Trabajo Mandato Prestamo

August 29, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download Trabajo Mandato Prestamo...

Description

 

Universidad

Tecnología de

Honduras Carrera  Facultad de Derecho Asignatura  Derecho Civil V

Catedrático Abogado.  Santiago Humberto Vásquez Domínguez Abogado.

Trabajo El contrato de mandato y préstamo Integrantes del Equipo

Edna Lizeth Guzmán Paredes #200970620016 Diana Alejandra Mena Velásquez # 201930070062 Yolany Nohemy Castro Baquedano # 201810060422

Campus UTH, de junio del 2021

 

Índice Introducción.....................................................................................................................3

Objetivo general.................................................................................................................4 Objetivos específicos.........................................................................................................4 Contrato de mandato......... mandato.................. .................. ................. ................. .................. .................. .................. .................. ................. .........................5 .................5 Contrato de préstamo.......... préstamo.................. ................. .................. .................. .................. ................. ................. .................. ...............................11 ......................11 El préstamo simple o mutuo.......... mutuo.................. ................. .................. .................. .................. ................. ................. ..............................13 .....................13 Conclusión................. Conclusión........ .................. .................. .................. ................. ................. .................. .................. .................. ................. ...............................15 .......................15 BIBLIOGRAFIA...............................................................................................................16

 

Introducción

en el presente trabajo se hará una presentación muy minuciosa concisa del contrato de mandato y el préstamo partiendo que el contrato de mandato es el que se obliga a una persona a prestar un servicio o hacer alguna cosa por cuenta o cargo de otras, el préstamo es un contrato por el cual una de las partes entrega una cosa a otra también se estarán especificando los requisitos todo lo relacionado nuestro código civil en sus artículos del 1888 hasta el 1938 hace referencia de forma clara y especifica. Otro de los temas tratados en el trabajo será los vicios las características que surgen de los contratos tanto el comodato como el de préstamo en la que podemos observar su perfección en lo largo del trabajo.

 

Objetivo general

♦Conocer a la perfección el contrato de mandato y el contrato de préstamo existente en nuestro país. Objetivos específicos

♦analizar los contratos de mandato y prestamos cuáles son sus características ♦indagar en busca de los requisitos esenciales que tiene que cumplir dichos contratos. ♦Identificar las formas de mandato como las de préstamos existentes. ♦Explicar las obligaciones y responsabilidad que generan dichos contratos. ♦Especificar las disposiciones especiales al respecto como ser capacidad de las partes.

 

Contrato de mandato

El contrato del mandato podemos encontrarlos del articulo 1888 hasta el articulo 1918 comenzaremos con el concepto del mandato el cual nos indica que es el que se obliga a una persona aprestar algún servicio o hacer alguna cosa por cuenta o encargo de otra la persona que confiere el cargo se llama mandate o poderdante, y la que lo recibe o acepta se llama apoderado, procurados, en general mandatario. Caracteres  El

mandato es generalmente consensual

Esto nos indica se perfecciona por el solo acuerdo de voluntades entre mandate y mandatario. Por excepción, el mandato debe otorgarse con las solemnidades de las escrituras públicas cuando se refiere poder general para contraer matrimonios de general para pleitos, para administrar bienes, para reconocer hijos naturales en el registro civil y cualquier otro poder que tenga objeto redactado que halla de perjudicar a terceros, en los demás casos será solo necesaria una carta poder autentica por notario. También puede otorgarse de forma verbal si tiene una cuantía que no exceda de lps 200.00 ✓El

mandato se presume gratuito, salvo pacto en contrario.

El articulo 1890 nos dice que a falta de pacto contrario el mandatario se supone gratuito al menos cuando se ha pactado que el mandato sea renumerado o cuando el mandato tenga por objeto actos que constituyen la ocupación profesional del mandatario. El mandato es un contrato bilateral ya sea oneroso a gratuito el contrato es bilateral, pues ambas partes contraen obligación desde la perfección del contrato. El mandatario obra por cuenta del mandante

 

el mandatario obra por cuenta y riesgo del mandante ya que el solo representa al mandatario cualquier acción hecha por el mandatario se reputa ejecutada por el mandante. Requisitos del mandato a continuación, se explicarán cuáles son los requisitos que debe contener el objeto del contrato mandato.  Objeto

del mandato

el cargo que constituye el objeto del mandato debe consistir en actos jurídicos. Esto va dependiendo de las facultades que el mandato confiere podemos ver que el mandato conferido en términos generales solo comprende actos de administración, para transigir, enajenar, hipotecar o cualquier otro acto rigoroso dominio se necesita mandato expreso.  el

negocio no debe interesar solo al mandatario.

El mandato debe ser interés del mandante o de un tercero o ambos o del mandate y mandatario por igual pero no solo en interés del mandatario. capacidad de las partes En cuanto al mandante como no hay disposición especial este debe tener la capacidad de ejercicio que se refiere para todo acto jurídico, pero para ser mandatario basta con ser adulto es decir mayor de 14 años pues en las relaciones del mandate no tiene ninguna influencia la incapacidad relativa del mandatario. Formas del mandato Según el artículo 1889 el mandato puede ser expreso o tácito el expreso puede darse por instrumento público o privado y aun de palabra, en cuanto el amanto expreso, por lo general, en el documento que se confiere solo se deja constancia de la voluntad del mandate que confiere al mandatario la realización de un acto que este puede rechazar o aceptar el consentimiento del mandatario puede ser expresa o tácita esta última es lla a

 

que se deduce de los actos del mandatario ejemplo se entiende que ha aceptado cuando da principio a su ejecución. Clases de mandato Pueden ser general o especial el primero es el que comprende todos los negocios del mandato, el segundo solo uno más negocios determinados esto lo podemos en contar en el artículo 1891. Obligaciones del mandatario Obligación de cumplir el mandato sin traspasar sus límites. El artículo 1897 dice el mandatario queda obligado por su aceptación a cumplir el mandato, y responde de los daños y perjuicios que, de no ejecutarlos se ocasionen en el mandante debe también acabar el negocio que ya estuviera comenzado al morir el mandate si hubiere peligro en tardanza con forme al artículo 1893-1894.  obligaciones

de atenderse a las instrucciones del mandante

Conforme al artículo 1898 en la ejecución del mandato ha de arreglase el mandatario a las instrucciones del mandante. A falta de estas hará lo que, según la naturaleza del negoció, haría un buen padre de familia. El articulo 1894 deja cierta libertad al mandatario al cumplimiento de del mandato.  

Obligación de rendir deudas

El artículo 1899 dice todo mandatario está obligado a dar cuentas de sus operaciones y a abonar al mandate, cuando haya recibido en virtud del mandato, aun cuando lo recibido no se debiera al segundo cualquiera que fuera la causa de extinción del mandato por lo tanto el mandatario está obligado a brindar cuentas de los ingresos y gastos y a devolver cuentas y documentos que el mandatario recibiera a causa del mandato.  obligación

de pagar interese sobre ciertas cantidades

 

El artículo 1903 dice que el mandatario debe interese de las cantidades que aplico a sus propios desde el día en que lo hizo, y de las que quede debiendo después de fenecido el mandato desde que se haya constituido en mora esta disposición contempla dos casos distintos 1. Pago de intereses por el dinero del mandate que el mandatario aplico a sus usos propios además debe indemnizar al mandate por los perjuicios 2. pago de los intereses legales sobre el saldo en que, rendida la cuenta, quedo alcanzado el mandatario. Desde que se constituyó en mor.  

obligación de responder por su dolo o culpa

 Art. 1905 el mandatario es responsable no solo del dolo si también también de la culpa, que deberá estimarse por los tribunales según que el mandato haya sido o no retribuido. Responsabilidad del mandatario frente a la parte con quien contrata. El mandatario en calidad no contrae ninguna obligación para con las personas con quien contrata si obra dentro de los límites de sus poderes. Su calidad de representante lo exime de toda responsabilidad contractual la cual es propia y exclusiva de sus representados. Sustitución del mandato  Art1900 el mandatario puede nombrar sustitutos si el mandate no se lo ha prohibido  sustitución

hecha sin autorización del mandate

sustitución autorizada por el mandate, pero sin designar persona, siendo el nombrado notarialmente incapaz o insolvente.  sustitución

autorizada con designación de persona.

sustitución realizada contra la prohibición expresa del mandate. Obligaciones de mandate cumplir las obligaciones contraídas por el mandatario

 

 Art.1906 el mandate debe cumplir todas las obligaciones que el mandatario mandatario haya construido dentro de los límites del mandato. Pero es necesario la concurrencia de dos condiciones 1. Que el mandatario obre a nombre del mandate es decir que los actos que el mandatario contrae debe decir que lo hace en representación de su mandate 2. Que el mandatario obre dentro de los límites del mandato en cuando se exceda de los limites carece de poder.  proveer

al mandatario de lo necesario para cumplir el mandato.

