Tributaria 2 Taller Generalidades de Renta - Tatiana Brochero Andres Felipe Riveros
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cédulas tributarias...
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CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS CONTADURÍA PÚBLICA
MATERIA TRIBUTARIA 2
TALLER "GENERALIDADES DE RENTA" PRESENTADO: LEIDY TATIANA BROCHERO BARRERA ID: 541080 ANDRES FELIPE RIVEROS CALDERON ID: 381894
14 DE OCTUBRE DE 2018 IBAGUÉ – TOLIMA
INTRODUCCION
El siguiente material estará concentrado en presentar algunos de los cambios y los impactos sobre las personas naturales del país que son declarantes de renta y complementarios, que trae inmersos la reforma tributaria estructural contemplada en la Ley 1819 de 2016, y que de manera directa afectarán el bolsillo de colombianos. Dentro del presente taller se describirán situaciones de algunas de las modificaciones que hay para el impuesto de Renta y Complementarios y que impacta de manera directa la forma de tributar de las personas naturales, indagando los principales cambios en materia impositiva, en especial los que recaen directamente sobre los declarantes del impuesto de renta ya que sin lugar a dudas todos los ciudadanos se ven afectados con este nuevo cambio tributario.
TALLER "GENERALIDADES DE RENTA" De acuerdo con el material puesto en plataforma en la semana uno y la ley 1819 del 29 de diciembre de 2016. 1.
La empresa el Gran San S.A.S, tiene en su nómina veinticinco (25) empleados, de los cuales dos (2) devengan más de diez (10) salarios mínimos legales vigentes; el contador, a la hora de liquidar el impuesto, determina que la empresa debe pagar únicamente renta. ¿Es correcto lo que el contador ha determinado? Justifique su respuesta.
Rta.
Los impuestos que debe pagar 1. Impuestos sobre la renta: es el tributo que debe pagar por la totalidad de los ingresos netos que recibió durante el año y que pueden producir un aumento en su patrimonio.
2 Autorretención de renta: debe presentar la declaración mensual de retenciones en la fuente debido a que dos de los empleados de la empresa gran san S.AS devengan más de diez (10) salarios mínimos legales vigentes. Recordemos que la exoneración contemplada en el artículo 114-1 del ET aplica para empresas con trabajadores que devenguen salarios inferiores a los 10 smmlv (equivalentes a $7.377.170 por 2017). Por tanto, aunque una empresa cuyos trabajadores devenguen salarios por encima de dicho monto no podría hacer uso de dicho beneficio por lo cual tendría que practicarse la autorretención.
¿Cuáles son los beneficios tributarios? Las pequeñas y medianas empresas constituidas antes de diciembre de 2016 pueden acogerse a los beneficios de la Ley 1429 de 2010, tales como la progresividad en renta y beneficios de descuentos por generación de nuevos puestos de trabajo a ciertos tipos de personas en Colombia. En cuanto al beneficio de progresividad, González, explica que se trata de pagar gradualmente el impuesto de renta hasta homogenizar con la tarifa de las otras empresas. En este sentido, durante los primeros años no tendrán que pagar el 100% del impuesto, así:
1º y 2º año, cero por ciento (0%) 3er año, veinticinco por ciento (25%) 4º año, cincuenta por ciento (50%) 5º año, setenta y cinco por ciento (75%) 6º año y siguientes, paga la tarifa plena (100%) Para el descuento en impuestos por nuevos puestos de trabajo, el empleador debe contratar personas menores de 28 años o que ganen menos de 1.5 salarios mínimos legales vigentes, es decir, $1.106.575. Para aprovechar este beneficio el empleador debe demostrar que incrementó los empleados y la nómina respecto a diciembre del año anterior.
Juan Romero es comerciante, tiene su establecimiento registrado como persona natural, pero pertenece al régimen común; no sabe si debe seguir apropiando en nómina parafiscales o si solamente debe cancelar el impuesto de la renta. Usted como contador público, ¿qué le aconseja al señor Romero? Justifique su respuesta de acuerdo a la normatividad vigente.
