Silabo de Doctrina e Identidad Policial 2018
Short Description
Descripción: Silabo de Doctrina e Identidad Policial 2018 Silabo de Doctrina e Identidad Policial 2018 Silabo de Doctrin...
Description
POLICIA NACIONAL DEL PERU DIRECCION EJECUTIVA DE EDUCACION Y DOCTRINA ESCUELA DE EDUCACION SUPERIOR TECNICO PROFESIONAL PNP DE TRUJILLO AREA ACADEMICA TRUJILLO
SILABO DESARROLLADO DE “DOCTRINA E IDENTIDAD POLICIAL” DOCENTE: COMANDANTE PNP. JOHNNY RODRIGUEZ BARBARAN
“DOCTRINA E IDENTIDAD POLICIAL”. I.
DATOS GENERALES ESCUELA MODULO HORAS TOTALES HORAS SEMANALES CREDITOS UNIDAD DIDACTICA PERIODO ACADEMICO DOCENTE
II.
: : : : : : : :
EESTP PNP TRUJILLO I 96 horas académicas 06 horas académicas 03 créditos Doctrina e Identidad Policial I Semestre
SUMILLA. La asignatura “DOCTRINA E IDENTIDAD POLICIAL", de estudios
forma parte del plan
de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial de
Suboficiales de la PNP y a través de su formación general se promueve el conocimiento teórico-práctico sobre el marco de la doctrina policial a través de sus fuentes,
características,
principios
y
valores,
reformas,
reorganizaciones
y
reestructuración de la Policía Nacional, sus héroes y mártires de la PNP, descripción de creación, misión y funciones de las unidades de la PNP para garantizar, mantener y restablecer el orden interno. De este modo los efectivos policiales los conocimientos
y
competencias necesarias
adquieren
para garantizar el
cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado; cumplir y hacer cumplir la ley.
III.
CAPACIDADES. Los Estudiantes PNP al finalizar el semestre académico estará en condiciones de: a)
el enfoque del origen y el significado de la , así como entender y definir con sus propias palabras la doctrina policial. b) Es capaz de identificar y dominar los elementos y reconocer las características de la doctrina policial, estableciendo de manera clara la diferencia entre doctrina y teoría
c)
para
mantener y restablecer el orden interno d) y enc desde su pensar y con de prevención través del conocimiento de problemática casos reales e) Revisa y evalúa de manera crítica las publicaciones disponibles del medio sobre el quehacer policial, así como la Historia de la Policía Nacional en f) para de apr IV.
proceso
contexto
CONTENIDOS CURRICULARES
I.
UNIDAD
DEFINICIONES, ELEMENTOS, Y NORMATIVA DE LA DOCTRINA POLICIAL SEMANA ACADEMICA
CONTENIDO CONCEPTUAL
PRIMERA SEMANA
SEGUNDA SEMANA
PROCEDIMENTAL
ACTITUDINAL
Doctrina: etimología, definición, elementos, características, propósito. Teoría. Diferencias de doctrina y teoría
Videos sensibilizador Se necesita lluvias de ideas sobre el video
Policía: etimología y concepto. Acto policial Poder del policía Función del policía Fundamento de la función policial. Funciones básicas del policía. Finalidad de la Policía Nacional.
Lluvias de ideas sobre ejemplos sobre el poder y la función del policía en la doctrina policial
RECURSOS
Actitud reflexiva Opinión crítica Proactivo Sensibilización con el tema Participación actica
Video Computadora Equipo multimedia Fotocopias Normas Pizarra Plumones
Actitud reflexiva Proactiva Sensibilizadora con el tema Participación activa
Normas Computador Equipo multimedia Plumones Pizarra.
TERCERA SEMANA
Doctrina policial Concepto Elementos Características} Propósito Naturaleza Contenido Evolución. Historia de la PNP
Conforme equipos de trabajo para resolver casos prácticos.
Fuentes peruanas de la doctrina policial: legislación, Corpus ideario del pensamiento policial, diseño organizacional, instructivos e historias. Héroes y mártires de la PNP.
Videos sobre la historia de la Policía Nacional.
CUARTA SEMANA
II.
Material informativo de doctrina e identidad policial Computadora Equipo multimedia Plumones Pizarra.
Actitud reflexiva Proactiva Sensibilizadora con el tema Participación activa.
Material informativo de doctrina e identidad policial Computadora Equipo multimedia Plumones Pizarra.
Actitud reflexiva empatía Proactiva Participación activa.
UNIDAD
ORDEN INTERNO, ORDEN PÚBLICO Y SEGURIDAD CIUDADANA Y ETICA POLICIAL SEMANA ACADEMICA
CONTENIDO CONCEPTUAL
QUINTA SEMANA
PROCEDIMENTAL
Concepto de Orden Interno, Orden Publico y Seguridad Ciudadana: semejanzas y diferencias entre orden público y seguridad ciudadana. Ética Policial: concepto e importancia de Ética. la Ética Policial y los valores, clases de valores
Resuelve casos prácticos entre orden interno y seguridad ciudadana. Discusión plenaria
ACTITUDINAL Actitud reflexiva Opinión crítica Proactivo Sensibilización con el tema Participación actica
RECURSOS
Video Computadora Equipo multimedia Computadora Fotocopias Normas Pizarra Plumones
SEXTA SEMANA
SEPTIMA SEMANA
Lluvias de ideas sobre la diferencia de las ciencias formales y fácticas en la doctrina policial
Actitud reflexiva Proactiva Sensibilizadora con el tema Participación activa
Normas Fotocopias Computador Equipo multimedia Plumones Pizarra.
PRIMERA EVALUACION PARCIAL
OCTAVA SEMANA
La ciencia Policial: concepto Ciencias Policiales: Ciencias formales y ciencias fácticas. Fundamentos Como estudiar la ciencia policial Ciencias policiales específicas:
Operatoria Policial: Competencia histórica y competencia actual. Garantizar, mantener y restablecer el orden interno. El orden interno en su relación con el orden general. Finalidad Alcances Características Causas que afectan su normalidad Análisis del art. 166° de la CPP. Orden y función policial (cuadros didácticos)
Lluvias de ideas sobre la relación del orden interno con el orden general y análisis del Art. 166° CPP
Actitud reflexiva empatía Proactiva Sensibilizadora con el tema Participación activa.
Normas Fotocopias Computador Equipo multimedia Plumones Pizarra.
NOVENA SEMANA
Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Ayuda a las personas y comunidad. Ámbito de protección. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Concepto de patrimonio. Diferencias entre patrimonio público y privado. Cumplir y hacer cumplir la ley.
III.
Resuelve casos Actitud prácticos para reflexiva diferencias Proactiva entre Sensibilizadora patrimonio con el tema público y Participación patrimonio activa. privado.
Normas Fotocopias Computador Equipo multimedia Plumones Pizarra.
UNIDAD
PREVIENE, INVESTIGA Y COMBATE LA DELINCUENCIA, PILARES DE LA FUNCIÓN POLICIAL. SEMANA ACADEMICA
CONTENIDO CONCEPTUAL
DECIMA SEMANA
PROCEDIMENTAL
Pilares de la función policial. Previene, investiga y combate la delincuencia. Prevención policial Investigación policial: Características de la investigación policial. Secuencia del método general de la investigación policial.
Video sensibilizador sobre la función policial en el marco de la ley.
ACTITUDINAL
Actitud reflexiva Proactivo Sensibilización con el tema Participación actica
RECURSOS
Normas Computadora Equipo multimedia Pizarra Plumones
DECIMA PRIMERA SEMANA
DECIMO SEGUNDA SEMANA
El investigador policial y sus características Combate la delincuencia
Pilares de la función policial. Previene, investiga y combate la delincuencia. Prevención policial Investigación policial: Características de la investigación policial. Secuencia del método general de la investigación policial. El investigador policial y sus características Combate la delincuencia
Conformación de equipos de trabajo para que el alumno pueda participar y sostener un debate alturado sobre doctrina policial de prevención e investigación.
Actitud reflexiva Proactiva Trabajo en equipo Sensibilizadora con el tema Participación activa
Normas Computador Equipo multimedia Plumones Pizarra.
SEGUNDA EVALUACION PARCIAL
DECIMO TERCERA SEMANA
Vigila y controla las fronteras. La función de vigilancia. El control fronterizo. Importancia para la seguridad de estado Concepto general Organización Disposiciones generales Función policial vigilancia y control de fronteras Organización y funciones. Organización territorial
Conformación de equipos de trabajo para que el alumno pueda participar y sostener un debate alturado sobre doctrina policial de control de fronteras.
Actitud reflexiva empatía Proactiva Sensibilizadora con el tema Participación activa.
Normas Computador Equipo multimedia Plumones Pizarra.
DECIMO CUARTA SEMANA
DECIMO QUINTA SEMANA
Resuelve casos prácticos para diferencias entre patrimonio público y patrimonio privado.
Actitud reflexiva Proactiva Sensibilizadora con el tema Participación activa.
Norma Computador Equipo multimedia Plumones Pizarra.
Patrullas (definición, empleo y tipos de patrulla. Control policial en fronteras Control Naturaleza de las funciones Tipo de control Organización del sistema de control
Resuelve casos prácticos para diferencias entre patrimonio público y patrimonio privado.
Actitud reflexiva Proactiva Sensibilizadora con el tema Participación activa.
Normas Computador Equipo multimedia Plumones Pizarra.
Vigilancia y cobertura Concepto de vigilancia Concepto de cobertura Naturaleza de la vigilancia Escalones vigilancia Responsabilidades
DECIMO SEXTA SEMANA
EXPOSION DE TRABAJOS GRUPALES
DECIMO SEPTIMA SEMANA
EXAMEN FINAL
V
METODOLOGÍA MÉTODO DEDUCTIVO: Al método deductivo, se ha considerado que va de lo general a lo particular. Cuando se deriva necesariamente de las premisas es válido y si es válido, significa que, siendo las premisas verdaderas, las conclusiones, también lo serán. El razonamiento deductivo e s proposicional. MÉTODO INDUCTIVO
El m é t od o inductivo intenta ordenar la observación tratando de extraer conclusiones de carácter universal desde la acumulación de datos particulares considerando los siguientes: ./
Observación
,/
Análisis
y registro
y clasificación
./ Derivación hechos.
inductiva
de los hechos. de los hechos . de una generalización
a partir
de los
MÉTODO AN ALÍTICO El Método analítico consiste en la desmembración de un todo, descomponiéndolo en sus partes o elementos para observar las causas, la naturaleza y los efectos. MÉTODO S I N TÉ T I CO El método sintético, tiende a reconstruir un todo, a partir de los elementos distinguidos por el análisis; se trata en consecuencia de hacer una explosión metódica y breve, en resumen. En otras palabras debemos decir que la síntesis es un procedimiento mental que tiene como meta la comprensión cabal de la esencia de lo que ya conocemos en todas sus partes y particularidades.. VI. EQUIPOS Y MATERIALES El docente para el desarrollo de la asignatura empleará los siguientes recursos didácticos: ./
Proyector multimedia,
video, computadora, Internet.
./
Normatividad, Libros, separatas, fichas de trabajo .
./
Pizarra, plumón, tijeras, goma
VII. EVALUACIÓN La evaluación
integral se rige de acuerdo al Manual del Régimen
Educativo Policial. El proceso de evaluación del aprendizaje será permanente, comprenderá: A. Evaluación Formativa Interactiva, en relación a la participación activa del educando en el aula. El promedio de las intervenciones orales constituirá Nota de intervenciones orales. B. Evaluación Formativa o de Proceso para comprobar el rendimiento académico, pronosticar posibilidades de desarrollo y reorientar la metodología, compromete la realización de:
./ Dos exámenes escritos parciales (7ª y 12ª semana), enmarcados en las capacidades conceptuales, procedimentales y actitudinales; pudiendo, además, contener preguntas tipo desarrollo y situación problema, en las que prime el empleo de la capacidad reflexiva, la correlación de criterios, el análisis y el pensamiento lógico . ./ Un trabajo de investigación monográfica que se valorará en su forma y contenido. C.
Evaluación Sumativa orientada a comprobar el nivel de desarrollo cognoscitivo, reflexivo y del pensamiento lógico, para lo cual se aplicará un examen final (17ª semana), de similar característica empleada en los exámenes parciales.
D.
El Promedio General se calculará en concordancia con las disposiciones establecidas en el Manual de Régimen de Educación de las Escuelas de Formación de la PNP, conforme se detalla a continuación: PG = PEP (3) +PO (1) +TA (2) +EF (4) 1 0 PEP = Promedio de Exámenes Parciales PO = Paso Oral TA = Trabajo de Investigación Monográfica EF = Examen
DOCTRINA E IDENTIDAD INSTITUCIONAL.
1. DOCTRINA: 1.1.
ETIMOLOGÍA Y SIGNIFICADO El vocablo español doctrina proviene del verbo latino "docere", "doctum" (enseñar, enseñado), de acuerdo a su etimología doctrina tiene el sentido de enseñanza. Doctrina viene del latín doctrina, de doctor < de docere, causativo del verbo decere ‘convenir’, ‘ser apropiado’, ‘quedarle algo bien a alguien’; lo mismo que moneo: memini. Otros derivados: docto, documento, dócil.
Según diversos diccionarios, doctrina significa: a. Enseñanza que se da para instrucción de alguien. b. Ciencia o sabiduría. c. Conjunto de ideas u opiniones religiosas, filosóficas, políticas, etc., sustentadas por una persona o grupo. Doctrina cristiana, tomista, socialista. d. Concurso de gente que con los predicadores salía en procesión por las calles hasta el lugar en que se había de hacer la plática. Por esta calle pasa la doctrina. e. Acostumbrarse, habituarse a algo. f. Sistema y método de dar instrucción. g. Conjunto de conocimientos, principios, ideas, etc., que se enseñan a alguien. h. Adquirir el conocimiento de algo por medio del estudio o de la experiencia. i. Persona que aprende una doctrina, ciencia o arte bajo la dirección de un maestro. j. Persona que sigue la opinión de una escuela, aun cuando viva en tiempos muy posteriores a los maestros que la establecieron. Discípulo de Aristóteles, de Platón, de Epicuro. 1.2.
DEFINICIÓN DE DOCTRINA
a. Doctrina es un conjunto de principios y valores filosóficos, que dan una línea de conducta para regular el desempeño político de una organización, en especial regula la conducta y formación de los miembros adheridos a dicha doctrina. b. Conjunto de ideas o normas políticas, sociales o religiosas que rigen la manera de pensar o de obrar y que son defendidas por un grupo de personas. c. Conjunto de convicciones y opiniones que conforman un todo coherente, y que se sustenta como las normas que según quienes la comparten, debería ser aplicado en relación a las cuestiones a que se refiere. d. Doctrina es aquel conjunto de enseñanzas que tienen como objetivo cambiar nuestra manera de vivir, transformar nuestra conducta.
e. Es el conjunto de conocimientos ordenados en forma metodológica para lograr el perfeccionamiento en una determinada materia. f. DOCTRINA ES EL CONJUNTO ORDENADO, LÓGICO Y COHERENTE DE IDEAS, PENSAMIENTOS Y CONOCIMIENTOS, RESPECTO A UN DETERMINADO ÁMBITO. 1.3.
ELEMENTOS DE LA DOCTRINA
a. La Libertad, que permite la construcción de un postulado ontológico. b. Teorías, ideologías. Creencias y premisas que sustentan el postulado. c. Principios y valores. Determinan las normas o reglas universalmente aceptadas como buenas y las creencias y actitudes respecto al postulado. d. Comunidad: los postulados ontológicos solo pueden ser aceptados y asumidos, por los seres humanos y su práctica necesariamente se da en comunidad. e. Finalidad o misión. Tiene por si el valor de ser un instrumento para orientar el comportamiento, la función y el modo de vida de quienes la asumen. La doctrina de policía, tiene como fin asegurar el cumplimiento de las reglas, normas, disposiciones y leyes que emanan de máxima la autoridad de quien(es) depende. En la actualidad, la doctrina policial, tiene como fin la protección del ser humano y su vida, su seguridad, el ejercicio de sus derechos y disfrute de sus bienes. Las doctrinas se enfrentan a los cambios históricos y culturales que traen consigo una evolución en la vida, pero el modo y el rumbo de esa evolución son determinados por los elementos esenciales de la doctrina, sin los cuales ésta pierde su identidad.
1.4.
CARACTERÍSTICAS DE LA DOCTRINA.
a. Es teleológica (persigue una finalidad).- La doctrina aspira alcanzar un propósito ideal. La finalidad es el propósito supremo, que si bien no es alcanzable en plazo determinado, constituye una orientación permanente para la consecución de los fines. Es teleológica por que versa sobre el estudio de los fines o propósitos o respecto a las causas y razones finales. Usos más recientes lo definen simplemente como la atribución de una finalidad u objetivo a procesos concretos. b. Es axiológica, estudia la naturaleza de los valores y juicios valorativos en torno a su finalidad.
c. Es paradigmática.- en tanto es un modelo, patrón o ejemplo de prácticas que definen una disciplina durante un período específico de tiempo. d. Tiene un punto de partida.- que se constituye en la referencia constante y permanente a la totalidad de la experiencia alcanzada hasta ese momento sobre el ámbito del que trata; debe de ser una exigencia ineludible de todo seguidor de la doctrina el convertirla en conocimiento genuino. e. Establece leyes, éstas están fundadas sobre los principios de la justicia universal, se caracterizan por ser sabias, justas y conforme a la constitución. Las leyes generales describen la evolución de la función y sirven como método para la investigación histórica. Así, por ejemplo, la función policial depende de las formas económicas y de Gobierno, por ello se debe buscar y encontrar en cada época, relaciones específicas y mostrar su expresión concreta. La historia a su vez facilita material para llegar a conclusiones en relación a su función y elaborar generalizaciones. Ejemplo de ley: Como es arriba es abajo, como es adentro es afuera, como es el micro es el macro, como es lo visible es lo invisible. Todos estamos sujetos a leyes, estemos o no conscientes de ellos. 1.5.
PROPÓSITO DE LA DOCTRINA a. Proveer lineamientos generales de conducta social que regulen la vida del hombre en sociedad. Esas reglas permiten tratar una situación y explicar las acciones de una institución. b. Moldear la conducta, ya que determina la forma en que vivimos y gobernamos nuestra vida, la forma en que dirigimos nuestras acciones. Es la forma particular que cada uno tiene en el comportamiento humano. c. Cambio de actitud de sus seguidores, persigue cambio de mentalidad, la obediencia y el sometimiento a toda autoridad, orden y prosperidad en todo lo que haga.
1.6.
TEORÍA a. Capacidad para entender la realidad más allá de la experiencia sensible b. Sistema lógico compuesto por observaciones, axiomas y postulados cuya función es afirmar bajo que condiciones se desarrollará ciertos supuestos. c. Conocimiento que se tiene de una cosa y que está basado en lo que se supone o se piensa y no en la experiencia o en la práctica.
d. Conjunto de reglas, principios y conocimientos que forman la base de una ciencia, una técnica o un arte. e. Conjunto de leyes o razonamientos que intentan explicar un fenómeno determinado. f.
Es la forma cómo se han elaborado conjuntos sistemáticos de explicaciones que dan cuenta de los diferentes componentes de un fenómeno, constituyendo un corpus coherente que fundamenta el porqué de cada uno de estos componentes engarzándolos con otros fenómenos evidentes.
g. ES UNA CONSTRUCCION QUE EXPLICA Y PREDICE COMO OCURRE UN FENÓMENO, SINTETIZANDO EL CONOCIMIENTO ELABORADO POR DIFERENTES AUTORES. ES ASÍ COMO TODAS LAS TEORÍAS, DESDE UNA PERSPECTIVA GENERAL, CONTRIBUYEN AL CONOCIMIENTO Y PROPORCIONAN FUNDAMENTOS EXPLICATIVOS DESDE DIFERENTES ENFOQUES, Y EN DISTINTOS ASPECTOS. Se podría considerar que no existe una teoría que contenga todo el conocimiento acumulado para explicar el aprendizaje. Todas consisten en aproximaciones incompletas, limitadas, de representaciones de los fenómenos. Con ello es posible entender que en la realidad se puede actuar aplicando conceptos de una y de otra teoría dependiendo de las situaciones y los propósitos perseguidos. 1.7.
DIFERENCIAS DE DOCTRINA Y TEORÍA DOCTRINA Es un estudio ideológico de la interpretación compuesto por enunciados valorativos. Muchos haceres quedan justificados para corroborar la importancia en extensión de unos dogmas. La doctrina fundamenta lo esencial de ella en artículos de convicción y en misterios no explicados. Acude a creencias y premisas de fe La doctrina utiliza un discurso directivo se mueve en el ámbito del deber ser y está formada por enunciados normativos Una doctrina pregunta.
da
respuesta
a
TEORIA Se plasma mediante enunciados susceptibles de ser verdaderos o falsos Muchos haceres se hacen superfluos. La teoría se fundamenta en la razón y en la argumentación.
Acude a datos y argumentos La teoría utiliza un discurso dubitativo, sugerente, se mueve en el ámbito de lo que fue, está formada por enunciados explicativos una Una teoría analiza y describe la actuación del hecho.
DOCTRINA POLICIAL 2. POLICÍA: ETIMOLOGÍA, CONCEPTO. A. POLICÍA 1) Etimología El termino policía deriva del griego “POLITEIA”, que significa “ciencia de los fines y deberes del estado”. Politeia era el conjunto de instituciones que integraban la ciudad o POLIS. Igual significado tiene la voz latín “POLITIA” 2) Concepto El concepto de policía tiene múltiples dimensiones: a. Policía como Función de Estado.- Constituyéndose en en instrumento de gobierno para hacer cumplir las leyes, mantener el orden y la seguridad, procurando el equilibrio entre los derechos y libertades de las personas para garantizar el bien común. La función policial es eminentemente social, la razón de su existencia es para proteger los derechos de las personas para que puedan ejercer a plenitud sus libertades. b.
Policía como Poder.- Facultad del estado de restringir los derechos de las personas en relación con los derechos de los demás.
c.
Policía como Organismo.- Es una institución disciplinada de naturaleza civil dependiente del poder ejecutivo, que ostenta el poder conferido por el estado para cumplir una función que se ejerce por medio de un servicio para hacer cumplir la ley, regulando los derechos y libertades de las personas, con el fin de mantener el Orden Público.
d.
Policía como Servicio.- Comprende el conjunto de actividades que desempeña esta organización para cumplir la función policial. Como servicio comprende a su vez dos grandes campos de acción el de la prevención que abarca los aspectos de seguridad de las personas y propiedad pública y privada y la garantía de los derechos y libertades; y el de investigación cuando los derechos han sido violados y las libertades conculcadas, para determinar los hechos y las responsabilidades.
e.
Policía como Persona.-Es el funcionario o servidor público investido de autoridades encargado de cumplir y hacer cumplir las leyes.
f.
Policía como forma de Vida.- es la demostración de circunspección, aseo higiene, salubridad, conducta decorosa en el medio social y en la vida privada.
B. ACTO POLICIAL 1) Acto a. Significado.-El termino acto se deriva del latín “ACTUS” que se refiere al hecho o acción. b. El Acto Humano.- Es el hecho libre, consiente y voluntario y responsable de la persona que debe reunir los requisitos de conocimiento y voluntad, estos son esenciales, pues sin ellos los actos dejarais de ser libres y por tanto la persona causante estaría exenta de responsabilidad. 2) Acto policial a. Definición.- Es un determinado hecho social en el cual participa un agente, funcionario o servidor policial en el cumplimiento de sus funciones y atribuciones tanto en la fase preventiva, investigativa, conciliadora de apoyo a la justicia y seguridad, en relación a la finalidad fundamental que le asigne el estado. C. PODER DE POLICÍA 1) Concepto de Poder En el sentido lato del término, Poder es la potestad, el imperio dominio, facultad la capacidad de lograr obediencia, de imponer la propia voluntad y anular los planes contrarios: implica fuerza, vigor, posibilidad, poderío. Es la suprema potestad rectora del estado. 2) Fuentes de Poder El término poder denota siempre posibilidad de imponer la voluntad de quien lo ejerce y lograr obediencia, pero no expresa unívocamente cuales son los medios y los fines por los cuales se busca y utiliza esa posibilidad, por lo que hace sus fuentes, el poder puede basarse en circunstancias muy diversas o proceder de ellas mencionamos algunas: a. De la fuerza física o del efecto intimidatorio de esta. b. Del prestigio o de la autoridad, conseguidos de modo legítimo. c. De los medios financieros, capacidad de decisión. d. Del atractivo personal, la personalidad fascinadora, el carisma del individuo. 3) Poder de Policía a. Concepto Es la función o poder del estado que establece límites a la libertad individual, con el fin de asegurar esta libertad y los derechos esenciales del hombre, evita que se produzcan actos y hechos contrarios al derecho. Los derechos individuales son limitados por el interés colectivo.
b.
Caracteres de Poder de Policía 1) Inalienable.- Esto es que no puede ser transferido por contrato o concesión, pudiendo ser si delegado por el superior al subordinado. 2) Razonable.- Los actos de poder no pueden exceder los motivos de necesidad o interés público, de hacerlo induciría a pensar en un poder arbitrario, contrarios al régimen de derecho; debe ser justo, equitativo y conveniente. 3) Global.- Las medidas que dictan son de carácter general, para no quebrar el principio de igualdad con excepciones que podrían causar descontento. 4) Limitativa.- Su uso extremo se funda en una necesidad pública, hasta llegar a la abrogación de ciertos derechos, solo en circunstancias excepcionales y por un claro de interés general que obligue a estado a sacrificar los intereses individuales, en beneficio del bien común. 5) Originaria.-Es una potestad que le estado la adquirió en el momento de constituirse como tal. 6) Es exclusiva del estado. 7) Incondicional.- El estado puede en uso de sus poderes legislativos modificar el derecho existente y reglamentar en forma distinta su propia organización y todas las actividades que se desarrollan en la nación. 8) Coercitiva.- El estado puede no solamente mandar, sino realizar coactivamente ese mandato con sus propios medios.
c. Titulares del Poder de Policía Son considerados como tales los organismos autorizados para dictar normas, en el caso específico en el Perú: 1) El Poder Ejecutivo (PNP) 2) El Poder Legislativo. 3) El Poder Judicial 4) El Ministerio Público. 5) Los Gobiernos Regionales. 6) Los Gobiernos Municipales, entre otros En la esfera de la administración central, el titular por excelencia del Poder de Policía, es el presidente de la república, quien lo ejerce a través de numerosos funcionarios constituidos en cuerpo o institución al que se denomina policía. D.
FUNCIÓN DE POLICÍA La función de policial comprende actividades administrativas, sistemáticas y concretas que tiene por finalidad satisfacer las necesidades de seguridad individual y de orden público, mediante el recurso del poder, de la autoridad contra las perturbaciones que las existencias individuales pueden ocasionar, dentro del contexto social que es el medio indispensable para su ejercicio.
1)
Fundamentos de la Función Policial a. -
b.
