TP3 DP6 M3

September 24, 2017 | Author: Elis Duarte | Category: Divorce, Marriage, Social Institutions, Society, Violence
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Descripción: tp dcho privado 6 SXXI...

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SITUACIÓN PROBLEMÁTICA Carolina y Sergio, de 30 años de edad, mantienen un noviazgo desde hace diez años, y hace 6 años que han decidido convivir un departamento que le regalaron a Sergio sus padres cuando se recibió de contador. Esta unión convivencial no ha sido inscripta en el respectivo registro. Durante la convivencia, tuvieron un hijo, Lucas, quien en la actualidad asiste al jardín de infantes de un prestigioso colegio de Córdoba. Hace un año, Sergio le propuso matrimonio a Carolina, cumpliendo así uno de los proyectos de la pareja; celebraron su casamiento en la capital cordobesa. Una vez casados, la pareja decide mudarse a una vivienda más grande, por lo que venden el departamento, y, como dinero extra, Sergio aporta un legado que recibió de su tío abuelo. De esta forma logran mudarse a una casa en un barrio residencial. Sergio trabaja muchas horas como contador en una empresa de telecomunicaciones, y cobra 30.000 pesos mensuales, es por ello que junto con Carolina han decidido que ella se encargará de las tareas del hogar y de llevar y buscar a Lucas del colegio y de sus actividades extracurriculares, a los fines de no tener que contratar una persona que ayude con dichas tareas. Por ello, también deciden que Carolina renuncie al negocio de venta de ropa en el que trabaja hace 5 años, y asimismo deciden que necesitan movilizarse con independencia, así es que Sergio, con dinero de su salario, adquiere dos vehículos de similar categoría. En los últimos meses la relación se ha deteriorado y no habiendo alcanzado el año de casados, Carolina quiere el divorcio, a lo que Sergio se niega rotundamente. PREGUNTAS 1. Detalla los efectos que produce la unión convivencial de Sergio y Carolina (antes de estar casados) en cuanto a relaciones patrimoniales, asistencia y protección de la vivienda familiar. 2. ¿Puede Carolina solicitar unilateralmente el divorcio vincular? Explica los requisitos y procedimiento de divorcio vincular. 3. ¿Consideras que en este caso procedería una compensación económica? Explica y fundamenta tu respuesta. 1 Carolina solicita el divorcio y lo acompaña de una propuesta de convenio regulador acerca de la distribución . de bienes, y respecto al régimen de comunicación y alimentos para Lucas. Sergio rechaza ese acuerdo, y propone otro que Carolina también rechaza. En este caso: En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Por ello, de existir desacuerdo sobre los efectos del divorcio, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez. Se suspende el dictado de la sentencia de divorcio hasta tanto las partes acuerden los efectos del divorcio vincular. Tiene prioridad la propuesta de Carolina, ya que es quien solicitó el divorcio. Se suspende el dictado de la sentencia de divorcio por un período de dos meses para que los cónyuges se pongan de acuerdo. Si no hay acuerdo resuelve el juez. Tiene prioridad la propuesta de Sergio, ya que es el demandado.

2. Carolina te pregunta si existe un plazo a cumplir para solicitar el divorcio, y en ese caso cuál es. Tú le respondes que: No, no se debe aguardar plazo alguno para solicitar el divorcio. Sí hay un plazo y si la petición es conjunta, debe aguardar dos años desde la celebración del matrimonio. Sí hay un plazo y se debe aguardar dos años desde la separación de hecho. Sí hay un plazo y se debe aguardar tres años desde la separación de hecho. Sí hay un plazo y si la petición es conjunta, debe aguardar un año desde la celebración del matrimonio.

3 Carolina te pregunta si existen causales para solicitar el divorcio, y en ese caso cuáles son. Tú le respondes . que: Las causales son el abandono voluntario y malicioso y las injurias graves. Las causales son injurias graves y separación de hecho por más de tres años. En nuestro ordenamiento jurídico el divorcio es incausado, con lo cual no hay que alegar ningún tipo de causal para solicitar el divorcio. Las causales son adulterio e injurias graves. Las causales son separación de hecho por más de tres años y adulterio.

4 Respecto a la posibilidad de que Sergio vendiera su departamento, sede de la vivienda familiar, durante la . unión convivencial podemos afirmar que: La vivienda solo se protege durante el matrimonio, por lo tanto Sergio hubiera podido vender el inmueble esté o no la unión convivencial inscripta. El Código Civil y Comercial no establece norma alguna al respecto. No puede venderlo sin el asentimiento de Carolina por más que la unión no esté inscripta. Depende de lo que hayan establecido ambos en el pacto de convivencia. Podría venderlo sin requerir asentimiento de Carolina porque la unión no está inscripta.

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Eran deberes y obligaciones de Sergio y Carolina durante la unión convivencial: Asistencia mutua. Realizar un pacto convivencial. Contribuir a los gastos domésticos conforme sus recursos. Fidelidad La responsabilidad solidaria por las deudas que uno de ellos hubiera contraído para solventar las necesidades ordinarias del hogar o el sostenimiento y la educación de los hijos.

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¿Podría Carolina solicitar la atribución de la vivienda familiar luego del divorcio? Sí, siempre y cuando haya hijos menores o incapaces. Solo podría si el inmueble está afectado como bien de familia. Sí,porque dicho inmueble es un bien ganancial. Sí, pero deberá abonar un alquiler y una indemnización. Sí, y el juez determinará la procedencia, el plazo de duración y efectos del derecho, teniendo en cuenta, entre otras cosas, la persona a quien se atribuye el cuidado de los hijos y la persona que está en situación económica más desventajosa para proveerse de una vivienda por sus propios medios.

7. ¿Qué juez será competente en el divorcio de Sergio y Carolina? Depende del Código de Procedimientos de cada provincia. El juez del último domicilio conyugal o el del demandado a elección del actor. El del lugar donde contrajeron matrimonio. El del domicilio del actor. El de cualquiera de los cónyuges si la presentación es conjunta.

8 Si durante la unión convivencial Carolina hubiese contraído una deuda con el jardín de infantes al que . asiste el pequeño Lucas, ¿quién responde? Únicamente responde Sergio, por ser el que está en mejores condiciones económicas. En este caso, Carolina y Sergio son solidariamente responsables. En este caso, Carolina y Sergio son solidariamente responsables porque la unión no está inscripta. Únicamente responde Carolina con sus bienes por dicha deuda. Las deudas de los convivientes no están reguladas en el Código Civil y Comercial.

9. En caso de que luego del divorcio se hubiera atribuido la vivienda familiar a Carolina. Este derecho cesa: Si transcurrieron 5 años desde la sentencia de divorcio. Por cambio de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para su fijación. Si se cumple el plazo fijado por el juez. Por incurrir Carolina en alguna de las causales de indignidad. Por haber llegado los hijos menores a la mayoría de edad.

10. ¿Cómo podría probarse la unión convivencial entre Sergio y Carolina en el período anterior al matrimonio? Por cualquier medio de prueba, pero si no está inscripta, no produce efecto considerable. Únicamente por la inscripción en el Registro de uniones convivenciales. Sólo por la declaración que hagan los convivientes frente a escribano público Por la declaración de tres testigos. Por cualquier medio de prueba.

11 Si Carolina hubiese contraído una deuda por un tratamiento estético durante la unión convivencial,¿quién .

responde por esa deuda? ¿Con qué bienes? Las deudas de los convivientes no están reguladas en el Código Civil y Comercial. En este caso, al estar bajo el régimen de las uniones convivenciales, la responsabilidad es solidaria. Responden ambos convivientes solidaria e ilimitadamente, como en una sociedad de hecho. Carolina responde con sus bienes por dicha deuda. En principio, responde Carolina con sus bienes, pero si ella fuere insolvente, responde Sergio.

12 El conviviente que sufre un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación .

económica con causa adecuada en la convivencia y su ruptura, tiene derecho a una compensación. Falso. Verdadero.

13 Carolina te consulta acerca de cuánto tiempo tiene para reclamar una compensación económica. Tú le .

respondes que: La acción para reclamar la compensación económica caduca a los dos años de haberse dictado la sentencia de divorcio. La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de haberse dictado la sentencia de divorcio. La acción para reclamar la compensación económica no caduca ni prescribe. La acción para reclamar la compensación económica caduca al año de haberse dictado la sentencia de divorcio.

La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de haberse iniciado el trámite de divorcio.

14 ¿Qué hubiere sucedido si Carolina y Sergio hubieren firmado un convenio donde renunciaban a la facultad .

de solicitar el divorcio? El Código Civil y Comercial no regula dicha situación. Solo será válido si hubiese sido realizado mediante escritura pública. Si no hubo error, dolo, ni violencia al realizar ese convenio, el mismo debe respetarse. Dicho convenio es nulo y se tiene por no escrito. Solo será válido si se hubiere realizado mediante convención matrimonial.

15.En caso de que se hubieran establecido alimentos posteriores al divorcio a favor de Carolina, la obligación cesa: Si Carolina contare con nuevo matrimonio. Si Carolina incurre en alguna de las causales de indignidad. Si Carolina vive en unión convivencial con su nueva pareja. Si desaparece la causa que la motivó. Cuando hayan pasado 5 años desde la sentencia de divorcio.

16 Si eres el abogado/a que patrocina a Carolina en la petición de divorcio sabes que es un requisito de .

admisibilidad de la demanda de divorcio acompañar un convenio regulador que contemple los efectos de la disolución del vínculo. Falso. Verdadero.

17 Podemos afirmar que para que haya existido una unión convivencial entre Sergio y Carolina se han .

presentado los siguientes requisitos: No tenían entre ellos vínculo de parentesco en línea recta. Ambos debían ser mayores de edad. No había entre ellos un impedimento de ligamen. Estaba registrada su unión convivencial en el respectivo registro. Mantenían la convivencia por un período no inferior a dos años.

18 Como principio general, una vez que Carolina y Sergio estén divorciados no se deben alimentos después .

del divorcio, excepto: Si uno de los dos padece una enfermedad grave prexistente al divorcio que le impide autosustentarse. Que el cónyuge que los solicita se encuentre estudiando una carrera degrado y tenga menos de 25 años. Si uno de los dos no tiene recursos propios suficientes ni posibilidad razonable de procurárselos. Si uno de los cónyuges fuese menor de 21 años. Si el matrimonio hubiese durado más de 10 años.

19 Carolina te pregunta cuáles son las causas del cese de la unión conviviencial. Tú respondes que algunas .

de las causales son: La muerte de uno de los convivientes. El matrimonio o nueva unión convivencial de uno de sus miembros. Por voluntad unilateral de alguno de los convivientes notificada fehacientemente al otro. No tener descendencia dentro de los primeros tres años de unión convivencial. El matrimonio de los convivientes.

20. Tú le explicas a Carolina, que algunos de los efectos del divorcio son que: El divorcio disuelve el vínculo matrimonial. Recupera el estado civil de soltera. Cesa la vocación hereditaria. Cesa el beneficio de competencia. Cesa la suspensión de la prescripción entre los ex cónyuges.

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