Tarea 2

January 29, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Sustentante: Belkis Berenice Díaz Facilitador: Juan Manuel Garrido Campillo

Asignatura: Derecho Internacional Publico

 

Introducción En la sigu siguie ient nte e pres presen enta taci ción ón tr trat atar arem emos os so sobr bre e lo los s su suje jeto tos s de dell Dere Derech cho o Intern Int ernaci aciona onall Púb Públic lico o y est este e no es má más s que que,, la ram rama a de dell derech derecho o pú públi blico co exterior que estudia y regula el comportamiento de los Estados y otros sujetos internacionales, Se consideran sujetos del Derecho Internacional a los entes que tienen capacidad para ser titulares de derechos y deberes internacionales, esto a su vez quiere quiere decir qu que e son aquel aquellos los a los que se dirige dirigen n las normas que tienen por objeto tales derechos y deberes, entre los sujetos del mismo pod odem emo os de des sta tac car a: Los Est sta ados na nac cio iona nale les s, La Las s Or Org gan aniz izac acio ion nes Internacionales de mediación y acuerdo internacional, como la Organización de las Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo, la comunidad beligerante y los movimientos de liberación nacional. Es importante tener pendiente que el derecho internacional público no busca tener autonomía en los demás países, mas bien su fin fi n es ser un complemento.

 

Objetivo Conocer cuáles son los sujetos de derechos internacional, concepto y características

 

Un ensayo donde se destaquen los sujetos del Derecho Internacional, resaltando su concepto y características.

SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO  Para iniciar vamos hacerlo definiendo algunos elementos que son propios de los sujetos del derecho internacional y estos son la nación: jurídicamente está organ org aniza izada, da, for forma mando ndo un cue cuerpo rpo po políti lítico, co, un go gobie bierno rno,, un una a autori autoridad dad con imperio y jurisdicción suficiente para mantener la unión y el orden entre todos. Mientras que el Estado tiene la personalidad jurídica internacional natural y originaria, esto es sin tomar en cuenta que, algunas teorías han intentado negar su personería. Pienso que en realidad el Estado goza de capacidad  jurídica internacional para para hacer diferentes activida actividades des que beneficien a este. El ter territ ritori orio o aba abarca rca el con contin tinent ental, al, agu aguas as int interi eriore ores, s, bah bahías ías y go golfo lfos, s, mar  territorial y espacio aéreo. Tamb También ién deben incluirse la zona contigua y la zona econó ec onómic mica a exc exclus lusiva iva,, qu que, e, sin emb embarg argo, o, no son par parte te del ter territ ritorio orio.. Se ha aceptado la idea que un Estado no tenga sus fronteras claramente delimitadas. Entiendo que debe ser lo contrario, todo Estado debe limitar claramente sus propiedades ya que esto garantizar la paz internacional y nacional. Población: Comprende todos los habitantes, incluso los extranjeros. Para el Derecho Internacional es irrelevante la relación nación- población, porque en un mismo Estado pueden coexistir varias naciones. Esto es gracias al turismo internacional. Gobierno: Para el Derech Gobierno: Derecho o Internac Internaciona ionall es irrele irrelevant vante e la estru estructura ctura inte interna rna que adopte un gobierno, vale decir, las interrelaciones entre sus órganos, no obstante que, en principio, no debería aceptar los gobiernos no democráticos. Lo importante es que posea un control interno efectivo que lo habilite para obligarse internacionalmente. Debido a que a veces puede ser difícil verificar  este es te co cont ntro rol, l, co comú múnm nmen ente te es pres presum umid ido. o. Un ca caso so clar claro o al re resp spec ecto to so son n aquellos países que se han librado de una colonización. A ellos prácticamente no se les exige, ya que lo que se busca es la autodeterminación de los pueblos. Soberanía: Es el elemento distintivo que el Derecho Internacional utiliza para considerar a un Estado como tal. En virtud de ella un Estado se encuentra directamente sometido al Derecho Internacional. Así, pueden existir entes que posean población, territorio y gobierno, pero que, al carecer de soberanía, no son considerados sujetos de Derecho Internacional. Es fun fundam damen entar tar par para a est esta a pre prese senta ntació ción n hab hablar lar so sobre bre las org organi anizac zacion iones es Internacionales ya que ellas son las partes más importantes. Estas so Estas son n ent entida idades des int interg ergube uberna rnamen mental tales, es, est establ ablec ecida idas s po porr un acu acuerd erdo o intern int ernac acion ional al dot dotad adas as de órg órgan anos os per perma manen nentes tes pro propio pios s e ind indepe epend ndien ientes tes enc encarg argad ados os de distinta ges gestio tionar nar intere ses miembros co colec lectiv tivos os y cap capace aces s de exp expres resar ar un una a voluntad jurídica de int la ereses de sus

 

Requisitos que requiere la Corte Internacional de Justicia, según el fallo Folk Fo lke e de Be Bern rnad adot otte te pa para ra co cons nsid ider erar ar co como mo ta tall a un una a Or Orga gani niza zaci ción ón Internacional: La ne nece cesi sida dad d de po pose seer er pe pers rson oner ería ía jurí jurídi dica ca in inte tern rnac acio iona nall para para qu que e la organización pudiera cumplir sus cometidos. La existencia de órganos a los que se les ha encomendado el cumplimiento de tareas específicas. La existencia de obligaciones de los miembros con respecto a la organización. Ej. realización de aportes económicos. La posesión de capacidad jurídica, privilegios e inmunidades en el territorio de sus miembros. La posibilidad de que la organización celebre acuerdos con sus miembros. La comunidad Beligerante La comunidad beligerante que ha sido reconocida, posee ciertos derechos y obligaciones emanados del orden jurídico internacional, como, por ejemplo, la posibilidad de instruir bloqueos tomar presas, cobro de impuestos, etc.  Esto evidencia que la comunidad beligerante posee el carácter de un sujeto de Derecho internacional ejerciendo supremacía de hecho en el territorio bajo su control. Como obligaciones puede decirse que debe comportarse de acuerdo al DIP en lo que se refiere al uso de la violencia, etc. Es un grupo rebelde que tiene poder efectivo dentro de un ámbito determinado que ejerce jurisdicción Para que una comunidad beligerante sea reconocida como sujeto de Derecho internacional Público, de acuerdo a las normas internacionales debe reunir los siguientes requisitos: Que el movimiento beligerante revista importancia y continuidad. Debe tratarse de un movim movimiento iento auténtica auténticament mente e naci nacional, onal, no admit admitiénd iéndose ose injerencia extranjera. El lev levant antami amient ento o de los bel belige igeran rantes tes deb debe e est estar ar reg regido ido po porr las nor normas mas y costumbre de guerra, respetándose el Derecho humanitario, Convención de Ginebra, etc.

 

La persona física, el individuo El individuo es un sujeto pasivo del Derecho internacional ya que solo recibe de él derechos y obligaciones, No puede ser sujeto del Derecho internacional porque carece de capacidad para celebrar Tratados y no tiene legitimación para acudir ante los Tribunales Internacionales para hacer valer sus derechos. Todos los individuos gozan de derechos que la comunidad Internacional debe respetar, al margen si existen Tratados Internacionales o no que obliguen a ello, es decir son derechos inherentes al ser humano como el derecho a la vida, a no ser esclavizado, a la no discriminación. Estos derechos están contenidos en un conjunto de instrumentos jurídicos Internacionales de carácter universal, por ejemplo: La Declaración Universal de los DD. HH de 1948. Jiménez de Aréchaga expresa que se debe tratar la subjetividad Internacional del individuo analizando por un lado los derechos y por otro los deberes, ósea un complemento. En la Práctica Internacional podemos ver que el ser humano puede ser titular  de deberes y obligaciones jurídicas impuestas por el D.I, donde se sanciona directamente al individuo, lo que se denomina subjetividad Internacional pasiva, podemos citar un ejemplo de esto y es que mayormente cuando una persona es culpable de trasportar sustancias controlada de un país a otro entonces hay entra la subjetividad jurídica en el individuo.

 

Conclusión  Al finalizar este ensayo pude acumular nuevos conocimientos sobre los sujetos del Derecho internacional Público, como vimos en el desarrollo de este trabajo de inve investiga stigación ción,, los sujet sujetos os de derec derecho ho intern internacion acional al públ público ico son aque aquellos llos entes con capacidad jurídica internacional para contraer obligaciones y exigir  derechos derech os y po poder derlos los rec reclam lamar ar por med medio io del ius sta standi ndi ant ante e los trib tribuna unales les internacionales.   Hace poco únicamente los Estados eran sujetos del derecho internacional, pero per o de debid bido o a la int interd erdep epend endenc encia ia de los Est Estado ados, s, al sur surgim gimien iento to de las organizaciones internacionales y la influencia del derecho internacional en los individuos. Como estudiante de derecho es imprescindible conocer todo lo relacionado con la ev evol oluc ució ión n de dell de dere rech cho o tant tanto o loca locall co como mo in inte tern rnac acio iona nal, l, es esto to ha hace ce qu que e podamos dar respuesta a las inquietudes de los clientes. Es fundamental continuar profundizando el estudio del tema en cuestión para obtener mayor conocimiento y adquirir nuevas competencias competencias..

 

Bibliografia https://elibro.net/es/ereader/uapa/43845?fs_q=D pa/43845?fs_q=Derecho__internacio erecho__internacional__p nal__p https://elibro.net/es/ereader/ua %C3%BAblico&prev

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