El art.1907 el mandate debe anticipar al mandatario si este se lo pide las cantidades necesarias para la ejecución del mandato.  indemnizar

al mandatario de todos los daños y perjuicios que le haya causado el

cumplimiento del mandato Dice art.1908 debe también el mandante indemnizar de todos los daños y perjuicios que le haya causa el cumpliendo del mandato.  pagar

al mandatario la remuneración debida

En todos los casos en que no tenga lugar la presunción de gratuidad del mandato. Derecho legal de retención para garantizar al mandatario sus créditos por concepto de gastos anticipos perdida y honorarios. Pluralidad de mandates art.1910 si dos o más personas han nombrado un mandatario para un negocio común quedan obligadas para todos los efectos del mandato. Terminación del mandato por renovación del mandato Es el modo de ponerle fin por la sola voluntad del mandate art 1912 el mandatario no tiene derecho a ninguna indemnización por la revocación salvo que se haya pactado lo contrario.

 

Formas de revocación la cual puede ser expresa o tácita, Total, o parcial hay revocación tacita 1. cuando el mandate nombra un nuevo mandatario para el negocio,2. cuando el poderante gestiona personalmente el negocio para el cual había nombrado apoderado Formas de notificar la revocación Para que la revocación conste de forma autentica puede hacerse ya sea comisionado al notario que autoriza la escritura de revocación para que ponga esta en conocimiento del mandatario y lo requiera para que le entregue el documento en que se le dio el mandato. Renuncia del mandatario  Art. 1915 el mandatario puede renunciar al mandato poniendo en conocimiento al mandante si este sufriese perjuicio por la renuncia deberá indemnizar de ello al mandatario, Art.1916 el mandatario, aunque renuncie al mandato con justa causa, debe continuar su gestión hasta que el mandate haya podido tomar las disposiciones necesarias para cubrir. Muerte del mandate o del mandatario La muerte de cualquiera de ellos pone fin al mandato cabe mencionar que pueden las partes modificar esta condición legal pactando que en caso de muerte a uno de ellas el mandato continúe a sus herederos. La interdicción civil del mandante o del mandatario. La interdicción civil priva al interdicto del derecho de administrar sus bienes por lo tanto es lógico que no pueda administrar bienes Insolencia o quiebra del mandate o mandatario La insolvencia es el estado de una persona se encuentra en la imposibilidad de pagar sus deudas. Por lo que en ninguno de los dos puede seguir con el mandato el

 

mandatario porque no merece confianza si no puede administrar ni lo suyo y el mandate porque no tiene.

Contrato de préstamo

el contrato de préstamo lo puemos encontrar del articulo 1919 hasta 1938 a continuación pasamos dar el concepto del préstamo el cual es un contrato por el cual una de las partes entrega una cosa a otra, concediéndole el derecho de servirse de ella, con la obligación de devolvérsela. Hay dos clases de contrato el comando o préstamo de uso y el mutuo llamado también préstamo simple o préstamo de consumo.

El comodato o préstamo de uso Es un contrato en que una de las partes, el comodante, entrega a la otra, el comodatario, una especie, mueble o inmueble, para que haga uso de ella gratuitamente y le devuelva la misma especie después de terminada el uso. Caracteres es un contrato real Es un contrato real porque se perfecciona por la cosa prestada si no hay entrega no hay comodato. es un contrato gratuito La gratuidad es de la esencia del comodato.  es

un contrato unilateral.

 Al perfeccionarse el comodato produce efecto para el comodatario únicamente. es un título de mera tenencia

 

El comodato es un título de mera tenencia y el comodatario es un mero tenedor de la cosa prestada. Cosas que pueden darse en comodato Pueden darse tanto cosas muebles como inmuebles, pero debe ser por regla general, no fungibles no consumibles, puesto que el comodatario debe restituir lo mismo que recibió. Comodato de cosa ajena  Art. 1920 el comodante conserva la propiedad de la cosa prestada, no es necesario que el comodante sea dueño de la cosa para que el comodato sea válido.

Obligaciones de comodatario  obligación

de conservar la cosa prestada

Empleando en su cuido una esmera diligencia como solo el resulta beneficiado resulta hasta la culpa más leve 1. Satisfacer los gastos que sean necesidad para su conservación 2.a responder por los deterioros que sufra la cosa por su culpa 3.a responder por el precio de la cosa si la entrego por tasación.  obligación

de usar la cosa conforme al fin que se le presto

El uso debe ser determinado según el acuerdo que pudo ser expreso y tácito de las partes.  obligación

de restituir las cosas

 Acciones para pedir la restitución El comodante dispone de la acción personal nacida del comodato. La acción solo puede dirigirse contra el comodatario y sus herederos. Casos de pluralidad de comodatario

 

 Art.1927 cuando se da en comodato una cosa a varias personas conjuntamente todas ellas responden solidariamente de las obligaciones propias del comodatario. El préstamo simple o mutuo

El simple préstamo llamado también muto o préstamo de consumo es un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de dinero o de otras cosas fungibles con cargo de restituir otro tanto de la misma especie o calidad. El que entrega la cosa se llama mutuamente o prestamista, y que la recibe mutuario o prestario. Caracteres es un contrato real porque para su perfección es necesaria la cosa que se presta  

es unilateral porque solo produce obligaciones para el mutuario

 es

naturalmente gratuito es decir se presume gratuito cuando las partes no han

pactado intereses. es un título traslaticio porque el mutuario adquiere la cosa prestada y por lo mismo puede consumirla, si bien tratándose de dinero ese consumo es ficticio porque su uso consiste en gastarlo y por lo tal constituye una enajenación. Calidades de las partes en el mutuo El simple préstamo es traslaticio para que sea válida esta tradición es necesario que el tradente sea dueño de la cosa y tenga capacidad para enajenarla, en cuanto al mutuario también tiene que tener capacidad de ejercicio, de lo contrario el contrato es nulo. Obligaciones del mutuario El mutuario queda obligado a restituir otras cosas de la misma especie y calidad de lo que recibió.

 

 si

es dinero hay que aplicar la disposición del articulo 1435 el pago de las deudas de

dinero debe hacerse en la misma especie pactada. si es fungible Época para lugar para el pago El plazo para el pago es lo convenido por lo contratantes, pero en caso que no se haya fijado este término se aplica la regla general del art.1390 en cuanto al lugar en que debe hacerse el pago a falta de lo convenido se aplica la regla general art.1436 que sea el domicilio del mutuatario. Pago de intereses el mutuo es un contrato gratuito por su naturaleza. No se debe intereses si no cuando se han pactado expresamente. Pero si el mutuario incurre en mora debe pagar los intereses moratorios pactados. Tasa de intereses la tasa de intereses es la relación entre el capital y el interés anual, y se expresa en tanto por ciento la tasa de interés puede ser legal, el interés legal en materia civil y el interés en materia mercantil.  convencional

es el que acuerdan las partes la ley ha puesto un límite al interés

convencional. o corriente es el que se acostumbra cobrar en el comercio en general, este interés no puede exceder la tasa de interese máximos.

 

Conclusión

En nuestra investigación llegamos a la conclusión de que resulta de gran importancia para los estudios el conocer de manera completa y profunda todo lo relativo a las bases para los contratos del mandato y contratos de préstamos ya que este posee una gran importancia entre los contratos de sus clases porque se trata del contrato traslaticio del dominio a demás por que constituye la principal casusa de endeudamiento. Ellos constituyen una base de actuaciones jurídicas que podemos ver diario por su naturaleza y perfección de obligación.

 

BIBLIOGRAFIA

lopez, R. C. (2003). Obligaciones y contratos en general .  Sampedro Sula, Honduras . Republica, C. N. (1906). Codigo Civil . Tegucigalpa M.D.C: Oim.

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF