Solicitud+de+Conciliacion+Extrajudicial

August 17, 2018 | Author: Enrique Lock | Category: Limited Liability Company, Liquidation, Legal Concepts, Government, Politics
Share Embed Donate


Short Description

Download Solicitud+de+Conciliacion+Extrajudicial...

Description

Una nueva era en solución de conf nfllict ctos os

. La solic solicitud itud de conc conciliación iliación extrajudicial . Requisitos . Forma mato to de sol soliici citud tud de con conci cilliaci ación ón extr xtrajud ajudiici cial al

0

Rafael

LA

Gonzalo Medina Rospigliosi

SOLICITUD

DE

CONCILIACION 

EXTRAJUDICIAL

Una Nueva era en solución de conflictos

Jirón Carabaya Nº 719, oficina 114, Cercado de Lima, Lima Teléfono 3475606

1

Rafael

LA

Gonzalo Medina Rospigliosi

SOLICITUD

DE

CONCILIACION 

EXTRAJUDICIAL

Una Nueva era en solución de conflictos

Jirón Carabaya Nº 719, oficina 114, Cercado de Lima, Lima Teléfono 3475606

1

SOLICITUD DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL

La

solicitud

de

conciliación

extrajudicial

constituye

la

manifestación de la voluntad expresa de una persona natural, jurídica o patrimonio autónomo a quien se denomina solicitante, mediante el cual pide a un Centro de Conciliación Extrajudicial debidamente autorizado por el el Ministerio de Justicia y competente para conocer del procedimiento conciliatorio, que le asista en la búsqueda conjunta de una solución consensual a un conflicto de intereses de naturaleza disponible antes y durante durante un proceso proceso judicial. La solicitud de conciliación es un documento privado.

2

El

articulo Nº

12 del Decreto Supremo

Nº 014-2008-JUS,

Reglamento de la Ley de Conciliación, establece expresamente los

requisitos

que

debe

contener

toda

solicitud

de

conciliación extrajudicial, los que desarrollamos a continuación:

El primer

requisito de la solicitud de conciliación señala el

momento en que se presenta

la

solicitud de

conciliación

extrajudicial,

de

Conciliación

Extrajudicial

ante

un

Centro

debidamente autorizado por el Ministerio de Justicia, el mismo que servirá de

para

el

conciliación

computo

de

extrajudicial,

los

plazos

asimismo

de

la

audiencia

para

designar

al conciliador, señalar la fecha de las sesiones de conciliación e inicio de la suspensión del computo de los plazos prescriptorios.

3

Elementos:

Día de emisión de la solicitud, los días menores al digito 10 van precedido del cero. Mes de emisión de la solicitud, en minúscula. Año de emisión de la solicitud, en números. Ejemplo:

Lima, 12 de abril de 2009

De otro lado, en caso que no coincida la fecha consignada en la solicitud de

conciliación

solicitud

es

extrajudicial con la fecha

recepcionada

por

el

en que la

Centro

de

Conciliación Extrajudicial, se tomará en cuenta solo la fecha de

recepción

de la

solicitud extrajudicial por el Centro de

Conciliación Extrajudicial, para el cómputo de los plazos.

2

El

segundo

requisito

de

la

solicitud

de

conciliación

extrajudicial esta orientado a identificar e individualizar plenamente

4

a la persona natural, jurídica o patrimonio autónomo que tiene la calidad de solicitante del procedimiento de conciliación extrajudicial, en lo relacionado a su nombre, denominación, razón social, domicilio  y documento de identidad.

2.1.- Nombre del solicitante.-

Parte de la solicitud que individualiza a la persona natural que solicita el inicio de un procedimiento de conciliación extrajudicial.

Cuando el solicitante sea una persona natural debe consignarse en la solicitud de conciliación su nombre completo, sin abreviaturas, tal como figura consignado en su documento de identidad. Elementos.

Prenombre del solicitante Apellidos completos del solicitante. Ejemplo: LUIS

VEGA

PEREZ

2.2.- Denominación, denominación

social y

razón social

del solicitante

La denominación o razón social, es la parte de la solicitud de conciliación que individualiza a la persona jurídica de derecho

5

privado o de derecho publico que solicita a un Centro de Conciliación Extrajudicial debidamente autorizado por el Ministerio de Justicia, el inicio de un procedimiento de conciliación extrajudicial.

2.2.1.- Denominación.

