Subsidio Por Incapacidad Temporal

October 4, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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a) Subsidio por incapacidad temporal Durante la rela Durante relación ción laboral, puede suce suceder der que un traba trabajado jadorr exp experime erimente nte una enfermedad o accidente que lo inhabilite por un período determinado. Frente a ello, el empleador está obligado a seguir remunerando al trabajador hasta que supere tal incapacidad y siempre que cumpla con los requisitos exigidos solicitar el reembolso a E!"#D. i. $equisitos %ara que un asegurado pueda go&ar del  subsidio por incapacidad temporal por enfermedad, deberá reunir, tal como se se'aló en la primera parte de esta guía, lo siguiente( •





)ontar con tr )ontar tres es *+ me meses ses de apo aporta rtació ción n  cons consecuti ecuti-os -os o cuatr cuatro o * alter alternati nati-os -os dentro de los seis */ meses calendario  anteriores al mes en que se produjo la contingencia. 0ue la en declar 0ue enti tida dad d em empl plea eado dora ra ha haya ya  decl arad ado o y pa paga gado do o se en encu cuen entr tre e en fraccionamiento -igente las aportaciones  de los doce *12 meses anteriores a los seis */ meses pre-ios al mes de inicio de  la atención, seg3n corresponda.

i se produce un accidente será su4ciente que exista a4liación.

ii. %eriodo de otorgamiento del subsidio  

El subs su bsid idio io  po por inca in capa paci cida dad dlos temp te mpor oral al se paga pa ga*26 a días, part ir del l -i -ig5 g5si simo mo prim pr imer erobligado día dí a de partir yar que durante primeros -einte incapacidad, empleador continua   elde al pago de la remuneración sin derecho a reembolso por  parte de E!"#D. ! ta tall ef efec ecto to,, se ac acum umul ulan an lo los s dí días as de  incap incapacid acidad ad rem remuner unerados ados dura durante nte cada  a'o calend cal endari ario, o, del 61 de ene enero ro al +1 de  dici diciembr embre. e. ! parti partirr del -ig5 -ig5simo simo primer día   de incapacidad y hasta el oncea-o mes con 16 días *+6 días, el empleador deberá seguir   abonando al trabajador las remuneraciones debidas pero con el derecho a poder  solicitar el reembolso de estas prestaciones a  E!"#D siempre y cuando se cumpla con  los requisitos y condiciones pre-iamente indicados. El subsidio por incapacidad temporal será   otorgado durante el tiempo estipulado para   la incapacid inca pacidad ad deter determinad minada a y cert certi4cad i4cada a por  el m5d m5dico ico tra tratan tante, te, per pero o ten tendrá drá com como o top tope e máximo los 11 meses con 16 días consecuti-os   *+6 días o 76 días no consecuti-os en el curso de +/ meses. iii. $eembolso El reembolso del subsidio por incapacidad   temporal se otorga en dinero, -encido el pla&o que est establ able&c e&ca a el des descan canso so m5d m5dic ico o oto otorg rgado ado a tra tra-5s -5s de )er )erti ti4ca 4cado do de 8nc 8ncapa apaci cidad dad  9emporal  9 emporal para el 9rabajo *)899 y siempre  que la solicitud se presente dentro de los   seis */ meses siguientes a la fecha en la que termina el periodo de la incapacidad. "a documentación para solicitar el reembolso de las prestaciones comprende( comprende( •



olicitud de reembolso de prestaciones   económicas *Formul *Formulario:661, ario:661,  debidamente llenada y 4rmada por el empleador y por el asegurado.  trab abaj ajad ador ores es de dell  hogar, hogar, con constr strucc ucció ión n cici-il, il, pes pescad cador ores es  y Para el caso caso de tr procesadores pesqueros artesanales  independientes, agrarios independientes  y de regímen reg ímenes es espec especiales iales(( oli olicitu citud d de  %a %ago go Dir Direct ecto o de %r %rest estaci acione ones s Eco Económ nómica icas s *Formulario :662, tal como se se'aló en   el acápite anterior, debidamente llenada y 4rmada por el asegurado. %ara el caso de   trabajadores del hogar y de construcción ci-il deben contar tambi5n con la 4rma del empleador.

 







)erti4cados ;5dicos %articulares o )erti4cado de 8ncapacidad 9emporal para el 9rabajo *)899, en original, que sustenten la incapacidad por los primeros -einte *26 días.

*26 día )899 en ori )899 origi ginal nal por el ex exces ceso o de los -einte -einte   *26 días. s. En cas caso o de cer certi4 ti4cad cados os m5dicos  particulare particulares, s, deberán ser canjeados por el  )899. En caso de que el titular del subsidio haya   fallecido, los herederos presentarán la partida part ida de defu defunción nción del a4lia a4liado do fall fallecid ecido o  en ori origin ginal al y el doc docume ument nto o que los acredite como tales, así como el poder,   por documento p3blico o pri-ado con   4rma legali&ada notarialmente, dado  a uno de los bene4ciarios para que a   nombre de los demás herederos pueda solicitar el subsidio de-engado y no  cobrado.

En caso de que la incapacidad sea originada por un accidente de trabajo y el asegurado est5 a4liado al eguro )omplementario de 9rabajo 9rabajo de $iesgo *)9$ con una E%, se deberá presentar el a-iso de accidente de trabajo en original. En caso de que la entidad empleadora   requiera el reembolso por subsidios, se   solicitará al representante legal que muestre   su documento de identidad< si el trámite   lo efect3a un tercero, 5ste deberá mostrar una carta de presentación de la entidad   empleadora 4rmada por representante legal. En cas caso o de qu que e la ent entid idad ad emp emplea leador dora a hay haya a   inc incump umplid lido o con el pag pago o del sub subsid sidio, io, el asegurado efectuará el trámite como pago   directo, presentando el Formulario :662  que no requerirá la 4rma del empleador. !dicionalmente !dicionalm ente a los requisitos establecidos,  el asegurado deberá presentar en original una denuncia simple, debidamente 4rmada, comunicando este hecho a E!"#D. i-. ;onto del subsidio "a ba base se de cá cálc lcul ulo o pa para ra el su subs bsid idio io en el ca caso so  de los ase asegur gurado ados s re regul gular ares es es la remuneración   que men mensua sualme lmente nte per percib ciben, en, con ex excep cepció ción n   de las re remun munera eracio ciones nes adicio adi cional nales es com como o las  gra grati ti4ca 4caci cione ones s u otr otros os con concep ceptos tos leg legale ales s o  con-enci con-encional onales es de periodicidad similar a las grati4caciones legales. %ara el cas %ara caso o de re regí gímen menes es esp especi ecial ales, es, se  cons consider iderara ara como rem remunera uneración ción asegu asegurable rable aquella por la que efect3en sus aportes  mensualmente. temporal !hora bie !hora bien, n, el sub subsid sidio io por inc incapa apacid cidad ad  tempor al equ equi-a i-ale le al pr prome omedio dio di diari ario o de  las remuneraciones diarias de los doce *12  3ltimos meses inmediatamente anteriores al   mes en que se inicia la incapacidad. En caso de que los meses de a4liación sean menores a  doce *12, el promedio debe determinarse en función al tiempo de aportación del a4liado regular. )uando el asegurado labore simultáneamente   para más de un *1 empleador, recibirá el subsidio por incapacidad temporal por cada entidad empleadora. -. %5rdida del derecho al subsidio El subsidio se pierde por cualquiera de las  siguientes causas( %or abandono o incumplimi incumplimiento ento del  tratamiento y las prescripci prescripciones ones m5dicas. • •

%or p5rdida de -ínculo laboral



%or reali&ar labores remuneradas durante  el periodo de subsidio

-i. 8ncapacidades 9emporales %rolongadas

 

De conformidad con la $esolución de =erencia   =eneral >? 2:@==@E!"#D@2661, en el supuesto supu esto de que la inca incapacid pacidad ad temp temporal oral  presente indicios de que se tornará en una incapacidad permanente o, en todo caso, no   4nali&ará en el corto pla&o las )omisiones ;5dicas E-aluadoras de 8ncapacidades de   E!"#D podrán efectuar la e-aluación de la incapacidad para el trabajo del asegurado si es   que se encuentran frente a los siguientes casos( )uando se le haya otorgado más de un   *1 )899 por ciento cincuenta *176 días • consecuti-os consecutios de incapacidad. )uando se le haya otorgado más de un   *1 )899 por trescientos die& *+16 días no consecuti-os consecutios en un lapso de setecientos -einte *A26 días. )uando el profesional de la salud cali4que   durante la atención al asegurado, una • enfermedad, da'o o secuela como   irrecuperable o de tratamiento m5dico   incierto y a largo pla&o, es decir, de  naturale&a permanente. i la )omisión ;5dica concluye que la  incapacidad es de naturale&a temporal E!"#D reconocerá el pago de subsidios hasta la fecha de   alta, siendo el máximo subsidio que reconocerá  por trescientos cuarenta *+6 días consecuti-os o  quinientos cuarenta *76 días no consecuti-os en el lapso de treinta y seis *+/ meses calendario. •

i la )omisión determina incapacidad incapacidad permanente, E!"#D sólo reconocerá el subsidio por incapa inc apacid cidad ad tem tempor poral al has hasta ta la fec fecha ha de not noti4c i4caci ación ón del di dicta ctamen men de la )om )omisi isión. ón. El dictamen será noti4cado al asegurado si es pago directo y al empleador si es pago con carg ca rgo o a ree eemb mbol olso so.. "a no noti ti4c 4cac ació ión n se ef efec ectu tuar ará á di dirrec ecta tame ment nte e al in inte terres esad ado< o< supletoriamente, se usarán los otros medios que con4ere la ley. Finalmente, con estos resultados, podráupremo 4nali&ar el laboral artículos 1/Belyempleador 26B1 del Decreto >B-ínculo 66+@CA@9$, 9#en deatención la "ey dea lo pre-isto por los )ompetiti-idad y %roducti %roducti-idad -idad "aboral.

b) Subsidio por maternidad El subsidio por maternidad es aquel monto de  dinero que se entrega a las trabajadoras que se  encuentran a4liadas al eguro ocial de alud,   con ocasión de su alumbramiento. Es percibido  durante un periodo de no-enta *C6 días  consecuti-os que se di-iden en pre@natal *7 días antes del parto y post@natal *7 días despu5s del  parto. i. $equisitos %ara que las trabajadoras tengan derecho al   goce del subsidio por maternidad deberán cumplir con lo siguiente( er aseguradas regulares en acti-idad • • •

aber estado aseguradas al tiempo de la concepción )ontar, tal como se indicó al inicio de   la presente guía, con tres *+ meses de aportación consecuti-os o cuatro * no  consecuti-os dentro de los seis */ meses calendario anteriores anteriores al mes en que se inicia el goce del subsidio.

e -a a asumir que una trabajadora se   encuentra asegurada al momento de la   concepción cuando ha mantenido un -ínculo   laboral en el mes de la concepción. %ara ello,   E!"#D requisit -eri4c -er i4ca a el cum cumpli plimie mient nto o de est este e  requi sito o to toman mando do com como o bas base e la fec fecha ha de la  3ltima menstruación de la trabajadora, la cual debe haberse producido dentro del -ínculo laboral. ii. %eríodo de otorgamiento del subsidio El período durante el cual se otorga el   subsidio por maternidad es de no-enta *C6   días calendario di-ididos en pre y post@natal   *7 días cada período. )uando el parto se   produce despu5s de la semana treinta *+6, el  descanso m5dico se otorgará igualmente por  no-enta *C6 días, no siendo necesario que el  concebido na&ca -i-o. Del mi mismo smo mod modo, o, las tra trabaj bajado adoras ras ges gestan tantes tes  tiene tienen n der derecho echo a per percibi cibirr pres prestaci taciones ones

 

económicas por maternidad durante no-enta  *C6 días, cuando el parto se produ&ca entre la semana -eintidós *22 y la semana treinta *+6   de gestación, solo si el concebido nace -i-o y sobre-i-e más de setenta y dos *A2 horas. iii. ;odalidades de goce del descanso pre y   post@natal El goce del descanso prenatal puede ser   diferido, total o parcialmente y acumulado al período post@natal a decisión de la trabajadora gestante< no obstante, dicha decisión deberá ser comunicada a su empleador con una anticipación no menor de dos *2 meses a la  fecha probable del parto. En caso de que el alumbramiento se produ&ca  en fecha anterior a la establecida para el inicio  del descanso pre@natal, los días de adelanto se acumularán al descanso post@natal. i el alumbramiento se produjera despu5s de  la fecha probable del parto, los días de retraso serán considerados como descanso medico   por incapacidad temporal para el trabajo y remunerados como tales. )uando se produ&ca parto m3ltiple, de conformidad conformidad con lo establecido en la "ey >B 2A/6/ y la "ey >B 2:2+C, el descanso post@ natal se extenderá por un período de treinta *+6 días naturales adicionales. iv. Monto

El monto equi-ale al promedio diario de las remuneraciones remuneraciones de los doce *12 3ltimos  meses anteriores al inicio de las prestación multiplicad multiplicado o por el n3mero de días de goce  de 5ste. En  

 

el delos que se trate un período menor al se'alado, el subsidio debe determinarse ensupuesto función de meses quede  tenga el a4liado. -. $eembolso El pago del subsidio por maternidad se   otor otorga ga en dine dinero ro en dos *2 arma armadas das iguales, iguales, reembolsándose en cada una el equi-alente   a cuarenta y cinco *7 días subsidiados. "os requisitos que debe cumplir el empleador   para solicitar el subsidio por maternidad son   los siguientes( %rimera !rmada( El trámite de pago de la   primera armada se efect3a posteriormente  al %rimera t5rmino t5rm ino del perí período odo pre@natal pre@natal y antes del  -enci -encimie miento nto del per períod íodo o de pos pospar parto, to, de la siguiente manera( •

%resentar la solicitud de reembolso de prestaciones económicas *Formul *Formulario ario :661.



 9emporal para el 9rabajo *)899 en  original. %resentar el )erti4cado de 8ncapacidad  9emporal particulares deberán ser canjeados por el  )899. En caso de certi4cados m5dicos particulares En el caso de que la titular del subsidio   haya fallecido, los herederos presentarán  el documento que los acredite como tales, así como el poder, por documento p3blico o pri-ado con 4rma legali&ada   notarialmente dado a cada uno de los   bene4ciarios para que a nombre de  los demás herederos puede solicitar  el subsidio de-engado y no cobr cobrado. ado.  !di !diciona cionalment lmente, e, debe deberá rá pres presentar entarse se el  orig origin inal al de la pa part rtid ida a de defunción de la a4liada fallecida. "a ident identi4cac i4cación ión del empl empleador eador o   asegu asegurada, rada, seg3 seg3n n cor corresp responda. onda. Este  requisito deberá cumplirse tambi5n para  el caso del reembolso de la segunda armada.





egunda !rmada( El pago de la segunda  armada se tramitará desde el -encimiento del egunda post@parto, hasta los seis */ meses posteriores contados a partir de la fecha en que termina dicho dic ho per períod íodo. o. ! tal efecto, efecto, se deb deberá erá  cu cumpl mplir ir con el pri primer mer y ter tercer cer re requi quisit sito o ant antes es se'alado de ser el caso, referidos al trámite de la primera armada. !simismo, es preciso se'alar que es posible  solicitar el reembolso total de las prestaciones económicas de manera conjunta, es decir pre@natal y post@natal< en este caso, el período  de

 

prescripci prescripción ón para la solicitud será de seis  */ meses contados a partir de la fecha de t5rmino del período de post@parto. -i. Extinción, suspensión, p5rdida y nulidad del  derecho a subsidio El derecho al subsidio por maternidad   se extingue, suspende o pierde, seg3n   corresponda, en los siguientes supuestos( )uando se produ&ca el cese del -ínculo laboral. • •

)uando la trabajadora realice labor remunerada durante el periodo subsidiado subsidiado..



)uando asegur gurada ada aba aband ndone one o  incum pla el tra tratam tamien iento to y las pr prest estaci acione ones s )uando la ase incumpla m5dicas.

e produce la nulidad del derecho al subsidio por   maternidad cuando el reconocimiento al pago del subsidio se obtiene de forma fraudulenta.

• •

)uando la trabajadora realice labor remuneradaduranteelperiodo

c) Subsidio por lactancia El subsidio por lactancia es el monto de dinero   que se otorga a los asegurados regulares con la 4nalidad de contribuir con el cuidado del reci5n nacido. i.$equisitos "os asegurados que deseen solicitar el subsidio por lactancia deberán cumplir lo siguiente(  9  9ener, ener, tal como se se'aló en la primera  parte de esta guía, tres *+ meses de • aportes  con consec secuti uti-os -os o cu cuatr atro o * alt altern ernado ados, s,  de dent ntrro de lo los s se seis is */ */ me mese ses s calendarios anteriores al mes en que se produjo el  alumbramiento. i la madre del lactante no es asegurada   titular, se requiere que haya sido inscrita • en E!"#D. •



0ue el lactante haya nacido -i-o *se   acredita con la partida de nacimiento y que haya sido inscrito como derechohabiente  del asegurado titular. i el lactante fallece antes de la inscripción, corresponde inscribirlo de manera póstuma.

ii. %rocedimiento para el pago del subsidio por  lactancia "a solicitud de pago del subsidio se tramita @ a diferencia de los dos subsidios anteriores @ directamente directament e por la madre o en caso de fallecimiento de la madre, por  el padre, quien deberá presentar ante la subgerenci subgerencia a de prestacion prestaciones es económicas de  E!"#D, la siguiente documentación(



olicitud de pago directo de prestaciones  económicas *Formulario:662  debidamente llenada y 4rmada par el empleador y el asegurado. ;ostrar D>8. En caso sea un tercero quien efect3e el tramite, debe presentar una 



copia del D>8 del asegurado y mostrar su  D>8. En el caso de fallecimiento de la madre, el padre o tutor deberán presentar la



 



partida de defunción de la madre y en el caso del tutor, el documento que acredite la tutela del ni'o. En caso de abandono del  menor, se debe presentar el documento  que acredite la tutela del lactante. En el caso de que la madre menor de edad sea soltera y sin título o4cial que le  autorice a ejercer una profesión u o4cio, la prestación se pagará a tra-5s de su   padre o tutor, el cual deberá mostrar su D>8 y presentar una copia del mismo, que acredite su calidad.

iii. ;onto el !cuerdo >B //@2A@E!"# ;ediante //@2A@E!"#D@ D@ 266+ *1+.6C.266+, se estableció que el monto del referido subsidio asciende a . :26.66 *chocientos Geinte >ue-os oles. i-. %la&o para la solicitud El pla&o para la presentación de la solicitud del subsidio por lactancia, prescribe a los seis */ meses contado desde la fecha en que termina el período máximo de posparto.

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