SUNAT

May 13, 2019 | Author: angel6459 | Category: Customs, Taxes, Government, Política, Economies
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INTRODUCCION La Superintende Superintendencia ncia Nacional Nacional de Administr Administración ación Tributaria ributaria (SUNA (SUNAT) en sus orígenes, surge como la necesidad de cobrar tributos para el estado y mecanizar las tareas más repetitias y costosas propias del estado y con este ob!etio aparecieron los primeros sistemas de cobranza" #on el aance de la tecnología se $a $ec$o más %ácil el modo de administrar y cobrar los tributos" La SUNAT como bien su nombre mismo lo dice es a&uella entidad del estado &ue está encargada de cobrar y administrar los tributos" Tambi'n es el encargado de scalizar el correctamente el %uncionamiento de las empresas ya sean pblicas o priadas"

INDICE

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SUNAT)

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) es una entidad de la administración pblica peruana  adscrita %uncionalmente al 1inisterio de /conomía y 6inanzas, &ue mantiene autonomía económica, administratia, nanciera, %uncional y t'cnica" Su principal %unción es la administración, scalización y recaudación de los tributos internos cuyo su!eto tributario actio es el gobierno central peruano" Adicionalmente y desde la absorción de la Superintendencia Nacional de Aduanas ? A-UANAS, tambi'n se encarga de la administración y recaudación de los tributos aduaneros &ue percibe el estado peruano"

FINALIDAD La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria con las %acultades y prerrogatias &ue le son propias en su calidad de administración tributaria y aduanera" Su nalidad es a) Administrar, scalizar y recaudar los tributos internos, con e@cepción de los municipales, y desarrollar las mismas %unciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (/SSALU-) y a la cina de Normalización 2reisional (N2), a las &ue $ace re%erencia la norma ** del Título 2reliminar del Te@to nico rdenado del #ódigo Tributario y, %acultatiamente, respecto tambi'n de obligaciones no tributarias de /SSALU- y de la N2, de acuerdo a lo &ue por conenios interinstitucionales se establezca" b) Administrar y controlar el tráco internacional de mercancías dentro del territorio aduanero y recaudar los tributos aplicables con%orme a ley" c) 6acilitar las actiidades económicas de comercio e@terior, así como inspeccionar el tráco internacional de personas y medios de transporte y desarrollar las acciones necesarias para preenir y reprimir la comisión de delitos aduaneros d) 2roponer la reglamentación de las normas tributarias y aduaneras y participar en la elaboración de las mismas" e) 2roeer sericios a los contribuyentes y responsables, a n de promoer y %acilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias" %) ;estionar integradamente el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras, así como la %acilitación del comercio e@terior, de %orma eciente, transparente, legal y respetando al contribuyente o usuario"

FUNCIONES 

Administrar, recaudar y scalizar los tributos internos del ;obierno Nacional, con e@cepción de los municipales, así como las aportaciones al Seguro Social de Salud (/SSALU-) y a la cina de Normalización 2reisional (N2), y otros cuya recaudación se le encargue de acuerdo a ley"



2roponer al 1inisterio de /conomía y 6inanzas la reglamentación de las normas tributarias y aduaneras"



/@pedir, dentro del ámbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes, responsables yBo usuarios del sericio aduanero, disponer medidas &ue conduzcan a la simplicación de los regímenes y trámites aduaneros, así  como normar los procedimientos &ue se derien de 'stos"



Sistematizar y ordenar la legislación e in%ormación estadística de comercio e@terior, así como la inculada con los tributos internos y aduaneros &ue administra"



2roponer al 2oder /!ecutio los lineamientos tributarios para la celebración de acuerdos y conenios internacionales, así como emitir opinión cuando 'sta le sea re&uerida"



#elebrar acuerdos y conenios de cooperación t'cnica y administratia en materia de su competencia"



2romoer, coordinar y e!ecutar actiidades de cooperación t'cnica, de inestigación, de capacitación y per%eccionamiento en materia tributaria y aduanera, en el país o en el e@tran!ero"



torgar el aplazamiento yBo %raccionamiento para el pago de la deuda tributaria o aduanera, de acuerdo con la Ley"



Solicitar, y de ser el caso e!ecutar, medidas destinadas a cautelar la percepción de los tributos &ue administra y disponer la suspensión de las mismas cuando corresponda"



#ontrolar y scalizar el tráco de mercancías, cual&uiera sea su origen y naturaleza a niel nacional"



*nspeccionar, scalizar y controlar las agencias de aduanas, despac$adores ociales, depósitos autorizados, almacenes scales, terminales de almacenamiento, consignatarios y medios de transporte utilizados en el tráco internacional de personas, mercancías u otros"



2reenir, perseguir y denunciar al contrabando, la de%raudación de rentas de aduanas, la de%raudación tributaria, el tráco ilícito de mercancías, así como aplicar medidas en resguardo del inter's scal"



-esarrollar y aplicar sistemas de ericación y control de calidad, cantidad, especie, clase y alor de las mercancías, e@cepto las &ue est'n en tránsito y transbordo, a e%ectos de determinar su clasicación en la nomenclatura arancelaria y los derec$os &ue le son aplicables"



-esarrollar y administrar los sistemas de análisis y scalización de los alores declarados por los usuarios del sericio aduanero"



+esoler asuntos contenciosos y no contenciosos y, en este sentido, resoler en ía administratia los recursos interpuestos por los contribuyentes o responsablesC conceder los recursos de apelación y dar cumplimiento a las +esoluciones del Tribunal 6iscal, y en su caso a las del 2oder =udicial"



Sancionar a &uienes contraengan las disposiciones legales y administratias de carácter tributario y aduanero, con arreglo a Ley"



/!ercer los actos y medidas de coerción necesarios para el cobro de deudas por los conceptos indicados en el inciso precedente"



1antener en custodia los bienes incautados, embargados o comisados, e%ectuando el remate de los mismos cuando ello proceda en el e!ercicio de sus %unciones"



Ad!udicar directamente, como modalidad e@cepcional de disposición de mercancías, a&uellas &ue se encuentren en abandono legal y en comiso administratio" La ad!udicación se $ará a las entidades estatales y a a&uellas a las &ue ocialmente se les reconozca nes asistenciales o educacionales, sin nes de lucro"



-esarrollar programas de in%ormación, diulgación y capacitación en materia tributaria y aduanera"



/ditar, reproducir y publicar el Arancel Nacional de Aduanas actualizado, los tratados y conenios de carácter aduanero, así como las normas y procedimientos aduaneros"



-eterminar la correcta aplicación y recaudación de los tributos aduaneros y de otros cuya recaudación se le encargue de acuerdo a ley, así como de los derec$os &ue cobre por los sericios &ue presta"



2articipar en la celebración de #onenios y Tratados *nternacionales &ue a%ecten a la actiidad aduanera nacional y colaborar con los rganismos *nternacionales de carácter aduanero"



/!ercer las demás %unciones &ue sean compatibles con la nalidad de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria"



La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) e!ercerá las %unciones antes seDaladas respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (/SSALU-) y a la cina de Normalización 2reisional (N2), a las &ue $ace re%erencia la Norma ** del Título 2reliminar del Te@to nico rdenado del #ódigo Tributario, aprobado por el -ecreto Supremo NE .58?>>?/6"





-esarrollar programas de in%ormación, diulgación y capacitación en materia tributaria y aduanera" La SUNAT tambi'n podrá e!ercer %acultades de administración respecto de otras obligaciones no tributarias de /SSALU- y de la N2, de acuerdo a lo &ue se establezca en los conenios interinstitucionales correspondientes"

TRIBUTOS QUE ADMINISTRA LA SUNAT #on el %in de lograr un sistema tributario e%iciente, permanente y simple se dictó la Ley 1arco del Sistema Tributario Nacional (-ecreto Legislatio NE ::.), igente a partir del . de enero de .>>7" La ley seDala los tributos igentes e indica &ui'nes son los acreedores tributariosF el ;obierno #entral, los ;obiernos Locales y algunas entidades con nes especícos"  Tratándose de los tributos correspondientes al ;obierno #entral, los entes administradores son la SUNAT (tributos internos) y A-UANAS (derec$os arancelarios)" Los principales tributos &ue administra la SUNAT son los siguientesF ." IMPUESTO GENERAL A LAS VENTASF /s el impuesto &ue se aplica en las operaciones de enta e importación de bienes, así como en la prestación de distintos sericios comerciales, en los contratos de construcción o en la primera enta de inmuebles" 0" IMPUESTO A LA RENTAF /s a&u'l &ue se aplica a las rentas &ue proienen del capital, del traba!o o de la aplicación con!unta de ambos" 5" RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADOF /s un r'gimen simple &ue establece un pago nico por el *mpuesto a la +enta y el *mpuesto ;eneral a las Gentas (incluyendo al *mpuesto de 2romoción 1unicipal)" A 'l pueden acogerse nicamente las personas naturales o sucesiones indiisas, siempre &ue desarrollen actiidades generadoras de rentas de tercera categoría (bodegas, %erreterías, bazares, puestos de mercado, etc") y cumplan los re&uisitos y condiciones establecidas" 7" IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMOF /s el impuesto &ue se aplica sólo a la producción o importación de determinados productos como cigarrillos, licores, cerezas, gaseosas, combustibles, etc" 8" IMPUESTO EXTRAORDINARIO DE SOLIDARIDADF A partir del . de setiembre de .>>
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