TEMA 23. LA ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA de orientacion EN ESPAÑA

November 2, 2018 | Author: OrientacionTeresaSot | Category: Special Education, Secondary Education, Psychology & Cognitive Science, Curriculum, Spain
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Tema 23. La organización del sistema de orientación y apoyo en España. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso, marzo 2006

TEMA 23

LA ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE ORIENTACIÓN  Y APOYO EN ESPAÑA EN LAS DISTINTAS ADMINISTRACIONES EDUCATIVAS Para mis padres. Sin vuestra ayuda nada habría sido lo mismo. Gracias, aquí y ahora.

Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. LA EDUCACIÓN HASTA LA IMPLANTACIÓN DE LA LOGSE 2.1. Situación anterior a la Guerra Civil (1936) 2.2. La educación desde 1936 hasta la Ley General de Educación (1970) 2.3. De la Ley General de Educación hasta la LOGSE (1990) 2.4. Evolución de la orientación en esta etapa 2.5. Breve reseña histórica de los Equipos de Orientación 3. LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA EN LA LOGSE (1990) 3.1. Marco general del Estado Español Autónomas 3.2. Situación en las diferentes Comunidades Autónomas 3.3. Visión global de este periodo 4. LA ORIENTACIÓN EN LA LEY DE CALIDAD -LOCE- (2002) 5. LA ORGANIZACIÓN DE LA ORIENTACIÓN EN LAS DISTINTAS ADMINISTRACIONES EDUCATIVAS 6. BIBLIOGRAFÍA 7. ANEXO

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1. INTRODUCCIÓN El origen y evolución de la orientación está ligado a las transformaciones de las modernas sociedades capitalistas y alcanza un gran desarrollo durante la etapa de entreguerras ante la necesidad de mano de obra cualificada que se adapte a la economía industrial. Como disciplina nace muy ligada al contexto socio-económico y a los cambios del mundo laboral (primeras crisis de empleo, primeros servicios de colocación) nutriéndose de la evolución de las teorías psicológicas, sociológicas y pedagógicas del momento. Acompaña el paso de la sociedad rural a la industrial y parece estar llamada, hoy, a facilitar la comprensión de la sociedad postindustrial. Su misión consistía en intentar equilibrar el desajuste existente entre las características de la mano de obra y las necesidades de producción, pretendiendo seleccionar a las personas más cualificadas para obtener un mayor rendimiento y productividad en un puesto de trabajo determinado. Las pérdidas humanas originadas por la Segunda Guerra Mundial, reequilibraron la oferta y la demanda en el terreno laboral. Por esta razón la orientación se centró en el medio educativo debido a las necesidades cada vez mayores de instrucción y especialización profesional que requería el sistema productivo. Esta fue una de las principales causas y razones por las que apareció y se desarrolló la orientación escolar. A partir de los años 70 del siglo anterior, y ante la nueva crisis económica, se hizo necesaria que la intervención de la orientación se ampliase y se dirigiera hacia las poblaciones desempleadas con objeto de facilitarles su reinserción laboral. En resumen, se puede decir que la orientación es una disciplina ligada al contexto socioeconómico y sus finalidades varían y evolucionan en función de las necesidades sociales y económicas del entorno laboral. Así, la organización tayloriana del trabajo se corresponde con el enfoque científico de la orientación. Profesionales de la orientación, influidos por la teoría de la psicología científica, apostaron, en un primer momento, por un enfoque científico de la orientación. Posteriormente, a lo largo de la existencia de la orientación como disciplina, se fue basando en las variadas teorías científicas del momento, siendo objeto de una gran diversidad de investigaciones, metodologías y puntos de vista que han Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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conducido a prácticas muy diferentes, ligadas a los enfoques y modelos de intervención imperantes en el momento. De aquí la dificultad a la hora de situarse y enfocar la práctica orientativa. La orientación en España tiene mucha más tradición legislativa que práctica. Son múltiples las referencias a la Orientación, a su importancia como factor de calidad y al derecho del alumnado a recibirla en las Leyes Educativas, otra cosa diferente es el despliegue de efectivos humanos para llevarla a la práctica o la organización de éstos para optimizar los recursos. La asignación de efectivos humanos a esta tarea se ha caracterizado por un planteamiento asistemático, poco planificado y caracterizada por la escasez de profesionales y la multiplicidad de funciones. Pieza clave en este despliegue de recursos ha sido la demanda social, siempre escasa por falta de una cultura popular al respecto. Así mismo ha jugado y  juega un papel importante la falta de normativa presupuestaria que acompañen a las leyes educativas. Respecto a la calidad del Sistema Educativo, desde siempre, se ha padecido de una escasez presupuestaria que ha dificultado, en gran medida, las esperanzas puestas en la orientación educativa. La normativa referida a la orientación ha estado bien diseñada pero no ha tenido una asignación económica que la haya hecho posible. Otra variable importante ha sido y es la falta de definición clara de funciones de los orientadores. A estos profesionales se les ha asignado un gran cúmulo de competencias, no priorizadas ni concretadas por la Administración Educativa, razón por la que, en numerosas ocasiones, han tenido que “inventar” distintos modelos y prácticas de intervención.

2. LA EDUCACIÓN HASTA LA IMPLANTACIÓN DE LA LOGSE 2.1. SITUACIÓN ANTERIOR A LA GUERRA CIVIL (1936) A continuación se indican los principales hitos históricos referidos a la orientación educativa hasta la implantación de la LOGSE: A). RODRIGO SÁNCHEZ ARÉVALO 

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El obispo segoviano Rodrigo Sánchez Arévalo, en el siglo XV, puede ser considerado como un teórico de la orientación, como refleja su obra "Speculum Vitae Humanae", dedicada a describir las profesiones "terrenales" y "celestiales"  y a señalar los aspectos aspe ctos que el hombre debe de be tener presentes para elegirlas. B). JUAN HUARTE DE SAN JUAN Igualmente Juan Huarte de San Juan, médico, quien con su obra "Examen de ingenios para las ciencias", publicada en Baeza en 1575 pasa a ser un pionero de la psicología diferencial moderna y de la orientación profesional, sentando las bases sobre las que estrechar una intervención psicológica y pedagógica. C). LA LEY MOYANO LEY DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA DE 1857 Es en la segunda mitad del siglo XIX cuando ocurre la primera estructuración formal de nuestro Sistema Educativo, con la aprobación de la llamada Ley Moyano. Esta Ley fue fruto del consenso entre progresistas y moderados. Supuso la consolidación y estructuración formal de nuestro Sistema Educativo. Estuvo vigente durante más de un siglo. La Ley Moyano consta de cuatro secciones: a). Primera. Niveles Educativos. Regula los Niveles Educativos: Primera Enseñanza dividida en Elemental y Superior; Segunda Enseñanza que comprende 6 años de estudios generales y estudios de aplicación a las profesiones industriales; Nivel Superior los estudios de las Facultades, las Enseñanzas Superiores y las Profesionales. b). Segunda. Centros de enseñanza. Regula los centros de enseñanza en Públicos y Privados. c). Tercera. Profesorado. Regula su formación inicial, forma de acceso y cuerpos del profesorado de la Enseñanza Pública. d). Cuarta. Administración y gobierno de la Instrucción Pública. Se establecen tres niveles de Administración Educativa: central, provincial y local. Características generales de la Ley Moyano: - Su marcado carácter centralista - El carácter ecléctico y moderado en cuestiones problemáticas como eran la intervención de la Iglesia en la enseñanza o el peso de los contenidos científicos en la segunda enseñanza - La promoción legal y la consolidación de una Enseñanza Privada, básicamente católica, a nivel primario y secundario y, por último, 