2.
Rta. Se debe tener en cuenta que dependiendo de los ingresos que perciba juan romero durante el periodo gravable se deben clasificar respectivamente en los cinco sistemas de las siguientes cedulas que la Ley 1819 de 2016, estableció en el sistema de tributación, en donde la depuración de la declaración de renta a partir del año 2017 Rentas de trabajo Pensiones Rentas de capital Rentas no laborares Dividendos y participaciones
En primera instancia. Juan romero debe realizar la depuración de la declaración el impuesto de renta mediante el sistema cedular no laboral de que trata el artículo 340 del E.T, y que establece que las rentas no laborales corresponden a las rentas que no se clasifiquen expresamente en ninguna de las demás cédulas, es decir, aunque se pensaría que es una cédula residual, realmente en ella está inmerso un grupo importante de contribuyentes, como es el caso de los comerciantes (Compra y venta), agricultores, ganaderos, como también las personas naturales que presten servicios de honorarios y que contraen dos (2) o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad por noventa (90) días continuos o discontinuos durante el
año gravable. Por otra parte. Juan romero como comerciante y empleador y de acuerdo al artículo 114-1 de ET estará exonerado de la obligación de pago de los aportes parafiscales al SENA, al ICBF y al Sistema de Seguridad Social en Salud por los empleados que Devenguen menos de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Lo anterior no aplicará para personas naturales que empleen menos de dos trabajadores, los cuales seguirán obligados a efectuar los aportes de que trata este inciso.
La empresa RICHMOND compró en el 2017 cinco (5) computadores por valor de $1.980.000 cada uno; cuando elabora la declaración de impuesto incluye el valor del IVA de los computadores como descontable. Determine si es correcto que la compañía incluya este valor y por qué. Argumente su respuesta soportándola con el artículo del E.T. (Estatuto tributario) o de la Reforma Tributaria.
3.
Rta. Si se lleva como IVA Descontable siempre y cuando los computadores estén destinados para la venta y cumplan relación de causalidad, necesidad y proporcionalidad. Para que sea aceptado el IVA descontable se requiere que el costo o el gasto sean deducibles en el impuesto sobre la renta y que se destinen a las operaciones gravadas con el impuesto sobre las ventas de lo contrario el contribuyente no podrá tomar ese IVA que paga como impuesto descontable, sino como mayor valor del gasto de acuerdo al artículo 488 del ET; Para que el costo o gasto sea aceptado fiscalmente debe cumplir con: Relación de causalidad, necesidad y proporcionalidad ( asociada a la actividad productora de renta) art 107 ET Estar debidamente soportado
4.
Elabore un ejemplo donde se identifique cada uno de los elementos del tributo.
Rta. accefutbol sas, identificada con NIT 850,567.879-2 actividad Económica comercializador de uniformes deportivos responsable del Impuesto sobre las ventas a la tarifa general (19%) obtuvo ingresos productos de su Actividad económica por el año 2017 el valor equivalente a $500.000.000 del total
Recibido de ingresos la empresa tenía vencimiento del impuesto De renta y complementario el 11 de abril del 2018 cumpliendo la obligación de Presentar y pagar el tributo en debida forma. Elementos del tributo:( responsable de IVA y el impuesto de renta y complementarios)
Sujeto activo: El estado Colombia facultado para exigir el cumplimento del pago del impuesto mediante dirección de impuestos y aduanas nacionales. Sujeto pasivo: accefutbol sas responsable de cumplir con las obligaciones formales y sustanciales del impuesto sobre las ventas y el impuesto de renta y complementarios. Hecho generador : comercializadora de los uniformes deportivos gravados con el impuesto de IVA y por consiguiente de renta y complementarios por la adquisición de ingresos en la venta de los productos. Base gravable: IVA: el valor total de la venta sea que esta se realice a contado o acredito Renta : sobre los ingresos $ 500.000.000 Tarifa: tarifa general del impuesto sobre las ventas 19% y del impuesto de renta y complementario 33% del año gravable 2017. 5.
