Tipos de Miembros Que Conforman El Colegio de Ingenieros

July 23, 2019 | Author: mmjmzxc | Category: Board Of Directors, Engineering, Venezuela, Regulation, Architect
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tipos de miembro que conforman el CIV y composición de la junta directiva nacional del mismo...

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Tipos de miembros que conforman el colegio de ingenieros

Según el capítulo II del reglamento interno del Colegio de Ingenieros de Venezuela, este colegio está integrado por todos aquellos profesionales de la ingeniería, arquitectura y  profesiones afines cuyo único requisito es que estén inscritos en el mismo aun cuando se encuentren ejerciendo o no su profesión. Y pueden se clasificados de la siguiente forma: 



Miembros Activos : Se consideran de esta forma, a todos aquellos profesionales que

han inscrito sus títulos en el colegio de ingenieros según lo establecidos en la Ley de Ejerció de la Ingeniería, la Arquitectura y Profesiones Afines. También se consideran como miembros activos a aquellos profesionales que se hayan inscrito antes de la promulgación de la ley antes mencionada conforme a lo establecido en la Ley de Ejercicio de las Profesiones de Ingeniero, Arquitecto y Agrimensor. Este tipo de miembros tienen como deberes y derechos votar para la elección de los integrantes de los Órganos del Colegio, cancelar oportunamente las contribuciones que fije el Colegio conforme a la Ley, ajustar su actuación a las normas de ética  profesional y gremial, gozar de los beneficios de los sistemas de previsión social que arbitre el Colegio de Ingenieros, podrá recibir las publicaciones regulares, además podrá obtener capacitación y mejoramiento profesional, aspirar a ser elegido como integrante de los Órganos del Colegio de Ingeniero, entre otros más. Cabe destacar que para que los miembros activos puedan gozar de los beneficios contemplados en los programas establecidos o que pudieran establecerse por el Fondo de Previsión Social de los Ingenieros, Arquitectos y Afines del Colegio de Ingenieros de Venezuela, deberán de estar solventes con la cuota de sostenimiento mensual del Colegio de Ingenieros de Venezuela. Miembros Temporales : son considerados como miembros temporales todos aquellos profesionales graduados en el exterior que hayan sido contratados por algún instituto, una empresa o por el ejecutivo nacional para prestar un servicio requerido por un tiempo determinado. Para este caso, el colegio de ingeniero será quien apruebe y otorgue una autorización al profesional que le permita ejercer durante el tiempo que indique la misma. Como derechos y deberes, estos miembros tendrán que velar y colaborar con el cumplimiento de los fines y objetivos del Colegio de Ingenieros de Venezuela, cumplir las prescripciones legales que rigen el ejercicio profesional y la actuación gremial, cancelar oportunamente la cuota del Colegio de Ingenieros de Venezuela y las “Contribuciones Especiales” que fije el



Colegio conforme a la Ley de Ejercicio, a este reglamento interno a los reglamentos especiales, además podrán ser atendidos debidamente cuando someten alguna consulta o soliciten protección en conflictos de carácter profesional o gremial, obtener capacitación y mejoramiento profesional, etc. Miembros Aspirantes: son considerados miembros aspirantes todos aquellos estudiantes que se encuentre cursando el último año de las profesiones agrupadas en





