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“UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURIMAC” FACULTAFD ADMINISTRACION ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE ADMINISTRACION
SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO AREA
: TECNOLOGIA DE LA GESTION PUBLICA
DOCENTE
: LIC. EN ADM. OSORIO HUAMANI YURI.
INTEGRANTES
: ÑAHUI QUISPE WILLIAN GONZALES VARGAS GREGORIO MAMANI HUILLCA OLIVER GUILLEN SHARMELY
SEMESTRE:
TAMBOBAMBA-PERU 2016
ÍNDICE INTRODUCCION ........................................................................................................................... 1 1.
Sistemas administrativos en el Perú .................................................................................. 1 2.
SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO PERUANO ............................................ 2
3.
ELEMENTOS INTEGRANTES DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS .......................... 2
a)
GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS ................................................................................ 3
b)
ABASTECIMIENTO ............................................................................................................... 4
c)
PRESUPUESTO PÚBLICO ................................................................................................... 5
d)
TESORERÍA .......................................................................................................................... 6
e)
ENDEUDAMIENTO PÚBLICO .............................................................................................. 7
f)
CONTABILIDAD.................................................................................................................... 8
g)
INVERSIÓN PÚBLICA .......................................................................................................... 8
h)
PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO ....................................................................................... 9
i)
DEFENSA JUDICIAL DEL ESTADO .................................................................................. 10
j)
SISTEMA DE CONTROL (CONTRALORÍA) ....................................................................... 10
k)
MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA ................................................................. 10
“SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO”
INTRODUCCION Las entidades deben, con carácter de obligatorio, diseñar Planes Estratégicos, con lineamientos de política, objetivos y metas definidas, que sirvan de parámetros para medir su desempeño y el grado de efectividad en el logro de sus objetivos y metas; obviamente con un apropiado manejo (gestión-gerencia) de los recursos del Estado, o sea del dinero de cada peruano; dicho en otras palabras, el conjunto de normas que conforman los sistemas administrativo, es la forma cómo se debe administrar los recursos y la gestión es cómo realmente los funcionarios de turno lo hacen, ya que en definitiva la gestión siempre responde a los intereses políticos del gobierno de turn Sistemas Administrativos del Estado, se llamaba anteriormente ; hoy se habla de Sistemas Administrativos de Gestión Pública, es decir que además del conjunto de normas, procedimiento, técnicas e instrumentos que constituyen los sistemas, se le está añadiendo un valor agregado que se llama Gestión Pública. Los sistemas han sido creados, con la finalidad de regular la actuación de los funcionarios públicos encargados del manejo de los recursos del Estado; es por eso su esencia fundamental de control, que a pesar de estos mecanismos, siempre o casi siempre, no se hace un buen uso de los recursos. La doctrina, nos dice que los sistemas de administración y ahora también de gestión pública, tienen como objetivo fundamental, el uso adecuado de los recursos del Estado, en términos de eficiencia, eficacia y economía; lo cual redundará en un beneficio para todo el país. En el presente trabajo, solo se estudiará cuatro Sistemas Administrativos, que son considerados los más importantes de en razón de su naturaleza; estos sistemas
son:
el
de
Contabilidad,
Tesorería
(Dirección
General
de
Endeudamiento y Tesoro Público), Abastecimiento y Personal (Gestión de Recursos Humanos); a pesar de existir nueva normativa relativa a esto sistemas, aún hay dispositivos de hace varios años, que siguen vigentes.
1. Sistemas administrativos en el Perú “UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURIMAC”
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“SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO” Concepto: el conjunto de componentes que interactúan entre sí y se encuentran interrelacionados recibe el nombre de sistema. Administrativo, por su parte, es aquello vinculado a la administración (el acto de administrar: organizar o gestionar recursos). En su acepción más amplia, un sistema administrativo es una red o un esquema de procesos cuya finalidad es favorecer el cumplimiento de los objetivos de una organización. El sistema apunta a que los recursos de la organización en cuestión sean administrados de forma eficiente. Todo sistema administrativo determina una serie de procedimientos que deben ser respetados por los miembros de una compañía a la hora de tomar decisiones. Esta compleja red se encuentra integrada en la estructura misma de la empresa y permite que cada paso que dé cualquiera de sus integrantes apunte hacia los mismos fines. 2. SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO PERUANO Según el artículo n° 46 de la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Sistemas Administrativos tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso. Los Sistemas Administrativos de aplicación nacional están referidos a l as siguientes materias: a. Gestión de Recursos Humanos
h. Planeamiento Estratégico i.
Defensa Judicial del Estado
b. Abastecimiento
j.
Control.
c. Presupuesto Público
k. Modernización de la gestión
d. Tesorería
pública
e. Endeudamiento Público f. Contabilidad g. Inversión Pública
3. ELEMENTOS INTEGRANTES DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
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“SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO” Si bien el planeamiento estratégico y la formulación de los objetivos corporativos son variables que se definen en el nivel más alto de la organización, el cumplimiento de los mismos se lleva a cabo a través de los niveles medios e inferiores que son los responsables de la ejecución, seguimiento y contralor de las rutinas, procesos y generación y transmisión de información necesarios para su concreción. En función de ello, los elementos que integran los sistemas administrativos son los que se indican a continuación. Personas:
Son los ejecutores, usuarios y razón de ser de los sistemas
administrativos
y
quienes
actúan
en
la
captura,
procesamiento,
almacenamiento, transmisión y utilización de información necesaria para la aplicación de esos sistemas. Tecnología: Es el equipamiento y técnicas necesarias para la ejecución de los procesos desarrollados por las personas (proveedores, procesadores y usuarios de la información) tales como: soportes (magnéticos u ópticos) donde se almacenan los datos e información; elementos de captura de datos (teclados, scanners, códigos de barra); elementos de procesamiento de la información (hardware y software); elementos de transmisión de información (redes locales o amplias); ruteadores; intranets; extranets). Gestión del conocimiento: Se ha convertido en un elemento fundamental para el desarrollo de la conducción empresaria. Comprende la detección, captura, almacenamiento, organización, recuperación y transmisión del conocimiento necesario para ese desarrollo. Este tema está tratado con amplitud en otra sección de este trabajo.
a) GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS La Gestión de Recursos Humanos es el proceso administrativo aplicado al incremento y preservación del esfuerzo, las prácticas, la salud, los conocimientos, las habilidades, etc., de los miembros de la estructura, en beneficio de un sujeto, de la propia organización y del país en general.
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“SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO” De igual manera, podemos decir que realizar el proceso de auxiliar a los empleados a alcanzar un nivel de desempeño y una calidad de conducta personal y social que cubra sus necesidades y expectativas personales. La Gestión de Recursos Humanos consiste en planear, organizar y desarrollar todo lo concerniente a promover el desempeño eficiente del personal que compone una estructura. La Gestión de Recursos Humanos en una organización representa el medio que permite a las personas colaborar en ella y alcanzar los objetivos individuales relacionados directa o indirectamente con el trabajo b) ABASTECIMIENTO el Sistema de Abastecimiento señala que es el conjunto interrelacionado de políticas, objetivos, normas, atribuciones, procedimientos y procesos técnicos, con la intención de lograr la gestión eficiente y eficaz de los procesos de abastecimientos que requieren las entidades del Estado, buscando orientar como señala Nunja, José (2010) "al racional flujo, de distribución o suministro,
empleo
y
conservación
de
los
recursos
materiales;
así
como acciones especializadas para atender las necesidades y requerimiento de las entidades para el normal desenvolvimiento de sus actividades, y asegurar la continuidad de los procesos productivos que desarrollan las entidades integrantes de la Administración Pública. El Abastecimiento es una función de apoyo al funcionamiento interno de una organización social. Se orientan a suministrar o proporcionar los elementos materiales (denominados bienes) y las actividades complementarias para la operación de dichos de dichos elementos en estado óptimo o garantizado (denominados servicios): ambos, bienes y servicios, se emplean para la producción gubernativa de servicios públicos, o de bienes económicos a través de las distintas entidades que constituyen la Administración Pública. Tales actividades se realizan en campos especializados denominados procesos técnicos, relativamente autónomos e interdependientes.
Son
procesos
técnicos
de
Abastecimiento:
catalogación,
registro
de
proveedores, programación, registro y control, adquisición, recuperación de “UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURIMAC”
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“SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO” bienes, almacenamiento, mantenimiento, seguridad, distribución y disposición final. La función de esta Norma es la de lograr la unidad y racionalidad a la función de Abastecimiento.
c) PRESUPUESTO PÚBLICO El Sistema Nacional de Presupuesto, es uno de los sistemas administrativos integrantes de la Administración Financiera del Sector Público. Comprende un conjunto de órganos, normas y procedimientos que conducen el proceso presupuestario de todas las entidades y organismos del Sector Público en sus fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación. El Sistema Nacional de Presupuesto se rige por la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y por la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Conformación del Sistema Nacional de Presupuesto De acuerdo a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, éste está integrado por la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP), dependiente del Vice Ministerio de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, y por las Oficinas de Presupuesto, a nivel de todas las entidades del Sector Público que administran recursos públicos. • Principales funciones: 1. Programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario 2. Elaborar el Anteproyecto de la Ley Anual de Presupuesto 3. Emitir directivas y normas presupuestarias complementarias 4. Regular la programación del presupuesto 5. Promover el perfeccionamiento de la técnica presupuestaria 6. Emitir opinión en materia presupuestaria de manera exclusiva y excluyente • Es la dependencia responsable de conducir el proceso presupuestario de la entidad • Está sujeta a las disposiciones que emita la DGPP-MEF. • Organiza, consolida, verifica y presenta la información presupuestaria generada por la entidad
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“SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO” • Coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos y sus modificaciones Dirección General de Presupuesto Público Oficinas de Presupuesto de las entidades públicas:
d) TESORERÍA El Sistema Nacional de Tesorería es el sistema administrativo que regula la administración de los fondos públicos en las entidades del sector público. Esto, sin importar el origen o fuente de financiamiento de dichos fondos. El SNT está regulado en la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público (Ley Nº 28112) y por la Ley General del Sistema Nacional de Tesorería (Ley Nº 28693) y las Directivas emitidas por la Dirección Nacional de Tesoro Público. 9 Dicho ejercicio fue propuesto originalmente por Bruno Barletti, en un documento para el CIES. 20 CIES – Consorcio de Investigación Económica y Social MODULO I: DESCENTRALIZACIÓN Y PRESUPUESTO POR RESULTADOS De acuerdo a dichas normas, los sujetos que integran el SNT son: i) la Dirección Nacional de Tesoro Público, (dependiente del Vice Ministerio de Hacienda del MEF) y ii) las entidades de todo el sector público. Administración de Fondos Públicos Los fondos públicos provenientes de la recaudación tributaria nacional así como de aquellos ingresos no tributarios, son administrados y registrados por la Dirección Nacional del Tesoro Público. Los fondos públicos generados u obtenidos en la producción o prestación de los bienes y servicios, se encuentran bajo la administración y registro de las unidades ejecutoras y entidades que los generan. Caja Única del Tesoro Público: La Ley Marco de Administración Financiera del Sector Público estableció la Caja Única del Tesoro Público, con el objeto de centralizar las cuentas –determinadas por la Dirección Nacional de Tesoro Público– y asegurar una gestión integral de los recursos financieros del Estado/10. La Dirección Nacional del Tesoro Público mantiene en el Banco de la Nación una cuenta bancaria, denominada Cuenta Principal, en la cual se centralizan los fondos públicos provenientes de “Recursos Ordinarios”/11.
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“SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO” Esta Cuenta Principal contiene subcuentas bancarias de gasto a nombre de las entidades (Unidades Ejecutoras), que la Dirección Nacional del Tesoro Público autoriza para la atención del pago de las obligaciones contraídas.
e) ENDEUDAMIENTO PÚBLICO Es el conjunto de órganos, normas y procedimientos orientados al logro de una eficiente administración del endeudamiento a plazos mayores de un año de las entidades y organismos del Sector Público; está integrado por la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, dependiente del Viceministerio de Hacienda y por las Unidades Ejecutoras las cuales conducen los procesos relacionados con el sistema, a nivel de todas las entidades del Sector Público que administran fondos de las entidades y organismos públicos, las mismas que son responsables de velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos que emita el órgano rector. Se rige por los siguientes principios: 1. Eficiencia y prudencia. El Endeudamiento Público interno y externo se basa en una estrategia de largo plazo que tiene como objetivo fundamental cubrir parte de los requerimientos de financiamiento del Sector Público a los más bajos costos posibles, sujetos a un grado de riesgo prudente y en concordancia con la capacidad de pago del país. 2. Responsabilidad fiscal. El Endeudamiento Público debe contribuir a la estabilidad macroeconómica y a la sostenibilidad de la política fiscal, mediante el establecimiento de reglas y límites a la concertación de operaciones de endeudamiento del Sector Público y una prudente administración de la deuda. El Gobierno Nacional no reconocerá deudas contraídas por los Gobiernos Regionales y Locales, salvo las debidamente avaladas. 3. Transparencia y credibilidad. El proceso de Endeudamiento Público debe llevarse a cabo mediante mecanismos previstos en la Ley, que sean transparentes y predecibles.
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“SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO” 4. Capacidad de pago. El Endeudamiento Público permite obtener financiamiento externo e interno, de acuerdo con la capacidad de pago del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales o de la entidad obligada. 5. Centralización
normativa
y
descentralización
operativa.
El
Endeudamiento Público se sujeta a la regla de centralización normativa y descentralización operativa en el Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.
f) CONTABILIDAD El Sistema Nacional de Contabilidad es el sistema administrativo que establece las normas y procedimientos de contabilidad que deben seguirse en el sector público. La contabilidad del sector público se configura como un sistema de información económica, financiera y presupuestaria de cada una de las entidades que lo conforman. Tiene por objeto mostrar la imagen fiel del patrimonio, la situación financiera, los resultados y la ejecución del presupuesto. Un objetivo complementario de este sistema administrativo es la elaboración de las cuentas nacionales, la Cuenta General de la República y las Cuentas Fiscales. El SNT está regulado en la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público (Ley Nº 28112), la Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad (Ley Nº 28708) y las Directivas emitidas por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública. De acuerdo a dichas normas, los sujetos que integran el SNT son: i) la Dirección Nacional de Contabilidad Pública (dependiente del Vice Ministerio de Hacienda del MEF) y ii) las entidades de todo el sector público.
g) INVERSIÓN PÚBLICA El SNIP es un sistema administrativo del Estado que a través de un conjunto de principios, métodos, procedimientos y normas técnicas certifica la calidad de los Proyectos de Inversión Pública (PIP). Con ello se busca:
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Eficiencia
En la utilización de recursos de inversión.
Sostenibilidad
En la mejora de la calidad o ampliación de la provisión de los servicios públicos intervenidos por los proyectos
Mayor impacto socio-económico
Es decir, un mayor bienestar para la población.
La Inversión Pública debe estar orientada a mejorar la capacidad prestadora de servicios públicos del Estado de forma que éstos se brinden a los ciudadanos de manera oportuna y eficaz. La mejora de la calidad de la inversión debe orientarse a lograr que cada nuevo sol (S/.) invertido produzca el mayor bienestar social. Esto se consigue con proyectos sostenibles, que operen y brinden servicios a la comunidad ininterrumpidamente. Hay diferentes actores en el SNIP y cada uno de ellos es responsable de cumplir determinadas funciones a lo largo de la preparación, evaluación ex ante, priorización, ejecución y evaluación ex post de un proyecto. Conforman el SNIP: El Órgano Resolutivo
Las Unidades Formuladoras (UF) Las Oficinas de Programación Inversiones (OPI) Las Unidades Ejecutoras (UE)
e
O la más alta autoridad ejecutiva de la unidad, (Alcaldes, Presidentes de Gobiernos Regionales, Ministerios, etc.) U órganos responsables de la formulación de los estudios de pre inversión. Encargadas de la evaluación y declaración de viabilidad de los PIP. Responsables de la ejecución, operación, mantenimiento y evaluación ex post de los PIP en las diferentes entidades públicas de todos los niveles de Gobierno.
Las disposiciones del SNIP se aplican a más de 1980 Unidades Formuladoras (UF) y más de 920 Oficinas de Programación e Inversiones (OPI) de alrededor de 850 entidades sujetas al sistema entre Ministerios, Institutos, Escuelas Nacionales, Universidades Nacionales, Empresas de FONAFE, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Empresas de Tratamiento Empresarial, etc.
h) PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), es un organismo constitucional autónomo del Perú. De acuerdo al Decreto Legislativo N°1088 es
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“SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO” la instancia gubernamental rectora del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico peruano. Su actual titular encargado es Víctor Vargas Espejo, quien asumió el cargo en mayo del 2015. Funciones: Es la encargada de formular, coordinar, dar seguimiento y evaluar las estrategias y prioridades del Gobierno; es la institución que conduce el proceso de formulación y difusión de una visión compartida y concertada de futuro del Perú en sus diferentes niveles de gobierno. El CEPLAN es la institución responsable de diseñar el país de las próximas décadas;
el
espacio
que
contribuye
con
la
discusiónde
las
opciones estratégicas del país, considerando la situación presente y las posibilidades del futuro con miras al 2021, en una primera etapa. i) DEFENSA JUDICIAL DEL ESTADO Conjunto de principios, normas, procedimientos e instrumentos estructurados e integrados mediante los cuales procuradores públicos ejercen la defensa Jurídica del Estado. Su finalidad es fortalecer, unificar y modernizar la defensa Jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional.
j) SISTEMA DE CONTROL (CONTRALORÍA) Conjunto de órganos de control, normas, métodos y procedimientos estructurados e integrados funcionalmente y destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control gubernamental en forma descentralizada. Su actuación comprende actividades y acciones en el campo administrativo, presupuestal, operativo y financiero de las entidades. k) MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA La finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal. Y así lograr una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y organizando el uso de recursos Públicos.
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