Explique dos de las cédulas para renta de personas naturales.
Rta. El sistema cedular es un mecanismo a través del cual se determina una base gravable y una tarifa del impuesto sobre la renta para personas naturales, dependiendo del tipo de rentas que recibe, aplicando a cada una de ellas un especial mecanismo de depuración de las rentas y una tarifa diferente. En general se trata de gravar las rentas en relación al origen, con el fin de hacer más equitativo el impuesto. El mencionado sistema se refiere a la clasificación de los ingresos de acuerdo la actividad de la que provienen, como se muestra a continuación:
Trabajo
Pensiones
Salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos, compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo y, en general, las compensaciones por servicios personales. Pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como aquellas provenientes de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o las devoluciones de saldos de ahorro pensional.
Capital
No laborales
Intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías y explotación de la propiedad intelectual. Ventas en general, enajenación de activos con menos de 2 años de posesión. Honorarios percibidos por personas naturales que contraten dos o más trabajadores por al menos 90 días continuos o discontinuos, durante el año en el que se declara. Los ingresos que no clasifiquen como “Rentas no laborales” deberán llevarse a la cédula de rentas de trabajo.
Son los que constituyen renta gravable en cabeza de los socios, accionistas, comuneros, asociados, suscriptores y similares, que sean personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes, recibidos de distribuciones provenientes de sociedades y entidades nacionales, y de sociedades y Dividendos y entidades extranjeras. participaciones Se asimilan a dividendos las utilidades provenientes de fondos de inversión, de fondos de valores administrados por sociedades anónimas comisionistas de bolsa, de fondos mutuos de inversión y de fondos de empleados que obtengan los afiliados, suscriptores, o asociados de los mismos. Cada cédula se debe depurar de acuerdo con el artículo 26 del Estatuto Tributario. Así, las personas que obtuvieron ingresos por diferentes actividades, deben declarar según la tarifa descrita en las tablas del artículo 241.
Cédulas para declarar renta 2018 Cédula
Rentas de trabajo
Tipo de ingresos • Salarios. • Comisiones. • Prestaciones sociales. • Viáticos. • Gastos de representación. • Honorarios. • Emolumentos eclesiásticos. • Compensaciones recibidas
por el trabajo asociado cooperativo.
Rentas de pensiones
• Pensión de jubilación. • Pensión de invalidez. • Pensión de vejez. • Pensión de sobrevivientes. • Pensión sobre riesgos
profesionales. • Indemnizaciones sustitutivas
de las pensiones. • Devoluciones de saldos de
Límite a las rentas exentas y Tarifa de impuesto deducciones especiales de renta (Tope máximo) 40% de la renta líquida cedular (ingresos totales por rentas de trabajo del período gravable menos ingresos no constitutivos de renta imputables a esta cédula) sin exceder 5.040 UVT($160.569.000 para 2017 tomando como referencia la UVT 2017).
Tarifa progresiva según 4 rangos de renta líquida gravable, indicada en el numeral 1 de la versión modificada del artículo 241 del ET según la Ley 1819 de 2016, artículo 5).
La Ley de reforma tributaria no propone modificaciones en este ítem y por tanto se sigue Ibíd. Numeral 1 de considerando exenta la parte la nueva versión del del pago mensual que no artículo 241 del ET. exceda de 1.000 UVT. (Art. 206, numeral 5 del ET).
ahorro pensional.
Rentas de capital
• Intereses. • Rendimientos financieros. • Arrendamientos. • Regalías. • Explotación de la propiedad
intelectual.
• Honorarios de personas
Rentas no laborales
naturales que presten servicios y contraten o vinculen por al menos 90 días continuos o discontinuos, 2 o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad. • Todos los demás ingresos
que no se clasifiquen de manera expresa en las demás
10% de la renta líquida cedular (ingresos totales por rentas de capital menos los ingresos no constitutivos de renta imputables a la cédula y los costos y gastos procedentes y debidamente soportados por el contribuyente); sin exceder 1.000 UVT ($31.859.000 para 2017, tomando como referencia la UVT 2017).
Tarifa progresiva según 6 rangos de renta líquida gravable, indicada en el numeral 2 del artículo 241 del ET, modificado por la Ley 1819 de 2016 en su artículo 5).
10% de la renta líquida cedular (ingresos totales por rentas no laborales menos los ingresos no constitutivos de renta Ibíd. Numeral 2 de imputables esta cédula y los la nueva versión del costos y gastos procedentes y artículo 241 del ET. debidamente soportados por el contribuyente); sin exceder 1.000 UVT ($31.859.000 para el 2017 tomando como
cédulas.
Renta de • Dividendos. dividendos y • Participaciones. participaciones
referencia la UVT 2017).
N/A
Dividendos y participaciones consideradas ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional: tarifa progresiva según rangos, indicada en la nueva versión del artículo 242 del ET. Dividendos y participaciones gravadas: 35%.
De acuerdo con el siguiente caso, determine si se considera residente en Colombia y por qué:
6.
Juan Manuel Pulido posee una casa en Colombia por $900.000.000, tiene un carro en Alemania avaluado en $100.000.000 y una casa en la playa de Miami por valor de $800.000.000. En total posee un patrimonio valorativo de $1.800.000.000. Rta. De acuerdo al artículo 10 del estatuto tributario juan Manuel pulido si se considera como residente fiscal en Colombia ya que posee el 50% de sus activos en Colombia ARTÍCULO 10. RESIDENCIA PARA EFECTOS TRIBUTARIOS PARÁGRAFO 2. (Parágrafo 2 adicionado por el artículo 25 de la Ley 1739 de 23 de diciembre de2014). No serán residentes fiscales, los nacionales que cumplan con alguno de los literales del numeral3, pero que reúnan una de las siguientes condiciones: 1. Que el cincuenta por ciento (50%) o más de sus ingresos anuales tengan su fuente en la jurisdicción en la cual tengan su domicilio. 2. Que el cincuenta por ciento (50%) o más de sus activos se encuentren localizados en la jurisdicción en la cual tengan su domicilio.
El Gobierno nacional determinará la forma en la que las personas a las que se refi ere el presente parágrafo Podrán acreditar lo aquí dispuesto. 7.
Sebastián Romero tiene acciones en la bolsa de valores de Colombia, posee 250 acciones avaluadas en $1.200.000.000, de las cuales decide vender 150; en ese momento la sociedad, de la cual posee las acciones, tiene en circulación 15.000 acciones. ¿El señor Romero está obligado a pagar renta o ganancia ocasional? Justifique su respuesta.
Rta. Teniendo en cuenta lo estipulado en el Articulo 36-1 del Estatuto Tributario, No está obligado a pagar Renta, ni ganancia ocasional, esto debido a que las acciones que decide vender (150) no superan el 10% de las acciones que se encuentran en circulación de la Bolsa de Valores De Colombia que son 15.000 acciones. 15.000 X 10% = 1.500 Y las 150 Equivale tan solo 1%
Artículo 36-1. Utilidad en la enajenación de acciones “No constituyen renta ni ganancia ocasional ” las utilidades provenientes de la
enajenación de acciones inscritas en una Bolsa de Valores colombiana, de las cuales sea titular un mismo beneficiario real, cuando dicha enajenación no supere el diez por ciento (10%) de las acciones en circulación de la respectiva sociedad, durante un mismo año gravable (El destacado es nuestro).
8.
