la Memoria

LOS JUECES DE LA VERGÜENZA Entre los años 1975 y 1983, los familiares de los detenidos presentaron ante la judicatura salteña decenas de recursos de hábeas corpus y denuncias por privación ilegítima de libertad con el fin de obtener información sobre el destino y paradero de las personas desaparecidas. “El Poder Judicial, que debía erigirse en el freno del absolutismo imperante, devino en los hechos en un simulacro de la función jurisdiccional para la cobertura de su imagen externa….En conclusión, durante el período en que se consumó la desaparición masiva de personas, la vía judicial se convirtió en un recurso casi inoperante. Es más, casi se podría afirmar que, durante el régimen militar, el derecho a la vida, a la integridad física y a la libertad individual poco tuvo que ver con lo que dijeran los Jueces;… (142 ).La Justicia Federal de Salta, los Ministros de la Corte de Justicia de la Provincia, los Jueces de Instrucción y los Fiscales Penales tenían el poder de investigar y la titularidad de la acción para acusar, encarcelar y condenar a las patotas que impunemente avasallaban los mas elementales derechos del hombre y del ciudadano, por lo que señalamos a quienes se desempeñaron en la magistratura judicial en este período, muchos de los cuales vergonzantemente ante el temor, la desidia o el encubrimiento no actuaron en cumplimiento de su mandato, razón por la que, a tres décadas, estos crímenes siguen sin Juzgamiento. “El Dr. Eugenio Zaffaroni, actual juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la audiencia previa a su acuerdo en el Senado de la Nación, fue elocuente al decir que cuando era juez en lo penal con competencia en la ciudad de Buenos Aires, durante el proceso militar, le fue imposible investigar estas cuestiones. Lo mismo me paso a mi, con la diferencia de que fue infinitamente menor el número de habeas corpus por desapariciones.”, supo decir el Ex Juez Federal de Salta Dr. Ricardo Lona, en el Juicio de la Verdad.(142 bis )

142 142

Nunca Mas, Pág. 392.bis Fs 2113 vlta. Juicio por la Verdad Histórica de Salta.

124

David Arnaldo Leiva

Cuando se piensa que los Jueces Federales o Provinciales de Salta y los fiscales juraron por el Estatuto de la dictadura terrorista y se comprometieron, en consecuencia, a “terminar con el desgobierno, la corrupción y el flagelo subversivo”, propósito firme enunciado por las Fuerzas Armadas, entendieron que “el ejercicio severo de la autoridad p a ra e r ra d i c a r d e f i n i t i v a m e n te l o s v i c i o s q u e a fe c t a n a l p a í s” necesitaba de una Justicia pusilánime para el combate “sin tregua a la delincuencia subversiva, abierta o encubierta”, “No se tolerará la corrupción o la venalidad bajo ninguna forma o circunstancia, ni tampoco cualquier trasgresión a la ley en oposición al proceso de reparación que se inicia.”, tal como lo formulaba la proclama del golpe.

Ley 21258-Sancionada y Promulgada 24-3-76publicada 29-3-76 (143) Art. 1°.-.... Art. 2°- Cesen en sus cargos los señores miembros de los tribunales superiores de todas las provincias.Art. 3°.-Declárase “en comisión” a la totalidad de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación y de los Poderes Judiciales de todas las provincias”. Art. 5°.- Los Magistrados y Funcionarios que se designen y los que sean confirmados, deberán prestar juramento de acatamiento a los objetivos básicos fijados por la Junta Militar, estatuto para el proceso de reorganización nacional y la Constitución Nacional en tanto no se oponga a aquellos.

Ley 21250-Sancionada y Promulgada 24-3-76-publicada 26-3-76. Art. 2.5. Al tomar posesión de su cargo prestará juramento.... “Sr. N.N., juráis por Dios Nuestro Señor y estos Santos Evangelio desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de Ministro de la Corte de Justicia/Juez de la Provincia de Salta y observar y hacer observar

143

Modificada por ley 21279 del 31-3-76: “Art. 1°.-Suprimese el último párrafo del art. 5 de la L. 21258 que dice: “...en tanto no se oponga a aquellos”.Art. 2...”.-

125

Tropiezos en la Memoria

fielmente los objetivos básicos fijados, el Estatuto para el Proceso deReorganización Nacional y la Constitución de la Nación Argentina”.-Sí Juro.“Si así no lo hicierais, Dios y la Patria os lo demanden”. Los jueces designados antes del 24 de marzo de 1976 juraron por hacer respetar la Constitución Argentina y al continuar su desempeño durante el Proceso de Reorganización Nacional lo hicieron por su Estatuto cometiendo perjurio, en el que reincidieron en la democracia posdictatorial al permanecer en la magistratura, lo que muestra la degradación de la Justicia que debía investigar y juzgar los crímenes cometidos contra el genero humano.

126

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P O D E R J U D I C I A L D E S A LTA C O R T E D E J U S T I C I A DE SALTA Pérez Benjamín Dec. 95/76 Corte de Justicia Ministro de Feria Torino Julio Antonio Dec. 495/76 Corte de Justicia Ministro-Presidente Renuncia Vidal Frías José Ricardo Dec. 495/76 Corte de Justicia Ministro Perez Benjamín Dec. 495/76 Corte de Justicia Ministro 76-05-04 Ovejero Sola Daniel Dec. 495/76

76-03-26-B.O.

76-04-14

76-03-26- B.O. 76-05-04 Dec.3026 77-08-02

76-03-26-B.O. 76-05-04 76-03-26

-B.O.

Corte de Justicia Ministro 76-03-26-B.O. 76-05-04 Renuncia Dec.9 79-01-11

Uriburu José Juan Carlos Dec. 495/76 Corte de Justicia Ministro 76-03-26-B.O. 76-05-04 Renuncia Dec. 545-G 80-04-08 Torino Adolfo Domingo Dec. 495/76 Corte de Justicia Ministro 76-03-26- B.O. 76-05-04 Renuncia Dec.1245-G 80-09-08 Gomez Augier Antonio Dec. 495/76 Corte de Justicia Ministro 76-03-26-B.O. 76-05-04 Renuncia Dec 1594 83-10-19 Escudero Roberto Dec. 3029/77

Corte de Justicia Ministro 77-09-12-B.O. 77-10-04 Renuncia Dec.1974 83-05-12

Monico Saravia Abel Dec. 1247-G Corte de Justicia Ministro

127

80-09-08-B.O. 80-9-11

Tropiezos en la Memoria

JUECES DE INSTRUCCIÓN DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO Di Salvo Mario Juez Instrucción-1ª Nominación

1976

Saravia Toledo Rogelio Dec. 573 B.O. 76-05-13

Juez Instrucción 2ª Nominación

76-05-06

Saravia Royo Juan Jose Dec. 573 B.O. 76-05-13

Juez Instrucción 3ª Nominación

76-05-06

Trincavelli Jorge Alberto Dec. 643 B.O. 76-05-14 Juez Instrucción 4ª Nominación Frezse Armando José Dec. 2325 B.O. 77-08-01 Juez Instrucción 4ª Nominación

77-07-08

López Figueroa Jaime Dec. 2897 G B.O. 77-09-12 Juez Instrucción 1ª Nominación

77-08-24

76-05-11

Marinaro Fernando Carmelo Dec. 180 B.O. 80-02-12 Juez Instrucción Sumaria 4ª Nominación 80-01-29 Granata Enrique A Dec. 180 B.O. 80-02-12

Juez Instrucción Sumaria 1ª Nominación 80-01-29

Lovaglio Javier Dec. 180 B.O. 80-02-12

Juez Instrucción Sumaria 2ª Nominación 80-01-29

Salico de Martinez Susana B Dec. 180 B.O. 80-02-12 Juez Instrucción Sumaria 3ª Nominación 80-01-29 Robles Julio H. Dec. 180 B.O.80-02-12

Juez Instrucción Sumaria 4ª Nominación 80-01-29

Yobe Mirta Gladis Dec. 321 B.O.81-04-02

Juez Instrucción Sumaria 4ª Nominación 81-03-26

Avblutin Suarez Marcelo E Dec. 750 B.O. 81-06-11 Juez Instrucción Formal 3ª Nominación

81-06-02

Distrito Judicial del Norte Oran-Tartagal Herrera Justo Antonio Dec. 1443 B.O. 76-08-10 Juez Instrucción Orán 76-07-14 Renuncia Dec. 1192 81-09-10 Costas Luis Felix Dec. 636 B.O. 77-3-31

Juez Instrucción Orán

128

77-03-14

David Arnaldo Leiva Mendia Campos Julio Normando Dec. 1348 G B.O. 79-10-24 Juez Instrucción Tartagal Yazlle José Dec. 1164 B.O. 80-08-29 Juez Instrucción Formal Tartagal Quiroga Humberto Elio Dec. 1419 B.O. 81-11-06 Juez Instrucción 2ª Nominación Orán

79-10-11 80-08-22 81-10-29

Distrito Judicial del Sur: Metan Ovruti Suarez Marcelino Enrique Dec. 1678 B.O. 76-08-27 Juez Instrucción Distrito Sud Sierra Paz José Ignacio Dec. 2898 B.O. 77-9-12 Juez Instrucción 1ª Nominación Distrito Sud Renuncia Dec. 189 Yazlle Guillermo José Dec. 952 B.O.81-7-22 Juez Instrucción 2ª Nominación Distrito Sud Renuncia Dec. 1353 Medina Antonio Dec. 1496 B.O. 81-11-19 Juez Instrucción 2ª Nominación Distrito Sud

76-08-03 77-08-24 83-12-26 81-07-13 81-10-14 81-11-10

FISCALES PENALES Salico de Martínez Susana B Dec. 2065 G B.O. 79-01-15 Vidal Silvia Teresita Dec. 2065 G B.O. 79-01-15 Marinaro Fernando Carmelo Dec. 2065 GB.O. 79-01-15 Bustos Ralle Silvia del Valle Dec. 2065 G B.O.79-01-15 Pérez. José Héctor Silisque, Antonio Omar Lucas Lencinas

Fiscalía Penal 1

78-12-21

Fiscalía Penal 2

78-12-21

Fiscalía Penal 3

78-12-21

Fiscalía Penal 4

78-12-21

Fiscalía Penal Oran

Cese Dec. 2792 76-10-31

Fiscalía Penal Oran

1982

Fiscalía Penal Oran

1982



129

Tropiezos en la Memoria

JUSTICIA FEDERAL Juez Federal: Dr. Ricardo Lona.FISCALES FEDERALES Dr. Vicente Masafra.LISTADO DE HABEAS CORPUS PRESENTADOS Año de Inicio /

Expte. Nº / CARATULA MATERIA / Año de Archivo

1974 / 83.846/ Recurso de Habeas Corpus sol. / SALAZAR DE AHUERMA Pilar a favor de AHUERMA Marcelo Cristian / Recurso de Habeas Corpus / 1975 1975 / 84.312/ Recurso de Habeas Corpus sol./ DAHN HOLMSQUIST María Angélica a favor de HOLMSQUIST Carlos Arturo Benito Recurso de Habeas Corpus / 1975 1975 / 84.328/ Recurso de HABEAS hábeas Sol./ CHAMORRO José Fernando a favor de ARAMAYO José Paulino; ALVAREZ Segundo; RAMOS Marcelo José y PASTRANA Humberto René Recurso de Habeas Corpus / 1976 1975 / 84.333/ Recurso de Habeas Corpus sol./ CHAMORRO José Fernando a favor de ARAMAYO Carlos Oscar Recurso de Habeas Corpus / 1975 1975 / 84.334/ Recurso de Habeas Corpus sol./ CHAMORRO José Fernando a favor de SANTACRUZ MELGAREJO Víctor Manuel Recurso de Habeas Corpus / 1975 1975 / 84.586/ Recurso de Habeas Corpus sol./ SERAPIO Julio a favor de SERAPIO Solano Recurso de Habeas Corpus / 1975 1975 / 84.613/ Recurso de Habeas Corpus sol. PEREZ Máximo José a favor DEL VALLE PEREZ HANSEN Raúl Eduardo. Agreg. p/cda. Expte. Nº 84.614/75 s/ Recurso de Habeas Corpus solicita LOPEZ Emeterio a favor de LOPEZ MEDINA Graciela Matilde Recurso de Habeas Corpus 1975 1975/ 85.314/ Recurso de Habeas Corpus sol./ RODRIGUEZ Mariano Agustín Recurso de Habeas Corpus / 1975 1975/ 86.136/ Recurso de Amparo sol. DICHI DE BARBA Raquel a favor de BARBA Julio Jorge Recurso de Amparo / 1975 1976/ VALLE

86.162/ Recurso de Amparo sol./ PEREZ DE HANSEN Raúl Eduardo del Recurso de Amparo / 1976

1976/ 86.220/ Recurso de hábeas Corpus sol./ TORRES DE VENEGAS Lucia Magdalena Recurso de Habeas Corpus / 1976 1976/ 86.280/ Recurso de Habeas Corpus sol./ NEIBURG José y BARON DE NEIBURG Raquel Recurso de Habeas Corpus / 1976 1976/ 86.348/ Recurso de amparo sol./ PEREZ Gabriel a favor de ALVAREZ Alberto Recurso de Amparo / 1976

130

David Arnaldo Leiva

1976 / 86.352/ Recurso de Amparo sol./ FRIAS DE CLEMENTE Alicia Margarita a favor de CLEMENTE Rubén/ Recurso de Amparo/ 1976 1976 / 86.355/ Recurso de Amparo sol./ SERAPIO Julio a favor de SERAPIO Solano/ Recurso de Amparo/ 1976 1976 /86.405/ Inconstitucionalidad Estado de Sitio sol./ OUTES Pablo Eliseo/ Inconstitucionalidad Estado de Sitio/ 1976 1976 / 86.522/ Recurso de Amparo solicita TORRES, Berta a favor de TORRES Francisca/ Recursos de Amparo/ 1976 1976 / 86.567/ Recursos de Amparo sol. ARROYO Julio Raimundo/ Recursos de amparo/ 1976 1976 / 87.725/ Habeas Corpus sol. CORSICO, Ricardo Adalberto a favor de CORSICO PICOLINI Gabriela/ Habeas Corpus/ 1976 1976 / 87.730/ Habeas Corpus sol. SANCHES DE TORRES Isabela Lucia a favor de TORRES José Brígido/ Habeas Corpus/ 1976 1976 / 87.937/ Habeas Corpus sol. LUNA, Rogelio Ángel a favor de LUNA, Mario Bernardino/ Habeas Corpus/1976 1976 / 88.094/ Habeas Corpus sol. VILCA Juan Andrés/ Habeas Corpus/ 1976 1977 / 89.053/ Habeas Corpus sol. SAYONS DE DAVALOS Maria Gracia a favor de SAYONS León/ Habeas Corpus/ 1977 1977 / 89.319/ Recursos de Amparo sol. ARIAS Antonio Normando/ Recursos de Amparo/ 1977 1977 / 89.460/ Habeas Corpus sol.. MARCHA Raúl Humberto/ Habeas Corpus / 1977 1977 / 89.728/ Habeas Corpus sol. DE LOTO DANIEL Roberto/ Habeas Corpus / 1977 1977 / 89.877/ Habeas Corpus sol. MONTESINO, Isaac Alejandro a favor de MONTESINO Walter Alejandro y MONTESINO Hugo Eduardo/ Habeas Corpus/ 1977 1977 / 90.050/ Habeas Corpus sol. RUBIO DE VACA, Nilda Rubio a favor de VACA RUBIO, Raúl Alberto/Habeas Corpus/ 1977 1977 / 90.266/ Habeas Corpus sol. MOSCA, Carlos Enrique de favor de MOSCA ALSINA, Carlos Enrique/ Habeas Corpus/ 1977 1977/ 90.598/ 90.776/ Recurso de Amparo sol. SPALTRO Norma Soledad – Agreg. p/cda. Expte. Nº 90.776/77 s/ Recurso de Amparo sol. Ante Juzgado Nacional 1ra. Instancia en lo Criminal y Correccional Federal Nº 2 Cap./ Recurso de Amparo/ 1978 1977 / 90.605/ Recurso de Amparo sol. TORRES Mirta Josefa/ Recurso de Amparo/ 1979 1978 / 90.821/ Habeas Corpus sol. BOLAÑOS DE BUSTOS Juana a favor de BUSTOS Aldo Melinton/ Habeas Corpus/ 1978

131

Tropiezos en la Memoria

1978 / 90.845 90.845 bis/ Habeas Corpus sol. G. DE MOLINA María Matilde a favor de MOLINA Orlando Ronal Agreg. p/Cda. Expte. Nº 90.845/78 bis S/ Denuncia desaparición de MOLINA Orlando Ronal en 144 fs./ Habeas Corpus/ 1978 1978/ 91.038/ Recurso de Amparo sol. ROJAS Vda. De ARAMAYO Silvia agreg. P7cda. Expte. Nº 93.093/81 s/Habeas Corpus sol. ROJAS Vda. de ARAMAYO Brunilda a favor de ARAMAYO Silvia Benjamín en 37 fs./ Recurso de Habeas Corpus/ 1982 1978/ 91.087/ Habeas Corpus sol. LUNA Rogelio Ángel a favor de LUNA Mario Bernardino/ Habeas Corpus/ 1978 1978/ 91.219/ Habeas Corpus sol. VELARDE DE GONZALEZ Delia Argentina a favor de GONZALEZ VELARDE Juan Carlos/ Habeas Corpus/ 1978 1978/ 91530/ Habeas Corpus sol. HIDALGO JARA Juan Carlos a favor HIDALGO GONZALEZ Mario del Carmen/ Habeas Corpus/ 1979 1979/ 91.729/ Habeas Corpus sol. QUINTANA Jorgelina a favor de ORTEGA Leonardo Isaac/ Habeas Corpus/ 1979 1979/ 91.755/ Habeas Corpus sol. MOSCA AQUIRRE Carlos Enrique a favor de MOSCA ALSINA Carlos Enrique/ Habeas Corpus/ 1979 1979/ 92.027/ Recurso de Habeas Corpus sol. ORELLANA DE LUNA María a favor de LUNA Mario Bernardino agreg. p/cda. Expte. 93.152/81 s/ Habeas Corpus sol. Por LUNA Ángel Rogelio a favor de LUNA DE/ Recurso de Habeas Corpus/ 1982 1979/ 92.067/ Recurso de Habeas Corpus sol. MONASTERIO Mario Domingo/ Recurso de Habeas Corpus/ 1982 1980/ 92.547/ Recurso de Habeas Corpus sol. MILLAN Manuel Adolfo/ Recurso de Habeas Corpus/ 1982 1980/ 92.594/ Recurso de Habeas corpus sol. SABAN Julián a favor de TORDOYA Lisandro/ Recurso de Habeas Corpus/ 1980 1980/ 92.678/ Recurso de Habeas Corpus sol. SAGRA Margarita Eulogia a favor de SAGRA Juan Carlos/ Recurso de Habeas Corpus/ 1981 1981/ 93.095/ Recurso de Habeas Corpus sol. HERVAS FLORES Máxima a favor de GUERRERO Norberto/ Recurso de Habeas Corpus/ 1982 1981/ 93.096/ Recurso de Habeas Corpus sol. MOSCA AGUIRRE Carlos Enrique a favor de MOSCA ALSINA Carlos Enrique Recurso de Habeas Corpus/ 1981 1981/ 93.099/ Recurso de Habeas Corpus sol. SARAVIA Agustín a favor de SARAVIA Nora Ester y GARCIA Carlos Humberto Ceferino Recurso de Habeas Corpus/ 1981 1981 / 93.101/ Recurso de Habeas Corpus sol. COPA Justo a favor de COPA Sergio Wenceslao/ Recurso de Habeas Corpus/ 1981 1981 / 93.149/ Recurso de Habeas Corpus sol. ELIAS DE FIGUEROA Olimpia a favor de FIGUEROA ELIAS Juan José/ Recurso de Habeas Corpus/ 1981

132

David Arnaldo Leiva

1981 / 93.260/Recurso de habeas Corpus sol. GARNICA Policarpio a favor de GARNICA RODRIGUEZ Santos Abraham/Recurso de Habeas Corpus/ 1982 1981 / 93.356/Recurso de HABEAS hábeas sol. ORTEGA Juan Pedro a favor de ORTEGA Napoleón y ORTEGA Luis Roberto/ Recurso de Habeas Corpus/1982 1982 / 93.500/ Recurso de Habeas Corpus sol. MOLINA Miguel Ángel a favor de CARRASCOSA Manuel y VELASQUEZ Elsa/ Recurso de Habeas Corpus/ 1982 1982 / 93.928/Recurso de Habeas Corpus sol. PORCEL Eduardo José/ Recurso de Habeas Corpus/ 1982 1984 / 94.803/ Recurso de Habeas Corpus sol. MAMANI DE LOPEZ Elvira a favor de VALDIVIESO Santiago/ Recurso de Habeas Corpus/ 1984 1984 / 94.821/ Recurso de Habeas Corpus sol. SANCHEZ E MONASTERIO Rosa Amelia a favor de MONASTERIO Mario Recurso de Habeas Corpus/ 1985 1984 / 95.406/ Recurso de Habeas Corpus sol. AMELUNGE VARGAS Mario/ Recurso de Habeas Corpus/ 1984 1985 / 83/Recurso de Habeas Corpus sol. LAMOZA DE VERGARA Isabel del Valle a favor de VERGARA José Raúl/ Recurso de Habeas Corpus/ 1985 1985 / 190/Recurso de Habeas Corpus sol. NERO DE LINARES Elsa Alice a favor de LINARES María Alicia/ Recurso de Habeas Corpus/ 1985

L I S TA D O PA R C I A L D E PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD.

DENUNCIAS

POR

Año de Inicio/ Expte. Nº/ CARATULA / MATERIA/ Año de Archivo 1976/ 87.004/ AUTORES DECONOCIDOS en perjuicio de TORRES Carmen Berta Supuesto Secuestro y Asociación Ilicita / 1980 1976/ 87.241/ AUTORES DECONOCIDOS en perjuicio de LOPEZ ,Juana Isabel/ Denuncia de Secuestro

1976/ 87.274/ AUTORES DECONOCIDOS en perjuicio de MONTENEGRO, José Desiderio/ Tentativa de Secuestro - 1976/ 87.332/ AUTORES DECONOCIDOS en perjuicio de GUERRERO Norberto/ Supuesto Secuestro 1976/ 87.386/ Supuesto Rapto y Privación ilegitima de la liberta en perjuicio de CARRIZO Maria Isabel del Valle/ Supuesto rapto y privación Ilegítima de la libertad/ 1980 1976/ 87.401/ AUTORES DESCONOCIDOS en perjuicio de ISOLA Reynaldo; SARAVIA Héctor Eduardo; PIERONE Micaela/ Supuesto Secuestro y Robo/ 1980

133

Tropiezos en la Memoria

1976/ 87.432/ AUTORES DECONOCIDOS en perjuicio de APAZA, Julio Víctor/ Supuesto Secuestro/ 1980 1976/ 87.726/ AUTORES DESCONOCIDOS en perjuicio de GALLARDO Ramón Gerardo/ Infracción a la ley 20840-Secuestro/ 1981 1976/ 87.752/ AUTORES DESCONOCIDOS en perjuicio de MONTECITO DE TRENCH Nora/ Supuesto Secuestro/ 1980 1976/ 87.760/ AUTORES DECONOCIDIOS en perjuicio de BIANCHINI Oscar Alberto – Secuestro –Agreg. p/cda EXPTE. Nº 3479/76 – JUZGADO DE INSTRUCCIONES 4TA, NOMINACION- SALTA-en 12fs./ Infracción a la Ley 20.840Secuestro/ 1981 1976/ 87.761/ AUTORES DESCONOCIDOS en perjuicio de DIAZ, Paulo/ Infracción a la Ley 20.840-Secuestro/ 1981 1976/ 88.017/ AUTORES DESCONOCIDOS en perj. de ARAMAYO Silvia Benjamina Denuncias/ 1980 1976/ 88.111/ AUTORES DESCONOCIDOS en perj. de GIMENEZ Gerardo David VERIFICAR JIMÉNEZ/ Supuesta Privación ilegitima de la libertad/ 1981 1976/ 88.366/ AUTORES DESCONOCIDOS en perj. de FIGUERO Carlos Estanislao Privación ilegitima de la libertad/ 1980 1976/ 88.400/ AUTORES DESCONOCIDOS en perj. de COBOS, Enrique Roberto, FRANZONI DE COBO, Marta m. y COBO Martín Miguel s/ Lesiones Graves c/ muerte sobrevivientes y supuesta Tentativa de secuestro Infracc. Ley 20.840 – Lesiones Graves c/muerte sobredientes y sup. Tentativa de secuestro/ 1980 1976/ 88.547/ AUTORES DESCONOCIDOS en perj. de ARAMAYO Silvina Benjamina/ Secuestro/ 1980 1977/ 90.215/ AUTORES DESCONOCIDOS en perj. de MONTESINO, Hugo Eduardo y MONTECINO, Walter Alejandro/ Supuesto Rapto- infracción ley 20.840/ 1980

Ni los habeas corpus tendientes a saber donde se encontraba detenido el secuestrado y a obtener su libertad ni los secuestros fueron investigados por las autoridades judiciales. A modo de ejemplo reseñaremos la actividad judicial ante el secuestro de algunas personas:

144

Expediente nº 9453-76 caratulada “Causa contra N.N. – Supuesto Secuestro – Victima Silvia Ruth de Vuiztaz”. 145 expediente nº 9419/76 caratulada “c/ N.N. –s/Rapto-Mario Bernardino Luna”.  146 . Expediente nº 9433/76 caratulada “c/ N.N. –s/Rapto-Santos Abrahan Garnica

134

David Arnaldo Leiva

-En fecha 2 de septiembre de 1976, a las 5 horas aproximadamente, fue secuestrada de su hogar en la localidad de Embarcación la maestra Silvia Ruth Saez de Vuistaz. Este hecho fue denunciado por su esposo ese mismo día por ante la Comisaría de dicha localidad. La causa (1 44) que debía investigar este hecho criminal estaba a cargo del Juez de Instrucción, Correccional y de Menores 2da. Nominación del Distrito Judicial del Norte Orán Dr. Justo Antonio Herrera, siendo el Fiscal de la misma el Dr. José Héctor Pérez. El Sumario Policial que se instruyó a partir de la denuncia fue elevado para conocimiento del Juez en fecha 21 de septiembre de 1976 y en fecha 22 de septiembre el Dr. Justo Antonio Herrera ordenó “Reservar los autos en Secretaría hasta tanto sean habido los autores del hecho”. El Fiscal Dr. José Héctor Pérez consintió el decreto. Nunca el Juez tomo siquiera declaración testimonial al esposo de la víctima ni ordenó medida alguna y el fiscal no realizó pedido alguno para esclarecer el secuestro. M a r i o B e r n a rd i n o Lu n a y S a nto s Ab ra h a m G a r n i c a , f u e ro n secuestrados desde sus domicilios en la ciudad de Oran el 3 de septiembre de 1976. Por las denuncias presentadas por Rogelio Luna ( 1 45) y Policarpo Garnica ( 146 ) se iniciaron causas penales sin que se haya ordenado ningún acto ni diligencia necesaria para comprobar la verdad real y sus autores. El Juez ordenó la remisión de esta causa al archivo general de la provincia. Ambas causas estuvieron marcadas por la negligencia del Dr. Justo Antonio Herrera. Antonio Omar Silisque, actual Juez de la Corte de Justicia de Salta, en el año 1982 era titular de la Fiscalia Penal del Distrito Judicial del Nor te Orán y en un dictamen efectuado en fecha 16 de noviembre de 1982 luego de señalar que al haberse avocado el Juez Herrera al conocimiento de las denuncias promovidas en sede policial por Luna y Garnica, tenia la obligación de “producir una totalidad de actos que están dirigidos la comprobación y realización

 147 Causa nº 45427/76 “N.N. – Secuestro – Hector Domingo Gamboa y Gemma Ana Maria Fernandez Archiri de Gamboa”

135

Tropiezos en la Memoria

de actuaciones y acontecimientos exigidos por el derecho material o sea la tutela jurídica para llegar al objetivo primario del proceso penal, el descubrimiento de la verdad real… sin embargo se ordenó la remisión al archivo general de la Provincia”. Tan claro era el dictamen del actual Juez de la Corte de Salta, sin embargo nunca requirió causa penal contra el Juez que había omitido cumplir con los deberes del funcionario público. El 25 de Septiembre de 1976, a horas 3.40 era secuestrado desde el hogar conyugal sito en la ciudad de Salta el matrimonio integrado por Héctor Domingo Gamboa y Gemma Ana Maria Fernández Archirey de Gamboa. Realizada la denuncia en sede policial, el sumario que la instruyó fue elevado al Juez de Instrucción 1ª Nominación del Distrito Judicial del Centro Salta Dr. Mario Di Salvo. Este se declaro incompetente en fecha 1-11-76 (147 ), remitiéndo las actuaciones a la Justicia Federal. El Dr. Ricardo Lona, Juez Federal en fecha 10 de noviembre de 1976 se declaró competente y procedió inmediatamente a “sobreseer provisoriamente la causa hasta que sean habidos él o los autores del hecho”. Demás esta decir que el Juez ni intento investigar el hecho criminal, descargando su responsabilidad -sin vergüenza- en los padres y familiares de las víctimas con lo que pretendió disimular su inactividad y el incumplimiento de sus funciones (147 bis ). Esta breve reseña marca la apatía que mostraron los funcionarios del Poder Judicial para hacer respetar la vida durante el terrorismo de estado y a pesar de esta actitud, la democracia pos dictatorial los mantuvo en funciones.

147 bis “Recibí en mi despacho a padres y familiares de desaparecidos. Lo que menos podía hacer era brindarles un trato deferente y considerado. Lamentablemente ninguno de ellos me trajo un dato que permitiera tomar alguna medida o encarar una investigación”. Fs. 2113-Juicio de la Verdad Histórica de Salta.

136

David Arnaldo Leiva

Las Victimas en Territorio Salteño a partir del 24 de Marzo de 1976.En el área 322, jurisdicción de la provincia de Salta, están registrados 102 personas como detenidas desaparecidas, de las cuales 26 figuran como muertas o localizados sus restos, sin embargo este es un número provisorio al que se incorporaron nuevas denuncias. En el período de los funcionarios mencionados en los cuadros anteriores, fueron privadas ilegalmente de la libertad y desaparecieron en territorio salteño las siguientes personas:

EN SALTA CAPITAL:

Apellido y Nombre

Año, mes, día

Lugar

Bühler María del Carmen 76-07-12 Salta Dluca María Rosa Llanos Paulino Miguel Seruco Barba Luis Salta López Alfredo 76-04-22 Salta Torres Carmen Berta 76-04-28 Salta Gallardo Ramón Gerardo 76-05-08 Salta Ortega José Napoleón 76-05-29 Salta Ortega Luis Roberto 76-05-29 Salta Mosca Alsina Carlos Enrique A. 76-08-04 Salta Tufiño Pedro José 76-08-12 Salta Ortega Leonardo Isac 76-08-13 Salta Román Néstor 76-08-13 Salta Bianchini Oscar Alberto 76-08-13 Salta Clemente Maria del Carmen 76-08-13 Salta Diaz Néstor Miguel 76-08-13 Salta García Carlos Humberto Ceferino 76-08-13 Salta Saravia de GarcíaNora Ester 76-08-13 Salta Jiménez Ramón 76-08-21 Salta Medina de Jiménez Benita 76-08-23 Salta Machaca Raúl Humberto 76-09-01 Salta Colqui Gómez Isidro 76-09-09 Salta Gómez de Colqui Telesfora Lidia 76-09-09 Salta Juárez Graciela Beatriz 76-09-13 Salta Fernández Arcieri, Gemma Ana Maria 76-09-24 Salta Gamboa Montaldi Héctor Domingo 76-09-24 Salta Figueroa Rojas Carlos Estanislao 76-09-25 Salta Loto Zurita Daniel Roberto 76-09-25 Salta Gimenez Bravo,Gerardo David Russo René Tapieta Pedro

76-10-09 76-12- 77-01-01

137

Salta Salta Salta

Legajo CONADEP

4608 4478 7742

4601 4481

3336 5061

8086 6062

1358 5074 5075 5071

4474 6422 5076 5073 5064-5634

Tropiezos en la Memoria

Rodríguez Alicia

77-02-01

Salta

Rodríguez Guillermina

77-02-01

Salta

Ramos Marta

77-03-04

Salta

Tilca Barreix Armando

77-07-01

Salta

Aramayo Silvia Benjamina

77-09-24

Figueroa Elias, Juan José 77-10-21 Parada Juan Carlos 78-03-17 Cascella de Parada Marta Beatriz 78-03-29 Gómez Rubén 78-12-30

Salta

4483

Salta Salta Salta Salta

3745 4380

En la ciudad de Salta, a la fecha de la desaparición de las personas que se mencionan, eran sus autoridades:

Jefe de Área 322: -Cnel. Mulhall Carlos Alberto. -Cnel. Aguado Benítez Mario. Destacamento de Inteligencia 143: Tte. Cnel. Baudini Osvaldo Mario. Tte. Cnel. Gonzalez Roberto Jesús.

Agrupación VII Gendarmería Nacional: -Cte. Mayor Elmo Verón. -Cte. My Blázquez Felipe Ramiro. -Cte. Pcpal. Hormanstorfer Luis Ramón.

Policía Federal -Crio. Livy Ernesto Federico. -Crio. Tassara Marcelo Roberto. -Crio. Spinelli Hugo Antonio.

138

David Arnaldo Leiva

Justicia Federal. Juez: Dr. Ricardo Lona. Fiscal Federal: Vicente Masacra. Interventores y Ministros. -Coronel Mulhall, Carlos Alberto (Interventor Militar). -Tte. Coronel Baudini Osvaldo Mario (M inistro de Gobierno, Justicia y Educación). -Cap. Navío (RE) Gadea Héctor Damián (Gobernador). -Cnel. Di Pascuo Raúl Ernesto (Ministro de Gobierno, Justicia y Educación). -Cap. Navío (RE) Ulloa Roberto Augusto (Gobernador). -Cap. Frag. (RE) Davids René Julio (Ministro de Gobierno, Justicia y Educación). -DR. Folloni Jorge Oscar (Ministro de Gobierno, Justicia y Educación).

Policía de la Provincia de Salta. -Jefe de Policía: Tte. Coronel Miguel Raúl Gentil. -Jefe de Policía: Coronel Carlos A. Carpani Costa. -Jefe de Policía: Mayor Juan Carlos Grande.-Departamento de Informaciones: D-2: Inspector Gral. Abel Vicente Murua. -Director de Seguridad: Inspector Gral. Joaquín Guil.-

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE SALTA. Presidente: Perez Benjamín.

139

Tropiezos en la Memoria

Presidente: Torino Julio Antonio.

Jueces de Instrucción: - Di Salvo Mario. -Saravia Toledo Rogelio. -Saravia Royo Juan José. -Trincavelli Jorge Alberto. -Frezse Armando Jose. -Lopez Figueroa Jaime.

Intendentes Municipales: -Mayor Ratto Julio Eduardo y Cap. Montoya Victor Abelardo.

EN LA LOCALIDAD DE GÜEMES: Apellido y Nombre Guerrero Flores Norberto

Año, mes, día

Lugar

Legajo CONADEP

76-05-30

Güemes

3799

Pizarro Gallardo Felipe Rodolfo 76-05-31 Duarte Gustavo Rogelio 77-01-07

Güemes

5067

Güemes

En la ciudad de Güemes, a la fecha de la desaparición de las personas que se mencionan, eran sus autoridades: Policía de la Provincia de Salta. -Comisario Ppal. Correa Julio Oscar.

Intendentes Municipales: -Ctte. Ppal. Carullo Pablo. -Abán Vicente.

140

David Arnaldo Leiva

JUSTICIA PROVINCIAL Los Jueces de Salta Capital eran competentes en este departamento.

EN EL PARAJE PALOMITAS: Apellido y Nombre Botta de Linares Evangelina M. Leonard de Avila Celia Luque Maria Amaru Alonso de Fernández Maria del Carmen Droz Georgina Graciela Povolo José Víctor Oglietti Roberto Luis Outes Pablo Eliseo Savransky Alberto Simón Avila Benjamín Leonardo Usinger Rodolfo Pedro Turk Llapur Jorge Ernesto

Año, mes, día

Lugar

Legajo CONADEP

76-07-06

Palomitas

76-07-06

Palomitas

76-07-06

Palomitas

76-07-06

Palomitas

76-07-06

Palomitas

76-07-06

Palomitas

76-07-06

Palomitas

76-07-06

Palomitas

76-07-06

Palomitas

76-07-06

Palomitas

76-07-06

Palomitas

76-09-06

Palomitas

3308

EN LA CIUDAD DE METAN: Apellido y Nombre

Año, mes, día

Lugar

Legajo CONADEP

Núñez Pedro Francisco

76-05-04

Metan

5070

Palavecino Adolfo Elpidio

76-05-01

Metan

5068

Apaza, Pedro Francisco

76-05-04

Metan

Vazquez Hugo Armando

76-05-07

Metan

Velásquez MartinelliHugo Armando 76-05-07 Concha Canseco Jerónimo Alberto76-06-01 Isota Reinaldo 76-06-03

141

Metan

5060

Metan

5081

Metan

4618

Tropiezos en la Memoria

En la ciudad de Metan, a la fecha de la desaparición de las personas que se mencionan, eran sus autoridades:

SUB ÁREA – EJERCITO ARGENTINO -Capitán Figueroa Felix Valenti. Policía de la Provincia de Salta. Unidad Regional nº 3 -Insp. My. Eduardo Lucio Jándula.

INTENDENTES MUNICIPALES: -Capitán Figueroa Félix Alberto Valenti. -Arroyo Pablo Cesar.

JUSTICIA PROVINCIAL Jueces de Instrucción: -Dr. Ovruti Suarez Marcelino Enrique. -Dr. Sierra Paz José Ignacio.

EN ORAN: Apellido y Nombre Ortiz Juan de Dios Osores Raúl Benjamín Vélez Pedro Bonifacio Lezcano Lucrecia Adela León David Reina Garnica, Santos Abraham LUNA Mario Bernardino Tufiño Ruiz Gregorio

Año, mes, día 76-03- 76-04-19 76-05-24 76-08-01 76-09-02 76-09-03 76-09-03 76-09-1

Lugar

Legajo CONADEP

Orán Oran - Escuadrón 20 Oran Orán Orán Oran Oran Orán

2677 4615 5949 5072 2175

En la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, a la fecha de la

142

David Arnaldo Leiva

desaparición de las personas que se mencionan, eran sus autoridades:

GENDARMERIA NACIONAL Comandante del Escuadrón 20 Oran de la Gendarmería Nacional: -Diego Alejandro Varas. -Raúl Hipólito Grazzia.

POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SALTA. Unidad Regional 2: Inspector General Alberto Ralle.

JUSTICIA PROVINCIAL Juez de Instrucción: Dr. Justo Antonio Herrera. Fiscal Penal: Dr. José Héctor Pérez.

INTENDENTES MUNICIPALES Comandante 2º de G.N. Pablo Ramón Caballero. Guillermo Lara Agustín Manuel Porcelo

EN EMBARCACIÓN: Apellido y Nombre Saez de Vuistas Silvia Ruth



Año, mes, día 76-09-02

Lugar

Numero de Legajo CONADEP

Embarcación

6777

En la localidad de Embarcación, a la fecha de la desaparición de la persona que se menciona, eran sus autoridades:

GENDARMERIA NACIONAL Jefe de la Sección Embarcación del Escuadrón 20 Oran de la Gendarmería Nacional: -Alférez Mario Raúl Patane.

143

Tropiezos en la Memoria

POLICIA DE SALTA Jefe de la Unidad Regional Norte: -Inspector General Alberto Ralle.

Comisaría de Embarcación: -Comisario Principal Arturo Madrigal.

JUSTICIA PROVINCIAL Juzgado de Instrucción del Distrito Judicial del Norte Oran: -Juez: Dr. Justo Antonio Herrera. Fiscal Judicial Civil Comercial y Penal de Orán: -Fiscal: Dr. José Héctor Pérez.

INTENDENTE MUNICIPAL -Salvador Andrés Muñoz.

EN RIVADAVIA BANDA SUR: Apellido y Nombre

Año, mes, día

Copa, Sergio Wenceslao

76-09-02

Lugar

Numero de Legajo CONADEP

Banda Sur

5079

EN TARTAGAL: Apellido y Nombre González Juan Carlos Bustos Aldo Meliton

Año, mes, día 76-12-07 78-02-02

Lugar

Legajo CONADEP

Tartagal Tartagal

3113

En la ciudad de Tartagal, a la fecha de la desaparición de las personas que se mencionan, eran sus autoridades:

JEFE DE SUB ÁREA – REGIMIENTO DE MONTE 28: -Tte. Cnel. Rios Ereñu Hector Luis. -Tte. Cnel. Domínguez Roberto Felipe.

144

David Arnaldo Leiva

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SALTA UNIDAD REGIONAL NORTE Nº 2 Inspector General Alberto Ralle. Crio. Ppal. Aramayo Eugenio. JUSTICIA PROVINCIAL -Juez: Dr. Herrera Justo Antonio. -Juez: Dr. Costas Luis Felix.

INTENDENTE MUNICIPAL -Tte. 1º Pugliese Hector E. -Zotloterer Rodolfo

EN CAFAYATE: Apellido y Nombre

Año, mes, día

Ponce Mercedes Gerardo

77-03-09

Lugar

Legajo CONADEP

Cafayate

En la ciudad de Cafayate, a la fecha de la desaparición de las personas que se mencionan, eran sus autoridades:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SALTA Crio. Mayor Pedroza Santiago Matías.

INTENDENTE MUNICIPAL -Sgto. Ayudante de G.N. Duplatt Juan Pedro. -Álvarez José Laudino.

145

Tropiezos en la Memoria

JUSTICIA PROVINCIAL Los Jueces de Salta Capital eran competentes en este departamento.

Los Horcones: Apellido y Nombre Molina Orlando Ronal

Año, mes, día 78-02-10

Lugar

Legajo CONADEP

Horcones

LUGAR DE DE TENCIÓN DE PRESOS POLÍTICOS Y CENTROS CLANDESTINOS DE DETENCIÓN (148 ) Cabra Corral Comisaría 4ª Policía Provincial De Salta Delegación Policía Federal Salta Jefatura de Policía Salta Penal De Villa Las Rosas Salta Regimiento de Infantería de Monte 28 Tartagal Escuadrón 20 de la Gendarmería Oran



148

Información obrante en los archivos de CONADEP y en Expedientes Penales.-

146

David Arnaldo Leiva

PERSONAS CON RESPONSABILIDAD O PA R T I C I PA C I Ó N D I R E C TA E N A C T I V I D A D E S R E P R E S I V A S E N L A P R O V I N C I A D E S A LT A , S E G Ú N LOS ARCHIVOS DE LA CONADEP y EXPEDIENTES JUDICIALES.POLICÍA DE SALTA T o l e d a n o “ G r i n g o ” ( 1 4 9  ) Comisaría Oran Morales Celedonio (150 ) Rivetti Mario (151 ) Palavecino Carlos(152 )(153 ) Guary Raúl(154) Leyva Narciso(155) Guil Joaquín(156)(157) Barrionuevo Mario (158 ) Sosa Alberto Raimundo (159 ) Perelló (160) Policía de Salta Acosta(161 ) Policía de Salta

Oficial Policía de Salta

Oficial Policía de Salta Oficial Policía de Salta Oficial Policía de Salta Oficial Policía de Salta Oficial Policía de Salta Policía de Salta Policía de Salta Seccional 4ª Abogado-Asesor Policía Salta Metan Comisaría Gral. Güemes

149

Expediente 328/00-Fº 418. Es vinculado a la desaparición de Pedro Bonifacio Vélez.150 Es vinculado a la Desaparición de Maria del Carmen Bühler.Leg. 09349 Conadep. 151

Vinculado a la Desaparición de Maria del Carmen Bühler.Leg. 09349 Conadep. 152 Expediente 328/00-Fº 418. Es vinculado a la desaparición de Pedro Bonifacio Vélez.153 Vinculado a la Desaparición de Maria del Carmen Bühler.Leg. 09349 Conadep. 154 Expediente 328/00-Fº 418. Es vinculado a la desaparición de Pedro Bonifacio Vélez.155 Expediente 328/00-Fº 418. Es vinculado a la desaparición de Pedro Bonifacio Vélez.156 Legajo Fuente 2036-Jefe de Seguridad de La Policía de Salta 157 Legajo Fuente C4617- Porcel Eduardo José lo denuncia en la CONADEP por golpearlo brutalmente cuando lo sacaban del Penal de Villa Las Rosas. 158 Legajo Fuente 2036-Policía-Torturador-Integrante de la Seccional 4 denominada “La Pesada” o grupo “Los Chumberos”.159 Legajo Fuente 2036-Asesor de Secc. 4º Policía-Con denuncia anónima por Participar en Actividades Represivas Ilegales de Salta. Vinculado por Lucrecia Celeste Lambrisca en el Juicio por la Verdad de Salta.  160 Legajo Fuente C 5060-Sub oficial de Comisaría de Metan vinculado a la detención de Velásquez Martinelli Hugo Armando. 161 Legajo Fuente C 7743-Oficial-Denunciados por Golpear brutalmente a Juárez Guillermo Romualdo 

147

Tropiezos en la Memoria

Echenique Ángel Domingo (162 ) Metán Bustamante (163 ) Ramírez (164 ) Silva (165 ) Tarifa (166 ) Murua Abel Vicente (167 ) (168 ) Sallent Natal Ofelia (169) Trovato Héctor Rene (170 ) Sánchez Misael (171 ) Saravia (172) Bejarano (173 ) Heredia Ramón (174 ) Vilte Victor Hugo (174 bis ) Rivetti Gustavo De Ugarriza Julio Campero Nestor Gudiño “Sordo” Pastrana “bigotudo” Monasterio “loco” Reynoso “corcho” Perello “gallego” Nieva Miguel Angel Toranzos “sapo” Sotelo

Policía de Salta

Comisario Inspector de 3ª Zona

Policía de Salta Comisaría Policía de Salta Comisaría Policía de Salta Comisaría Policía de Salta Comisaría Policía de Salta Policía de Salta Comisario Policía de Salta Pollicía de Salta

Gral. Gral. Gral. Gral.

Güemes Güemes Güemes Güemes

Inspector

Policía de Salta Comisaría Barrio Santa Lucia Policía de Salta Comisaría Barrio Santa Lucia Policía de Salta-Oran Policía de Salta-Oran Policía de Salta Policía de Salta Policía de Salta Policía de Salta Policía de Salta Policía de Salta Policía de Salta Policía de Salta Policía de Salta Policía de Salta

162

Leg. C 5070-Al mando del personal que detiene a Pedro Francisco Núñez.Legajo Fuente C 5070- Denunciados por Golpear brutalmente a Juárez Guillermo Romualdo.  164 Legajo Fuente C 5070- Denunciados por Golpear brutalmente a Juárez Guillermo Romualdo.  165 Legajo Fuente C 5070-Oficial- Denunciados por Golpear brutalmente a Juárez Guillermo Romualdo.  166 Legajo Fuente C 5070-Agente- Denunciados por Golpear brutalmente a Juárez Guillermo Romualdo. 168 Legajo Fuente C4617- Porcel Eduardo José lo denuncia en la CONADEP por golpearlo brutalmente cuando lo sacaban del Penal de Villa Las Rosas.  169 Legajo Fuente C 7012-Miembro de la “Patota” al Mando de Joaquín Guil. 163

 170

Vinculado a la Desaparición de Rene Russo.

 171

Legajo Fuente C 7012-Miembro de la “Patota” al Mando de Joaquín Guil.  172 Legajo Fuente C 4609 Conadep.173 Legajo Fuente C 4609 Conadep.174 Vinculados al Secuestro del Matrimonio Héctor Domingo Gamboa – Gemma Ana Maria Fernández Arcieri. 174 bis El Ex Sub Comisario Victor Hugo Vilte se autoincrimino señalando haber participado en el Secuestro de Miguel Ragone junto a los polcías Rivetti, De Ugarriza, Campero, Gudiño,Pastrana, Reynoso, Monasterio, Perello, Nieva,Toranzos, Guil, Sotelo en declaración brindada ante la Sec. de DDHH de la Nación en fecha 16-5-06.

148

David Arnaldo Leiva

POLICÍA FEDERAL Gallardo Ramón (175 ) Livy Federico (176 )(177) Alzugaray Juan Carlos (178)

Policía Federal Salta Policía Federal Policía Federal

PERSONAL PENITENCIARIO

Soberon Napoleón (179)

Director Unidad Regional 1 (U-1)-Salta

EJERCITO, MARINA Mulhall Carlos Alberto (1 80) Cornejo Alemán Joaquín (181 ) Rios Ereñú, Héctor Luis (182 ) División De La Vega Ricardo B.I. (183) Arias Carlos Alberto (184) Bruno Arnaldo Luis (185 ) Di Pasquo Raúl (186 ) Gadea Héctor Damián (187 ) Gentile Miguel(188 ) Mendia Virtom (189 ) Pérez Héctor Braulio (190 ) Espeche, Hugo Cesar (191 )

Ejercito Coronel Ejercito Tte. Coronel Ejercito Tte. Cnel-Llego al cargo de General de Ejercito Teniente Ejercito Teniente-Llego al cargo de Coronel Ejercito Teniente 1º-Llego al cargo de Mayor Ejercito Marina Capitán de Navío Ejercito Ejercito Ejercito Sargento Ejercito Capitán

175

Legajo Fuente C 4605- Vinculado a Hechos represivos.Legajo Fuente 2036- Comisario Policía Federal 177 Legajo Fuente C 7012-Torturador 180 Legajo Fuente 2036-Coronel Jefe Área 322 181 Legajo Fuente 2036-Teniente Coronel 182 Expte. Nº 209-2003 – Involucrado en la desaparición del Escribano Aldo Meliton Bustos. 183 Legajo Fuente 2036-Teniente 184 Expte. Nº 209-2003 – Involucrado en la desaparición del Escribano Aldo Meliton Bustos. 185 Expte. Nº 209-2003 – Involucrado en la desaparición del Escribano Aldo Meliton Bustos. 186 Legajo Fuente 2036-Coronel 187 Legajo Fuente 2036-Capitán de Navío (RE) 188 Legajo Fuente 2036-Coronel 189 Legajo Fuente 2036-Teniente Coronel 190 Legajo Fuente 2036-Suboficial (RE)-Director Gral. De Institutos Penales de Salta 191 Legajo Fuente C 3341- Capitán 192 Procesado en la Causa Palomitas y en la Causa Ragone. 176

149

Tropiezos en la Memoria

Gentil Miguel Raúl (192 ) Carpani Costa Carlos A. Grande Juan Carlos

Ejercito Tte. Coronel Ejercito Coronel Ejercito Mayor

SIDE, JUECES, OTROS Cire Antonio (193 ) Morales (194 ) Martínez Alberto (195 ) Lona Ricardo (196 )

Director de Transito SIDE Policía de Transito-Salta Secretario Juzgado Juez

Fernández Héctor (197 ) Pérez Carlos Mariano (198 ) Tejerína Vicente (199 )

Policía Pcia. de Buenos Aires Monseñor Párroco  

 193 Legajo Fuente C 4605-Interventor Empresa de Transporte COTA. Es vinculado al transporte de las Victimas de Palomitas y en participación de Hechos Represivos y en el Secuestro de personas.-  194 Legajo Fuente C 4605- Chofer Micro traslado a Victimas de Palomitas.195 Legajo Fuente 2036-Secretario Juzgado Federal 196 Legajo Fuente 2036-Juez Federal 197 Legajo Fuente 3040-Viajes a Salta en Misión reservada-Desaparición de personas en Punta Indio  198 Legajo Fuente 5060-Obispo de Salta-Por su intermedio la familia del Desaparecido Velásquez Martinelli Hugo Armando accede a los registros donde consta la detención de la víctima. 199 Legajo Fuente 5060-Accede a ver desaparecido Velásquez Martinelli en Metan y recomienda a la familia que vean a Monseñor Perez.-

150

David Arnaldo Leiva

MULHALL DEJA LA CONDUCCION DEL AREA 322 La propaganda, el rumor y los operativos de inteligencia para torcer la representación de la realidad encontraron en los medios de comunicación masiva de Salta canales de comunicación dúctiles entre el discurso del poder y la población. El miedo era sembrado a la sociedad y las familias de las víctimas para que no intentaran resistirse a las políticas aplicadas y para que, en el caso de que sus integrantes fueran afectados, cuestionaran a las víctimas y no a los victimarios. Los medios de comunicación amen de informar enfrentamientos inexistentes entre la subversión y el ejercito sin cotejar los mismos con la realidad aceptando los partes de prensa distribuidos por el poder, también masificaban lo morboso de los cuerpos destrozados por las dinamitas y los explosivos y sembraban interrogantes tales como “Ud. sabe en lo que anda su hijo” o afirmaciones “Por algo será” con el fin de vencer la resistencia a las detenciones ilegales e impedir su búsqueda. La masificación del mensaje del terror y la descalificación del militante social, estudiantil, gremial o politico contribuyó decisivamente en la desprotección que la sociedad debía a sus integrantes. La vergüenza fue un arma artera empleada por la guerra psicológica que los directores de los medios de comunicación aceptaron a cambio de la propaganda oficial. (200)

200

El Tribuno, 6-11-76, “El Tribuno en el Operativo Independencia”.

151

Tropiezos en la Memoria

Los Directores de los Medios de Comunicación de Salta que habían acompañado la gestión y las políticas del Jefe de Área 322 eran retribuidos no solo con el pago de la propaganda del Estado Provincial sino que además eran festejados por sus compromisos con la causa militar. El 30 de diciembre de 1976 en la Guarnición Militar Salta, el Cnel. Carlos Alberto Mulhall, su segundo Tte. Cnel. Héctor Francisco Gorriti, acompañados por los oficiales Capitán Ubaldo Vujovich, Capitán Horacio Zenar ruza, Capitán Luis D ubois, los tenientes primeros Brígido Zavaleta y Héctor Salvador Girbone, el Dr. Ricardo Lederer y e l c u ra c a p e l l á n R . P. N o r m a n d o R e q u e n a entregaron pergaminos por la colaboración prestada y el apoyo incondicional a los directores de los diarios El Intransigente Miguel Angel Martínez Saravia, El Tribuno Rober to Romero, de las Radios Salta Ignacio Altuna y Radio Nacional Raimundo Devita y de la T.V Canal 11 Mario Lacroix.(201 ) Al finalizar el primer periodo de gestión Mulhall expresaba que había recibido de la comunidad Salteña un espaldarazo espiritual y agregaba que “El año próximo a finalizar, marca también el ocaso del accionar de las organizaciones subversivas en esta tierra de Güemes, cuna de la liber tad. Grande ha sido el sacrificio de los oficiales, suboficiales y soldados bajo mi mando, como así también el de sus familiares, y que me enorgullezco de expresar públicamente, que no ha habido ni una sola defección desde que se entrara en operaciones a principios del año 1975…”. En este mensaje asumía los crímenes cometidos durante el año anterior al golpe del 24 de mar zo. Y Agregaba “…A esta comunidad salteña le pido que se mantenga firmemente cohesionada junto a su ejército; que tenga fe en él, ya que de mantenerse en esta integración, serán estériles todos los esfuerzos que haga la delincuencia subversiva por sojuzgarnos. Entiéndase bien que al hablar de delincuentes subversivos no me estoy refiriendo exclusivamente a quienes empuñaron un arma asesinando cobardemente desde la sombras. Delincuentes subversivos son también, y mas peligrosos sin lugar a dudas, quienes envenenan la mente de nuestros jóvenes con ideologías extrañas… Delincuentes subversivos son, en síntesis todos aquellos que actúan contra los intereses materiales y espirituales de la provincia y sus 201

El Intransigente 30-12-76 “Agasajo a Periodistas en la Guarnición Militar”.

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habitantes, cualquiera sea expuesto o la actividad que desempeñen. Co nt ra to d a e s t a g a m a d e d e l i n c u e nte s s u bve r s i vo s a cc i o n a rá inexorablemente los efectivos de la Guarnición Ejercito Salta…” . (202 ) Bajo la conducción del Jefe del Área 322 fueron asesinadas y/o desaparecieron 90 personas en territorio Salteño y cientos de ciudadanos fueron detenidos, cesanteados de sus empleos y exiliados. Un poco mas de dos años permaneció en Salta y aun cuando el legajo de del Coronel Carlos Alberto Mulhall exprese que en octubre de 1977 había dejado la jefatura del Área 322, los diarios de la época lo ubican en noviembre de ese año todavía en la Provincia de Salta. En los prolegómenos de su retiro definía al salteño “como un hombre muy aferrado a su terruño, a sus cosas, que ha demostrado que sabe defender lo que es suyo. Quizás su pecado sea ser excesivamente individualista… es difícil que Salta pueda dejarse arrastrar por ideologías que no hacen al ser nacional; lo fundamental es que todos caminemos en la misma dirección.”(203 ) El General Ramón Genaro Díaz Bessone, Jefe de la inteligencia Militar en los Planes de exterminio de la población, Ministro de Planeamiento de la Nación, llegaba a Salta en diciembre de 1977 para “exponer” sobre el Proyecto Nacional que impulsaba la Junta Militar y era recibido por la cúpula militar, el gobernador Capitán de Navío Roberto Augusto Ulloa y el Juez Federal de Salta Dr. Ricardo Lona. El titular del arzobispado de Salta Monseñor Carlos Mariano Pérez anunciaba que la Iglesia salteña estaba trabajando en documentos básicos de educación referidos a “como debe ser la formación integral de los educandos y la mejor forma de transmitirle a los jóvenes el mensaje de Cristo” y en definir el rol de la Iglesia en la concepción de la Nueva República para ser aportados al Proyecto Nacional que impulsaba el General Diaz Bessone, en momentos en que las relaciones entre la Iglesia y el Estado era de mutuo respeto y de recíproca colaboración.(204 )

202 203

El Intransigente, 30-12-76 “Mensaje del Coronel Mulhall”. El Tribuno, Martes 8 de Noviembre de 1977- Pág. 10.

153

Tropiezos en la Memoria

Mulhall recorría los lugares sobre los que imperó. El miércoles 7 de diciembre de 1977 concurría a la Central de Policía para despedirse del Cnel. Carpani Costas, Jefe de esta institución que funcionó como CCD, del Sub Jefe Mayor Juan Carlos Grande y de la plana mayor de esta fuerza. En el despacho del Jefe Policial pasaban revista a la actuación durante el año 1977 (205 ). En un mensaje de despedida emitido por el Jefe de la Guarnición Militar Salta a los salteños decía “Les digo gracias en nombre del glorioso Ejército Argentino invicto, por facilitar nuestro accionar. Accionar que ha tendido en todos los periodos de nuestra histórica patria a brindar Paz y Felicidad al pueblo del cual se nutre, aniquilando a los enemigos internos y externos de la Nación”( 206). El mensaje distribuido reflejaba la doctrina aplicada a la población de Salta. El Ejército había abandonado la defensa exterior para centrar su accionar en eliminar al opositor social, gremial o politico adscribiéndose sin cortapisas a la teoría enseñada por los militares franceses de la guerra contrarrevolucionaria. Los docentes de la U.N.S.A. universitarios Silvia Benjamina Aramayo, Geogina Graciela Droz, Nora Saravia de Garcia, Carlos Garcia y los estudiantes universitarios Hilda Yolanda Cardozo, Roberto Oglietti, Carlos Estanislao Figueroa, Gregorio Tufiño ( 207 ), el Cabo del Ejercito José Hernández ( 208 ), los conscriptos Norberto Guerrero y Víctor Mario Brizzi ( 209 ), el Radio Operador de la Policía de Salta Pedro Bonifacio Velez, los abogados Turk Llapur y Medina Manuel Gustavo, el peón de campo Sergio Wenceslao Copa, el estudiante del secundario Santos Abrahan Garnica, entre otras decenas de personas, pagaban con su vida la aplicación de la nefasta doctrina aplicada por el Jefe militar de Salta. En el Club 20 de Febrero se servia un almuerzo que reunía a el Gobernador Cap. De Navío Roberto Augusto Ulloa, al Coronel Carlos Alberto Mulhall, al Coronel Mario Aguado Benítez, al Tte. Coronel José Francisco Gorriti, al Teniente Cnel. José Manuel Lobo, al Te 204

El Tribuno, Martes 6 de Diciembre de 1977. Informe de la Comisión de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Salta,pág. 1516,17,18 del 15-5-86. 206 José Luis D´Andrea Mohr, Libro El Escuadrón Perdido, Pág.188. 207 José Luis D´Andrea Mohr, Libro El Escuadrón Perdido, Pág.202,203. 208 José Luis D´Andrea Mohr, Libro El Escuadrón Perdido, Pág.188. 209 José Luis D´Andrea Mohr, Libro El Escuadrón Perdido, Pág.202,203. 205

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niente Cnel. Carlos Molina Columbres, a M inistros del Gabinete Provincial y M inistros de la Cor te de Justicia, en un agasajo de despedida de los jefes sicarios que ejecutaron con manos de cirujanos el plan criminal en Salta. El viernes 9 de diciembre de 1977 el Jefe de la V Brigada de Infantería General Osvaldo Martella posesionaba al nuevo Jefe del Área 322 Coronel Mario Aguado Benítez.

“ LO Q U E N O E N S E Ñ A M O S N O S OT R O S LO VA A ENSEÑAR LA SUBVERSIÓN” En Julio del año 1977 el General Jorge Rafael Videla descendió en el aeropuerto de la ciudad de Orán y allí un automóvil Ford Farlaine proporcionado por un empresario de la construcción lo traslado hacia la Municipalidad y luego hacia la fábrica de maderas terciadas Pedrana SA. La Banda de Música a la que había pertenecido Rene Russo, desaparecido pocos meses antes desde su lugar de detención, hizo sonar los acordes de las marchas patrias mientras el Intendente Agustín Porcelo convidaba un café al Presidente. La hermana Aurelia probaba el café que tomaría Videla en prevención a cualquier atentado que se intentara por este medio. En el transcurso del acto oficial un fotógrafo accionó su cámara Pentax Sportmatic para retratar el evento y al dispararse el flash Stabliz produjo no solo una luz intensa sino además una pequeña explosión que crispó las armas del personal de seguridad y su autor amilanado conoció el temor que causaba el paso del presidente de facto de la argentina. En ese momento Rogelio Luna, padre de Mario Bernardino Luna quien había sido secuestrado el 3 de septiembre de 1976, se hincó al áspero asfalto y con los dedos entrelazados en señal de rezo, se desplazó arrodillado, penitente, por detrás de Videla rogando para que le devuelvan a su hijo. Las campanas de la Catedral retumbaron en el momento que el Presidente saludaba a Monseñor Girao, Obispo de Oran. Videla recorrió la Fábrica Pedrana SA y allí fue recibido por  210

Había sido designado Intendente de la Municipalidad de Orán durante la Gestión del Dr. Miguel Ragone, único gobernante secuestrado y desaparecido.

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Tropiezos en la Memoria

directivos de la firma y su personal. Eliseo Barbera (210 ) vestido para la gala integró la comitiva de la recepción. En esa oportunidad acompañó al dictador el CPN Julio Cesar Loutaif y “Nino” Autiero, quienes en la democracia post dictatorial ocuparon cargos de Ministro de Economía y Bienestar Social, respectivamente.

Foto tomada en el interior de la fábrica Pedrana S. A. en la que aparecen: Jorge Videla, Presidente de Facto, Roberto Agusto Ulloa, Gob. de Salta , Agustin Porcelo, intendente de Orán y Eliseo Barberá, actual Intendente Municipal.

En abril de 1978 se realizó el Tercer Congreso de Intendentes y allí, las exposiciones fueron no solo sobre la administración provincial y municipal, sino que además de comunión de los intendentes con las fuerzas de seguridad y el ejército en el que se debatió sobre el estado de la lucha contra el enemigo interno. El Jefe del Área 322 Mario Aguado Benítez y un Teniente 1º Jorge Mones Ruiz cerraban las deliberaciones que se realizaban en la sala de debates de la legislatura ante el Congreso de Intendentes. Se simbolizaba de esta manera un debate de los representantes del pueblo, aunque sus interlocutores hayan provenido de un régimen

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que desconoció los derechos del mismo. En el recinto legislativo el Jefe de la Guarnición Ejercito Salta trasladaba el campo de batalla a la educación. “Ayer, gracias a Dios, hemos escuchado una exposición del Sr. Gobernador Ulloa en el tema educacional. Yo no quiero entrar a la parte del gobierno porque no es mi responsabilidad. Analizando estrictamente desde el punto de vista de la lucha contra la subversión, que si es mi campo, yo quiero ratificar lo que dijo el Sr. Gobernador ayer. Nuestro punto neurálgico está en el campo educacional. Todos tenemos que reconocerlo: lo que no enseñamos nosotros lo va a enseñar la subversión. Este es el desafió que debemos enfrentar en esta lucha contra la subversión aparte de todo lo que dijo – y bien dicho-, el Sr. Gobernador de la Provincia. El ámbito educacional es nuestro talón de Aquiles y a donde debemos llevar nuestra atención porque ahí, en la mente de nuestros hijos, y en los hijos de nuestros hijos, se va a llevar la lucha de aquí en más”(211). El Coronel Aguado Benítez delineaba la pretensión de sumir a varias generaciones en la doctrina de la seguridad nacional para lo que era necesario contener a educadores y educandos purificándolos bajo el fuego de las armas del terror y la persecución. Los Jefes militares que no solo ejecutaron a estudiantes, docentes y no docentes sino que además quemaron y prohibieron libros y autores. La actitud de ser “más papistas que el papa” llevó al Rectorado de la Universidad Nacional de Salta presidido por el Dr. Agustín González del Pino a ampliar – de 7 a 224- la lista original “del material bibliográfico de contenido ideológico inconveniente” que existía en la biblioteca universitaria para sean incinerados en Buenos Aires bajo la atenta mirada del Asesor de Gabinete Cnel. (R) Agustín C. Valladares. Efectuada la incineración se remitió acta en la que constaba la misma y se requirió saber “si con el presente envio queda satisfecha la necesidad de orden administrativo de esa universidad”(212 ). 211 El Intransigente, 7-04-78, pág. 18. 212 Acta Secreta nº 3253,31-7-81, publicada en el Informe de la Comisión de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Salta el 15-5-86, pág. 32.

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Néstor Juan Taranto, Director de la sede Regional Oran de la UNSA, solicitó al Rector Del Pino para que su hijo, en un viaje de intercambio de un año de duración en EEUU, sea el por tavoz en n o m b r e d e l a U n i v e r s i d a d p a r a d i f u n d i r l a p u b l i c a c i ó n “EL T E R R O R I S M O E N L A A R G E N T I N A”, p u b l i c a d o p o r e l P o d e r Ejecutivo Nacional en fecha 30-11-79, pues consideraba que “…una de las misiones mas importantes que deberá realizar en su estadía, será la de informar a sus interlocutores, la verdadera historia de esta realidad superada…”(213 ). A “pié juntilla” -en los distintos ámbitos institucionales- se cumplió la directiva del Coronel Aguado Benítez en relación a “lo que no enseñamos nosotros lo va a enseñar la subversión”. La complicidad de los funcionarios en sus distintos niveles sobre aplicar la doctrina de la seguridad nacional fue total. El Teniente 1ª Mones Ruiz cerraba el delirio totalizador de la conducción militar en Salta expresando que la subversión al negar a D i o s co n s t i t u í a e n u n a zo te p a ra l a h u m a n i d a d. E s te o f i c i a l subalterno expresó lo que su jefe le reservó como cierre del congreso. Era necesario cultivar el miedo y trasladarlo a todos los pueblos de la provincia a través de los intendentes como una fuente legitimante d e l p o d e r d e f a c t o. L a s u b v e r s i ó n n o e r a i g u a l a l o s g r u p o s guerrilleros, era mas amplia, sin límites territoriales ni sociales, pues esta ocupaba todos los sectores, no solo el educativo y cultural, sino “también la iglesia”. Tenía necesidad -el régimen- de manifestarse que “en su campo de batalla” no se respetarían expresiones disidentes ni aun cuando la misma proviniera de la iglesia. El propósito del discurso pronunciado por el oficial subalterno del Coronel Aguado Benítez era que nadie se sienta seguro de formular criticas al Proceso militar, ni

213 Nota nº 069-80, 21-7-80, Sede Orán UNAS. El Dr. Néstor Taranto cobro notoriedad nacional cuando un SPOT televiso del año 2005 de Greempeace lo ponía junto al actor R. Darin hablando de salvar a las Yungas –selva subtropical- de la deforestación. 214 Francisco Fernández, Presidente de la Cámara de Comercio e Industria, Roberto Briones en nombre de la Cámara de Comercio Exterior, Ingeniero Pedro Félix Remy Sola por la Confederación General Económica y Miguel Ángel Martínez Saravia por la Cámara del Tabaco de Salta.

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sus interlocutores, los intendentes, pues algunos de ellos –con el fin de picar en punta ante un posible proceso electoral- provenían de las filas del Justicialismo y del Radicalismo, ya que la iglesia Salteña estaba lejos de los curas tercemundistas y a través de su referente el Monseñor Pérez comulgaba con los postulados de la dictadura. Al cumplirse un año de la gestión del Capitán Roberto Augusto Ulloa, las Cámaras Empresarias de Salta brindaban su solidaridad y apoyo al gobierno provincial en una cena realizada en la Cámara del Tabaco (214 ). El 29 de abril de 1980 se inauguró el Hospital Zonal de Oran. La radicación definitiva de este Hospital se había logrado por vigorosas movilizaciones populares realizadas en el año 1970, conocidas como el “Oranazo”. Finalmente el En el portal de acceso se colocó una placa de mármol en la que se indicaba que bajo la gestión del Presidente Gral. Jorge Rafael Videla y del Gobernador Capitán de Navío Roberto Augusto Ulloa esta ciudad contaba con su Hospital. El 24 de marzo de 2006 se retiró la placa de homenaje al dictador luego del reclamo en soledad que efectuaron miembros de la Comisión de Derechos Humanos de Oran.



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CAPITULO IV LAS VICTIMAS DE LA MASACRE DE PALOMITAS Desde el año 1975 el Juez Federal Ricardo Lona investigaba a quienes terminarían siendo las victimas del crimen imputados de participar en grupos y actividades políticas prohibidas por la ley 20840. Ninguno de los mismos fueron condenados. Atento al estado de sitio los presos políticos eran puestos a Disposición del Poder Ejecutivo Nacional cercenándoseles el derecho de optar por salir del país. La Unidad Carcelaria nº 1 de Villa Las Rosas era el lugar de detención de presos y presas políticas. De este lugar fueron retirados quienes serían fusilados en el Paraje Palomitas, agregándose un abogado que estaba alojado en una comisaría de San Salvador de Jujuy. Doce en total fueron las víctimas. ¿Quienes fueron las victimas? 1.- Roberto Luis Oglietti, era soltero, estudiante en la Licenciatura de recursos naturales, había nacido el 21 de enero de 1956. Tenía 20 años. En la información sobre antecedentes, conducta y concepto la Policía Federal expresa “Vive en un rancho en la localidad de Güemes, sin las comodidades necesarias para la buena subsistencia. Familia desunida y proclive a las tentaciones por la forma de vida”. El 10 de febrero de 1976 escribió una carta a su hermana, la que decía: “Después de la visita de Roberto nada ha variado en nuestra condición de reclusos, salvo la temperatura que este año nos esta jugando al frío frío el mes de febrero, con el aliciente nada despreciable que este pabellón se lo puede caracterizar sin temor a equivocarse como una perfecta congeladora que hace que a esta altura del partido todos los compañeros andemos con pulóver y mantas.

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De todos modos tenemos que tener presente como una cosa imborrable en nuestro pensamiento, que éste como un año más, los obreros, los humildes, los pobres van a seguir sufriendo las injusticias de este sistema instrumentado en base a la explotación y mantenido a base de la represión mas inhumana. Hambre y palos para el pueblo, a la clase obrera, a esa clase que con sus brazos extrae y procesa toda la riqueza de nuestro país, la que hace posible que Argentina sea lo que es. Acaso te pusiste a pensar que pasaría con una fábrica sin obreros y con el campo sin campesinos?; que harían los poderosos?. Los empresarios, los terratenientes, los politiqueros títeres del imperialismo, que harían sin el pueblo, sin los trabajadores?. Nosotros somos una parte de ese pueblo que sufre las injusticias más irracionales con la diferencia que nos tienen confinados detrás de unas rejas. Esta es una respuesta a eso: El origen de nuestra fuerza no esta en la vaga promesa de un místico, ni en un sueño cualquiera que incendia el alma. Procede únicamente de ese galope de la historia imposible de detener. Los que intentan oponerse a nosotros se oponen también a las leyes seculares del movimiento de la materia, de la sociedad; no existe pausa, sino movimiento: si el hoy desemboca en el mañana, el mañana derriba el hoy y todo sin cesar sigue avanzando, avanzando. Nosotros somos los pregoneros del mañana. Somos el rumor de esa corriente que corre sin parar y reconstruye … Nosotros somos los que acomodan su paso al paso de la historia, los que pisotean al imperialismo que se derrumba y que edifican el mañana. Por eso te puedo decir Norita, que esta es una marcha hacia el sol y que conocemos el final. Capturemos el sol. Lo ultimo que conozco de vos es que estas bien, todo así muy simple y sin mayor detalle y te puedo asegurar que me gustaría conocer mucho de lo que hiciste o estas haciendo; cuando llega el cartero pienso en la posibilidad de saber algo mas de vos, pero me quedo con el “esta bien” del principio. Flaca espero que me escribas. Un beso de tu hermano. Un abrazo a los viejos y a los abuelos. Saludos a toda la familia chica” Esta carta fue objeto de censura y no fue remitida a su destinatario. El Joven Oglietti ratificó haber escrito la misma y el Director de la División Penal Prefecto Mayor Napoleón Soberon, lo

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castigó encerrándolo 15 días en su celda ( 215 ) por criticar en la misma al lugar donde estaban detenidos y hacer alusión a los empresarios, terratenientes, politiqueros a quienes les sindicaba como títeres del imperialismo. 2. G eorgina Graciela Droz, era licenciada en ciencias de la educación, había nacido el 26 de junio de 1941, soltera. Tenía 35 años. Estaba procesada por infracción a la ley 20840. En fecha 23 de Junio de 1975 le escribe al Juez Federal Dr. Ricardo Lona expresándole: “La que suscribe, Georgina Graciela Droz, DNI 3.989.282, detenida el 18 de Marzo de 1975 y alojada en la Cárcel Villa Las Rosas, se dirige a Usted a fin de informarle que, dado que el abogado defensor de oficio no se ha presentado hasta el día de la fecha, y existiendo la necesidad de efectivizar los trámites de la defensa, es que solicita al Señor Juez Federal le conceda la posibilidad de asumir su autodefensa. Sin otro particular y a la espera de una respuesta favorable se despide de Usted muy atentamente.” El 23 de Mayo de 1976, después de haber ejercido su autodefensa y ante el aislamiento a que eran sometidos los presos políticos después del 24 de Marzo, le pidió al Juez lo siguiente “Tengo el agrado de dirigirme a Usted, a fin de solicitarle quiera tener a bien se me nombre Defensor Oficial para atender todos los aspectos relacionados con el juicio que se me sigue en ese Tribunal. Motiva mi pedido el hecho de no estar en condiciones para asumir mi autodefensa, por todo lo cual ruego a Usted que la misma sea cancelada”. 3. Pablo Eliseo Outes, era agricultor con estudios universitarios, casado y separado, había nacido el 3 de febrero de 1929. Tenía 48 años. Fue arrestado en el año 1974 y estaba a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, pero optó por salir del país haciéndolo en fecha 9 de julio de 1975 hacia la Republica de Venezuela, con visa de turista y no de exiliado politico. 215

Fs 1752 y 1753 Causa de Palomitas.

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El Gobierno Venezolano no le otorgó el derecho a la residencia y sin poder trabajar, sin recursos, regresó al país en septiembre de 1975. En una carta de febrero de 1976 dirigida al Juez Dr. Ricardo Lona, requiriendo su libertad, expresaba: “Que mi actual prisión se debe, a que, luego de llegar a mi provincia y encontrándome en mi domicilio familiar, un clima de intranquilidad y de amenazas sobre mi vida, determinó que en presencia de V.E. me presentara a la delegación de la Policía Federal”. Desde fecha 8 de octubre de 1975, Outes, continuó arrestado a disposición del Poder Ejecutivo Nacional. La Ficha dactiloscópica de recluido, prontuario Cárcel nº 13728, entre sus datos personales decía: “Abogado Defensor: No tiene”. 4. José Víctor Povolo, era vendedor ambulante, profesaba la religión Católica, había nacido el 28 de julio de 1947. Tenía 28 años. En la información sobre antecedentes, conducta y concepto la Policía Federal expresa “Vive en casa de un familiar desde chico. Goza de un buen concepto vecinal en general”. Estaba imputado en la causa nº 21343/75 por infracción a la ley 20840 “Tenencia de Armas de Guerra y Asociación Ilícita” y en consecuencia estaba a disposición de la Justicia Federal de Salta y del Poder Ejecutivo Nacional. La Ficha dactiloscópica de recluido, prontuario Cárcel nº 14835, entre sus datos personales decía: “Abogado Defensor: No tiene”. 5. Rodolfo Pedro Usinger, era electricista, había nacido el 12 de mayo de 1950, profesaba la religión católica y contrajo matrimonio con Maria Amaru Luque, en junio de 1975, en su lugar de detención. Tenía 26 años. En enero de 1976 el Prefecto – Sub Jefe de la Guardia Interna de

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la U.C. nº 1 Napoleón Soberon recomendó aplicar QUINCE DIAS DE R E C LU S I O N C E LU L A R a c u m p l i r e n e l p a b e l l ó n d i s c i p l i n a r i o a Usinger por insertar leyendas en tres billetes que decían “LIBERTAD A LOS PRESOS POLITICOS”. 6. Evangelina Mercedes Botta de Linares, era psicóloga, casada y separada, con hijos, había nacido el 20 de Julio de 1946. Tenía 29 años. Militaba en el P.R.T. En la información sobre antecedentes, conducta y concepto la Policía Federal expresa “Sin domicilio fijo”. En el penal había solicitado autorización para que su familia le lleve un juego de ajedrez. 7. Maria del Carmen Alonso de Fernández, era arquitecta, casada y separada, con dos hijos menores, y había nacido el 14 de julio de 1937 y estaba detenida desde fecha 21 de Junio de 1975. Conocida como “Chicha” y era sobrina del desaparecido gobernador Dr. Miguel Ragone. El Juez Ricardo Lona había dispuesto su libertad en fecha 29 de septiembre de 1975 en la causa por infracción a la ley 20.840, pero continuó alojada en Establecimiento Penal por Disposición del Poder Ejecutivo Nacional.(216 ) En la información sobre antecedentes, conducta y concepto la Policía Federal expresa “Vive en un ambiente muy cómodo y reina sana moral, aunque se halla separada del esposo. Merece buen concepto vecinal”. 8. Alberto Simón Savransky, casado, médico, había nacido el 31 de julio de 1947. Tenía 28 años. Militaba en los sectores de la tendencia peronista. El 8 de Mayo de 1975 le remitió una carta al Juez Federal de Salta Ricardo Lona en la que expresaba: “… Fui detenido el 11 de febrero pasado, es decir hace algo mas

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Decreto nº 1876.

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de 100 días, sin que hasta el momento logre entender o justificar, según mi sano juicio, la situación en que me encuentro. Esta se ve agravada por cuanto y pese al largo tiempo transcurrido, no cuento con un abogado defensor, razón por la que solicito a Vuestra Se ñoría, se me permita ejercer mi autodefensa, según normas legales y constitucionales. Vuestra Señoría sabrá comprender el grave daño moral, espiritual y material que esta situación me ocasiona, daños lógicamente extensibles a mi familia, especialmente a mi mujer quién transcurre el 7º mes de su segundo embarazo y a nuestro pequeño hijo, privados de la posibilidad de convivir normalmente con el padre y el esposo. He vivido permanentemente junto a mi familia, quienes en conjunto observan intachable moral y mayor concepto, en un importe sector del quehacer tucumano, vinculados a la actividad profesional, comercial e industrial. Complete mis estudios universitarios en la U.N.T. donde obtuve el título de médico el 22 de julio de 1974… Creo que con este muy sintético curriculun vitae, el cual puede ser ampliado total o parcialmente si v/s lo estima conveniente, demostrar ser un joven profesional de sanas inquietudes y ambiciosos proyectos en bien de mi mujer e hijos y en provecho de la comunidad toda, proveniente de un hogar íntegro, armoniosamente constituido, de reconocida conducta y moral, del cual obtuve todos los valores y herramientas aptas, para ser un hombre digno. La posibilidad de ver realizadas estas honestas y lógicas aspiraciones, como profesional, padre de familia e hijo, las cuales no son otras que las de pretender un continuo y esforzado perfeccionamiento en todo lo concerniente a las diferentes roles que como ser humano útil debo lograr, se ven objetivamente impedidos por la grave situación en que me encuentro. D e s c o n t a n d o Vu e s t r a S e ñ o r í a i n t e r p re t a r á c a b a l m e n t e e l sincero contenido de esta carta, saludo con la consideración mas distinguida”.-

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9. Celia Leonard de Avila, era maestra normal, casada, con hijos y había nacido el 22 de Julio de 1943. Militaba en el P.R.T. 10. Benjamín Leonardo Avila, tenía estudios universitarios, era panadero, casado, con hijos y había nacido el 22 de Julio de 1938. Militaba en el P.R.T. En la información sobre antecedentes, conducta y concepto la Policía Federal expresa “Vive en una casa humilde pero de sana moral el ambiente, junto a sus hijos menores y su esposa Celia Raquel Leonard, también involucrada en la causa”.11. María Amaru Luque de Usinger, era psicóloga, había nacido en fecha 6 de abril de 1950 y contrajo matrimonio estando detenida con Rodolfo Pedro Usinger en Junio de 1975. Mientras permaneció detenida y se lo permitieron, tuvo un libro de cabecera: “La Vejez” de Simone de Beauvoir. 12.- Jorge Ernesto Turk Llapur, abogado jujeño defensor de presos políticos, quién desde Mayo de 1976 estaba detenido en el Departamento de Policía de la Provincia de Jujuy.

Resolución N° 27/83 - Caso 6808 CIDH, 4 de octubre de 1983   ANTECEDENTES:  1. En comunicación de 14 de septiembre de 1979 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recibió la siguiente denuncia:  Dr. JORGE ERNESTO TURK, se presentó en la policía de la Pcia. de Jujuy, luego de recibir una citación. Desde ese momento quedó incomunicado. El día 22 de julio de 1976, se informó a la familia sobre el resultado del Habeas Corpus el cual dio como resultado de que Jorge Ernesto, había sido trasladado a Salta, a su vez aquí comunicaron a los familiares que nunca estuvo en esa provincia. El día 30 de julio comunicaron a los familiares que Jorge Ernesto había fallecido el día 7 de julio de 1976, todo esto fue una comunicación verbal no habiéndose entregado el respectivo certificado de defunción. 

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Se presentó un recurso ante el Juzgado Federal de la Provincia de Jujuy, con fecha 15 de julio de 1976, como resultado informaron que la víctima había sido trasladada a la ciudad de Salta.   2.La CIDH mediante nota del 29 de abril de 1980, transmitió las partes pertinentes al Gobierno de Argentina solicitándole que suministrase la información que considerase pertinente, así como cualquier elemento de juicio que le permitiese apreciar sí en el caso materia de la presente solicitud se agotaron o no los recursos de la jurisdicción interna.   3.En comunicación del lo. de agosto de 1981, el reclamante de la presente denuncia, informó a la Comisión que hasta esa fecha no se había presentado ninguna novedad en el presente caso.

CONSIDERANDO:  1.Que hasta la fecha el Gobierno de Argentina no ha respondido a la solicitud de información formulada en su nota del 29 de abril de 1980.  2. Que el Artículo 39 del Reglamento de la Comisión establece lo siguiente:   Artículo 39 (Presunción) Se presumirán verdaderos los hechos relatados en la petición y cuyas partes pertinentes hayan sido transmitidas al Gobierno del Estado aludido si, en el plazo máximo fijado por la Comisión de conformidad con el Artículo 31, párrafo 5, dicho Gobierno no suministrare la información correspondiente, siempre y cuando de otros elementos de convicción no resultare una conclusión diversa.

  LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,  RESUELVE:  1.Presumir verdaderos los hechos denunciados en la comunicación del mes de septiembre de 1979 relativos a las circunstancias irregulares en que murió el señor Jorge Ernesto Turk.  

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2.Observar que el Gobierno de Argentina que tales hechos constituyen gravísimas violaciones el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad e integridad de la persona (Artículo 1); y al derecho de protección contra la detención arbitraria (Art. XXV) de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.   3.Recomendar al Gobierno de Argentina: a) que disponga una investigación completa e imparcial para determinar la autoría de los hechos denunciados; b) que de acuerdo con las leyes de Argentina que sancione a los responsables de dichos hechos; y c) que informe a la Comisión dentro de un plazo máximo de 60 días sobre las medidas tomadas para poner en práctica las recomendaciones consignadas en la presente Resolución.   4.Comunicar esta Resolución al Gobierno de Argentina y a los denunciantes.   5.Incluir esta Resolución en el Informe Anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos de conformidad con el Artículo 9 (bis) inciso c) III del Estatuto de la Comisión, sin perjuicio de que la Comisión, en su próximo período de sesiones, a la luz de las medidas adoptadas por el Gobierno pueda reconsiderar el caso.

U N A C A U S A PA R A D I G M AT I C A . L A I N D O L E N C I A D E LA JUSTICIA. Si existe una causa paradigmática en Salta es la investigación de este crimen. De la misma surge la indolencia de los poderes públicos y de la justicia en particular en desenmarañar y concluir un juicio justo que delimite las responsabilidades de los perpetradores y los sancione debidamente. Un Juez de los tantos que intervinieron en esta causa expresó lo siguiente: “Si de Palomitas se trata, estamos ante la causa penal mas importante de la historia criminal de Salta. Lo decimos no solo por el número de víctimas, doce en total, que excede en mucho a los otros grandes homicidios múltiples cometidos por criminales comunes, como el de El Chamical –circa 1978-. O bien, la masacre de Gral. Güemes –circa 1980-. Menos mal que todavía podemos recordar

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que los autores de estos hechos, fueron individualizados, detenidos y condenados y que, uno de ellos, murió en la cárcel a manos de otro interno. También lo decimos por los móviles y por la impunidad de siete años, que fueron los pasados entre 1976 y 1983. Pero también lo decimos por el destino similar que es posible avizorar, por otros motivos, ahora legales, acerca del fondo de la cuestión”.(217 ) El titular del Juzgado Federal nº 2 de Salta, con el pensamiento escrito en la resolución citada, observaba la construcción de un destino de impunidad para los responsables del cruel y brutal crimen, cuyo destino debió torcer conforme al juramento empeñado al aceptar una magistratura federal una tarde de julio de 1996.

LA LEY DE FUGAS. LA PLANIFICACION DEL CRIMEN. La eliminación de detenidos “legalizados” era una decisión del Plan Sistemático de terror que se aplicó en todo el país. Las formas utilizadas fueron variadas. La aplicación de la “ley de fugas” fue una de ellas. Esta consistía en simular un intento de evasión y fusilar al detenido político. Quizás la coartada de este asesinato premeditado se haya comenzado a tejer aprovechando las impropias reuniones mezcladas entre la exultación y la valoración de las pautas de la represión hacia la disidencia política que realizaban quienes detentaban parte del poder absoluto. El Juez Federal Lona, el Jefe del Área militar Cnel. Carlos Alberto Mulhall, el Jefe de la Policía Provincial Tte. Coronel Miguel Raúl Gentil y el Mayor Juan Carlos Grande no solo deben haber participado juntos de actos políticos protocolares como el de la asunción del Jefe Militar a la Intervención de la Provincia de Salta, el agasajo de despedida por el traslado del Jefe de la Compañía de Ingenieros 5 del Ejercito Mayor Julio Eduardo Ratto( 218 ), sino también compartido y departido sobre las ideas plasmadas en las actas del Proceso de Reorganización Nacional que juraron acatar, en múltiples reuniones y cenas de “trabajo”, y es por eso, tal vez, que sea cierta la reunión efectuada con anterioridad al crimen 217

Resolución de fecha 24-6-99, fs 2365, causa Palomitas.

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de Palomitas, entre los militares nombrados y el Juez Federal, en la que este último manifestó su preocupación por una posible fuga de los presos políticos de Villa Las Rosas y en consecuencia les requirió el traslado de los mismos ( 219 ). Este hecho, real o no, fue utilizado como argumento defensivo y trajo a la postre los inconvenientes y las excusas para que los funcionarios terminaran no actuando en la investigación cumpliendo el presagio de impunidad efectuado por el Dr. Miguel Antonio Medina. El 5 de Julio de 1976, el Coronel Carlos Alberto Mulhall informa al Juez federal Ricardo Lona que trasladaría hacia Córdoba a las víctimas.(220 ) Juan Antonio Pasayo y Alberto Gómez, entre otros policías de la Provincia de Salta, fueron convocados para un operativo especial, a la Central de Policía y atendidos allí por Joaquín Guil, Jefe de Seguridad, quien les encargó la sustracción de dos vehículos. Este operativo delictivo debía llevarse a cabo en las cercanías de la ruta que une la localidad de Cobos con la localidad de Güemes. En cumplimiento de la directiva se sustrajeron una Camioneta y un automóvil Torino.(221 ) El 6 de Julio de 1976 Hector Mendilaharzu se dirigía a Campo Santo, entre Cobos y el Cruce, cuando un control policial caminero le hace seña que se detenga y al hacerlo lo encañonan, lo hacen descender del vehículo, lo introducen en el monte y lo ataron para inmovilizarlo, llevándose el vehículo (222 ). Alrededor de las horas 20, Martín Julio González y su hermano Daniel José González fueron detenidos, antes de llegar a la Planta

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Pág. 13 El Tribuno del 21-11-76 Se destaca la participación de El Coronel Carlos Alberto Mulhall, El Tte. Coronel Carlos Molina Columbres, el Juez Federal Ricardo Lona entre los que agasajaron al Mayor Julio Eduardo Ratto. 219 Testimonios de los Coroneles (RE) Carlos Alberto Mulhall, Miguel Raul Gentil, Juan Carlos Grande (fs 23/30; 32/36; 87/93) prestados en el Expediente labrado por ante el Juez de Instrucción N° 78 caratulado “SUCESOS ATRIBUIDOS A PERSONAL MILITAR Y DE FUERZAS DE SEGURIDAD BAJO CONTROL OPERACIONAL PRODUCIDO EN LA PROVINCIA DE SALTA DURANTE LA LUCHA CONTRA LA SUBVERCION (CASO PALOMITAS-CABEZA DE BUEY).220 Nota firmada por el Cnel. Mulhall y decepcionada por el Juzgado Federal –fs 189-Causa de Palomitas.

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de Cobos, por un grupo con vestimenta Policial, siendo introducidos en el monte, donde los ataron y le sustrajeron la camioneta Ford F 100 en la que se desplazaban.(223 ) E s to s ve h í c u lo s s u s t ra í d o s p o r l a Po l i c í a Prov i n c i a l f u e ro n utilizados para presentar la coartada de un intento de rescate por parte de guerrilleros a los presos que eran trasladados y de esta manera justificar las muertes de las víctimas. El 6 de Julio de 1976, a horas 17:40, el Capitán Hugo Cesar Espeche concurre al penal a dejar las órdenes expresas al Director del Penal Sargento Héctor Braulio Pérez sobre la modalidad y la forma en que se efectuaría el traslado planificado para horas de la noche. En esta primera visita el Capitán Espeche instruyó a su subalterno Sargento H. B. Pérez a fin de que oscurecieran el penal y permitieran solo que los oficiales del servicio penitenciario permanecieran mientras los presos eran retirados. A las 20:05 concurrió resueltamente el Capitán Espeche y otros oficiales del Ejército, posiblemente integrantes del Grupo de Tareas El Rayo, al penal de Villa Las Rosas. La suerte fatal de las víctimas era ya inevitable. Era un 6 de Julio de 1976, día de un frío invierno. Algunos presos hacían la limpieza del Pabellón donde estaban alojados. Pronto oscurecerían el penal para que la retina y la memoria de los sobrevivientes y celadores no atesoren rostros que permitan el reconocimiento de los infames. El subalcaide inspector de la Cárcel Luciano Rodríguez, le ordenó al guardia Vicente A. Puppi que encierre urgente a los mismos. En esos instantes apagaron las luces del penal. En medio de la oscuridad y encontrándose presentes en ese momento, el Director General Héctor Braulio Pérez, Subdirector General Nicolás Oliva, Director de Seguridad Prefecto Mayor Héctor Ramón Pérez, Jefe de Seguridad Interna Prefecto Mayor Napoleón Soberón, Alcaide Víc tor Manuel Rodríguez, Alcaide Juan Carlos 221 Testimonio rendido por Juan Antonio Pasayo en fecha 8-5-02 ante la Fiscalía Federal nº 2 de Salta. 222 Testimonio de Hector Mendilaharzu –fs 444- causa Palomitas. 223 Testimonio de Martín Julio González –fs 629- causa Palomitas.

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Alzugaray y Subalcaide Juan Salvador Sanguino, sacaron de las celdas a Avila, Roberto Oglietti, José Povolo, Usinger, Sabranski y Outes. Celia Leonard de Avila amamantaba a su hija nacida en cautiverio, sentada en una cama mientras conversaba sobre cuestiones baladíes con Norma Toro y Teresita Córdoba de Arias. El oficial del servicio penitenciario Carrizo acompañado por un oficial del Ejército, penetró al pabellón e impostando un tono castrense le ordenó a la celadora Emilia que haga salir a cinco mujeres cuyos nombres estaban anotados en una hoja. El nombre de Celia Leonard fue el primero que los verdugos pronunciaron y esta por instinto se asustó. Fue esposada al salir. Le siguieron Evangelina Botta y Georgina Droz. Maria Amaru Luque quien corrió hacia el economato, pálida, advirtió a sus compañeras de cautiverio “Se están llevando a las chicas”; en esos instantes fue nombrada. Posteriormente llamaron a Maria del Carmen Alonso de Fernández. Los portones del penal fueron abiertos bajo la atenta custodia de personal de la Agrupación VII de Gendarmería Nacional que tenía a su cargo la guardia externa de Villa Las Rosas y en ese momento quienes fueron privados de Justicia bajo el mote de ser delincuentes subversivos, comenzaron el tránsito en camiones del Ejercito hacia el paraje Palomitas. Allí el escenario del drama estaba preparado. La Policía Provincial había situado – en la escena- los automotores robados. Las víctimas estaban maniatadas e indefensas y de esta manera fueron alevosamente asesinadas. Evangelina Botta, Georgina Droz, Pablo Outes, José Povolo, Rodolfo Usinger, Roberto Oglietti, Maria del C. Alonso, Alberto Savransky, Celia Leonard, Benjamín Avila, María Luque, Jorge Turk Llapur capturaron en el segundo de los disparos dirigidos contra su existencia la dimensión de sus sueños y de sus vidas. A la medianoche de ese día, el Coronel Carlos Alberto Mulhall acompañado por el Inspector General de la Policía Provincial Alberto Ralle y el Inspector General Joaquín Guil, concurrieron a la Comisaría de la localidad de Gral. Güemes a dar instrucciones al personal que debía inspeccionar la escena del crimen (224) y que les serviría de testigos de los rastros de la balacera descargada sobre los vehículos robados y que se presentarían como si fueran los que se utilizaron para el intento de rescate de las víctimas.

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Un parte del Coronel Mulhall al Juez Federal de fecha 7 de Julio de 1976 daba cuenta que fueron muertos en Palomitas Alberto Savransky, Celia Leonard, Benjamín Avila, al intentar ser rescatados por subversivos. Informaba además la fuga del resto de los presos trasladados.(225 ) El automóvil y la camioneta Ford F 100 robado a Mendilaharzu y a los hermanos Gonzáles fueron dejados en el lugar. El automóvil Torino estaba cerca de la Difunta Correa, con perforaciones por todas partes y abundante sangre en los asientos, con restos humanos “como ser orejas, dientes y sesos, también pedazos de huesos al parecer del cráneo y costillas y uñas…”. La camioneta estaba totalmente incendiada y en ella se encontraron los restos de dos cadáveres descuartizados y quemados. El cadáver de Benjamín Avila presentaba fractura en el brazo izquierdo y en ambos hemitorax, producto de una brutal golpiza, previo a su muerte, en el instante quizás, que dándose cuenta de la situación, quiso resistir con el último aliento el cruel asesinato. El Jefe de la Policía Provincial de Jujuy Mayor Luis Domato Arenas avaló el parte del Jefe del Área 322 comunicando el supuesto enfrentamiento y las muer tes en la localidad de Pampa Vieja, Prov i n c i a d e J u j u y, l u g a r d o n d e d e p o s i t a ro n l o s c a d áve re s de María Amarú Luque de Usinger, Rodolfo Pedro Usinger y Roberto Luis Oglietti. El Tte. Coronel Antonio Arrechea, Jefe de la Policía en Tucumán informaba a la opinión pública de un enfrentamiento en la localidad de Ticucho, Provincia de Tucumán donde depositaron los cadáveres de Pablo Eliseo Outes, José Víctor Povolo y María del Carmen Alonso de Fernández. Finalmente en fecha 11 de Julio de 1976 el Coronel Mulhall informaba al Juez Federal que en el enfrentamiento con delincuentes subversivos habían sido muer tos las personas ya mencionadas agregando a la lista al abogado Jorge Ernesto Turk Llapur, quien había estado detenido en una cárcel de San Salvador de Jujuy. En este parte se informaba que Georgina Droz y Evangelina Botta habían 224 225

Testimonio del Policía Roberto Reyes, Fs 713 Causa Palomitas. Fs. 190 causa de Palomitas.

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logrado fugarse. Los cuerpos de Leonard, Avila y Savransky fueron entregados en el cementerio de la Santa Cruz, Salta Capital, en medio de un fuerte dispositivo armado, en cajones cerrados y que prohibieron abrir. Avila Bejamin Leonardo, padre de Benjamín Avila, declaró ante el Juez que los militares se enojaron porque los parientes que fueron al cementerio eran muchos. Bajo la metralleta atenta y empuñada por el Teniente Ricardo B.I. de La Vega ( 226 ), integrante del grupo de tareas “El Rayo”, los familiares de las victimas no pudieron efectuar los ritos del velorio. El terror como arma bien aprendida por los integrantes de los grupos de Tareas se entrometía en este acto sagrado del ritual de la muerte. No quedaba espacio para el reclamo de justicia. “Los mismos parientes de las víctimas acudieron al cuartel tras sus despojos y se sometieron a los perversos designios de la autoridad militar, sin exteriorizar queja alguna. Es compresible y respetable el silencio que guardaron, solo roto cuando yo los cité en esta causa a fines de 1983”, cínicamente escribió el Ex Juez Ricardo Lona en el año 2006. María Amarú Luque de Usinger y Rodolfo Pedro Usinger, quienes habían contraído matrimonio estando en prisión, fueron encontrados enterrados como N.N. en un cementerio de Yala, Pcia. De Jujuy. Los cuerpos de Georgina Droz, Evangelina Botta y Turk Llapur nunca aparecieron.

EL INICIO DE LA INVESTIGACION JUDICIAL No solo los detenidos eran trasladados clandestinamente de un Centro Clandestino de Detención (CCD) a otro conforme a las necesidades de la inteligencia militar y a fin de ser sometidos a careos con otros presos políticos, a nuevos interrogatorios y a torturas o a 226

Asimismo la Comisión Senatorial de los Derechos Humanos dio a conocer ayer una lista de los presuntos responsables y el cargo que ocupaban el día del suceso:… teniente de la Vega, consignándose que este último fue quien prohibiera “la publicación de esquelas o anuncios referidos a cualquiera de los prisioneros muertos…”-Diario La Voz, 6-2-84.

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los lugares donde serían ultimados, sino también los detenidos a disposición del P.E.N. o a disposición de la Justicia Federal eran trasladados a CCD o a otras cárceles para mantener el aislamiento social y familiar y quebrarlos en su resistencia moral a la opresión del terror. Así por ejemplo los salteños Francisco Nadalich, Carlos Nieto, Rodolfo Delfín Rocha ( 227 ), quienes habían sido trasladados desde el penal de Villa Las Rosas hasta la Unidad Penitenciaria de La Plata, en el año 1978, mientras se jugaba el Mundial de Fútbol en nuestro país, fueron transportados en calidad de “rehenes”, clandestinamente, hacia la Unidad Penitenciaria de Córdoba, para ser asesinados si durante este show mundialista las fuerzas armadas sufrían un atentado. Estos traslados de presos políticos a distintos lugares de detención, permitió que quienes habían estado en el penal de Villa Las Rosas socializaran su experiencia con los detenidos en otros puntos del país y difundieran –en una transmisión boca a boca- el fusilamiento de sus compañeros de cautiverio. Curiosamente no fue el Juez Federal Ricardo Lona quien dio el puntapié inicial para iniciar la investigación de este crimen a pesar que fue notificado por el Jefe Militar del Área 322 tanto del traslado de los detenidos bajo causas judiciales como de las muertes producidas por la supuesta tentativa de evasión y de quienes permanecían como prófugos, por medio documentos que portaban una leyenda que rotulaba la información de secreta, calidad esta que fue reverenciada y en consecuencia ni las muertes ni la supuesta evasión de Geogina Droz y Evangelina Botta fueron investigadas en la fecha en que se cometieron los crímenes y que fuera anoticiado el Juez. Tampoco el Fiscal Federal Vicente Masafra, encargado de representar a la sociedad y al Estado en la persecución de los delitos requirió medidas para investigar los mismos. Es un grupo de detenidos políticos en la Unidad Carcelaria localizada en la ciudad de Rawson, Pcia. de Chubut, integrantes de la Juventud Peronista y de Intransigencia y Movilización, quienes anoticiados por presos que habían estado en las cárceles de Salta y otras provincias, los que bajo la excusa de querer difundir sus ideas 227

Nadalich,Nieto y Rocha fueron detenidos en Noviembre de 1974 por panfletear en el centro de la ciudad de Salta y liberados en el año 1980.

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por medio de la prensa cercenada por las autoridades penitenciarias y utilizando el subter fugio de un recurso de amparo, denuncian distintos crimines perpetrados por los militares en la argentina, entre ellos los conocidos como el de “Palomitas” en Salta y el de “Margarita Belen” en el Chaco a los que se había aplicado la “ley de fuga”. “Señor Juez: En nuestro carácter de detenidos, miembros de la Juventud Peronista y de Intransigencia y Movilización Peronista, agrupaciones del Movimiento Nacional Justicialista, venimos por el presente a iniciar Acción de Amparo para que se proteja el derecho que tenemos de publicar nuestras ideas por la prensa, derecho garantizado por la Constitución Nacional e inhibido por disposiciones reglamentarias. Es preciso dejar claramente establecido que nos encontramos con un bloqueo pertinaz de toda expresión pública de nuestros actos y con un desconocimiento de las relaciones que determina nuestra condición de militantes peronistas… Por lo expuesto de V.S. Solicitamos: - T E N G A P O R I N I C I A D A A C C I O N D E A M PA R O S O B R E NUESTROS DERECHOS A PUBLICAR NUESTRAS IDEAS; -T E N G A P O R A G R E G A D O E L D O C U M E N TO P O L I T I CO Q U E ADJUNTAMOS EN 26 FOJAS; - O R D E N E A L A AU TO R I D A D A D M I N I S T R AT I VA Q U E D E B E AU TO R I Z A R E L E G R E S O D E L D O C U M E N TO A D J U N TO P O R M E D I O D E L A CO R R E S P O N D E N C I A CO N N U E S T R O S FA M I L I A R E S , DIRIGENTES POLITICOS, GREMIALES, OBISPOS Y MIEMBROS DEL CUERPO DIPLOMATICO” El documento mencionado entre otras consideraciones decía:

“ L A S C A R C E L E S D E L P. R . N . : T E S T I M O N I O D E L A POLITICA DE ANIQUILAMIENTO: Los peronistas, aún en manos de la dictadura oligárquico militar, expresamos categóricamente que, lo que vivimos en las distintas cárceles del país desde el 24 de marzo de 1976, no fueron excesos

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ni desbordes, sino la implementación de un plan de aniquilamiento, perfectamente planificado y llevada a cabo como un aspecto del plan oligárquico de represión global, con el objetivo de lograr la implementación de un proyecto de entrega y la eliminación de todos los que se opusieron… Pero es el 24 de marzo de 1976 que el país es transformado en un gigantesco campo de concentración, funcionando a pleno, abarrotado de argentinos, tanto las prisiones federales, provinciales y militares, como así también los más de cien lugares de detención clandestinos, varios de ellos instalados en dependencias oficiales de donde desaparecieron 30.000 compatriotas. Ellos no pueden dar su testimonio… En las cárceles “legales” nuestra muerte fue el objetivo máximo y mucho mas grave de lo ocurrido…. Pronto esta practica se extendió a todo el país, en Salta por ejemplo un nuevo traslado significó el fusilamiento de dieciséis compañeros, es que resulto fácil, con los ojos vendados y con las manos atadas a las espaldas…”(228 ). Esta acción de amparo se presento en el mes de junio de 1983 y el Juez Fe d e r a l d e l a l o c a l i d a d d e R a w s o n , O m a r D. G a r z o n i o, entendiendo que se estaban denunciando hechos delictivos remitió esta d o c u m e nt a c i ó n a l J u e z Fe d e ra l R i c a rd o Lo n a p a ra q u e s e anoticiara y c o m e n z a r a l a i n v e s t i g a c i ó n d e e s t e c r i m e n . No obstante que estos asesinatos estaban ya en su conocimiento desde el 7 de Julio de 1976, conforme a la notificación que el Coronel Carlos Alberto Mulhall le había efectuado, necesitó el Juez infractor “que los denunciantes precisen los términos de su denuncia”(229 ), como una condición previa al cumplimiento de su deber de administrar justicia. Casi como una verdad afincada en el sentido común y en la lógica de una persona no avezada en el derecho, uno de los presentantes de la acción de amparo al ser citado a “precisar” la denuncia expreso lo siguiente: “Desea agregar que el Juzgado puede llegar fácilmente a la determinación de la existencia de esas muertes y es el que debe explicar las muer tes que ocurrieron en ese traslado, que es una 228

Parte del texto de la acción de amparo presentado por los presos políticos de la Cárcel de Rawson.

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metodología utilizada en otros lugares del país llamada “ley de fuga”(230 ). El Juez Lona –quien percibía mensualmente pagos de haberes por retiro del Ejercito( 231 )- no necesitaba la precisión de los detenidos que se habían ingeniado utilizando la acción de amparo para denunciar la masacre de Palomitas, sino lo que buscaba era demorar la investigación de la responsabilidad de los militares que lo habían mantenido en el poder judicial, haciendo verdad aquello de que “no se muerde la mano del que le da de comer”. “No puede soslayarse, tampoco, que dichas investigaciones tuvieron lugar en los albores de la democracia recuperada el 9 de diciembre de 1983, o sea, antes de los episodios de Semana Santa y los que le siguieron hasta lograrse en el presente la total sujeción de las Fuerzas Armadas al Poder Civil. No se diga entonces que intervine tardíamente, pues lo hice solo cuando me consideré habilitado jurídicamente y sin reparar en una predecible declaración de incompetencia, tal como a la postre ocurrió.”, d e c l a r ó e l D r. R i c a r d o Lo n a e n p r e s e n t a c i ó n e s c r i t a formulada en el Juicio por la Verdad Histórica, 30 años despues de los crímenes. Lo cierto es que los primeros pasos de la investigación judicial de “Palomitas” por parte de Jueces Civiles se dieron en Junio de 1983 y aún sigue sin resolverse. D e s d e e n t o n c e s l o s v a i ve n e s d e e s t a c a u s a t r u n c a ro n l a s esperanzas que la Justicia reconociera a través de sus decisiones la verdad histórica de los acontecimientos y señalara las responsabilidades de los autores mediatos y de los ejecutores aplicando las sanciones correspondientes. 229

Fs 21 Causa de Palomitas. Fs 64 Causa de Palomitas-Testimonio de Guillermo Bernardo Rave. 231 El 1 de Julio de 2003, ante la Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura, en el expediente nº 149-02, El Juez de Cámara Dr. Ricardo Lona reconoció que “Fui cadete en el año 1953, tuve un accidente en acto de servicio, estuve bastante mal y por aplicación de la ley orgánica del Ejercito me asignaron esa… que es un mínimo…cosa de… (refiriéndose al haber de retiro). También reconoció que en el proceso tenía un hermano en actividad en el Ejercito quien tenía el cargo de Teniente Coronel de Artillería Juan Carlos Lona y revistaba en el III Cuerpo de Ejercito. 230

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Allí donde la justicia post dictatorial no encontró su cauce, los sobrevivientes del Penal de Villa Las Rosas y los familiares lograron que la sociedad salteña conociera este terrible crimen y apuntara sin temor a equivocarse a los responsables del mismo.

LA PARALIZACION DE LA CAUSA Las circunstancias de tiempo modo y lugar en que ocurrió este crimen y las responsabilidades de los autores fue objeto de tratamiento, en distintas instancias judiciales. Durante tres décadas en que no pudo resolverse la Masacre de Palomitas, los siguientes Juzgados intervinieron en la valoración de la investigación y sus consecuencias: Juzgado Federal de la ciudad de Rawson. Juzgado Federal nº 1 de Salta. Juzgado de Instrucción Militar nº 78. Juzgado Federal nº 2 de Salta. Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán. Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba. Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal. Cámara Federal de Apelaciones de Salta. Cámara Nacional de Casación Penal. Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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Consejo de la Magistratura de la Nación. Siete años habían pasado. Cuando ya se avizoraba el restablecimiento de un gobierno constitucional comenzó a reconstruirse la verdad histórica por parte de la Justicia Federal. Sus magistrados y funcionarios eligieron un camino tortuoso en el transcurso de la investigación y la acción u omisión en el cumplimiento de sus deberes condujo a la impunidad que hoy caracteriza a esta causa. La democracia posdictatorial había mantenido en sus cargos a Jueces que habían jurado acatar el Estatuto de Reorganización Nacional. En Salta la Justicia Federal mantuvo al Dr. Ricardo Lona y en Jujuy al Juez Federal Dr. Hugo Mezzena, a quienes luego se los privilegió con el cargo de Jueces de la Cámara Federal. La influencia que ejercieron los mismos en las designaciones de Jueces, Fiscales y Secretarios fue gravitante en las conductas de estos en relación a esta causa. El Juez Federal R icardo Lona realizó las pr imeras medidas investigativas sin embargo y a pesar que de las mismas surgían de manera evidente las responsabilidades del Coronel Carlos Alberto Mulhall, del Capitán Hugo Cesar Espeche y del Inspector General de la Policía Joaquín Guil no ordenó –por este múltiple homicidio- ninguna detención ni las indagatorias de los imputados. El 1 de Febrero de 1984 el Comandante del Tercer Cuerpo de Ejército ordenó la instrucción de sumario para investigar el Crimen de Palomitas. El Juez de Instrucción Militar designado fue el nº 78 Tte. Cnel. Luis Raúl Moreno. Este comenzó a tomar declaraciones testimoniales a los Jefes Militares de Salta en vez de indagarlos por los crímenes que eran tipificados para esta Justicia Militar como Excesos atribuidos a personal militar y de fuerzas de seguridad bajo control operacional producidos en la Provincia de Salta durante la lucha contra la Subversión (Caso Palomitas- Cabeza de Buey). Las actuaciones realizadas por la Justicia Militar se encuentran agregadas al cuerpo 10 del actual expediente que investiga este crimen. En la contratapa del sumario instruido por el Ejército Argentino y como una burla a la Justicia en general y a la sociedad se encuentra pegada una hoja con un acertijo que reza:

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“Adivinanza: Tres palomitas volando Tres cazadores cazando, Cada cual mató la suya Y dos siguieron volando. Solución:

Uno de los cazadores se



Llamaba “cada cual”.

Estas dos investigaciones paralelas generaron contiendas de competencia entre el Fuero Castrense y la Justicia Federal de Salta relativas a que institución –militar o civil- era el Juez natural para resolver las responsabilidades por estos crímenes, lo que originó una de las tantas paralizaciones de la investigación. El 24 de diciembre de 1986 el Gobierno Radical del Dr. Raúl Alfonsin dicto la ley de punto final por medio de la cual ordenaba extinguir la acción penal respecto de toda persona por su presunta participación en cualquier grado, en los delitos del art. 10 de la ley 23.049, que no estuviere prófugo, o declarado en rebeldía, o que no haya sido ordenada su citación a prestar declaración indagatoria, por tribunal competente, antes de los sesenta días corridos a partir de la fecha de promulgación de dicha ley.  El 9 de Enero de 1987 la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió el conflicto a favor del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas y allí mandó la causa por considerar que los hechos encuadraban en las previsiones del art. 10 de la ley 23049 y que “si bien no se ha procesado a militar alguno, las declaraciones del director de la cárcel de Villa Las Rosas comprometen al mayor Espeche, en tanto que el Coronel Mulhall no solo suscribe los documentos antes descriptos sino que el declarante de fs 714 indica su presencia en Gral. Güemes a poco de sucedido el hecho principal”. En paralelo a la resolución dictada por la Corte de Justicia de la Nación, la Cámara Federal de Tucumán, por entonces órgano de

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apelaciones de las resoluciones de la Justicia Federal de Salta, en fecha 23 de febrero de 1987 declaraba su INCOMPETENCIA para entender en la causa de Palomitas disponiendo se remita la misma a la Cámara Federal con asiento en Córdoba por entender que la orden de traslado de los presos fusilados fue emitida por el Comando del Tercer Cuerpo de Ejército con Asiento en esa ciudad. En fecha 12 de Marzo de 1987 la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba declara su incompetencia para entender en la causa de Palomitas y remite nuevamente la misma a su par de Tucumán. En Fecha 10 de abril de 1987 la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán por no compartir los fundamentos de su par de Córdoba remite las actuaciones a la Corte de Justicia de la Nación. En fecha 8 de junio de 1987 se sancionaba la ley de obediencia debida que establecía “Se presume sin admitir prueba en contrario que quienes a la fecha de comisión del hecho revistaban como oficiales jefes, oficiales subalternos, suboficiales y personal de tropa de las fuerzas armadas, de seguridad, policiales y penitenciarias, no son punibles por los delitos a que se refiere el art. 10, punto 1 de la ley 23.049 por haber obrado en virtud de obediencia debida. La misma presunción será aplicada a los oficiales superiores que no hubieran revistado como comandante en jefe, jefe de zona, jefe de subzona o jefe de fuerza de seguridad, policial o penitenciaria si no se resuelve judicialmente, antes de los treinta días de promulgación de esta ley, que tuvieron capacidad decisoria o participaron en la elaboración de las órdenes.  En tales casos se considerará de pleno derecho que las personas mencionadas obraron en estado de coerción bajo subordinación a la autoridad superior y en cumplimiento de ordenes, sin facultad o posibilidad de inspección, oposición o resistencia a ellas en cuanto a su oportunidad y legitimidad”.En fecha 20 de Junio de 1987 la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelve que la Competencia le correspondía a la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba remitiendo allí las actuaciones.

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En este punto y para que el lector entienda, la Corte de Justicia se había pronunciado que en los delitos cometidos por militares o personal bajo control operacional en la lucha contra la subversión debía ser investigada por la Justicia Militar (Consejo Supremo de las FF.AA) y contra los pronunciamientos de éste o su inacción debía intervenir La Cámara Federal del lugar donde ocurrieron los hechos. El gobierno Radical del Dr. Raúl Alfonsin con el dictado de las leyes de la impunidad (punto final y obediencia debida) impidió se continuara la investigación en beneficio de los responsables del genocidio cometido en la Argentina, entre ellos los perpetradores de la masacre de Palomitas. El 23 de Junio de 1988 la Corte de Justicia de la Nación declaró extinguida la acción penal en relación a Luciano Benjamín Menedez, Domingo Antonio Bussi, Carlos Alfredo Carpani Costas, Carlos Alberto Mulhall, Carlos Néstor Bulacios, Ernesto Jaig, apoyándose en la ley de punto final( 232 ). Esta decisión motivo que nuevamente la causa fuera remitida al Juzgado Federal nº 1 de Salta. Los oficiales del Ejército pertenecientes al Grupo de Tareas el Rayo bajo la Jefatura del Capitán Hugo Cesar Espeche que fusilaron a los presos en Palomitas, conjuntamente con el Tte. Coronel Miguel Raúl Gentil, Jefe de la Policía de Salta y su director de Seguridad Joaquín Guil fueron beneficiados por la ley de obediencia debida(233). La causa de Palomitas entró en una larga parálisis que auguraba la impunidad de los genocidas en Salta. Radicado los diez cuerpos de expedientes que componían el universo de la investigación nuevamente en el Juzgado Federal nº 1 de Salta a cargo del eterno Juez Ricardo Lona y su posterior ascenso como Juez de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, implicó que su reemplazante en la Justicia de Primera Instancia fuera el Dr. Abel Cornejo, quien se hizo cargo de la causa. Una denuncia anónima –del mes de mayo de 1999- de un supuesto grupo autodenominado “Unido por la Justicia- Organización no 232 233

Ley 23492. Ley 23521.

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gubernamental” fue presentada en distintos Tribunales y también en la Justicia Federal de Salta pidiendo se investigue la participación del Juez Ricardo Lona en la Masacre de Palomitas como integrante de una Asociación Ilícita dedicada al exterminio de personas en Salta y Jujuy conjuntamente con los Jefes Militares del Área de estas dos provincias y sus jefes policiales. El 5 de Mayo de 1999 Abel Cornejo, Juez Federal se excusó de intervenir por amistad íntima con el imputado Dr. Ricardo Lona. En esa fecha fue remitida la causa al Juzgado Federal nº 2 de Salta a cargo del Dr. Miguel Antonio Medina, quien había actuado en las postrimerías del Proceso de Reorganización Nacional como Juez de Instrucción en la Justicia Provincial y se había vinculado a los Jerarcas del Justicialismo que gobernaron la provincia desde el año 1983. El 24 de Junio de 1999 el Juez Federal Miguel Antonio Medina resolvió desestimar la denuncia contra Ricardo Lona y dispuso se remitan todas las actuaciones al Consejo Supremo de las FF.AA. Esta resolución encerraba la contradicción entre el discurso y la acción de la Salta Post Dictatorial. Alegaba sobre el carácter de imprescriptibles de los crímenes de lesa humanidad que afectaban la garantía estatal de respetar la vida, mientras disponía no investigar la masacre de Palomitas. La resolución denota una queja a la omisión de actuar del Juez Ricardo Lona al expresar “En cuanto a la investigación, en otra parte de esta investigación anticipamos nuestra opinión disvaliosa sobre la misma. Para ello, merituamos el excesivo lapso de tiempo transcurrido entre el momento del hecho y la iniciación de la causa penal, todo ello junto a la forma en que se iniciara – por detenidos en una cárcel del sur del país-. Es que pensamos que, si la regla universal para la investigación de homicidios es esclarecerlos en lo posible, dentro de las cuarenta y ocho horas de conocida su comisión, cuando lo pasado no son horas, sino años, la dificultad de recolectar pruebas para individualizar al autor o autores, es virtualmente insalvable”(234). Decimos de la autocontradicción de este pensamiento, pues

234

Fs 2365 causa Palomitas.

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mientras en esta resolución se refieren elípticamente “a la tesis de la imprescriptibilidad de los denominados “crímenes contra la humanidad”, su concepto, y en su caso, su aplicación práctica en nuestro derecho, a la luz de los tratados internacionales que la Argentina ha firmado, incluidos en el año 1994 en el texto constitucional…” sugiriendo su aplicación al caso concreto, por otra parte da letra a la posición contraria, asumida como tesis en el futuro por los defensores de los imputados, cuando expresa “Seguramente, cuando el Consejo S u p r e m o d e l a s F F. A A r e c i b a l a c a u s a p r i n c i p a l , h a s t a a h o r a acumulada, habrá un temperamento semejante, respecto de quienes están sospechados de haber ejecutado la orden del Comandante del Tercer Cuerpo de Ejército. Nos referimos al Capitán (o Mayor) Espeche y a sus hombres, cuya situación procesal fue sumamente beneficiada tanto por la ley 23492 como por la ley 23521, esto último si fuera sumamente necesario”. L a a p o c a l í p t i c a r e s o l u c i ó n t e r m i n a b a e x p r e s a n d o “ To d o s sabemos que las escasas condenas dictadas por la justicia federal por delitos cometidos durante el último régimen militar argentino, devinieron en indultos. Todos sabemos que lo único que legalmente mantiene vigente el interés social por la represión de los delitos cometidos en aquellos tiempos, es lo sucedido con la apropiación irregular de niños nacidos durante la detención de sus madres. Y no ignoramos que subsiste, por aquella humanidad que siempre debiera presidir nuestros actos, el legitimo derecho de los deudos de las víctimas, tanto a conocer la verdad sobre las circunstancias de su muer te, co m o a s a b e r e l d e s t i n o f i n a l d e los restos de aquellas”. Era claro entonces que el Juez Federal Miguel Antonio Medina solo “y por una cuestión humanitaria” declamó conocer la verdad de cómo murieron las víctimas y encontrar los restos mortales de las mismas, pero no en sancionar a sus responsables. Sin embargo también su pensamiento y su acción en este punto es contradictorio ya que en una resolución de fecha 9 de Mayo de 2001, dictada en el marco del Juicio de la Verdad y que tendía a conocer estas circunstancias resolvió “DISPONER la exclusión de la lista inicial de desaparecidos presentada por los accionantes, a las víctimas de la llamada masacre de “Palomitas”, cuyos restos fueron encontrados

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a s a b e r : Alonso, Maria del Carmen; Botta Evangelina Mercedes; Droz Georgina Graciela; Outes Saravia, Pablo Eliseo”. De más está en decir que los restos mortales de Evangelina Botta, Georgina Droz y Ernesto Turk Llapur nunca fueron encontrados, como así tampoco y en relación a la totalidad de las víctimas de Palomitas la Justicia no se ha pronunciado sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los crímenes. El 16 de septiembre de 1999 se remite la causa de Palomitas al Consejo Supremo de las FF.AA. El 7 de Octubre de 1999 el Brigadier Oscar Osvaldo Mazzoni, Fiscal General de las FF.AA dictamina que no correspondía realizarse medida investigativa alguna al no tener la presente causa pretensión punitiva y ser “la búsqueda de la verdad” un objeto judicial ajeno a la Justicia Militar. En fecha 19 de Octubre de 1999, el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas no aceptó el conocimiento de la causa de Palomitas y dispuso remitir nuevamente la misma al Juzgado Federal nº 2 de Salta por cuanto “la averiguación de antecedentes, desvinculados de la función punitiva”, como lo proponía el Juez Federal Medina, no hace a la materia penal y es extraña a la justicia castrense. En el mes de Febrero de 2000 la causa de Palomitas fue nuevamente recepcionada por la Justicia Federal de Salta. El Fiscal Federal de Salta Dr. Eduardo José Villalba dictaminó que la Justicia Salteña no debía aceptar la competencia y se devuelva este expediente pues debía seguir en poder del Consejo Supremo de las FF.AA. El 27 de Marzo de 2000 el Dr. Miguel Antonio Medina, quien no quería investigar este crimen, no aceptó la devolución de los autos y al trabar nuevamente una cuestión de competencia, remitió nuevamente la causa a la Corte de Justicia de la Nación. La Corte de Justicia entendió que este conflicto de competencia debía ser resuelto por la Cámara Federal de Salta y allí mando las actuaciones. El 5 de Agosto de 2001 la Cámara Federal de Salta resolvió que

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e l J u e z Fe d e r a l n º 2 p ro s i g a co n e l c o n o c i m i e n t o d e l a c a u s a “Palomitas”. Habían pasado ya 25 años y la pregunta que es necesario formularse es ¿Dónde quedó aquello de la regla universal para la investigación de homicidios es esclarecerlos en lo posible, dentro de las cuarenta y ocho horas de conocida su comisión?.

LA REAPERTURA DE LA CAUSA.

El 10 de Marzo de 2000, Familiares de Detenidos Desaparecidos de la ciudad de Orán iniciaron un juicio a fin de que la Justicia Federal Salteña implemente del Derecho a la Verdad y haga conocer a los familiares de los que sufrieron la detención forzosa seguida de su desaparición las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se habían producido los secuestros y el lugar adonde habían sido enterrados para poder ejercer los ritos del duelo. A esta petición judicial se adhirieron los organismos de derechos humanos de Salta. En este juicio radicado ante el Juzgado a cargo del Dr. Miguel Antonio Medina y substanciado como un Habeas Data (Búsqueda de Información) actuó como Fiscal Federal el Dr. Eduardo José Villalba, aquel funcionario que interpretó que el crimen de Palomitas debía ser radicado por ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas. Abierto este juicio se incorporó información sobre las decenas de víctimas en territorio Salteño y comenzaron las declaraciones de los familiares, de ex presos políticos y de Militares y Policías que actuaron en la dictadura en Salta. El peso de los hechos recogido en el Juicio de la Verdad era elocuente de la tragedia no investigada y que mantenía impune a sus perpetradores.

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El Fiscal Federal, formado en las Universidades de la democracia condicionada por el poder militar y las asonadas carapintadas que jaquearon al Gobierno de Alfonsin, aprehendió desde el dolor de los testimonios de las víctimas y sus familiares la magnitud del crimen. Posiblemente el cinismo brutal de los militares que se presentaron a declarar desconociendo el destino de los desaparecidos y una tendencia que se insinuaba en el ámbito de la Procuración Nacional haya influido en el espíritu del Fiscal Federal para que comenzara nuevamente a impulsar la investigación penal, luego que el Capitán (R) Hugo Cesar Espeche reconociera, en el Juicio de la Verdad, su participación en el traslado de las víctimas de Palomitas. En fecha 14 de Marzo de 2002 la Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales de Salta, representada por Lucrecia Eugenia Barquet, Nora Beatriz Leonard, Sara Ricardone, Dolly Mabel Pierini, Mir tha Josefa Torres, Blanca Silvia Lescano y actuando con el patrocinio letrado de los abogados Ta n i a N i e ve s K i r i a co y D av i d Ar n a l d o Le i va reclamaron ante el Fiscal Federal se requiera instrucción por la masacre de Pa l o m i t a s declarándose la nulidad de las leyes de la impunidad y su inconstitucionalidad. En abril de 2002 el Fiscal Federal Eduardo José Villalba solicitó se prosiga con la instrucción de la causa caratulada: “CABEZAS DANIEL VICENTE Y OTROS S/DENUNCIA – LAS PALOMITAS – CABEZA DE BUEY”, y se declare la inconstitucionalidad y nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, las que, según su parecer pusieron fin al trámite de la causa por razones formales. Requirió que una vez resuelto el planteo de nulidad e inconstitucionalidad de las leyes mencionadas se cite a prestar declaración indagatoria a Carlos Alberto Mulhall y a Miguel Raúl Gentil y que respecto al Teniente Coronel Juan Carlos Grande, se declare, una vez comprobado fehacientemente su fallecimiento, extinguida la acción penal. El Fiscal Federal demostrando el cambio que había comenzado a operarse en su espíritu reclamo la competencia de la Justicia Federal para la causa de Palomitas y no la del Consejo Supremo de las

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Fuerzas Armadas, tal como se había pronunciado dos años antes, para lo cual alegó que “a la fecha han variado las circunstancias de hecho y de derecho como para sostener que debe seguirse aquel criterio” y por que “tampoco a esta altura de las actuaciones, parece conveniente que sea un tribunal militar, quien continúe con el juzgamiento del hecho, pues lo poco que se tramitó en él se encuentra lejos de guardar congruencia con el resto de las constancias de la causa”, agregando que “…pese a que de todo el expediente surge con claridad que el artífice de la maniobra resulta ser el Coronel Mulhall, junto con Miguel Raúl Gentil (ex Jefe de la Policía de la provincia de Salta) y el Teniente Coronel Juan Carlos Grande -pues de la documentación a la que luego se hará referencia es fácil advertir quienes tenían el dominio absoluto del hecho- quien ordenó el traslado, comunicó el supuesto enfrentamiento con personal subversivo, tanto al Juez como a los familiares de las víctimas; luego cuando se instruyó la causa en el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, en el año 1984, se pretendió presentar a estos oficiales como sumisos a la autoridad civil, judicial; lo que dista mucho, en este caso, de ser verdad…”. El Dr. Eduardo Villalba comenzó a cumplir su función y la promesa efectuada a Familiares de las Víctimas de Palomitas. El requerimiento efectuado para que se declaren nulas las leyes de la impunidad y se detengan a los jefes del Area 322, responsables de la masacre, fue una grieta por donde se comenzó a filtrar el nuevo impulso de la causa. Este nuevo aire llenó de esperanzas a los militantes de las organizaciones de derechos humanos conducidos por Lucrecia Barquet. Los arquitectos del terror y la impunidad podían ser detenidos y llevados a juicio. En fecha 22 de Mayo de 2002 el Dr. Miguel Antonio Medina recogía en una resolución de treinta y cinco carillas la mejor doctrina judicial compatible con los tratados internaciones de derechos h u m a n o s y l a n e ce s i d a d s o c i a l d e j u z g a r l o s c r í m e n e s d e l e s a humanidad como el de Palomitas declarando la inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Esta resolución, en su aspecto doctrinario, era digna de guardarse en los anaqueles de Tribunales para la lectura de los investigadores. La misma fue un veneno para quienes gozaban de la tranquilidad de las leyes obtenidas bajo presión militar, sin embargo, las contradicciones en el pensamiento y en la acción del Juez de la democracia posdictatorial, hicieron que éste, y a modo de antídoto de su dictamen ordenara

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“Reservar la resolución sobre el pedido de citación y/o detención de los nombrados (Coroneles Mulhall y Gentil), como el de toda otra persona vinculada a ellos, … para cuando la misma se encuentre firme”. La decisión que condicionaba continuar investigando a que la resolución quede firme, significaba lisa y llanamente no abrir la investigación, no detener a los claros responsables del crimen ya que era lógico de estimar, como efectivamente ocurrió después, que los defensores de los imputados llevarían las actuaciones a través de las apelaciones, hasta la mismísima Corte de Justicia de la Nación, en la época en que imperaba la mayoría automática bajo el designio del Menemismo, gobierno bajo el cual se había concluido el ciclo de la impunidad dictando los indultos a los militares condenados y/o procesados. El ego quizás del Juez estableció, en la resolución apuntada, la aplicación del código procedimiento vigente al año 1976, con lo que sustraía del tribunal oral y público el Juzgamiento de Palomitas, reservándose con un procedimiento escrito del viejo código procesal, el dictado de la sentencia, como Juez Instructor, para cuando la misma quedara firme. El 24 de Mayo de 2002, Pablo Ismael Outes, hijo de una víctima de Palomitas constituido en querellante, recusó con causa a los Fiscales Eduardo Villalba, Ricardo Toranzos y Julio Homero Robles por la amistad que estos tenían con el imputado Juez de la Cámara Federal Dr. Ricardo Lona. En fecha 6 de Junio de 2002 el Juez Federal Dr. Miguel Antonio Medina hizo lugar a la Recusación propuesta por Pablo Ismael Outes, cuestión que debilitó la firmeza de la persecución penal y marcó nuevamente la continuidad de un camino tortuoso inconducente del esclarecimiento de las responsabilidades del impune crimen de Palomitas. El 12 de Noviembre de 2002 el Fiscal General por ante el Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal de la Provincia de Salta, Dr. Julio Homero Robles aceptó la recusación de Pablo Ismael Outes por violencia moral. Esta fue aceptada.

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Las causales de apartamiento de los Fiscales de Salta esgrimidas por Outes determinó que a la postre sea un Fiscal radicado en la vecina Provincia de Jujuy quien terminara actuando en la causa. En fecha 29 de Julio de 2003 la Cámara Federal de Salta dispuso la nulidad de las leyes de obediencia debida y punto final y ordenó la detención de los imputados Carlos Mulhall y Miguel Raúl Gentil, conforme los habían peticionado el Fiscal Federal Eduardo Villalba y los Querellantes “Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales de Salta”. La resolución de la Cámara Federal de Salta con las firmas del Juez Dr. Ricardo Munir Falu y del Juez ad hoc Dr. Dardo Rafael Osola terminaba con lo siguiente: “XIV. CONSIDERACIONES FINALES. Resulta necesario formular finalmente algunas reflexiones sobre las disímiles y contradictorias opiniones que sobre el tema de los actos ilícitos cometidos –tanto por las organizaciones subversivas como por las Fuerzas Armadas-, se han publicado últimamente en los medios periodísticos y a raíz de las manifestaciones presidenciales. Así nos encontramos con quienes cr itican y atacan dichas expresiones, otros que las aplauden; aquellos que consideran que debe hacerse justicia y abrir los procesos para juzgar los casos que llegan a los tribunales y aquellos otros que entienden que, dado el tiempo transcurrido, hay que olvidar ese pasado y cerrar definitivamente la cuestión. No se advierte de que otra manera o por cual otro camino deben ser resueltas estas cuestiones, que no sea el procedimiento judicial válido, en el cual habrá garantías para quienes reclaman justicia y para aquellos que son imputados como responsables. En definitiva nuestra Nación ha sufrido una verdadera tragedia por la alteración del régimen constitucional y debe retomar el camino insoslayable del cumplimiento de la ley.”. En fecha 30 de Julio de 2003 la Cámara Federal de Salta dispuso la detención del Capitán Hugo Cesar Espeche.

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En fecha 31 de Julio de 2003 son detenidos los Coroneles retirados Carlos Alberto Mulhall y Miguel Raúl Gentil. A la fecha de las detenciones Mulhall tenía 74 años de edad y Gentil tenia 72 años de edad. El 12 de Agosto de 2003 el Tte. Coronel Retirado Hugo Cesar Espeche fue detenido. A la fecha de su detención Espeche tenia 58 años de edad. La detención de los tres militares era a consecuencia de la presión social ciclópea emprendida por Lucrecia Barquet, Nora Leonard y demás familiares en la búsqueda desesperada de justicia y de la valentía del Fiscal que, volviendo sobre sus pasos, reconociendo tácitamente una postura equivocada, requirió la Nulidad de las leyes de la impunidad. El 15 de agosto de 2003 el Juez Federal Miguel Medina cambia de opinión y dispone que la investigación criminal de Palomitas se debía regir por el Código Procesal Vigente y no por el viejo código, cuestión que a la postre trajo la nulidad de sus actuaciones y su auto apartamiento. En fecha 27 de Agosto de 2003 el Juez Federal Miguel Antonio Medina resuelve no trasladar a los militares presos desde Buenos Aires hasta Salta y no tomarles declaración indagatoria hasta que la resolución de la Cámara Federal que había dispuesto su detención quede firme. Nuevamente el Superior le debió indicar como actuar. Medina debió tomar las indagatorias. En esta primera oportunidad que los imputados fueron conducidos a la Justicia se negaron a declarar. El silencio de los mismos mantuvo el secreto de detalles del Crimen. En fecha Diciembre de 2003 el Juez de la Cámara Federal Ricardo Falu se inhibe de intervenir, inhibición que le fue rechazada por los Jueces Ad Hoc Dardo Osola y Baldomero Miranda Bona. E n Fe b re ro d e 2 0 0 4 e l J u e z Fe d e ra l co n ce d e l a Pr i s i ó n Domiciliaria, en razón de la edad, a los imputados Miguel Raúl Gentil y Carlos Alberto Mulhall. Posteriormente la Cámara Federal de Salta concedió la prisión domiciliaria al Tte. Coronel (R) Hugo Cesar Espeche por razones de Salud.

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El 28 de Mayo de 2004 el Juez Instructor procesó a Carlos Alberto Mulhall, a Miguel Raúl Gentil y a Hugo Cesar Espeche como autores de los homicidios perpetrados en la Masacre de Palomitas. El 30 de Marzo de 2005 y luego que la Cámara de Casación Penal anulara el procesamiento dictado contra los imputados, el Juez Federal Medina se inhibió de seguir en la investigación del múltiple crimen al considerar que, por haber emitido opinión, había perdido su imparcialidad, lo que impediría realizar un nuevo razonamiento objetivo de los sucedido en Palomitas, a la hora de tener que resolver la situación de los militares presos. Lo cierto es que en la actualidad y luego de estar inhibidos los Jueces Federales de Salta ( 235 ) y de no haber aceptado el cargo de Juez ad hoc los abogados de Salta inscriptos para tal fin ( 236 ) y de h a b e r s e i n h i b i d o l o s J u e ce s Fe d e r a l e s d e J u j u y, l a c a u s a e s t á instruida por la Dra. Graciela Comas ( 237 ), abogada de la matrícula de la Provincia de Jujuy, actuando como Fiscal por inhibición de los funcionarios Salteños el Dr. Domingo José Batule, Fiscal Federal nº 1 de Jujuy. L a p re s e n c i a d e u n a J u e z Ad H o c , a b o g a d o p a r t i c u l a r n o especializada en el fuero penal, radicado a 100 kilómetros de la sede del Juzgado, quien no se constituye de Lunes a Viernes a tramitar la causa en la sede del público despacho del Juzgado Federal de Salta impide la articulación e interacción inmediata o contemporánea con las necesidades y con los auxiliares de la Justicia (Secretarios, empleados, peritos, querellantes, Policía Federal) mas un Fiscal Federal también domiciliado en Jujuy constituyen en la actualidad un verdadero p e l i gro q u e grav i t a s o b re l a s e r i e d a d d e l a i nve s t i g a c i ó n y l a solvencia de sus actos. 235

Dr. Abel Cornejo, Juez del Juzgado Federal nº 1 por amistad con el Dr. Ricardo Lona y el Dr. Miguel Antonio Medina, Juez del Juzgado Federal nº 2 por haber dejado de ser imparcial. 236 22 abogados de Salta no aceptaron el cargo de Juez Ad Hoc, a saber: Dres. Sergio Alvarado, Osvaldo Camisar, Juan Casabella, Juan Esteban Cornejo, Ángel Maria Figueroa, Armando Jose Frezze, Galvez Jorge Eduardo, Roberto García Lobo, Federico Gabriel Kosiner, Carlos Alberto López Sanabria, Guillermo Martinelli, Jose Ignacio Murga, Alfredo Puig, Ricardo Alfredo Raimundin, Ernesto Roberto Samson, Carlos Sánchez de Bustamante, José Ignacio Saravia Toledo, Carlos Alberto Sayus, Juan Antonio Uriburu, Ricardo Isaac, Adolfo Rodriguez.

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“A criterio de los firmantes, esta situación tiene estrecha relación con las dificultades que genera la tramitación de la causa de la manera en que se viene llevando a cabo, por falta de contacto de la Sra. Juez con el expediente y las partes, la falta de impulso de oficio de la acción y el tiempo que insume la resolución de las cuestiones urgentes. En sintesis, se advierte que tratándose de una causa penal en la etapa de sumario, con personas detenidas, numerosos imputados y partes querellantes, las actuaciones requieren de un magistrado que se encuentre en forma permanente en la ciudad de Salta, en lugar de la actuación de un letrado de Jujuy que, como es razonable, tiene que permanecer en la ciudad donde ejerce su actividad profesional. Lo ex p u e s to, n o o b s t a a q u e s e re co n ozc a n u e va m e nte l a predisposición expuesta por la Sra. magistrada para colaborar con la administración de justicia, y que asumió esa carga luego de que varios letrados integrantes de la lista de conjueces de los Juzgados Federales de Salta se excusaran de intervenir. Por lo expuesto, cabe recomendar el apartamiento de la Dra. Gladis Comas como juez subrogante en la presente causa...” (237 bis ). La reconstrucción de la verdad histórica de lo ocurrido con los traslados y fusilamiento de las victimas de Palomitas y la asignación de responsabilidades de sus perpetradores y cómplices y encubridores es aún una asignatura pendiente y a treinta años de estos crímenes, la Justicia post dictatorial de Salta no encontró el camino para romper el laberinto de amistades y odios, complicidades e intereses familiares y políticos que envuelven a sus funcionarios y magistrados con los imputados en la causa, cuestión que provoca vergüenza ajena.

237

Dieciocho abogados de la Matricula de Jujuy no aceptaron el cargo. La Dra. Graciela Comas es hija de un Teniente Coronel y aunque esta cuestión no implique motivo de recusación si genera dudas sobre los motivos de su aceptación como Juez de la Causa Penal mas trascendente de la Provincia de Salta, cuando su domicilio laboral y real esta a mas de 100 Km del Juzgado donde se instruyen las actuaciones y demás esta decir, en otra Provincia.  237

bis Resolución nº 45/06 del 04/05/06 firmada por los jueces subrogantes de la Cámara Federal de Salta, recomendando al Consejo de la Magistratura de la Nación el apartamiento de la Dra. Comas, como juez en la causa “Palomitas”..

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CAPITULO V “El vientre que los gestó aún es fructífero”

B. Brecht

DESAPARECIDOS Y RECONCILIACION EN SALTA El gobierno del terror retrocedía. El estrepitoso fracaso militar en la guerra de Malvinas que le había provocado fisuras en su frente interno e internacional no le dejaba el margen de tiempo anunciado con grandilocuencia de que el Proceso de Reorganización Militar tenia metas no plazos y la salida democrática se le filtraba como el agua en un puño cerrado ante una movilización popular creciente aunque no desbordante. Debían resolver, entre otros aspectos centrales, el tema de los desaparecidos y las responsabilidades y la partidocracia que ansiaba las funciones gubernamentales, a cualquier costo, pregonaba que este tema no fuera “heredado” por la democracia. Hasta el presidente del Par tido Demócrata Cristiano Alber to Nolasco Arias expresaba que el Documento Final de los militares “conlleva un propósito esencial: procurar saber si el pueblo perdonará el accionar de las Fuerzas Armadas. Estimó que si no se avanza en explicaciones y precisiones, el gobierno democrático heredará un problema muy grave. …Si van a ser perdonados los hombres de las fuerzas armadas, del mismo modo habrá que perdonar a los que buscan reconciliarse y vivir en una sociedad en paz, en liber tad, democracia y con sentido de justicia”(238 ).

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Semanario Propuesta, 7 al 13 de mayo de 1983,Pág. 13. Ley nº 22924 de fecha 23-03-83, Art. 1 “Decláranse extinguidas las acciones penales emergentes de los delitos cometidos con motivación o finalidad terrorista o subversiva, desde el 25 de mayo de 1973 hasta el 17 de junio de 1982. Los beneficios otorgados por esta ley se extienden, asimismo, a todos los hechos de naturaleza penal realizados en ocasión o con motivo del desarrollo de acciones dirigidas a prevenir, conjurar o poner fin a las referidas actividades terroristas o subversivas, cualquiera hubiera sido su naturaleza o el bien jurídico lesionado. Los efectos de esta ley alcanzan a los autores, partícipes, instigadores, cómplices o encubridores y comprende a los delitos comunes conexos y a los delitos militares conexos.”  239

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Los militares habían dictado una ley de auto amnistía ( 239 ) para liberarse de las sanciones penales por los crímenes cometidos por sus cuadros y a la vez elaboraron un Documento Final ( 240 ) en el que expresaban que fueron actos de servicios las acciones cometidas en la lucha contra la subversión y el terrorismo, a la vez que anunciaban que no existían desaparecidos sino muertos. La Jerarquía Católica en consonancia con la posición de los militares comenzaba a hablar de la reconciliación y del perdón de los crímenes. Normando Requena, Ex Rector de la Universidad Católica de Salta y quien era Capellán de la Guarnición Ejercito Salta ofició como uno de los voceros del condicionamiento militar a la democracia prometida. El siguiente reportaje lo desnuda en sus pensamientos y en la postura militante asumida en pos de la impunidad: “¿Cree Ud. que la democracia es la solución a los problemas del país? -El concepto de democracia no es unívoco sino equívoco. Es una forma de gobierno y, como tal, no debe ser absolutizado de tal manera que lleguemos a canonizar “el numero”. En este sentido no me gusta el sufragio porque “ganan los malos cuando son mas que los buenos”. En todo caso no soy pesimista como para no pensar que algunos problemas puedan solucionarse. Pero no todos. Tengo miedo que algunos se hagan mas graves, porque las llamadas democracias populares muchas veces desembocaron en la dictadura del partido dominante y la libertad muere cuando la mayoría ejerce violencia sobre la minoría.… ¿Qué opina Ud. de la reconciliación nacional en función de la violencia que azotó al país? -Para que funcione la reconciliación debe haber: 1.- Reconocimiento de errores y culpas; 2.- Arrepentimiento; 240

28 de Abril de 1983 Documento Final Junta Militar.

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3.- Propósito de enmiendas. En el tema de la violencia todas las instituciones estaban afectadas en mayor o menor grado y debían ejercer responsabilidad para impedir el terrorismo y la guerra sucia que habían tomado dimensiones horribles; también los partidos políticos; también los responsables de la educación, en la medida en que permitieron que colegios y universidades fueran cómodamente trabajados por los ideólogos de la violencia y se convirtieran en centro de reclutamiento para el terrorismo internacional. ¿Qué opina Ud. sobre el informe de la junta Militar con respecto a la subversión? -La Junta militar ya informó lo que debía, ahora falta que los par tidos políticos y otras instituciones informen que papel han desempeñado antes, durante y después de esta guerra sucia que nos afectaba a todos; que han hecho o dejado de hacer” (241 ). La Iglesia Católica Salteña generalizaba las culpas por el genocidio a toda la sociedad y sus instituciones como una forma de diluir y hasta esconder no solo su bochornoso papel durante el Proceso de Reorganización Nacional sino el de sus responsables. El Ex Senador Nacional Justicialista por Salta J. Armando Caro entregó al Equipo de Pastoral Social y al Arzobispo de Salta, Monseñor Carlos Mariano Pérez, un documento que tituló COMPROMISO DE RECONCILIACIÓN. Este expresaba: “El ejercicio efectivo de la reconciliación nos obliga a potenciar formas concretas de fraternidad a fin de que todo argentino pueda vivir en paz. Puntualizamos algunas consideraciones prioritarias: a) Compromiso con los más pobres, con los desocupados, los marginados, para que dispongan de los medios necesarios para la vida decorosa. b) Levantamiento de todo Juicio negativo y discriminatorio hacia familias de muertos y desaparecidos, así como preferente atención a 241

Semanario Propuesta,Pág. 9, Salta 21 al 27 de Mayo de 1983.

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viudas y huérfanos. c) Esfuerzos por unificar las familias, facilitando el regreso al país de quienes así lo desean acogiéndolos sin prejuicios. d) Trabajar por una generosa amnistía capaz de cerrar las heridas dejadas por la violencia padecida del signo que fuese. e) Procurar una reinserción social de los excarcelados. f ) Mantener viva la solidaridad y afectuosa asistencia a los ex combatientes de las Malvinas, sus viudas y huérfanos bregando para que los muertos en las islas reciban cristiana sepultura. g) Propiciar entre los dirigentes políticos, medios de comunicación, etc. un estilo de relaciones que destierren la injuria, que exalte el respeto mutuo y la colaboración; h) Dar en nuestro programa electoral un lugar destacado a la familia, única escuela verdadera para asegurar una renovación espiritual a largo plazo, en la creencia, como dice la Iglesia, que ella es una “escuela de humanidad mas completa y mas rica.” La voz del Ex Senador Nacional en relación al genocidio era la de una amplia mayoría de dirigentes en el Partido Justicialista de Salta. Proponían la necesidad de amnistiar a los infames por sus crímenes a fin de cerrar las heridas latentes en los familiares de los no aparecidos. Un razonamiento burdo y grotesco fue esgrimido por el Ex Senador Nacional al pretender asignar un lugar destacado a la familia de los desaparecidos eliminando todo juicio discriminatorio y negativo sobre las mismas, con una frase denotada aunque no escrita, en la medida que no reclamen justicia, aspiración contraria a la amnistía propuesta. Un tema obligado y que preocupaba a la sociedad que descubría la cuestión candente y sensible de los no aparecidos era tema de pronunciamiento, de establecer posturas. El Cnel. (R) Hector Guzman Pinedo, empresario y dirigente del

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Partido Unión Provincial de Salta sintetizó su visión ante un reportaje y expresó: ¿Qué juicio le merece el tema de los desaparecidos? –Mire, en eso de los desaparecidos hay mucho de propaganda, de querer captar situaciones, de hacerse los buenitos. El tema de las elecciones anteriores fue la Juventud. Llegó la juventud y usted vio lo que pasó. Yo no tengo argumentos para decir si hubo o no excesos pero cuando hablo de desaparecidos debo ser concreto: los desaparecidos fueron aquellos que pertenecieron a la guerrilla subversiva marxista. Un ciudadano que obró en su vida correctamente no está desaparecido. ¿Q ué pasó con los desaparecidos realmente? Muchos de ellos no están en el país; otros están enterrados por sus mismos compañeros de guerrilla en los montes; lo que sucede es que esto de los desaparecidos se lo quiere utilizar como slogan. Pero, ellos son los que desataron sangre en los caminos de la patria y los que mataron a mansalva.”(242) Claudio Piorno, dirigente de Rosario de la Frontera del Frente de Izquierda Popular y que durante el Gobierno de Juan Carlos Romero llegó a ocupar el cargo de Ministro de Salud expresaba: “...Creemos que hubo un terrorismo autollamado de izquierda y un contraterror amparado en los organismos oficiales. Uno dió pretexto al otro para burlar la voluntad soberana del pueblo y golpear al gobierno popular (De Isabel). La reconciliación es muy necesaria y no estamos en contra. Debe hacerse en base a la verdad y sobre objetivos verdaderos de las mayorías…”(243). A Juan José Botelli, autor de la Zamba “Felipe Varela” y que ocupó la Dirección Provincial de Cultura durante la Jefatura del Cnel. Carlos Alberto Mulhall, se le preguntó: ¿Qué opinas de los militares? – “Este tipo de preguntas solo se ha podido hacer en nuestro país recién desde 1982 y después de la guerra de Malvinas. Yo no 242

Semanario Propuesta, 30 de Abril al 6 de mayo de 1983,Pág. 14. Fue Secretario de Planeamiento y Ministro de Gobierno en Tucumán hasta 1982

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contesto nada; tengo amigo militares, estupendas personas. Lo que me atemoriza es el silencio, la indiferencia con que leen todo lo que se escribe de ellos. Me hace pensar realmente con temor esto de verles con la cabeza fría. Digo de los que tienen el poder, es claro. Y tener la cabeza fría es importante para saber mandar. Francamente es para temer un poco…”.(244) Había un gran consenso en perdonar a los verdugos, reconciliarlos con sus familias y la sociedad y no castigar a través de los juicios. Era la perversidad de la democracia fruto de las equivocaciones geopolíticas de la dictadura y no de una conquista popular.

UNA DEMOCRACIA FRÁGIL. El 10 de diciembre de 1983 se había instaurado la democracia post dictatorial. El poder militar estaba intacto. Las elecciones de 1983 adjudicaron un claro triunfo a Raúl Alfonsín con el 51.7% de los votos contra el 40,1% de Italo Argentino Lúder. Era la primera vez que el Justicialismo era derrotado en las urnas. La UCR logró la mayoría absoluta al establecer un precedente histórico obteniendo 128 de las 254 bancas que componían la Cámara de Diputados. En el interior del país se había impuesto el PJ y los pequeñas Partidos Provinciales Conservadores. La UCR sólo ganó los gobiernos de siete de las veintitrés provincias. Este desequilibrio entre el peso electoral de la UCR a nivel nacional y el predominio geográfico del PJ quedó reflejado en el Senado. Solo 18 bancas de las 46 eran de la UCR, es decir era la minoría. El Gobierno de Raúl Alfonsín rechazó la auto-amnistía, declarando nula la ley dictada durante las postrimerías de Proceso de Reorganización Nacional. Ya lo había anunciado en su campaña. Sin embargo en relación al genocidio propuso la existencia de distintas responsabilidades entre los sicarios:

243 244

Semanario Propuesta, 7 al 13 de mayo de 1983,Pág. 15. Semanario Propuesta, 30 de Abril al 6 de mayo de 1983, Pág. 18.

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-La responsabilidad de las Juntas y de los Comandantes; - L a re s p o n s a b i l i d a d d e q u i e n e s co m e t i e ro n e xce s o s e n l a represión; -La responsabilidad de quienes cumplieron órdenes. Los tres niveles de responsabilidad se habían anunciado en un discurso pronunciado en la cancha de Ferro durante la campaña presidencial de 1983. Estos distintos niveles de responsabilidad tenían por objeto disminuir la presión de las denuncias y de los juicios sobre los oficiales de las Fuerzas Armadas. El Gobierno Radical creía que con las medidas discriminativas de la responsabilidad conformaría a los imputados y podría superarse la antinomia Civiles vs Militares. En diciembre de 1983 el Gobierno Radical dictó los decretos 167 y 158. El primero ordenaba la persecución penal de las cúpulas de los Montoneros y el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP). El segundo ordenaba el juicio a los ex comandantes que integraron las tres Juntas Militares ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas por su responsabilidad en los homicidios, torturas y detenciones ilegales perpetrados entre 1976 y 1983. Los decretos dictados por Alfonsin suscribían la tesis de los dos demonios. En las consideraciones de los decretos se pregonaba que la instauración de las formas violentas de política para acceder al poder se originaron en la praxis de las organizaciones políticos militares de izquierda influenciadas por la bipolaridad mundial y cuyos intereses externos seleccionaron a nuestro país para medir sus fuerzas, lo que provocó el pretexto para la alteración del orden constitucional por un sector de las fuerzas armadas que, aliado con representantes de grupos de poder económico y financiero usurpó el gobierno y, mediante la instauración de un sistema represivo ilegal llegando a una guerra que con los fines de suprimir los efectos visibles de la acción violenta, procedieron a la eliminación física del oponente armado y también de sectores de la población ajenos a aquella actividad.

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El 15 de diciembre de 1983 se creo la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP). Esta comisión concluyó su trabajo con el informe, que luego fuera publicado bajo el titulo Nunca más. El Juicio a las Juntas contaría con el aporte de las investigaciones realizadas por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP). El juicio( 245 ) a los ex Comandantes desarrollado en la órbita de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal comenzó en forma oral y pública el 22 de abril de l985 y concluyó con la sentencia condenatoria el 9 de diciembre de 1985 del Teniente General (R) Jorge Rafael Videla, Almirante (R) Emilio Eduardo Massera, Brigadier General (R) Orlando R amón Agosti, Teniente General (R) Rober to Eduardo Viola, Almirante (R) Armando Lambruschini. Fue significativo la declaración de la responsabilidad criminal de los Jefes militares por una sentencia judicial ante los hechos del genocidio más allá del quantum de la pena que no dejó conforme a los familiares. La Cámara Federal en este juicio absolvió al Teniente General (R) Leopoldo Fortunato Galtieri, Brigadier General (R) Basilio Arturo Lamí Dozo y al Almirante (R) Jorge Isaac Anaya. En 23 de diciembre de 1986 se aprobó la ley de punto final en la que se estableció la extinción de toda acción penal contra civiles y/o militares que dentro de un plazo exiguo de sesenta días no hubieran sido imputados por delitos cometidos en las operaciones antisubversivas. El importante precedente de la condena a los comandantes que integraron las juntas militares comenzaba a desmoronarse. La democracia concedida tenia límites y estos no debían franquearse. Los radicales comenzaron a implementar la limitación de las responsabilidades penales de los asesinos cuestión que terminó 245

Causa 13.

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con los indultos que otorgó el gobierno que le sucedió. L a l e y p ro d u j o m a l e s t a r y f r u s t r a c i ó n e n l a s v i c t i m a s, s u s familiares, organizaciones de derechos humanos y amplios sectores de la sociedad civil. Los Oficiales del Ejército tampoco estaban conformes con la ley de punto final ya que decenas de ellos fueron imputados antes del vencimiento del plazo. El 16 de abr il de 1987 el Teniente Coronel Aldo R ico y un grupo de oficiales que se conocieron como los carapintadas, se amotinaron en la Escuela de infantería de Campo de Mayo resistiendo la citación que la Justicia le hiciera al Mayor Ernesto Guillermo Barreiro (refugiado en el XIV Regimiento de Infantería Aerotranspor tada, en La Calera- Córdoba). El punto central del reclamo armado de los carapintadas fue el cese de lo que ellos l l a m a b a n l a c a m p a ñ a d e a gre s i ó n co nt ra l a s Fu e r z a s Ar m a d a s más un aumento del presupuesto para esas fuerzas y la elección de un nuevo Jefe del Estado Mayor del Ejército. La gente reaccionó y se agolpó en las calles y en las plazas para expresar su apoyo al gobierno constitucional y su repudio a la ac titud de los carapintadas. El presidente Alfonsín sustituyó al General Héctor Ríos Ereñú como Jefe del Estado Mayor por el General José Dante Caridi y a los pocos días envió al Congreso el proyecto de Ley de Obediencia Debida que se promulgó el 8 de Junio de 1987. Esta ley sólo admitía el procesamiento por los crímenes del genocidio de quienes se desempeñaron por encima del rango de brigadier, es decir aquellos que habían impartido órdenes y que habían contado con capacidad operativa para ejecutarlas. Las leyes de Punto Final y Obediencia Debida ponían al descubierto, ante la sociedad, la fragilidad del gobierno constitucional frente a las presiones ejercidas por las Fuerzas Armadas. Otros alzamientos militares se sucedieron durante 1988. (246) 246

En Enero de 1988 en la localidad de Monte Caseros, provincia de Corrientes y el 4 de junio del mismo año, encabezado por el coronel Mohamed Ah Seineldin, en Villa Martelli, pugnando por restaurar el honor y la dignidad del personal y la institución militar, reivindicar la guerra contra La subversión, lo actuado en la guerra de Malvinas y alcanzar una amplia amnistía.

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Finalmente entre octubre de 1989 y diciembre de 1990 fueron indultados unos 300 militares y personal de fuerzas de seguridad que no fueron beneficiados por las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y todo el personal militar, de la prefectura naval y de inteligencia que intervino en las rebeliones contra el gobierno constitucional en la Semana Santa de 1987, Monte Caseros (1987) y Villa Martelli (1988) y los ex-miembros de la junta militar teniente general Leopoldo Fortunato Galtieri, almirante Jorge Isaac Anaya y brigadier general Basilio Arturo Ignacio Lami Dozo, condenados por sus responsabilidades políticas y estratégico-militares en la guerra de las islas Malvinas. También fueron indultados los Comandantes condenados en la causa 13 (247). La impunidad había cerrado su círculo en la frágil democracia Argentina, constituyéndose en un paradigma en la que se reflejarían las conductas vinculadas a la corrupción y a la entrega del patrimonio nacional por los futuros gobernantes. Cualquier conducta disvaliosa e ilícita desde la jerarquía estatal sería soportada como lo fue el aumento de los niveles de pobreza de la mayoría de la población, disparada verticalmente con el mayor robo financiero al país y a sectores de las clases medias durante el proceso llamado “corralito” en los primeros años del 2000.-

LOS HIJOS DEL PR OCESO: UNA HERENCIA QUE NO SE PUDO CAMBIAR. El Triunvirato Interventor del Partido Justicialista había rechazado la afiliación de Roberto Romero a sus filas. El Juez Federal Ricardo Lona, en Mayo de 1983, dejo sin efecto la resolución partidaria facilitando que el empresario protagonizara las elecciones internas que lo catapultaron como candidato a gobernador por el Justicialismo para las elecciones del 30 de octubre de 1983.

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Decretos 1002,1003, 1004 y 1005, de fecha 7 de octubre de 1989. Decretos 2741, 2742 y 2743 del 30 de diciembre de 1990.

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En la Provincia de Salta, el titular del Diario El Tribuno que había servido a los intereses del terrorismo masificando sus mensajes era el Gobernador electo por el Partido Justicialista. El Par tido Justicialista y la Unión Cívica Radical superan el 40% de las preferencias electorales y el Partido Renovador de Salta conducido por el Capitán de Navío (R) Augusto Roberto Ulloa alcanza el 17% de las mismas. Finalmente el 10 de diciembre a las 10 de la Mañana Roberto Romero se convier te en el primer gobernador de la transición democrática. Los diarios de la provincia hacían conocer las listas de desaparecidos y consternaban a la población con publicaciones sobre el horror que padecieron las victimas secuestradas en las Cárceles y en los Centros Clandestinos de Detención. En el año 1984 el Dr. Ricardo Lona recibió la aprobación del Senado de la Nación, de mayoría Justicialista, y continuó desempeñándose como Juez Federal en Salta. En 1993, Casi diez años después, fue designado para integrar la Cámara Federal de Salta. La democracia post dictatorial no había logrado remover de sus cuadros judiciales a quienes habían jurado acatar el Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional, por encima de la constitución. La Justicia perdía nuevamente su equilibrio y los derechos humanos seguirían siendo sólo una materia impartida en las Universidades Nacionales. La Cámara de Senadores de Salta, Bloque Justicialista, formó una Comisión de Derechos Humanos que recepcionó denuncias sobre los graves delitos de la dictadura en contra del género humano y las derivó a la Justicia Provincial, sin embargo no logró el consenso para que su actividad concluyera con un informe final de la Cámara de Senadores sobre lo actuado por el Terrorismo en Salta. Mientras, su par, la Cámara de Diputados, expulsaba a uno de sus miembros, el Diputado Justicialista Mártires Quintana, por pertenecer a las filas de los Servicios de Inteligencia y realizar tareas de espionaje a sus integrantes. Los familiares de los no aparecidos recurrieron a la Justicia Provincial y Federal en búsqueda de información sobre el destino de

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sus seres queridos para mitigar la angustia de la incer tidumbre sobre su suerte fatal, sospechada pero automáticamente negada, pues la posibilidad de la vida generaba esperanza y ello dinamizaba sus acciones. Dirigentes de la APDH Salta y de Familiares de Detenidos y Desaparecidos exhortaron al Monseñor Carlos Mariano Pérez, de la arquidiócesis de Salta, la excomunión de todos los integrantes de las fuerzas militares, policiales y civiles que en el ámbito de la provincia hayan ordenado, ejecutado y/o participado en la aplicación de torturas o tormentos físicos y/o psíquicos a personas privadas de su libertad, sin importar el origen de la misma como, asimismo, intervenido en el secuestro forzado de personas. La jerarquía de la Iglesia Católica de Salta continuó marginada del drama vivido en Salta por las víctimas del terrorismo de estado y sus familias. La cercanía con los emisarios del terror la había insensibilizado y hasta conducido a adoptar conductas contrarias a toda moral humanitaria que se precie de respetar la vida. La búsqueda de los desaparecidos llevó a tenues medidas de la justicia quienes en algún cementerio desenterraron cadáveres N.N. ante la sospecha que se pudiera tratar de los mismos. Estas actitudes motivaron que en fecha 23 de enero de 1984 Monseñor Carlos Mariano Pérez efectuara las siguientes declaraciones “...hay que erradicar a las Madres de Plaza de Mayo y a los organismos de derechos humanos que pertenecen a una organización internacional, lo mismo hay que terminar con la exhumación de cadáveres N-N que es una infámia para la sociedad...”. “Es una infamia. Están removiendo tierra y levantando malos olores, cuando en realidad éste es un periodo de reconciliación” “Hay grupos que tratan de destruir la nueva etapa constitucional. Todos los cristianos sabemos cuales son.” “Aquí debe haber justicia para todos. ¿Por qué juzgar solo a los militares y no a los que comandaron las organizaciones terroristas?” “Hay que perdonar y olvidar. ¿Acaso el Papa no fue a visitar a quién intento asesinarlo y Cristo Nuestro Señor no perdonó a todo un pueblo que lo condenaba ante la Cruz?” “Aquí lo que se pretende hacer es poner al pueblo en contra de las Fuerzas Armadas y ello atenta en contra de la misma democracia” “No hay que hacerle el juego a las organizaciones supuestamente

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dedicadas a la defensa de los derechos humanos, porque sus metas son ajenas al interés nacional”(248 ). La Voz de la Iglesia Cómplice actuaba sobre la opinión pública para conservar el silencio de los cementerios logrado en los años del terror. Nunca se inició el proceso de excomunión solicitados por los Organismos de Derechos Humanos. Todavía retumbaban en la conciencia de los dignos los gritos de “con vida los llevaron con vida los queremos” y esta deuda interna, lacerante, era el mas fiel reflejo del fracaso del documento final de la Junta Militar y de los candidatos que acordaron la democracia condicionada tendiendo un puente de plata a los extraviados del Partido Militar. El Documental del Nunca Mas donde por primera vez se escuchaban y veían las imágenes de las victimas del terrorismo de Estado contando las penurias de los aparecidos y las propias en los Centros Clandestinos de Detención era difundido por los canales televisivos nacionales, sin embargo el único medio televisivo de Salta, el Canal 11, se negó a difundir y proyectar el film-documental NUNCA MAS. L a e m p re s a CO R T E S A p ro p i e t a r i a d e l Ca n a l t e l e v i s i vo e r a presidida entonces por Horacio Patrón Costas, representante del Ingenio y Refinería San Martín del Tabacal SA en la Unión Industrial de Salta. Por entonces las empresas de Roberto Romero, gobernador de Salta, eran poseedoras de un importante paquete accionario de la empresa CORTESA. La formalidad de las investigaciones judiciales de Salta encontraba el desahogo en la sanción de las leyes de la impunidad. Los Senadores Nacionales Salteños que votaron a favor de las mismas fueron: - Horacio Bravo Herrera –Partido Justicialista. 248

Revista SIETE DÍAS nº 868 Fecha 1-2- al 7-2-84.

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Los Diputados Nacionales Salteños que votaron a favor de las mismas fueron: - Osvaldo Camisar - Unión Cívica Radical - Juan Castiella - Unión Cívica Radical - Ricardo Daud - Unión Cívica Radical - Carlos Vidal - Unión Cívica Radical - Capitán de Navío Roberto Ulloa - Partido Renovador de Salta El Senador Nacional por el Par tido Justicialista Juan Carlos Romero voto en contra de estas leyes. El Oficial de Gendarmería Sergio Raúl Nazario, alias “comandante Estévez”, quien había actuado en los Campos de Concentración “El Olimpo” y “El Vesubio” , fue reclutado -junto a otros represores de la dictadura- para formar parte de la empresa de seguridad “Brides”, siendo recomendado por Yabrán como personal de “seguridad” y fue destinado a trabajar en el Diario El Tribuno de propiedad de la familia gobernante. Este trabajo le facilitó relacionarse con el titular del Poder Ejecutivo Provincial. Durante la gestión de Juan Carlos Romero como gobernador de Salta, Sergio Raúl Nazario, fue nombrado Secretario de Seguridad de la Provincia. Un Ex detenido político Julio Aguirre -quién había ocupado el cargo de Senador Provincial por el Departamento de Salta Capital- lo identificó como la persona que lo torturó en el centro clandestino de detención “El Olimpo”. Esta denuncia terminó con la función pública visible de Nazario, pero no con sus servicios para los que siguió siendo contratado por el gobierno de Salta. El 10 de diciembre de 1991 el Capitán de Navío (R) Rober to Augusto Ulloa, quien estuvo al frente del Ejecutivo Provincial durante la dictadura terrorista, volvía a la gobernación de Salta electo por el voto popular.

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Esta fue la realidad provincial que militó contra las investigaciones del genocidio y los treinta años de impunidad.

LISTADOS DE CAUSAS. Lo que se describe a continuación son las causas que se han iniciado como consecuencia de los actos de terrorismo de estado en Salta. Expte. N° 212/05 “Autores Desconocidos - S/ Infracción a la Ley 20.840 – En Perjuicio de Paulo Diaz”. Expte. N° 176 /05, 131 /bis, 87332 /76 “Autores Desconocidos - S/ Supuesto Secuestro de Norberto Guerrero” Expte. N° 202/05 y 50/05 y 87.604/76 “Autores Desconocidos – S/ Homicidio en Perjuicio de Luis Risso Patrón” Expte. N° 213/05 “Autores Desconocidos - S/ Infracción a la Ley 20.840 Privación de la Libertad y Homicidio en Perjuicio de Oscar Carlos Martínez”.- Expte. N° 076/05 Y 87.078/76 “Investigación sobre la Desaparición del Dr. Miguel Ragone, del Homicidio de Santiago Arredes y Lesiones de la Sra. Margarita Martínez de Leal” Expte. 94.299/83 y 563/99 “Cabezas, David Vicente y otros s/denuncia (Palomitas - Cabeza de Buey) Expte. Nº 86.683 /76 “Martínez, César Carlos s/privación ilegal de la libertad y homicidio” - (Comando Libertadores de América). Expte. nº 86.294 /75 “Urueña, Pedro s/homicidio” ( Comando Libertadores de América ) Expte. Nº 86.026 /76 “Homicidio calificado en perjuicio de N.N.”(Comandos Libertadores de América) Expte. Nº 85.754 /75 “C/Autores Desconocidos s/N.N.” (Comandos Libertadores de América)

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Expte. Nº 85.735 /75 “Domingo Sebastián Ruarte y otro s/desaparición” Expte. Nº 85.865 /75 “Casabela, Eduardo y otro s/desaparición” Expte. Nº 86.143 /75 “Olazo, Maria Yolanda y otro s/desaparición” Expte. Nº 86.325 /76 “Aguirre, Juan Angel y otro s/desaparición” Expte. Nº 86.329 /76 “Weneta, Maria; Arce, Aida y otros s/desaparición” Expte. Nº 86.329 /76 “González, Carlos y otro s/desaparición” Expte. Nº 86.380 /76 86.380/76: “Autores desconocidos s/N.N.” “Autores desconocidos s/N.N.” (Comando Libertadores de América) Expte. Nº 86.387 /76 “Sanchez, Mario o Monasterio, Mario Domingo s/ desaparición” Expte. Nº 86.401 /76 “Guantay, Eladio y otros N.N.” Expte. Nº 86.406 /76 “Martínez, presencia del Carmen y otros s/desaparición” Expte. Nº 86.473 /76 “Autores desconocidos s/N.N.” (Comando Libertadores de América) Expte. Nº 86.489 /76 “Autores desconocidos s/ N.N.” (Comando Libertadores de América) Expte. Nº 86.683 /76 “Autores desconocidos, homicidio en perjuicio de Martínez, César Carlos” Expte. Nº 87.213 /76 “Denuncia de secuestro en perjuicio de Pizarro, Felipe Rodolfo Expte. Nº 87.386 /76 “Autores desconocidos s/rapto y privación ilegítima de la libertad en perjuicio de Carrizo, Maria del Valle” Expte. nº 87.401 /76 “Autores desconocidos s/supuesto secuestro perj. Héctor Eduardo Saravia y otro” Expte. Nº 87.432 /76 y 134/05 “Autores desconocidos s/secuestro perjuicio Julio Víctor Apaza” Expte. nº 90.215 /77 “Autores desconocidos s/sup. rapto perj. Hugo y Walter Montesino” Expte. Nº 87.761 /76 “Autores desconocidos s/Infracción ley 20.840 Homicidio N.N.” Expte. Nº 87.629 /76 “Autores desconocidos s/asalto y robo a mano armada en perj. De Martín y Daniel José González” Expte. Nº 87.752 /76 y 136/05 “Autores desconocidos s/supuesto secuestro perj. Nora Ester Montecino de Trench” Expte. nº 87.755 /76 “Autores desconocidos s/intimidación pública”

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Expte. Nº 87.740 /76 “Autores desconocidos s/supuesto secuestro en perjuicio de Enrique Mosca Alsina” Expte. Nº 87.726 /76 “Autores desconocidos s/secuestro en perjuicio de Ramón Gerardo Gallardo” Expte. Nº 87.332 /76 “Supuesto secuestro en perjuicio de Guerrero, Norberto” Expte. Nº 87.334 /76 “Homicidio en perjuicio de Medina, Juan Zoilo” Expte. Nº 87.365 /76 “Paz Rubén s/desaparición” Expte. Nº 87.274 /76 “Tentativa de secuestro en perjuicio de Montenegro, José D.” Expte. Nº 88.649 /76 “Autores desconocidos s/Intimidación pública perj. Ronald Coraita” Expte. Nº 88.111 /76 “Autores desconocidos s/sup. ilegítima de la libertad perjuicio Gerardo David Jiménez” Expte. Nº 88.366 /76 “Autores Desconocidos s/privación ilegítima de la libertad perj. Carlos Estanislao Figueroa” Expte. Nº 88.547 /76 “Autores desconocidos s/secuestro víctima Silvia Benjamín Aramayo” Expte. Nº 87.76º /76 “Autores desconocidos s/infracción ley 20.840-Homicidio N.N.” Expte. Nº 87.793 /76 “Autores desconocidos s/Amenazas Infracción ley 20.840 homicidio N.N.” Expte. Nº 87.794 /76 “Autores desconocidos s/homicidio 2 cadáveres sin identificar” Expte. Nº 88.017 /76 y 286/04 “Autores desconocidos s/secuestro perj. Silvia Benjamina Aramayo” “Ovalle Juan Manuel; Guil Joaquin; Murua; Gentil Miguel Raul y Mulhall Carlos Alberto s/ Infracc. Arts. 141, 144 bis inc. 1, 142 inc. 1 y 5, art. 144 tercero inc. 1 CP” Expte. Nº 88.026 /76 “Autores desconocidos s/homicidio N.N.” Expte. Nº 88.400 /76: “Autores desconocidos s/Infracción ley 20.840, lesiones graves con muerte sobreviviente y supuesta tentativa de secuestro en perj. de Enrique Cobos y otros” Expte. Nº 745/04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de Personas-P/ Sergio Wenceslao Copa” Expte. Nº 750/04 y 49/05 “Autores a Establecer s/Homicidio Agravado, Privación Ilegítima de la Libertad y Torturas en Perjuicio de Gemma Ana Maria Fernández Archirey de Gamboa” Expte. Nº 747/04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de Personas-P

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Carlos Estanislao Figueroa Rojas” Expte. Nº 751/04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de Personas-P Ramón Gerardo Gallardo” Expte. Nº 749/04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de Personas-P/ Gamboa Héctor Domingo” Expte. Nº 746/04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de Personas-P/ David León” Expte. Nº 740/04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de Personas-P/ Mario Bernardino Luna” Expte. Nº 744/04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de Personas-P/ Juan de Dios Ortiz” Expte. Nº 7741 /04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de Personas-P/Carmen Berta Torres” Expte. Nº 742/04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de Personas-P/ Francisca Delicia Torres” Expte. Nº 209/03 “Autores desconocidos s/Denuncia Infracc. Arts. 141, 144 bis inc. 1, 142 inc. 1 y 5, art. 144 tercero inc. 1 CP -P/Aldo Meliton Bustos” Expte. Nº 874/03 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de PersonasP/Pedro Bonifacio Velez” Expte. Nº 178/04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de Personas-P/ Rene Russo- Infracc. Arts. 141, 144 bis inc. 1, 142 inc. 1 y 5, art. 144 tercero inc. 1 CP” Expte. Nº 738/04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de PersonasRaúl Alberto Vaca Rubio” Expte. Nº 748/04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de PersonasSantos Abrahán Garnica” Expte. Nº 743/04 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de PersonasJuan José Figueroa Elias” Expte. Nº 35/05 “Autores desconocidos s/Denuncia Desaparición de PersonasRaúl Benjamín Osores” Expte. Nº 132/05 y 87.241/76 “Autores desconocidos s/Denuncia Secuestro – Juana Isabel López” Expte. Nº 135/05 y 87401/76 “Autores desconocidos s/ Secuestro y RoboDesaparición de Personas- Reynaldo Isola” Expte. Nº 137/05 y 137/05 “Autores desconocidos s/Denuncia secuestro Infracción Ley 20840 - Perj. Oscar Alberto Bianchini” Expte. Nº 131/05 y 87761/76

“Autores desconocidos s/Denuncia secuestro

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Infracción Ley 20840 - Perj. -Paulo Diaz” Expte. Nº 48/05 y 86683/76 “Autores desconocidos s/Denuncia secuestro Infracción Ley 20840 - Perj. –Cesar Carlos Martínez” Expte. Nº 87.241 /76 “Denuncia de secuestro en perjuicio de Napoleón, Juan y Ortega “

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Expte. Nº 87.377 /76 “Autores desconocidos s/homicidio en perjuicio de Figueroa, Tadeo Alejandro”

En ninguna de las causas mencionadas y que se tramitan por ante la Justicia Federal de Salta, a treinta años de los hechos, se ha logrado siquiera llegar a un juicio Oral y Publico que delimite las responsabilidades de los sicarios que actuaron impunemente en la Provincia de Salta.

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CAPITULO VI E L D I S C U R S O C O N T R A D I C T O R I O D E R E S P E TA R LOS DERECHOS HUMANOS La Constitución Salteña fue reformada en el año 1986 y prescribió: “La soberanía reside en el pueblo, quien la ejerce a través de sus representantes y demás autoridades legítimamente constituidas y por si, de acuerdo con las formas de participación que la presente constitución establece. Esta Constitución no pierde vigencia aún cuando por ac to v i o l e nto o d e c u a l q u i e r n at u ra l e z a s e l l e g u e a i nte r r u m p i r s u observancia. En tal caso, tan pronto como el pueblo recobre la libertad, se restablecerá su imperio y serán juzgados los responsables y quienes hubiesen colaborado, los que, además, quedan inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos, sean estos electivos o no, y son declarados infames traidores a la soberanía popular. El no acatamiento de las órdenes y actos de tales usurpadores será legítimo. Los actos y leyes que realicen y dicten podrán ser declarados nulos.” (249 ) Sin embargo como se expuso, el Capitán de Navío (R) Roberto Augusto Ulloa fue electo gobernador para el periodo comprendido entre el 10-12-91 al 10-12-95, a pesar de que la Constitución Salteña determinaba que era una de las personas consideradas como “infame traidor a la soberanía popular” y de que durante su gestión al frente del Ejecutivo en el periodo de facto sufrieron la detención forzada seguidas de la desaparición Tilca Barreix Armando, Aramayo Silvia Benjamina, Figueroa Elias, Juan José, Bustos Aldo Meliton, Molina Medina Orlando Ronal, Parada Juan Carlos, Cascella de Parada, 249

Art. 2 Titularidad y defensa de la Soberanía-Constitución Provincia de

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Marta Beatriz, Gómez Rubén y soportaron el secuestro ilegal Máximo Rodolfo Blostein y su esposa Fanny Amalia Pascual (250 ) desde su domicilio en El Ingenio San Martín del Tabacal, Dpto. de Oran. Otro traidor a la soberanía popular conforme lo calificaba la Constitución aprobada en el año 1986 y que intentó ocupar el sillón de Intendente de la segunda ciudad de Salta, en el año 1995, conforme a propuesta electoral del Partido Renovador de Salta, fue el Comandante Raúl Alfredo Reynoso ( 251 ), quien se había desempeñado hasta el año 1992 como jefe del Escuadrón 20 Orán de la Gendarmería Nacional. Raúl Alfredo Reynoso cumple actualmente prisión preventiva en el Escuadrón 20 Oran de la Gendarmería Nacional, la que es permanentemente burlada, ya que asiste a espectáculos deportivos y eventos familiares, con la complicidad de sus camaradas que burlan la orden de la Justicia Federal de Corrientes. Muchos de los personajes y funcionarios de la Dictadura fueron legitimados por las preferencias electorales de los salteños, no solo a través del partido que fue su cría (P.R.S.), sino además desde las estructuras del P.J. y la U.C.R. o nombrados funcionarios jerárquicos del Estado Nacional, Provincial y Municipal. El discurso contradictorio y doble objetado a los Jueces en el Capítulo refer ido a la causa de Palomitas for maba par te de una característica cultural del pueblo de Salta. Querer borrar la dictadura y darle títulos de gobernantes a quienes representaron la misma. Discurrir sobre los derechos humanos incorporados a la letra constitucional y legitimar con el voto la conducta estatal de quienes lo violaron. Ambicionar la justicia social y re elegir a l o s 250

Fueron secuestrados en fecha 28-09-77 desde el Ingenio San Martín del Tabacal de propiedad de la familia Patrón Costas y posteriormente fueron legalizados permaneciendo a disposición del Poder Ejecutivo Nacional hasta el año 1983. 251 Detenido por las causas d el Ex- Regimiento 9 de Infantería de Corrientes, junto a 6 militares entre ellos dos coroneles en actividad Horacio Losito (Era asesor militar en la Embajada de Italia) y el coronel Julio Barreiro (Jefe del regimiento de Monte Caseros, Corrientes) y con procesamiento confirmado por la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes en la causa n° 276/04 Caratulada “De Marchi Juan y Otros – Tormentos Agravados, Privación Ilegal de la Libertad, Desaparición Forzada”.

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que se comportan como “patrón de estancia” desde los poderes con la cosa publica. Las privatizaciones de la década del 90 golpearon fuertemente las economías regionales y trajeron como consecuencia la perdida sustancial de las fuentes de trabajo. Los trabajadores de YPF en las localidad de Mosconi y Tartagal se dieron cuenta que las indemnizaciones obtenidas ante los despidos fueron solo un espejismo de un poder adquisitivo irreal. En el año 2000 el norte de Salta se transformó en piquete. Miles de trabajadores protestaron sobre la ruta 34 en múltiples cortes durante varios meses solicitando fuentes de trabajo. A los trabajadores desocupados de YPF se les sumaron los despedidos de la empresa de colectivo de pasajeros Atahualpa y los aborígenes. Llegó la represión, brutal, innecesaria, sobre trabajadores y pobladores de todas las edades cuyo reclamo principal era genuinas fuentes de trabajo. El dialogo y la búsqueda de solución de los primarios reclamos fue sustituido por los golpes de cachiporra, las detenciones masivas, los allanamientos irregulares en las casas de los pobladores, las granadas de gas, las balas de goma y plomo lanzadas sobre los protestantes. Llegó también la muerte(252). Decenas de trabajadores fueron procesados imputados no solo de entorpecer el transito sino de constituir “Asociación Ilícita”. Las muertes jamás fueron esclarecidas. L a J u s t i c i a Fe d e ra l d e S a l t a p o n í a s u s e l l o p e r s o n a l e n l a protesta. Eficiencia para procesar por los cor tes de ruta en una tentativa de desalentar a los activistas y dirigentes de los piqueteros. Ineficiencia para investigar la muerte de Aníbal Veron ocurrida durante la protesta. En la Salta del doble discurso, los pobladores de Mosconi eligieron al Partido Renovador de Salta como el preferido en las elecciones del año 2003 y a Isidro Ruarte, un hombre de sus filas, como Intendente Municipal. El Diputado Provincial Pablo Outes, hijo de una de las víctimas del fusilamiento de Palomitas, denunció ante el Consejo 252

El 10 de diciembre de 2000, el trabajador de la empresa Atahualpa, Aníbal Veron fue asesinado de un balazo, en la ruta nacional 34,en oportunidad que la manifestación era reprimida por la personal de la Policía Provincial.

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de la Magistratura de la Nación al Juez de la Cámara Federal de Apelaciones Ricardo Lona. Este fue sometido a proceso de destitución por su conducta en la investigación de la masacre e imputado de otras inconducta frente a su Juzgado. A fin de evitar el escándalo del Juzgamiento y la posible destitución presentó su renuncia al cargo privilegiado de Juez que ocupó durante dos décadas (1975-2005). La renuncia le fue aceptada por el presidente Nestor Kirchner una vez que el Jurado de enjuiciamiento lo absolvió de los cargos por los que había sido sometido a proceso. Juan Carlos Romero, Gobernador de Salta, descubría en el año 2005 un monolito que recordaba a Rubén Fortuny, la persona que ocupó la Jefatura de Policía y que destruyó los instrumentos de tortura durante la gestión de Miguel Ragone, siendo posteriormente asesinado en la vía publica. A este acto oficial concurrieron los integrantes del Poder Ejecutivo, Jueces de la Corte de Justicia, legisladores e integrantes de la Comisión de Familiares de Detenidos y Desaparecidos, quienes desplegaron un cartel señalando su presencia. Este acto encerraba la contradicción de la sociedad salteña. Fortuny fue transformado en un producto de souvenir, como El Che. El Estado que mantenía en las cercanías del Poder Ejecutivo y vinculado a las políticas de seguridad al Ex Comandante Sergio Nazario con actuación en el CCD El Olimpo y al Capitán (R) Fernando Daniel Karlsson ( 253 ), Secretario de Financiamiento Internacional imputado por su actuación en la causa en que se investiga las desapariciones forzadas ocurridas en el predio del Regimiento 9 de la Provincia de Corrientes, vendía una imagen opuesta a la que desplegaba cuando reprimió brutalmente las manifestaciones de los trabajadores cesanteados como excedentes del estado, a los trabajadores despedidos como excedentes de Y.P.F. transformados en piqueteros y a los docentes que reclamaban aumento salarial ( 254 ). La Comisión de Familiares de Detenidos y Desaparecidos de Salta con su bandera desplegada- no entendió que su presencia, en un acto oficial, contribuía a generar la sensación de que no existían espacios 253

Trabajó en el Gobierno de Juan Carlos Romero aproximadamente desde 12/03 al 3/03/05 –Dec. 412/05 Publicado B.O. 9/3/05, aún cuando estaba imputado en la causa n° 276/04 Caratulada “De Marchi Juan y Otros – Tormentos Agravados, Privación Ilegal de la Libertad, Desaparición Forzada”254 El 1 de abril de 2005 el Gobernador Juan Carlos Romero anunciaría las obras y actividades del año en curso y discurriría sobre la situación de la provincia. Una manifestación de docentes intento llegar a la legislatura, lugar del discurso anual, siendo impedida y ferozmente reprimida.

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no contaminados por los tentáculos del gobierno feudal. Nora Leonard quien había estado presa junto a su hermana R aquel Leonard, cuando fue trasladada para ser asesinada en Palomitas, Sara Ricardone compañera de afectos y sueños de Pablo Eliseo Outes, Elia Fernández hija de María del Carmen Alonso de Fernández, Isabel Parada esposa de Rene Russo, R aúl Federico Bustos, hijo del Escribano Meliton Bustos, Brunilda Rojas madre de Silvia Benjamina Aramayo, Mariana Gamboa hija del matrimonio Gamboa-Gemma Arcieri, Luis Fronda hermano de Eduardo Fronda, los hijos del Dr. Miguel Ragone, son unos de los pocos familiares que en la primera década del siglo XXI se presentaron como querellantes persiguiendo la sanción penal de los sicarios. Las indemnizaciones pagadas como “reparación del mal”, las acciones del Estado y de la Iglesia para reconciliar y perdonar a los verdugos, la actuación ostensible de represores en cargos jerárquicos del Estado o en el entorno directo de los mandatarios salteños, la continuidad de los Jueces del Proceso en la Justicia Federal, la impunidad para los apremios ilegales de las fuerzas de la represión ante las protestas sociales, influenciaron en las conductas de los familiares de las vic timas. Sintieron que no había espacio para reclamar justicia ni para ambicionar el duelo. Al serles negada la posibilidad de la justicia y no encontrar un recurso efectivo ante la misma, estas fueron nuevamente segregadas de un colectivo que ante crímenes comunes encontraba respuestas mínimas del Estado. Las familias de las víctimas fueron revíctimizadas y terminaron marginándose del reclamo social que durante muchos años levantaron de los débiles organismos de derechos humanos de Salta. Solo el seno familiar fue el lugar lacerante donde se refugió la evocación de los integrantes no aparecidos por la negación Estatal y su incapacidad de resolver con equidad y un claro sentido de respeto a la vida un tema tan caro para la sociedad y las familias. Treinta años habían pasado.

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El 23 de marzo de 2006, el gobierno de Salta junto a la Unión Cívica Radical organizó una marcha ( 255 ) por la memoria que partió de la legislatura hasta el Cabildo Histórico y allí realizó un acto conmemorativo. Juan Carlos Romero expresó “que el 24 de marzo es un día especial para mantener viva la memoria y abogar por la verdad y la justicia, sin revanchas, sin venganzas. Las jóvenes generaciones sepan que la democracia, aún con sus imperfecciones, es el mejor sistema para convivir en libertad.” (256 ). El Uso per verso de la Memoria para promover intereses egoístas y mezquinos se observo en la promoción de este acto en el que se realizó un tráfico indecente de ella. El gobierno fue incapaz de comprender el sentido de los treinta años organizando una manifestación conmemorativa con punteros políticos que arrebatara este símbolo a los organismos de derechos humanos y como un modo de menguar las criticas hacia las políticas represivas que aplicó a la oposición social. Lo s o rg a n i s m o s d e d e re c h o s h u m a n o s, a g r u p a m i e n t o s d e desocupados y agrupaciones políticas progresistas y de izquierda confluyeron en una marcha y un acto realizado el 24 de marzo en la Plaza 9 de Julio. En este reclamaron centralmente el cese de la represión actual y el juicio y castigo a los culpables del genocidio. El Diputado Claudio del Pla, referente del Par tido Obrero, aprovechó el auditorio para reclamar la construcción de una nueva dirección obrera. El Par tido Justicialista de S alta publicó una solicitada expresando “…el peronismo estaba envuelto en una insensata lucha inter na por resolver espacios de poder. El desencuentro entre peronistas planteado en términos de intolerancia violenta influyeron decisivamente en el ánimo y la salud del Gral. Juan Domingo Perón. Esa Argentina de marzo del 76 había perdido al Conductor del Pueblo Argentino…En este contexto militares reaccionarios y minorías iluminadas de izquierda y derecha confluyeron en el golpe 255

“El gobernador Juan Carlos Romero encabezó la marcha. Lo acompañaban el vicegobernador Walter Raúl Wayar; el intendente capitalino Miguel Isa; ministros y secretarios del Poder Ejecutivo, legisladores nacionales y provinciales, familiares de desaparecidos y público.”- Salta al día : Diario digital de Salta, 6 de mayo de 2006. 256 El Tribuno,pág. 19,24-3-06.

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institucional. Luego se abatió sobre el pueblo argentinota persecución, la tortura y la muerte… Nuestra memoria debe ser firme y nuestra condena absoluta. Vaya el recuerdo de los miles de hombres y mujeres desaparecidos, encarcelados, muertos y torturados en el proceso mas sombrío de nuestra historia. En especial un recuerdo emotivo, profundo y digno por todos los militantes salteños que pagaron con su vida el ideal de proyectar un futuro mejor para todos nuestros hijos”(257 ). La solicitada reflejaba los s i l e n c i o s d e l a s a u to r i d a d e s d e l Justicialismo. En esta se suprimió los intereses externos e internos que inspiraron el golpe y el terrorismo estatal atribuyéndole su producción “a los dos demonios” esbozados en los decretos que ordenaron el Juzgamiento de las cúpulas militares y guerrilleras durante el gobierno de Alfonsin. Tampoco se hizo referencia a las complicidades locales ni se reclamó el juzgamiento de sus responsables. La corporación política desde distintos espacios trató de monopolizar la fecha sin darse cuenta que su único dueño es el pueblo argentino quien rinde homenaje a una generación de militantes entregados a una utopía. Ambos actos dejaron afuera a las familias y a las victimas. El interior provincial organizó actividades para repudiar el golpe de estado. El velo que escondió el terrorismo en Salta se arropó en el feriado nacional y las imágenes de los multitudinarios actos que sucedían en la Capital Federal. La televisión difundía el juicio a las Juntas y los testimonios de sobrevivientes de las grandes ciudades. Treinta años antes el Colegi o d e Ab o g a d o s d e S a l t a h a b í a adherido a los postulados del Golpe. Bajo la presidencia del Dr. Martín M. Diaz, ex preso político durante el Operativo Independencia y el Proceso de Reorganización Nacional, asumía una concepción diametralmente opuesta y denunciaba que la dictadura cívico militar impuso el terrorismo como una forma de paralizar a la sociedad para imponer un modelo perverso de concentración y extranjerización de la economía, agregando que “El poder concentrado de esos grupos 257

“Solicitada: 24 de marzo de 1976”,El Tribuno,24-3-06.

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ha permanecido vigente en todos estos años y, bajo diferentes máscaras, ha logrado que el genocidio de ayer continúe bajo la forma de desocupación, la exclusión social y el hambre de millones de compatriotas... Por ello, es que no puede condenarse seriamente la violación de los derechos humanos ejecutados por la dictadura cívico militar, sin denunciar al mismo tiempo la naturaleza social de la represión, y, finalmente, sin poner en conexión los horrores de esa aciaga historia, con el proyecto neoliberal inaugurado el 2 de abril de 1976.(258 )” En esta solicitada el Colegio de Abogados apoyaba la denuncia formulada por la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación contra el Juez del Juzgado Correccional nº 4 de Mar del Plata por la responsabilidad que le cupo en el secuestro y la desaparición de 7 abogados marplantenses en la denominada “noche de las corbatas”, sin embargo dejaba en el tintero la inactividad de la Justicia Federal de Salta en la investigación de las responsabilidades por la Masacre de Palomitas que tenían al Ex Juez Federal Ricardo Lona como uno de sus responsables. Memoria, verdad y justicia, después de los treinta años, es el pedido que las voces de las víctimas, formulan al Estado Provincial y a la Justicia Federal.

LO S G E S TO S D E L A M E M O R I A . L A AU S E N C I A D E U N P L A N PA R A R E C U P E R A R L A V E R D A D Y L A JUSTICIA. Los tiempos estaban cambiando. La memoria colectiva erosionaba la estrategia del olvido para borrar los crímenes de lesa humanidad. A través de los juicios por apropiación de los bebes sustraídos de las madres cautivas, los juicios por la verdad, la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de las leyes de la impunidad en las

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Solicitada “EL COLEGIO DE ABOGADOS Y EL GOLPE MILITAR DEL 24 DE MARZO DE 1976.DIGNIDAD DE LA MEMORIA, MEMORIA DE LA DIGNIDAD”,pág. 15, El Tribuno,24-3-06.

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causas penales que reactivaron la pretensión punitiva del estado, los juicios en el exterior en los que los marinos Alfredo Astiz (259 ) y Adolfo Scilingo ( 260 ) se abrió una grieta por la que desbordó el reclamo de castigo a los infames. El Congreso de la Nación, en agosto de 2003, dio a luz a la ley de nulidad de las leyes de punto final y de obediencia debida y a una ley enviada por el Poder Ejecutivo que otorga rango constitucional a la Convención de Naciones Unidas sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad. La aprobación de estas leyes permitió reabrir en los estrados judiciales nacionales la revisión de las violaciones de los derechos humanos cometidas durante el período 1975 - 1983. El Gobierno Nacional del Presidente Néstor Kirchner realizó gestos que no tuvieron sus predecesores, tales como recibir a las Madres de Plaza de Mayo en la Casa Rosada, concurrir a los homenajes de militantes desaparecidos, conver tir en un Museo de la Memoria un CCD de detención como la ESMA ( 261 ), derogar los decretos que impedían la extradición de los militares por los crímenes de lesa humanidad, sancionar y promulgar las leyes de nulidificación de las leyes de la impunidad y de imprescriptibilidad y destituir a la mayoría automática de la Corte de Justicia del Menemismo que avaló la impunidad del genocidio y la entrega del patrimonio nacional. El Estado Nacional, a través de la Secretaría de Derechos Humanos, acompañó algunos Juicios emblemáticos en los que se investigaba las responsabilidades por el genocidio y se constituyó como querellante en causas que se tramitan en el interior feudal de las provincias de Santiago del Estero, Chaco y Salta (262 ). 259

Condenado a prisión perpetua en Francia por el asesinato de las monjas Leonnie Duquet y Alice Domon. 260 Condenado por la Audiencia Nacional de España, máxima instancia penal española, a 640 años de prisión en España por haber confesado que mato a 30 personas, algunas arrojadas al Mar vivas en los “vuelos de la muerte” que efectuaba la Marina Argentina. 261 CONVENIO N° 8/04 del 24-3-2004 -ACUERDO ENTRE EL ESTADO NACIONAL Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL “ESPACIO PARA LA MEMORIA Y PARA LA PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS” EN EL PREDIO DE LA “ESMA”.

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En este punto señalamos que el Estado Nacional, a través de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación representada por Eduardo Luis Duhalde se presentó en diciembre de 2004 como querellante en las causas que investigan los fusilamientos de Palomitas y el secuestro del Dr. Miguel Ragone. En estas causas el Dr. Eduardo Duhalde expresó: “Los hechos que se investigan en esta causa, como se ha visto y fundado, encuadran en la categoría de crímenes contra la humanidad, constitutivos de graves violaciones a los derechos humanos, por lo tanto el Estado Argentino tiene la obligación de perseguir y sancionar penalmente a sus autores, ....”. La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación contaba al año 2006 solo con un cuerpo de cinco abogados para que, como querellante, “persiga y solicite a la justicia sancionar penalmente a los autores” por los crímenes cometidos en todo el territorio nacional en perjuicio de las 30.000 víctimas. La inexistencia de un plan estatal adecuado a la magnitud de los crímenes denunciados era evidente, por ello se eligieron causas emblemáticas en cada provincia o región para que el Estado se presente como querellante y pudiera propagandizarse esta actitud, dando la sensación de estar cumpliendo con esta deuda. El 16 de mayo de 2006, Victor Hugo Vilte, un ex subcomisario de la Policia de la Provincia de Salta exonerado por haber sido condenado penalmente, se presentó por ante la Jefatura de Gabinete de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación a cargo del Dr. Luis Hipólito Alen, acompañado por el Dr. Oscar Pedro Guillen, Secretario de Justicia y Derechos Humanos del Ministerio de Gobierno y Justicia del Poder Ejecutivo de la Provincia de Salta, y allí en presencia del Senador N a c i o n a l p o r S a l t a D r. M a rce l o Lo p e z A r i a s y d e l D r. E d u a rd o Luis Duhalde prestó una declaración en la que reconocía haber participado en el secuestro de una persona a la que no conocía y que sus acompañantes, a quienes identificó, después asesinaron. 262

En Salta la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación se encuentra presentado como querellante en las causas de Palomitas y en la que se investiga la desaparición del Dr. Miguel Ragone. Sin embargo el gesto de presentarse que indica el interés del Estado Nacional en el esclarecimiento de estos crímenes no fue acompañado por una actividad sustantiva del Estado que se refleje en el aporte de datos que deben encontrarse en archivos de los organismos de inteligencia de las fuerzas de seguridad.

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Esta persona era el ex gobernador Miguel Ragone. En esta ocasión el Secretario de Derechos Humanos de la Nación, mediante nota de fecha 1 de junio de 2006 se dirigió al Fiscal Federal de Orán expresando: “ Tengo el agrado de dirigirme a usted en relación a la causa seguida por el homicidio del ex gobernador de la Provincia de Salta Dr. Miguel Ragone... En el presente estado de la causa existen fuertes indicios acerca de la existencia de testigos presenciales del asesinato del ex gobernador que declararían si se dispusiera una recompensa... Existiendo en la órbita del Ministerio del Interior la facultad de establecer recompensas pecuniarias y exigiendo la normativa que la misma se instrumente a petición judicial, solicito a Usted que mediante oficio, peticione al Ministro del Interior se instituya una recompensa de 50.000 pesos a quién proporcione información sobre las circunstancias, autores del crimen y la disposición final de los restos de la víctima”. El 26-06-06 se publicó en el Boletin Oficial la Resolución nº 1106/2006-M.I.- que consagraba el instrumento legal para el pago de la recompensa de $50.000 prometida a Vilte. El Secretario de Derechos Humanos de la Nación y el Secretario de Derechos Humanos de la Provincia de Salta no cumplieron con su deber de perseguir la sanción de los crímenes contra la humanidad. Vilte quién reconoció extrajudicialmente haber participado cuando mataron y enterraron al desaparecido Pedro Bonifacio Velez y haber presenciado y participado como oficial ayudante de la policía cuando mataron a Santiago Arredes al momento que secuestraban al ex gobernador Miguel Ragone, se fue de la Secretaría con la ilusión de cobrar $50.000 por los datos que adquirió y atesoró debido a su actuación en un grupo de tareas. Eduardo Luis Duhalde pidió se le pague una recompensa. El Fiscal Federal Snopeck quien actúa en la causa que investiga este crimen, solicito que Vilte sea indagado. La posibilidad de mostrar a la opinión pública el esclarecimiento del crímen del único gobernador desaparecido en el país era un gesto que bien valía los $50.000 aún cuando uno de sus perpetradores fuera el beneficiario, “total- quizás pensó el Secretario- para hacer una torta hay que romper algunos huevos”.

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Los gestos presidenciales se retroalimentaron de la conciencia colectiva conquistada por organismos de derechos humanos y familiares que tras treinta años de impunidad no cesaron de reclamar la ubicación exacta, en cada caso concreto, de las piezas del rompecabezas acuñado en la complicidad corporativa de los sicarios y el encubrimiento estatal, para lograr verdad y justicia. El 24 de Marzo dejaría de ser un día lacerante para la memoria silenciada de los dignos y se convertiría en un día evocativo de lo que NUNCA MAS debería permitir la sociedad que ocurriera en su seno. El 24 de Marzo fue determinado como feriado nacional. Este día de la memoria recordará no solo que una generación fue privada de justicia desde el mismo Estado -mientras los que atentaron contra la vida y la libertad se mueren en sus mullidos colchones de un planificado sistema de impunidad- sino que además tendrá el significado mas profundo de rescatar del ostracismo a los rebeldes que desde su militancia política, social y gremial se comprometieron con la solidaridad, la distribución equitativa de la riqueza y un desarrollo soberano del país. Sin embargo ni la autocrítica del General Martín Balza, ni del Almirante Enrique Molina Pico efectuado entre abril y mayo de 1995, ni los gestos presidenciales de la primera década del siglo XXI alcanzan para restañar los crímenes. Es necesario que la memoria se acompañe con verdad y justicia. El plan estatal de eliminación sistemática de opositores siguió rindiendo sus frutos. Los criminales en su inmensa mayoría no fueron sancionados por la justicia, los archivos del horror escondidos en algún nicho estatal y bajo la guarda de los servicios de inteligencia siguen sin ser puestos a disposición de la reconstrucción histórica de la verdad en las causas penales, los cuerpos de los no aparecidos siguen sin recibir la sepultura por parte de sus seres queridos, una gran parte de jueces y fiscales actuales son los que juraron obedecer la dic tadura del terror en desprecio de la vida y la libertad, no existen planes de salud para recuperar a las victimas y sus familiares del trauma del secuestro, las torturas y la desaparición forzosa de sus integrantes, no existe

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presupuesto estatal específico destinado a los fines anunciados, en definitiva esta faltando amen del gesto en la necesidad política c o y u n t u r a l u n P L A N E S TATA L p a r a l a r e c o n s t r u c c i ó n d e l a memoria, la verdad y la justicia que incluya las recomendaciones de la C.I.D.H. ( 263 ) ante los hechos del genocidio en Argentina Y América Latina. “Así como el genocidio fue una política de estado, la lucha contra la impunidad también debe serlo. Los avances relativos producidos en algunos puntos del país no alcanzan para ocultar la vergonzosa situación de impunidad que reina en la mayoría, como es el caso de Jujuy, Salta, Mendoza y San Martín, entre otros. Lo cierto es que la mayor parte de los genocidas que aún viven están libres. Y los que están presos tienen el injustificado privilegio de la detención domiciliaria o en unidades militares.”, expresaba como conclusión la Red Nacional de Abogados de Derechos Humanos, agregando “La política de estado que reclamamos requiere el establecimiento de entes receptores de denuncias en cada provincia, fiscalías especiales, secretarías especiales en los juzgados, destitución de los funcionarios judiciales vinculados con la dictadura, depuración de las fuerzas armadas, apertura de todos los archivos en poder del estado. El Poder Ejecutivo Nacional debe incluir en el presupuesto partidas especiales para los juicios de derechos humanos; el Procurador General de la Nación debe impartir instrucciones generales a los fiscales para que promuevan e impulsen la acción penal; la Corte Suprema y el Consejo de la Magistratura

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Comisión Interamericana en su Informe No. 28/92

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deben controlar la actuación de los jueces. Si la política de gestos no se traduce en políticas activas, en medidas y recursos concretos, se frustrará definitivamente el reclamo de Verdad y Justicia y de juicio y castigo a los genocidas, incumpliendo nuevamente el estado con su responsabilidad nacional e internacional”(264). El Estado Argentino tenía y sigue teniendo la obligación y el deber de realizar un genuino esfuerzo, serio, científico, planificado, sin mezquindades políticas, ni económicas ni técnicas, que aporte los datos necesarios para conocer y entender lo que ocurrió en el caso de cada una de las víctimas desaparecidas, pues este es el compromiso fundamental de cada Estado Parte de un tratado multilateral de protección de los derechos humanos y que no significa ni nada mas ni nada menos que el de respetar los derechos y libertades consagrados en los mismos. El Estado Argentino tiene que organizar todo el aparato gubernamental y sus estructuras para que sean capaces de dar las respuestas que burlaron durante treinta años. La prevención futura para que no se repitan las masivas violaciones de derechos humanos no solo debe incorporar a la sociedad debidamente informada en el debate de estos temas sino que además debe incluir del juzgamiento del genocidio y la sanción penal de sus responsables tanto militares como civiles.

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Solicitada publicada en Pagina 12 - 24 de septiembre de 2005-RED NACIONAL DE ABOGADOS DE DERECHOS HUMANOS: Firman: Mario Marturet, Ramón Leguizamón, Hilda Presman, Diego Vigay, Comisión Pcial. de DDDHH, Corrientes - Mario Bosch, H.I.J.O.S. - María Elba Martínez, Serpaj Córdoba - Alicia Peralta, Oscar Rodríguez y Marta Vedio, APDH LA PLATA - Mirta Mántaras, APDH Bahía Blanca y Neuquén - Juan Carlos Wlasic, Susana Nudelman APDH Mar del Plata - David Leiva y Tania Nieves Kiriaco, abogados de familiares de Salta - Alicia Chalabe, abogada de familiares de Jujuy - Juan Rajoy y Mariano Sáenz, Comisión de Derechos Humanos, Goya, Corrientes - TilsaAlbani, Moira Villarreal, Zona Norte GBA - Katia Troncoso Muñoz y Pablo Salinas (MEDH Mendoza) - Laura Figueroa, abogada de DD HH Tucumán - Sara Cánepa, abogada de familiares de La Plata - Antenor Ramón Ferreyra (APDH Sgo. del Estero) - Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos- Liga Argentina por los Derechos del Hombre. CIAJ La Plata.

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La reparación de los daños producidos por el quebrantamiento de derechos elementales no debe ser solo económica como la instrumentada en el Menemismo (265) y ampliadas por el Gobierno de Kirchner, pues las mismas, desprovistas de una declaración explicita de responsabilidad y de sanción a los agentes estatales responsables del daño, solo encubren la omisión de Juzgamiento. Las victimas, las familias de las víctimas fueron conducidas a creer que con las indemnizaciones otorgadas por la gracia estatal se había reparado el mal o que al menos era lo posible ante una realidad de justicia adversa. Una parte significativa de estas dejaron de reclamar en los estrados de Tribunales el de juicio y castigo descargando en los organismos de derechos humanos y sus abogados la abrumadora actividad de buscar los canales por los que debían fluir la construcción de la verdad histórica y la búsqueda de sanción penal a los criminales y sus cómplices. La entrega de los archivos de la represión celosamente guardados durante treinta años debe ser un objetivo central pues ello permitiría el debate público e informado sobre los actos de gobierno, mientras que su no revelación perpetuaría el intento del Estado de evadir la obligación de responder por sus actos. El Estado Argentino debe esclarecer los hechos vinculados a cada víctima, establecer la verdad de lo ocurrido e informar a los familiares y a la opinión pública en general, esto es el derecho de la sociedad a conocer la verdad, pues lo contrario genera la continuación de los incumplimientos estatales de los compromisos internos y externos.

265

Ley 24043, ley 24411 y sus prorrogas y extensiones.

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