Filosóficos Libertad.- Es la esencia Humana, hacer todo aquello que su humanidad puede hacer. Derecho.- Protege el libre ejercicio de las actividades licitas de la persona dentro de grupos sociales. Justicia.- Es el valor supremo de una sociedad civilizada, que permite darle a cada quien el derecho que le corresponde. Orden.- El común acuerdo de mutuo respeto de libertades y derechos para garantizar la seguridad pública y disfrutar del bienestar general.
Jurídico Ley.- Es la norma de carácter general. Poder.- Es la capacidad que tiene una autoridad para imponer sus dediciones con el sustento del orden jurídico. - Autoridad.- Es le principio que otorga poder a una persona para imponer orden bajo las prescripciones de la ley. -
c. -
-
-
-
Sociológico Naturaleza Gregaria.- El hombre tiene que vivir en sociedad, porque es el único medio donde puede desarrollarse. Deberes.- Al incorporarse el individuo a un grupo social, renuncia en forma voluntaria y tacita a su propia individualidad en beneficio de los derechos y libertades. Atribuciones.- Son las facultades que el estado otorga al individuo de acuerdo con la posición que ostenta y el grado de renunciamiento a su individualidad. Interacciones.-Son los intervalos del disfrute de sus atribuciones y el cumplimiento de sus deberes para con la sociedad. En la dinámica social con frecuencia se producen trasgresión de derechos y restricciones de libertades que afectan a las personas, que demandan la presencia de un árbitro este arbitro dentro de la sociedad organizada es el policía. Interrelaciones.- al igual que las interacciones los grupos sociales general bajo los mismos esquemas conflictos de naturales colectiva que también demandan de la intervención de un árbitro.
2) Funciones Básicas de Policía. a. Preventiva.- Para la protección de la seguridad y derechos del ciudadano. b. Disuasiva.- Induce al desistimiento del propósito delictivo o irregular. c. Investigativa.-Frente a las infracciones especiales e de la ley penal. d. Protectora.- Frente a la violación de los derechos libertades y el patrimonio público y privado. e. De Auxilio.-Frente a los desastres y emergencias de las personas.
f. g.
De Apoyo.- Frente a los pedidos de las autoridades De Conciliación.- Frente a los conflictos menores de no constituyan infracciones penales.
3) Finalidad de la Policía Nacional del Perú. La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras. (Art. 166. CPP).
3. DEFINICIÓN DE DOCTRINA POLICIAL La doctrina de la Policía Nacional del Perú, es el conjunto ordenado, lógico y coherente de las ideas, pensamientos y conocimientos que conforman su pasado, presente y sientan las bases para su desempeño futuro. Ideas: En torno a sus posibilidades de actuación para garantizar la vigencia plena de los derechos de las y los ciudadanos. Pensamientos: Sobre su organización, eficiencia, desarrollo e imagen institucional. Conocimientos: sobre su normatividad (frente al Estado y la sociedad, para con la institución y para consigo mismo), héroes, mártires, principios y valores. El Artículo 32.- Formación Profesional Policial, del Decreto Legislativo 1267 (LEY DE LA PNP) La Formación Profesional Policial, como parte de la etapa de educación superior del sistema educativo, es el proceso que tiene como finalidad la preparación, actualización, especialización y perfeccionamiento del Cuerpo Policial. La Formación Profesional Policial se ofrece a través de las Escuelas de la Policía Nacional del Perú. Mediante normatividad específica se define la organización y estructura de la Formación Profesional Policial, con sujeción a la legislación vigente en la materia, en lo que le resulte aplicable l.
4. ELEMENTOS DE LA DOCTRINA POLICIAL. a. La Libertad, que permite que los Poderes del Estado, el Ministro de la Cartera y el Comando Institucional, de manera soberana y con arreglo al derecho, puedan implementar medidas que aseguren el cabal cumplimiento de la misión a favor del Estado y la ciudadanía, aseguran la integridad y honestidad de sus integrantes y favorezcan el desarrollo y crecimiento institucional. b. Teorías, ideologías. La Policía puede generar, adaptar, implementar y ejecutar teorías que persigan el cumplimiento de la misión.
c.
Principios y valores. La PNP asume, en el campo de su función, las normas y reglas universalmente aceptadas tales como: Protección de la vida, igualdad ante la ley, la no discriminación y promueve la incorporación de valores para el ejercicio de su función.
d. Comunidad: La PNP desarrollo sus actividades dentro de la comunidad que es su mandante y a quien debe servir ofreciendo sus mejores esfuerzos. e. Finalidad o misión. En la actualidad está contenida en el Art. 166 de la Constitución Política del estado:
Artículo 166°. La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras. 5. CARACTERÍSTICAS DE LA DOCTRINA POLICIAL. a. Es teleológica.- Persigue la protección de la vida de las personas, así como la vigencia plena de sus derechos. b. Es axiológica.- Cuenta con un conjunto de disposiciones de carácter deontológico y ético que rigen el comportamiento y la conducta de sus miembros. c. Es paradigmática.- Siendo el patrón de su accionar la defensa de la vida, del Estado de Derecho y de la soberanía nacional. d. Tiene un punto de partida.- Oficialmente se inicia en 1821, con la independencia del Perú. e. Establece leyes.- Como defender la vida hasta el sacrificio, más allá del cumplimiento del deber. Defender los colores patrios hasta morir, entre otras. 6.
PROPÓSITO DE LA DOCTRINA POLICIAL a. Proveer lineamientos.- A través de diversos instrumentos como conferencias, impresos, página web, la Policía viene difundiendo una serie de mensajes y recomendando medidas especialmente de protección y seguridad, con el objeto de proteger a la ciudadanía de los riesgos de seguridad. b. Moldear la conducta, A través de Códigos, Manuales, cartillas, por medio de la revista policial, en la instrucción y en la práctica de la función, la policía ofrece ejemplos de buen actuar y buen vivir a sus miembros a fin de lograr una conducta intachable en su vida y desempeño funcional.
c. Cambio de actitud de sus seguidores.- El personal conformante de la PNP, debe estar dotado de una acendrada solvencia moral que garantice la imparcial aplicación de la justicia en el ámbito de su función. 7. HISTORIA DE LA POLICÍA EN EL PERÚ LECTURAS COMPLEMENTARIAS (Lectura 1) Símbolos históricos de la Policía Nacional del Perú CABALLEROS DEL ORDEN, CUSTODIOS DE LA LEY Y PATRIA.
SOLDADOS DE LA
8. FUENTES PERUANAS DE DOCTRINA POLICIAL. Concepto de fuente: origen de algo, causa o principio Las fuentes peruanas de la doctrina policial, están constituidas por: a. Legislación: Las ordenanzas del Gobierno Las Constituciones, en la parte que corresponde a la función de policía, orden y seguridad. Leyes orgánicas. Leyes. b.
Corpus ideario del pensamiento policial Teorías. Marchas, himnos, odas, oraciones, plegarias, lemas, slogan Emblemas, distintivos, monogramas, uniformes, armas.
c.
Diseño organizacional: Estructura (Organigramas) ROF: Reglamento de organización y funciones MOF: Manual de Organización y Funciones. MAPRO: Manual de Procedimientos Cartilla de funciones.
d. Instructivos: Manuales: de organización, administrativos, operativos, (de patrullaje, de investigación criminal, investigación de drogas, etc.) Reglamentos: de Régimen Disciplinario, Del Régimen Académico, de condecoraciones, otros. Prospectos.- Para la convocatoria, reclutamiento y selección de nuevos policías. Directivas: de procedimientos, lactancia, permisos, méritos, deméritos, que por su naturaleza o por déficit no ha sido contemplado en normas de mayor rango.
Circulares.- Sobre hechos puntuales: AL-CUE, APEC, Turismo, tránsito, etc. Memorándum.- Para impartir disposiciones u órdenes específicas en cualquier ámbito del quehacer policial.
e. Históricas Bibliográficas, hemerográficas, magnetofónicas, fílmicas, periodísticas. Panteones, cenotafios, museos, monumentos, bustos. Héroes/heroínas y personal caídos en acción de armas. Tradición oral, testimonios, ejemplos.
fotográficas,
HEROES DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU La historia de la Policía Nacional del Perú contiene innumerables páginas plenas de arrojo, valor y sacrificio escritas por sus hombres y mujeres, quienes todo lo dieron, incluso la vida, en defensa de la Patria, la Constitución y las leyes. Mariano Santos Mateo, “El valiente de Tarapacá” El valeroso cusqueño Mariano Santos Mateos, nacido en el distrito de Lucre, provincia de Quispicanchis, durante su mocedad, luego de ejercer varias profesiones ingresó, en 1875 a la entonces Institución de la Guardia Civil. La Guerra del Pacífico encuentra a Mariano Santos prestando servicios en la ciudad de Arequipa. Con ese motivo pasó a formar parte de la tercera columna ligera de guardias, que se integró al Ejército del Sur. El 27 de noviembre de 1879, en el fragor de la batalla de Tarapacá, el Guardia Mariano Santos arremetió contra el enemigo, bayoneta en mano, hasta llegar ante el abanderado, a quien le arrebató el estandarte del Regimiento Segundo de Línea; hazaña que incidió en la victoria sobre las huestes oponentes. La virtudes militares del Guardia Mariano Santos fueron reconocidas de inmediato por el Comando del Ejército del Sur. Pasada la guerra, fallece el año 1900 El Congreso de la República mediante Ley Nº 23316 lo declaró Héroe Nacional. Posteriormente, en reconocimiento a su heroísmo, el Congreso de la República dió la Ley Nº 27018 del 21 diciembre 1998, mediante la cual se precisa su jerarquía en la Policía Nacional, otorgándosele el Grado de Alférez. Capitán Alipio Ponce Vásquez Este valeroso Oficial, nacido en 1906 en el Distrito de San Lorenzo, provincia de Jauja, Dpto. de Junín, se inició como Guardia de esquina y ascendió hasta Sargento 1ro., recorriendo diversas comisarías de Lima y el Norte; luego fue Cadete de la Escuela de Oficiales, egresando como alférez en Enero de 1937. Al producirse los sucesos de 1941 en la frontera norte, Alipio Ponce, a la sazón Teniente, fue destinado como Oficial de la Guardia Civil. Participó decididamente en la Batalla de Zarumilla, logrando notables victorias en las acciones de armas que culminaron con la toma de Quebrada Seca, Carcabón y Huabillos. Fue en la toma del puesto de Carcabón donde Alipio Ponce, el 25 de Julio de 1941, al mando de un puñado de soldados de ingeniería y policías de su destacamento, tras una acción de
sólo 25 minutos logró desalojar a las fuerzas oponentes, izando en el mástil la Bandera Nacional. Al día siguiente lanzó un sorpresivo ataque contra la posición de Huabillos, que el enemigo no pudo contener, el 11 de setiembre de 1941 pereció heroicamente en acción de armas, durante una emboscada en la Quebrada de Porotillo (Ecuador), cuando su patrulla realizaba una misión de reconocimiento. El Congreso de la República en mérito a su heroica actuación durante dicho conflicto, lo declaró Héroe Nacional mediante Ley No-24658, disponiendo además que sus restos reposen en la Cripta de los Héroes MARTIRES DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU Son más de 1360 los mártires institucionales que han entregado generosamente su preciada existencia defendiendo el honor patrio y manteniendo el orden interno. Veamos aquí, sintéticamente algunos de sus principales exponentes Cmdte PNP Horacio PATIÑO CRUZATTI El 27 de Junio de 1965, en plena marcha, son emboscados en el cerro Púcuta, cayendo el Mayor Patiño Cruzatti, el Capitán de la Sanidad Policial Enrique Torres Gonzáles, los Suboficiales Guillermo Zúñiga Medina y Eleuterio Ventura Huamán y los jóvenes efectivos policiales suboficiales de tercera. Carlos Egúsquiza Ames, Alfonso Soto Martínez y Yen Escobedo Garro. Cmdte PNP. Juan BENITES LUNA Mártir Institucional, víctima de una banda de narcotraficantes que operaba en Ayabaca (Piura). Su inmolación se produjo el 17 de mayo de 1983, en la jurisdicción del Puesto de Vigilancia "Algarrobal" Mayor s Enrique TORRES GONZALES Sinónimo del fiel médico comprometido con su juramento hipocrático, murió valientemente en Púcuta, Departamento de Puerto Maldonado, el 27JUL65, cuando integraba la patrulla del Cmdte. PATIÑO CRUZATTI, que fue emboscada por subversivos en el sendero Lima - Lima (Huancavelica) Capitán PNP Alcides VIGO HURTADO Murió valerosamente el 11AGO66, durante un fatídico enfrentamiento armado con avezados delincuentes en la tercera cuadra del Jr. Cárcamo (Cercado de Lima), a uno de los cuales detuvo en cumplimiento de su misión para luego expirar; triste acontecimiento que en aquella oportunidad causó gran consternación en la población. Suboficial Aquilino SAM JARA Suboficial Aquilino Sam Jara: Muerto en Púcuta departamento de Puerto Maldonado el 15 de Mayo 1963. E.
ORDEN INTERNO, ORDEN PÚBLICO Y SEGURIDAD CIUDADANA 1. Orden Interno
Es una institución jurídico-política de nivel constitucional, que se manifiesta como una situación de equilibrio y de orden en todos los campos de la vida nacional (social, económico, político, etc.), que garantizan el funcionamiento y la estabilidad del Estado. El Orden Interno conduce a la Seguridad Interna del Estado. Ejemplos de situaciones que alteran el Orden Interno: el caso de Llave–Puno el año 2004 y Andahuaylas en el año 2005, alteraron el Orden Interno, interviniendo en su restablecimiento la PNP y las FFAA. Dentro del marco constitucional. 2. Orden Publico Es la institución jurídico-social de nivel constitucional que garantiza el equilibrio y la paz social dentro del Estado. Está caracterizado por 4 elementos: la tranquilidad, la seguridad, la salubridad y la moralidad pública, que cuando son aplicadas a nivel local o vecinal se denominan Seguridad Ciudadana. Ejemplos de situaciones que alteran el Orden Público: Huelgas, paros, bloqueo de carreteras, etc. 3. Seguridad Ciudadana Es una expresión del Orden Público aplicada al ámbito local, manteniendo los aspectos derivados de la Constitución Política y prevista en los Planes Nacionales. Ejemplos de situaciones que alteran la Seguridad Ciudadana: Robos, asaltos, pandillaje, prostitución, etc. 4. Semejanzas y diferencias entre orden Interno y Orden Publico. a. Semejanzas - Son de fundamento constitucional - Constituye una situación de normalidad de la vida nacional y tiene carácter permanente. - Contribuye al bien común y al desarrollo nacional - Se emplean medios preventivos, coercitivos y coactivos para su mantenimiento - Tiene vigencia en el ámbito interno aunque sus causas puedan provenir del exterior. b. Diferencias. - El orden interno asegura la permanencia y la estabilidad del estado. - El orden público, el desenvolvimiento de las actividades propias en la vida social. - El orden interno es un concepto de derecho público. - El orden público participa del derecho público y del derecho privado. - El orden público es de competencia exclusiva de la policía, el orden interno puede ser asumido por las FFAA, en estado de emergencia, cuando lo dispone el presidente de la república. - El orden interno es el todo, el orden público es una parte.
Así la diferencia radica en el bien jurídico tutelado, el estado en el caso del orden interno y la sociedad en el caso del orden público y la jerarquía de estos bienes, la seguridad del estado es el todo y la tranquilidad de la vida social una parte. F.
ÉTICA POLICIAL 1. La Ética La ética es la disciplina filosófica que tiene por objeto el, estudio de la moral humana, desde el punto de vista de su justificación. Intercambio los juicios de valores cuando se aplican a la distinción del bien y el mal,. Trata de los principios o pautas de la conducta humana, que se rige por un conjunto de valores. 2. Importancia La ética juega un papel gravitante en el cumplimiento de la función policial, pues la policía como primer eslabón del sistema de justicia; ostenta por delegación de los titulares, el poder de policía, con capacidad para proteger y por consiguiente para poner límites a los derechos y libertades de las personas, en los casos que lo determine la ley. La policía es la primera institución cuyos miembros tiene que estar imbuidos de una profunda formación moral, para el desempeño de su misión noble, justa y sobre todo desinteresada, no basta el poder que da el instrumento jurídico, si no va acompañado de la autoridad que confiere la fuerza moral resultante de un esquema axiológico elevado. 3. La Ética Policial La ética policial no es otra cosa que es la ética aplicada a la policía, en cuanto a sus principios rigen al ejercicio específico de la función policial, seria lícito entonces hablar de “ética profesional policial” 4. Los valores Son conceptos abstractos que no se pueden captar a través de los sentidos, sin embargo se manifiestan a través de las cosas, de los seres concretos, como cualidades de estos. Los valores se aprecian, son altamente deseables por el hombre y por eso tiende o debe tenderse a ellos. a.
Clase de valores - Sensoriales.- se manifiestan por las sensaciones de agrado o desagrado. - Vitales.- relacionados con la realidad psico-biológica del individuo. - Económicos.- Satisfacción de necesidades. - Jurídicos.- Permite la realización de la justicia. - Religioso.- Permite la realización de la santidad, de la piedad, la bondad, lo místico. - Estéticos.- Referidos a la belleza, disfrutar del goce estético. - Lógicos.- Sobre la realidad teórica o cognoscitiva, permite alcanzar racionamientos claros. - Morales.- Referidos a la consecuencia de evitar el mal y hacer el bien.
G.
LA CIENCIA POLICIAL 1. La Ciencia Policial La ciencia policial es el conocimiento científico aplicado a la función policial, es el conjunto de conocimiento ordenados en forma metodológica y sistémica, que el policía trata de investigar y analizar científicamente los hechos para encontrar la verdad y lograr su finalidad teológica de dar seguridad y tranquilidad en la convivencia social de la comunidad. La justificación de este concepto radica en que el quehacer policial se refiere a hechos que se conocen en el servicio policial, estos mismos hechos son también características de las ciencias fácticas, por lo tanto las ciencias policiales son ciencias fácticas. Por esta razón nuestra doctrina policial se sustenta en su propia naturaleza, en la función policial y en los fines constitucionales como los de su Ley Orgánica y no en fundamentos diferentes a su propia realidad. 2. Ciencias Policiales Es el conjunto de disciplinas que convergen en auxilio de la ciencia policial, cuya función es describir y explicar los hechos policiales, reales y potenciales, por medio de esquemas teóricos, sociológicos, criminológicos, jurídicos, etc., que los interpretan y proporcionan al estado en su función de “policía”, una compresión más precisa de tales hechos y poder de predicción para garantizar, conservar y restaurar el orden interno. Las principales ciencias podríamos agruparlas de la siguiente manera: a. Ciencias Formales - Matemática - Lógica b. Ciencias Facticas - Ciencias Físicas - Ciencias Biológicas - Ciencias Sociales Sociología Policial Psicología Policial Administración Policial Derecho de Policía - Química - Telemática - Ciencias Políticas - Economía Política - Crminalistica - Criminología - Criptografía - Medicina Legal 3. Fundamentos de la Ciencia Policial
La ciencia policial es una ciencia fáctica, que se caracteriza y fundamenta porque la función policial es esencia del que hacer policial, en lo que es la razón de la policía: - Sus funciones básicas de la policía preventiva. - Sus funciones se cumplen a través de actividades, sistemas, métodos, conocimientos, normas, principios, valores. - Obedece a métodos, procedimientos y planes apropiados a la naturaleza del hecho que demanda su intervención, así tenemos los procedimientos para la investigación policial general, normas de patrullajes, etc. - La verdad estructura de la ciencia policial radica en su propia naturaleza, en sus normas principios y valores, finalidad constitucional, derechos humanos, cultura organizacional, trayectoria histórica, costumbres y tradiciones. - Para el cumplimiento de su misión la policía recurre a conocimientos que reúnen las siguientes características: Racionalidad Sistemática Metodológica Especificada Objetiva Veracidad ¿Cómo estudiar la ciencia policial? El estudio e investigación de la ciencia policial se encuentra en un proceso de formulación y desarrollo con planteamientos conceptuales que irán madurando en la medida que los estudiantes tomen conciencia del rol que no compete como investigadores científicos de nuestra realidad o de lo que la sociedad requiere de su policía para su seguridad y protección. Hagamos de este estudio una realidad científica con vocación y espíritu de superación profesional. La ciencia se investiga y analiza en forma coherente con la realidad; de otra parte es necesario buscar en el estudio la creatividad y originalidad con criterio innovador, en donde el policía no desconozca la importancia de la función social que realiza para servir a la sociedad. 4. Ciencias Policiales Específicas. La profesión policial para su mejor desempeño al servicio de la sociedad fragmenta o desdobla sus actividades en funciones específicas, llamadas especialidades las que a su vez tienen sus propias normas y principios que orientan su accionar. Estas especialidades hacen que la doctrina policial sea más dinámica y objetiva, pues cumplen una finalidad coherente con la finalidad fundamental del que hacer policial y con las necesidades de la sociedad. Todas las especialidades son desagregadas de la función policial y se integran a la ciencia policial, por eso se dice que existen ciencias policiales específicas o especializadas, para todo policía primero es su doctrina y después es su especialidad, dentro de las especialidades tenemos:
1) Prevención, Orden y Seguridad 2) Investigación Criminal 3) Inteligencia 4) Control Administrativo Disciplinario El personal policial accede a la especialidad funcional de control administrativo disciplinario como segunda especialidad en la jerarquía de Oficial Superior. Mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro del Interior, se puede crear, modificar, suprimir o fusionar las especialidades y o direcciones policiales
OPERATORIA POLICIAL COMPETENCIA HISTÓRICA La Policía Nacional del Perú es una institución estatal cuya finalidad es garantizar el orden interno, el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas y el normal desarrollo de las actividades ciudadanas dentro del territorio de la República del Perú. Depende del Ministerio del Interior. COMPETENCIA ACTUAL Artículo 166°. La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras.
GARANTIZAR, MANTENER Y RESTABLECER EL ORDEN INTERNO: DEFINICIÓN DE ORDEN INTERNO (INAEP) “Es la situación de paz en el territorio nacional y de equilibrio en las estructuras SocioJurídico-Políticas del Estado, regulado por el Derecho Público y el Poder Político, orientado a mantener el Estado de Derecho a fin de lograr el Desarrollo Nacional”. Fundamento: a. Se indica que es una Situación, porque es una actitud, una postura, una condición, una fase, una circunstancia que se da como un hecho indubitable, una posición y
b.
c.
d.
e.
f.
disposición de paz, sosiego, calma, tranquilidad y salutación en el territorio nacional. De Equilibrio, armonía, sensatez, correspondencia, ecuanimidad, estabilidad y proporción en las Estructuras del Estado: Social, con sus presiones, resistencias, estimas y funcionabilidad en las clases y categorías sociales; Jurídica con su disposición y ordenamiento jerárquico jurídico de conformidad a la ciencia jurídica y su organización, que se sintetizan en: orden, seguridad y coordinación; Política, referida a la fuerza política con su potencia y poder de acuerdo a las presiones sociales y al acto de fuerza unificada, nacida de la naturaleza social y delegado en el gobernante para perpetuar y dirigir el Orden. Regulado por el Derecho Público, porque éste se refiere al interés del Estado, a sus relaciones y fines que persigue (comprende el Derecho Constitucional, Administrativo, Policial, Militar, Penal, Procesal Penal y Financiero), estando dentro del Derecho Penal los delitos que afectan al Estado y Defensa Nacional, atentados contra la Seguridad Nacional (terrorismo y traición a la patria) y, Contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional (rebelión, sedición, motín). Por el Poder Político, porque constituye la potestad rectora y coactiva para el buen gobierno inherente al mismo Estado, para intervenir con imperio, fuerza y legalidad, con proporcionalidad en su aplicación de acuerdo al comportamiento y necesidad social, en beneficio de los que residen en el territorio, ejemplo típico de esta intervención se da en el caso de catástrofes naturales y ecológicas, asimismo la dación de leyes de emergencia para combatir la subversión, además el Art. 188 Inc. 4 de la CPP., refleja que la responsabilidad del Orden Interno es de carácter esencialmente Político-Social. Orientado a mantener el Estado de Derecho, porque está dirigido a tal fin, es decir el sometimiento a la Ley como técnica para una finalidad positiva y buena como es el Orden, considerando los elementos del Estado de Derecho: la Libertad Individual, la igualdad ante la Ley, la División de Poderes y el Control de la Constitución. A fin de lograr el Desarrollo Nacional, como objetivo viable de seguridad, confort, bienestar, riqueza, beneficio común, bienestar general y desarrollo económicosocial
EL ORDEN INTERNO EN SU RELACION CON EL ORDEN GENERAL a. El Orden Interno es la finalidad del Estado y en consecuencia es una de las bases de la organización social, política, jurídica y económica, así como de la función policial y militar. Cuando el Orden Interno se altera, afecta significativamente la economía, la política, juridicidad, la seguridad, la estructura del Estado y sus Poderes, la PNP y las FFAA., así como a la sociedad en general; por ello se colige que todos estos factores influyen en su normalidad porque subyacen en dicha estructura. b. Para que exista un Orden Económico es necesario que sus actividades estén garantizados en su procedimiento y desarrollo por un adecuado orden interno, a fin de lograr el equilibrio entre la producción y el consumo, de forma tal que
permita una distribución justa de los ingresos; consecuentemente cuando el orden económico es alterado significativamente por disposiciones y medidas arbitrarias, afecta considerable al orden interno y es una de las causas. c. Cuando el Orden Político que es la situación social dinámica, equilibrada e interactiva entre los poderes del Estado, el gobierno y la sociedad, es alterado por decisiones autocráticas, anárquicas y/o personales de los gobernantes, compromete gravemente el Orden Interno. d. Cuando el Orden Jurídico, que está dado por el conjunto de normas legales positivas vigentes que rigen el normal desenvolvimiento en una Nación, es alterado permanentemente por las autoridades o lo diferentes estamentos de la sociedad mediante la violación de las leyes y quiebra del principio de autoridad, ocasiona graves repercusiones en el Orden Interno. e. Cuando el Orden Social, que es el acatamiento de todos los miembros de una colectividad a las normas, valores y leyes que rigen una sociedad a fin de garantizar el funcionamiento y continuidad de la vida social, no es observado por desobediencias a dichas normas y a los valores, conductas, costumbres, tradiciones de una comunidad, puede ocasionar caos, anomia jurídica y desorden social, lo que influye en forma gravitante en el mantenimiento del Orden Interno. f. Cuando la Policía y las FFAA. de una país, no tienen ordenadas y actualizadas sus leyes y normas que regulan su finalidad fundamental y primordial, cuando hay reclamos y descontento de sus miembros por bajas remuneraciones, abusos, prepotencia o inmoralidad de los superiores, cuando se comenten infidencia, abusos de autoridad, atentados contra los derechos humanos, rebelión, sedición, motín, traición a la patria o golpes de Estado, el Orden Policial o Militar se encuentra gravemente resquebrajado y repercute considerablemente en el Orden Interno del país. g. Cuando el Orden Natural, es la unidad resultante de la conveniente disposición de muchas cosas a través de las asombrosas regularidades que rigen los fenómenos físicos, químicos, cósmicos, astrológicos, pluralidad reducida a la unidad, mediante el ordenamiento de los fines y que exaltan y revelan la existencia y unidad de Dios; es vulnerado por el hombre a través de sus experimentos nucleares, deterioro ambiental, tala de bosques, contaminación y cambios atmosféricos; o por las propias leyes de la naturaleza traducidas en terremotos, tornados, ciclones u otras graves catástrofes; el OI es vulnerado y afectado significativamente. En consecuencia hay una íntima relación entre lo órdenes mencionados y el Orden Interno de un país, porque el resquebrajamiento de los mismos repercute considerablemente en su normalidad o anormalidad.
FINALIDAD Teniendo en consideración las implicancias del concepto del Orden Interno en el marco de la Constitución Política del Perú; así como el contenido específico de su definición; el Orden Interno tiene las finalidades siguientes: a. Estabilidad y defensa de la Estructura del Estado. b. Acatamiento de la Constitución y las leyes. c. Propiciar las condiciones de vida necesarias para el normal funcionamiento de las Instituciones. d. Contribuir al Desarrollo y la Seguridad Nacional. ALCANCE a.
El Orden Interno es una situación que se da en todo el territorio Nacional y representa la plena vigencia del derecho y las leyes; en consecuencia alcanza a: (1) Todas las personas naturales o extranjeras. (2) Instituciones Públicas, Privadas y Grupos Sociales (3) Órganos del Estado. (4) Representaciones y Organismos Extranjeros, acreditados oficialmente en el país.
b. Siendo la PNP, la Institución encargada por la CPP de garantizar, mantener y restablecer el OI, así como otras tareas específicas concurrentes con su finalidad, es necesario la adopción y difusión de un conjunto de medidas y previsiones tendientes a: (1) Procurar la tranquilidad interna, a fin de permitir el libre ejercicio de las actividades nacionales para la obtención del bienestar. (2) Planear y conducir operaciones y actividades para hacer frente a los conflictos en coordinación con los sectores responsables o comprometidos; de manera de oportunamente su desarrollo. (3) Planear y conducir operaciones y actividades para hacer frente a la Subversión en las fases Preventiva y de Consolidación o Pacificación; así mismo participar en las tareas que le sean asignadas en la fase de Intervención, a cargo de las FFAA. (4) Colaborar con las FF.AA. y el Sistema de Defensa Civil para hacer frente a la Guerra y Desastres en tareas propias de sus funciones y responsabilidades. (5) Participar en la recuperación del País de acuerdo a la evolución de los conflictos, restableciendo el principio de autoridad del Estado y posibilitando las condiciones de vida normales. (6) En condiciones normales; participar en el Desarrollo económico y social del País, así como en la Defensa Civil. CARACTERISTICAS:
a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k. l. m.
Constituye una figura jurídica suprema Es el “debe ser” de la Función Policial Comprende todo el Territorio Nacional Su observancia debe ser permanente Es dinámico Es variable Es integral Su control es potestad del Poder Político Requiere previsión general Pertenecen a la Naturaleza Jurídica que fundamenta la Función Policial Permite la vigencia del Principio de Autoridad Su expresión es única Es fundamental para el desarrollo
CAUSAS QUE AFECTAN SU NORMALIDAD Velar por el Orden Interno es responsabilidad del Presidente de la República (Art. 1184., de la CPP), por consiguiente los factores o causas que pueden vulnerarlo y lesionarlo y como consecuencia la estabilidad, permanencia y coexistencia del “Estado de Derecho” y los Poderes del Estado, así como a la sociedad y comunidad en sí, son todas las situaciones, hechos, acciones, y comportamientos que se pueden dar en los aspectos: políticos, jurídicos, ecológicos, económicos, sociales, militares y policiales. ANALISIS DEL ART. 166 DE LA CONSTITUCION a. ¿Qué significado tiene el término finalidad fundamental? Cuando se indica finalidad fundamental se está determinando que es el móvil, el motivo y el propósito de un fin, que es fundamental, elemental, esencial, principal y vital de la Policía Nacional para garantizar, mantener y restablecer el Orden Interno La finalidad es la previsión teleológica de un propósito ideal que se aspira alcanzar, lo ideal es la expresión integral del lego actuante, se dinamiza con el potencial activo de la voluntad. La finalidad es un tema trascendente de la doctrina teleológica que por su gradualidad y amplitud de sus propósitos, establece una definición entre finalidad, fines, metas y objetivos: Objetivo es un propósito ideal y posible de lograr en un plazo determinado; Meta es el conjunto de objetivos concretizados y susceptibles de ser cuantificados; y, Fin es el conjunto de metas alcanzadas con un mismo propósito de un fin. b. ¿Cómo se puede conceptualizar los términos: garantizar, mantener y restablecer? Garantizar.- Conjunto de posiciones y disposiciones legales, jurídicas, jurisdiccionales y administrativas que dicta y adopta el Estado a través de sus Poderes Legislativo,
Judicial y Ejecutivo para proteger, defender y hacer que se cumpla el conjunto de disposiciones legales, jurisdiccionales y administrativas adoptadas por el Estado, para impedir que el OI sea resquebrajado, tratando permanentemente de conservarlo, preservarlo intangible, vigorizando y fortaleciendo a la vez las medidas y previsiones adoptadas. Mantener.- Conjunto permanente de previsiones y medidas que establece y ejecuta un gobierno para afirmar, proteger, defender y hacer cumplir el conjunto de disposiciones legales, jurisdiccionales y administrativas adoptadas por el Estado, para impedir que el OI sea resquebrajado, tratando de conservarlo, preservarlo intangible y vigorizado, fortalecimiento las medidas y previsiones adoptadas. Restablecer.- Conjunto de decisiones y acciones de carácter coactivo y coercitivo que adopta y emplea el Estado a través de la PNP y/o FF.AA. para neutralizar, replicar, combatir y erradicar las acciones delictivas que están resquebrajando el Orden Interno, restaurando, subsanando, recuperando y restituyendo dicho orden. c. ¿Cómo se conceptualiza el Orden Interno? El Orden Interno es la posición y disposición de calma, sosiego y paz en el territorio nacional y es el conjunto de organizaciones y estructuras del Estado, regulado por el Derecho Público y en ciertas circunstancias por el Poder Político, orientado a la coexistencia pacífica en general, con el fin de mantener incólume la estructura del Estado, la División de Poderes y el Estado de Derecho. d. ¿Cómo se conceptualiza el Orden Público? El orden público es una situación de equilibrio social, condicionado por el respeto al orden jurídico y acompañado de una voluntad formal, en función a las costumbres, convicciones, tradiciones y sentimientos de una comunidad. e. ¿Qué responsabilidad le corresponde a la PNP al garantizar, mantener y restablecer el Orden Interno de conformidad con el Art. 166 de la CPP? La responsabilidad que le corresponde a la PNP al garantizar, mantener y restablecer el OI son las que están establecidas en la parte in-fine del mencionado artículo y que son en sí funciones de orden público: “Debe prestar ayuda y protección a las personas y comunidad, garantizar el cumplimiento de las leyes, seguridad de los patrimonios públicos y privados, previene, investiga y combate la delincuencia, vigila y controla las fronteras”. Orden interno y función policial.Responsabilidad que corresponde a la PNP y otros organismos del Estado para garantizar, mantener y restablecer el Orden Interno.
(1) Al Garantizar el Orden Interno ORGANISMOS Poder Leg Legislativo
RESPONSABILIDAD Poder Formular las Leyes y Res. Legislativas
Poder Judicial
Motivación escrita jurisdiccionales.
Poder Ejecutivo
Promulga las leyes y las reglamenta, dicta DS y RS.
Consejo Ministros Policía Nacional
Dicta disposiciones administrativas y R.M. Disposiciones administrativas para prestar ayuda y protección a las personas y la seguridad a los patrimonios públicos y privados, mediante Planes y Ordenes de Operaciones y Dispositivos de Servicio, así como permanente presencia policial y disposiciones administrativas por contravenciones policiales. Disposiciones administrativas y operativas cuando asumen el Control de OI.
FF.AA.
de
disposiciones
(2) Al Mantener el Orden Interno ORGANISMOS Poder Epp Ejecutivo
RESPONSABILIDAD Poder Conjunto de previsiones y medidas que adopta y ejecuta el Poder Administrador para proteger y mantener el conjunto de disposiciones dadas para su garantía. Poder Legislativo Fiscalización, supervisión y control. Poder Judicial Ministerio Público Policía Nacional
FF.AA
Aplicando la Ley de conformidad exclusividad de función jurisdiccional. Aplicando el Derecho.
a
su
Adopta previsiones y medidas de carácter previsor y provisor así como permanente presencia policial. Vigilancia, observación, seguridad, prevención, investigación. Medidas preventivas cuando asumen el control del OI.
(3)
Al Restablecer el Orden Interno ORGANISMOS Poder Leg Legislativo Poder Ejecutivo Policía Nacional
FF.AA.
RESPONSABILIDAD Poder Conoce los Decretos de Emergencia, en Estado de Sitio se reúne de pleno derecho Ejecuta el Derecho por intermedio de la PNP y la FF.AA. Conjunto de decisiones y acciones de carácter coactivo y coercitivo para restablecer el Orden Interno Acciones coactivas y coercitivas de conformidad al Art. 137 de la CPP, cuando lo dispone el Presidente de la República.
SEGÚN OTRAS FUENTES: Garantizar.- Dar garantías / asegurar Está referido a la necesidad de asegurar/dar garantías a la seguridad pública y el orden interior, función que por ley corresponde a la Policía Nacional, dirigida, organizada, coordinada y supervisada por el Ministerio del Interior, conforme la ley. Sólo en casos excepcionales el Presidente de la República, en Consejo de Ministros podrá, en apoyo a la Policía Nacional, ordenar la intervención de las Fuerzas Armadas cuando la estabilidad de la República estuviera amenazada por grandes desordenes internos, calamidades o desastres naturales. Mantener.- Conservar algo “La situación en la cual están garantizadas, la estabilidad y normal funcionamiento de la institucionalidad político jurídica establecida en el Estado. Su mantenimiento y control, demandan previsiones y acciones que el gobierno debe adoptar permanentemente, llevando implícita la posibilidad de declarar los regímenes de excepción que prevé la constitución política. Según el General EP Edgardo Mercado Jarrín señala que “podemos definir la Seguridad Nacional como la situación en la cual nuestros Objetivos Nacionales se hallan a cubierto de interferencias y perturbaciones substanciales, tanto internas como externas (...) La Seguridad Nacional (...) Es un valor intermedio para la consecución y mantenimiento de los Objetivos Nacionales. La seguridad puede entenderse en un sentido objetivo como la ausencia de amenazas o terror de que tales valores sean atacados”. Artículo 165.- Las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea. Tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República. Asumen el control del Orden Interno de conformidad con el artículo 137 de la Constitución.
Restablecer.- Volver a establecer una cosa o ponerla en el estado que antes tenía/ Recuperarse de una dolencia, enfermedad u otro daño. El Orden Interno; es una situación de paz en el territorio nacional y de equilibrio en las estructuras socio-jurídico-político del Estado, regulado por el derecho público y poder político, orientado a mantener el Estado de Derecho con el fin de lograr el desarrollo nacional; es pues un concepto de naturaleza esencialmente política. El Orden Público; es una situación de tranquilidad, regulado por el derecho y garantizado por el Estado a través de la Policía Nacional, para asegurar el normal desarrollo de las actividades de la población en todo el territorio nacional. La Seguridad Ciudadana; es la protección de las personas en las calles, seguridad de las viviendas y otros lugares tanto públicos como privados, contra las amenazas, peligros o ataques de la delincuencia. Es necesario indicar que en el País, no existen instrumentos suficientes para saber con precisión la magnitud del problema de la inseguridad ciudadana y sus tendencias reales; pero las pocas estadísticas y encuestas con que se cuenta, indican que el problema fundamental de inseguridad es el hurto y robo, tanto a personas como a domicilios; el secuestro en sus dos modalidades es otra de las amenazas que mas preocupa a la ciudadanía. La PNP tiene muchas funciones, estas trascienden ampliamente los temas del orden interno, orden público y la seguridad ciudadana. Conceptos relacionados.Seguridad Nacional, concepto iniciado durante el periodo de la guerra fría, se entendió este como la capacidad militar para impedir el ataque de otros Estados a sus legítimos intereses y en caso de ser atacada, para defenderlos por medio de la guerra. Pregunta: TID, TERRORISMO, son de orden interno u orden público
PRESTA PROTECCIÓN Y AYUDA A LAS PERSONAS Y A LA COMUNIDAD. PROTECCIÓN, implica asegurar por la máxima exigibilidad. Garantizar el acceso a cualquier persona a un mecanismo burocrático eficiente tendiente, en primer lugar, a desarrollar los derechos previstos en la ley y en DDH, y en segundo lugar, a resolver situaciones en donde los derechos de las personas sean vulnerados y sus causas y consecuencias removidas o sancionadas.
Los derechos y sus garantías de irrenunciables, intransigibles, interdependientes e indivisibles, dándole un carácter especial a las tramitaciones administrativas, judiciales, las cuales, para cumplimentar estas cuatro condiciones, deberán por un lado, tener la mayor amplitud de admisión y requisitos formales flexibles, y por el otro, profundizar las tramitaciones tendientes a garantizar su restablecimiento cuando algunos de los derechos o garantías de las personas sean vulnerados. El estado deberá resguardar, para el cumplimiento de lo previsto en esta ley, una “asignación privilegiada (y la) intangibilidad de los recursos públicos que garanticen” el desarrollo de los derechos y garantías previstos sin limitación alguna. Disponer el “máximo de los recursos de que dispongan los sectores” en relación con los Derechos económicos, sociales y culturales, fórmula utilizada en varios Pactos internacionales que genera una limitación en las posibilidades de reclamar a los Estados firmantes con la excusa de los recursos de que dispongan. Cualquier tramitación o actuación ante la Policía obliga: 1. Escuchar a la persona en cualquier tramitación que lo afecte. 2. Tener derecho a peticionar en forma persona, sin necesidad de un abogado e incluso siendo menor de edad. 3. Ejercer su derecho a ser representado y a la defensa técnica adecuada con asesoría letrada ante cualquier trámite judicial o administrativo. 4. Poder solicitar información ante cualquier hecho en el que se encuentre involucrado. 5. El derecho a recurrir ante una estructura judicial o administrativa superior ante una inconducta funcional. AYUDA A LAS PERSONAS Y COMUNIDAD Se denomina ayuda a una acción humanitaria tendiente a paliar o resolver las necesidades de una persona o grupo de personas. La ayuda que presta la policía es unilateral, ya que no recibe retribución por ella. La ayuda por lo general se orienta a los sectores postergados que se encuentran incapacitados para acceder a bienes y servicios que son indispensables para su supervivencia. El mecanismo de ayuda que la Policía ha desarrollado está orientado a los menos favorecidos. La ayuda va más allá del voluntarismo que se agota en postulados morales de poca aplicación. La ayuda se constituye en tal, cuando es beneficiosa para resolver dificultades, siendo generosa y proporcionando frutos loables Las más valiosas formas de ayuda, desarrollada por la PNP en los últimos años, se enmarcan en acciones frente a
A las víctimas de la subversión armada.
Personas desplazadas de sus lugares de origen y que han invadido las ciudades. Personas con restricciones de movimiento (poblaciones confinadas). Poblaciones bloqueadas, con restricciones de transporten de alimentos, medicamentos u otros bienes a sus comunidades. Facilitación de ayuda alimentaria y de subsistencia, atención sanitaria, higiene, vivienda por parte de otros sectores. Acciones cívicas con asistencia legal y asesoría mientras resuelven su situación.
ÁMBITO DE LA PROTECCIÓN. Existen diferentes clasificaciones, así tenemos: Por grupos erarios: Protección a la infancia Protección a la mujer Protección al adulto mayor Protección a las y los discapacitados Por el espacio geográfico: Protección a las zonas rurales Protección a zonas alto andinas Protección a zonas marginales (Cinturones de pobreza, bolsones de miseria) Protección a zonas urbano marginales Protección de etnias Protección a zonas industriales Protección a zonas turísticas, etc Protección de patrimonio cultural Protección de parques y reservas naturales Por el tipo de necesidades: Protección a la salud Protección a la alimentación y nutrición Protección de la cultura, tradiciones y costumbres, etc. Por la seguridad: Protección en zonas delictógenas Protección en caminos y carreteras Protección de servicios esenciales Protección de bosques y recursos naturales
Protección de fronteras Protección de dignatarios y personalidades Protección de entidades financieras, etc
LA AYUDA, FORMAS Y UTILIDAD. Las formas de ayuda que puede realizar la Policía, son diversas, dentro de las que podemos destacar: AYUDA A LAS PERSONAS: Orientación personalizada sobre asuntos de materia policial. (denuncias, quejas, reclamos). Promoción de la cultura, recreación y deportes Educación en patriotismo y civismo Albergue temporal a personas víctimas de violencia familiar Albergue a niñas, niños y adolescentes en presunto estado de abandono
AYUDA A LA COMUNIDAD Las actividades destinadas al mantenimiento de la tranquilidad pública que permitan desarrollar sus actividades con normalidad. Imponer el equilibrio social en comunidades desgarradas por grupos armados creando las condiciones necesarias para el normal desarrollo de actividades comunitarias y familiares. Facilitación de los métodos habituales para el arreglo de controversias de tierras, aguas, límites, por medios pacíficos, como la negociación y la mediación. Facilitación de encuentros entre agrupaciones enemigas (pandillas perniciosas), para resolución de rivalidades por medios amistosos. Restablecimiento de la tranquilidad pública y cese de las protestas violentas así como la estabilización de la situación sobre el terreno de operaciones, a fin de que se puedan realizar gestiones a nivel político para resolver el conflicto por medios pacíficos. Ayudar a establecer instituciones de gobierno sostenibles (Cooperativas, Sociedades de interés social, comunidades agrícolas o ganaderas), a la vigilancia de la situación de los derechos fundamentales. Fortalecer la capacidad de las instancias de autodefensa (Rondas campesinas, juntas vecinales) para administrar y sustentar las operaciones sobre el terreno y, de esa forma, cumplir la función más importante de mantener la tranquilidad y la seguridad dentro de su comunidad. Las fuerzas que se dispongan para movilizaciones, paralizaciones, toma de caminos, carreteras e instituciones públicas, estarán integradas por personal policial especializado y con experiencia, preparados en intervención en crisis social
y las compañías de personal PNP igualmente serán especializados en control de multitudes y disturbios, dotadas de armas ligeras y agentes químicos, siendo su misión, mantener el orden, vigilar a los protestantes, informar a la superioridad sobre los hechos y fomentar la confianza a favor de los protestantes, persuadiéndoles para el cese de las protestas hasta la resolución de sus reclamos. Todo tipo de ayuda a las personas o comunidad, son útiles por que permiten garantizar la vigencia de los derechos de las personas, en el ejercicio de sus actividades y el disfrute de sus bienes.
GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES Y LA SEGURIDAD DEL PATRIMONIO PÚBLICO Y DEL PRIVADO. Garantizar.- Conjunto de posiciones y disposiciones legales, jurídicas, jurisdiccionales y administrativas que dicta y adopta el Estado a través de sus Poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo para proteger, defender y hacer que se cumpla el conjunto de disposiciones legales, jurisdiccionales y administrativas adoptadas por el Estado, para impedir que el OI sea resquebrajado, tratando permanentemente de conservarlo, preservarlo intangible, vigorizando y fortaleciendo a la vez las medidas y previsiones adoptadas. Las leyes. Ley.- Es la organización colectiva del derecho individual de legítima defensa. Cada uno de nosotros ha recibido ciertamente de la naturaleza, el derecho de defender su personalidad, su libertad y su propiedad ya que son esos los tres elementos esenciales requeridos para conservar la vida, elementos que se complementan el uno al otro, sin que pueda concebirse uno sin el otro. Porque nuestras facultades son una prolongación de nuestra personalidad, y nuestra propiedad es una prolongación de nuestras facultades. Si cada hombre tiene el derecho de defender, aun por la fuerza, su persona, su libertad y su propiedad, varios hombres tienen el Derecho de concertarse, de entenderse, de organizar una fuerza común para encargarse regularmente de aquella defensa. El derecho colectivo, tiene pues, su principio, su razón de ser, su legitimidad, en el derecho Individual; y la fuerza común, racionalmente, no puede tener otra finalidad, otra misión, que la que corresponde a las fuerzas aisladas a las cuales substituye. Así como la fuerza de un individuo no puede legítimamente atentar contra la persona, la libertad o la propiedad de otro individuo, por la misma razón la fuerza común no puede aplicarse legítimamente para destruir la persona, la libertad o la propiedad de individuos o de clases. Porque la perversión de la fuerza estaría, en uno como en otro caso, en contradicción con nuestras premisas.
La ley es la organización del derecho natural de legítima defensa: es la sustitución de la fuerza colectiva a las fuerzas individuales, para actuar en el campo restringido en que éstas tienen el derecho de hacerlo, para garantizar a las personas, sus libertades, sus propiedades y para mantener a cada uno en su derecho, para hacer reinar para todos la JUSTICIA. LA SEGURIDAD DEL PATRIMONIO PÚBLICO: El patrimonio en sentido amplio es definido como el conjunto de obligaciones y derechos susceptibles de una valorización pecuniaria, constitutivo de una universalidad de hecho que tiene como titular a una persona jurídica. A. Patrimonio Público Se define como la totalidad de bienes, derechos, obligaciones y recursos financieros en donde el Estado es propietario y que sirven para el cumplimiento de sus atribuciones conforme al derecho positivo. El patrimonio del Estado es "el conjunto de bienes, recursos e inversiones que se destinan o afectan en forma permanente a la prestación directa o indirecta de los servicios públicos o a la realización de sus objetivos o finalidades de política social o económica" El Estado, en virtud de los fines que persigue, cuenta con un patrimonio cuyo manejo le corresponde, dadas las dimensiones de las tareas estatales y la importancia económica y estratégica de su totalidad, es necesario una adecuada administración y control del mismo. B. Derecho Financiero Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad financiera del Estado en tres momentos: en el establecimiento de tributos y obtención de diversas clases de recursos, en la gestión o manejo de sus bienes patrimoniales y en la erogación de recursos para los gastos públicos; así como las relaciones jurídicas que en el ejercicio de dicha actividad se establecen entre los diversos órganos del Estado o entre dichos órganos y los particulares. C. Bienes de dominio público del Estado Es la propiedad que tiene el Estado sobre bienes muebles e inmuebles, sujeta a un régimen de derecho público, cuyas características son inalienables, inembargables e imprescriptibles, con las excepciones y modalidades que marca la ley. Comprende el dominio público los bienes que por su naturaleza son del uso de todos, los bienes que estén afectos al servicio de las dependencias del poder público, los bienes destinados a un servicio público, los bienes que en general están afectos o destinados a una causa de utilidad pública. D. Bienes de dominio privado del Estado Son los muebles o inmuebles que forman parte de la propiedad del Estado, sujetos fundamentalmente a un régimen de derecho privado, pero destinados a fines públicos, sin embargo también están sujetos a normas de derecho público. La sujeción a normas
de derecho privado no quita a los bienes de dominio privado su carácter de propiedad pública. LA SEGURIDAD DEL PATRIMONIO PRIVADO: El patrimonio de una persona natural o jurídica, en la actualidad o en el futuro, siempre deberá estar garantizado por el Estado para asegurar el cumplimiento de sus compromisos y obligaciones privados y públicos, y debido a que también puede ser atacado, por ejemplo, en caso de asaltos, robos, incendios intencionales, secuestros de sus propietarios o empleados, etc. Entendemos el concepto de "protección de bienes" como "la posibilidad de dejar permanentemente a salvo de daños el patrimonio privado.
CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA LEY. La Policía Nacional, encargada de hacer cumplir la ley, en todos sus actos cumplirá los deberes que les impone la misma ley, sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales, en consonancia con el alto grado de responsabilidad exigido por su profesión. Especialmente las facultades de arresto o detención. Esta facultad abarca no solamente todos los actos violentos, de depredación y nocivos, sino también toda la gama de prohibiciones previstas en la legislación penal. Se extiende, además, a la conducta de personas que no pueden incurrir en responsabilidad penal. En el desempeño de sus funciones o tareas, la Policía Nacional encargada de hacer cumplir la ley, respetará y protegerá la dignidad humana, mantendrá y defenderán los derechos humanos de todas las personas. La Policía podrá usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas. El uso de la fuerza por parte de la PNP, con el objeto de hacer cumplir la ley debe ser excepcional; si bien implica que la Policía puede ser autorizada a usar la fuerza en la medida en que razonablemente sea necesario, según las circunstancias para la prevención de un delito, para efectuar la detención legal de delincuentes o de presuntos delincuentes o para ayudar a efectuarla, no podrá usarse la fuerza en la medida en que exceda estos límites. El derecho restringe el uso de la fuerza por parte de la Policía de conformidad con el principio de proporcionalidad. Debe entenderse la proporcionalidad ha de ser respetada en la interpretación de esta disposición. En ningún caso debe interpretarse que esta disposición autoriza el uso de un grado de fuerza desproporcionado al objeto legítimo que se ha de lograr.
El uso de armas de fuego se considera una medida extrema. Deberá hacerse todo lo posible por excluir el uso de armas de fuego, especialmente contra niños. En general, no deberán emplearse armas de fuego excepto cuando un presunto delincuente ofrezca resistencia armada o ponga en peligro, de algún otro modo, la vida de otras personas y no pueda reducirse o detenerse al presunto delincuente aplicando medidas menos extremas. En todo caso en que se dispare un arma de fuego, deberá informarse inmediatamente a las autoridades competentes Los derechos humanos de que se trata están determinados y protegidos por la Constitución Política del Perú e instrumentos internacionales como: Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración sobre la Protección de todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos y la Convención de Viena sobre relaciones consulares.
PREVIENE, INVESTIGA Y COMBATE LA DELINCUENCIA. PREVENCIÓN POLICIAL. INVESTIGACIÓN POLICIAL. COMBATE DE LA DELINCUENCIA. PILARES DE LA FUNCIÓN POLICIAL. A. PREVENCIÓN POLICIAL Es conocer con anticipación la probabilidad de ocurrencia de un hecho delictuoso y desarrollar las acciones correspondientes para detener o capturar a los delincuentes en el momento de la comisión del hecho, con las pruebas de cargo. B. INVESTIGACIÓN POLICIAL La Investigación Policial es un proceso metodológico, continuo, organizado, especializado y preciso, de análisis y síntesis que el investigador policial desarrolla, para el esclarecimiento de la perpetración de un delito, estableciendo verdades demostrables, que le dan un rigor científico a las conclusiones expuestas en el Atestado Policial. C. CARACTERÍSTICAS DE LA INVESTIGACIÓN POLICIAL. 1. Es un proceso continuo y concatenado de actividades. 2. Es organizado, pues sus pasos son ordenados, coherentes y lógicos. 3. Es especializado, ya que es un trabajo metodológico de rigor técnico-científico.
4. Es previsorio, pues requiere planeamiento previo. 5. Es una actividad analítica-sintética. 6. Es explicativo causal, porque permite determinar el quien, donde, cuando, como, porqué y para qué. 7. Es metódica, ya que emplea una metodología. 8. Es legal, lo conduce un funcionario policial, amparado en normas y leyes. D. SECUENCIA DEL MÉTODO GENERAL DE LA INVESTIGACIÓN POLICIAL La Investigación Científica tiene una Metodología, del mismo modo, la Investigación Policial tiene un Método General, cuya secuencia tiene las fases siguientes: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12.
Conocimiento del hecho. Comprobación del hecho. Diligencias preliminares en la escena del delito. Planeamiento de la Investigación Policial. Manejo de Informantes y Confidentes. Vigilancias. Detenciones y Capturas. Incursiones. Registros. Interrogatorios y Entrevistas. Sustentación de la Prueba. Informe de la Investigación Policial.
El cumplimiento meticuloso y ordenado de las fases que comprende el Método General de la Investigación Policial, permitirá a los miembros de la PNP, alcanzar el éxito en la Investigación Policial encomendada. Se debe tener en cuenta, permanentemente, que el proceso consiste en INVESTIGAR PARA DETENER Y NO DETENER PARA INVESTIGAR.
E. EL INVESTIGADOR POLICIAL Es el Funcionario Policial especializado, encargado de efectuar las actividades de pesquisa, propias de la Investigación Policial o Investigación Criminal. Su sinónimo según el Diccionario Laurousse es “Detective” cuya misión consiste en realizar investigaciones policíacas; también se le denomina, “El Instructor” o “ El Oficial a cargo del Caso”. D. CARACTERÍSTICAS DEL INVESTIGADOR POLICIAL O DETECTIVE El policía que cumple la función de investigar los delitos debe tener y cultivar las siguientes características:
1. HÁBIL Y DIESTRO: Durante la Investigación Policial se presentan situaciones problemáticas de diversa índole, atentatorios contra el éxito de la investigación, por lo que el detective debe tener habilidad y destreza para resolver rápidamente y con criterio dichas situaciones que requieren soluciones inmediatas. Lo contrario otorga ventajas al delincuente. 2. PACIENTE Y CON MUCHO TACTO: Los detalles son importantes y esto solo se puede obtener con paciencia y mucho tino en el accionar. 3. DESARROLLADA CAPACIDAD DE ANÁLISIS Y SÍNTESIS: El detective necesariamente hace inferencias o razonamientos lógicos tanto deductivos como inductivos para llegar a conclusiones correctas. 4. INMINENTEMENTE OBSERVADOR E INTERPRETATIVO: Muchas personas pueden ver lo que ocurre en un determinado lugar, el detective debe tener la capacidad de observar los detalles, gravarlos en su mente y darles a estos hechos una interpretación correcta. 5. CONCEPTO DE TRABAJO EN EQUIPO: Una Investigación Policial completa no lo puede efectuar una sola persona, por lo que el Investigador Policial o Detective debe tener una convicción definida del “Trabajo en Equipo”; esto es, un grupo de personas integradas que tengan claramente definida su participación y actuación en un trabajo específico. 6. EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LA PRAXIS: Solo la constante práctica desarrolla las capacidades del Investigador Policial. 7. DOMINIO DE LA METODOLOGÍA: El Investigador Policial debe conocer y dominar el “MÉTODO GENERAL DE LA INVESTIGACIÓN POLICIAL”. E. COMBATE DE LA DELINCUENCIA La función policial concibe dentro de una de sus principales funciones del combate de la ocurrencia de delitos, faltas, infracciones y contravenciones, aún cuando la función constitucional solo haga referencia a delitos (delincuencia). En esta categoría están todas las figuras antijurídicas contempladas en nuestro ordenamiento jurídico. F. PILARES DE LA FUNCIÓN POLICIAL Investigación Individualización e identificación plena del autor o autores del hecho punible Acopio de las pruebas de cargo
VIGILA Y CONTROLA LAS FRONTERAS. LA FUNCIÓN DE VIGILANCIA. EL CONTROL FRONTERIZO. IMPORTANCIA PARA LA SEGURIDAD DE ESTADO A. CONCEPTO GENERAL El Sistema de Vigilancia de Fronteras (SVF), cumple sus funciones de vigilancia y control de Fronteras permanentemente (tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra), en todo el espacio fronterizo del territorio nacional (Terrestre, Marítimo, Lacustre, Fluvial y Aéreo), a través de la observación sistemática por medios visuales, electrónicos y otros; y en base al establecimiento de un sistema de comunicaciones integrado; a fin de detectar, alertar y/o impedir posibles alteraciones y/o violaciones del territorio nacional. B. ORGANIZACIÓN El Sistema de Vigilancia de Fronteras tiene la siguiente organización: a.
ÓRGANO DE DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN
Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. b.
ÓRGANO DE PLANEAMIENTO Y COORDINACIÓN
Estado Mayor de las Fuerzas Armadas (EMFFAA) c.
ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Y APOYO ADMINISTRATIVO Fuerzas Armadas Policía Nacional
d.
ÓRGANOS DE COMANDO EJECUCIÓN Y CONTROL
Regiones Militares (1ra., 2da., 3ra., 4ta., 5ta. y 6ta. RRMM)
Comandancia General de Operaciones Navales (COMOP)
Consejo de defensa de la Fuerza Aérea (CODEF)
Regiones Policiales (I, V, VI, X, XI, XII, XIII).
C. DISPOSICIONES GENERALES 1) El espacio fronterizo del territorio nacional se divide en siete (07) zonas de vigilancia, cuyos límites de responsabilidad comprenden una porción de frontera terrestre, marítima, fluvial, lacustre y aérea, según sea el caso. Cada zona de Vigilancia constituye un sub-sistema de Vigilancia de Fronteras e incluye bajo su responsabilidad el espacio fronterizo comprendido dentro de su límite.
2) La Vigilancia y el Control de Fronteras se efectúa en el ámbito terrestre a través de los Puestos de Vigilancia de Fronteras (PPVFF) bajo responsabilidad de la PNP y de aquellos que por razones tácticas son asignados a las FFAA (EP-MGP); las Regiones Policiales son responsables de los PPVFF a su cargo para lo cual proporcionan el personal y el apoyo administrativo correspondiente que requieren estas unidades para su adecuado funcionamiento. Además los PPVFF se constituyen en elementos de la Red de Observadores Aéreos (ROA) a cargo del CODEF, a través del Sistema de Comunicaciones de los Comandos Regionales de Defensa Aérea. 3) En caso de Guerra Exterior, el personal policial que presta servicios en Unidades de Frontera, pasan a formar parte de los Teatros de Operaciones de conformidad a los Planes de Operaciones del CCFFAA. 4) Debe instalarse y mantenerse con carácter permanente, el Comité Regional de Vigilancia de Fronteras, el que realizará reuniones mensuales de coordinación, para dar solución a los problemas administrativos y operativos en su nivel. La vigilancia para ser integral y eficaz requiere la acción coordinada y estrecha entre los elementos de los Institutos de las FFAA y PNP y los Organismos Públicos que existen en las poblaciones y/o zonas de fronteras. 5) Los Órganos de Sistema de Vigilancia de Fronteras en todos los niveles deben tener conocimiento de los tratados, acuerdos y otros asuntos técnicos sobre límites fronterizos, así como litigios solucionados en el Sector de responsabilidad. 6) El Puesto de Vigilancia de Fronteras, como elemento básico del Sistema, debe tener una dotación de personal y medios suficientes que le permita enfrentar en condiciones de éxito cualquier agresión fronteriza y narcoterrorista. 7) Establecer un Sistema de Comunicaciones integrado y permanente mediante el enlace de los medios de comunicación de las Instituciones de las FFAA y Policía Nacional que operan en las Zonas de Vigilancia. FUNCIÓN POLICIAL VIGILANCIA Y CONTROL DE FRONTERAS GENERALIDADES A. BASAMENTO FUNCIONAL La función policial de Vigilancia y Control de Fronteras, comprende las actividades siguientes: 1. Vigilancia y Cobertura Es la presencia policial en las zonas de vigilancia terrestre y el despliegue de sus efectivos, que abarca siete (07) Regiones (I, V, VI, X, XI, XII, XIII-RPNP), donde se consideran Sectores (SF), Sub Sectores (SSFF), Puestos de Vigilancia de Fronteras (PPVFF) y Complejos Fronterizos (CCFF).
Esta actividad implica una observación permanente que facilite la alerta oportuna en caso de agresión y/o violación fronteriza, así como la verificación y mantenimiento de los Hitos Demarcatorios, para tal efecto, debe efectuarse continuos patrullajes en el área de responsabilidad. El cumplimiento de esta actividad, exige coordinación con el CCFFAA, Min. RREE y los representantes de estas instituciones en cada zona de frontera. 2. Control de Fronteras Implica el control migratorio de personas, animales, vehículos, mercancías, armamentos, munición, explosivos, etc. A través de los PPVFF y Complejos Fronterizos ubicados en los lugares de acceso internacional, este control se realiza al salir y/o ingresar al país. Asimismo, esta actividad incluye tareas de prevención y represión contra el contrabando tráfico ilícito de drogas, deforestación, contaminación ambiental y otros. Para tal efecto debe coordinarse con las autoridades políticas, municipales, judiciales. Ministerio Público, Aduanas, FFAA, Salud, Agricultura y demás sectores relacionados a este fin. 3. Desarrollo de Zonas de Frontera Esta actividad implica, tareas de acción cívica que debe realizar el policía, en zonas de fronteras, desempeñándose como promotor social, participando en forma decidida en proyectos de desarrollo, que beneficien a las poblaciones fronterizas. Para tal efecto, se debe coordinar con el Ministerio de RREE, Consejo Nacional de Fronteras (Lima), así como las Autoridades Políticas, Municipales, Militares y Sectores Públicos (salud, transporte, educación y agricultura de la zona). B. NATURALEZA DE LA FUNCIÓN 1. Cada zona de frontera, tiene una problemática específica, no siendo iguales una de otra; hay zonas, donde los límites no están aún demarcados; algunas facilitan la vigilancia, otras presentan serias dificultades por su configuración geográfica, cualquiera que sea el problema, la vigilancia y control de fronteras, es necesaria y vital, como una primera forma de defensa de la integridad territorial y soberanía nacional del Perú. 2. Las Regiones Policiales con ámbito fronterizo, son las Unidades más importantes y de mayor cobertura de la organización territorial de la PNP, a través de los cuales se cumple esta importante función; los Jefes de dichas Regiones deben ejecutar las actividades y tareas de conformidad a las Leyes, Tratados, Convenios, Reglamentos, Directivas, Planes de Operaciones y Procedimientos establecidos para tal efecto.
3. El personal que presta servicio en Unidades Policiales de Fronteras, debe poner en práctica todos los conocimientos y experiencia adquirida, para cumplir la función asignada, de la mejor forma posible a pesar de las contingencias que puedan presentarse tales como: lugares inhóspitos, climas variados, falta de medios logísticos, etc., situación que exige gran valor, elevada moral y espíritu de sacrificio. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES A. ORGANIZACIÓN FUNCIONAL La Policía Nacional para el cumplimiento de la función de vigilancia y control de fronteras, adopta la siguiente organización. 1.
Dirección de Fronteras
Organismo técnico-normativo-especializado, encargado de orientar la función de vigilancia y control a nivel nacional; depende orgánicamente del EMG-PNP. 2.
Regiones Policiales
Órganos territoriales de ejecución y control del sistema de vigilancia de fronteras, en sus respectivos ámbitos de responsabilidad funcional; los Jefes de Región integran los comités de vigilancia de frontera de la zona. 3.
División de Seguridad de Fronteras
Órgano técnico-normativo-especializado que depende del Jefe de Región, tiene a su cargo la orientación especializada de las actividades y tareas de vigilancia y control de fronteras en el ámbito territorial de la Región. 4.
Jefatura de Sector de Fronteras
Unidad encargada de la coordinación, conducción y control de las actividades operativas y administrativas de las Sub-unidades de fronteras bajo su responsabilidad. 5.
Jefatura de Sub-Sector Frontera
Unidad encargada de la coordinación, conducción y control de las actividades operativas y administrativas de los Puestos de Vigilancia de Frontera, en el área de su responsabilidad. 6.
Puesto de Vigilancia de Fronteras
Instalaciones Fijas Terrestres, ubicadas a inmediaciones de las líneas demarcatorias fronterizas que se instalan con la finalidad de impedir posibles violaciones de nuestras fronteras, terrestres, fluviales y lacustres. 7.
Complejo Fronterizo
Instalación fija terrestre, ubicada en los lugares de acceso al territorio nacional cuya misión es el control y vigilancia del tránsito fronterizo de personas, vehículos, ganado, mercaderías, etc. La Dirección Administrativa del Complejo Fronterizo, será desempeñada por un Oficial Superior de la Policía Nacional en Situación de Actividad, depende de la Dirección General PNP a través de los Jefes de la Región. Es el responsable de administrar todas las actividades del Complejo Fronterizo controlando y facilitando el cumplimiento de las funciones de los diversos organismos integrantes del mismo. Los Órganos Ejecutivos representantes de los Sectores Públicos, son los encargados de cumplir las funciones y/o tareas encomendadas al área de su responsabilidad; dependen administrativamente del Director del Complejo y funcionalmente de sus respectivos Ministerios.
B. ORGANIZACIÓN TERRITORIAL La Policía Nacional del Perú, ha adoptado una organización territorial adecuada para el cumplimiento de la función de Vigilancia y Control de Fronteras, estructurado en base a Sub-Unidades, ubicadas en todo el perímetro territorial fronterizo de conformidad a lo establecido en la Resolución Directoral Nº 6097-DGPNP/EMG. De DIC95. VIGILANCIA Y COBERTURA A. CONCEPTO DE VIGILANCIA Observación permanente de la línea de frontera operativizada mediante patrullajes de reconocimiento, que permitan el alerta oportuno ante probables violaciones de la soberanía nacional e integridad territorial. B. CONCEPTO DE COBERTURA Presencia y despliegue policial en las zonas de frontera, a través de Sub Unidades denominadas sectores, sub-sectores y puestos de vigilancia de fronteras, para evitar violaciones del territorio nacional. C. NATURALEZA DE LA VIGILANCIA 1. La Vigilancia de puestos de frontera es un problema de seguridad externa que se cumple en toda circunstancia, de paz o de guerra; debiendo ser de carácter permanente. 2. La Vigilancia puede ser fija ó móvil, y se lleva a cabo mediante Puestos de Vigilancia y Patrullas respectivamente.
3. Los Puestos de Vigilancia se ubican en los Puntos de Control Terrestres y en los lugares que por estrategia, facilita su labor de Vigilancia y Control Territorial. 4. Cuando los elementos de las Regiones PNP no sean suficientes para atender a todos los Puestos de Vigilancia y patrullas, estas necesidades podrán ser cubiertas transitoriamente por el Ejército, hasta que la PNP cuente con los medios disponibles para relevarlos progresivamente. D. ESCALONES DE VIGILANCIA 1. El sistema de Vigilancia de Fronteras es dirigido y coordinado por el Comando Conjunto de la Fuerza Armada, dentro de ese ámbito la Fuerza Armada es la encargada de organizar, controlar y apoyar a sus elementos integrantes del Sistema. Compete a las Regiones Militares del Ejército el Comando y puesta en ejecución del Sistema dentro del área de su responsabilidad. Corresponde a la PNP, proporcionar a las Regiones Militares del Ejército los elementos que integran el Sistema. 2. Dentro de cada Región Policial con ámbito fronterizo, las Jefaturas de Sub Región constituyen los Órganos de Comando y Control de los Sectores de Fronteras PNP. Cada Sector dispone de un determinado número de Sub Sectores de Fronteras, cada Sub Sector acciona a los Puestos de Vigilancia y a las Patrullas que han sido establecidos o se establezcan según las necesidades. E. RESPONSABILIDADES La Misión y Organización de las Sub unidades de Vigilancia se determinan teniendo en cuenta: 1. Los planes emitidos por el Comando Militar y Policial de las zonas y de acuerdo con los casos específicos del lugar. 2. El auxilio que se debe prestar a las autoridades de la zona y al cumplimiento de las tareas policiales que por naturaleza funcional le corresponde al personal de las Sub Unidades Policiales de Frontera. 3. En el Sistema de Vigilancia de Fronteras la PNP debe considerar al PVF como la unidad elemental, del Servicio Policial en estas áreas territoriales. 4. Para la participación Policial en aspectos de Control en Fronteras como son: Aduanas, Migraciones, Tránsito Fronterizo, etc., el personal policial debe organizarse y actuar, teniendo en cuenta sus características y posibilidades. PATRULLAS A.
DEFINICIÓN
Son Unidades de Vigilancia Móviles que se desplazan periódicamente dentro del sector de responsabilidad, con la finalidad de detectar, alertar e impedir violaciones de nuestras fronteras, así como verificar el mantenimiento y conservación de hitos. B.
EMPLEO DE PATRULLAS
Para obtener, información sobre el área territorial de su jurisdicción, saber que sucede al frente, a los flancos, y poder emplear su unidad en la forma más conveniente. Para verificar en el terreno lo especificado en las cartas, mapas y documentos recibidos de los escalones superiores. Para cumplir otras misiones del Comando Policial. C.
TIPOS DE PATRULLAS
Existen dos tipos de patrullas: de Reconocimiento y de Combate. 1)
Patrulla de Reconocimiento
Es empleada para obtener información sobre un área determinada de terreno, que facilite conocer las posibilidades y limitaciones de la unidad establecida en un sector de responsabilidad fronteriza. 2)
Patrulla de Combate
Es generalmente fuerte y adecuadamente armada con equipo especial, misionada para afrontar ataques y/o atentados de cualquier índole. También se emplea patrullas para operar entre dos puntos fuertes, denominándose a estas patrullas de enlace, las que pueden tener misión de combate o simplemente observar e informar sobre lo que encuentre. Las patrullas operan normalmente de día y de noche, según las circunstancias. D.
MISIÓN DE LA PATRULLA
La misión asignada a una patrulla debe simple, específica e inequívoca. El Jefe de patrulla recibe una tarea concreta, y debe emplear los medios disponibles para cumplirla. E.
DURACIÓN DE LA MISIÓN
Antes de determinar la misión de una patrulla, el Jefe debe estudiar toda la información posible; datos sobre el terreno, distancias por recorrer dificultades que se pueden encontrar, etc., para establecer en forma detallada los plazos que requiere su cumplimiento y determinar la hora de regreso. Santo y Seña y Señales de Reconocimiento Para garantizar la identificación de la patrulla en sus desplazamientos se les proporciona el Santo y Seña correspondiente al día.
CONTROL POLICIAL EN FRONTERAS A. CONTROL Es la actividad que realizan las unidades policiales de frontera en tareas de supervisar, inspeccionar e intervenir en todas aquellas acciones que faciliten comprobar el normal funcionamiento y cumplimiento de las normas, disposiciones y procedimientos establecidos por los puntos de acceso autorizado, y/o en zonas de frontera. B.
NATURALEZA DE LAS FUNCIONES
Son propósitos de la vigilancia y control de fronteras, la adopción de medidas de seguridad destinadas a prohibir el acceso ilegal de extranjeros, artículos y mercaderías de toda clase al territorio nacional, sin las visas y facturas que las leyes especifiquen. Para conseguir un servicio efectivo de vigilancia y control, es fundamental la acción conjunta y coordinada, no sólo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, sino también de los Organismos Públicos, con injerencia en este asunto que existen en las poblaciones y zonas fronterizas. En los lugares de frontera, donde no se encuentren a los funcionarios y/o autoridades arriba indicados, el personal policial que presta servicios en frontera, podrán asumir las funciones que competen a estas entidades; en cuyo caso, después de realizado los primeros actuados, pasarán éstos a la brevedad posible a la autoridad de su incumbencia. C.
TIPOS DE CONTROL
Si se tiene en cuenta la extensión del terreno por controlar y la naturaleza del mismo, es apropiada establecer puntos legales de entrada, redes de información en la línea de frontera y en el interior, así como puntos de control fijos, complementados con patrullas, para chequeos intempestivos. Este sistema combinado, comprende los siguientes tipos de control: - En Puestos de Vigilancia, considerados puntos de control - Entre Puestos de Vigilancia - En Complejos Fronterizos 1. Control en Puestos o Puertos de Entrada El establecimiento de Puestos de Control de ingreso es el tipo más común de control de personas y mercaderías que entran al país. Esta clase de control presume que todos los que entran al país serán personas honradas que cumplirán con las leyes del país. Estos puestos se establecen de acuerdo a ley, son los lugares reconocidos por donde se lleva a cabo el control. Estos puestos pueden estar situados en zonas
terrestres, lacustres o fluviales, y aeropuertos internacionales, donde debe inspeccionarse a las personas, y mercancías. 2. Control entre Puestos y/o Puertos de Entrada El control del espacio existente entre los Puestos de Vigilancia, será útil si la vigilancia de las fronteras es mantenida en forma permanente. La misión es vigilar la integridad del territorio, es decir que la línea fronteriza no sea variada, descubrir é impedir el contrabando, la salida ilícita de extranjeros y poner a disposición de las autoridades competentes a las personas que sean culpables de estas infracciones. 3. Control en Complejos Fronterizos Un complejo fronterizo, tiene por misión el control y vigilancia del tránsito fronterizo de personas, vehículos, ganado y mercadería; el personal policial depende de la DIRGEN-PNP; por intermedio de la Región y Sub Región PNP respectivamente, y los demás integrantes representantes del Sector Público (salud, agricultura, migraciones, etc.), dependen operativamente de sus sectores y administrativamente del Jefe del Complejo Fronterizo. D. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL 1. Los puntos de entrada deben contar, con más de un sistema de revisión minuciosa para las personas, vehículos y equipajes, un álbum fotográfico de los contrabandistas conocidos, de los vehículos que se prestan para actos ilegales, de los almacenes de propietarios que facilitan mercadería y del crédito de los mismos; estadísticas de los habitantes sospechosos, de ambos lados de la frontera; cartas topográficas que expresan fácilmente las vías de acceso, y puntos de paso que existen por pequeños que sean. Al actuar con el Resguardo Aduanero y Oficinas de Migraciones se podrá disponer del registro de extranjeros, credenciales, pases y permisos de viajes, lugares en que residirán, el control de los vehículos, licencias, matrículas, cédulas, visas y pasaporte; una galería de delincuentes y prófugos de la justicia nacionales y extranjeros, y un apropiado contacto y enlace con los demás puntos de inspección. Se ha de tener un sistema rápido de comunicaciones para informar sobre el paso clandestino de mercaderías o personas, a los organismos superiores o puntos de control. Es preciso tener personas especializadas en la inspección de drogas, así como contar con personal y vehículos apropiados y suficientes para cubrir un servicio completo durante las veinticuatro horas, con relevo cada ocho horas. Es indispensable contar con un personal de emergencia que apoye a las patrullas cuando el caso lo requiere. 2. Para prevenir el espionaje o infiltración enemiga es indispensable asegurar lo siguiente:
a. Evitar que se internen legal o ilegalmente espías y saboteadores, deteniéndolos en los puntos de control o por medio de las patrullas. b. Confiscar las estafetas enviadas por agencias extranjeras con propaganda subversiva o que afecten los intereses nacionales. c. Evitar la fuga de agentes enemigos. d. Conseguir de acuerdo con las leyes, que las personas sospechosas firmen un documento indicando la actividad a que se dedicará durante su permanencia en el país. e. En caso de no constar en la lista de pasaportes aprobados del consulado correspondiente el nombre de un viajero, interrogarlo cuidadosamente. f. Disponer de un sistema de permisos y pases especiales con determinada clave que indique la peligrosidad y sospecha que de alguna persona se tiene. g. En caso de emergencia cuando las leyes lo permiten, es de mucha importancia la censura del correo y de otros medios de comunicación. La mejor manera de interceptar a un agente es sabiendo a que viene. h. Merece mayor cuidado el espía, agente o informante nacional, quien, además de ser conocedor del medio en que actúa, tiene la facilidad de introducirse sin dificultad en los organismos e instituciones donde puede conseguir información. A esta clase de personas es necesario vigilarlas con mayor cuidado. i. En los lugares selváticos, es donde se hace más difícil el control, siendo indispensable establecer en la misma línea de frontera un sistema de tranqueras o lugares de detención, para que ayuden a la constante vigilancia de las patrullas que actúen a lo largo de la zona, pero cuando no se cuenta con vías de comunicación adecuada. j. En los pasos obligados, estaciones de trenes, autobuses, automóviles, gasolineras, restaurantes, lugares de descanso o aprovisionamiento, en indispensable introducir un informante, que obtenga datos de las personas que requieran esos servicios. 3. En territorio vecino es beneficioso reclutar personas que proporcionen datos de toda naturaleza. Si son oriundos del lugar, resultará provechoso, caso contrario, debe emplearse personal especializado que estos servicios requieren. El personal que actúa en las fronteras, debe tener experiencia suficiente y preparación apropiada para evitar dudas y errores que destruyan el objetivo de su misión, y contar con personal que tenga, además un alto concepto del honor, lealtad y honestidad, y una paciencia a toda prueba, para que pueda desechar toda tentación de soborno y traición.
4. Los puntos de inscripción tienen singular importancia por ser lugares de control de personas, mercaderías y artículos que han logrado burlar la vigilancia de los Puestos de Vigilancia, de las patrullas y tranqueras colocadas a lo largo de las fronteras. Los pasajeros y carga que han entrado ilegalmente para seguir su viaje, tiene que contar con el sello y firma que sea necesario. Los puntos de inspección están encargados de hacer las revisiones de personas, animales y vehículos en forma minuciosa y completa; ya que los contrabandistas cambian continuamente de procedimientos y métodos para evitar se les identifique como tales. Por eso es muy necesario revisar detalladamente a las personas que pueden ocultar entre sus vestidos drogas, piedras preciosas o metales de alto valor, credenciales de doble identificación, documentación y propaganda subversiva, etc. BIBIOGRAFIA: 1. Constitución Política del Perú. 2. Decreto Legislativo N° 1267 y su reglamento. 3. R. D. N° 008-2007-DIRGEN/DIRPASEC, del 10ENE07. 4. Separatas de Gustavo CARRION ZAVALA, Catedrático de Escuela Superior de Policía. 5. INAEP, trabajo en equipo año 2001 “proceso de la verificación del conocimiento en las ciencias policiales” 6. Fundamentos de Doctrina y Ciencia Policial, de Guillermo HINOSTROZA RODRIGUEZ. 7. José VILLANUEVA GARAY, Catedrático de la ESUPOL, ensaya el concepto “Ciencia Policial es parte de las ciencias sociales. 8. Julio COSTA FERRECCIO en su obra “Poder y derecho de Policía”.
View more...
Comments