Mencione todas las exenciones y descuentos tributarios tanto para persona natural como jurídica, justificándolos con los artículos del E.T. (Estatuto Tributario).
Rta. RENTAS EXENTAS QUE PUEDEN DECLARAR LAS PERSONAS NATURALES En la declaración de renta de las personas naturales se pueden incluir algunas rentas exentas que han sobrevivido a las últimas reformas tributarias. Las rentas exentas están limitadas por ley, y no todas las cédulas en que se clasifica el impuesto a la renta de las personas naturales permiten aplicarlas.
RENTAS:
Rentas Exentas De La Cédula Rentas De Trabajo Rentas Exentas De La Cédula Rentas De Pensiones Rentas Exentas De La Cédula Rentas De Capital Rentas Exentas De La Cédula Rentas No Laborales Rentas Exentas De La Cédula De Dividendos Y Participaciones ¿Dónde Quedan Las Rentas Exentas Por Derechos De Autor?
«Rentas exentas: Son las establecidas en los artículos 126-1, 126-4 Y 206 del Estatuto Tributario, con las limitaciones particulares y generales previstas en la Ley.» En detalle son las siguientes rentas exentas:
1. 2. 3. 4. 5.
Artículo 126-1. Los aportes a seguros privados de pensión y fondos voluntarios de pensión. Artículo 126-4. Aportes a las cuentas AFC. Artículo 206.
Las indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedad. Las indemnizaciones relacionadas con la maternidad. Lo recibido por gastos de entierro del trabajador El auxilio de cesantía y los intereses sobre cesantías. Las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre Riesgos Profesionales. 6. Las Indemnizaciones Sustitutivas de las Pensiones o las devoluciones de saldos de ahorro pensional. 7. El seguro por muerte, y las compensaciones por muerte de los miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. 8. Los gastos de representación de Magistrados de los Tribunales y de sus Fiscales.
9. Los gastos de representación de rectores y profesores de universidades oficiales. 10. El exceso del salario básico percibido por los oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional y de los agentes de ésta última. (Numeral 8) 11. El veinticinco por ciento (25%) del valor total de los pagos laborales. Tenga en cuenta que estas rentas del artículo 206 están limitadas individualmente. Consulte: Rentas de trabajo exentas.
Descuentos tributarios para personas jurídicas y sus límites al momento de aplicarlos Fecha de elaboración: octubre 11 de 2017 Varios de los descuentos tributarios que se encuentran contemplados en los artículos 249 a 259 del ET sufrieron cambios a partir de la entrada en vigencia de la Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016. En la siguiente tabla se relacionan cada uno de los descuentos tributarios, sus límites y los artículos en los cuales se encuentran estipulados.
Descuento tributario
Descripción
Límite del descuento tributario
Normatividad
Exi ste el derecho a descuento si se i nvi erte en Descuento tributario por El descuento a aplicar no puede exceder el 1 % de la acciones de empresas agropecuarias que coticen en inversión en acciones de renta líquida gravable delaño gravable en el cual se realice bolsa y siempre y cuando la propiedad accionaria de sociedades agropecuarias la inversión. estas se encuentre altamente democratizada.
Artículo 249 del ET
Descuento impuestos exterior
Artículo 254 del ET
tributario por Descontar el impuesto sobre la renta pagado en el El valor a descontar corresponde al resultado obtenido de pagados en el p aís d e o ri ge n y q ue s e ha ya li qui da do s ob re la s aplicar la fórmula contenida en el artículo 254 del ET. mismas rentas.
Descuento tributario por Existe elderecho de descontar delimpuesto sobre la inversiones realizadas en Artículo 255 del ET modificado renta las inversiones realizadas directamente en el El valor a descontar es el 25 % de las inversiones que se control, conservación y p or e l a rtíc ulo 1 03 de la L ey control, conservación y mejoramiento del medio hayan realizado en el respectivo año gravable. mejoramiento del medio 1819 de 2016. ambiente. ambiente Descuento tributario por El valora descontaren la declaraciónde renta es el25 % del Artículo 256 del ET modificado inversiones realizadas en Descuento por realizar inversiones en proyectos de valor invertido en el perío do gravable en que se realizó la p or e l a rtíc ulo 1 04 de la L ey investigación, desarrollo investigación, desarrollo tecnológico o innovación 1819 de 2016. inversión. tecnológico o innovación Descuento por realizar donaciones a entidades sin Descuento tributario por á ni mo de luc ro q ue ha ya n s ido c ali fi ca das e n el Artículo 257 del ET modificado donaciones a entidades sin El descuento corresponde al 25 % del valor donado enel régimen tributario especial y a las entidades no p or e l a rtíc ulo 1 05 de la L ey ánimo de lucro pertenecientes año gravable. contribuyentes señaladas en los artículos 22 y 23 del 1819 de 2016. al régimen especial ET. Los descuentos tributarios de que tratan los artíc ulos 255, Artículo 258 del ET, Limitación a los tres descuentos Limitante a los descuentos tributarios de que tratan 256 y 257 del ET no pueden superar el 25 % del modificado por el artículo 106 tributarios antes citados los artículos 255, 256 y 257 del ET. impuesto sobre la renta a cargo del contribuyente en el de la Ley 1819 de 2016. respectivo año gravable. Los descuentos tributarios no pueden superar el valor del impuesto básico de renta .
Limitación general descuentos tributarios
a
El impuesto después de descuentos no puede ser inferior los Limitacióna los descuentos tributarios a aplicar enla al 75 % del impuesto determinado por el sistema de declaración de renta. renta presuntiva antes de cualquier descuento. No obstante, c ua nd o lo s d es cue nto s s e o ri gi ne n en ce rti fi ca do s de reembolso tributario, el impuesto a cargo no puede ser inferior al 70 % del impuesto determinado porel sistema de renta presuntiva antes de cualquier de scuento.
Artículo 259 del ET.
Fuente:actualicese.com/modelos-y-formatos/descuentos-tributarios-para-personas juridicas-y-sus-limites-al-momento-de-aplicarlos/
CONCLUCIONES Después de revisar los aspectos que en materia del impuesto de renta y complementarios que trae la nueva reforma se pueden determinar las siguientes conclusiones que confirman y fortalecen lo anteriormente explicado. Lo primero que se puede concluir es que sí hay un impacto grande frente a la carga tributaria para personas naturales, dada que a partir de este año gravable 2017, se establecieron cambios relevantes como el nuevo sistema cedular para presentar las declaraciones anuales y los métodos de determinar la base gravable tanto para los anticipos de retención como para la declaración misma del impuesto. Como resultado de estas nuevas disposiciones fiscales, se derogaron beneficios que tenían anteriormente los contribuyentes quienes dependiendo de sus ingresos podían acogerse a los sistemas de depuración de las bases gravables con el sistema IMAS e IMAN, y que generaban que los contribuyentes pagaran menor impuesto de renta y adicionalmente causa traumatismos para el cálculo de los anticipos de retención ya que todas las empresas tendrán que ajustar sus programas a los nuevos modelos para determinar las deducciones que deberán practicar.
BIBLIOGRAFÍA ESTATUTO TRIBUTARIO http://www.comunidadcontable.com/BancoConocimiento/Renta/impuesto-de-rentapersonas-naturales-rentas-cedulares.asp?CanV=76 https://actualicese.com/conferencias/rentas-exentas-y-descuentos-tributarios-apartir-de-la-reforma-tributaria-estructural/ https://www.gerencie.com/elementos-del-tributo.html https://www.mindmeister.com/es/782794299/elementos-del-tributo http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/estatuto_tributario_pr001.html #36 http://www.finanzaspersonales.co/trabajo-y-educacion/articulo/empresa-beneficiosde-constituir-una-empresa-sas/72839
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