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PRESTACIONES SOCIALES SECTOR CONSTRUCCION TALLERES DATALAING 2003 / 2004
TERMINOLOGIA LABORAL BASICA: Ley Orgánica del Trabajo (LOT): marco jurídico que rige las situaciones y relaciones jurídicas derivadas del trabajo como hecho social (Gaceta No. 5152 del 19-06-97).
Convención Colectiva (CCTIC): acuerdo laboral (Laudo 2001-2003) suscrito entre los Patronos, representados por la Cámara de la Construcción y los trabajadores de la construcción representados por el Sindicado del Sector.
TERMINOLOGIA LABORAL BASICA: Tabulador: Tabla de salarios básicos vigentes (Anexo a la Convención Colectiva) Salario: Artículo 133 LOT: “Se entiende por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, que corresponda al trabajador por la prestación de su servicio y entre otros, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extras o trabajo nocturno, alimentación y vivienda”.
TERMINOLOGIA LABORAL BASICA: Salario Normal: Es el salario devengado en la semana respectiva o en el mes anterior. Se calcula utilizando la Tabla de Salarios Mínimos del Tabulador de la Construcción, que aparece en el Contrato Colectivo de la Construcción, o de ser el caso, en el Tabulador Unico de Nómina Diaria de la Convención Colectiva Petrolera.
Salario Base, Básico u Ordinario: Salario fijo devengado diariamente por el trabajador de conformidad con lo indicado en el tabulador.
TERMINOLOGIA LABORAL BASICA: MANO DE OBRA EN LA CONSTRUCCION:
Mano de Obra: es el costo del trabajo manual que se requiere para la ejecución de una tarea en la construcción, la misma figura en todas las actividades (partidas) de una obra. Oficio: identificación establecida en la Convención Colectiva, según el tabulador, lo cual está acorde con la denominación, especialización o calificación de los trabajadores de la Construcción. Denominación: es el rango o tipo del trabajador, según sus calificación, ejemplo: Obrero de Primera.
TERMINOLOGIA LABORAL BASICA: EJEMPLO DE “DENOMINACION DE OFICIOS Y DESCRIPCION DE TAREAS (CCTIC)” OFICIO NÚMERO: 1-1.
DENOMINACION: Obrero de Primera
GRADO DE INSTRUCCION RECOMENDABLE: Saber leer y escribir EXPERIENCIA REQUERIDA: Ninguna CONOCIMIENTOS: • Identificar el nombre de las herramientas e implementos más usuales en las construcciones • Conocer el nombre de cada material y los elementos más importantes de las obras. TAREAS TIPICAS: • Excavar con el pico y la pala o con otras herramientas, siguiendo el nivel y los alineamientos que se le indiquen • Cargar y movilizar carretillas con los materiales para la preparación del concreto; esta operación incluye el pesaje de la carretilla cargada en la balanza dosificadora • Separar las piedras demasiado grandes del material de relleno en los terraplenes o engranzonados • Romper pavimentos y excavar en roca con martillo neumático • En general toda labor que requiera un esfuerzo físico acompañado de un discernimiento elemental.
TERMINOLOGIA LABORAL BASICA: Contrato de Trabajo: (Artículo 67-LOT): El contrato de trabajo es aquel mediante el cual una persona se obliga a prestar servicios a otra bajo su dependencia y mediante una remuneración. Artículo 68. El contrato de trabajo obligará a lo expresamente pactado y a las consecuencias que de él se deriven según la Ley, la costumbre, el uso local y la equidad. Artículo 70. El contrato de trabajo se hará preferentemente por escrito, sin perjuicio de que pueda probarse su existencia en caso de celebrarse en forma oral.
TERMINOLOGIA LABORAL BASICA: Contrato de trabajo a tiempo Indeterminado, Artículo 73-LOT:
El contrato de trabajo se considerará celebrado por tiempo indeterminado cuando no aparezca expresada la voluntad de las partes, en forma inequívoca, de vincularse sólo con ocasión de una obra determinada o por tiempo determinado. Contrato de trabajo a tiempo determinado, (Artículo 74-LOT):
El contrato celebrado por tiempo determinado concluirá por la expiración del término convenido y no perderá su condición específica cuando fuese objeto de una prórroga.
TERMINOLOGIA LABORAL BASICA: Contrato de Trabajo para una Obra, de acuerdo al Artículo 75 LOT (A Tiempo determinado): El contrato para una obra determinada deberá expresar con toda precisión la obra a ejecutar por el trabajador. El contrato durará por todo el tiempo requerido para la ejecución de la obra y terminará con la conclusión de la misma. Se considerará que la obra ha concluido cuando ha finalizado la parte que corresponde al trabajador dentro de la totalidad proyectada por el patrono En la industria de la construcción, la naturaleza de los contratos para una obra determinada no se desvirtúa, sea cual fuere el número sucesivo de ellos.
TERMINOLOGIA LABORAL BASICA: Contrato de Trabajo para una Obra o Actividad específica (Aplicando la LOT): Es un contrato de Obra tal como se indica anteriormente, pero se debe definir en el contrato la actividad a cumplir (Para ser más específico con la determinación del tiempo y el objeto). Ejemplo de actividades: Pintura en la Obra “A”, Friso de 400 m2 en la obra “X”, etc. Artículo 59: “En caso de conflicto de leyes, prevalecerán las del Trabajo.......Si hubiera dudas en la aplicación de una determinada Norma, se aplicará la más favorable al trabajador....”
TERMINOLOGIA BASICA: Contrato de Obras definido en el Artículo 1630 del Código Civil: “es aquel mediante el cual una parte se compromete a ejecutar determinado trabajo, por si solo o bajo su dirección, mediante un precio que la otra se obliga a satisfacer”. Para poder llevar un contrato al ámbito del Código de Comercio, es recomendable que la contratación se haga entre personas Jurídicas (Firmas personales, empresas, asociaciones, etc.), es decir que en el contrato se identifiquen con RIF cada una de las partes. El Código de Comercio en su Artículo 4 establece “Los simples trabajos manuales de los obreros ejecutados individualmente, ya sea por cuenta propia o en servicio de algunas de las empresas o establecimientos enumerados en el Artículo 2 (Las empresas Constructoras son una de ellas), no constituyen acto de comercio.
Horario de Trabajo en la Construcción Jornada Máxima de trabajo (Art. 195 de la LOT): DIURNA: 8 horas diarias – 44 horas Semanales Jornada: la cumplida entre las 5 am y las 7 pm NOCTURNA: 7 Horas diarias – 40 Horas semanales Jornada: la cumplida entre las 7 am y las 7 pm MIXTA: 7 ½ Horas – 42 Horas Semanales Jornada: las horas nocturnas no deben exceder de 4 hrs de la Jornada Horario Diurno Generalizado en la Construcción (44 horas semanales) 1er. Horario de ejemplo:
LUNES a JUEVES: 7 am a 12 m y de 1 pm a 5 pm (9 horas diarias para no trabajar el sábado) = 36 Horas VIERNES: 7 am a 12 m y de 1 pm a 4 pm (8 horas) Puede variar pero respetando las 44 horas máximas 2do. Horario: de Lunes a Sábado (No recomendado trabajar los sábados, a menos que sea necesario, en cuyo caso se debe prever las faltas de algunos trabajadores)
LUNES a VIERNES: SABADO:
7 am a 12 m de 1 pm a 4 pm (8 Hr diarias = 40 Horas) 8 am a 12 m (4 horas)
PRINCIPALES FACTORES INCIDENTES EN LOS COSTOS LABORALES ADICIONALES AL SALARIO (PRESTACIONES)
CONVENCION COLECTIVACCTIC 2001-2003 (HASTA INCIO DE 2004)
Avalada por el Ministerio del Trabajo y tiene rango Legal de acuerdo a la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), siendo publicado el último laudo (2001-2003) en la Gaceta Oficial No. 37.265 del 21-8-2001: otorga beneficios y pagos que deben cubrir los patronos (Permanece vigente hasta que se apruebe uno nuevo, generalmente dentro de los 6 meses después de vencido) NOTA: LA VEREMOS SEPARADAMENTE
a.-Cotizaciones al Seguro Social Obligatorio (IVSS):
Art. 66. Ley del Seguro Social Obligatorio: “ La cotización será, ….de un 11% del salario…para las empresas clasificadas en el riesgo mínimo; 12% para las de riesgo medio y 13 % para las clasificadas en riesgo máximo. El reglamento definirá la distribución de las empresas entre los diferentes riesgos contemplados en este artículo”
b.- IVSS para Cubrir Invalidez b.- Cotizaciones al IVSS para cubrir Invalidez, Incapacidad Parcial, Vejez, Muerte y Nupcias: la cotización para el patrono será del 4% y el trabajador aportará el 2% para un total del 6% Articulo 49 de la Ley del Seguro Social y al Artículo 110 del Reglamento General de la Ley del Seguro Social (Gaceta No. 2.814 del 25-02-93)
Otras leyes sociales Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral (LOSSSI) La Asamblea Nacional aprobó el 0612-2002 la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral (LOSSSI) (Sustituirá al actual régimen de beneficios sociales para los trabajadores)
c.- Cotizaciones por el Paro Forzoso: Art. 17. Reglamento de Contingencia de Paro Forzoso (Gaceta 5.392 del 22-10-99)
“ La cotización será el 2,50 % del salario …....., el patrono aportará el 80% del 2,5% (Equivale a 2%) y el trabajador el 20% restante (0,50 %).
d.- Cotizaciones al INCE Art. 10. Ley del I.N.C.E. (Según Gaceta Oficial No. 34.563 del 28-09-90):
“Una contribución de los patronos, equivalente al dos por ciento (2%) del total de los sueldos, salarios, jornadas y remuneraciones de cualquier especie, pagados al personal……..
e.- Ley de Política Habitacional: Art. 19. Ley de Política Habitacional (Gaceta No. 37.066 del 30-10-2000)
“El aporte de los empleados y obreros será del uno por ciento (1%) de su remuneración mensual básica y el de los empleadores o patronos del dos por ciento (2%) del monto erogado por igual concepto”
ANTECEDENTES AL CONCEPTO DE PRESTACIONES:
Generalmente los Contratantes le han ofrecido a los contratistas, una estimación (%) fundamentada en una obra con un período anual de ejecución, de características estandarizadas y tipificadas, donde la mayoría de las Cláusulas que lo determinan, encajan cómodamente para ése tiempo de ejecución y por ende, es más fácil su obtención.
COSTUMBRES……. Generalmente los constructores y principalmente, las Instituciones Públicas, por costumbre, usan el factor como si fuese una Constante Fija para todas las Obras de Construcción, con el problema que todas ellas:
Con el problema que todas ellas: NO tienen el mismo tiempo de duración (Lapso), NO tienen la misma cantidad de trabajadores, NO se realizan en la misma localidad, NO se ejecutan en un sólo turno de trabajo, NO tienen las mismas condiciones climáticas, NO todas son urbanas
Factor de Prestaciones Sociales (FPS) Valor numérico establecido en forma porcentual que representa los costos adicionales al salario de los trabajadores que intervienen en una obra, causados al Constructor por reivindicaciones sociales legítimamente alcanzadas por los trabajadores, bien sea a través de la Ley del Trabajo, demás Leyes y Reglamentos Nacionales o Regionales aplicables, a través de las Convenciones Colectivas suscrita entre Patronos, Sindicatos y trabajadores asociados o acuerdos particulares Trabajador / Patrono.
% DE PRETACIONES SOCIALES QUE SERA ESO?????
Fórmula General para calcular el FCAS Simplificando la anterior fórmula, esta quedaría: DIAS TOTALES PAGADOS F.C.A.S. = ------------------------------------------------------DIAS EFECTIVAMENTE TRABAJADOS
- 1
Expresado en porcentaje se denomina Factor de Prestaciones:
F.P.S. (%) =
DIAS TOTALES PAGADOS ---------------------------------------------------- - 1
X 100
DIAS EFECTIVAMENTE TRABAJADOS
FPS= FACTOR DE PRESTACIONES EN % FCAS= FACTOR DE COSTOS ASOCIADOS AL SALARIO
Fórmula General para calcular el FCAS Para su obtención se divide el número total de salarios devengados durante el tiempo de ejecución de la obra, entre los días de trabajo efectivos realizados en el mismo período. DIAS CONTRATADOS + DIAS PAG. ADICIONALES F.C.A.S.=
-1 DIAS CONTRATADOS - DIAS NO TABAJADOS
DIAS TOTALES PAGADOS = DIAS CONTRATADOS + DIAS PAGADOS ADICIONALES DIAS EFECT. TRABAJADOS = DIAS CONTRATADOS – DIAS NO TRABAJADOS Nota: Los días contratados equivalen al lapso de la obra (Tiempo calendario)
Cada obra tiene su Propio Factor: Merece ser estimado por el costo directo que representa. Se deberían dejar estas arraigadas costumbres y sustituirlos por la buena práctica: conocer de antemano, el costo social que generará la obra, en función de la diversidad de variables que lo influyen, logrando una oferta o licitación más objetiva .....
... y si el factor se lo imponen (190%), Podrá saber, si lo beneficia o no y buscar oportunamente, soluciones o alternativas con las otras variables que participan en los costos de construcción y evitarse así males mayores. ! Otra vez pa’ la paila ¡
CONCLUSIONES * RECOMENDACIONES No existe un FCAS fijo para todas las obras. Si lo imponen, verifique si le conviene o no. Un presupuesto es un pronóstico de costos, donde se manejan muchas “suposiciones” que pueden no suceder, trate de no abusar en lo conservador. Al preparar una licitación o presupuesto, conozca el rango de valores de su factor, esto le permitirá decidir y optimizar la oferta.
GRACIAS POR SU ATENCION
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