La

denominación es propia de

las

personas jurídicas

de

derecho privado sin fines de lucro, reguladas por el Código Civil, que se detallan a continuación: Asociaciones. Fundaciones. Comités.

La solicitud de conciliación precisará la denominación que ha adoptado la asociación, fundación o comité, debiendo coincidir con la denominación consignada en el Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos.

Las personas jurídicas de derecho público también poseen una denominación, son los siguientes: Poderes del Estado, Ejecutivo Legislativo

6

 Judicial Gobiernos Regionales y Municipales, Órganos desconcentrados, Colegios profesionales, Universidades Públicas.

De igual denominación,

forma la

solicitud de

debiendo

coincidir

conciliación con

la

señalará su denominación

consignada en la ley que la crea.

Los consorcios también poseen una denominación,

el mismo

que contará en el contrato de consorcio

2.2.2..- Denominación social

La denominación social es

propia de las

sociedades de

responsabilidad limitada, como las siguientes: Sociedad anónima abierta Sociedad anónima cerrada Sociedad comercial de responsabilidad limitada.

En la solicitud de conciliación extrajudicial debe consignarse de forma completa

y

sin

abreviaturas la denominación social

de

7

la

sociedad

que

solicita

el

inicio

de

un

procedimiento

conciliatorio, de acuerdo a sus estatutos y tal como se encuentra inscrita en el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de Los Registros Públicos. Ejemplo: Coca-Cola Sociedad Anónima Cerrada.

2.2.3.- Razón social

Poseen ilimitada,

razón donde

social se

las

sociedades

consigna

el

de

nombre

responsabilidad de

uno

o

más socios que tienen responsabilidad ilimitada, como las que se detallan a continuación: Sociedad colectiva Sociedad civil ordinaria. Sociedad civil de responsabilidad limitada. Sociedad en comandita simple. Sociedad en comandita por acciones.

En este caso deberá consignarse en la solicitud de conciliación extrajudicial la razón social de la sociedad que solicita el inicio de un procediendo de conciliación extrajudicial, tal como figura inscrita en los Registros Públicos de forma completa, sin abreviaturas.

8

2.3.-

Documento de identidad del solicitante

2.3.1.- Personas naturales.-

El documento que identifica a las personas naturales de nacionalidad peruana, es el Documento

Nacional de Identidad

Nacional ( D.N.I.) y cuando se trata de extranjeros

deberán

identificarse con su Carnet de Extranjería debiéndose verificar que dichos

documentos se

encuentren vigentes a la fecha de la

presentación de la solicitud de conciliación.

2.3.2.- Personas jurídicas.-

Las proceso

personas conciliatorio

jurídicas con

se

identificaran

en

el

el numero del Registro Único del

Contribuyente (R.U.C.), que proporciona la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ( Sunat ).

2.4.- DOMICILIO DEL SOLICITANTE

El domicilio es la parte de la solicitud de conciliación que indica el lugar donde reside habitualmente la personas que tiene la calidad de solicitante, en este caso, se debe consignar en la solicitud de conciliación extrajudicial el lugar

donde reside

9

habitualmente el solicitante en

forma

clara,

completa y

sin

abreviaturas. Elementos.-

Nombre de la avenida, jirón, calle, donde reside el solicitante. Numero del inmueble, departamento, lote, oficina, interior donde reside el solicitante. Nombre del distrito donde reside el solicitante. Nombre de la provincia de residencia del solicitante. Nombre del departamento de residencia del solicitante. Ejemplo:

 Jirón Cuzco Nº

234, distrito de San Miguel, provincia y

departamento de Lima.

3.

El

tercer

requisito

opera

solo

en

casos

en

que

el solicitante pide el inicio de un procedimiento de conciliación, a través de un representante legal o apoderado.

10

Es la parte de la

solicitud de conciliación que identifica

plenamente a la persona natural que actúa en representación del solicitante dentro de un procedimiento de conciliación extrajudicial, pudiendo adoptar la figura del representante legal o del apoderado.

3.1.- NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL.REPRESENTANTE LEGAL.-

Es aquella persona capaz que por imperio de la ley representa a otra persona natural o jurídica.

Representantes legales de personas naturales.-

En conflictos de índole familiar: como alimentos, tenencia, régimen de visitas,

los hijos menores de edad nacidos durante

el matrimonio son representados por cualquiera de sus padres, en cambio los hijos menores de edad nacidos fuera del matrimonio son representados solo por el padre o madre que lo hubiera reconocido.

Los padres de familia sean mayores de edad o menores de edad, constituyen los representantes legales de sus hijos, en defecto de los padres los tutores asumen la representación de los menores de edad.

11

En conflictos de índole civil sucede todo lo contrario, pues en atención al inciso C del articulo 7-A, del Decreto Legislativo Nº 1070, no procede la conciliación extrajudicial cuando se trate de derechos y bienes de incapaces absolutos y relativos a que se refiere el articulo 43 y 44 del Código Civil.

Son incapaces absolutos:

Menores de dieciséis años de edad, Los que por cualquier causa se encuentren privados de discernimiento, Sordomudos,

los

ciego

sordos

y

los

ciego

mudos que no puedan expresar su voluntad de manera indubitable. Son incapaces relativos: Mayores de dieciséis años de edad, Retardados mentales, Los

que

adolecen

de

deterioro

mental

que

les

impide expresarse libre su voluntad, Pródigos, Los que incurren en mala gestión, Ebrios habituales,  Toxicómanos,

12

Los que sufren pena que lleva anexa la interdicción civil.

No siendo materia conciliable los derechos y

bienes de

incapaces absolutos y relativo, por lo tanto, no esta permitido iniciar o participar en un procedimiento de conciliación a través de los denominados

representantes legales de personas

naturales en

pretensiones de índole civil.

PERSONAS JURIDICAS.-

Las sociedades mercantiles como las sociedades anónimas en sus dos formas

( abierta y cerrada), sociedad

colectivas,

sociedades en comanditas y la empresa individual de responsabilidad limitada, tienen como sus representantes legales al Gerente General  y Administradores, con cargo vigente al momento de presentación de la solicitud de conciliación, acreditándose notarialmente

certificada

del

tal situación

documento

donde

con copia conste

el

nombramiento inscrito.

Las personas jurídicas reguladas por el

código civil, como

asociaciones y comités tiene como sus representantes legales al Presidente

de

las fundaciones.

Consejo

Directivo

y

los

Administradores

para

13

Sea que se trate de una sociedad mercantil, empresa individual de responsabilidad limitada o una persona jurídica regulada por el código civil, se

individualizará plenamente a su representante legal,

señalando expresamente y sin abreviaciones su prenombre y apellido, el cargo que obstante y el numero de partida donde conste inscrito en el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ( Sunarp). Elementos.

Prenombre del representante legal Apellidos completos del representante legal.

Ejemplo:

Coca

Cola

Sociedad

Anónima

Cerrada,

debidamente

representado por su Gerente General don FRANCISCO VELA RUIZ, acreditando su representación con copia de la Partida Electrónica numero

120346

del

Registro

de

Personas

Jurídicas

de

la

Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.

De tratarse de una

solicitud

conjunta, se

consignará los

nombres y apellidos completos de los dos solicitantes.

14

3.1.2.-

La

Documento de identidad del representante legal.

solicitud de conciliación debe

consignar igualmente el

documento que identifica al representante legal, de ser peruano se identificará con el Documento Nacional de Identidad ( D.N.I.) y para el caso de extranjeros con carnet de extranjería.

En pretensiones de índole familiar: como alimentos, tenencia y régimen de visitas, cuando los padres sean menores de 18 años de edad pueden identificarse con su partida de nacimiento o Documento Nacional de Identidad ( D.N.I.).

3.1.3.-

Domicilio

Señala

el

del representante Legal

lugar

donde

reside

habitualmente

la

persona que tiene la calidad de representante legal del solicitante de un procedimiento de conciliación extrajudicial. Elementos.-

Nombre

de

la

avenida,

jirón,

calle,

donde

reside

el representante legal del solicitante. Numero del inmueble, departamento, lote, oficina, interior donde resida el representante legal del solicitante. Nombre del distrito, donde reside el representante legal del solicitante.

15

Nombre de la provincia, donde reside el representante legal del solicitante. Nombre del departamento, donde reside el representante legal del solicitante.

Ejemplo:

 Jirón Carabaya Nº 719, oficina 114, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima.

3.2.- NOMBRE DEL APODERADO DEL SOLICITANTE.-

El apoderado es aquella persona natural con capacidad para realizar actos jurídicos validos, que se obliga a realizar actos jurídicos a nombre de otra persona natural o jurídica a quien se denomina poderdante, quien también tiene capacidad.

Parte

de

la

solicitud

que

individualiza

a

la

persona

natural que solicita el inicio de un procedimiento de conciliación extrajudicial, a nombre de otra persona natural o jurídica que tiene la calidad de solicitante.

La solicitud

de

conciliación extrajudicial debe consignar el

nombre completo y sin abreviaturas de la persona que actúa en

16

nombre

de

solicitante,

tal

como

figura

consignado

en

su documento de identidad. Elementos.

Prenombre del apoderado Apellidos completos del apoderado. Ejemplo:

 JOSE

MEJÍA

CASTILLO,

Apoderado

de

Coca

Cola Sociedad Anónima Cerrada.

En este caso se adjunta a la escritura

publica

donde

solicitud de conciliación

conste

el

poder

extrajudicialmente, la vigencia de Poder y

la

para

la

conciliar

constancia de

movimiento migratorio para los domiciliados en el extranjero o certificado

domiciliario

para

los

que

domicilien

en

distintos distritos conciliatorios o certificado de medico emitido por una Institución de salud acreditando la discapacidad temporal o permanente conciliación

que

imposibilita

asistir

al

centro

de

extrajudicial, en casos que el invitado domicilia en el

mismo distrito conciliatorio del Centro de Conciliación.

3.2.2.-

Documento de identidad del Apoderado.

17

Cuando el

apoderado

posea la nacionalidad

peruana, se

identificará con el Documento Nacional de Identidad ( D.N.I.) y de extranjeros con carnet de extranjería.

3.2.3.-

Domicilio

del representante Legal

Señala el lugar donde reside habitualmente el representante legal o el apoderado del

solicitante

de un procedimiento de

conciliación extrajudicial. Elementos.-

Nombre

de

la

avenida,

jirón,

calle,

donde

reside

el apoderado del solicitante. Numero del inmueble, departamento, oficina, donde resida el apoderado del solicitante. Nombre del distrito, donde reside el apoderado del solicitante. Nombre

de la provincia,

donde

reside el apoderado del

solicitante. Nombre del departamento, donde reside el apoderado del solicitante. Ejemplo:

 Jirón Cuzco Nº departamento de Lima.

415, distrito de San Isidro, provincia y

18

4.

Como cuarto requisito de la solicitud de conciliación extrajudicial se establece la obligación de consignar el nombre , denominación o razón social de la persona

que tiene la calidad de invitado

en el

procedimiento de conciliación extrajudicial.

Parte de la solicitud de conciliación extrajudicial que identifica e individualiza plenamente a la persona natural, jurídica o patrimonio autónomo que tiene la calidad de invitado en el procedimiento de conciliación extrajudicial.

4.1.- Nombre del invitado.-

Es la parte de la solicitud de conciliación que individualiza a la persona

natural

conciliar, debe

que

tiene

la

cuando

el

invitado

consignase

en

la

calidad sea

solicitud

nombre completo, sin abreviaturas.

una de

de

invitado

persona

a

natural

conciliación

su

19

Elementos.

Prenombre del invitado. Apellidos completos del invitado. Ejemplo: JOSE ALARCON CUEVA

4.1.2.- Denominación o razón social del solicitante

La denominación o razón social, es la parte de la solicitud que individualiza

a

la

persona

jurídica

de

derecho

público

o

privado invitada a conciliar.

4.1.2.1.- Denominación social

Para el caso de las sociedades de responsabilidad limitada, como las sociedades anónimas y la sociedad comercial de responsabilidad limitada. Ejemplo: SILSEGUR SAC

4.1.2.2.-.- Razón social

Para el caso de las sociedades de responsabilidad ilimitada, como la sociedad colectiva y las sociedades civiles en sus dos formas (

20

tienen responsabilidad limitada), donde se consigna el nombre de uno o mas socios que tienen responsabilidad.

Ejemplo:

HUMBERTO

GOMEZ

PEREDA

Sociedad

de

Responsabilidad Limitada.

5

El

quinto requisito legal de la solicitud de conciliación

es vital por cuanto establece la obligación de consignar el domicilio completo y

sin abreviaturas de la persona natural, jurídica o

patrimonio autónomo que tiene la calidad de invitado en el procedimiento de conciliación extrajudicial, el mismo que permitirá notificarlo

válidamente

con

las

respectivas

invitaciones

a

conciliar, que se produzcan durante el desarrollo del procedimiento de conciliación extrajudicial.

21

El

domicilio es la parte de la

solicitud de conciliación

extrajudicial que señala el lugar donde reside habitualmente la personas que tiene la calidad de invitado en el procedimiento de conciliación extrajudicial y donde se notificaran las respectivas invitaciones para conciliar que se produzcan. Elementos.-

Nombre de la avenida, jirón, calle, donde reside el invitado. Numero

del

lote, oficina, donde reside

inmueble,

departamento,

el invitado.

Nombre del distrito donde reside el invitado. Nombre de la provincia de residencia del invitado. Nombre del departamento de residencia del invitado.

Como sexto requisito se precisa la obligación de exponer en la solicitud de conciliación extrajudicial los hechos que dieron lugar al

22

conflicto, requisito trascendental por cuanto permitirá al conciliador descubrir y explorar el “mundo” del solicitante.

Es la

parte de la solicitud de conciliación extrajudicial

constituida únicamente por el conjunto de sucesos o acontecimientos externos del pasado que generaron el conflicto de intereses con la parte invitada y que es materia del procedimiento de conciliación extrajudicial,

descartándose otros

hechos, por ejemplo

en una

indemnización de daños y perjuicios el solicitante deberá describir exclusivamente transito,

los

las

circunstancias que rodearon el accidente de

mismos

que

deben

ser

expuestos

en

forma:

ordenada, cronológicamente, precisa, breve y veraz ( aunque el reglamento no lo precisa).

Es la parte de la solicitud de conciliación extrajudicial, donde la persona natural o el representante de la persona jurídica que tiene la calidad de solicitante procede a narrar “su propia historia”, de como sucedieron los hechos que originaron el conflicto con la otra parte del procedimiento de conciliación extrajudicial, precisando los hechos según su imagen individual de los hechos, punto de vista, percepción, interpretación, posición y describiendo los hechos que

23

le parecen más importantes, de igual forma expresará los juicios, posiciones y opiniones subjetivas del solicitante.

Del contenido del sexto requisito el conciliador procederá a extraer las áreas

y el

conflicto

que será foco de las

futuras

negociación en el procedimiento de conciliación extrajudicial, por lo que es recomendable que la misma persona describa los hechos y no un tercero.

De otro lado, se debe

descartar solicitudes

con

hechos

extremadamente extensos; ausencia de conexión lógica entre los hechos descritos y lo pedido en la solicitud de

conciliación

extrajudicial, como cuando en los hechos se hace referencia y pone énfasis

a

de visitas;

la

tenencia

y

sin

embargo

solicita

un

régimen

expresiones agraviantes, humillantes y ofensivas a la

otra parte; lenguaje confrontaciónal e incendiario, por cuanto no se trata de una demanda y menos aun de una denuncia penal, sino de una

solicitud

de

conciliación

extrajudicial

el

mismo

que

esta orientado a la búsqueda de soluciones y no de culpables.

La ley no precisa que hacer en caso que exista errores y omisiones en los hechos consignados en la solicitud de conciliación

24

extrajudicial, al respecto proponemos que los errores y omisiones incurridos en la solicitud de conciliación, puedan ser corregidos al momento

de la

extrajudicial, lo

realización

de la

audiencia

de conciliación

cual se plasmará en el acta de conciliación

extrajudicial que se expida al final del procedimiento conciliatorio.

Exclusivamente en pretensiones de alimentos, de existir otras personas con derecho alimentario el padre o madre que tiene la calidad

de

solicitante

de

un

procedimiento

de

conciliación

extrajudicial, debe señalar expresamente en la solicitud de conciliación que existen otros acreedores alimentarios, debiendo para tal efecto señalar

expresamente el nombre de este, el monto y el vinculo

 jurídico

que lo une, caso

contrario deberá señalar que no

existen otras personas con derecho alimentario.

25

Como octavo requisito de la solicitud de conciliación extrajudicial se exige la obligación de incorporar la pretensión de la parte solicitante del procedimiento de conciliación extrajudicial.

La

pretensión

es

la

parte

de

la

solicitud

de conciliación extrajudicial constituida por todo aquello que pide la persona natural, jurídica o patrimonio autónomo que tiene la calidad de

solicitante a

autónomo que

otra persona

tiene la

natural, jurídica o patrimonio

calidad de invitado del

procedimiento

de conciliación extrajudicial.

Las

pretensiones

son

los

intereses, necesidades,

deseos,

preocupaciones y temores de la persona natural o jurídica que tiene la calidad de solicitante del procedimiento de conciliación. Son los intereses auténticos que desea satisfacer plenamente la parte solicitante en el procedimiento de conciliación extrajudicial, responde a la pregunta ¿qué es lo que genuinamente quiere obtener la parte

26

solicitante?, como cuando pide que ultima cuota de un crédito

el

invitado

le

pague la

que le adeudan. Por ejemplo en

una solicitud de pago de soles, la pretensión será que el invitado le pague determinada suma de dinero

Sin embargo sobre este punto son pocos los solicitantes que se pueden

contar

con los dedos de la mano que manifiestan

abiertamente sus

auténticos intereses como

pretensiones de

la solicitudes de conciliación, con lo cual facilita la intervención de conciliador en el procedimiento conciliatorio y el acuerdo llega en poco

tiempo,

pues

lo

más

frecuente es que los solicitantes consignen como pretensiones posiciones, ya sea por que no conocen sus auténticos intereses (desconocen

los

procedimientos

para

descubrirlos)

o

si

los

conocen los ocultan, con lo cual la labor del conciliador se torna mas difícil y el acuerdo demora más tiempo en el mejor de los casos.

CLASES DE PRETENSIONES: PRETENSIONES DETERMINADAS.-

Son de

aquellas

conciliación

establecidas

extrajudicial

y

perfectamente en consignadas

la

solicitud

únicamente

por

el solicitante del procedimiento de conciliación, Se produce cuando

27

en la solicitud de conciliación se consigna

los intereses que se

desean satisfacer plenamente con el procedimiento de conciliación extrajudicial. PRETENSIONES DETERMINABLES.-

Son aquellas que surgen con posterioridad a la presentación de la solicitud de conciliación ante el Centro de Conciliación Extrajudicial, dentro del desarrollo del procedimiento conciliatorio. Son consignadas por cualquiera de las partes del procedimiento conciliatorio.

A diferencia

del proceso judicial, donde la pretensión de

demanda

es inmutable, en el procedimiento

Pretensión

es mutable, por

que la pretensión

conciliatorio

la la

consignada en

la solicitud de conciliación puede variar durante el desarrollo del procedimiento conciliatorio hasta su conclusión.

El ultimo requisito de la solicitud de conciliación, ordena

al

solicitante consignar su firma con su puño y letra y solo en caso que sea analfabeto consignará su huella digital,

28

En caso de una solicitud conjunta, ambos solicitantes deben suscribir la solicitud de conciliación.

Mediante la Resolución Ministerial Nº 0235- 2009-JUS, de fecha 15 de

diciembre del año 2009, se

formato tipo de actas dentro del cual se formato tipo de solicitud de

aprobó los modelos de encuentra

conciliación,

el modelo de

que detallamos a

continuación:

29

FORMATO TIPO DE SOLICITUD DE CONCILIACIÓN CENTRO DE CONCILIACIÓN1 ………………………………….. Autorizado su funcionamiento por Resolución … ……….. 1 Nº _____-______

Dirección y teléfono: ______________________________________________ EXP. N° ………

SOLICITUD PARA CONCILIAR I.

DATOS GENERALES:

1.

Fecha_______________________________________________________________________________________

2.

Nombre o razón social del (los) solicitante(s)1 _____________________________________________________

3.

Documento de identidad o RUC del (los) solicitante (s) ______________________________________________

4.

Domicilio de l (los) solicitantes__________________________________________________________________

5.

Nombre del apoderado o representante __________________________________________________________

6.

Domicilio del apoderado o representante _________________________________________________________

7. 8.

Nombre o razón social del (los) invitado(s)________________________________________________________ Domicilio (s) del (los) invitado (s)________________________________________________________________

HECHOS QUE DIERON LUGAR AL CONFLICTO 1: ____________________________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________

II.

OTRAS PERSONAS CON DERECHO ALIMENTARIO 1:

III.

____________________________________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________________

PRETENSIÓN1:

IV.

____________________________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ Una Nueva era en solución de conflictos

FIRMA DEL SOLICITANTE o HUELLA DIGITAL SEGÚN EL CASO 1

V.

______________________________ Nombre y documento de Identidad

DOCUMENTOS QUE ADJUNTO 1:

VI. 1. 2. 3.

Copia de D.N.I. ________________________________ Jirón Carabaya Nº 719, oficina 114, Cercado de Lima, Lima ________________________________

Teléfono 3475606

30

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF