Solicitud de Enmienda de Protocolo..

April 21, 2024 | Author: Anonymous | Category: N/A
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, DEL MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO

DE

QUETZALTENANGO.

EDWIN

OSBERTO GRANADOS LOARCA, de cincuenta y nueve años de edad, casado, guatemalteco, Abogado y Notario, con domiciliado

en

esta

ciudad

de

Quetzaltenango, actúo en mi propio auxilio, dirección y procuración y señalo como lugar para recibir notificaciones la sexta calle número nueve guión treinta y uno interior, oficina número uno de la zona uno de esta

ciudad.

Atentamente

promover SOLICITUD

diligencias DE

comparezco

a

voluntarias

de

ENMIENDA

DE

PROTOCOLO, en base a los siguientes HECHOS: I. ) Que como Notario pague la apertura del protocolo del año dos mil trece, el cual tengo a mi cargo y bajo mi responsabilidad, pero por circunstancias ajenas a mi voluntad incurrí en la comisión de errores de forma al equivocarme y no seguir el orden de la serie de las hojas de protocolo como a continuación detallo: A.) Se autorizo la escritura número uno con

fecha tres de enero del año dos mil trece, habiéndose

iniciado

dicho

instrumento

público en la hoja de papel protocolo número C tres millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos setenta y ocho y Registro cuatrocientos ocho mil seiscientos diecisiete, siguiendo el orden de la serie de acuerdo a la numeración correlativa hasta la hoja número C tres millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos dos y registro número cuatrocientos ocho mil seiscientos cuarenta y uno, que contiene parte de la escritura número dieciocho, autorizada con

fecha seis de marzo del año dos mil trece; B) La otra parte de la escritura número dieciocho autorizada con fecha seis de marzo del año dos mil trece, se encuentra contenida en la hoja de papel protocolo con número de orden de la serie C tres millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos cincuenta y seis y registro cuatrocientos ocho mil seiscientos noventa y cinco, alterándose así el orden correlativo de la serie de las hojas de papel protocolo y se siguió el orden correlativo de la serie hasta la hoja número de orden C tres millones

novecientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y cinco y registro cuatrocientos ocho mil setecientos catorce, que contiene la escritura número treinta y tres autorizada con fecha veintinueve de abril del año dos mil trece; C) La escritura número treinta y cuatro autorizada con fecha veintinueve de Abril del año dos mil trece, se inicia en la hoja de papel protocolo numero de orden tres millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos tres y registro cuatrocientos ocho mil seiscientos cuarenta y dos, alterándose así el orden correlativo de la

serie de las hojas de papel protocolo y se siguió el orden de la serie en forma correlativa hasta la hoja número de orden C tres millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cinco y registro cuatrocientos ocho mil seiscientos noventa y cuatro, que contiene parte de la escritura número setenta y uno autorizada con fecha catorce de Noviembre del año dos mil trece; D) La otra parte de la escritura número setenta y uno autorizada con fecha catorce de Noviembre del año dos mil trece, se encuentra contenida en la hoja de papel

protocolo con número de orden C tres millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos

setenta

y

seis

y

registro

cuatrocientos ocho mil setecientos quince, alterándose nuevamente el orden correlativo de la serie de las hojas de papel protocolo y se siguió el orden de la serie de las hojas de papel protocolo en forma correlativa hasta la hoja número de orden C tres millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos ochenta y cuatro y registro cuatrocientos ocho mil setecientos veintitrés, que contiene la

escritura

número

setenta

y

siete

autorizada

con

fecha

dieciocho

de

Diciembre del año dos mil trece. II. ) En vista de los errores incurridos en el protocolo a mi cargo del año dos mil trece y para cumplir con los requisitos legales correspondientes, me dirijo a usted, con el objeto de que se hagan las enmiendas que correspondan.---------------------------------------------------------

FUNDAMENTO

DE

DERECHO: Cuando en el protocolo se incurriere en los errores siguientes de forma: alterar la numeración cardinal de los instrumentos, la de la foliación o el orden de

la serie, dejar una página en blanco o inutilización de una hoja o pliegos del protocolo, el notario acudirá a un juez de Primera Instancia del orden civil, el cual al constatar el error y en vista de las razones expuestas por el notario, podrá acordar la enmienda, levantándose al efecto un acta, certificación de la cual se agregará entre los comprobantes del protocolo. Artículo 96 del código

de

Reconocimiento

Notariado. Judicial

PRUEBAS: que

deberá

practicarse en el protocolo del año dos mil trece, con lo que se pretende probar los

errores de

forma

en que

cometí

al

equivocarme y no seguir el orden de la serie de las hojas de papel protocolo en forma correlativa, el cual versara sobre los siguientes puntos: a) Establecer si en la hoja de papel protocolo número de orden C tres millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos setenta y ocho y Registro cuatrocientos

ocho

mil

seiscientos

diecisiete, se autorizo la escritura número uno, de fecha tres de enero del año dos mil trece; b) Establecer si en la hoja de papel protocolo número de orden C tres millones

novecientos ochenta y ocho mil seiscientos dos y registro número cuatrocientos ocho mil seiscientos cuarenta y uno, contiene parte de la escritura número dieciocho autorizada con fecha seis de marzo del año dos mil trece; c) Establecer si la otra parte de la escritura número dieciocho autorizada con fecha seis de marzo del año dos mil trece, se encuentra contenida en la hoja de papel protocolo con número de orden C tres millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos cincuenta y seis y registro cuatrocientos ocho mil seiscientos noventa y

cinco, alterándose así el orden de la serie de la numeración de las hojas de papel protocolo; d) Establecer si en la hoja de papel protocolo número de orden C tres millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y cinco y registro cuatrocientos ocho mil setecientos catorce, se siguió el orden de la serie en forma correlativa hasta la hoja que contiene la escritura número treinta y tres, autorizada con fecha veintinueve de abril del año dos mil trece; e) Establecer si en la hoja de papel protocolo numero de orden tres millones

novecientos ochenta y ocho mil seiscientos tres y registro cuatrocientos ocho mil seiscientos cuarenta y dos, se inicia la escritura número treinta y cuatro, autorizada de fecha veintinueve de Abril del año dos mil

trece,

alterándose

así

el

orden

correlativo de la serie de las hojas de papel protocolo y se continuo el orden correlativo de la serie hasta la hoja número de orden C tres millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cinco y registro cuatrocientos ocho mil seiscientos noventa y cuatro, que contiene parte de la escritura

número setenta y uno autorizada con fecha catorce de Noviembre del año dos mil trece; f) Establecer si la otra parte de la escritura número setenta y uno autorizada con fecha catorce de Noviembre del año dos mil trece, se encuentra contenida en la hoja de papel protocolo con número de orden C tres millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos

setenta

y

seis

y

registro

cuatrocientos ocho mil setecientos quince, alterándose así el orden correlativo de la serie de las hojas de papel protocolo y se siguió el orden correlativo de la serie hasta

la hoja de papel protocolo número de orden C tres millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos ochenta y cuatro y registro cuatrocientos

ocho

mil

setecientos

veintitrés, que contiene la escritura número setenta

y

siete

autorizada

con

fecha

dieciocho de Diciembre del año dos mil trece. Por lo anteriormente expuesto a usted le hago la siguiente PETICIÓN: I) Que se admita para su tramite el presente memorial; II) Que se me tenga como Abogado Director y Procurador en mi propio auxilio y como lugar para recibir notificaciones el señalado;

III) Por ofrecidos y aceptados los medios de prueba indicados; IV) Que de acuerdo a los errores cometidos en el protocolo que tengo a mi cargo, al haberse alterado el orden correlativo de la serie de las hojas de papel protocolo, respetuosamente pido al suscrito Juez

se

hagan

correspondientes,

las

con

el

enmiendas objeto

de

solucionar los errores cometidos de mi parte, levantándose el acta respectiva de la cual desde ya solicito se me extienda oportunamente certificación, para agregarla a

mi

protocolo.

CITA

DE

LEYES.

Artículos:

1-24-25-26-27-44-51-61-63-66-

67-75-79-106-107, del Código Procesal Civil

y

Mercantil.

COPIAS:

Adjunto

original y tres copias del presente memorial. LUGAR Y FECHA: En la ciudad de Quetzaltenango, --- de ----Junio del año dos mil catorce.EN MI PROPIO AUXILIO, DIRECCIÓN Y PROCURACION:

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, DEL MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO. EDWIN OSBERTO GRANADOS LOARCA, de cincuenta y ocho años de

edad, casado, guatemalteco, Abogado y Notario, con domiciliado en esta ciudad de Quetzaltenango, actúo en mi propio auxilio, dirección y procuración y señalo como lugar para

recibir notificaciones la sexta calle número nueve guión treinta y uno interior, oficina número uno de la zona uno de esta ciudad. Atentamente comparezco a promover diligencias voluntarias de SOLICITUD DE ENMIENDA DE PROTOCOLO, en base a los siguientes HECHOS: I. ) Que como Notario pague la apertura del protocolo del año dos mil doce, el cual tengo a mi cargo y bajo mi responsabilidad, pero por circunstancias ajenas a mi voluntad incurrí en la comisión de errores de forma alterando la numeración cardinal de los instrumentos como a continuación detallo: A.) INSTRUMENTOS PUBLICOS QUE APARECEN REPETIDOS EN SU NUMERACIÓN CARDINAL.

a.) Con fecha veinticuatro

de Febrero del año dos mil doce, autorice la escritura pública número nueve, consistente en Contrato de Compraventa Total de Derechos Posesorios de Bien Inmueble, de los señores MARTIN POZ XIC y VENTURA QUIEJ QUIEJ, ocupando los folios número trece y catorce, correspondiéndoles el número de la hoja número de orden C tres millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos veintinueve y de registro cuatrocientos ocho mil quinientos sesenta y ocho, pero por un lapsus mental autorice otra escritura con el

mismo número nueve, consistente en Protocolación de un documento proveniente del extranjero con sus respectivos pases de ley y que corresponden a un mandato especial judicial con representación, el cual fue conferido a la señora ESPERANZA DE JESÚS LOPEZ MAZARIEGOS,

por la señora DORISELDA NIVIA MAZARIEGOS REYES, la cual esta

transcrita en la parte de atrás de la hoja de protocolo con el número de orden C tres millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos treinta y con números de registro cuatrocientos ocho mil quinientos sesenta y nueve, con el folio catorce, lo cual viene a alterar el orden cronológico de la numeración cardinal de dichos instrumentos públicos. II. ) En vista de los errores incurridos en el protocolo a mi cargo del año dos mil doce y para cumplir con los requisitos legales correspondientes, me dirijo a usted, con el objeto de que se hagan las

enmiendas que correspondan. FUNDAMENTO DE DERECHO: Cuando en el protocolo se incurriere en los errores siguientes de forma: alterar la numeración cardinal de los instrumentos, la de la foliación o el orden de la serie, dejar una página en blanco o inutilización de una hoja o pliegos del protocolo, el notario acudirá a un juez de Primera Instancia del orden civil, el cual al constatar el error y en vista de las razones expuestas por el notario, podrá acordar la enmienda, levantándose al efecto un acta, certificación de la cual se agregará entre los comprobantes del protocolo. Artículo 96 del código de Notariado. PRUEBAS: Fotocopias de las hojas de protocolo correspondientes indicadas en la relación de hechos. Por lo anteriormente expuesto a usted le hago la siguiente PETICIÓN:

I) Que se admita para su tramite el presente memorial; II) Que se me tenga

como Abogado Director y Procurador en mi propio auxilio y como lugar para recibir notificaciones el señalado; III) Por ofrecidos y aceptados los medios de prueba indicados; IV) Que de acuerdo a los errores cometidos en las hojas del protocolo que tengo a mi cargo, respetuosamente pido al suscrito Juez se hagan las enmiendas correspondientes, con el objeto de solucionar los errores cometidos de mi parte, levantándose el acta

respectiva de la cual desde ya solicito se me extienda oportunamente certificación, para agregarla a mi protocolo. CITA DE LEYES. Artículos: 1-24-25-26-27-44-51-61-63-66-6775-79-106-107, del Código Procesal Civil y Mercantil. COPIAS: Adjunto original y tres copias del presente memorial. LUGAR Y FECHA: En la ciudad de Quetzaltenango, diez de Junio del año dos mil trece.EN MI PROPIO AUXILIO, DIRECCIÓN Y PROCURACION:

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, DEL MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO.-----------------------------------------------EDWIN OSBERTO GRANADOS LOARCA, de cincuenta y dos años de edad, casado, guatemalteco, Abogado y Notario, con domiciliado en esta ciudad de Quetzaltenango, actúo en mi propio auxilio, dirección y procuración y señalo como lugar para recibir notificaciones la sexta calle número nueve guión treinta y uno interior de la zona uno de esta ciudad. Atentamente comparezco a promover diligencias voluntarias de SOLICITUD DE ENMIENDA DE PROTOCOLO, en base a los siguientes-----------HECHOS: I. ) Que como Notario pague la apertura del protocolo del año dos mil cinco, el cual tengo a mi cargo y bajo mi responsabilidad, pero por circunstancias ajenas a mi voluntad incurrí en la comisión de errores de forma alterando la numeración cardinal de los instrumentos, la alteración de foliación y dejar páginas en blanco como a continuación detallo: A. ) INSTRUMENTOS PUBLICOS QUE APARECEN REPETIDOS EN SU NUMERACIÓN CARDINAL. a. ) Que con fecha diez de febrero

del año dos mil cinco, protocolice el matrimonio civil de los contrayentes Francisco Sac Tepaz y Pascuala Florencia Chávez Tepaz, correspondiéndole el número de instrumento público ochenta y nueve, ocupando el folio número ciento diez, de la hoja de protocolo número de orden B tres millones quinientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y cinco y con número de registro doscientos noventa y nueve mil cuatrocientos setenta, pero por un lapsus mental se volvió a repetir el mismo número de la escritura pública número ochenta y nueve, en la parte de atrás de esa misma hoja del protocolo, de lo cual puse una razón indicando que lo que aparecía en dicha pagina no pertenecía a ninguna escritura, por el error cometido y porque se había impreso incorrectamente, lo cual viene a alterar el orden cronológico de la numeración cardinal de dichos instrumentos públicos. b. ) Así mismo con fecha siete de abril del año dos mil cinco, iba a imprimir la escritura pública número doscientos veinticuatro, de la señora MAGDALENA YON IXTOS, consistente en Declaración Jurada sobre Derechos Posesorios de Bien Inmueble, ocupando el folio número doscientos sesenta y ocho, de la hoja del protocolo número de orden B tres millones quinientos cuarenta y nueve mil seiscientos y con números de registro doscientos noventa y nueve mil seiscientos veinticinco, pero por falla de la impresora de la computadora solamente se copiaron nueve líneas fuera de los márgenes de la pagina de adelante de la hoja ya aludida, y posteriormente se imprimió ya correctamente la escritura respectiva, con el número doscientos veinticuatro, por lo que por el error cometido y porque se había impreso incorrectamente, se altero el orden cronológico de la numeración cardinal de dichos instrumentos públicos. c. ) También con fecha veintisiete de abril del año dos mil cinco, autorice la escritura pública número doscientos setenta y nueve, consistente en Contrato de Compraventa de Derechos Posesorios de Bien Inmueble, de los señores Lorenzo Ixtos Tzep y Pascual Tambriz Carrillo, ocupando el folio número trescientos treinta y uno, de la hoja número de orden

B tres millones quinientos cuarenta y nueve mil seiscientos sesenta y uno y de registro doscientos noventa y nueve mil seiscientos ochenta y seis, pero por un lapsus mental autorice otra escritura con el mismo número doscientos setenta y nueve, consistente en Contrato de Mutuo de los señores Ovidio Pérez Ixchop y Jorge Sontay Ajiataz, la cual esta transcrita en la parte de atrás de la hoja de protocolo con el número de orden B tres millones quinientos cuarenta y nueve mil seiscientos sesenta y dos y con números de registro doscientos noventa y nueve mil seiscientos ochenta y siete, con el folio trescientos treinta y dos y en la totalidad de la hoja número de orden B tres millones quinientos cuarenta y nueve mil seiscientos sesenta y tres y con número de registro doscientos noventa y nueve mil

seiscientos ochenta y ocho, con el folio número

trescientos treinta y tres, lo cual viene a alterar el orden cronológico de la numeración cardinal de dichos instrumentos públicos. d. ) Así mismo con fecha seis de Junio del año dos mil cinco, iba a faccionar la escritura pública número trescientos ochenta y ocho, de la señora MICAELA TAMBRIZ CHOVON, consistente en Declaración Jurada sobre Derechos Posesorios de Bien Inmueble, ocupando el folio número cuatrocientos sesenta y uno, de la hoja del protocolo número de orden B tres millones quinientos cuarenta y nueve mil setecientos noventa y dos y con número de registro doscientos noventa y nueve mil ochocientos diecisiete, pero por un error de impresión al fallar la impresora de la computadora, solamente se copiaron doce líneas en la pagina de adelante de la hoja ya aludida, y posteriormente en la pagina de atrás de dicha hoja y en la pagina de adelante de la hoja siguiente del protocolo que tiene el número de orden B tres millones quinientos cuarenta y nueve mil setecientos noventa y tres y número de registro doscientos noventa y nueve mil ochocientos dieciocho y con el folio número cuatrocientos sesenta y dos se imprimió ya correctamente la escritura respectiva, por lo que por el error cometido y porque se había impreso incorrectamente, se altero el orden

cronológico de la numeración cardinal de dichos instrumentos públicos. e. ) Así mismo con fecha dos de Julio del año dos mil cinco, autorice la escritura pública número cuatrocientos sesenta y nueve, consistente en Contrato de Compraventa de Derechos Posesorios de Bien Inmueble, de los señores FRANCISCO LOPEZ TAMBRIZ y MANUEL LOPEZ GUARCHAJ, ocupando el folio número quinientos cincuenta y tres, de la hoja de protocolo número de orden B tres millones quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos ochenta y cuatro y de registro doscientos noventa y nueve mil novecientos nueve, pero por un lapsus mental cometí el error de autorizar otra escritura con el mismo número cuatrocientos sesenta y nueve, consistente en Contrato de Compraventa de Derechos de Crédito de las señoras Gladys Elizabeth Lima Lorenzana y Claudia Patricia Morales Poz, la cual consta en la hoja de protocolo con el número de orden B tres millones quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos ochenta y cinco y con número de registro doscientos noventa y nueve mil novecientos diez, con el folio quinientos cincuenta y cuatro y en la parte de adelante de la hoja número de orden B tres millones quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos ochenta y seis y con número de registro doscientos noventa y nueve mil

novecientos once, con el folio número quinientos

cincuenta y cinco, lo cual viene a alterar el orden cronológico de la numeración cardinal de dichos instrumentos públicos. f. ) También con fecha veintisiete de Julio del año dos mil cinco, autorice la escritura pública número quinientos cincuenta y tres, donde compareció la señora MARIA DEL ROSARIO SOTO MARTINEZ, otorgando Mandato Especial con Representación a favor de los señores CARLOS GILBERTO PEREIRA DIAZ y CARLA GEOVANA PEREIRA ARRIOLLA DE DEL VALLE, ocupando el folio número seiscientos cincuenta y cinco, de la hoja de protocolo número de orden B cuatro millones cuatrocientos un mil cuatrocientos dieciocho y de registro ciento setenta y un mil cuatrocientos veintinueve, pero por un lapsus mental cometí el error de autorizar

otra escritura con el mismo número quinientos cincuenta y tres, donde compareció el señor LUIS JOSUÉ LOPEZ FIGUEROA, otorgando Mandato Especial con Representación a favor de DANY MILTON HERNÁNDEZ CASTAÑEDA, ocupando el folio número seiscientos cincuenta y seis, la cual esta autorizada en la hoja de protocolo con el número de orden B cuatro millones cuatrocientos un mil cuatrocientos diecinueve y con número de registro ciento setenta y un mil cuatrocientos treinta, lo cual viene a alterar el orden cronológico de la numeración cardinal de dichos instrumentos públicos. g. ) También con fecha veintinueve de Septiembre del año dos mil cinco, autorice la escritura pública número setecientos veintitrés, donde compareció el señor JESÚS AMADO CIFUENTES DIAZ, solicitando se protocolice documento proveniente del extranjero en donde Aura Eunice Robles Gramajo, otorga Mandato Especial Judicial con Representación a favor del señor Jesús Amado Cifuentes Díaz, ocupando el reverso del folio número ochocientos cincuenta y tres, de la hoja de protocolo número de orden B cuatro millones cuatrocientos un mil seiscientos doce y de registro ciento setenta y un mil seiscientos veintitrés, pero por un lapsus mental cometí el error de autorizar otra escritura con el mismo número setecientos veintitrés, donde comparecieron los señores CATARINA IXQUIACTAP único nombre y apellido, MANUELENRIQUE TAMBRIZ TZEP, DIEGO GUARCHAJ Y GUARCHAJ y DIEGO IXMATA RAZON, a celebrar un Contrato de Mutuo, ocupando la pagina de atrás de la hoja número de orden B cuatro millones cuatrocientos un mil seiscientos trece y de registro ciento setenta y un mil seiscientos veinticuatro, folio número ochocientos cincuenta y seis y la totalidad de hoja número de orden B cuatro millones cuatrocientos un mil seiscientos catorce y número de registro ciento setenta y un mil seiscientos veinticinco, folio número ochocientos cincuenta y siete, lo cual viene a alterar el orden cronológico de la numeración cardinal de dichos instrumentos públicos. B.) ISTRUMENTOS PUBLICOS QUE NO

APARECEN DENTRO DEL PROTOCOLO: a. ) Así mismo cometí el error por un lapsus mental de no redactar y autorizar la escritura pública número cuatrocientos sesenta y seis, no obstante tener las hojas de protocolo el orden correlativo respectivo y si en caso se hubiera faccionado ese instrumento público al mismo le hubiera correspondido la fecha dos de julio del año dos mil cinco, lo cual con el error cometido viene a alterar el orden cronológico de la numeración cardinal de dichos instrumentos públicos, no esta demás manifestar que la escritura pública número cuatrocientos sesenta y nueve, se autorizo dos veces con fecha dos de julio del año dos mil cinco, fecha que le correspondía a la escritura cuatrocientos sesenta y seis. b. ) También me permito indicar que por faccionar y autorizar dos veces la escritura pública número setecientos veintitrés, por un lapsus mental cometí el error de omitir redactar y autorizar la escritura pública número setecientos veinticuatro, no obstante tener las hojas de protocolo el orden correlativo respectivo y si en caso se hubiera faccionado ese instrumento público al mismo le hubiera correspondido la fecha treinta de Septiembre del año dos mil cinco, por lo que con dicho error cometido se altero el orden cardinal de la foliación de los instrumentos públicos. C. ) FOLIOS REPETIDOS: También me permito indicar que incurrí en error por un lapsus mental al alterar el orden cardinal de la foliación de las hojas del protocolo a mi cargo, ya que se puso dos veces el folio treinta y ocho, el folio ciento cincuenta y siete, el folio

trescientos cincuenta y seis, el folio trescientos

cincuenta y siete, el folio cuatrocientos y el folio quinientos ochenta y siete. D. ) FOLIOS FALTANTES: También se incurrió en error por un lapsus mental, al omitir en la foliación poner el número quinientos cincuenta y siete, con lo cual se altera la numeración cardinal de la misma de los instrumentos públicos autorizados. E. ) HOJAS DE PROTOCOLO EN BLANCO: Se incurrió en error al dejar en blanco el reverso de las hojas de protocolo números de orden y registro siguientes: 1) B tres millones

quinientos cuarenta y nueve mil ochocientos ochenta y siete, registro doscientos noventa mil novecientos doce, que obra en el folio quinientos cincuenta y seis. 2) B cuatro millones cuatrocientos un mil cuatrocientos ochenta y cuatro, registro ciento setenta y un mil cuatrocientos noventa y cinco, que obra a folio setecientos veintitrés. 3) B cuatro millones cuatrocientos un mil ochocientos cuarenta y cuatro, registro ciento setenta y un mil ochocientos setenta y cinco, que obra en el folio un mil cuarenta y nueve. 4) B cuatro millones cuatrocientos un mil ochocientos seis, registro ciento setenta y un mil ochocientos diecisiete, que obra en el folio un mil cincuenta y tres. B cuatro millones cuatrocientos un mil ochocientos seis, registro ciento setenta y un mil ochocientos diecisiete, que obra en el folio un mil cincuenta y tres. 5) B cuatro millones cuatrocientos un mil ochocientos sesenta y ocho. registro ciento setenta y un mil ochocientos setenta y nueve del reglón veintinueve al cincuenta, que obra a folio un mil ciento dieciocho. Lo anterior sucedió por la rapidez de terminar las escrituras autorizadas ya que las personas interesadas les urgía o venían de lugares fuera de la ciudad de Quetzaltenango y por la rapidez de terminarlas inconscientemente deje en blanco la pagina del reverso de dichas hojas de protocolo. II. ) En vista de los errores incurridos en el protocolo a mi cargo del año dos mil cinco y para cumplir con los requisitos legales correspondientes, me dirijo a usted, con el objeto de que se hagan las enmiendas que correspondan.-----------------------FUNDAMENTO DE DERECHO: Cuando en el protocolo se incurriere en los errores siguientes de forma: alterar la numeración cardinal de los instrumentos, la de la foliación o el orden de la serie, dejar una página en blanco o inutilización de una hoja o pliegos del protocolo, el notario acudirá a un juez de Primera Instancia del orden civil, el cual al constatar el error y en vista de las razones expuestas por el notario, podrá acordar la enmienda, levantándose al efecto un acta, certificación de la cual se agregará entre los comprobantes del protocolo. Artículo 96 del código de Notariado.----------------------------

PRUEBAS: Las hojas de protocolo correspondientes indicadas en la relación de hechos. Por lo anteriormente expuesto a usted le hago la siguiente-------------------------------------PETICIÓN: I) Que se admita para su tramite el presente memorial; II) Que se me tenga como Abogado Director y Procurador en mi propio auxilio y como lugar para recibir notificaciones el

señalado; III) Por ofrecidos y aceptados los medios de prueba

indicados; IV) Que de acuerdo a los errores cometidos en las hojas del protocolo que tengo a mi cargo, respetuosamente pido al suscrito Juez se hagan las enmiendas correspondientes, con el objeto de solucionar los errores cometidos de mi parte, levantándose el acta respectiva de la cual desde ya solicito se me extienda oportunamente certificación, para agregarla a mi protocolo.------------------------------------------------------CITA DE LEYES. Artículos: 1-24-25-26-27-44-51-61-63-66-67-75-79-106-107, del Código Procesal Civil y Mercantil.----------------------------------------------------------------COPIAS: Adjunto original y dos copias del presente memorial.------------------------------LUGAR Y FECHA: En la ciudad de Quetzaltenango, once de Septiembre del año dos mil seis.-

EN MI PROPIO AUXILIO, DIRECCIÓN Y PROCURACION:

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