Trabajo Vicios de La Voluntad.docx 1

May 2, 2019 | Author: Estefani Rojas Vasquez | Category: Intention (Criminal Law), Social Institutions, Sociedad, Virtue, Common Law
Share Embed Donate


Short Description

Acto jurídico - vicios de la voluntad...

Description

VICIOS DE LA VOLUNTAD I.- PRESENTACIÓN Para entender nuestra exposición, primero entandamos ¿u! es acto "ur#dico$ ¿%ui!nes inter&ienen$ ¿%ue es un 'ec'o 'umano$

ACTO JURIDICO ( Art#cu(o )*+ CC.) Es (a maniestación de &o(untad destinada a crear, re-u(ar modiicar o extin-uir re(aciones  "ur#dicas. E( acto "ur#dico &iene a ser un 'ec'o 'umano en oposición a (os actos natura(es o externos, es por eso ue podemos se/a(ar ue dentro de (os 'ec'os 'umanos e( acto  "ur#dico es &o(untario e in&o(untario.

QUIENES INTERVIENEN Una, dos o m0s personas, sean !stas natura(es o "ur#dicas. Pueden ocurrir &arias acciones 'umanas en !ste acto "ur#dico1 "ur#dico1 discernimiento discernimiento,, intención intención (i2ertad. Pero tam2i!n en e( acto "ur#dico tiene ue 'a2er1 La dec(aración o tam2i!n ((amada (a maniestación. Entonces tenemos ue para ue exista &o(untad "ur#dica tiene ue 'a2er reuisitos3 internos como e( discernimiento, (a intención 4 (a (i2ertad 4 externos como (a dec(aración o maniestación.

ANALISIS DE LOS REQUISITOS  A( ana(i5ar !stos reuisitos encontramos a( discernimiento, intención, (i2ertad 4 maniestación, &eamos uno de e((os1 (a intención, puede ser, 2uena, 6camu(ada7 o ma(a. Si en e( acto "ur#dico act8an uno, dos o m0s personas, podemos suponer ue se trata de un acto de 2uena e, pero a( tratarse tratarse de un 'ec'o 'ec'o 'umano 'umano podemo podemoss tener 'ec'os 'ec'os 'umanos &o(untarios e in&o(untarios, dentro de (os 'ec'os 'umanos &o(untarios tenemos 'ec'os (#citos (#citos 6dentro 6dentro de( ordenamiento ordenamiento (e-a( con eecto eecto uerido uerido E"emp(o1 E"emp(o1 9atrimonio7 9atrimonio7 e i(#citos3 4 dentro de (os i(#citos tendremos a (os do(osos 6intención de matar7 4 cu(pososno uise 'acer(o 6pero atrope((!7.

ANALISIS DE LA ACTUACIÓN DE LOS PARTICIPANTES DEL ACTO JURÍDICO ¿Todos ¿Todos (os ciudadanos actuamos de 2uena e$

:a 'emos &isto ue uno de (os reuisitos (a intención puede ser ;camu(ada< 4 entonces e( acto "ur#dico 4a no esta (i2re de error o do(o 4 !sta intención do(osa puede ser &io(enta o intimidatoria. Se "untaron e( error, e( do(o, (a &io(encia, (a intimidación, a !stos actos se (es ((ama &icios de (a &o(untad. Ca2e pre-untarnos, e( acto "ur#dico con estos &icios ¿Puede tener &a(ide5$3 estos &icios de (a &o(untad aectan (a &a(ide5 en (a moda(idad de anu(a2i(idad. Ten-amos presente ue e( acto "ur#dico anu(a2(e por estos &icios es (itera(mente eica5, mientras no se dec(are "udicia(mente su nu(idad.  A (os &icios de (a &o(untad se (es ((ama &icios de( consentimiento3 e( consentimiento es (a con(uencia de (as &o(untades, sin-u(ares de (os ue ce(e2ran e( acto "ur#dico.

II.- ¿A QUIENES AFECTAN LOS VICIOS DE LA VOLUNTAD? Los &icios de (a &o(untad no aectan a( consentimiento, sino a (a &o(untad de una de (as partes otor-antes. En e( códi-o Peruano (os &icios de (a &o(untad est0n tratados en (os art#cu(os ) a( =)> ue corresponden a( (i2ro II denominado acto "ur#dico. E( error, do(o, &io(encia o intimidación son causas de anu(ación de( acto "ur#dico por cuanto inciden en e( proceso de ormación de (a &o(untad, neutra(i5ando (a (i2re determinación de( su"eto acerca de (a re-u(ación de su propia esera "ur#dica.

LOS VICIOS DE LA VOLUNTAD EN EL CODIGO CIVIL PERUANO. En e( códi-o ci&i( peruano en e( t#tu(o VIII se norman (os &icios de (a &o(untad en (os si-uientes art#cu(os1 Artículo 201.- requisitos de error Artículo 202.- error esencial Artículo 203.- error conocible Artículo 204.- rectifcación del acto jurídico por error de cálculo Artículo 205.- anulabilidad del acto jurídico por error en el motio Artículo 20!.- improcedencia de la anulabilidad por error rectifcado Artículo 20".- improcedencia de indemni#ación por error Artículo 20$.- casos en que el error en la declaración icia el acto jurídico Artículo 20%.- casos en que el error en la declaración no icia el acto  jurídico Artículo 210.- anulabilidad por dolo Artículo 211.- dolo incidental Artículo 212.- omisión dolosa Artículo 213.- dolo recíproco Artículo 214.- anulabilidad por iolencia o intimidación Artículo 215.- intimidación Artículo 21!.- criterios para califcar la iolencia o intimidación Artículo 21".- supuestos de no intimidación

Artículo 21$.- nulidad de la renuncia de la acción por icios de la oluntad

: como podemos apreciar en (os art#cu(os =+) a( =+? se menciona a( error como &icio de (a &o(untad, pero, ¿%u! es e( error$

¿QUE ES EL ERROR? E( error es (a a(sa representación menta( de (a rea(idad o (a i-norancia de (a misma ue determinan (a &o(untad de( su"eto. La i-norancia es (a ausencia de conocimiento de (a rea(idad, mientras ue e( error es e( conocimiento eui&ocado, (a a(sa representación meta( de (a rea(idad. En derec'o se identiica e( error con (a i-norancia. En e( derec'o moderno se 'a2(a de error para reerirse a (a i-norancia o a( conocimiento eui&ocado de (a rea(idad.

CONCEPTO DE ERROR SEGÚN SAVIGNY .@ Se ((ama error, a( estado inte(ectua( en e( cua( (a idea de (a rea(idad de (as cosas est0 oscurecida 4 ocu(ta por un pensamiento a(so. E( error pro&ocado se (e ((ama do(o.

EL ERROR PUEDE SER DE HECHO O DE DERECHO El !!"! # $%$"  es e( conocimiento eui&ocado o (a i-norancia ue se tiene so2re (os e(ementos de( acto "ur#dico o sus circunstancias externas. ecordemos ue (os e(ementos de( acto "ur#dico son1 E(ementos esencia(es, est0n en todo acto "ur#dico1 a-ente capa5, o"p, in ( #cito, op2m. E(ementos natura(es, (as partes pueden exc(uir de( acto "ur#dico, sin ue pierda &a(ide5. E(ementos accidenta(es, (as partes a/aden e(ementos a( acto, condición, p(a5o, car-o o modo.

El !!"! # #!%$" es e( conocimiento eui&ocado o (a i-norancia ue se tiene de( derec'o o2"eti&o o de( derec'o su2"eti&o. E( derec'o o2"eti&o es e( con"unto de normas destinadas a re-u(ar (a conducta de (os indi&iduos en (a sociedad, mientras ue e( derec'o su2"eti&o se reiere a (a acu(tad a (a capacidad ue tiene una persona para 'acer o no 'acer a(-o, o para impu(sar o impedir a otro 'acer a(-o.

Tanto e( error de 'ec'o como e( de derec'o puede ser esencia( o indierente, nadie puede escudarse en su propia i-norancia para cump(ir e( mandato (e-a(. Por re-(a -enera( e( error de derec'o es considerado inexcusa2(e, imperdona2(e, de2ido a ue (a (e4 de2e ser ap(icada aunue e( su"eto no (a cono5ca.

E( códi-o Peruano &i-ente de )?B* re-u(a en orma expresa e( error de derec'o como &icio de (a &o(untad 6art#cu(o =+= inciso .7 E( error de derec'o es causa de &'l&*l*#&# #l &%+" ,!#*%" , cuando es esencia( 4 conoci2(e 4 se reiere a (a natura(e5a de( acto o a( o2"eto o a (a cua(idad "ur#dica de( o2"eto o (a persona. CAUSA DE ANULAILIDAD DEL ACTO JURIDICO El '/"%*" 'l" nunca produce (os eectos "ur#dicos, ue de2er#a producir, por eso se dice ue nace muerto. El '/"%*" &'l&l nace con &ida 4 produciendo todos sus eectos  "ur#dicos, pero por 'a2er nacido con un &icio en su conormación tiene un do2(e destino a(ternati&o 4 exc(u4ente, es decir, se dan dos opciones1 puede ser conirmado, es decir  su2sanado por (a parte aectada por (a causa( en cu4o caso se-uir0 produciendo norma(mente todos sus eectos "ur#dicos, o puede ser dec(arado "udicia(mente nu(o, en cu4o caso (a sentencia ue dec(ara (a nu(idad opera retroacti&amente a (a ec'a de ce(e2ración de( ne-ocio anu(a2(e.

III.- QUE NOS INDICA EL CODIGO CIVIL PERUANO REQUISITOS DEL ERROR  Art#cu(o =+).@ E( error es causa de anu(ación de( acto "ur#dico cuando sea 0'%*&l 4 %"'"%*l por (a otra parte.  An0(isis de !ste art#cu(o =+).@ Para ue e( error constitu4a &icio de (a &o(untad ue d! (u-ar a (a anu(a2i(idad de( acto "ur#dico es necesario ue ocurran tres reuisitos1 ).@La esencia de( error. =.@ Ser co-nosci2(e e( error. .@ E( per"uicio a( destinatario de (a dec(aración.

ERROR ESENCIAL  Art#cu(o =+=.@ E( error es esencia(1 ).@ Cuando recae so2re (a propia 0'%*& o una cua(idad de( o2"eto de( acto ue, de acuerdo con (a apreciación -enera( o en re(ación a (as circunstancias, de2e considerarse #+!1*'&'+ de (a &o(untad. =.@ Cuando recae so2re cua(idades persona(es de (a otra parte, siempre ue aue((as 'a4an sido determinantes de (a &o(untad. .@Cuando e( error de derec'o 'a4a sido (a ra5ón 8nica o #+!1*'&'+ de( acto.  An0(isis de !ste art#cu(o =+=.@ Para ue e( error de esencia constitu4a un &icio de (a &o(untad ue d! (u-ar a (a anu(a2i(idad de( acto "ur#dico se reuiere ue sea #+!1*'&'+ 4 0'%*&l.

E0 #+!1*'&'+ cuando e( error recae so2re e( o2"eto o so2re (as cua(idades persona(es o so2re e( derec'o, es esencia( cuando 'a sido (a ra5ón determinante de (a &o(untad. E"emp(os1 ).@ Cuando (a i-norancia ue se tiene so2re (a esencia de( o2"eto.@ Si &endiese &ina-re por  &ino, o co2re por oro, o p(omo por p(ata. =.@ De (a cua(idad de( o2"eto.@ Se compra un cuadro de Picasso, pero en rea(idad es una imitación. .@ De (a cua(idad de una persona.@ Se contrata (os ser&icios de un m!dico pero en rea(idad es un curandero. *.@ Cuando e( error es de derec'o.@ Comprar un 2ien con desconocimiento ue (a (e4 pro'#2e su comercia(i5ación. Por e"emp(o creemos ue una determinada o2ra de arte es exporta2(e cuando en rea(idad est0 pro'i2ida su comercia(i5ación. En estos casos e( error es determinante cuando e( su"eto no 'a2r#a ((e&ado a ca2o e( ne-ocio si no 'u2iese estado en error.

E0 !!"! 0'%*&l cuando recae so2re (a esencia o una cua(idad de( o2"eto de( acto, au# e( códi-o nos 'a2(a de (os 2ienes ue son o2"eto de (a prestación. E( error en esencia de( o2"eto es e( error en (a materia de ue est0 ormado e( o2"eto de (a prestación, su ser, su esencia, su natura(e5a 6oro, p(ata terciope(o, a(-odón, seda, etc7 E"emp(o1 Se cree comprar una "o4a de oro 4 só(o es de co2re dorado. En e( error so2re (a esencia de( o2"eto est0 tam2i!n comprendido e( error so2re (a identidad de un o2"eto. E"emp(o1 Se o2(i-a a entre-ar un o2"eto por otro. Cuando es error de cua(idad, de2emos entender ue se trata de un error en (a cua(idad esencia no en un error de un accesorio. E"emp(o1 Se compra un ca2a((o de paso en (u-ar de uno de carrera Se compra aceite de o(i&a cuando en rea(idad es de ma#5. Se compra monedas anti-uas cuando en rea(idad son imitación.

Todo error esencia( es tam2i!n determinante, pero no todo error determinante es esencia(, 6(o determinante es e( -!nero 4 (o esencia( es (a especie7 E"emp(o1 Un distri2uidor de repuestos aduiere de su pro&eedor un 2uen (ote de mercader#as para reponer e( a(tante de stoc en su a(mac!n, sin sa2er ue su a(macenero 4a 'a2#a repuesto !ste stoc. ste es un error determinante de (a &o(untad, puesto ue si e( distri2uidor 'u2iese sa2ido de !sta reposición de stoc 4a se 'i5o, no 'a2r#a aduirido (a mercader#a ue a'ora (e resu(ta in8ti( esta compra, pero, no es esencia( en e( sentido de( inciso ) de( art#cu(o =+=, porue no recae so2re (a esencia o una cua(idad de (a mercader#a. E( error ue no es esencia( no es causa( de anu(ación de( acto "ur#dico.  An0(isis de( inciso =.@ Cuando recae so2re cua(idades persona(es como e( ta(ento, industria, aptitud, reputación, so(&encia económica 4 mora(, etc., de (a otra parte, siempre ue aue((as 'a4an sido determinantes de (a &o(untad. E"emp(o1 Se arrienda una casa a una persona ue se cree 'onesta, pero resu(ta ser un narcotraicante. E( acto ce(e2rado en ra5ón de !ste error es anu(a2(e.  An0(isis de( inciso .@Cuando e( error de derec'o 'a4a sido (a ra5ón 8nica o #+!1*'&'+ de( acto E"emp(o1 E( error so2re (a denominación de( acto "ur#dico es irre(e&ante, no ser0 anu(a2(e un contrato a( cua( (as partes denominan usuructo cuando uisieron ce(e2rar uno de constitución de uso. Fa4 error de derec'o cuando pienso ue (a persona ue contrata conmi-o tiene p(ena capacidad de o2rar 4 no (o tiene, en este caso mi &o(untad tam2i!n est0 &iciada.

ERROR CONOCILE  Art#cu(o =+.@ E( error se considera conoci2(e cuando, en re(ación a( contenido, a (as circunstancias de( acto o a (a ca(idad de (as partes, una persona de norma( di(i-encia 'u2iese podido ad&ertir(o.  An0(isis de !ste art#cu(o =+.@ Cuando es un error e&idente, maniiesto, patente, notorio. Es conoci2(e e( error cuando e( receptor de (a dec(aración est0 en (a posi2i(idad de percatarse de( error en ue se encuentra e( dec(arante 4 no a ue eecti&amente conoce ue est0 en error3 si sa2iendo ue e( dec(arante est0 en error no (o denuncia, su comportamiento 4a no es erróneo sino do(oso.

Si e( acto "ur#dico puede ser anu(ado por un error esencia( ue e( destinatario pudo conocer(o, con ma4or ra5ón puede ser anu(ado por do(o.

RECTIFICACION DEL ACTO JURÍDICO POR ERROR DE C2LCULO  Art#cu(o =+*.@ E( error de c0(cu(o no da (u-ar a (a anu(ación de( acto sino so(amente a rectiicación, sa(&o ue consistiendo en un error so2re (a cantidad 'a4a sido determinante de (a &o(untad.  An0(isis de !ste art#cu(o =+*.@ E( error de c0(cu(o o tam2i!n ((amado incidenta(, accidenta( o concomitante, acompa/a a (a &o(untad sin &iciar(a 4 sin aectar, por (o mismo, (a &a(ide5 de( acto "ur#dico, pudiendo, a (o sumo, dar (u-ar en a(-unos casos a (a rectiicación, pero no a (a anu(ación de( acto. Se deduce de !ste art#cu(o =+* e( error de c0(cu(o puede consistir en un simp(e error de cuenta 6La cuenta es errada porue (a operación aritm!tica 'a sido ma( 'ec'a7 o en un error en (a cantidad. E( error de cantidad, pro&en-a o no de( error de c0(cu(o es causa( de (a anu(a2i(idad de( acto en cuanto 'u2iese determinado (a &o(untad de( errante. E"emp(o1 Error de cuenta 2asado en e( error de c0(cu(o1 compramos)++ sacos de 'arina de )++ i(os cada uno, por (o ue, 'aciendo e( c0(cu(o matem0tico, de2emos pa-ar )+,+++ i(os de 'arina, mientras ue e( &endedor por error 'a a-re-ado un cero o2teniendo como resu(tado (a cantidad de )++,+++ i(os 4 en estos t!rminos se conc(u4e e( contrato3 en ta( caso e( contrato puede ser anu(ado por error en (a cantidad. E"emp(o1 Error en (a cantidad no 2asado en e( error de c0(cu(o, una persona compra ),+++ sacos de 'arina en (a creencia de ue cada saco tiene =G i(os, cuando en rea(idad só(o contiene =+ i(os. En !ste caso no 'a4 una operación aritm!tica ue 'a4a ori-inando e( error, porue e( saco es independiente sea de =G o =+ i(os, pero, si para e( aduiriente es imprescindi2(e =G,+++ 4 e( error en ue 'a ca#do es conoci2(e por e( &endedor, puede anu(arse e( contrato.

ANULAILIDAD DEL ACTO JURIDICO POR ERROR EN EL 3OTIVO  Art#cu(o =+G.@ E( error en e( moti&o só(o &icia e( acto cuando expresamente se maniiesta como su ra5ón determinante 4 es aceptado por (a otra parte.  An0(isis de !ste art#cu(o =+G.@ E( error en e( moti&o es (a a(sa representación menta( so2re (os mó&i(es su2"eti&os ue ((e&an a( su"eto a emitir una dec(aración de &o(untad. E"emp(o1

Un uncionario p82(ico compra una casa en e( Cu5co cre4endo ue 'a sido tras(adado a tra2a"ar a esa ciudad, (o cua( no 'a sucedido. E( art#cu(o =+G re-u(a (os reuisitos undamenta(es ue comportan ue e( moti&o sea re(e&ante o no con &ista a &iciar e( acto "ur#dico ce(e2rado. Estos reuisitos son1 ).@ %ue e( moti&o sea maniestado expresamente =.@ %ue sea maniestado como (a ra5ón determinante de (a ce(e2ración de( acto "ur#dico .@ %ue sea aceptado por (a otra parte.

I3PROCEDENCIA DE LA ANULAILIDAD POR ERROR RECTIFICADO  Art#cu(o =+H.@ La parte ue incurre en error no puede pedir (a anu(ación de( acto si, antes de 'a2er surido un per"uicio, (a otra oreciere cump(ir conorme a( contenido 4 a (as moda(idades de( acto ue aue((a uiso conc(uir.  An0(isis de !ste art#cu(o =+H.@ Femos estado ana(i5ando e( error esencia(, e( cua( es causa( de anu(ación, pero (o ue nos dice !ste art#cu(o es ue si de( acto "ur#dico rea(i5ado no se deri&a nin-8n da/o, o si (a otra parte se a&iene en cump(ir o rectiicar e( acto para adecuar(o a (o reuerido por e( destinatario de (a dec(aración, entonces no es causa( de anu(ación, porue se (e est0 oreciendo (a posi2i(idad de a(can5ar (os eectos ueridos (i2res de toda eui&ocación.

I3PROCEDENCIA DE INDE3NI4ACION POR ERROR  Art#cu(o =+>.@ La anu(ación de( acto por error no da (u-ar a indemni5ación entre (as partes  An0(isis de !ste art#cu(o =+>.@ Anu(ado e( acto por error, e( receptor de (a dec(aración no puede pretender ue se (e indemnice da/os, puesto ue (a anu(ación se de2e en parte a !( 4 no so(amente a( error de( dec(arante.

CASOS EN QUE EL ERROR EN LA DECLARACION VICIA EL ACTO JURÍDICO  Art#cu(o =+B.@ Las disposiciones de (os art#cu(os =+) a( =+> tam2i!n se ap(ican, en cuanto sean pertinentes, a( caso en ue e( error en (a dec(aración se reiera a (a natura(e5a de( acto, a( o2"eto principa( de (a dec(aración o a (a identidad de (a persona cuando (a consideración a e((a 'u2iese sido e( moti&o determinante de (a &o(untad, as# como a( caso en ue (a dec(aración 'u2iese sido transmitida inexactamente por uien estu&iere encar-ado de 'acer(o  An0(isis de !ste art#cu(o =+B.@ E( error en (a dec(aración o tam2i!n ((amado o2stati&o, o2st0cu(o, -enera una di&er-encia entre (a &o(untad 4 (a dec(aración. No se uiere ni (a dec(aración ni su contenido, aunue 'a4 (a &o(untad de 'acer otra dec(aración con un contenido di&erso. La dec(aración ue se 'ace carece de &o(untad de contenido.

ste error no entra en (os &icios de( uerer, sino mas 2ien en e( error de (a maniestación o so2re (a maniestación de (a transmisión E"emp(os1 Error so2re (a natura(e5a de( acto.@ uan entre-a un ramo de (ores a 9ar#a en (a creencia de ue (o est0 &endiendo 4 9ar#a (o reci2e pensando ue es una donación. Deseo a(ui(ar un departamento 6pero por mi ma( uso de( idioma extran"ero7 terminó irmando un contrato de compra &enta. Error so2re (a identidad de( o2"eto.@ Deseo remitir(e u dinero a 9ar#a, pero, sin darme cuenta e( dinero (o meto en e( so2re ue &a destinado a uan. Error so2re (a identidad de (a persona.@ A( due/o de (a distri2uidora de repuestos no (e interesa uien sea e( aduiriente de sus productos3 si 'ace una &enta a C tom0ndo(a por  J, e( error de identidad de( comprador no &icia (a &o(untad porue e( error de identidad de( comprador no 'a sido determinante en (a &o(untad de( &endedor. Pero si A (e uiere 'acer un pr!stamo a J de SK. )=+,+++.++ uien -o5a de so(&encia mora( 4 por error se (os entre-a a C uien es inso(&ente 4 antecedentes pena(es, !ste pr!stamo es anu(a2(e por error en (a identidad de (a persona. Error en (a transmisión de (a dec(aración.@ E( su"eto conunde un documento por otro, suscri2e (o ue no uer#a suscri2ir 4 no suscri2e (o otro, ue 'a2r#a contenido su eecti&a &o(untad.

CASOS EN QUE EL ERROR EN LA DECLARACIÓN NO VICIA EL ACTO JURÍDICO  Art#cu(o =+?.@ E( error en (a dec(aración so2re (a identidad o (a denominación de (a persona, de( o2"eto o de (a natura(e5a de( acto, no &icia e( acto "ur#dico, cuando por su texto o (as circunstancias se puede identiicar a (a persona, a( o2"eto o a( acto desi-nado.  An0(isis de !ste art#cu(o =+?.@ste art#cu(o re-u(a e( !!"! 0"! l& #'"1*'&%*5' # l& 6!0"'&, cuando (a consideración a e((a es indierente para (a ce(e2ración de( acto. E"emp(o1 Le esto4 &endiendo un (i2ro a uan pero (o ((amo Pedro. Tam2i!n re-u(a l !!"! 0"! l& #'"1*'&%*5' #l ",+" , si e( resu(tado es e( mismo so2re e( cua( uer#a rea(i5ar e( ne-ocio. E"emp(o1 %uiero (a mercader#a  4 (a denomino :. E( !!"! 0"! l& '&+!&l7& #l &%+" , siempre ue (as partes ce(e2ren e( acto ue en rea(idad uer#an ce(e2rar  E"emp(o1 Ce(e2ramos un contrato de compra &enta 4 (o ((amamos promesa de compra &enta.

E( error so2re (a denominación de (a persona, de( o2"eto o de (a natura(e5a de( acto, es irre(e&ante como &icio si no da (u-ar a una cuestión de identidad ue aecte (a &o(untad.

EL DOLO En derec'o pena(, e( do(o consiste en (a conciencia de (a crimina(idad de( acto u omisión pre&isto 4 sancionado por (a (e4 como de(ito. En derec'o ci&i( (a pa(a2ra do(o se interpreta de tres ormas1 ).@ C"1" l1'+" # *'%16l*1*'+" # "l*/&%*"'0 , e( do(o coincide con (a ma(a e, ui50 sin 0nimo de da/ar pero a( inrin-e de modo &o(untario e( de2er "ur#dico ue pesa so2re e( deudor, e( deudor no e"ecuta su prestación. =.@ C"1" 8&%+"! # &+!*%*5' # !06"'0&*l*#&# %*9*l 6"! &%+" *l%*+" , conciencia 4 &o(untad de causar da/o .@ El #"l" %"1" 9*%*" # l& 9"l'+&# , si-niica en-a/o, se usa (as ma(as artes, artiicios, astucia, mauinaciones, adoptadas por un su"eto para en-a/ar a a(-uien induci!ndo(o a conc(uir un acto "ur#dico, ue de otro modo no (o 'u2iese rea(i5ado o (o 'u2iese uerido de manera dierente. E"emp(o1 Un &endedor de camiones 'ace creer a su c(iente ue su camión 4a no tiene reparación 4 es preeri2(e &ender(e otro.

ANULAILIDAD POR DOLO  Art#cu(o =)+.@ E( do(o es causa de anu(ación de( acto "ur#dico cuando e( en-a/o usado por  una de (as partes 'a4a sido ta( ue sin !( (a otra parte no 'u2iera ce(e2rado e( acto. Cuando e( en-a/o sea emp(eado por un tercero, e( acto es anu(a2(e si ue conocido por (a parte ue o2tu&o 2eneicio de !(.  An0(isis de !ste art#cu(o =)+.@ En e( 0m2ito comercia( existe (a si-uiente pr0ctica en (a cua( se exa(tan (as &irtudes 4 se aten8an (os deectos, podr#amos ((amar(o do(o to(era2(e 4 en cam2io e( comportamiento intencionado orientado a en-a/ar a (a otra parte a in de 'acer(a caer en error, ser#a e( do(o into(era2(e E( códi-o a( no deinir e( do(o, permite adoptar una concepción amp(ia de( mismo ue comprenda tanto (as mauinaciones o manio2ras diri-idas a 'acer caer en error a (a otra parte, como e( do(o sin manio2ras o mauinaciones, siempre ue 'a4a un e(emento intenciona(, esto es ma(a e de parte de su autor, como airmar un 'ec'o inexacto, o cua(uier des(ea(tad o ne-(i-encia -ra&e ue con((e&e a persuadir a (a otra parte a (a cu(minación de( ne-ocio. E( do(o de2e pro&enir de una de (as partes ue ce(e2ran e( acto "ur#dico E"emp(o1 A( irmar un contrato, e( do(o pro&endr0 de (a otra parte contratante.

Cuando e( en-a/o es usado por un tercero, e( acto "ur#dico es anu(a2(e so(amente si es conocido por (a parte ue o2tu&o 2eneicio. Para anu(ar un acto "ur#dico por do(o no es necesario pro2ar ue (a &ictima 'a4a surido da/o, pero si e( da/o eecti&amente se 'a producido como consecuencia de (a conducta en-a/osa de( autor de( do(o (a &ictima puede acumu(ar a su acción de anu(ación de( acto, (a indemni5ación de da/os puesto ue es principio -enera( ue todo aue( ue cause da/o a otro est0 en (a o2(i-ación de indemni5ar(o. Es necesario para (a anu(ación de( acto "ur#dico e( eecti&o error ue 'a ca#do una de (as partes por &irtud de( en-a/o de (a otra3 e( acto "ur#dico no es anu(a2(e cuando e( su"eto ad&ierte (a existencia de( en-a/o 4 no o2stante 'a uerido conc(uir(o. DOLO INCIDENTAL  Art#cu(o =)).@ Si e( en-a/o no es de ta( natura(e5a ue 'a4a determinado (a &o(untad, e( acto ser0 &0(ido, aunue sin !( se 'u2iese conc(uido en condiciones distintas3 pero (a parte ue actuó de ma(a e responder0 de (a indemni5ación de da/os 4 per"uicios.  An0(isis de !ste art#cu(o =)).@ E( do(o incidenta( consiste en (os artiicios, manio2ras, etc., ue sin ((e-ar a determinar (a rea(i5ación de( acto induce a (a &ictima a rea(i5ar(o en condiciones m0s onerosas3 sin e( do(o incidenta( e( acto 'u2iese sido i-ua(mente conc(uido, pero en otras condiciones. E"emp(o1 E( comprador de una cas tomó (a decisión de aduirir(a pero si no 'u2iese sido en-a/ada so2re e( estado de conser&ación de( inmue2(e, no 'a2r#a aceptado pa-ar tan a(to precio. En !ste caso e( acto "ur#dico es &0(ido, pero (a parte en do(o de2e responder por (os da/os. Si e( do(o incidenta( pro&iene de un tercero, responde de( da/o e( otor-ante ue se 'a 2eneiciado con e( acto si conoció e( en-a/o.

O3ISIÓN DOLOSA  Art#cu(o =)=.@ La omisión do(osa produce (os mismos eectos ue (a acción do(osa.  An0(isis de !ste art#cu(o =)=.@ La omisión do(osa o tam2i!n ((amada do(o ne-ati&o se reiere a (a a(usión o si(encio de( autor de( en-a/o determinante de (a &o(untad de (a otra parte. E"emp(o1 E( &endedor de un terreno no inorma a( comprador de (a existencia de un proceso de expropiación.

DOLO RECÍPROCO  Art#cu(o =).@ Para ue e( do(o sea causa de anu(ación de( acto, no de2e 'a2er sido emp(eado por (as dos partes.

 An0(isis de !ste art#cu(o =).@ Si (as dos partes se 'an en-a/ado mutuamente, am2as 'an actuado de ma(a e, por (o ue no pueden demandar anu(a2i(idad de( acto. E( derec'o no prote-e (a ma(a e.