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- La incorporación definitiva de los estudios técnicos y profesionales a la enseñanza postsecundaria. La Ley Moyano de 1857 no contempla el término orientación por considerar que la orientación está implícita en el quehacer educativo. Tampoco lo hace la Ley de Instrucción Primaria de 1868. D). LA INSTITUCIÓN LIBRE DE ENSEÑANZA –ILE- (1876) Fue fundada por un grupo de catedráticos (entre los que se encontraban Francisco Giner de los Ríos, Gumersindo de Azcárate y Nicolás Salmerón) separados de la Universidad por defender la libertad de cátedra y negarse a ajustar sus enseñanzas a los dogmas oficiales en materia religiosa, política o moral. Ello les obligó a proseguir su tarea educadora al margen de los centros universitarios del Estado, mediante la creación de un establecimiento educativo privado, cuyas primeras experiencias se orientaron hacia la enseñanza universitaria  y, después, a la educación educació n primaria y secundaria. Desde 1876 hasta la Guerra Civil de 1936, la ILE se convirtió en el centro de gravedad de toda una época de la cultura española y en cauce para la introducción en España de las más avanzadas teorías pedagógicas y científicas que se estaban desarrollando fuera de nuestras fronteras. La ILE propició la creación del Museo Pedagógico Nacional en 1882, con el propósito de mejorar la Enseñanza Primaria. En 1902, en el mencionado Museo, institución renovadora que dirigió Manuel B. Cossío, se creó el primer Laboratorio de Psicología Experimental, en donde Santamaría, Martín Navarro y Flores, entre otros, bajo la dirección de Luis Simarro, primer catedrático de Psicología Experimental, realizaron trabajos de gran interés psicopedagógico. E). LA EDUCACIÓN EN EL PRIMER TERCIO DEL SIGLO XX (1902/1931)  La Escuela Moderna de FERRER GUARDIA  La nueva Escuela Cristiana: - Las Escuelas del Ave María - La Educación Teresiana - La Residencia de Estudiantes (1910)  Escuela de Estudios Superiores del Magisterio (1909)  La Escuela Nueva socialista (1910)  Golpe militar del general Primo de Rivera (1923): 



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El planteamiento antiliberal del nuevo régimen se concretó en la negación de la libertad de cátedra - Durante el mandato de Primo de Rivera se llevaron a cabo reformas en el Bachillerato y en la Universidad La Segunda República (1931): - Se proclama la SEGUNDA REPÚBLICA tras el triunfo de los partidos republicanos y socialistas en las elecciones de 14 de abril de 1931 - El 9 de dcbre. se aprueba la CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ESPAÑOLA cuyas aportaciones más importantes relacionadas con la educación fueron las siguientes: a) Se proclamaba la Escuela Única b) La gratuidad y obligatoriedad de la Enseñanza Primaria c) La libertad de cátedra y la laicidad de la enseñanza d) Eleva a la categoría de funcionarios a maestros, profesores y catedráticos de la enseñanza oficial e) Trató de facilitar a los alumnos necesitados ayudas económicas para que pudieran acceder a todos los grados de enseñanza f) Permitió el bilingüismo en los centros educativos g) Suprimió la obligatoriedad de la enseñanza religiosa h) La enseñanza será laica, hará del trabajo el eje de su actividad metodológica y se inspirará en ideas de solidaridad humana i) Se reforma la formación inicial de los docentes y  j) Se regula la Inspección de Enseñanza Primaria y Secundaria. El Ministerio de Instrucción Pública de FERNANDO DE LOS RÍOS 1933. Se celebran las segundas elecciones a Cortes de la República dando la victoria a los partidos de derechas. Esto supuso una considerable marcha atrás en los planteamientos educativos de la República: - Se prohibió la coeducación - Se pretendió derogar el Plan de Escuelas Normales - Se suprimió la Inspección Central de Primera Enseñanza 1934. Se aprobó el Plan de Estudios de bachillerato 1936. Las terceras elecciones de la República dieron la victoria al Frente Popular. -



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2.2. LA EDUCACIÓN DESDE 1936 HASTA LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN (1970) El 18 de julio de 1936 comienza la Guerra Civil que se extiende hasta el año 1939. El régimen político franquista, una vez tomado el poder, no se preocupa de diseñar un Sistema Educativo distinto al que encontró. En los primeros años, la educación sólo interesa al Gobierno como vehículo transmisor de ideología. Proliferan Decretos y Órdenes con una sola idea: la educación debe ser católica y patriótica. Hay un rechazo frontal a la política educativa de la República.  Rasgos del Sistema Escolar de la posguerra a) Define una enseñanza confesional católica basada en tres premisas: - Educación de acuerdo con la moral y dogma católicos - Enseñanza obligatoria de la Religión en todos las escuelas - Derecho de la Iglesia a la inspección de la enseñanza en todos los centros b) Politización de la educación por medio de una orientación doctrinaria, el nacional catolicismo basado en la doctrina y principios falangistas. c) Subsidiaridad del Estado en materia de educación. El Estado se desentiende de la tarea educativa y la deja plenamente en manos de la Iglesia. d) Se rechazan todos los avances de la República respecto a renovación de métodos pedagógicos y mejora del nivel intelectual de la enseñanza. e) Obligación de separación de sexos prohibiéndose la coeducación. f) Se incrementan el elitismo y la discriminación en la enseñanza, manifestados, principalmente, por la existencia de un Sistema Educativo de doble vía: el bachillerato para las élites y el abandono escolar o la permanencia en la escuela para las clases sociales más desfavorecidas, menos pudientes.  En este periodo se promulgan 4 Leyes de enseñanza: a). 1938. La Ley de Reforma de la Enseñanza Media b). 1943. La Ley que regula la Ordenación de la Universidad c). 1945. Ley de Educación Primaria d). 1949. La Ley de Formación Profesional  Década de los años cincuenta (1950/1960). Se aprecia una cierta apertura en el mundo de la enseñanza promulgándose tres Leyes básicas:    

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a). 1953. La Ley sobre Ordenación de la Enseñanza Media b). 1953. La Ley sobre Construcciones Escolares c). 1957. La Ley sobre Enseñanzas Técnicas  Década de los años sesenta (1960/1970). La expansión económica, el proceso de industrialización, la explosión escolar y las tensiones internas del Sistema Político hacen que sea necesaria una reforma total y profunda del Sistema Educativo.   

2.3. DE LA LEY 14/1970, GENERAL DE EDUCACIÓN, A LA LOGSE (1990) Para subsanar la problemática existente en el Sistema Educativo, se promulgó la Ley 14/1970, (LGE), también denominada LEY VILLAR por haber sido promulgada siendo Ministro de Educación Villar Palasí. La Ley del 70 (LGE) reguló y estructuró, por primera vez en el siglo XX, todo el Sistema Educativo español: - Fue una Ley de gran alcance que pretendió superar las contradicciones internas en las que el Sistema Político había caído. - Los planteamientos de la Ley se inscribieron en la tradición educativa liberal y supusieron un reconocimiento implícito del fracaso de la educación autoritaria de los últimos 30 años. - Desde una perspectiva global, la LGE diseñó un sistema unitario (se suprime la doble vía en los primeros niveles) y flexible (se crearon numerosos “puentes” y posibilidades de paso de una rama a otra en los niveles



superiores. - Se estructuró el Sistema en 4 niveles: Preescolar, Educación General Básica (EGB), Enseñanzas Medias y Enseñanza Universitaria Características principales de la Ley del 70 (LGE): a) Generalización de la educación de los 6 a los 14 años b) Preocupación por la calidad de la enseñanza, enseñanza de calidad para toda la población escolar c) Fin del principio de subsidiaridad del Estado. Es al estado al que le corresponde llevar todo el peso de la educación d) Presencia notable de la enseñanza privada en los niveles no universitarios e) Esta Ley pretendió que el Sistema Educativo no fuera selectivo f) Se pretendió el establecimiento de relaciones entre el Sistema Educativo y el productivo con ánimo de que la educación preparase para el trabajo Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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g) Configuró un Sistema Educativo centralizado, que trajo consigo una uniformidad en la enseñanza.  1977/1982. Los Gobiernos de la Unión de Centro Democrática (UCD). 1978. Se aprueba por referéndum la CONSTITUCIÓN que es debatida y pactada por la mayoría de las fuerzas políticas del país. El art. 27 marcó los principios generales de toda la legislatura (la UCD gobernó durante 6 años) en materia educativa.  Los Gobiernos del Partido Socialista Obrero Español (PSOE). Durante su mandato fueron aprobadas 4 Leyes Orgánicas básicas para nuestro Sistema Educativo: 1983. Ley Orgánica 11/1983 de Reforma Universitaria (LRU). 1985. Ley Orgánica 8/1985, reguladora del Derecho a la Educación (LODE). 1990. Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE).  



2.4. EVOLUCIÓN DE LA ORIENTACIÓN EN ESTA ETAPA Con anterioridad a la Guerra Civil de 1936 se crean los Institutos de Psicotecnia, primero el de Barcelona en 1915 en el que trabajaron personalidades como Emilio Mira y López, Eugenio D'Ors y José Mallart. Posteriormente, en 1923, se crea otro Instituto de Psicotecnia en Madrid en el que trabajaron, entre otros, personalidades tales como José Germain y Mercedes Rodrigo. Estos Institutos pasaron a depender del Ministerio de Instrucción Pública en 1933 bajo el nombre de Institutos Nacionales de Psicología. Hasta 1936, se puede asegurar que el desarrollo institucional de la orientación en España y de los servicios, corre paralelo al resto de los países europeos como lo indica el testimonio de figuras como Claparède o Brewer al referirse al Instituto de Orientación Profesional de Barcelona. De hecho, además de estos investigadores, vinieron a España personalidades tales como Piéron, Piaget, Bovet, Myers, Giere, etc. Durante la Guerra Civil existió un gran parón en todo lo referente a temas y aspectos relacionados con la educación. La Ley de Educación Primaria de 1945, reformada posteriormente por la Ley de dcbre. de 1965, indicaba que la "Educación primaria orientará a los escolares, según sus aptitudes, para la formación intelectual o para la vida profesional" y ordenaba la creación de un Servicio de Psicología Escolar y Orientación Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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Profesional para colaborar a una más eficaz ordenación de la enseñanza. Sus funciones fueron atribuidas posteriormente al Centro de Documentación y Orientación Didáctica de Enseñanza Primaria (CEDODEP), por O.M. de 6/08/1968, creando en su seno un departamento de Psicología Escolar de Orientación. Profesional. Con respecto a la Enseñanza Media hasta la Ley sobre Ordenación de la Enseñanza Media de 1953, la orientación estaba ligada, tangencialmente, a las funciones de los Institutos Nacionales de Psicología. En esta Ley se señalaba que los inspectores vigilarían el funcionamiento de los Servicios Psicotécnicos de Orientación Profesional y la asistencia que en este orden debían prestar los educadores a los padres de los escolares (art. 63). El Estado creó el Servicio de Orientación Psicotécnica por O. M. de fecha 28/11/1959. Este servicio se creó con la finalidad de "La aplicación de la psicología a un mejor conocimiento de los alumnos de Bachillerato para continuar a perfeccionar los siguientes aspectos: selección y orientación escolar y profesional; métodos didácticos y educativos y problemas de adaptación e higiene mental". Explicitaba, además, en su art. 117 que antes de finalizar el primer año de Bachillerato deberían ser elaboradas las fichas psicotécnicas de los alumnos, realizándose la información oportuna a los padres. Realmente estos servicios tampoco llegaron a funcionar, ya que ni se les dotó del personal profesional adecuado, ni se fomentó la demanda de sus funciones. Por su parte, la O.M. de 10/02/1967 que establece el Reglamento de Centros Estatales de Enseñanza Primaria, en su art. 25 contemplaba la existencia en los centros, entre otros servicios y actividades complementarias, de un Servicio de Psicología y Orientación Profesional. En realidad, este servicio nunca llegó a funcionar por falta de dotación de personal y de material. Un posterior Decreto de 1967 creó grandes expectativas al establecerse Servicios de Orientación Escolar en los Institutos de Enseñanza Media y Escuelas Oficiales de Maestría y Aprendizaje Industrial, conectando sus funciones con las del Instituto Nacional de Psicología Aplicada y Psicotecnia y de los Institutos Provinciales. El Libro Blanco de la Educación (1969), previo a la publicación de la Ley General de Educación (1970) analizaba la institucionalización de la orientación educativa e informaba sobre los que debieran ser los principios reguladores de la misma. Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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La Ley General de Educación de 1970 es el primer documento legal de la historia educativa española que contempla de forma sistemática la orientación escolar como un servicio continuado a lo largo de todo el Sistema Educativo, considerándola como uno de los medios fundamentales para lograr las metas propuestas en la Ley. Ya en la exposición de motivos reconoce que para intensificar la eficacia del sistema educativo haría falta crear "servicios de orientación escolar  y profesional". Estos planteamientos y expectativas que ofrecía la Ley General de Educación generaron legítimas esperanzas que, paulatinamente, se fueron desvaneciendo. El desarrollo legal posterior ha sido esporádico, inconexo y tardío. Como en ocasiones anteriores, la normativa legal no ha estado asistida por los correspondientes recursos económicos y por la dotación de profesionales. Una fecha determinante en la historia de la institucionalización de la orientación educativa y de los servicios es la del 30/04/1977. Por O.M. de esa fecha se reguló la creación y organización de los llamados Servicios Provinciales de Orientación Escolar y Vocacional (SOEVs), con carácter experimental para los alumnos de Educación General Básica. Cada servicio se dotó de tres especialistas que deben ser funcionarios del cuerpo de magisterio y poseer el titulo de psicología y/o pedagogía. Se trata del intento más serio, sistemático y ambicioso que se planteó con respecto a la orientación. A los SOEV se les asignaron las siguientes funciones: Dirigir o realizar, en su caso, las tareas de orientación escolar, personal y vocacional de los alumnos, especialmente en los momentos críticos de su escolaridad y de su madurez psicobiológica. Asesorar y prestar ayuda al profesorado de Educación General Básica (EGB) en su función tutora. Informar a los padres, profesores y alumnos de las posibilidades de estudio y perspectivas profesionales en los ámbitos provincial y nacional. Proponer trabajos de investigación sobre los procesos de aprendizaje escolar en las distintas tareas culturales. Cooperar con el Instituto Nacional de Educación Especial en la localización y diagnóstico de los alumnos necesitados de educación especial. En el ámbito de la Educación Especial, prevista en el art. 50 de la Ley General de Educación, se destacan, entre la abundante normativa al respecto, los siguientes textos legales: 









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La Ley de 7 de abril de 1982 sobre la Integración Social de los Minusválidos - La Orden Ministerial de 9 de septiembre de 1982 que reguló la composición y funcionamiento de los Equipos Multiprofesionales, de acuerdo con lo establecido en el punto 10.1. de la Ley de 7 de abril de 1982 - El art. 14 del Real Decreto de 15 de octubre de 1982 establece la composición legal de los Equipos Multiprofesionales (EM) creados en este año (1982) tras la promulgación de la Ley de Integración Social del Minusválido –LISMI-. Estos Equipos Multiprofesionales, uno por provincia, estaban constituidos por siete miembros: dos asistentes sociales; dos psicólogos, dos pedagogos y un médico. Se les asignó las siguientes funciones: - La detección precoz de las deficiencias, anomalías o trastornos. - La valoración pluridimensional de las necesidades y capacidades del sujeto de educación especial. - La elaboración de programas de desarrollo individual en los que se fijen los objetivos, contenidos, metodología y recursos necesarios para la solución de la problemática especifica de cada niño. - El seguimiento del programa de desarrollo individual en colaboración con el profesorado de los centros educativos. - La acción preventiva en el medio social, familiar y escolar. - Contribuir a la elaboración del diseño del cuadro de necesidades concretas en el sector de la Educación especial. Los EM fueron unos equipos de ámbito provincial, externos a los centros, dirigidos a un sector de la población y superpuestos a los Servicios de Orientación Escolar y Vocacional. La O.M. de 30/01/1970 dictó las normas para la implantación, de modo experimental, del Curso de Orientación Universitaria. Posteriormente por O.M. de 20/09/1971 se reguló, con carácter provisional, la orientación educativa en el acceso a los centros universitarios. Por fin, la O.M. 31/07/1972 creaba el Servicio de Orientación del Curso de Orientación Universitaria. Se trata de un documento legal que aborda de modo específico y sistemático, y en todas sus dimensiones, la actividad orientadora. El servicio debe coordinar la orientación en el centro, explorar objetivamente a los alumnos; celebrar entrevistas con ellos, informar a la Comunidad Educativa sobre -

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profesiones, colaborar con el profesorado e todo lo relativo a los procesos de enseñanza y contribuir a la redacción del consejo orientador. A pesar de lo indicado en la normativa anterior, estas funciones nunca se pusieron en marcha, perdiéndose la ocasión más clara de hacer realidad en nuestro ámbito educativo la práctica orientadora. La O.M. 30/11/1975 aprobó el Reglamento de los Centros de Formación Profesional, en el que expresamente se recoge la existencia del Departamento de Orientación (arts. 69 y 70). Estos Departamentos trabajarían en las Universidades Laborales y posteriormente, tras su reconversión, en los Centros de Enseñanzas Integradas. Se les asignó las siguientes funciones: - Estudio de la personalidad del alumno/a - Orientación y asesoramiento escolar - Orientación profesional - Orientación y atención personal y - Atención a la familia. Como asegura Rodríguez Espinar (1991) con esta explicitación de funciones y la tarea de reciclaje y formación para el personal de dichos departamentos que acomete la Subdirección General de Centros de Enseñanzas Integradas, se abre la época moderna de la orientación en el Sistema Educativo español. Pero puede añadirse que la parcela de alumnos atendidos fue bastante escasa, aunque en los otros niveles del Sistema Educativo la situación fue aún más difícil y perentoria. A modo de conclusión se destacan los aspectos siguientes: A). Se parte de la consideración de que la existencia de los Servicios de Orientación Escolar y Profesional son un elemento determinante de eficacia del Sistema Educativo y de su calidad. Se ofrece un marco general sobre la orientación, con explicitación de definiciones, finalidades y objetivos concibiéndose como un derecho de los alumnos. Se concibe la orientación como un proceso continuo dirigido a todos los alumnos, realizado por el equipo de profesores y enmarcado en un contexto escolar. Se contemplan los tres niveles o pilares básicos que implementan la orientación: - El tutor/a como orientador de aula - El Departamento de Orientación - Los Servicios de Orientación externos al centro Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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Se habla del tutor/a como orientador/a de aula; se menciona el Departamento de Orientación como estructura que coordina la orientación en el centro y, por último, se contemplan los Servicios de Orientación externos, de carácter local o comarcal. Estos Servicios de Orientación externos se dirigieron sólo a la Educación General Básica y a la Educación Especial. En cambio, cuando se habla de Enseñanzas Medias, se menciona el Departamento de Orientación dirigido por un técnico. B). El contenido determinante del trabajo de los servicios en todos los niveles del Sistema Educativo que se está estudiando se centra en las tres dimensiones clásicas de la orientación ya citadas: - La escolar - La personal y - La vocacional El procedimiento de intervención es el diagnóstico psicométrico de las aptitudes. Esto sucede tanto en la antigua Educación General Básica, como en las Enseñanzas Medias, Bachillerato y Formación Profesional. C). Es en 1977 con la creación de los Servicios Provinciales de Orientación Escolar y Vocacional, cuando se introduce el término Educación Especial como contenido y función de los servicios. D). Los profesionales que se contemplan en la legislación son: - El tutor - El pedagogo - El médico - El psicólogo - El trabajador social y - El director espiritual. No obstante, en los Servicios Provinciales de Orientación Escolar y Vocacional sólo se contemplan el pedagogo y el psicólogo que además deben reunir la condición de ser maestros funcionarios; y en los Equipos Multiprofesionales se prescribe que, además de las profesiones citadas, se sume la del médico y la del trabajador social. E). Es preciso señalar que la legislación es abundante y que los recursos que se institucionalizan, sólo con carácter experimental, son los referidos a los servicios de apoyo externos en la Educación General Básica y la Educación Especial, quedando los demás niveles educativos contemplados sólo en el plano legislativo. Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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F). Durante esta etapa que se está comentando los servicios anteriores creados para la Educación Secundaria se diluyen y su actividad se desvanece, pese a la fuerza con que aparecen en la legislación, tal como sucede con los Servicios de Orientación para el Curso de Orientación Universitaria. Sólo en las Universidades Laborales, se atisbó una respuesta adecuada, en donde se incluyeron incluso programas de formación para los pedagogos y psicólogos que trabajaban en ellas; pero la parcela de población fue bastante reducida. G). A las consideraciones anteriores hay que añadir que, pese a la variedad de funcionen encomendadas tanto el Servicio de Orientación Escolar y Vocacional como el Equipo Multiprofesional, dirigieron sus esfuerzos casi exclusivamente a la clasificación y distribución de alumnos de educación especial. Fueron cuya función principal fue la de diagnosticar, clasificar y distribuir. En ningún caso intervienen. De modo general tampoco asumieron obligaciones de formación y apoyo a los equipos de profesores. H). El resultado muestra un cuadro que podría ser descrito como sigue. Con la institucionalización de los servicios externos de apoyo a los centros, se desencadena en los colegios una ingente demanda centrada en los alumnos con problemas de aprendizaje. A estas peticiones se responde con una intervención considerada como: - Parcial para los sujetos y los niveles educativos a los que se dirige - Sesgada por el análisis técnico en el que se fundamenta ya que parte de que el alumno es el agente principal de la situación problemática e - Incompleta por, que sólo se participa en la fase diagnóstica y, en ningún caso se interviene. A pesar de lo indicado se subraya como positivo que el diagnóstico pone de relieve las necesidades y carencias del Sistema Educativo. Con los recursos existentes, quizás difícilmente se podrían abordar otras cuestiones. En todo caso, este es el panorama que ofrece el trabajo de los pedagogos y psicólogos que traba jan en los servicios de apoyo a poyo externos a los lo s centros. I). Lo señalado hasta aquí muestra una práctica que sigue a la demanda y una intervención que se fundamenta en los tests, pues constituyen el instrumento más objetivo que se posee; y en la formación recibida en la Universidad por parte de los profesionales de los equipos. J). Respecto al periodo anterior a 1970, se aprecia un avance en la normativa legal. Se observa una tentativa por configurar un cuadro sobre orientación y sobre los servicios más preciso y técnico en el plano conceptual y organizativo. Se Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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opera también un avance en la implementación de recursos, con las limitaciones apuntadas, y que se concreta en una doble red de servicios de apoyo externos a los centros. Por lo que respecto a las funciones, se detecta: - Un énfasis en la Educación Especial desproporcionado - Se mantiene el enfoque acerca de la orientación vocacional y profesional - A nivel teórico, la orientación personal cobra importancia y - Se experimenta un retroceso en la intervención sobre los procesos de enseñanza y aprendizaje en general en los centros, al menos como concepto y criterio de actuación. Las técnicas de trabajo, en cambio, permanecen idénticas. De nuevo son la psicotecnia, la relación cara a cara y el enfoque médico los aspectos dominantes. K). Los pedagogos y los psicólogos trabajan y se ocupan en las mismas actividades. Permanece la disfunción por la que profesionales distintos sirven para lo mismo, precisándose, por tanto, definir el profesional adecuado para la tarea derivada de la peculiaridad de la situación; es decir, la idiosincrasia de los centros educativos, que no es otra que el desarrollo curricular.

2.5. BREVE RESEÑA HISTÓRICA DE LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN A). Servicio de Orientación Escolar y Vocacional (SOEV). En el año 1977 se crearon los SOEVs con funciones ligadas a los modelos de orientación de la época. Se les asignaron competencias muy amplias y escasamente definidas, con imposibilidad de tener una incidencia significativa en el Sistema Educativo. Estos Equipos estaban constituidos por maestros, titulados en Psicología o Pedagogía, en compleja situación administrativa siendo el número de sus componentes escasísimo (2 ó 3 por provincia). B). Constitución Española. La Constitución Española de 1978, estructuró España en 17 Comunidades Autónomas, seis de la cuales se les concedió plena competencia en cuestiones educativas (este fue el caso de nuestra Comunidad Autónoma). Las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas apoyaron la creación de la base de los actuales servicios de orientación, que supuso un movimiento permanente hacia la descentralización, que desembocó en la diversificación y en la reorganización de los servicios de orientación y otros cuerpos (MEC, 1985). C). Equipos Multiprofesionales (EM). En el año 1982, tras la promulgación de la Ley de Integración Social del Minusválido –LISMI- se crearon los (EM).

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D). Servicio de Apoyo Escolar (SAE). Por REAL DECRETO 1174/1983 de 27 de abril se crearon los SAEs a los que se les encomendó apoyar a centros educativos con graves problemas de compensación educativa. E). Equipos de Atención Temprana y Apoyo a la Integración (EAT-AI). El REAL DECRETO 334/1985 de 6 de marzo, ordenó la Educación Especial, y creó los EAT-AI. F). Unificación de los SOEVs y los EM. En el año 1986 el Ministerio de Educación unificó las funciones de estos Equipos. G). ANDALUCÍA: - Equipos de Promoción y Orientación Educativas (EPOEs). El DECRETO 238/1983 de 23 de novbre. creó los denominados Equipos de Promoción y Orientación Educativa (EPOEs). Al mismo tiempo siguieron funcionando a nivel autonómico, tanto los EM como los SOEVs aunque se integraron en los EPOEs a nivel organizativo y funcional. - Servicios de Apoyo Escolar (SAEs) y EAT-AI. Ambos Servicios continuaron actuando en los Centros de Educación de Andalucía según su propia especificidad. - Equipos de Orientación Educativa (EOEs). La promulgación del DECRETO 213/1995 de 12 de sepbre. unificó los Servicios de los EPOEs, EAT-AI y SAEs en un único Servicio denominado Equipos de Orientación Educativa (EOEs). - Departamentos de Orientación. Finalmente por ORDEN de 17 de julio de 1995 se establecen directrices sobre la organización y el funcionamiento de las actividades tutoriales del profesorado y la creación de los Departamentos de Orientación en los centros de Secundaria. NOTA. A excepción de los Orientadores de los Departamentos de Orientación que forman parte del Claustro de los centros de Secundaria donde están destinados, los EOEs en los que están integrados los SAEs, tienen actuaciones zonales no estando pues adscritos a ningún centro educativo concreto.

3. LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA EN LA LOGSE (1990) 3.1. MARCO GENERAL DEL ESTADO ESPAÑOL Ver Documento complementario a los temas 17 al 29. Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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No es necesario reproducir nuevamente el modelo de Orientación propuesto en la LOGSE. En este apartado hay que hacer referencia a: Niveles de intervención Objetivos de la orientación Organización de la acción tutorial de los Departamentos de Orientación de los Equipos de sector Modelos de intervención   



3.2. SITUACIÓN EN LAS DIFERENTES COMUNIDADES AUTÓNOMAS El Estado Español está compuesto por 17 Autonomías pero no todas tienen competencias plenas en Educación. Por esta razón hay que distinguir: El llamado Territorio MEC gestionado por el Ministerio del Gobierno Central que afecta a Comunidades Autónomas sin competencias plenas en Educación y El resto de Comunidades con competencias plenas en el aspecto educativo: Comunidades de Andalucía, Canarias, Valencia, Galicia, País Vasco y Cataluña. La normativa con rango de Ley, REALES DECRETOS, afecta y obliga a todo el Estado. Lo que puede diferenciar son los desarrollos de las leyes que están a cargo de los Gobiernos Autónomos. En caso de no desarrollo de un aspecto de la Ley por una Comunidad Autónoma (C.A.) es de aplicación el desarrollo hecho por el Gobierno Central. En el campo de la orientación el modelo es el mismo en todo el territorio nacional y es el que ha sido desarrollado en el Punto 2.4. Evolución de la orientación hasta la implantación de la LOGSE. Sólo Cataluña no está generalizando los Orientadores de los Centros de Secundaria, sino Equipos de Sector en Secundaria. Se está cuestionando esta estructura zonal con intención de que se estructure dentro de los centros. 



3.3. VISIÓN GLOBAL DE ESTE PERIODO Primero En primer lugar, la nueva normativa es la plasmación del deseo de homogenizar el Sistema Educativo y la orientación educativa a los países de la Unión Europea. Segundo La orientación se concibe como un derecho del alumno que pasa a ser un elemento activo dentro del proceso. Se definen los conceptos de tutoría, orienta



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ción, apoyo educativo e intervención psicopedagógica. Todos estos aspectos los asume e integra el currículo, que es la oferta educativa integral y personalizada. En estas definiciones quedan recogidas las notas diferenciadoras de la orientación en un contexto escolar. Dicho de otro modo, se concibe la orientación  y la intervención psicopedagógica psico pedagógica como subsistemas de la educación siendo iguales a ella por sus objetivos, finalidades y también por sus métodos. En numerosas ocasiones simplemente se identifican los conceptos. Tercero Se parte de los tres pilares básicos, anunciados en el periodo anterior y ahora mejor concebidos y estructurados. Así, la tutoría se presenta ligada a la docencia. Es la docencia considerada como personalización del proceso de enseñanza y aprendizaje de la educación. Así se integra y supera la dicotomía instrucción y educación. El Departamento de Orientación coordina el trabajo orientador a través de la elaboración y adaptación del currículo, de la orientación vocacional y profesional, así como de la atención a las necesidades de todos los alumnos, incluidos también los de necesidades educativas especiales. Se trata de un órgano técnico de asesoramiento sobre temas de orientación y sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje, nexo entre los equipos docentes y los equipos psicopedagógicos. Se rechaza explícitamente la concepción de los Departamentos de Orientación como gabinetes de psicología clínica o de administración de tests para considerarlos como agentes de cambio y de innovación en el centro educativo que personalicen en cada alumno el proyecto educativo. De los equipos zonales se subraya la alta especialización y su interdisciplinariedad. Se entienden como una exigencia ineludible de una escuela renovada. Es preciso en este momento destacar que se da una coherencia respecto a las funciones explicitadas y asignadas a cada uno de los tres pilares mencionados que se resumen en: - La personalización en cada escolar del desarrollo curricular - El trabajo, además, se plantea desde la colaboración y desde la complementariedad. Cuarto Los niveles de enseñanza a los que se dirige la atención de los equipos son todos los contemplados en la Ley de Educación o sea los niveles no universitarios en sus diferentes niveles y modalidades. De este modo se unifica la red de los servicios al ámbito de actuación que ahora es el mismo para todos. 



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Quinto Respecto de las funciones se subraya su vinculación al currículo, a su desarrollo y a los procesos de enseñanza y aprendizaje. La tutoría ligada básicamente al proceso de enseñanza y aprendizaje, personaliza en cada alumno el currículo y coordina la intervención de todos los profesionales que inciden en su grupo en orden a la personalización del currículo. El Departamento de Orientación coordina el trabajo orientador consistente en perfeccionar y adaptar el currículo, velar por los aprendizajes de todos los alumnos, incluidos los de necesidades educativas especiales, y la orientación profesional y vocacional. Ambas dimensiones, las más clásicas del trabajo de los equipos, la educación especial y la orientación vocacional, se presentan como derivadas del proyecto educativo de centro, donde cobran todo su sentido, puesto que se está en un centro escolar. Es el Departamento de Orientación una estructura al servicio de la personalización del currículo y se concibe, en este sentido, como un órgano técnico de asesoramiento al subsistema orientación y al proceso de enseñanza-aprendizaje. Se rechaza la idea de concebir al Departamento de Orientación como un gabinete de psicología clínica. Por último a los Servicios de Apoyo zonales compete la prevención, la compensación y asesoramiento en psicopedagogía y orientación como ya se ha definido. En este contexto, caben los alumnos con necesidades educativas especiales y la orientación profesional y vocacional también dirigida a todos los alumnos. Asesoramiento que significa colaborar en la formación permanente de los profesores en los aspectos didácticos, psicológicos y sociológicos. Se recoge el entorno educativo como objeto de estudio e intervención, el enfoque reclama a los servicios a actuar a través de programas y con una finalidad investigadora e innovadora. Sexto Por tanto, y abundando en las funciones de los equipos, aparece por primera vez la prevención entendida como prevención secundaria y también como prevención primaria, siguiendo la terminología de Caplan (1964). Además, se incluye, la compensación y el asesoramiento a profesores. Sigue la Educación Especial y la Orientación Vocacional situada en la Enseñanza Secundaria. Además, se acumulan las funciones de identificación de recursos, de las relaciones familia y escuela, de investigación y evaluación del Sistema Educativo, de formación de profesores, de elaboración de materiales, de innovación educativa y de desarrollo. Estas funciones encuentran su fundamento en el concepto de educación. 



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Séptimo Se ha conceptualizado la educación especial dentro de un continuo que abarca tanto a los sujetos con minusvalías como a los superdotados y se entiende desde el concepto de integración que respeta y fomenta las diferencias y la solidaridad. La orientación personal se sitúa como derivada de los fines de la educación, que se resume en el fomento del desarrollo de las funciones psicológicas superiores, en la personalización del currículo y en un desarrollo del mismo caracterizado por un clima humano interactivo fundado en la aceptación y en las expectativas positivas. La orientación vocacional se incardina y desarrolla fundamentalmente en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato. La intervención cobra protagonismo total en el diseño, aplicación y mejora del currículo que constituye el verdadero plan de intervención total sobre el Sistema Educativo. Octavo Las técnicas de trabajo ofrecen, en consecuencia, con las funciones anteriores, una perspectiva completamente nueva. Se insta al asesoramiento, a la formación de todos los destinatarios, a la investigación y a la innovación educativa; además de mostrar su desacuerdo con la concepción de gabinetes clínicopsicológicos, administradores de tests. Noveno Se asume como destinatarios al alumno considerado individualmente o en grupo, tanto en la Educación Primaria como en la Secundaria. Se incorpora un enfoque sistémico y ecológico al considerar la institución educativa y la comunidad como objeto directo de la intervención. Décimo En otro sentido, el número de profesionales ha experimentado un incremento muy acusado, que unido a las oposiciones convocadas los últimos años para la Educación Secundaria, preconizan un desarrollo seguramente fructífero. Las últimas medidas, en efecto, apuntan a la consolidación administrativa de los orientadores de los servicios de sector y de los coordinadores de los Departamentos de Orientación en la Educación Secundaria. Lo mismo debiera contemplarse respecto a los Centros de Educación Infantil y Primaria. No se encuentran argumentos para que en estas Etapas no exista un orientador por centro puesto que se considera más importante y necesaria su intervención en los niveles educativos mencionados. Igualmente las medidas horarias tomadas robustecen la tutoría, que queda 







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como función de todo profesor. Por último los programas diferenciados de formación diseñados y dirigidos a los pedagogos y psicólogos de los departamentos y equipos, como también a los profesores tutores refuerzan la importancia de la orientación. Undécimo Respecto a los periodos anteriores, se observa un avance en la normativa legal en lo que se refiere a la conceptualización de la orientación educativa que está más elaborada, centrada en la educación, en el desarrollo curricular y en los procesos de enseñanza-aprendizaje. Las funciones adquieren su sentido en los conceptos de educación y orientación. Se derivan de la tarea de los centros educativos que, en síntesis, es el desarrollo curricular en cada alumno y en el grupo de alumnos. 

Estructura

MEC

Ámbito Ac-Nivel Educati-Profesiona- Forma Actuación vo les  ceso

Eq. Orienta-Zona ción Educativa yProvincia psicopedaZona Centro gógica (EOEP) • generales  • específicos

Eq. Atención Temprana Dpto.Orientación

ANDALU- Eq. Orienta-Zona ción Educativa CÍA

(EOE) Centro Dpto.Orientación

Todos Psicólogos, Concurso de 0 - 3 años Pedagogos, Méritos Infantil y Pri-Logopedas, Laborales maria Trabajado- Concurso Secundaria res Sociales Oposición Psi/Ped/ Psicoped

Infantil y Pri-Psicólogos, Concurso de maria. pedagogos, méritos, logopedas, laborales. También Secun-médicos, madaria estros. ConcursoPs/Ped/Psi- oposición coped.

VALEN- Servicios Psicopedagógi-cos CIA Escolares (SPE)

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GALICIA Eq.Psicopeda- Zona

Psic/ Pedag Concurso de méritos

gógicos de Apo yo (EPA)

PAIS VASCO

Centro de apo-Zona  yo y Recursos

CATALU- Eq. Asesora-Zona miento PsicopeÑA dagógico (EAP) Zona Centros Orientación Educativa (COE)

Infantil y Pri-Psic/ Pedag maria A veces Trb. Social Igual Secundaria

4. LA ORIENTACIÓN EN LA LOCE (2002) La Orientación Educativa y Profesional se contempla en la LOCE (LEY ORGÁNICA 10/2002 de CALIDAD de la EDUCACIÓN) como un importante factor de la calidad de la enseñanza, entendiéndose la calidad en un sentido más amplio que el de una mera preparación intelectual y técnica del alumnado. Los objetivos de la educación no pueden limitarse en exclusividad a la dimensión instructiva. Publicada la LOCE, ninguno de los DECRETOS que pretendían desarrollarla entraron en vigor, no estando pues vigentes, se hacen las siguientes reflexiones sobre su contenido: Primera. Los Decretos previstos no aportan cambios significativos, ni siquiera concreciones, a lo expuesto en la propia LOCE. Persisten las imprecisiones y la ambigüedad. El ejemplo más ilustrativo es la referencia a órganos inexistentes, como el equipo de orientación en secundaria. Segunda. Esta falta de referencias explícitas en el texto legal, al menos organizativo, de la orientación, tampoco se atenúa con otro tipo de información ni siquiera extraoficial. El modelo de orientación, si existe, es un secreto muy bien guardado. No se indican referencias sobre qué corrientes teóricas o colectivos profesionales lo inspirarán. Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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Tercera. Que no se plantee un modelo explícito no quiere decir que no se intuya. Se habla de orientación al finalizar Ciclos o Etapas, en los momentos de decidir itinerarios. No se habla de orientación como asesoramiento en desarrollo curricular o como factor de calidad. Esto se puede interpretar, y así se ha hecho  ya, como un cambio radical: de un modelo de orientación or ientación que se propone ajustar a justar el currículum a las necesidades de cada uno de los alumnos se pasaría a otro en el que la orientación colabora en la catalogación y distribución de los alumnos en los distintos itinerarios. Cuarta. Este modelo puede ser criticable desde el punto de vista conceptual o de ideario pedagógico, pero totalmente coherente con otros elementos esenciales de la LOCE, como puede ser la denominada cultura del esfuerzo. La LOCE no incide en la formación pedagógica de los profesores en activo, en el análisis de los métodos de enseñanza y de las prácticas profesionales, en las ratios ni en los recursos. La responsabilidad se traspasa ahora al alumno y para estimularlo se proponen mayores exigencias, más medios de control y en consecuencia más barreras. Quinta. Las imprecisiones y faltas de concreción que se observan pueden no ser inocuas. No se estima que se trate de simples despistes fruto de la precipitación. Ha de existir algún planteamiento más o menos decidido y que será objeto de tratamiento normativo posterior. Sexta. Entre estas imprecisiones se destaca la ausencia total de referencias al Departamento de Orientación en Educación Secundaria. Se sustituye por el de equipo de orientación. Séptima. Dos términos muy queridos y utilizados frecuentemente en la literatura pedagógica asociada a la LOGSE no aparecen en la LOCE: atención a la diversidad  y adaptaciones curriculares . Se propugna que “las Administraciones educativas dotarán de los apoyos precisos a los alumnos con necesidades educativas específicas para que puedan alcanzar los objetivos establecidos con carácter general”. La cuestión de la diversidad sigue pendiente.

Octava. Tampoco se concreta otro de los aspectos más positivos que para la orientación propone la LOCE: el reconocimiento y valoración del trabajo de los tutores. En este caso la ausencia está justificada puesto que sólo fue aprobada la LOCE. Novena. La LOCE no concreta la organización de la orientación: ¿equipos de sector, generales, específicos, de centro, departamentos? Nada de esto queda Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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regulado en la LOCE. Décima. Esta falta de concreción ha dejado una gran desesperanza en el colectivo de los profesionales de la orientación. La LEY ORGÁNICA 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (LOCE) fue promulgada y entró en vigor en enero de 2003. Los DECRETOS de desarrollo de esta Ley estaban preparados a falta sólo de su publicación en el BOE pero la entrada de un nuevo Gobierno los paralizó.

LO QUE DICE EL TEXTO Se hace alusión a las referencias más directas y relevantes a la orientación: Artículo 2.1 (c) (Derechos de los alumnos) Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación y esfuerzo sean valorados y reconocidos con objetividad, y a recibir orientación educativa y profesional. Artículo 26. 3 (Itinerarios en ESO) Al finalizar el segundo curso (de ESO), con el fin de orientar a las familias  y a los alumnos en la elección de los itinerarios, el equipo de evaluación, con el asesoramiento del equipo de orientación, emitirá un informe de orientación escolar para cada alumno. Artículo 27. 3 (Programas de iniciación profesional) Aquellos alumnos que, cumplidos los quince años y tras la adecuada orientación educativa y profesional, opten voluntariamente por no cursar ninguno de los itinerarios ofrecidos, permanecerán escolarizados en un programa de iniciación profesional. Artículo 29. 3 (Promoción) Cada curso podrá repetirse una sola vez. Si, tras la repetición, el alumno no cumpliera los requisitos para pasar al curso siguiente, el equipo de evaluación, asesorado por el de orientación, y previa consulta a los padres, podrá decidir su promoción al curso siguiente. Artículo 31. 3 (Título de Graduado en ESO) El título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria permitirá acceder al Bachillerato, a la Formación Profesional de grado medio y al mundo laboral. Junto con el título, los alumnos recibirán un informe de orientación escolar para su futuro académico y profesional, que tendrá carácter confidencial. 









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Artículo 68. 1 (Autonomía pedagógica de los Centros) La autonomía pedagógica, con carácter general, se concretará mediante las programaciones didácticas, planes de acción tutorial y planes de orientación académica y profesional y, en todo caso, mediante proyectos educativos. Disposición adicional novena. (Cuerpo de catedráticos. Funciones) Con carácter exclusivo, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 85.3 de la presente Ley, el ejercicio de la Jefatura de los Departamentos de Coordinación Didáctica, así como, en su caso, del Departamento de Orientación 



Comentarios valorativos sobre la orientación en la LOCE: La necesidad de la orientación educativa y profesional queda patente y explícitamente declarada desde el artículo 2, como uno de los derechos básicos de los alumnos/as y sus familias. Posteriormente se concretan distintos momentos y situaciones en los que la orientación tendrá especial relevancia. Se trata de tomar decisiones respecto a: - Elección de itinerarios - Incorporación a programas de iniciación profesional - Promoción de curso. - Finalización de etapa. No hay referencias explícitas sobre la orientación en la enseñanza postobligatoria, si bien puede entenderse que se debido a la ausencia de cambios estructurales en estas Etapas Educativas y no a una intención de menoscabar la orientación profesional en ellas. De más dudosa interpretación parece el tratamiento del proceso de escolarización de los alumnos/as con necesidades educativas especiales, cuando se indica: La identificación y valoración de las necesidades educativas especiales de estos alumnos se realizará por equipos integrados por profesionales de distintas  cualificaciones. Estos profesionales establecerán en cada caso planes de actuación en relación con las necesidades educativas de cada alumno, contando con el  parecer de los padres y con el del equipo directivo y el de los profesores del centro correspondiente . (Art. 45). Equipos, departamentos y tutores La necesidad de la orientación queda reforzada y reconocida, pero no se aclara nada sobre como quedará organizada. Más bien se siembran dudas. La de

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nominación Departamento de Orientación es eludida sistemáticamente, y no parece que de modo inocente ni casual, sino claramente intencional. Para ser exactos aparece mencionado una sola vez, en relación a su jefatura y con la coletilla en su caso. En su lugar ¿? Se habla del equipo de orientación, término sin antecedentes en el sistema (al menos en secundaria) ni definición en la ley. Tampoco hay mención alguna a los actuales programas de diversificación curricular no sus responsables docentes, los profesores de ámbito. En cambio, sí se sientan las bases para potenciar una de las bases de la acción tutorial, el tercer nivel, los tutores, al declarar: Las Administraciones educativas, de acuerdo con su programación general  de la enseñanza, favorecerán en todos los niveles educativos: a) El  reconocimiento  de la función tutorial, mediante los oportunos incentivos profesionales y económicos . Art. 62. Medidas de apoyo al profesorado.

En conclusión, si la necesidad de la orientación queda reforzada, parece que el legislador mantiene dudas sobre cómo organizarla. Se observa una patente indefinición. La actual estructura de los departamentos, cuando no su existencia como tales, está en el aire. ¿Asistiremos a un nuevo modelo organizativo en el que jefes de estudios, especialistas y tutores/as se coordinan de modo vertical, frente a la horizontalidad de la organización en departamentos? ¿O se trata de una simple imprecisión terminológica? Dado que sobre nuestro ámbito de trabajo no se ha anticipado, ni siquiera de manera oficiosa, ninguna directriz ni se ha hecho público con que colectivos se está consultando. Por último se indica que existe un Proyecto de LEY ORGÁNICA de EDUCACIÓN (LOE), Ley aún no aprobada que está en trámite parlamentario y que, posiblemente, se promulgue en el año 2006.

5. LA ORGANIZACIÓN DE LA ORIENTACIÓN EN LAS DISTINTAS ADMINISTRACIONES EDUCATIVAS Nota: Este punto 5 se desarrolla en el ANEXO complementario 5.1. LOS PRINCIPALES SERVICIOS DE ORIENTACIÓN EN EL Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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TERRITORIO MEC Servicios de orientación dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia:   



Servicios Provinciales de Orientación Escolar y Profesional Equipos multidisciplinarios Departamentos de orientación en los centros de Enseñanza Primaria y Secundaria Equipos Interdisciplinarios de sector

5.2. LOS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS 5.2.1 LOS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA VALENCIANA 5.2.2. LOS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN DE LA COMUNIDAD CANARIA 5.2.3. LOS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA 5.2.4. LOS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN EN EL PAÍS VASCO 5.2.5. LOS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN EN GALICIA 5.2.6. LOS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN EN CATALUÑA

6. BIBLIOGRAFÍA 





RUS ARBOLEDAS, A.: Tutoría, Departamentos Departamentos de Orientación y Equipos de Apoyo. Universidad de Granada, Granada 1.996. CANTÓN MAYO, l.: Orientación Escolar. (Legislación y programación de actividades). Ed. Escuela Española, Madrid 1988. MINISTERIO DE EDUCACIÓN: - La Orientación Educativa y la Intervención Psicopedagógica. 1990. - Orientación y Tutoría. Educación Primaria. 1992. - Orientación y Tutoría. Educación Secundaria. 1992. Enseñanza Secundaria. Especialidad de Psicopedagogía. Autores: Manuel Soto Jiménez y Mª Teresa Soto Hermoso.

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EPOE: Orientación Educativa y Equipos Psicopedagógicos en el estado de las Autonomías: Fundamentos legales, psicopedagógicos psicopedagógicos y organizativos.



Junta de Andalucía. Cádiz, 1988. RODRÍGUEZ, Mª L. y colaboradores. Artículo: Los servicios de orientación  educativa y profesional en España. Barcelona, 1993.

7. ANEXO ADJUNTO GRANADA, marzo 2006

Autores: Manuel Soto Jiménez  Y Mª Teresa Soto Hermoso

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