Tarea.s.4 DT
September 8, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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DERECHO TRIBUTARIO ESPECIAL ACTIVIDAD SEMANA 4 INTEGRANTES CARRILLO BALCAZAR KAREN CHAVEZ RIVERA RIVER A IV IVAN AN GIORDANO HUAMAN ELSA GUIZADO IZQUIERDO LUZ MENDOCILLA BALTAZAR VIAI MUÑOZ ASENCIOS ESTELA QUISPE ROJAS JANETH TRONCOS JULCA GLORIA VERA ARBULU LEONARDO JESUS
a) Juan planea iniciar una empresa agropecuaria a menor escala. ¿Qué régimen tributario del Impuesto a la Renta le sugiere? El régimen tributario del Impuesto a la Renta que le sugeriría a Juan es el Régimen Especial de Renta. Al respecto, el Régimen Especial de Renta está orientado a pequeñas de empresas (Persona Natural o Jurídica) que realicen actividades de comercialización bienes que adquieran o produzcan, así como la prestación de servicios cuyos ingresos netos anuales o compras no superen los S/ 525,000. Ventajas que te ofrece este Régimen Tributario: dos las registros contables: Registro de compras y Registro de ventas. Sólo llevas presentas declaraciones mensuales. Puedes emitir cualquier tipo de comprobante de pago.
b) Juan ha decidido acogerse al Régimen MYPE tributario. ¿Qué obligaciones tributarias formales tiene? -La declaración y pago se realiza mensualmente según el cronograma de la Sunat, mediante el Formulario 621- IGV- Renta Anual, Formulario Virtual Simplificado 621-IGV-Renta Anual y el PDT 621. – Si los ingresos anuales son hasta 300 UIT, los pagos a cuenta mensuales son equivalentes al 1% de sus ingresos. - Cuando superan 300 hasta 1.700 UIT, el pago a cuenta mensual es de acuerdo al coeficiente obtenido o el 1,5% de los ingresos, lo que resulte mayor. Impuesto anual – RMT.- Se considera lo siguiente: – Hasta 15 UIT de ingresos pagan el 10%; más de 15 UIT de ingresos pagan el 29,5% de renta anual. – Los sujetos del RMT determinan su renta neta según las disposiciones previstas para los contribuyentes del Régimen General en el la Ley y en el Reglamento de Impuesto a la Renta. – Las operaciones que realizan los acogidos al RMT están afectos al IGV con la la tasa del 18% y tienen derecho al uso del crédito.
OBLIGACIONES DEL REGIMEN MYPE TRIBUTARIO TIPO DE PERSONA LIMITE DE: INGRESOS ACTIVOS FIJOS Y TRABAJADORES
Naturales y jurídicas jurídicas
Hasta 1,700 UIT (ingresos netos) Sin limite.
TIPO DE COMPROBANTES
Factura, boleta de venta y lo permitido según Ley.
DECLARACIÓN JURADA DE
Renta Neta Anual
RENTA
Hasta 15 UIT Más de 15 UIT
TRIBUTOS MENSUALES
Renta: Pago a cuenta mensual - Hasta 300 UIT de ingresos netos anuales = 1% a los ingresos netos del mes. - Más de 300 UIT a 1700 UIT de ingresos netos anuales = Aplicar al mayor monto un coeficiente o el 1.5% (art. 85° de la Ley del IR) IGV: 18%
LIBROS
Hasta 300 UIT: Registro de ventas, de compras, Libro Diario de formato simplificado. Hasta 500 UIT: Libro Diario Mayor, registro de compras y de ventas.
Tasas
10% 29.50%
Hasta 1700 UIT: Libro de inventarios y balances, Libro Diario Mayor, registro de compras y de ventas.
c) Juan tiene una portotal lo que le consulta si al susRUS? ventas son de S/.1,000 al mes, ¿cuánto debebodega, pagar en por estar acogido Respecto al importe mensual de ventas realizada, Juan se encontraría en la categoría 1, debido que el total de ingresos brutos mensuales es de (hasta s/.5,000) y el Total de adquisiciones cuota mensual del impuesto a pagar mensuales es de 20. es de (hasta s/.5,000,) entonces la En ese sentido, Juan tiene como indica una venta de mil soles como ingreso aun suponiendo el doble en compra, ambos montos no pasan de S/. 5,000 se encontrará en la Categoría 1 y pagará la cuota mensual de S/. 20 por el período correspondiente.
d) Luis ha obtenido pérdidas en el ejercicio 2020, por lo que le consulta si debe aplicar un coeficiente o un porcentaje pre establecido en la Ley del Impuesto a la Renta para realizar su pago a cuenta del Impuesto a la Renta de mayo de 2021, teniendo en cuenta que está en el Régimen General. Debe aplicar ningún coeficiente porque en el ejercicio salió en pérdida. Los pagos a cuenta del ejercicio 2020 se aplicará como saldo a favor en el ejercicio 2021 Cabe señalar que, una de las ventajas que ofrece este Régimen Tributario General es que en caso se tenga pérdidas económicas en un año, se pueden descontar de las utilidades de los años posteriores.
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