Tratamiento Penitenciario y Resocialización de Internos

May 23, 2019 | Author: Vocesentretablas Arequipa | Category: Punishments, Criminal Law, Prison, Felony, Capital Punishment
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 Tratamiento  Tratamiento penitenciario penitenciario y resocialización resocialización de internos internos en el establecimiento establecimiento penitenciario de Chimbote, Perú. Por Rosina Mercedes Gonzales Napurí 

NTR!"#CC$N %as re&las mínimas para el tratamiento de los reclusos indica 'ue el tratamiento tiene por ob(eto) *...inculcarles la +oluntad de +i+ir conorme a ley, mantenerse con el producto de su traba(o, y crear en ellos aptitud para hacerlo. "icho tratamiento estar- encaminado encaminado a omentar en ellos el respeto de sí mismos y desarrollar el sentido de responsabilidad. /simismo, indica 'ue el tratamiento *deber- re recurrir currir a la asistencia reli&iosa, a la la instrucción, a la orientación y ormación proesional, a m0todos de asistencia social indi+idual, al asesoramiento relati+o al empleo, al desarrollo desarrollo ísico y a la educación del car-cter moral, en conormidad con las necesidades indi+iduales de cada recluso. /sí tambi0n no puede estudiarse aisladamente el Tratamiento Penitenciario con 1nes a la Resocialización de los internos sin comprenderse al sistema penitenciario y a la realidad carcelaria carcelaria 'ue lo en&loba en su con(unto y 'ue es el escenario en 'ue se desarrollan. 2l Tratamiento Penitenciario en el Perú tiene como ob(eti+o la reeducación, rehabilitación rehabilitación y reincorporación reincorporación del interno a la sociedad. 2l tratamiento consiste en la utilización de m0todos m0dicos, bioló&icos, psicoló&icos, psi'ui-tricos, peda&ó&icos 3 o m-s precisamente precisamente andra&ó&icos 3 sociales, laborales, y a'uellos 'ue permitan obtener el ob(eti+o del tratamiento de acuerdo a las características propias del interno. 2l tratamiento penitenciario en las c-rceles est- aún le(os de cumplir con las e4i&encias mínimas de esta norma. %os actores son di+ersos, destacando) el insu1ciente personal personal para realizar esta esta labor, la alta de recursos recursos lo&ísticos para desarrollar adecuadamente las tareas de tratamiento, las di1cultades en la inraestructura, la clasi1cación de internos de acuerdo a determinadas +ariables 5primarios, reincidentes, bandas or&anizadas, (ó+enes, adultos, etc.6, el trato del personal, entre otros. 2l tratamiento es pro&resi+o y comprende el desarrollo de pro&ramas de resocialización resocialización del interno en orma indi+idualizada y &rupal se&ún la naturaleza de la atención. 7er- aplicado en orma multidisciplinaria por los proesionales proesionales y t0cnicos de tratamiento, promo+iendo la participación del interno, así como de instituciones públicas y pri+adas, la amilia y la sociedad. 2sta e4plicación, e4plicación, con m-s detalle sobre sobre tratamiento, nos lle+a a concluir 'ue lamentablemente los planes y pro&ramas 'ue se aplican no son los adecuados, pues la c-rcel actual no rehabilita, sino &enera mayor delincuencia y criminalidad. %a in+esti&ación aporta datos concretos y actualizados del Tratamiento Penitenciario y la Resocialización prota&onizada por los internos del

establecimiento penitenciario penitenciario de Chimbote en el -mbito territorial de /ncash 8 Perú. 2l periodo de estudio se sitúa entre enero de 9::; y diciembre del 9::?@ son sentenciados, cuanti1ca, m-4ime el uni+erso encuestal de nuestro traba(o. "e acuerdo a la naturaleza del estudio de la in+esti&ación, a'uel reúne por su ni+el las l as características características de un estudio descripti+o, e4plicati+o y correlacionado. correlacionado. 7e constituye el presente estudio se&ún el tipo de in+esti&ación, por su 1nalidad en b-sica y por su proundidad en mi4ta 5descripti+a8e4plicati+a6. /l 1nalizar el presente presente traba(o de in+esti&ación, a'uel deber- ser+ir como &uía de orientación para uturos estudios y traba(os de in+esti&ación, se aspira como el todo traba(o de in+esti&ación i n+esti&ación el lo&ro del desarrollo desarrollo y pro&reso pro&reso en la sociedad chimbotana chimbotana y como modelo, al instituirse instituirse en los establecimientos penitenciarios penitenciarios del país tendr- impacto y repercusiones en el desarrollo desarrollo de la l a sociedad a ni+el nacional, tanto en sus aspectos socioeconómico, socio(urídico, político, cultural, reli&ioso y educati+o. educati+o.

C/PAT#%!  P%/NT2/M2NT! M2T!"!%$GC!) B.B. P%/NT2/M2NT! "2 %/ R2/%"/" PR!%2MDTC/ 2l planteamiento del problema comienza por determinar determinar si se casti&a al delincuente con el 1n de realizar (usticia, o se le casti&a para prote&er los bienes (urídicos de la sociedad, y si lue&o de ello, se eectúa la resocialización resocialización del penado en la sociedad. B.B.B. R2/%"/" PR!%2MDTC/ 2n el 2stablecimiento Penal Penal de Chimbote, en base a estudios realizados de hechos acontecidos durante el período de los a=os 9::; 9: :; al 9::. TUCNC/7 "2 NT2RJ2NC$N  TR/T/M2NT! "2 !R2NT/C$N C!GNTJ/) !L2TJ!7  PR27#P#27T!7) %os partidarios de este modelo de terapia su&ieren pro&ramas 'ue incidan positi+amente en el razonamiento del interno, en sus atribuciones 5como e4plica o a 'u0 imputa 0ste lo 'ue le sucede o acaece6, en sus autoe+aluaciones y e4pectati+as, en su percepción y +aloración del mundo e4terno, empleando t0cnicas 'ue me(oren sus habilidades personales y sociales, su capacidad para resol+er problemas interpersonales, su empatía, su autoestima, su limitada percepción de la realidad, etc. %a teoría co&niti+a no pretende aportar una e4plicación etioló&ica del crimen, pero constata cone4iones rele+antes entre el comportamiento criminal y ciertas operaciones y procesos co&niti+os del autor. "entro de las T0cnicas de nter+ención y Tratamiento de !rientación se tiene) T0cnicas de 7olución de ProblemasE 2ntrenamiento en Iabilidades 7ocialesE T0cnicas de Control 2mocionalE T0cnicas de Razonamiento CríticoE "esarrollo de JaloresE Iabilidades de Ne&ociaciónE Razonamiento Creati+o.

9.9.B.@. P!%ATC/ CRMN/%  P2NT2NC/R/ 2N /MURC/ %/TN/  2% C/R2) P!R 2%/7 C/RR/N/. B.

Política, política criminal y política penitenciaria

%a política penitenciaria es la parte de la política criminal 'ue se ocupa de re&ular el uso de la pri+ación de libertad, tanto pre+enti+a como con car-cter de pena. / su +ez, por política criminal puede entenderse la política respecto del enómeno criminal, la 'ue no sería m-s 'ue un capítulo de la política &eneral 5a]aroni B?6 %a e(ecución de la penaE y 'ue esas tres eseras de acti+idad estatal necesitan de (usti1cación cada una por separadoX. /dem-s tambi0n con esto se pretende e+itar la e4a&eración unilateral y diri&ir los di+ersos 1nes de la pena hacia +ías socialmente constructi+as, al lo&rar el e'uilibrio de todos los principios. #na teoría de la pena 'ue no 'uiera 'uedarse en la abstracción o en propuestas aisladas, sino 'ue pretenda corresponder a la realidad, tiene 'ue reconocer esas antítesis

inherentes a toda e4istencia social para conorme al principio dial0ctico poderlas superar en una esera superior. 2n consecuencia, el sentido de la in+esti&ación 'ue realizo encuentra su merecido esuerzo en 'ue a'uel ideal no es imposible de alcanzar ni mucho menos absurdo en su esencia. Por lo tanto di1ero totalmente con mi personal apreciación ante posiciones erradas, pesimistas, improducti+as y obsoletas de doctrinarios 'ue un-nimemente han pretendido de(ar sin sentido el necesario y +ital proceso de resocialización de los internos de los dierentes establecimientos penitenciarios del país. 2n el caso particular de la in+esti&ación, reerido al establecimiento penitenciario de Chimbote, concibo 'ue es unción de las normas penitenciarias el de establecer los principios y re&ular el cumplimiento del proceso de la resocialización de los reeridos internos, cre-ndose las condiciones adecuadas para tal 1nalidad. 7ituación 'ue en la actualidad se cumple escasamente y por consecuencia se racasa en 0ste importantísimo ideal. Por otro lado sobre, los principales modelos de la psicoterapia actual, a'uellos pueden ser a&rupados en cinco orientaciones 57ei4as y Miró, B??>6) B6%os Modelos Psicodin-micos, 96%os Modelos Iumanísticos824istenciales, >6%os Modelos ioló&icos8Conductuales, K6%os Modelos 7ist0micos, ;6%os Modelos Co&niti+os. 2n los reeridos en nuestra in+esti&ación, los modelos bioló&icos8 conductuales, contrapunto de las teorías ambientalistas, se e4hiben un ele+ado soporte empírico 5a menudo, incluso Xe4perimentalX6, a pesar de 'ue es m-s clara la +ocación clínica de los mismos, 'ue su e1cacia e4plicati+a teórica y operati+idad político8criminal. 2+olucionan hacia paradi&mas cada +ez m-s comple(os, inte&radores y din-micos, idóneos para ponderar la pluralidad de actores 'ue interactúan en el enómeno delicti+o. Pues si bien el sustrato bioló&ico del indi+iduo representa un +alioso y rele+ante potencial, parece incuestionable contra la tesis sustentada por los modelos bioló&icos radicales 'ue ni es el único dato, ni la car&a bioló&ica permite distin&uir el hombre delincuente del no delincuente. 2l llamado principio de la Xdi+ersidadX al 'ue apelan las teorías de corte bioló&icoradical 5el hombre delincuente es distinto del no delincuente y por'ue es distinto delin'ue6, carece de todo respaldo cientí1co. 2s m-s, responde a una +isión arro&ante del orden social, cuyo comple(o de superioridad conduce a atribuir el delito a patolo&ías del indi+iduo, sal+ando así la incuestionabilidad de un sistema 'ue se cree perecto y le&itimado por el consenso. 2n todo caso y, una +ez desmentido el do&ma cl-sico de la Xe'uipotencialidadX, corresponde a los modelos bioló&icos e4plicar cientí1camente la rele+ancia criminó&ena de ciertas +ariables, pues la e4istencia de un dato bioló&ico dierencial es una realidad incuestionable, y las concepciones ambientalistas no son capaces, por de1nición, de undamentar por 'u0 el crimen se distribuye de orma no homo&0nea, concentr-ndose en torno a muy reducidos &rupos humanos, cuyos

indi+iduos acaparan si&ni1cati+amente la comisión de la mayor parte de los delitos . Finalmente, el paradi&ma resocializador planteado por /ntonio, García 8 Pablos de molina, propu&na neutralizar en la medida de lo posible los eectos noci+os inherentes al casti&o, a tra+0s de una me(ora sustancial del r0&imen de cumplimiento y e(ecución de 0steE y, sobre todo, su&iere una inter+ención positi+a en el penado 'ue le(os de esti&matizarle con una marca indeleble le habilite para inte&rarse y participar el mismo en la sociedad, de orma di&na y acti+a, sin traumas, limitaciones ni condicionamientos especiales. 7e trata en inter0s e4clusi+o y real del penado, y contando con su colaboración eecti+a y no solo con su consentimiento ormal, de aplicar unas t0cnicas y terapias cientí1camente a+aladas 'ue aciliten la posterior inte&ración social del inractor, 'ue no le limiten sino 'ue potencien sus e4pectati+as y posibilidades de participación social. 9.>.>. /7P2CT!7 N!RM/TJ!7 "2% TR/T/M2NT! P2NT2NC/R!  %/ R27!C/%/C$N) 9.>.>.9.B. "2% TR/T/M2NT! P2NT2NC/R!) 2l tratamiento penitenciario es indi+idualizado y &rupal. Consiste en la utilización de m0todos m0dicos, bioló&icos, psicoló&icos, psi'ui-tricos, peda&ó&icos, sociales, laborales y todos a'uellos 'ue permitan obtener el ob(eti+o del tratamiento de acuerdo a las características propias del interno. /dem-s, el tratamiento se eectúa mediante el sistema pro&resi+o. 5Códi&o de 2(ecución Penal, /rt. @, y /rt. J del Título Preliminar6. 7in embar&o, es el Re&lamento de !r&anización y unciones del NP2 5R27!%#C!N MN7T2R/% N :K:89::B8L#76, 'uien con especialidad en su artículo 9@ indica 'ue la !1cina General de Tratamiento es el ór&ano encar&ado de ormular y proponer la normati+idad relacionada con el  Tratamiento para la resocialización del interno, liberado y sentenciado a Penas %imitati+as de derechosE así como de e(ecutar las acciones de coordinación y super+isión para la correcta aplicación del tratamiento penitenciario, enumerando en su artículo 9 las unciones especí1cas 'ue tiene este ór&ano con respecto al tratamiento adecuado e inte&ral del nterno. 2l Título  del Códi&o de 2(ecución Penal desarrolla las normas sobre el tratamiento penitenciario, 'ue comprende ocho capítulos concernientes a) disposiciones &enerales 5arts. @:, @B y @K6, traba(o 5art. @;6, educación 5art. @?6, salud 5art..>.9.9. "2 %/ R27!C/%/C$N) %a base le&al normati+a pertinente a la resocialización la encontramos en primer orden a ni+el internacional en el *Pacto nternacional de "erechos Ci+iles y Políticos 'ue mediante su articulo B:> reerido al tratamiento del interno establece como 1nalidad su reorma y readaptación social. / ni+el nacional, en el artículo B>? de nuestra +i&ente Constitución Política encontramos como uno de los principios de la /dministración de Lusticia, el 'ue los reclusos y sentenciados ocupen establecimientos adecuados así tambi0n 'ue el r0&imen penitenciario tiene por ob(eto la rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad. 2n el artículo  del Título Preliminar del Códi&o de 2(ecución Penal 5"ecreto %e&islati+o N @;K6 encontramos *el ob(eti+o de la 2(ecución Penal, 'ue reco&e el principio contenido en el inciso 99 del artículo B>? de la Constitución Política del Perú. %os conceptos de reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad, doctrinariamente, pueden resumirse en el de resocialización del interno. %as dem-s normas del Título Preliminar contienen principios &enerales y pro&ram-ticos 'ue todo 7istema Penitenciario moderno debe desarrollar, incluyendo al artículo Y, 'ue permite al 7istema Penitenciario aco&er las disposiciones, recomendaciones y conclusiones de las Naciones #nidas para la pre+ención del delito y tratamiento del delincuente, consider-ndose dentro de ellas a las Re&las Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos aprobadas en Ginebra en B?;;. 2l Título  del Códi&o de 2(ecución Penal re&ula los derechos y deberes undamentales del interno durante su permanencia en el establecimiento penitenciario para cumplir su pena o la medida pri+ati+a de libertad. "onde en aplicación de los artículos > y ? a'uel debe recibir una cartilla con las normas de +ida 'ue ri&en en el 2stablecimiento Penitenciario, debiendo ocupar tal 1nalidad un ambiente adecuado, estando su(eto a tratamiento inte&ral desde su in&reso hasta su liberación. 9.>.>.>. R2G%/7 MANM/7 P/R/ 2% TR/T/M2NT! "2 %!7 R2C%#7!7

/doptadas por el Primer Con&reso de las Naciones #nidas sobre Pre+ención del "elito y Tratamiento del "elincuente, celebrado en Ginebra en B?;;, y aprobadas por el Conse(o 2conómico y 7ocial en sus resoluciones @@>C 5YYJ6 de >B de (ulio de B?; y 9:@ 5%Y6 de B> de mayo de B? 9.>.>.K. %2G7%/C$N C!MP/R/"/ 9.>.>.K.B. P/727 2#R!P2!7 9.>.>.K.B.B. N!RM/7 P2NT2NC/R/7 "2 27P// !L2TJ! "2% TR/T/M2NT! P2NT2NC/R! 2N 27P// 2l tratamiento penitenciario consiste en el con(unto de acti+idades directamente diri&idas a la consecución de la reeducación y reinserción social de los penados. 2% tratamiento pretende hacer del interno una persona con la intención y la capacidad de +i+ir respetando la %ey penal, así como de sub+enir a sus necesidades. / tal 1n, se procurar-, en la medida de lo posible, desarrollar en ellos una actitud de respeto a sí mismos y de responsabilidad indi+idual y social con respecto a su amilia, al pró(imo y a la sociedad en &eneral. 5%ey !r&-nica General Penitenciaria espa=ola, /rt. ;?6. 9.>.>.K.B.9. N!RM/7 P2NT2NC/R/7 "2 T/%/ !L2TJ! "2% TR/T/M2NT! P2NT2NC/R! 2N T/%/ 2l tratamiento penitenciario se e(ercer- respetando la personalidad humana y debe ase&urar el respeto de la di&nidad de la persona. 7e e(erce con absoluta imparcialidad, sin establecerse discriminación al&una por razón de nacionalidad, raza, condiciones económicas y sociales, de opiniones políticas y de creencias reli&iosas. 2n las instituciones penitenciarias se debe mantener el orden y la disciplina. No pueden adoptarse restricciones 'ue no sean (usti1cables con las e4i&encias mencionadas o, para los acusados, no indispensables a 1nes  (udiciales. / los presos y a los internados se les llama o indica por su nombre. 2l tratamiento de los acusados debe aplicarse respetando el principio de presunción de inocencia hasta la condena de1niti+a. "ebe ser

aplicado, para los penados y los internados, un tratamiento de reeducación 'ue tienda, tambi0n a tra+0s de los contactos con el ambiente e4terior, a la reinserción social de los mismos. 2l tratamiento se e(erce si&uiendo un criterio de indi+idualización, teniendo en cuenta las especí1cas condiciones de los reclusos. 5%ey Penitenciaria taliana , /rt.B6. 9.>.>.K.9. P/727 7#"/M2RC/N!7 9.>.>.K.9.B. N!RM/7 P2NT2NC/R/7 "2 /RG2NTN/ !L2TJ! "2% TR/T/M2NT! P2NT2NC/R! 2N /RG2NTN/ %a e(ecución de la pena pri+ati+a de libertad, en todas sus modalidades, tiene por 1nalidad lo&rar 'ue el condenado ad'uiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando su adecuada reinserción social, promo+iendo la comprensión y el apoyo de la sociedad. 2l r0&imen penitenciario deber- utilizar, de acuerdo con las circunstancias de cada caso, todos los medios de tratamiento interdisciplinarios 'ue resulten apropiados para la 1nalidad enunciada. 2l condenado podr- e(ercer todos los derechos no aectados por la condena o por la ley y las re&lamentaciones 'ue en su consecuencias se dicten y cumplir- con todos los deberes 'ue su situación le permita y con todas las obli&aciones 'ue su condición le&almente le impone. 5%ey de 2(ecución de la Pena Pri+ati+a de la %ibertad , /rts.B y 96. 9.>.>.K.9.9. N!RM/7 P2NT2NC/R/7 "2 !%J/ !L2TJ! "2% TR/T/M2NT! P2NT2NC/R! 2N !%J/ 2l Tratamiento Penitenciario tiene el propósito de modelar la personalidad del recluso y modi1car su actitud utura rente al medio social, a tra+0s de m0todos psicoló&icos, peda&ó&icos y sociales. Para tal eecto se hace uso del sistema pro&resi+o, el cual comprende las si&uientes etapas)  2l tratamiento del interno.  %a readaptación social en un ambiente de con1anza.  %a pre8libertad.  %a libertad condicional.

2l 1n de readaptación 'ue persi&ue el tratamiento, es de car-cter permanente, y est- basado en el conocimiento proundo de la personalidad del interno. 5"ecreto %ey BB:> , >K6. 9.>.>.K.9.>. N!RM/7 P2NT2NC/R/7 "2 R/7% !L2TJ! "2% TR/T/M2NT! P2NT2NC/R! 2N R/7% %a e(ecución penal tiene por ob(eto eecti+izar las disposiciones de la sentencia o de la decisión y crear las condiciones para la inte&ración social armoniosa del delincuente condenado e internado. %a (urisdicción penal de los (ueces o tribunales de Lusticia !rdinaria, en todo el territorio nacional, ser- e(ercida en el proceso de e(ecución en cumplimiento de la presente %ey y el Códi&o de Proceso Penal. 2sta %ey se aplicar- tambi0n a la detención pro+isional y condenado por la Lusticia 2lectoral o Militar, en el momento del in&reso al establecimiento su(eto a la  (urisdicción ordinaria. %os reclusos condenados e internados estar-n prote&idos con todos los derechos no aectados por la sentencia y la ley. No hay distinción por discriminación racial, social, reli&ioso o político. 5%ey de 2(ecución Penal , /rt.B6. 9.>.>.K.9.K. N!RM/7 P2NT2NC/R/7 "2 CI%2 !L2TJ! "2% TR/T/M2NT! P2NT2NC/R! 2N CI%2 %a administración penitenciaria desarrolla sus acti+idades y acciones en la perspecti+a de remo+er, anular o neutralizar los actores 'ue han inuido en la conducta delicti+a y est-n diri&idas a las personas pri+adas de libertad o 'ue se encuentran en el medio libre, cuando corresponda, a 1n de prepararlas para 'ue, por propia +oluntad, participen en la con+i+encia social respetando las normas 'ue la re&ulan. %as acti+idades y acciones, desarrolladas en este sentido, tienen como reerente el car-cter pro&resi+o del proceso de reinserción social del interno y en su pro&ramación atiende las necesidades especí1cas de cada persona a 'uien se diri&en. 2n esta línea, la administración penitenciaria omenta y desarrolla acti+idades deporti+as, recreati+as y culturales por parte de los internos.

5Re&lamento de 2stablecimientos Penitenciarios, "ecreto 7upremo Nf ;B< de B???.>.K.9.;. N!RM/7 P2NT2NC/R/7 "2 C!%!M/ !L2TJ! "2% TR/T/M2NT! P2NT2NC/R! 2N C!%!M/ 2l tratamiento penitenciario se basa en el estudio cientí1co de la personalidad del interno, es pro&resi+o, pro&ramado e indi+idualizado hasta donde sea posible. 2l tratamiento pro&resi+o est- inte&rado por las si&uientes ases)  !bser+ación, dia&nóstico y clasi1cación del interno.  /lta se&uridad 'ue comprende el período cerrado.  Mediana se&uridad 'ue comprende el período semiabierto.  Mínima se&uridad o período abierto.  "e con1anza, 'ue coincidir- con la libertad condicional. 5Códi&o Penitenciario y Carcelario, /rts. BK> y BKK6. 9.>.>.K.9.@. N!RM/7 P2NT2NC/R/7 "2 2C#/"!R !L2TJ! "2% TR/T/M2NT! P2NT2NC/R! 2N 2C#/"!R 2l sistema Penitenciario utiliza el r0&imen pro&resi+o, el 'ue consiste en)  %a indi+idualización del tratamiento.  %a clasi1cación biotipoló&ica delincuencial.  %a clasi1cación de los Centros de Rehabilitación 7ocial.  %a adecuada utilización de los recursos en bene1cio del interno. 2l r0&imen utilizado est- basado en el si&uiente procedimiento)  "ia&nóstico) 2studio del delito, estudio socioamiliar y económico, estudio m0dico y socioló&ico, de1nición del mecanismo crimino8din-mico y de1nición del índice de peli&rosidad.  Pronóstico) 2stablecimiento de las escalas de peli&rosidad en base al índice de adaptación para la pro&resión en el sistema.

 #bicación poblacional en base a la si&uiente clasi1cación) por estructura normal, por inducción, por inadaptación, por hipoe+olución estructural y por sicopatía. 5Códi&o de 2(ecución de Penas y Rehabilitación 7ocial /rt. B> al B@6 5Re&lamento Códi&o de 2(ecución de Penas, /rt. BK6. C/PAT#%!  C!NTR/7T/C$N  C!MPR!/C$N "2 %/ IP$T277 2N 2% TR//L! !P2R/C!N/%) >.B. "/GN$7TC! 7T#/C!N/% F.!."./. "2% 27T/%2CM2NT! P2NT2NC/R! "2 CIM!T2 5TR/T/M2NT! P2NT2NC/R!6. 2l establecimiento penitenciario de Cambio Puente8 Chimbote se encuentra ubicado en una zona rural a BBWm de la ciudad de chimbote apro4imadamente y alber&a a una población penal mi4ta actualmente en el a=o 9::? oscila entre @:: a @>: internos apro4imadamente, de los cuales >> son internas y la dierencia +arones, con la peculiaridad y particularidad 'ue en su mayoría proceden de traslados por re&resión al tratamiento penitenciario, por medidas de se&uridad y hacinamiento de establecimientos penales de la re&ión %ima u otras. /R2/ %2G/%) /!7 9::; /% 9::< Fortalezas.8  Cuentan con un ambiente e4clusi+o del -rea le&al.  Rati1cación del (ee del -rea le&al mediante documento de la superioridad de %ima.  Personal Proesional con ormación y e4periencia. !portunidades.8  /sistencia a seminarios, charlas, talleres y otros relacionados a temas  (urídicos or&anizados por instituciones públicas o pri+adas 5Corte 7uperior de Lusticia, etc6.  Talleres, charlas (urídicas a internos del establecimiento penal, dictados por personal del -rea.  !rientación y asesoramiento por parte del personal del -rea en la or&anización de e4pedientes administrati+os 5ene1cios Penitenciarios,

Conmutación de Pena y otros6 solicitados por los internos del establecimiento del penal. "ebilidades.8  Carencia de e'uipo de cómputo, CP#, monitor, Mouse, teclado.  Carencia de proesionales, t0cnicos, au4iliares, pues solamente se cuenta con B proesional /bo&ado.  Carencia de te4tos biblio&r-1cos, códi&os) penal, procesal penal y e(ecución penal.  Carencia de 1chas (urídicas de clasi1cación y compendio de normas internas NP2.  Carencia de normas le&ales del diario o1cial *2l Peruano.  %imitación para realizar se&uimientos de procesos y otros en los ór&anos  (urisdiccionales. /menazas.8  !btención y aplicación tardía de normas le&ales publicadas en el diario o1cial 2l Peruano, respecto a modi1catorias en %e&islación Penal. /R2/ "2 7/%#") /!7 9::; /% 9::< Fortalezas) 24istencia del ser+icio de medicina y odontolo&ía. 5contratación de personal6. Mensualmente se contó con el abastecimiento de medicinas. Iubo una responsable e4clusi+a para las estrate&ias de pre+ención y control de TgT7gJI`7"/. 7e cuenta con ser+icios b-sicos de saneamiento como luz y a&ua. Presencia de unidad dental. /poyo de promotores de salud en pabellón y tópico. !portunidades) 7e contó con apoyo lo&ístico de la !NG 5Fondo mundial8Care8Perú6 e'uipo de cómputo, remodelación del -rea de salud y otros. Con+enio NP2gMN7/.

Coordinación y apoyo del Minsa 5ormatos, medicamentos, etc6 en relación a las estrate&ias T8T78JI`7"/. Formación y capacitación de internos promotores de salud por la !NG8 C2P27L#. Campa=a de salud *nmi&raciones contra la hepatitis y 1ebre tioidea. /poyo por parte de instituciones locales con ser+icio de salud8 medicamentos. /poyo del Minsa a PP% aectados con T relacionado con el abastecimiento de +í+eres 5P/NgTC6. "ebilidades) 7uministro de a&ua insu1ciente en el -rea de salud. Carencia de personal de salud para abrir los ser+icios de &uardia 9K 4 K< horas armacia y laboratorio. Personal 'ue se necesita ur&entemente. Falta de e'uipo de comunicación en el -rea de salud para coordinaciones con la "R% y C2"2 C2NTR/%. #nidad mó+il 5ambulancia6 inoperati+a. Carencia de laboratorio clínico para emer&encias y procesar las muestras de V esputo con el cual permitir- un "Y oportuno de T8Pulmonar y ba(ar la cadena del conta&io. nstrumental odontoló&ico insu1ciente. Carencia de ólderes para historias clínicas, 'ue permita un adecuado archi+o de los mismos. /menazas) ne4istencia de personal de se&uridad permanente en el -rea de salud. Ries&o de contraer enermedades inectoconta&iosas por carencia de suministro de a&ua y le(ía. Personal de salud nombrado 'ue no son rotados de %ima a pro+incias 5Chimbote6. "emora en la reno+ación de contratos del personal de salud modalidad C/P7. DR2/ 2"#C/TJ/) C2! 7/N FR/NC7C! "2 /7A7. 5/!7) 9::; al 9::. Nuestro sistema penitenciario reco&e las re&las mínimas para el tratamiento de los reclusos aprobadas por el  Con&reso de las Naciones #nidas sobre pre+ención del "elito y Tratamiento del "elincuente. K. %a 2ducación en Conte4to de Pri+ación de la %ibertad, se concibe como un -rea de resultado cla+e, 'ue (unto con el Traba(o y la asistencia penitenciaria constituyen los pilares undamentales del tratamiento penitenciario. 2n este orden de ideas es necesario priorizar el tratamiento penitenciario en estas dos -reas. ;. #n aspecto 'ue debe tenerse en cuenta es 'ue el 1n resocializador de la pena no es el único 'ue nuestra Constitución considera, ya 'ue e4isten otras 1nalidades no e4presas, pero 'ue se deducen del modelo de 2stado. /sí, puede sostenerse 'ue del reconocimiento del 2stado como uno de car-cter social y democr-tico 5artículo K> Const. P.P.6 es posible deducir una 1nalidad pre+enti+o &eneral 5intimidatorio o inte&rati+a6 de la penaE 'ueda m-s claro a partir de su artículo KK 'ue dispone el deber del 2stado de prote&er a la población de las amenazas a su se&uridad.

@. 2n el establecimiento de Chimbote no se aplican e1cazmente las normas del tratamiento penitenciario en materias de) traba(o, educación, salud, asistencia social, asistencia le&al, asistencia psicoló&ica y asistencia reli&iosa, pre+istas por el Códi&o de 2(ecución Penal y su Re&lamento, no se hace la indi+idualización del tratamiento ni se determina el pro&rama de tratamiento indi+idualizado, conorme a los artículos @9f 5ndi+idualización del tratamiento6 y @>f 5Clasi1cación del interno6 de dicho cuerpo le&al, por tanto son causas por las 'ue no se est- lo&rando la resocialización eecti+a de los internos, 'uienes reinciden en el delito, con1rm-ndose así nuestra hipótesis &eneral. . %a clasi1cación de los internos se hace mediante normas +iolatorias de la ley y con criterios de se&uridad antes 'ue con los criterios readaptati+os inherentes al tratamiento penitenciario 'ue dispone el Códi&o de 2(ecución Penal en su artículo @Kf 5Clasi1cación contínua y cate&orías6. 2sta clasi1cación es adem-s antit0cnica y undamentalmente sub(eti+a al e(ecutarse en orma inadecuada. . >. I2RNDN"2 7. Roberto, F2RNDN"2 C. Carlos, y /PT7T/ %. Pilar. 5B??@6 Metodolo&ía de la n+esti&ación. 5Bra edición6. Colombia) Mc Gra_8Iill. K. N!G#2R/ R/M!7, +-n. 59::>6 Tesis de Post8Grado. 5Bra edición6 %ima) 2ddili. p.9::. ;. O#R! 7/%//R, illiam. 5B?? y ss. B@. #2N! /RQ7, 2. 5B?:. M/N/N/R27 7/M/N2G!, Los0 luís. Concepto, +oluntariedad y principios inormadores del tratamiento, en JJ.//, C!! "2% R!7/%, M.  Tomo J. Jol 9. Madrid) s`e. p.?B< y ss. >B. M!RR7, Nor+al. 5B??9. M#! C!N"2, F. Resocialización del."elincuente. Jalencia 8 2spa=a. >>. N2#M/N, 2lías. 5B?K. N#2 M!%N/, aldo  N#2 M!%N/, Cledy. 59::96 Curso de "erechos Iumanos 5Parte General6. 5Bra edición6 Tomo . %ima) NM. p. 9>;. P2/ C/R2R/ FR2R2, Raúl /.  FR7/NCI! /P/RC!, Manuel. 5 9::>6 Comentarios al Códi&o de 2(ecución Penal y "erecho Penitenciario. 59da edición6 %ima) Fecat. p. K;@. P2R/%T/ /RR!7, María .  J/%J2R"2 J%%/R, Nydia J. 59::K6 2l nterno y 2l Mundo 24terior) ene1cios Penitenciarios. 5Bra edición6 %ima) demsa. p. 9B;. >. P2RU G#/"/%#P2, Los0 %uís. 59:::6 %a construcción social de la realidad carcelaria. 5Bra edición6 %ima) Fondo 2ditorial de la P#CP. p. BBB y ss. > y ss. K>. 72L/7 R2NGF!, Teresa de Lesús. 59::B6 %a Resocialización del "elincuente. 5s`e6 %ima) Gr-1ca Iorizonte. KK. 72P/R/T/ "2 27T#"!. Curso de 2specialización en "erecho Penitenciario. 59::@6 Corporación /mericana de "esarrollo. Módulo . Chimbote8Perú. p @:. K;. 72P/R/T/ "2 27T#"!. Curso de 2specialización en "erecho Penitenciario 59::@6. Corporación /mericana de "esarrollo. Módulo J. Chimbote8Perú. p @B. K@. 77T2M/ "2 2R#"T!7 PRDCTC!7 %2G7. R0&imen Penal Peruano. 59::?6 Códi&o Penal Peruano` Códi&o de Procedimientos Penales` Códi&o de 2(ecución Penal`%eyes Penales Complementarias`Códi&o Procesal Penal e nstrumentos nternacionales. 5Kta edición6. %ima) %e&is. K. 7M/%% /R/N/, Germ-n. 59::@6 7ituación Carcelaria en el Perú y ene1cios Penitenciarios. Perú) Gri(ley.

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