Tarea 5 Derecho de Las Personas y Las Familias Der-102

December 8, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS UAPA

Escuela de Ciencias Jurídicas y Políticas CARRERA DERECHO

ASIGNTURA DERCHO DE LAS PERSONAS Y LAS FAMILIAS FAMILIAS

SUSTENTADO POR CARLOS MIGUEL PATIÑO Privado de libertad

MATRÍCULA: 2019-02042

FACILITADOR: MARTHA TORIBIO, M.A.  ACTUALMENTE RECLUIDO EN EL EL PINITO LA VEGA (C-C-R16) República Dominicana 29 DE OCTUBRE DEL (2019)

 

Introducción El estado civil de una persona debe ser inscrito tras su adquisición en el denominado Registro Civil. Las certificaciones o actas que se obtienen en el Registro Civil son gratuitas y necesarias como prueba de los hechos inscritos . Por otro lado existen los elementos de la posesión de estado en la filiación matrimonial y extramatrimonial los cuales son aquellos hechos que crean la apariencia de que una persona tiene un estado determinado. ya sea de la posesión de estado de hijo, de cónyuge o la maternidad y paternidad.  A pesar de que todos los ciudadanos tienen en nuestro país, según la Constitución, los mismos derechos y obligaciones, sin embargo, hay determinadas situaciones o hechos que afectan a la capacidad de las personas, incrementándola o limitándola. El estado civil puede definirse como la situación en la que se encuentra la persona respecto de su capacidad de obrar. Veamos los diferentes estados civiles y sus efectos jurídicos. Las acciones de estado civil tienen por objeto las cuestiones relativas al nacimiento, defunción, matrimonio o nulidad de éste, filiación, reconocimiento, emancipación, tutela, adopción, divorcio y ausencia, o atacar el contenido de las constancias del Registro Civil para que se anulen o rectifiquen. Es la apariencia de ser titular ti tular de un estado civil determinado y consiste en gozar de las ventajas inherentes a dicho estado, así como en soportar las cargas que de él deriven. Aun cuando todos los estados pueden ser poseídos, la única posesión que produce efectos jurídicos es la posesión de los estados familiares.

 

  Objetivo especifico Conocer de la existencia y funciones de Registro del Estado Civil de las Personas de Republica Dominicana.

Desarrollo Se entiende por estado civil a la condición particular que caracteriza a una persona en lo que hace a sus vínculos personales con individuos de otro sexo o de su mismo sexo, con quien creará lazos que serán reconocidos rec onocidos jurídicamente aunque el mismo no sea un pariente o familiar directo. La situación de la persona en derecho privado, especialmente dentro de las relaciones familiares, tal como resulta de los elementos tomados en consideración por el derecho para concederle prerrogativas jurídicas. El Derecho romano hizo girar el estado civil de la persona en torno a tres categorías o situaciones fundamentales: la de libertad, la de ciudadanía y la de familia, como requisitos que, cumplidos, autorizan la plena capacidad, pues sólo el hombre libre, ciudadano y no sometido a ROMANUS sui

MANUS

es apto de plenitud

CIVES

iuris.

En nuestro derecho pueden considerarse como situaciones de estado las siguientes: a) Respecto de la independencia personal, la situaciones de mayoría y minoría normal y con emancipación y habilitación de edad o vida independiente, aptitud plena y las que entrañan defecto de legitimación, incapacidad declarada.

 

Elabora un procedimiento de naturalización de un 1. extranjero en la República Dominicana observando los requisitos y formalidades establecidos por la Ley. EL ESTADO CIVIL

Flores, Fernando y Carvajal, Gustavo 1994, p. 275 expresan que el estado civil comprende las calidades de hijo, padre, esposo, pariente, casado, viudo, mayor de edad, etc. La comprobación de estado se lleva a cabo mediante una institución llamada Registro Civil. Este organismo es un servicio creado por el Poder Público para hacer constar de una manera auténtica todas las circunstancias relacionadas con el estado de la persona física. Para CAPITANT, H. 1930, p. 261, el estado civil es el “conjunto de cualidades inherentes a la

persona, tomadas en consideración por la ley civil para asignar determinados efectos. Como por ejemplo. La nacionalidad, el matrimonio, matr imonio, la filiación, el parentesco consanguí consanguíneo neo o afín, el nombre, el domicilio y la capacidad. El estado civil no es más que la situación de una persona desde el punto de vida de sus derechos y obligaciones. Éste constituye un atributo de la personalidad, MAZEAUD, et al. 1960, p. 28 expresan que el estado civil de una persona es su situación jurídica, su estado jurídico. El estado civil de las personas, en la antigua Roma, podía ser el status LIBERTATIS, que dependía la condición de libre, esclavo; el status CIVITAIS, que dependía de la calidad de ciudadano romano o extranjero, el status FAMILIAE, según el individuo fuera un paterfamilias, una persona sui JURIS o un ALIENI JURIS, es decir, si la persona era dependiente del jefe de la familia o era independiente.

En cambio, en República Dominicana, el ejercicio de los derechos civiles es independiente de la cualidad de CIUDADAN, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 del Código Civil de la República Dominicana. El extranjero disfrutará en la República de los mismos derechos civiles que los concedidos a los dominicanos por los tratados de la l a nación a la que el extranjero pertenezca es lo dispuesto en el artículo 11 del citado código en cuanto a los derechos de los extranjeros.

 

 

EL ESTADO CIVIL Y LA CAPACIDAD C APACIDAD

Mediante el estado civil de las personas se determina la capacidad de goce de sus derechos, la capacidad de obrar en la actualidad no depende del estado civil. Las personas jurídicas naturales y el derecho familiar 125 Con anterioridad a la fecha 18 de diciembre de 1940, la mujer era considerada incapaz para ejercer sus derechos, lo que fue justificado debido a la supuesta debilidad de su sexo. La mujer casada podía realizar ciertos actos jurídicos si contaba con el consentimiento de su esposo. De ahí que debido al estado civil de casada se reforzaba aún más la incapacidad de la mujer.  A partir de la Ley 390 del 18 de diciembre de 1940 la mujer adqui adquirió rió capacidad civil de ejercer sus derechos civiles igual que el hombre, aunque el marido continuaba siendo el único jefe de la familia y como consecuencia tenía la patria potestad sobre los hijos comunes de éstos, la autoridad la mujer, además seguía siendo el único administrador de los bienes de la comunidadsobre matrimonial. Sin embargo, en el año 1978, con la Ley 855 se concedió a la mujer autoridad sobre sus hijos, de manera compartida con su marido. Pero, el marido continuaba actuando como cabeza de familia al continuar siendo el único administrador de los bienes de la comunidad matrimonial y podía disponer de dichos bienes sin consentimiento de la esposa; situación ésta que duró hasta el año 2001, cuando mediante la entrada en vigencia de la Ley 189-01, del 22 de noviembre del indicado año, se estableció que la mujer también era administradora de los bienes de la comunidad, y que para disponer de éstos debía ser con el consentimiento de ambos cónyuges. En cuanto a la capacidad de goce resultante del estado familiar, en virtud de la filiación está permitido al hijo reclamar la sucesión de su causahabiente, o reclamar los derechos de alimentación. Sin embargo, de pese que existade la capacidad de permitirá ciertos derechos, la existencia la acapacidad obrar, quede esgozar lo que al titulares depreciso dichosdeterminar derechos hacerlos valer, para determinarla se consideran algunos elementos como la edad y las facultades mentales.

 

CARACTERÍSTICAS CARACTERÍSTICA S DEL ESTADO CIVIL DE LA PERSONA

 

Según lo expuesto por MAZEAUD, et al. (1960, p. 33), el estado civil de las personas consta de los siguientes caracteres: a) Indivisibilidad. b) Inalienabilidad. 126 | El Estado Civil c) Imprescriptibilidad. d) Es susceptible de posesión. El carácter de indivisible consiste en que solo se puede tener un estado civil, por lo tanto no se puede ser dominicano y a la vez extranjero, independientemente de que se haya adquirido la doble nacionalidad. En cuanto a la inalienabilidad, se refiere a que el estado civil es enajenable o intransferible, es decir, no se puede disponer de él; por ejemplo, no se puede vender, donar ni arrendar. La imprescriptibilidad del estado civil consiste en que no se pierde ni se adquiere debido al transcurso del tiempo. Por último, el carácter de ser susceptible de posesión se refiere a que puede poseerse un estado civil que no está avalado por ningún documento, cuando existen los hechos que indiquen que existe una relación de filiación o de parentesco entre un individuo y una determinada familia a la que se dice y se pretende pertenecer

LA POSESIÓN DE ESTADO

La posesión de estado, según CAPITANT, H. (1930, p. 434) es el “conjunto de hechos probatorios de que una persona tiene efectivamente la filiación legítima que aparenta tener...”  Es decir, la posesión de estado son los hechos que aunque no estén avalados por alguna documentación oficial, sirven para comprobar que se dan los elementos para considerar una situación o estado poseído por su aparente titular.

 

 

EL PAPEL DE LA POSESIÓN DE ESTADO EN EL ESTADO CIVIL

El papel de la posesión de estado es servir como prueba para demostrar la situación jurídica de una persona. Según MAZEAUD, et al. (1960, p. 35) “la posesión de u n estado no puede llevar, pues, a adquirir ese estado. Pero representa un importante papel en el terreno de la prueba.”   Se considera que el poseedor de un estado es su titular; generalmente la persona que lo posee tiene dicha facultad. “La posesión de estado constituye una presunción de la realidad del estado civil.”  Las personas jurídicas naturales y el derecho familiar | 127 En tal sentido, el artículo 321 del Código Civil de la República Dominicana establece: “La posesión

de estado se justifica por el concurso suficiente de hechos que indiquen la relación de filiación y parentesco entre un individuo y la familia a la que pretende pertenecer…”

LOS ELEMENTOS DE LA POSESIÓN DE ESTADO

Los elementos de la posesión de estado se deducen del párrafo del artículo 321, según el cual los principales hechos que se deben presentar para comprobar la filiación son: a) Que el individuo haya usado siempre el apellido del que se supone su padre; b) Que éste le haya tratado como a hijo, ssuministrándole uministrándole en este concepto lo necesario para su educación, mantenimiento y colocación; c) Que en público haya sido conocido constantemente constantemente como hijo; d) Que haya tenido el mismo concepto para la familia.

 

  Que el individuo haya usado siempre el apellido del que se supone su padre. Elementos Que éste le haya tratado como a hijo.

de la Posesión de estado

Que en público haya sido conocido constantemente como hijo. Que haya tenido el mismo concepto para la familia.

LAS ACCIONES DEL ESTADO CIVIL

La acciónya desea estado es la queunbusca establecer o modificar la situación jurídica de una persona, reclamando estado, anulándolo o indagándolo.  A fin de lograr la protección del estado civil la persona se pueden interponer ciertas acciones del estado, las cuales se someten para defenderlos derechos de sus titulares.  Algunas de estas acciones persiguen el reconocimiento de la existencia de un determinado estado civil. Las acciones del estado civil relativas a la filiación de las personas pueden ser acciones de reconocimiento; acciones de desconocimiento o acciones de modificación de estado. Las acciones de reconocimiento de estado persigue que se admita o reconozca una situación determinada, las acciones de desconocimiento de estado buscan que se desconozca una situación aparente que existente con anterioridad; las acciones de modificación de estado persiguen modificar un estado civil anterior

Las  Acciones

Reconocimiento de estado Desconocimiento de estado

de Estado Modificación de estado

 

  EL OFICIAL DEL ESTADO CIVIL

Estado civil Condición de una persona según el registro civil en función de si tiene o no pareja y su situación legal respecto a esto. Conjunto de las circunstancias personales que determinan los derechos y obligaciones de las personas

Las Funciones del Oficial del Estado Civil de acuerdo con el Art. 6 Ley No. 659/44 a) Recibir e instrumentar todo acto concerniente al Estado Civil. b) Custodiar y conservar los registros y cualquier documento en relación con los mismos. c) Expedir copias de las actas del Estado Civil y de cualquier otro documento que se encuentre en su archivo. d) Expedir los extractos y certificados de los actos relativos al Estado Civil. e) Velar por el buen desarrollo de los servicios. f) Velar por la buena marcha de las delegaciones a su cargo

 

  Las Actas del Estado Civil. Utilidad, Requisitos legales, Enunciaciones y Rectificaciones.

La ley 659 es la que reglamenta lo que tiene que ver con las actas del estado civil. Esa ley por ningún lado lado habla de lo que que son las ac actas tas del estado civil, no contiene un concepto elaborado.

Las actas del estado civil son los actos o actas redactados en los registros que son conservados por los oficiales del estado civil, en los cuales se mencionan acontecimientos que tienen influencia sobre el estado de las personas.

la Ley Orgánica del Derecho de Rectificación de 1984 que lo regula fue concebida precisamente como un mecanismo de contrapeso para corregir la manifiesta asimetría que se produce entre el gran poder de los medios y la escasa capacidad de incidir sobre ellos de quienes pueden verse afectados por una información.

 

  LA NACIONALIDAD.

La nacionalidad es una situación social, cultural y espacial en la que influyen numerosos elementos que definen el escenario político y organizacional de un grupo determinado de personas. Por ser la nacionalidad un hecho social, no puede ser estudiado como un concepto aislado, y no puede entenderse de manera unilateral, por lo que requiere ser entrelazada con

DOBLE NACIONALIDAD

La doble ciudadanía es la condición de ser ciudadano de dos naciones; también es llamada doble nacionalidad, siendo este estatus más común que el de nacionalidad múltiple. El derecho internacional no prohíbe a ninguna persona tener doble o múltiple ciudadanía

 

  Naturalización

Concepto La naturalización es el proceso por medio del cual se otorga la ciudadanía estadounidense a un ciudadano extranjero después que este haya cumplido con los requisitos establecidos por el Congreso de los Estados Unidos en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés).



Ordinaria: Es la que se formula mediante declaraciones expresa, o más bien por voluntad, por las personas que reúnen determinadas condiciones contempladas por la ley (tiempo de residencia, posesión de bienes, matrimonio con un nacional, hijos nacidos en el territorio nacional etc.





Individual: Es cuando opera en virtud de solicitud expresa del interesado. Privilegiada: Es la que otorga el presidente por decreto, a aquellos extranjeros que a su juicio sean merecedores de la dispensa, por haber prestado servicios a la Republica Art. 18 ley 1683 sobre naturalización.

 

  La ciudadanía. Derechos, Pérdida y Suspensión.

Son derechos de ciudadanas y ciudadanos: 1) Elegir y ser elegibles para los cargos que establece la presente Constitución; 2) Decidir sobre los asuntos que se les propongan mediante referendo; 3) Ejercer el derecho de iniciativa popular, legislativa y municipal, en las condiciones fijadas por esta Constitución y las leyes; 4) Formular peticiones a los poderes públicos para solicitar medidas de interés público y obtener respuesta de las autoridades en el término establecido por las leyes que se dicten al respecto; 5) Denunciar las faltas cometidas por los funcionarios públicos en el desem eño d de e su su cca ar o.

Pérdida de los derechos de ciudadanía. Los derechos de ciudadanía se pierden por condenación irrevocable en los casos de traición, espionaje, conspiración; así como por tomar las armas y por prestar ayuda o participar en atentados o daños deliberados contra los

Suspensión de los derechos de ciudadanía. Los derechos de ciudadanía se suspenden en los casos de: 1) Condenación irrevocable a pena criminal, hasta el término de la misma; 2) Interdicción judicial legalmente pronunciada, mientras ésta dure; 3) Aceptación en territorio dominicano de cargos o funciones públicas de un gobierno o Estado extranjero sin previa autorización del Poder Ejecutivo; 4) Violación a las condiciones en que la naturalización fue otorgada.

 

Conclusión Es evidente que el hecho posesorio concebido como el supuesto de las consecuencias jurídicas posesorias, es un hecho y no un derecho subjetivo. En cambio, las consecuencias jurídicas posesorias implican la atribución al poseedor de un conjunto de facultades de modo que no puede menos de reconocérseles el carácter de un derecho subjetivo. Se llaman elementos de la posesión de estado a todos aquellos hechos que crean la apariencia de que una persona per sona tiene un estado civil determinado. Metodológicamente esta investigación se realiza a partir del método bibliográfico, analizando las diversas informaciones obtenidas. El cual contiene una hoja de presentación, índice, introducción, planteamiento del problema, objetivos generales y específicos, desarrollo, conclusión y bibliografía.

 

 

Bibliografía https://www.conceptosjuridicos.com/estado-civil/   https://www.conceptosjuridicos.com/estado-civil/ https://www.monografias.com/trabajos87/posesion-estado/posesionestado.shtml   estado.shtml http://juiciocivil.com/orden-civil/el-estado-civil-y-la-capacidad-juridica-y-lacapacidad-de-obrar/   capacidad-de-obrar/ http://www.diccionariojuridico.mx/definicion/acciones-de-estado-civil/   http://www.diccionariojuridico.mx/definicion/acciones-de-estado-civil/ http://www.enciclopedia-juridica.com/d/estado-de-alarma/estado-de-alarma.htm  http://www.enciclopedia-juridica.com/d/estado-de-alarma/estado-de-alarma.htm  https://daduye.blogspot.com/2010/11/cuales-son-las-funciones-del-oficial.html  http://trimestral.uapa.edu.do/pluginfile.php/1143714/mod_resource/content/1/Pe rsonas%20juri%CC%81dicas%20naturales%20cap.%207.pdf   https://www.monografias.com/trabajos91/nacionalidad-republicadominicana/nacionalidad-republica-dominicana.shtml  https://www.monografias.com/trabajos91/fuentes-derecho-internacionalprivado/fuentes-derecho-internacional-privado.shtml   privado/fuentes-derecho-internacional-privado.shtml

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