el Colegio. Es de suma importancia mencionar que podrán ser aspirantes todos aquellos que estén cursando sus estudios en universidades venezolanas y que sean admitidos por la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela. Los estudiantes que deseen ser aspirantes deberán de presentar una solicitud de admisión la cual deberá de incluir el compromiso de cumplir las disposiciones de este Reglamento que sean aplicables además de una constancia de estudio. De sus derechos y deberes, estos tendrán que prestar la colaboración que les pida la Junta Directiva para el mejor desarrollo de las actividades del Colegio, cancelar oportunamente las contribuciones que les fije el colegio, informar al Colegio acerca de las infracciones de las disposiciones sobre ejercicio y ética profesional de las cuales tuvieran conocimiento, podrán obtener capacitación y mejoramiento  profesional, hacer uso de la biblioteca conforme a las normas establecidas, gozar de los beneficios de los sistemas de Previsión Social que arbitre el Colegio de Ingenieros de Venezuela de acuerdo con la reglamentación que se elabore al efecto, entre otros. Miembros Correspondientes : son aquellos profesionales con títulos extranjeros y que se residencian fuera del país, los cuales gracias a una actuación destacada, son  postulados por cincuenta (50) o más miembros activos, mediante una solicitud ante la Junta Directiva Nacional de Colegio, en la cual se haga constancia de los metritos que justifican tal condecoración. Entre sus derechos y deberes, quienes tengan esta distinción podrán representar al colegio en el exterior por designación expresa de la Junta Directiva Nacional, podrán participar en las actividades científicas, culturales, recreacionales y sociales de carácter general del Colegio cuando se hallen de visita en el país, deberán apagarse al mayor prestigio del Colegio y deberán de mantener una estrecha vinculación con el mismo. Miembros Honorarios: son miembros honorarios todos aquellos individuos, quienes ha prestado servicios relevantes a la institución o a las profesiones que ella agrupa, así como también a los que han tenido una reconocida competencia en el campo de las ciencias físicas, matemáticas o naturales. Las personas candidatas a ser elegidas como miembros honorarios son postuladas por cincuenta (50) o más miembros activos mediante una solicitud ante la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela, órgano que luego de opinar, presentar la solicitud ante la Asamblea Nacional quien tendrá la última palabra. Cabe destacar que la solicitud  presentada por los miembros activos deberá de contener los méritos que justifican la distinción de la persona postulada a ser un miembro honorario. De los derechos y deberes de estos miembros, podrán recibir publicaciones regulares y participar en las actividades científicas, culturales, recreacionales, sociales de carácter general del Colegio de Ingeniero de Venezuela, además, deberán apagarse al mayor prestigio del Colegio y deberán de mantener una estrecha vinculación con el mismo.

Resumen interpretativo de la junta directiva:

Según el capítulo III del reglamento interno del Colegio de Ingenieros de Venezuela, este será dirigido por la Junta Directiva Nacional, siendo esta ultima el máximo órgano ejecutivo y administrativo de dicho Colegio y deberá reunirse semanalmente como minimo. Esta Junta velara por el cumplimiento de las normas legales aplicables al colegio, además administrara y velara por el bienestar de los fondos y bienes del mismo, podrá nombrar y remover miembros del personal al servicio del Colegio entre otras más atribuciones señaladas en el reglamento interno del CIV. Esta Junta estará conformada por: Un Presidente, quien coordinara las labores y reuniones de dicha junta, y además de ser el presidente la Junta Directiva, también deberá ser el presidente del Colegio. El individuo que posea este importante cargo, tendrá que trabajar a tiempo completo en el mismo, por lo que cobrara un sueldo previamente establecido en el  presupuesto anual del Colegio, como presidente es quien recibirá cualquier clase de  bienes asignados al Colegio, además es quien firmara títulos inscritos, autorizaciones  para el ejercicio profesional, correspondencia, conjuntamente al tesorero, la junta directiva y la comisión delegada puede autorizar distribuciones de presupuestos, deberá de representar al colegio judicial y extrajudicialmente, y entre otras funciones que se señalen en el reglamento interno o que sean asignadas por la junta directiva, entre otros. Un Vicepresidente, quien deberá ayudar al presidente con sus funciones en tal caso de que este esté ausente por cualquier causa, adicionalmente el vicepresidente debe servir como un enlace entre la junta directiva y cualquier sociedad profesional, también deberá coordinar y supervisar a las Comisiones Permanentes y Especiales, y entre otras funciones. Un Tesorero, quien coordina conjuntamente con la dirección general el  presupuesto anual del colegio y de acuerdo a este, regulara la recaudación y utilización de fondos, entre sus funciones también están firmar junto con el presidente todo los efectos de comercios y dar informes mensuales a la Junta Directiva de los movimientos de las finanzas del Colegio, adicionalmente se deberá coordinar las supervisiones de la administración del colegio, entre otras más funciones. Un Secretario General, que será responsable de firmar los documentos públicos del colegio, y tendrá que dar cuenta de la correspondencia recibida a la Junta Directiva Nacional, así como también deberá redactar las minutas y actas de sus reuniones, sumándosele a esto la supervisión al director de la secretaria en la redacción de la memoria y cuenta y los informes de la comisión delegada y a la asamblea nacional. Tres Vocales, deberán de hacer todo los que les sea ordenados por las Junta Directiva Nacional, y también podrán suplir las ausencias de algún miembro de la mencionada Junta a excepción del Presidente que tal sea el caso será suplido por el Vicepresidente. Cabe destacar que los miembros antes mencionados permanecerán en sus cargos por un  periodo de 2 años, tras el cual se hará llamado a elecciones y podrán ser reelegidos.

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