Sociedades y Asociaciones Civiles

April 21, 2018 | Author: Partegeneral | Category: Liquidation, Legal Personality, Estate (Law), Civil Law (Legal System), State (Polity)
Share Embed Donate


Short Description

Download Sociedades y Asociaciones Civiles...

Description

LAS PERSONAS JURIDICAS Concepto , clases y conceptos fundamentales

CONCEPTO • Ficción legal instrumental consistente en

dotar de capacidad jurídica y de obrar distinta de las de las personas que las componen a grupos de personas o masas de bienes con el objetivo de facilitar los fines que les son propios. propios .

Personas Jurídicas - Clasificación

Nacional Provincial Municipal

Estado Público

Entidades Autárquicas Iglesia Católica No Estatales

Personas jurídicas carácter

 Asociaciones y Fundaciones Privado

Objeto: bien común Patrimonio propio No subsisten sólo por aportes del Estado Deben obtener autorización para funcionar

Civiles Sociedades

con fin de lucro Comerciales

Simples Asociaciones Sus Estados Extranjeras Sus establecimientos, corporaciones y asociaciones (Ley Nº

Personas Jurídicas - Caracterización

Asociación

Simple asociación Sin personería Si las autoridades no son elegidas

por escritura pública con firmas certificadas

Con personería posteriormente obtenida, es retroactiva a su constitución

sus miembros son responsables solidarios

 Asociación “Agrupaciones  de personas constituidas para realizar una

actividad colectiva de una forma estable, organizadas democráticamente, sin ánimo de lucro e independientes, al menos formalmente, del Estado, los partidos políticos y las empresas”

Características :     

Objetivos y/o actividades comunes Objetivos de bien común: egoístas o altruistas Funcionamiento democrático Sin ánimo de lucro   Independientes

¿Quiénes pueden constituir asociaciones? • Todas las personas tienen derecho a

asociarse para la consecución de fines lícitos:  – Personas físicas: • Requisito: capacidad de obrar • No condicionadas legalmente para el ejercicio de este derecho  – Personas jurídicas, públicas o privadas

¿Qué se necesita para constituir una asociación?  Acuerdo de dos o más personas, físicas o  jurídicas, que se comprometen a poner en común:   Conocimientos   Medios   Actividades

Para conseguir unos fines lícitos Ese acuerdo se plasma en un documento = Acta fundacional o Acta constituyente

FUNDACIÓN “Organizaciones constituidas sin ánimo de lucro que, por

voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general"

•Características fundamentales: •Necesitan de un patrimonio. •Deben perseguir fines de interés general. •Se rigen por la voluntad del fundador •Carecen de ánimo de lucro.

 Asociación o Fundación Fundación En ambos casos son entidades: Sin ánimo de lucro Persiguen un interés general DIFERENCIA: ASOCIACIONES  Agrupación de personas con intereses comunes

FUNDACIONES Patrimonio adscrito a un fin

¿Quiénes pueden constituir una fundación? - Personas físicas - Personas jurídicas, públicas o privadas

Requisito: Capacidad para disponer de los bienes y los derechos en que consista la dotación fundacional

¿Qué se necesita para constituir una fundación?

• Fundador /es • Patrimonio • Fines, de interés general

Modalidades de constitución : - En vida del fundador (Actos inter vivos) - A su fallecimiento fallecimiento (Actos mortis causa)

Requisitos para la constitució constitución n Otorgamiento de escritura pública o instrumento privado con firma certificad de constitución. constitución .

Contenido de la escritura: - Datos de identificación del fundador/es - Voluntad de constituir una fundación - Nombre, domicilio y objeto de la fundación - Patrimonio inicial - Plazo de duración - Organización del Consejo de Adminitración - Normas de funcionamiento - Cláusulas de disolución y procedimiento de liquidación bienes

Aprobación de estatutos y otorgamiento de personería jurídica

 Asociación y Fundación OTRAS DIFERENCIAS

Asociaciones • Acto constitutivo • Base social (socios/as) • Funcionamiento

democrático • Fines altruistas o egoistas (no fin de lucro)

Fundaciones • Acto fundacional • No cuentan con base

social • Se rigen por la voluntad del fundador • Fines altruistas

SOCIEDAD CIVIL

Sociedad Civil Definición:

a) Dos o más personas (pluralidad) de dar (socio capitalista) b) Realizand Realizando o prestaciones

capital social: obligac. de dar de hacer (socio industrial)

c) Buscando obtener utilidad apreciable en dinero; (fin de lucro) d) Dividiendo entre sí, en función a lo que cada uno aportare. Soc. Civil Regular:

Cuando el contrato se celebra por escritura pública (art. 1184, inc. 3);

Soc. Civil de Hecho:

Cuando sea verbal o por escrito (aún con firmas certificadas) sin ser pasado a escritura pública (art. 1662),

Socios:

Sus herederos y legatarios no son socios (Art. 1670), el contrato puede decir otra cosa o los socios en forma unánime aceptarlo No pueden ceder (parte o todo) de sus derechos sociales (Art. 1671) No pueden alterar objeto social (Art. 1672).

Administración:

La ejercen todos los socios, salvo que nombren a uno o más como administradores, incluso, puede nombrarse a un tercero no socio (Art. 1676).

Razón Social:

Puede llevar el nombre de uno o más socios con o sin el aditamento de «compañía» (Art. 1678); Puede llevar denominación social.

SOCIEDAD CIVIL Capital:

Los bienes aportados por los socios se juzgan transferidos a la sociedad y cuando ella se disuelve, los socios NO tienen derecho a exigir restitución de los propios bienes, aunque se hallen en la masa social. (Art. 1702).

Responsabilidad:

Los socios no están obligados solidariamente por las deudas sociales, si expresamente no lo estipularon así. Las obligaciones contratadas contratadas hacen a cada socio responsable ilimitado ilimitado por una porción viril y sólo en esa proporción. (Art. 1747).

Disolución:

Por muerte de uno, en sociedad de dos socios (Art. 1758); Por muerte de administrador nombrado por contrato, o el socio industrial o algún socio de vital importancia personal puede pedirse la disolución. (Art. 1759). Por conclusión de plazo (Art. 1764), pero puede continuar (Art. 1766); Por agotamiento de objeto (Art. 1764); Por pérdida de capital social (Art. 1771).

Liquidación:

Se aplican las normas del Código de Comercio sobre liquidación de Sociedades Comerciales (Art. 1777). En liquidación parcial (fallecimiento o retiro de algún socio), para calcular la parte del socio saliente se computa el activo a valores reales y el valor llave, si existiera (Art. 1788 bis).

CUADRO COMPARATIVO CUADRO COMPARATIVO

SOCIEDAD CIVIL

ASOCIACIÓN CIVIL

FUNDACIÓN

C.C. Arts. 1648 y sgtes.

C.C. y Org. Control

C.C.; Ley 19836 y Org. Control

Característica

Fin de lucro

Sin fin de lucro . Con autorización para funcionar

Sin fin de lucro, con autorización para funcionar.

Cant. mínima de socios

2

2

No tienen miembros

Administrador

Mínimo 1, socio o no

Comisión Directiva

Consejo de Administración

Fiscalización

No existe

Comisión revisora de cuentas o Síndico

Comisión Revisora de Cuentas. o Síndico

Puede ser rentado

 Ad-honorem

 Ad-honorem

Constitución por escritura pública, Constitución su inobservancia la convierte en Soc.Civil de Hecho

Instrumento p{ublico p{ublico o privado con certificación de firmas

Por escritura pública o contrato privado con firmas certificadas de fundadores

No se inscribe

Dirección General de Inspeccion de Personas Jurídicas

Dirección General de Inspección General de Personas Jurídicas

Legislación

Remuneración de administrad. Formalidades

Inscripción

CUADRO COMP COMPARA ARATIVO TIVO - CONTINUACIÓN CONTI NUACIÓN CUADRO COMPARATIVO

SOCIEDAD CIVIL

ASOCIACIÓN CIVIL

FUNDACIÓN

No se exige

Deben presentar balances

Libro de contabilidad contabilidad,, Plan Inversión Trienal y Balances

Finalidad

Obtener lucro de una actividad no comercial

Fomento. Ayuda pública,  Actividadess Sociales,  Actividade Deportivas, Culturales, etc.

 Altruista, de investigac investigación, ión, educación, educación, beneficencia, etc

Ejemplos

 Actividades agropec.,Bienes  Actividades agropec.,Bienes Raíces e Inmuebles, Locación de Servicios, etc.

Clubes Deportivos Centros Vecinales Bomberos Voluntarios Centro de Fomento  Aeroclubes, etc.

Subsidiaria e ilimitada en proporción viril

Limitada a integración de aportes comprometidos

Contabilidad

Respons. socios

Medicina (Fundación Favaloro Corazoncito) Cultura; Educación; etc.

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF