Tp 2 Derecho Ambiental 63,75%
Short Description
Tp 2 Derecho Ambiental 63,75%...
Description
Pregunta 1 5 ptos. Según el artículo 2 de la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos sobre Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental, se entiende por información ambiental: Toda aquella información brindada a través de las páginas de internet oficiales del Estado, que se refieran a cuestiones ambientales. Toda aquella información en cualquier forma de expresión o soporte relacionada con el ambiente, los recursos naturales o culturales y el desarrollo sustentable. Toda aquella información brindada por el Estado en soporte papel, que esté relacionada con el ambiente, los recursos naturales o culturales y el desarrollo sustentable. Marcar esta pregunta Pregunta 2 5 ptos. Retoma las distintas clasificaciones de las fuentes del derecho ambiental y relaciona los siguientes conceptos: Fuentes formales ………son aquellas conformadas Fuentes materiales ………..estan constituidas por los Fuentes internas ………….entre ellas encontramos Fuentes externas ……….son los hechos sociales Marcar esta pregunta Pregunta 3 5 ptos. Valls expresa “Quien alegue que una norma ambiental es de orden público deberá justificarlo”. ¿Qué quiere decir con esto?
Que en Argentina no existen normas de orden público y por ello hay que probarlo. Que todas las normas ambientales son de orden público. Que el solo hecho de que una norma sea ambiental no la hace ipso iure de orden público. Marcar esta pregunta Pregunta 4 5 ptos. El derecho al ambiente es ………………., esto quiere deci r que se debe cumplir sin
necesidad de estar reglamentado su ejercicio. Universal. Declarativo. Imprescriptible. Operativo. Marcar esta pregunta Pregunta 5 5 ptos. La jurisprudencia constituye una fuente del derecho ambiental porque: La jurisprudencia no es fuente del derecho ambiental, sólo las leyes constituyen fuentes válidas.
La interpretación de las normas jurídicas realizada por los jueces tiende a aceptarse, conduciendo a una homogeneización y progreso en el derecho ambiental. No existen leyes sobre temas ambientales en Argentina, por ello es fundamental la interpretación del artículo 41 que realizan los jueces nacionales. Marcar esta pregunta Pregunta 6 5 ptos. Lorenzetti entre las fuentes formales u obligatorias incluye a:
La ley y la jurisprudencia obligatoria. La costumbre, la jurisprudencia obligatoria, la ley, las decisiones de tribunales internacionales. La costumbre, la jurisprudencia obligatoria, la Constitución Nacional y la doctrina. La costumbre, la jurisprudencia obligatoria, la Constitución Nacional y las leyes. Marcar esta pregunta Pregunta 7 5 ptos. Valls enumera una serie de características del derecho al ambiente; entre ellas destaca: Natural. Inalienable. Particular. Prescriptible. Marcar esta pregunta Pregunta 8 5 ptos. Siguiendo a Bustamante Alsina, entre las características del derecho ambiental podemos nombrar: Carácter disciplinario Carácter supranacional. Primacía de los intereses individuales Énfasis preventivo. Marcar esta pregunta Pregunta 9 5 ptos. El artículo 240 del Código Civil y Comercial establece que el ejercicio de los derechos individuales prevalece sobre los derechos de incidencia colectiva. Verdadero, ya que el ejercicio de los derechos individuales se relaciona con el derecho de propiedad sobre los bienes. Falso, al contrario, supedita el ejercicio de los derechos individuales sobre bienes a los derechos de incidencia colectiva.
Marcar esta pregunta Pregunta 10 5 ptos. El derecho ambiental es un tipo de derecho privado de reciente formación, incorporado especialmente a partir de la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Falso, el derecho ambiental no sólo es de derecho privado, sino que se encuentra integrado por normas de diversas disciplinas. Verdadero, el Código Civil y Comercial sancionado en el año 2014, incluye referencias expresas a los derechos de incidencia colectiva y a los presupuestos mínimos ambientales. Marcar esta pregunta Pregunta 11 5 ptos. Todas las normas ambientales son de orden público. Falso, no todas las normas ambientales son de orden público. Verdadero, ya que el ambiente es un bien colectivo que prevalece sobre cualquier derecho individual. Marcar esta pregunta Pregunta 12 5 ptos. Los Códigos de Fondo Civil y Comercial y Penal constituyen fuentes del derecho ambiental. Verdadero, aunque no se refieran directamente a la temática. Falso, porque sólo constituyen fuentes del derecho ambiental aquella normativa que se refiere a la temática de manera directa. Marcar esta pregunta Pregunta 13 5 ptos. El Código Penal argentino establece las siguientes figuras con respecto al ambiente: El daño a una cosa mueble o inmueble o un animal, total o parcialmente ajeno. El envenenamiento o adulteración del agua potable. Ninguna de las anteriores es correcta, ya que el Capítulo XII se refiere de manera genérica a los delitos ambientales como figura particular. La causa de una inundación. La causa de un incendio o explosión. Marcar esta pregunta Pregunta 14 5 ptos. La Constitución Nacional constituye una de las fuentes más importante del derecho ambiental en nuestro país. En su artículo 41 se establece que las autoridades nacionales, y sólo ellas, son responsables por la protección del medio ambiente. Falso, porque se refiere a las autoridades nacionales y provinciales; aunque el dominio originario de los recursos naturales pertenezca a las provincias. Verdadero, porque todos los habitantes de Argentina tenemos el derecho a un ambiente sano y las autoridades nacionales deben protegerlo.
Marcar esta pregunta Pregunta 15 5 ptos. El derecho ambiental es una de las primeras ramas del derecho, ya se encuentra consolidado, y acerca de su alcance y definición no existen discusiones, acordando que se trata de un conjunto de principios y normas destinados a la protección, conservación y uso racional del medio ambiente. Verdadero, existe un acuerdo generalizado en la doctrina sobre el derecho ambiental. Esto se debe a que se ha discutido sobre él especialmente en la década del 60. Falso, el derecho ambiental es de reciente reconocimiento de manera expresa tanto a nivel constitucional como legal. Marcar esta pregunta Pregunta 16 5 ptos. Las consecuencias de la degradación ambiental originan serias violaciones a los derechos humanos, afectando a comunidades enteras, muchas de las cuales no oponen resistencia. Esto se debe a: Que los contaminadores son quienes ayudan a esas comunidades a subsistir. El desconocimiento que existe respecto a las consecuencias de la problemática ambiental. Que las víctimas de la contaminación no se reconocen como víctimas de vulneraciones a los derechos humanos. La escasa o nula información disponible sobre el tema. No les importa la contaminación existente en sus comunidades. Marcar esta pregunta Pregunta 17 5 ptos. Rosatti distingue cuatro etapas en el surgimiento del derecho ambiental en nuestro país. Ellas son: Regulación constitucional del ambiente. Surgimiento del derecho de los recursos naturales. Regulación del uso de los recursos naturales específicos. Surgimiento del derecho penal del ambiente. Surgimiento de los derechos de recursos naturales específicos. Surgimiento del derecho privado ambiental. Surgimiento del derecho ambiental a partir de la concepción integral del ambiente. Marcar esta pregunta Pregunta 18 5 ptos. Según Mario Valls es conveniente sancionar un Código Ambiental Nacional para evitar las dificultades originadas por la dispersión normativa. Falso, ya que la Constitución Nacional no permite que el Congreso de la Nación sancione un marco jurídico integral del ambiente.
Verdadero, aunque hay ciertas cuestiones a considerar para la sanción de dicho código ambiental nacional. Marcar esta pregunta Pregunta 19 5 ptos. El Código de Minería contiene una sección referida especialmente a la protección ambiental y del patrimonio natural y cultural. Verdadero, en ella se establece la responsabilidad por daño ambiental en ocasión de la actividad minera, y la obligación de presentar un Informe de Impacto Ambiental. Falso, el Código de Minería rige en nuestro país desde 1887. En el momento de su sanción no se tuvieron en cuenta las cuestiones ambientales. Marcar esta pregunta Pregunta 20 5 ptos. ¿Cuáles son las características del marco jurídico ambiental argentino según Mario Valls? Heterogéneo. Reducido. Homogéneo. Cambiante. Disperso. Sistemático, En expansión.
View more...
Comments