ANULAILIDAD POR VIOLENCIA O INTI3IDACION  Art#cu(o =)*.@ La &io(encia o (a intimidación son causas de anu(ación de( acto "ur#dico, aunue 'a4an sido emp(eadas por un tercero ue no inter&en-a en !(.  An0(isis de !ste art#cu(o =)*.@ La &io(encia o (a intimidación usadas por una de (as partes o por un tercero son causas de anu(a2i(idad de( acto "ur#dico. La &io(encia #sica es (a uer5a corpora( irresisti2(e e"ercida so2re una persona, de ta( manera ue no (a pueda impedir, para ue rea(ice o no un acto "ur#dico. La &io(encia #sica exc(u4e (a (i2ertad de uien (a soporta. E"emp(o1 Como cuando e( a-resor tomando (a mano de (a &#ctima, (e 'ace suscri2ir un documento, o cuando se uer5a (a ca2e5a de un indi&iduo para ue pare5ca ue su mo&imiento es una airmación, o se (e (e&ante e( 2ra5o para ue pare5ca una se/a( de aceptación de una oerta. En !stos e"emp(os e( su"eto o2ra 2a"o (os eectos de una uer5a irresisti2(e, no 'a4 &o(untad interna, e( su"eto es un simp(e instrumento de su a-resor, tampoco 'a4 &o(untad de dec(arar, simp(emente 'a4 una dec(aración no deseada, es una dec(aración de( deseo de( ue usa (a uer5a 2ruta. En (a intimidación (a &o(untad existe de rea(i5ar e( acto "ur#dico pero esta &o(untad est0 condicionada, &iciada porue (a persona 'a sido determinada a ce(e2rar e( acto "ur#dico para (i2rarse de( ma( con ue se (e amena5a, por tanto, (a &o(untad de rea(i5ar e( acto existe, porue pudo optar por surir e( ma( 4 no rea(i5ar e( ne-ocio. La &io(encia 4 (a intimidación am2as son causa(es de anu(ación de( acto "ur#dico, porue am2as act8an como &icios de (a &o(untad, a( 'a2er disminuido (a &o(untad de( su"eto 'asta anu(ar(a o restrin-ir(a considera2(emente.

INTI3IDACIÓN  Art#cu(o =)G.@ Fa4 intimidación cuando se inspira a( a-ente e( undado temor de surir un ma( inminente 4 -ra&e en su persona, su cón4u-e, o sus parientes dentro de( cuarto -rado de consan-uineidad o se-undo de ainidad o de (os 2ienes de unos 4 otros. Trat0ndose de otras personas o 2ienes, corresponder0 a( "ue5 decidir so2re anu(ación, se-8n (as circunstancias.  An0(isis de !ste art#cu(o =)G.@ La persona ue 2a"o amena5as es o2(i-ada a conc(uir un acto "ur#dico en (as condiciones ue (e se/a(an, no tiene (a (i2ertad de decisión ue de2e acompa/ar a( pereccionamiento de( acto "ur#dico.

Son e(ementos de (a intimidación1 (a amena5a, e( ma(, e( temor. E( ue es intimidado para ce(e2rar un acto "ur#dico teme por su &ida, por su inte-ridad #sica, por su patrimonio, as# como teme por (a &ida, por (a inte-ridad #sica, por e( patrimonio de su cón4u-e, de sus parientes m0s próximos a8n m0s (e"anos o con otras personas con uien no ten-a re(ación de parentesco, pero si &#ncu(os de especia( amistad o aecto 6Por e"emp(o1 (a no&ia7 No puede 'a2er intimidación ue &icie (a &o(untad cuando una persona amena5a con e"ercer un derec'o siempre ue se manten-a dentro de (os (#mites i"ados por e( ordenamiento "ur#dico. E"emp(o1 Un acreedor amena5a a un deudor con em2ar-ar "udicia(mente sus 2ienes sino cance(a su deuda. E"emp(o1 Los tra2a"adores amena5an con 'acer una 'ue(-a para conse-uir me"ores condiciones de tra2a"o ue e( emp(eador est0 en condiciones de otor-ar(es.

CRITERIOS PARA CALIFICAR LA VIOLENCIA O INTI3IDACIÓN  Art#cu(o =)H.@ Para ca(iicar (a &io(encia o (a intimidación de2e atenderse a (a edad, a( sexo, a (a condición de (a persona 4 a (as dem0s circunstancias ue puedan in(uir so2re su -ra&edad.  An0(isis de !ste art#cu(o =)H.@ Para ca(iicar (a &io(encia o (a intimidación de2e tenerse en cuenta (as condiciones persona(es de( ue intimida 4 de (a &#ctima, como (a edad, sexo, car0cter 4 (as dem0s circunstancias ue puedan in(uir so2re su -ra&edad, como (os medios emp(eados, etc., (o ue es suiciente para un enermo o un in&0(ido no pueden ser(o para una persona sana 4 uerte3 (o ue es -ra&e para una persona ue no tiene medios económicos puede no ser(o para un potentado3 (o ue es decisi&o para un i-norante no puede ser(o para un instruido. De2en ana(i5arse todas (as circunstancias ue rodean a( caso concreto para esta2(ecer  con precisión si e( temor inundido ue e( ue determinó a( su"eto a ((e&ar a ca2o+ e( ne-ocio ue se impu-na (a anu(a2i(idad. E"emp(o1 Nadie podr0 creer(e a un campeón de 2ox de (a cate-or#a peso pesado ue so(icita (a anu(ación de un contrato ue 'a ce(e2rado con un enano, a(e-ando ue Mpeste (o amena5ó con matar(o a -o(pes3 pero, si a(e-a 4 prue2a ue e( enano (o amena5a2a con matar(o con e( dedo en e( -ati((o de una ametra((adora para ue suscri2a e( contrato, no ca2e duda ue e( 2oxeador 'a actuado 2a"o una uerte impresión de perder su &ida, por  tanto, e( contrato es anu(a2(e.

SUPUESTOS DE NO INTI3IDACIÓN  Art#cu(o =)>.@ La amena5a de( e"ercicio re-u(ar de un derec'o 4 e( simp(e temor  re&erencia( no anu(an e( acto.

 An0(isis de !ste art#cu(o =)>.@ La amena5a de e"ercer un derec'o no es in"usta ni i(e-itima 4 como ta( no &icia (a &o(untad, como en e( caso de( acreedor ue amena5a em2ar-ar(e (os 2ienes a( deudor si no (e cance(a (o ue (e est0 adeudando E"emp(o1 Es (#cito &a(erse de (a amena5a de reso(&er "udicia(mente un contrato de mutuo para o2(i-ar a( deudor a otor-ar (as -arant#as 6prendas, 'ipotecas, etc7 a ue se o2(i-ó, au# e( acreedor 2usca ase-urar e( recupero de su cr!dito 4 nada m0s. Si (a amena5a de 'acer &a(er un derec'o est0 diri-ida a o2tener una prestación distinta de (a de2ida, es in"usta 4 anti"ur#dica, por (o ue determina (a anu(a2i(idad de( acto. E"emp(o1 Un acreedor apro&ec'ando de( momento de diicu(tad inanciera de su deudor, (o amena5a con (a e"ecución or5ada de sus 2ienes si es ue no (e &ende un inmue2(e ue 'asta aue( momento se 'a2#a ne-ado a &ender. En casos como !ste si 'a4 intimidación ue causa (a anu(ación de( acto "ur#dico. E( temor re&erencia( es pro&ocado por (a impresión ue causa (a persona a uien se (e de2e respeto 4 sumisión, pero, sin ue esta inter&en-a intimidando a( re&erenciante, por (o ue no se produce e( &icio de (a &o(untad por intimidación 4 como consecuencia, no 'a4 (u-ar a (a anu(ación de( acto.

NULIDAD DE LA RENUNCIA DE LA ACCIÓN POR VICIOS DE LA VOLUNTAD  Art#cu(o =)B.@ Es nu(a (a renuncia anticipada a (a acción ue se unde en error, do(o, &io(encia o intimidación.  An0(isis de !ste art#cu(o =)B.@ La acción de anu(a2i(idad de( acto "ur#dico por (as causa(es de error, do(o, &io(encia o intimidación prescri2e a (os dos a/os. 6Art. =++)@*7 E( p(a5o de prescripción se computa desde e( d#a en ue puede e"ercitarse (a acción 6Art. )??7 EE9PLO1 Para e( caso de reci2ir una 'erencia.@ Nu(idad de (a aceptación 4 de (a renuncia anticipada.@ Se reiere a antes de (a apertura de (a 'erencia uno se puede arrepentir. La renuncia anticipada es nu(a. Lo ue cuenta es (a decisión só(o despu!s de (a apertura de (a sucesión. Indi&idua(idad de (a aceptación o de (a renuncia.@ Es indi&isi2(e o se acepta o se renuncia a (a 'erencia. E"emp(o1 tras (a muerte de Pedro sus 'i"os se dec(araron 'erederos, pero, una de sus 'i"as uiso aceptar só(o (os acti&os 4 no (os pasi&os, entonces se indica ue una &e5 ue se acepta (a 'erencia se acepta con acti&os 4 pasi&os.

IV.- CONCLUSIONES La po2(ación de2e ser educada, orientada 4 tener inormación constante 4 oportuna para crear una cu(tura "ur#dica en (a po2(ación

E( do(o es (a mauinación destinada a pro&ocar o mantener e( error pro&ocado o do(o. Para ue se produ5ca e( do(o de2e ser e"ecutado por una de (as partes o por un tercero(, en 2eneicio de (a otra parte. E( do(o es (a conducta de a(-uien a"eno a( dec(arante ue cause un error en !ste, mediante artiicios, astucias, o mentiras emp(eados para inducir a (a ce(e2ración de una acto "ur#dico. La &io(encia o intimidación anu(an e( acto "ur#dico, in(u4en ne-ati&amente en e( proceso  "ur#dico 4 per"udica a( dec(arante atentando contra sus derec'os constituciona(es.

V.- ILIOGRAFIA Códi-o ci&i( Peruano de )?B*.@Decima se-unda edición oicia(.@Dirección Naciona( de asuntos "ur#dicos. Torres V0sue5 An#2a(. Códi-o Ci&i(. Tomo I IDE9SA Lima@Per8. =+)) P0-. *+ Torres V0sue5 An#2a(. Códi-o Ci&i(. Tomo I IDE9SA Lima@Per8. =+)) P0-. ?>

A&'(A) *+,, /A ódio iil *omo ' 6ptima dición. '78A )ima-9er:. ;,&A&7+ /'7A) ,A8',. l acto jurídico. ??es.@iipedia.or?@ii?/iciosBdeBlaBoluntad =ttp>??es.@iipedia.or?@ii?7olo .min"us.-o2.pe

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF