SERUMS 2017
PRESENTACIÓN
INDICE
INTRODUCCIÓN I. TITULO: GENERALIDADES 1. OBJETIVO 2. FINALIDAD 3. BASE LEGAL 4. ALCANCE II. SERVICIO RURAL Y URBANO MARGINAL EN SALUD SERUMS 1. HISTORIA 2. NATURALEZA 3. FINALIDAD 4. OBJETIVO 5. CARACTERÍSTICAS 6. FUNCIONES 7. MODALIDAD DE CONTRATO III. ACTIVIDADES PREVIAS AL INICIO DEL SERUMS 1. OFERTA DE PLAZAS: 2. LA CONVOCATORIA: 3. INSCRIPCIÓN: 4. ADJUDICACIÓN: 5. CONTRATACIÓN: 5.1. Información De Pagos: Causa de retrasos de los pagos: 6. OMISOS, RENUNCIAS Y OTROS: IV. ACTIVIDADES DURANTE EL SERUMS 1. LOS PRIMEROS DIAS DEL SERUMS 1.1.- Presentación en la DIRESA, RED, MICRORED y NÚCLEOS 1.2.- Presentación con la población y autoridades locales. 1.3.- Lo básico qué hacer al llegar el establecimiento (INVENTARIO DE BIENES): 1.4.- Vivienda y Alimentación: 2. SEGURO ESSALUD 3. SEGUROS CONTRA ACCIDENTES PERSONALES 4. LAS ACTIVIDADES DEL SERUMS: 4.1. Actividades de Gestión: 4.2. Actividades de Programas y Estrategias Sanitarias: 5. PROGRAMAS Y ESTRATEGIAS SANITARIAS
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SERUMS 2017
6. ACTIVIDADES EN EL MODELO DE ATENCION INTEGRAL EN SALUD 7. PROMOCION Y PREVENCION EN SALUD 8. SANEAMIENTO AMBIENTAL 8.1 SANEAMIENTO BASICO 8.2 ECOLOGIA Y PROTECCION DEL AMBIEN 8.3 HIGIENE ALIMENTARIA Y ZOONOSIS 8.4 SALUD OCUPACIONAL 9. OTROS: 9.1 JEFATURA 9.2 CALIDAD 9.3 ECONOMÍA – CAJA 9.4 PERSONAL 9.5 FARMACIA 9.6 SIS (Seguro Integral de Salud) 9.7 LOGÍSTICA 9.8 DIGITACIÓN- HIS 10. ASPECTOS LABORALES: DÍAS LIBRES, GUARDIAS COMUNITARIAS 10.1 DÍAS LIBRES 10.2 GUARDIAS COMUNITARIAS 10.3 ITINERANCIA RURAL 11. COMPENSACION DE HORAS 12. FLUJO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (QUEJAS Y/O RECLAMOS) V. DESPUÉS DEL SERUMS 1. DEL TÉRMINO DEL SERVICIO EN EL ESTABLECIMIENTO DE SALUD 2. DEL INFORME SERUMS PARA LA OBTENCIÓN DE LA RESOLUCION MINISTERIAL DE TERMINO DE SERUMS 3. CERTIFICACIÓN 3.1 Requisitos para la entrega de la Resolución de Término del SERUMS: 4. DE LAS BONIFICACIONES DE PUNTAJE VI. SERVICIOS DEL COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ (FOSEMED-INDELMEDSEMEFA) VII. LEY DEL TRABAJO MÉDICO VIII. CONVENCIONES REGIONALES SERUMS IX. BIBLIOGRAFÍA
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I. 1.
TITULO: GENERALIDADES
OBJETIVO Brindar información básica, herramientas útiles y prácticas, orientaciones necesarias para el desempeño de las actividades del profesional médico SERUMS a nivel nacional.
2.
FINALIDAD Mejorar el desempeño de los médicos que realizan el Servicio Urbano Marginal así como también apoyar su adecuada adaptación al trabajo.
3.
BASE LEGAL a) Ley N° 27657 – Ley del Ministerio de Salud. b) Ley N° 23330 – Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud. c) Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. d) Decreto Legislativo N° 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. e) Decreto Supremo N° 013-02-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud. f) Decreto Supremo N° 005-97-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS. g) Decreto Supremo Nº 007-2008-SA, que aprueba modificaciones al Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS. h) Decreto Legislativo N° 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado y sus normas complementarias. i)
Resolución Ministerial Nº 088-2009/MINSA, que modifica el Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS, aprobado por D.S. Nº 005-97-SA, modificado por D.S. Nº 0072008-SA.
j)
Resolución Ministerial N° 307 – 2010/MINSA, que considera bonificación a los profesionales médicos cirujanos que hubieren realizado el SERUMS antes del Decreto Supremo N° 007 – 2008 – SA en instituciones de salud
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estatales y privadas inscritas en el Registro Nacional de Establecimientos de salud RENAES, con el registro vigente, acreditadas por la autoridad competente y que postulen al programa de Residentado Médico. k) Resolución Ministerial Nº 546-2011/MINSA, que aprueba las Categorías de los Establecimientos del Sector Salud y Servicios Médicos de Apoyo. l)
Resolución Ministerial N° 710 – 2012/MINSA, que aprueba disposiciones para que profesionales en ciencias de la salud peruanos o no peruanos graduados o titulados en el extranjero puedan inscribirse como postulantes en cualquier sede de adjudicación del país.
m) Resolución Ministerial N° 016 – 2014/MINSA dispone de manera excepcional 8 “Guía Básica para el desarrollo del SERUMS, 2014” con carácter temporal la contratación de diversos profesionales de la salud en la exigencia de requisito del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud. n) Ley N° 29783 de Seguridad y Salud en el trabajo. o) Ley Nº 27815. Ley del Código de Ética de la Función Pública. p) Ley N°27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. 4.
ALCANCE El presente documento está dirigido y orientado a los médicos que realizarán el Servicio Urbano Marginal de Salud (SERUMS) en todas las regiones que constituyen nuestro ámbito geográfico nacional.
II.
SERVICIO RURAL URBANO MARGINAL EN SALUD SERUMS
1. HISTORIA En el año 1975, se crea el Servicio Civil de Graduandos (SECIGRA), un programa que formaba parte de la curricula universitaria a nivel nacional donde los estudiantes de medicina después de culminar el Internado Médico debían realizar un servicio a la comunidad, lo cual era requisito obligatorio y sin beneficios económicos para la obtención del título profesional. Sin embargo en el año 1981, gracias a una lucha constante con gestiones y organizaciones por el mismo personal de salud, quienes eran obligados a realizar el Servicio Civil de Graduandos (SECIGRA), se realiza un cambio en este programa y nace el Servicio Rural Urbano Marginal en Salud (SERUMS) como primera experiencia profesional y con beneficios laborales para los médicos recién egresados.
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2. NATURALEZA El Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (SERUMS) es un Programa de Servicio a la Comunidad efectuado por los profesionales de la salud que hayan obtenido su título de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 23330. 3. FINALIDAD El SERUMS tiene por finalidad contribuir y asegurar la atención de salud en beneficio de la población de bajos recursos económicos de las zonas rurales y urbano marginales del País, orientado a desarrollar actividades preventivo promocionales en establecimientos de salud del Sector o equivalentes en otras instituciones, como acción complementaria para el cumplimiento de los planes de desarrollo y sectoriales de salud. 4. OBJETIVO El SERUMS tiene por objetivo brindar atención integral de la salud a las poblaciones más vulnerables del país, las que serán seleccionadas por el Ministerio de Salud. El SERUMS, será realizado por profesionales de la salud en los establecimientos de salud del primer y segundo nivel de atención del Sector. 5. CARACTERISTICAS Según la Ley SERUMS N° 2330 y los artículos 5 y 6: El SERUMS es requisito indispensable para:
Ingresar a laborar en los establecimientos del Sector Público en la condición de nombrados, contratados o por servicios no personales; Ingresar a los programas de Segunda Especialización a nivel nacional; y, Recibir del Estado becas u otras ayudas equivalentes para estudios de perfeccionamiento en el país o en el extranjero.
El Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud -SERUMS- será realizado por los siguientes profesionales de la salud: Médicos - Cirujanos, Odontólogos, Enfermeras, Obstetrices, Químico-Farmacéuticos, Nutricionistas, Tecnólogos Médicos, Asistentes Sociales, Biólogos, Psicólogos, Médicos Veterinarios e Ingenieros Sanitarios. 6. FUNCIONES A DESARROLLAR Los profesionales deben desarrollar las funciones que le sean asignadas por la autoridad competente del establecimiento o dependencia de salud, donde vienen realizando el SERUMS, ya sea como apoyo a los servicios regulares de
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salud o a las funciones administrativas que le hubieren encomendado para el mejoramiento de la calidad de atención. Asimismo, deberán desarrollar las siguientes actividades: a)Preventivo - Promocionales en la comunidad; b) Asistenciales, recuperativas o administrativas; c) Educación para la salud; d) Capacitación continua y permanente; e) Investigación en servicio; f) Elaboración de un plan integral de salud local. 7. MODALIDAD DE CONTRATO Según el Artículo 8 y 9 de la Ley SERUMS 2330. La modalidad para el desarrollo del SERUMS será mediante contrato, debiendo realizar el servicio preferentemente en establecimientos de salud ubicados en las CATEGORIAS A y B, por ser de prioridad para el Sector y de acuerdo a la categorización aprobada por Resolución Ministerial de Salud. Los profesionales que no alcancen a ocupar una plaza presupuestada, pueden realizar su servicio bajo la modalidad de “SERUMS EQUIVALENTE” (Ad Honorem) en una entidad pública o no pública, previamente determinada por la autoridad competente, con el compromiso de la entidad donde se brinde el servicio de proporcionar alimentación y movilidad local, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal.
III.
ACTIVIDADES PREVIAS AL INICIO DEL SERUMS
1. OFERTA DE PLAZAS: Las diversas instituciones del sector salud (DISAS, DIRESAS) programan las plazas y se las envían al Comité Central del SERUMS. El cuadro de oferta de plazas es aprobado por el Comité Central y se publica en la página Web del Ministerio de Salud (MINSA). 2. LA CONVOCATORIA: El cronograma del proceso es elaborado y aprobado por el Comité Central del SERUMS. Dicho cronograma es enviado al Ministerio de Salud (MINSA) para que realice la difusión correspondiente. El cronograma establece la fecha de inscripción y de adjudicación de plazas tanto para el Proceso Ordinario como para el Proceso Complementario Nacional, este es publicado en la página web del MINSA – SERUMS (www.minsa.gob.pe).
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3. INSCRIPCIÓN: Las inscripciones al SERUMS se realizan exclusivamente vía Internet a través de la página Web del MINSA durante las fechas estipuladas en el cronograma. “Los profesionales de la salud titulados en el Perú, se inscribirán en la región sede de la universidad donde obtuvieron su título profesional. Los profesionales de la salud titulados en el extranjero podrán Inscribirse como postulantes en el Concurso de Méritos o Sorteo Público del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud - SERUMS en cualquier Sede de adjudicación del país, Independientemente del lugar de revalidación o reconocimiento del título profesional.” (RM No 7102012/MINSA). Requisitos para la inscripción: Los postulantes de Medicina Humana deberán presentar de forma obligatoria los siguientes documentos: - Original, copia legalizada o autenticada por fedatario de la Constancia del Promedio Ponderado Promocional (PPP), que no incluya la nota del internado. - Original, copia legalizada o autenticada por fedatario del puntaje de ENAM (Sólo para profesionales de Medicina Humana). - Formato de Registro de Inscripción (FRI). Los postulantes llenarán correctamente el Formato de Registro de Inscripción – FRI a través de la Pagina Web del Ministerio de Salud (www.minsa.gop.pe) que equivale a una Declaración Jurada Simple (Art. IV numeral 1.7 del Título Preliminar de la Ley N° 27444). Una vez enviados los datos al sistema es obligatorio IMPRIMIR el formato para obtener la ficha que indica “Declaración Jurada de impresión obligatoria”, que equivale a la constancia de su inscripción en el proceso (en dicha página muestra mediante videos paso a paso toda la inscripción). El postulante deberá verificar su inscripción a este proceso cuando en la impresión del FRI (“Declaración Jurada de Impresión Obligatoria”) figure en el campo “Estado Actual de su inscripción”, la palabra INSCRITO. Recuerde que: - NO pueden postular al SERUMS remunerado los que tengan algún vínculo laboral con el Estado. - NO hay pago de inscripción en Lima, pero sí en algunas regiones.
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- El cuadro de mérito se confeccionará en base al ENAM (Examen Nacional de Facultades de Medicina) en un 70% y el PPP (Promedio Promocional Ponderado), 30%. CASOS ESPECIALES (Sólo para SERUMS remunerado).- Se considera como “casos especiales” los siguientes: - Gestantes - Madres con niños menores de 1 año (al inicio del SERUMS) - Discapacitados Los casos especiales deben ampliar la información correspondiente en el instructivo SERUMS. 4. ADJUDICACIÓN: Previamente se publican la lista de orden de mérito por región y la lista de plazas en las DIRESAS respectivas. Los postulantes clasificados como Aptos ingresarán a la Sede de Adjudicación. -
Documento Nacional de Identidad (DNI) VIGENTE.
-
Carnet del Colegiado o fotocopia del Diploma del Colegio profesional o Constancia de Habilitación Profesional.
-
Ficha de Registro de Inscripción (FRI) IMPRESA.
-
Comprobante de pago (No aplica para Sede Lima)
Los profesionales de Medicina Humana y Enfermería de acuerdo al orden de mérito elegirán en primer lugar la institución (MINSA, EsSALUD, Sanidades, PNP y FFAA o Instituciones Privadas con convenio vigente) y luego el establecimiento de salud donde deseen realizar su SERUM. La adjudicación de plazas remuneradas se iniciará con los casos especiales y continuará con la adjudicación en general, es decir, de los demás postulantes de acuerdo al orden de mérito de su región. Renuncias a la plaza.- Se pueden hacer en el momento mismo de la elección o mediante una solicitud al comité central o regional dentro de las 48 horas. Luego pueden participar de la adjudicación complementaria.
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Se permiten las PERMUTAS hasta dentro de las 48 horas de la adjudicación, debiendo ser de la misma sede de adjudicación y de la misma institución. En caso que quedaran plazas remuneradas que no fueron adjudicadas en el proceso ordinario, el Comité Central SERUMS determinara la apertura de nuevos sub-procesos de adjudicación, para los cuales ya no se consideran la prioridad de los casos especiales para la elección en estos procesos. 5. CONTRATACIÓN: Una vez terminado el proceso de adjudicación de plazas, el Comité Central del SERUMS remitirá a cada institución el resultado de dicho proceso para que se efectúen los contratos correspondientes. Los postulantes que adjudicaron plaza deberán presentar a las GERESAS/DIRESAS/DISAS, dónde adjudicaron dicha plaza, la siguiente documentación: -
Solicitud de contrato dirigida a la institución correspondiente.
-
Copia del DNI ampliado al tamaño A-5 legible, legalizada o autenticada por fedatario.
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Proveído Original.
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Copia del Título Profesional, registrado en la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MINSA o quien haga sus veces en las Direcciones Regionales o Subregionales de Salud legalizada o autenticada por fedatario.
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Copia del Diploma de Colegiatura Profesional, legalizada o autenticada por fedatario.
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Declaración Jurada Simple de no haber realizado el SERUMS en la profesión a la que se está postulando.
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Declaración Jurada Simple de no estar laborando de forma asistencial o como docente en alguna institución pública.
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Copia de Constancia de Habilitación Profesional vigente, legalizada o autenticada por fedatario.
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Certificado Médico de Salud Física con vigencia no mayor de tres (03) meses, en original, expedido por un Médico especialista en Medicina Interna (o quien haga sus veces) de un establecimiento de salud del MINSA, EsSalud o Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, de la Región en la cual adjudicó la plaza, teniendo en consideración los riesgos de la
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zona donde prestará el servicio (altitud, características geográficas, entre otros). -
Certificado Médico de Salud Mental, en original, refrendado por Médico Psiquiatra (o quien haga sus veces), expedido por un establecimiento de salud del MINSA, EsSalud o Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, de la Región en la cual adjudicó la plaza, con vigencia no mayor de tres (03) meses.
En caso de que algunas Regiones no cuenten con el especialista para la expedición de dicho certificado, las DIRESAS designarán a la entidad pública responsable o profesional que emitirá dicho certificado. -
Certificado Original de Antecedentes Penales.
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Certificado Original de Antecedentes Policiales.
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Declaración Jurada de Asegurado y Derecho habientes.
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Copia legalizada o autenticada por fedatario del Registro Nacional de Especialista o su equivalente (para el caso de profesionales de la salud con especialidad).
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EsSalud, Instituciones privadas y las Sanidades de las FFAA y/o PNP, se reservan la potestad de solicitar documentación adicional y realizar el estudio de seguridad respectivo a los profesionales de la salud que adjudicaron una plaza, de acuerdo a las normas de la institución. De no cumplir con las normas de seguridad antes mencionadas, el profesional no podrá realizar el SERUMS en dicha Institución, debiendo ésta informar a la DIRESA/DISA correspondiente para las acciones que el caso amerite.
Las DIRESAS/DISAS/GERESAS sedes del SERUMS expedirán dos proveídos, uno para ser entregado al profesional y otro que se adjuntará al expediente de contrato. En caso de no presenten la documentación solicitada dentro del plazo establecido en el Cronograma, serán declarados OMISOS. 5.1. Información De Pagos: Causa de retrasos de los pagos: 5.1.1.- En el caso de las plazas MINSA con presupuesto Nacional, las DIRESAS/DISAS/GERESAS que no cumplan con remitir lo solicitado a continuación, a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud en un plazo máximo de siete (07) días hábiles posteriores a la fecha de inicio del SERUMS, serán responsables por el retraso en los pagos de remuneraciones de los profesionales SERUMS:
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-
La Resolución de Conformidad de los documentos de contrato en original o copia autenticada por fedatario, de los profesionales de la salud que han adjudicado plaza remunerada, las cuales constituirán sustento administrativo de las Resoluciones de Contrato.
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Copia de DNI legalizada o autenticada por fedatario y ampliada alta maño A-5 legible.
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Declaración Jurada de Asegurados y Derechohabientes.
En el caso de la expedición de los contratos de las entidades privadas y otras instituciones públicas estarán a cargo de las mismas de acuerdo a sus normas institucionales. 5.1.2.- En el caso de las plazas MINSA con presupuesto Regional, es decir, plazas financiadas por la región que oferta la plaza (a diferencia del presupuesto nacional, que son plazas financiadas por el MINSA directamente) y debido a que en algunas oportunidades se han presentado ciertos inconvenientes con ellas (dependiendo de la región a la que el profesional de salud adjudique), es bueno consultar en su región los beneficios de dicha plaza antes de la adjudicación a las mismas; tales como no pago de guardias comunitarias (lo cual hace que no sea obligatorio la realización de las mismas), demora en los pagos, presupuesto algo menor para los gastos de instalación, entre otros. 6. OMISOS, RENUNCIAS Y OTROS: Según Art. 51° del D.S N° 005-97-SA, Reglamento de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud, se considera lo siguiente: Omisos: -
Profesionales que sin justificación alguna no recojan su Proveído dentro de los diez (10) días calendarios.
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No inicien el SERUMS dentro de los siete (07) días después de entregado el Proveído y no lo justifiquen.
-
Injustificada y/o frecuentemente se ausenten del servicio, lo que se considerará abandono del servicio (Acto por el que el profesional se ausenta durante más de tres (03) días consecutivos o más de cinco (05) días acumulados en un periodo de 30 días, sin justificación ante la instancia correspondiente).
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Renuncias: Cuando los profesionales soliciten formalmente dejar de prestar el servicio habiendo obtenido una plaza SERUMS. -
Los profesionales inmersos en estas consideraciones no podrán presentarse al proceso SERUMS por 02 períodos ordinarios consecutivos, a excepción de las renuncias debidamente justificadas previa evaluación del Comité SERUMS respectivo.
-
En caso que se presentaran renuncias o abandonos de algún profesional SERUMS, los establecimientos de salud informarán dentro de las 48 horas al Comité Central, Regional o Subregional del SERUMS correspondiente, a fin que en forma excepcional evalúen la factibilidad de cubrir la vacante mediante una convocatoria a profesionales que se encuentran realizando el SERUMS Equivalente.
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Las renuncias que se produzcan con posterioridad al Proceso de Adjudicación e Instalación del Profesional en su establecimiento, deben estar sustentadas con documentación para ser analizadas y resueltas por el Comité Regional o el Comité Subregional correspondiente. Las solicitudes de renuncia deben precisar el motivo, fecha de renuncia y si el postulante lo requiere, la autorización para seguir el SERUMS en la modalidad de equivalente.
-
Los profesionales de la salud que adjudicaron una plaza remunerada y que hayan renunciado antes de los tres (03) meses de iniciado el servicio deberán devolver el monto correspondiente a los gastos de instalación.
-
En caso de sucesos que conlleven deceso del profesional SERUMS, el Establecimiento de Salud donde realizaba el servicio informará, dentro de las 48 horas, al Comité Regional o Sub Regional y éste a su vez al Comité Central del SERUMS, para las acciones correspondientes.
Reemplazos: Deberán enviar la copia del Acta al Comité Regional o Subregional del SERUMS, la resolución directoral de conformidad de documentos y precisar la fecha en la que inicia el reemplazo; con respecto al presupuesto nacional deberá adjuntar adicionalmente copia simple del DNI (ampliado tamaño A-5 legible) y la Declaración Jurada de Asegurado y Derechohabientes.
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Cambios de establecimiento: Sólo se puede efectuar por dos circunstancias, mediante modalidad de permuta (48 horas posteriores al proceso de adjudicación) o por causa justificada (Emergencia Nacional y situación que ponga en riesgo su integridad física – agresión y/o amenaza contra su persona debidamente documentada), debiendo informar al Comité Central de manera inmediata, adjuntando la copia del Acta del Comité Regional o Subregional del SERUMS, la copia de la solicitud del cambio de establecimiento del profesional y la documentación que sustente el cambio. En los casos en donde la integridad física y/o mental de los profesionales que realizan el SERUMS esté seriamente afectado o en riesgo, es responsabilidad de los Comités Regionales o Sub Regionales, investigar y determinar acciones según corresponda (rotación temporal o definitiva, etc.), informando al Comité Central del SERUMS, en un plazo no mayor a las 48 horas de tomado conocimiento.
IV.
ACTIVIDADES DURANTE EL SERUMS
En el presente capítulo se revisarán tópicos importantes que serán herramientas útiles para el adecuado desarrollo de la experiencia como SERUMS. 1.
LOS PRIMEROS DÍAS
1.1 PRESENTACIÓN EN LA DIRESA, RED MICRORED Y NÚCLEOS
El profesional médico cirujano debe presentarse en las entidades superiores, para la presentación respectiva del proveído y demás documentos que son solicitados como requisitos, el orden por jerarquía es DIRESA, RED, Núcleos y establecimiento de origen.
En la DIRESA debe dirigirse a la oficina del encargado de los profesionales SERUMS.
En las demás instancias descritas debe presentarse con un memorándum, que le proveerá la DIRESA, ante las jefaturas del establecimiento y de recursos humanos.
1.2 PRESENTACIÓN CON LA POBLACIÓN Y AUTORIDADES LOCALES
Es de suma importancia la presentación del médico cirujano ante las autoridades de la población, y actores sociales que se encuentran en ella,
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pues ellos serán sus principales aliados para el desarrollo de las actividades preventivo promocionales como corresponde al primer nivel de atención.
En estas reuniones se sensibilizará y coordinará la ejecución de los planes elaborados por los profesionales que precedieron la gestión, entre los aliados a tomar en cuenta consideramos a los siguientes, el alcalde de la comunidad, el juez de paz, los directores y docentes de las instituciones educativas, los promotores de salud, los representantes de los programas sociales y las madres de los comedores y vasos de leche.
El médico SERUMS como líder del equipo de salud debe asumir este rol en su comunidad, estableciendo una comunicación continua y respetuosa con los aliados comunitarios.
1.3 AL LLEGAR AL ESTABLECIMIENTO
Debe realizarse una reunión con el personal del establecimiento en la que se presente al nuevo integrante del equipo de salud, en ella debe fijarse una fecha de una reunión para que mediante documento se designen las funciones y responsabilidades.
El médico SERUMS deberá incorporarse a su nueva labor, para lo cual necesitará la asignación de funciones por parte del jefe del establecimiento y o Micro red, por todo lo antes mencionado es importante que conozca los instrumentos básicos de gestión del establecimiento de salud, como son el ROF (Reglamento de Organización y Funciones), el MOF (Manual de Organizaciones y Funciones) y el POI (Plan Operativo Institucional).
Una de las responsabilidades más importantes en el establecimiento es la del responsable de la atención o jefe, esta debe ser designada mediante documento por la jefatura superior, dicho cargo no es obligatorio de asumir pero en el caso de hacerlo el médico cirujano SERUMS debe ser consciente de la responsabilidad que asume, y también de las sanciones de las que puede ser objeto si incumple con dicha responsabilidad.
Es obligación recibir el área del servicio con un Inventario que debe ser firmado por el encargado de patrimonio del establecimiento y o jefe del establecimiento, a fin de no tener inconvenientes en dicho aspecto (consignando la falta o adquisición de nuevos materiales).
La responsabilidad del patrimonio usualmente es asumida por el personal más antiguo del establecimiento, incluye el manejo de fondos denominado “caja chica” el cual sirve para adquisición de insumos, movilidad y otros gastos frecuentes.
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Asimismo, todo establecimiento debe contar con un rol de turnos que señalará de manera clara sus jornadas de trabajo y días libres, el cual es elaborado por el encargado de recursos humanos y el jefe del establecimiento, para lo cual el médico SERUMS debe hacer valer su jornada de trabajo según la Ley del Trabajo Médico.
1.4 VIVIENDA Y ALIMENTACIÓN
Vivienda: se recomienda obtener la información del médico SERUMS saliente o de otros profesionales de la salud que conozca. Algunos establecimientos cuentan con vivienda para el personal. El médico puede optar por usar la vivienda del establecimiento si así lo desea y no ser forzado a quedarse en ella, o alquilar alguna vivienda si la comunidad lo dispone. Se sugiere siempre tomar las medidas de seguridad en el lugar donde se habite.
Alimentación: se sugiere verificar el lugar de preparación de los alimentos recomendados por el personal. Los primeros días usted podrá determinar a medida que se instale, si prepara sus alimentos o existe la posibilidad de acudir a un restaurante o pensión.
2.-SEGURO ESSALUD El profesional SERUMS tiene derecho a la atención en establecimientos de ESSALUD, ya sea por consulta externa, emergencia u hospitalización. Para utilizar el seguro, se requieren 03 meses de aportación, y su duración se extiende hasta 03 meses luego de la culminación del contrato. 3.- SEGURO CONTRA ACCIDENTES PERSONALES El médico SERUMS posee un seguro contra accidentes debido al convenio del CMP con una aseguradora local, para lo cual el único requisito es estar habilitado y al día en sus cuotas de colegiatura. El seguro cubre todo tipo de accidentes las 24 horas del día, los 365 días del año, en cualquier región del Perú; se tiene cobertura por gastos de curación, en toda la red de Clínicas afiliadas a nivel nacional. Indemnización en caso de invalidez permanente total o parcial e indemnización a los herederos legales en caso de fallecimiento.
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Para mayor información, podrá comunicarse con: Colegio Médico del Perú: Sra. Tania Lozada Hernández E-mail:
[email protected] Teléfono: 2131400 Anexo 1000 En caso de siniestros o accidentes, comunicarse con: Dr. William Guzmán Ortiz Teléfono Celular: 948 574 519 E-mail:
[email protected] Srta. Roxana De la Oliva Díaz: E-mail:
[email protected] Teléfono celular: 984 218 325 Teléfono Fijo: 272 2471 anexo 337 4.- ACTIVIDADES PROPIAS DEL SERVICIO 4.1 ACTIVIDADES DE GESTIÓN
Los profesionales realizarán funciones asignadas por la autoridad del establecimiento de salud, de acuerdo a la normativa emitida por las GERESAS, DIRESAS, elaborando un PLAN ANUAL DE ACTIVIDADES SERUMS dentro de los treinta(30) primeros días calendarios de iniciado su servicio previo análisis situacional.
1.- Planificación.- es importante realizar un diagnóstico basal de la situación de salud de la comunidad, para lo que se realiza un ANÁLISIS SITUACIONAL, a partir del cual se puede realizar un PLAN OPERATIVO ANUAL, ambos documentos serán solicitados como parte del INFORME FINAL SERUMS, por lo cual el serumista debe involucrarse en el desarrollo de ambos. Además es probable que cada estrategia o programa cuente con un plan anual el cual debe ser cumplido. 2.-Organización.-los establecimientos de salud se organizan por servicios, a lo cual se suman las estrategias del MINSA, y finalmente hay funciones administrativas que se asignan al personal de salud, es importante conocer el ROF (Reglamento de Organización y Funciones) y el MOF (Manual de Organizaciones y Funciones). 3.-Documentos de gestión.- es necesario informarse acerca de los documentos pertinentes para el desarrollo del PLAN OPERATIVO ANUAL, para lo cual se debe solicitar en el establecimiento los documentos de gestión de los organismos descentralizados del MINSA como: ROF- MOF-TUPA-CAP-MAPPRO
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a)
Reglamento de Organización y Funciones (MOF) .- es un documento técnico normativo de gestión institucional donde se describe y establece la función básica , funciones especificadas, responsabilidades, atributos, requisitos y relaciones de autoridad , dependencia y coordinación de los cargos.
b)
Reglamento de Organización y Funciones (ROF).- es el documento técnico normativo de gestión institucional para el logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales del MINSA y las funciones específicas de sus órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades.
Los siguientes documentos son de uso de las instancias superiores pero requieren ser conocidas por los profesionales SERUMS. c)
Cuadro de Asignación de Personal (CAP).- documento de gestión institucional que contiene cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en el ROF.
d)
Manual general de Procesos(MAPPRO).- es un documento técnico normativo de gestión que establece los objetivos funcionales generales y específicos de los procesos organizacionales, los usuarios externos e internos, los responsables del diseño, rediseño y mejoramiento continuo de los procesos, subprocesos y actividades de ámbito sectorial e institucional, así como sus interrelaciones, metodologías y otros componentes.
e)
Manual de Procesos y Procedimientos.- es un documento de sistematización normativa que contiene la descripción detallada de la secuencia de acciones que se siguen para la ejecución de los procesos y organizaciones, en el nivel de sub-procesos o actividades, en los que intervienen una o más unidades orgánicas. El manual incluye los cargos o puestos de trabajo que intervienen, precisando sus responsabilidades y participación, así también contiene modelos de formatos, documentos e instrucciones para la automatización y para el uso de máquinas o equipos a utilizar en caso necesario y cualquier otro documento o información como dato necesario para el correcto desempeño del procedimiento.
f)
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA).- es un documento que contiene toda la información relativa a los procedimientos y trámites administrativos que el público usuario debe realizar para obtener alguna información o servicio de las entidades públicas.
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Existen otros documentos de importancia, como la Guía para el Supervisor Nacional en Salud. En caso de la no existencia de estos documentos, lo debe solicitar a las DIRESAS, GERESAS, y se anexa la información según las disposiciones del MINSA para su elaboración. (Resolución Ministerial N `603-2006 < MINSA) 4.2 ACTIVIDADES DE PROGRAMAS Y ESTRATEGIAS SANITARIAS Antes de describir de manera concretas los programas y estrategias sanitarias, realizamos las siguientes recomendaciones: a)
Se sugiere que los responsables de los programas mediante documento.
b)
Se recomienda que se maneje un archivo para cada estrategia o programa, el cual debe contar con lo siguiente:
c)
sean designadas
Base Legal: normas técnicas vigentes, resoluciones, directivas Plan operativo de cada programa o estrategia Informes: mensuales, trimestrales, semestrales y anuales. Otros: documentos enviados y recibidos, copias y o actas de las actividades realizadas.
Conocer el plan anual de cada estrategia y el avance, se sugiere que por cada trimestre se ejecute un 25 % de lo programado.
d) Es necesario conocer las normas técnicas vigentes y el estado de cada programa o estrategia, así como las metas establecidas. e)
Si bien es cierto que cada estrategia o programa tiene un responsable, todo el personal debe estar involucrado con el desarrollo y ejecución de metas, por lo cual se sugiere reuniones en la que los responsables compartan la información sobre las normas técnicas vigentes además de las metas establecidas.
5.- PROGRAMAS Y ESTRATEGIAS SANITARIAS a)
PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL CÁNCER La estrategia desarrolla actividades de atenciones en salud orientadas a la promoción de salud y actividades de prevención y diagnóstico precoz del cáncer.
b)
ESN ACCIDENTES DE TRÁNSITO
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La ESNAT fue creada porque los accidentes de tránsito se consideran un problema de salud pública de gran impacto socioeconómico. Tiene por objeto reducir el número de fallecidos y lesionados por accidentes de tránsito, además de modificar conductas de riesgo entre los miembros de nuestra sociedad. Se pretende que el tema de seguridad vial se incorpore en la idiosincrasia de la población peruana, en diversos ámbitos, formados de mensajes saludables. Normatividad: -Resolución Ministerial N 553-2009/MINSA .- Aprueban reglamento del Comité Consultivo de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Tránsito. -Plan Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Transito -ESNAT- 2009 – 2012. c)
ESN ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN SALUDABLE La estrategia integra intervenciones y acciones priorizadas, dirigidas a la reducción de la morbimortalidad materna e infantil y a la reducción de las deficiencias nutricionales. El objetivo general es mejorar el estado nutricional que la población peruana a través de acciones integradas de salud y nutrición, priorizadas a los grupos vulnerables y en pobreza extrema y exclusión. Normatividad: -Resolución Ministerial Nº 208-2011/MINSA, documento técnico Lima2011. Lineamientos de gestión de la Estrategia Sanitaria de alimentación y nutrición saludable.
d) ESN CONTAMINACIÓN POR METALES PESADOS En nuestro país, entre los principales agentes contaminantes identificados tenemos el plomo, mercurio, aluminio, arsénico, magnesio, manganeso, hierro, cobre, cianuro, etc. Agregándose a estos metales pesados el dióxido de azufre y el ácido sulfúrico. Además tenemos la presencia cada vez mayor de poblaciones ubicadas dentro del área d influencia de las actividades extractivas, entre ellas la minería y explotación petrolera.
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Es necesario tener conocimiento sobre el impacto ambiental y los riesgos a la salud ocasionados por estos metales y otras sustancias químicas. Normatividad: -Resolución Ministerial N 389-2011/MINSA.- aprueban la Guía Técnica de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento de la Intoxicación por Arsénico. - Resolución Ministerial N 425-2008/MINSA.- establecer la Estrategia Sanitaria Nacional de Atención a Personas Afectadas por Contaminación con Metales Pesados y otras sustancias químicas. -Resolución Ministerial N 511/2007 .- aprueban la Guía Técnica Guía de Práctica Clínica para el manejo de Pacientes con intoxicación por Plomo e)
ESN DANOS NO TRASMISIBLES Tiene como objetivo principal fortalecer las acciones de prevención y control de los danos no trasmisibles, llevados en forma interinstitucional e intersectorial, con recursos técnicos posibles que faciliten la prevención y atención de la salud de las personas en el país en el marco de la Atención Integral de Salud. Normatividad: -Resolución Ministerial N514/2005/MINSA.- Oficializan las semanas de prevención y control de danos no trasmisibles -Resolución Ministerial N 031-2015/MINSA.- aprobar Guía Técnica “Guía de Práctica Clínica para la Prevención y supervisión de la Enfermedad Hipertensiva en el Primer Nivel de Atención”. -R.M. 719-2015/MINSA, la “Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico, Tratamiento y Control de la Diabetes Mellitus Tipo 2, en el Primer Nivel de Atención”
f)
ESN ENFERMEDADES METAXÉNICAS Y OTRAS TRASMITIDAS POR VECTORES Tiene por objetivo realizar intervenciones dirigidas a la prevención y control de las enfermedades metaxénicas, reduciendo el sufrimiento de la población, disminuyendo el impacto de estos, minimizando la exposición de la población al riesgo de enfermar, controlando las densidades y dispersión de vectores, y corresponsabilizando eficientemente a la comunidad, organizaciones de base, gobiernos locales y otros sectores en el rol de la prevención que les corresponde.
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Normatividad: -Resolución Ministerial Nº 087-2011/MINSA Se aprueba “Guía de Práctica Clínica para la Atención de Casos de Dengue en el Perú”. -Resolución Ministerial Nº 076-2007/MINSA Se aprueba NTS N° 054MINSA/DGSP-V.01 “Norma Técnica de Salud para la atención de la Malaria y Malaria Grave en el Perú” -Resolución Ministerial Nº 1189-2006/MINSA NTS Nº 048-MINSA/DGSPV.01 - Norma Técnica de Salud para la Atención de la Bartonelosis o Enfermedad de Carrión en el Perú aprobada por Resolución Ministerial Nº 647-2006/MINSA. g)
ESN PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAS ITS, VIH Y SIDA La Estrategia Sanitaria Nacional de prevención y control de ITS VIH /SIDA norma los procesos de organización correspondiente, en el ámbito de su gestión institucional y sectorial para lograr objetivos funcionales relacionados a la cultura de salud, prevención y control de las Infecciones de Transmisión Sexual y VIH/SIDA con un enfoque de equidad, derecho y ejercicio de la ciudadanía. Normatividad: -NTS N°108 - MINSA/DGSP - V. 01 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA PREVENCIÓN DE LA TRANSMISIÓN MADRE-NIÑO DEL VIH Y LA SÍFILIS - Norma Técnica de Salud para la Atención Integral del Adulto con Infección de VIH, aprobada con Resolución Ministerial N° 962- 2014/MINSA,
h)
ESN INMUNIZACIONES Tiene como objetivo mantener al Perú libre de poliomielitis, sarampión y otras enfermedades inmunoprevenibles, incluso de nuevas vacunas en el esquema nacional de inmunizaciones, adquisición de biológicos y jeringas, mantener un óptimo sistema de vigilancia sanitaria. Normatividad: - Resolución Ministerial Nº 510-2013/MINSA NTS N° 080MINSA/DGSP.V.03 Norma Técnica de Salud que establece el esquema nacional de vacunación. - Resolución Ministerial Nº 255-2015/MINSA Directiva Sanitaria N° 064MINSA/DGSP.V.01 Directiva Sanitaria para la Administración de la Vacuna Contra el Virus del Papiloma Humano (VPH)
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i)
ESN SALUD FAMILIAR Tiene por objetivo concentrar esfuerzos en el fortalecimiento del primer nivel de atención tomando como eje fundamental al equipo básico de salud para un mayor beneficio de la población en situación de pobreza extrema correspondiendo integrar a todos los profesionales de la salud necesarios para abarcar las intervenciones preventivo-promocionales en el núcleo familiar. Normatividad: - RESOLUCION MINISTERIAL Nº 587-2009/MINSA Establecen la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Familiar. - Modelo de atención integral en salud basado en familia y comunidad: Documento técnico/ Ministerio de Salud. Dirección General de Salud de las Personas. Secretaría Técnica Comisión de Renovación del MAIS-BFC -Lima: Ministerio de Salud; 2011.
j)
ESN SALUD DE LOS PUEBLOS INDIGENAS El objetivo es promover, coordinar y monitorear acciones concretas dirigidas a los pueblos indígenas que permitan disminuir la brecha sanitaria existente acercando el valor de sus indicadores de salud a los existentes en el nivel nacional y o regional. Todas las acciones a desarrollarse se enmarcan en el respeto a los patrones culturales propios de los pueblos indígenas, por lo cual la perspectiva es la interculturalidad en salud. Normatividad: -Resolución Ministerial Nº 799-2007/MINSA; se resuelve aprobar la NTS N° 059 - MINSA/INS-CENSI - V.01 "Norma Técnica de Salud: Prevención, contingencia ante el Contacto y Mitigación de Riesgos para la Salud en escenarios con presencia de Indígenas en Aislamiento y en Contacto Reciente". - Resolución Ministerial Nº 798-2007/MINSA. Se resuelve aprobar la "Guía Técnica: Atención de Salud a Indígenas en Contacto Reciente y en Contacto Inicial en Riesgo de Alta Morbimortalidad"
k)
ESN SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Tiene como propósito mejorar la salud sexual y reproductiva dela población, concentrando el mayor esfuerzo en la reducción de la mortalidad materna y perinatal a través de las siguientes líneas de intervención:
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-
-
Mejorar la calidad de los servicios de atención materna para facilitar el acceso a la atención prenatal reenfocada y a la atención institucional calificada del parto y el recién nacido, haciendo uso de la adecuación cultural Mejorar la capacidad de respuesta de los establecimientos ante las emergencias obstétricas y neonatales según niveles de atención. Ayudar a las personas a lograr sus ideales reproductivos. Mejorar la salud reproductiva en adolescentes. Prevención de la transmisión vertical del VIH/SIFILIS Prevención de la violencia basada en género.
Normatividad: -Resolución Ministerial N° 572-2014 – MINSA Gratuidad de métodos anticonceptivos, los establecimientos de salud del Sector Público deberán Priorizar y reforzar sus acciones regulares de difusión, información y educación en planificación familiar. -Resolución Ministerial N° 619-2014 – MINSA Aprobar la NTS N° 108 MINSA/DGSP-V.01 "Norma Técnica de Salud para la Prevención de la Transmisión Madre-Niño del VIH y la Sífilis", la misma que en documento adjunto forma parte de la presente Resolución Ministerial. l)
ESN SALUD MENTAL Y CULTURA DE PAZ Esta estrategia ha sido elaborada en base a los lineamientos para la acción en salud mental, que tiene como objetivo brindar orientación para constituir las bases de planificación de las acciones de salud mental en el país y siguiendo las pautas establecidas en el documento del MAIS. Normatividad: - RESOLUCION MINISTERIAL Nº 648-2006/MINSA .- Guía De Práctica clínica en trastornos mentales y del comportamiento debidos al consumo de sustancias sicótropas.
m) ESN SALUD OCULAR Tiene como objetivo enfatizar la atención integral e intervenciones de prevención, atención y recuperación, optimizando al máximo los recursos humanos y tecnológicos, que permitan atender sanitariamente a toda persona sobre su salud ocular.
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Normatividad: - PLAN ESTRATEGICO NACIONAL DE SALUD OCULAR Y PREVENCIÓN DE LA CEGUERA EVITABLE 2014 - 2021. -Guía técnica: Guía de práctica clínica para tamizaje, detección, diagnóstico y tratamiento de catarata (Resolución Ministerial Nº 537-2009/MINSA). -Resolución Ministerial Nº 537-2009/MINSA Aprueban la Guía Técnica: “Guía de Práctica Clínica para Tamizaje, Detección, Diagnóstico y Tratamiento de Cataratas” n) ESN SALUD BUCAL Esta estrategia desarrolla actividades preventivo promocionales, recuperativas y de rehabilitación enfocadas en las etapas de vida más vulnerables como son las de niño, adolescente, adulto mayor, incluyendo a la mujer gestante. Normatividad: - ESTRATEGIA SANITARIA NACIONAL DE SALUD BUCAL - MINSA Resolución Ministerial Nº 649-2007/MINSA. o)
ESN PCT La Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis PCT, es responsable de establecer la doctrina, normas y procedimientos para el control de la tuberculosis en el Perú, garantizando la detección, diagnóstico, tratamiento gratuito y supervisado a todos los enfermos de tuberculosis con criterios de eficiencia, eficacia y efectividad. Normatividad: - RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 715-2013/MINSA NTS N°10 1 -1 MINSA/DGSP V.01 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS AFECTADAS POR TUBERCULOSIS
p) ESN ZOONOSIS La Estrategia Sanitaria Nacional de Zoonosis, tiene como objetivo principal fortalecer el gerenciamiento de las acciones de prevención y control de las zoonosis, llevadas en forma interinstitucional e intersectorial. Normatividad: - RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 351-2015/MINSA Directiva Sanitaria Nº065-MINSA /DGE.-V.01 – DIRECTIVA SANITARIA PARA LA VIGILANCIA
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EPIDEMIOLÓGICA DE ENFERMEDADES ZOONÓTICAS, ACCIDENTES POR ANIMALES PONZOÑOSOS Y EPIZOOTIAS. 6.- ACTIVIDADES EN EL MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD A) ETAPA DE VIDA NIÑO La etapa de vida niño tiene por objetivo contribuir a mejorar la calidad de vida de las niñas y niños en el ámbito nacional fomentando, promoviendo y apoyando la atención integral de salud mediante acciones de prevención, atención y rehabilitación para disminuir la morbilidad mortalidad en esta etapa de vida. Normatividad: - NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA EL CONTROL DE CRECIMIENTO Y DESARROLLO DE LA NIÑA Y EL NIÑO MENOR DE CINCO AÑOS R. M. – Nº 990 - 2010/MINSA B) ETAPA DE VIDA ADOLESCENTE EL grupo objetivo es la población cuyas edades oscilan entre los 12 y 17 anos 11 meses y 29 días. Tiene por objetivo establecer estrategias para mejorar el acceso de la población adolescente a los servicios de salud, siendo las principales, la implementación de servicios diferenciados para adolescentes. Normatividad: - RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 529 -2006/MINSA Norma Técnica de Salud para la Atención en la etapa de vida adolescente Ministerio de Salud 2006 C) ETAPA DE VIDA JOVEN El grupo objetivo es la población cuya edad oscila entre los 18 y 29 años 11 meses y 29 días. Tiene como objetivo contribuir activamente al acceso universal de las y los jóvenes a la salud. Normatividad: - RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 944 -2012 /MINSA NTS Nº 100 MINSA/DGSP. V.01 NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD EN LA ETAPA DE VIDA JOVEN
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D) ETAPA DE VIDA ADULTO El Grupo objetivo es la población cuya edad oscila entre 30 y 59 años. Normatividad: - Norma Técnica de Salud para la Atención en la etapa de vida adulto Ministerio de Salud Octubre 2005. E) ETAPA DE VIDA ADULTO MAYOR El grupo objetivo es la población cuya edad es de 60 años en adelante. Normatividad: - RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 529 -2006/MINSA NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES MINISTERIO DE SALUD 2006. 7. PROMOCION Y PREVENCION EN SALUD La Promoción de la Salud tiene como objetivo proporcionar a los pueblos los medios necesarios para mejorar su salud y ejercer un mayor control sobre la misma. Se constituye en una prioridad para el sector, por su importancia en el desarrollo social y en el mejoramiento de la calidad de vida de la población. Busca promover la salud de los peruanos como un derecho inalienable de la persona humana y la necesidad de crear una cultura de la salud, que involucra a individuos, familias, comunidades y sociedad en su conjunto, en un proceso orientado a modificar las (los) condicionantes o determinantes de la salud. La manera de operativizar este modelo es a través de PROGRAMAS en promoción de la salud, que son el conjunto de acciones integrales y sostenibles a nivel de los escenarios considerando además la población sujeta de intervención para alcanzar resultados que favorezcan condiciones de vida saludables en la población y su entorno. Los Programas que ha considerado la Dirección General de Promoción de la Salud son: Programa de Promoción de la Salud en las Instituciones Educativas, Programa de Familia y Vivienda Saludables, Programa de Municipios y Comunidades saludables y Programa de Centros Laborales Saludables.
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La fortaleza con la que cuentan los establecimientos de salud en el primer nivel de atención es el Programa de Promoción de la Salud, en la que se desarrollarán muchas actividades preventivo-promocionales que incluye la participación de la mayoría de los programas. Además, este programa permitirá el contacto directo con la población. Para este programa en especial, así como para todas las demás estrategias sanitarias y actividades de gestión, es necesario conservar evidencias de las actividades (actas, fotos, memoriales, etc.). Se recomienda, asimismo, tener un “Acta de Promoción y Prevención de la Salud”, con el fin de firmar acuerdos, convenios, entre otros, la cual deberá contar con firma y sello de los participantes de cada actividad. Se recomienda llevarla a las reuniones multidisciplinarias y a las reuniones con la Comunidad. 8. SANEAMIENTO AMBIENTAL Comprende lo siguiente: 8.1. SANEAMIENTO BASICO: Supervisión de los aspectos técnico sanitarios, del abastecimiento de agua para consumo humano; el manejo y vertimiento de aguas residuales domésticas y disposición de excretas; el manejo de residuos sólidos; y la vigilancia y control de artrópodos vectores de enfermedades transmisibles
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y plagas de importancia en salud pública (tales como dengue, chinkunguya, zika, entre otros), en el marco de la normatividad vigente. 8.2. ECOLOGIA Y PROTECCION DEL AMBIENTE: Elabora planes, programas, proyectos de prevención y control de la contaminación ambiental, controla y aplica las sanciones establecidas en la legislación sanitaria y ambiental; supervisa el cumplimiento de Normas y Reglamentos Sanitarios en aspectos de Ecología y Protección del ambiente. Verifica el cumplimiento de los Estándares de Calidad Ambiental para la protección de la Salud. 8.3. HIGIENE ALIMENTARIA Y ZOONOSIS: Encargada de normar sobre los aspectos técnico sanitarios en materia de alimentos y bebidas y prevención de las zoonosis; así como vigilar y controlar la calidad sanitaria e inocuidad de los alimentos y bebidas industrializados destinados al consumo humano interno y a la exportación; con el fin de prevenir las enfermedades transmitidas por los alimentos y las zoonosis, a fin de proteger la salud de las personas. 8.4. SALUD OCUPACIONAL: Norma y difunde criterios técnicos sobre salud, higiene y seguridad en el trabajo en las diversas actividades económicas y vigilar su aplicación por los órganos competentes. Establece los requerimientos y la coordinación de actividades de la investigación aplicada en el ámbito de la salud ocupacional, dirigido a los agentes de riesgo y su impacto en la salud de los trabajadores. Coordina y supervisa la ejecución de estrategias de vigilancia y control de riesgos en el trabajo de las diversas actividades económicas. (Contar con fichas técnicas donde se registren los accidentes laborales para luego ser reportados a la DIRESA). 9. OTROS: 9.1 JEFATURA Si bien es cierto, no se consideraría como un programa como tal, las actividades de quien desempeña como Jefe del Establecimiento de Salud o Responsable del Establecimiento de Salud, es de suma importancia e involucra acciones de gerencia, representación y dirección, de todas las actividades que se realizan en el establecimiento. Es recomendable que esta acción de Jefatura se lleve con el máximo de respeto posible hacia sus compañeros de trabajo, realizando reuniones de coordinación de las diferentes actividades y actuando siempre con justicia. Por principio, se debe considerar que el médico debe ser la cabeza de un sistema de salud y es también el primer reto que tiene el médico joven a labores de jefatura que habrá de enfrentar durante su ejercicio profesional;
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un desafío para conocer y fortalecer sus capacidades de liderazgo, manejo de situaciones complicadas y capacidad de innovación; que será de vital importancia para su desarrollo profesional. Si bien es cierto, existen los temores propios del cargo (supuestos problemas legales, enfrentamientos con la población y personal del establecimiento, entre otros), el secreto para que las funciones de jefatura se puedan llevar con la mayor efectividad se basa en la comunicación y en el hecho que las ideas no deben ser impuestas sino compartidas, fortaleciendo el trabajo en equipo. 9.2 CALIDAD Este programa tiene la gran ventaja de brindar una visión más amplia de la problemática del establecimiento, pudiendo también tener las herramientas para una solución más apropiada de los mismos. Dentro de los establecimientos del primer nivel de atención, el Programa de Calidad centra su atención en las siguientes actividades: - Clima Organizacional - Satisfacción del Usuario Externo - Acreditación de los Establecimientos de Salud - Proyectos de Mejora Continua de la Calidad 9.3 ECONOMÍA – CAJA Involucra todas las acciones que tienen que ver con los ingresos y egresos del establecimiento, desde el ingreso por caja hasta los gastos, incluidos gastos básicos. Es recomendable tener el apoyo de un personal antiguo para este puesto (sea llevando el programa o asesorando en el mismo). Como involucra dinero, es necesario tener el cuidado a la hora de realizar cualquier tipo de movimiento económico, teniendo en cuenta que, al igual que en nuestra vida personal, debemos saber ahorrar y gastar solamente lo que sea de importancia para el desarrollo del establecimiento. Periódicamente, las Redes de Salud pedirán que remita su cuaderno e informe de caja, por lo cual todo gasto que realiza debe estar debidamente sustentado (boletas) y estar dentro de los conceptos que se admiten por la propia Red y DIRESA (pedirlos en caso no los tenga). Los gastos grandes se deben aprobar a nivel de las Micro redes. (En caso los establecimientos de Salud sean CLAS coordinar con la Dirección del mismo toda compra que se vaya a realizar en función de medicamentos, campañas, insumos, entre otros). 9.4 PERSONAL Un punto problemático en algunos establecimientos de salud, se requiere mucha comunicación con el personal y el desarrollo de estrategias que
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permitan el desempeño en este cargo con total autonomía y equidad. Tiene que ver con la realización del Rol de Trabajo (turnos), descansos y licencias. Se sugiere ser muy cuidadoso(a) en las salidas del EE.SS durante horas de trabajo, sea para hacer alguna gestión o visita domiciliaria, dejando siempre su PAPELETA DE SALIDA e informando al personal a cargo. 9.5 FARMACIA En caso de que Ud. ocupe algún cargo de jefatura, realizar verificación de movimiento de Medicamentos según DIGEMID (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas) de lo contrario el personal asignado a esta función tiene completa responsabilidad de sus actividades. Esto es importante ya que existe un inadecuado manejo de insumos y/o productos, hecho que acarrea las acciones administrativas correspondientes tales como la reposición de dichos insumos o el reembolso que señala la normativa legal. (Coordinar con cada DIRESA el petitorio mensual sobre necesidad de medicamentos para una mayor celeridad en la llegada de estos y contar con medicamentos de emergencia en caso demoren su llegada) 9.6 SIS (Seguro Integral de Salud) El SIS es el seguro público, estatal, enmarcado dentro del AUS (Aseguramiento Universal en Salud). Este seguro tiene un tipo SUBSIDIADO, que es totalmente gratuito y dirigido a la población pobre y extremadamente pobre del país; y tiene un tipo SEMICONTRIBUTIVO, que conlleva un pago mensual y dirigido a quienes no son elegibles para el seguro gratuito por algún motivo. El SIS evalúa a las personas elegibles según el SISFOH (Sistema de Evaluación de Hogares). Las normas del SIS son de gran importancia para el médico SERUMS que trabaja por el MINSA. Deberá llenar una ficha única de atención del SIS, por cada atención realizada, sea del ámbito preventivo como recuperativo. Involucra acciones de auditoría, en las cuales se deberá revisar la concordancia de los diagnósticos con el tratamiento, adecuado llenado de las fichas de atención, ingreso de nuevos beneficiarios y tramites diversos relacionados (defunción, traslado de pacientes, etc.). Un aspecto importante es que el dinero que entre bajo la nómina de SIS, solamente puede ser gastado para el mismo. Se debe conocer el PEAS (Plan Esencial de Aseguramiento en Salud), que señala la lista de “condiciones” que están cubiertas por el SIS, en total unas 140 condiciones, pero que han sido ampliadas por el Plan Complementario
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a casi todas las patologías y condiciones del CIE – 10. Considerar también que existe un tope de gasto por cada diagnóstico, que es 2.5 UIT, el cual puede ser ampliado con la llamada “cobertura extraordinaria”. (Concientizar a la población sobre el límite que tiene la cobertura ya sea en medicamentos, exámenes auxiliares y tratamiento sea en una atención de consulta o emergencia). Las únicas exclusiones para la no cobertura del SIS, son las siguientes a la actualidad: -
Cirugía profiláctica, estética o cosmética o procedimientos para propósitos que no sean mejorar el estado de salud. Atenciones con otro financiamiento: SOAT, estrategias, programas, lista de enfermedades de alto costo FISSAL. Atención fuera del territorio nacional.
9.7 LOGÍSTICA Si bien en algunos establecimientos no existe este cargo, es importante que se realice, debido a los múltiples problemas que puede suscitar el no llevar un adecuado registro de los enseres de un establecimiento. Generalmente, con el apoyo de entidades superiores, se cuenta con un inventario general del establecimiento, siendo finalmente quien lleve este cargo responsable de la vigilancia del mantenimiento de los mismos. 9.8 DIGITACIÓN- HIS Es un subsistema de información regular, que forma parte del sistema de información de salud asistencial – admistrativa, en el cual se recogen los datos de todas las atenciones realizadas en un establecimiento, principalmente consulta externa. Actualmente se viene trabajando con la versión v3.05, el cual cuenta con manuales para el llenado adecuado de las hojas HIS (Manuales de Registro y Codificación HiS), por cada una de las estrategias sanitarias y programas. Es necesario que al inicio del SERUMS, el médico pida al responsable del área de informática su código de usuario, que le permitirá tener un registro de todas sus atenciones (productividad). En algunos establecimientos, que cuentan con centro de digitación, se pide al personal del establecimiento (incluyendo personal SERUMS) apoyar en la digitación de las fichas HIS, por lo que es necesario solicitar una capacitación previa para el manejo del programa. Es necesario registrar y revisar el correcto llenado de todas las atenciones, ya que ello constituirá la productividad de la plaza SERUMS. (Actualmente hay algunas DIRESAS que están utilizando nuevo sistema y se debe capacitar al personal SERUMS sobre la digitación del mencionado sistema).
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10. ASPECTOS LABORALES: DÍAS LIBRES, GUARDIAS COMUNITARIAS 10.1 DÍAS LIBRES No hay referencia al número de días libres en las normas del SERUMS; éstos resultan del cumplimiento de las 150 horas mensuales de trabajo (señalado en la Ley del Trabajo Médico), incluidas guardias. Algunos lugares permitirán la acumulación de días libres para facilitar la salida de los profesionales SERUMS a sus regiones de origen. 10.2 GUARDIAS COMUNITARIAS Son DIURNAS. Las DIRESAS, DISAS y GERESAS deben programarlas en función a la necesidad del servicio en el establecimiento adjudicado, la disponibilidad presupuestal correspondiente, y la autorización por escrito de los profesionales SERUMS, la misma que debe ser archivada de manera adecuada para fines de control (interno o externo). NO están permitidos las guardias nocturnas o retenes. 10.3 ITINERANCIA RURAL La itinerancia rural, en el proceso SERUMS, es aplicable sólo para las Sanidades de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, para lo cual la Institución deberá presentar al Comité Central del SERUMS, antes del inicio del servicio, el plan de itinerantica estableciendo la zona donde se realizará la actividad, el periodo de duración (mínimo 02 y máximo 04 meses consecutivos o alternos), las metas, etc. Cada Institución asumirá los costos que irroguen estas actividades. Las GERESAS, DIRESAS, DISAS serán las encargadas de emitir las constancias de asistencia de los profesionales que realicen la itinerancia, previo informe de la institución donde realizó la itinerancia. Es responsabilidad del Comité Regional de SERUMS, supervisar el cumplimiento de la itinerancia. 11. COMPENSACION DE HORAS No está permitida la acumulación o compensación de horas de un proceso SERUMS a otro para disminuir el período de los 12 meses calendario del servicio correspondiente.
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12. FLUJO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (QUEJAS Y/O RECLAMOS) En la actualidad, no se tiene un manejo adecuado del procedimiento de queja pudiendo éste ser revisado por la más alta autoridad del sector lo que implica duplicidad de funciones, retardo y demora en su solución.
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¿Cómo se debe solucionar un problema en el establecimiento? En caso que la autoridad competente no haya señalado en una Directiva Administrativa o Reglamento el real flujograma del procedimiento de queja (muchos ACLAS cuentan con estos instrumentos) se deberá recurrir a lo dispuesto por la Ley N° 27444, ley del Procedimiento Administrativo General que señala expresamente lo siguiente: Artículo 158.- Queja por defectos de tramitación: 158.1 En cualquier momento, los administrados pueden formular queja contra los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos establecidos legalmente, incumplimiento de los deberes funcionales u omisión de trámites que deben ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto en la instancia respectiva. 158.2 La queja se presenta ante el superior jerárquico de la autoridad que tramita el procedimiento, citándose el deber infringido y la norma que lo exige. La autoridad superior resuelve la queja dentro de los tres días siguientes, previo traslado al quejado, a fin de que pueda presentar el informe que estime conveniente al día siguiente de solicitado. 158.3 En ningún caso se suspenderá la tramitación del procedimiento en que se haya presentado queja, y la resolución será irrecurrible. 158.4 La autoridad que conoce de la queja puede disponer motivadamente que otro funcionario de similar jerarquía al quejado, asuma el conocimiento del asunto. 158.5 En caso de declararse fundada la queja, se dictarán las medidas correctivas pertinentes respecto del procedimiento, y en la misma resolución se dispondrá el inicio de las actuaciones necesarias para sancionar al responsable.
V. DESPUÉS DEL SERUMS 1. DEL TÉRMINO DEL SERVICIO EN EL ESTABLECIMIENTO DE SALUD: Al finalizar el servicio, la autoridad competente expedirá la Resolución Directoral de término del SERUMS, previo informe favorable de la instancia respectiva. Para ello es importante que se prepare aproximadamente los últimos 3 meses de su gestión.
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Aquí algunas recomendaciones: a)
Dejar el cargo respectivo JEFATURA (en caso de haber llevado la jefatura del EESS) a la persona que se hará cargo hasta la llegada del siguiente colega médico que realizará las mismas actividades, mediante un documento escrito firmado y sellado con hora y fecha.
b)
Realizar la entrega de bienes patrimoniales del o de los servicios que estuvieron a su cargo durante el SERUMS en el respectivo Inventario Físico, formato autorizado por la RED, DISA, o DIRESA como, por ejemplo, los materiales del ambiente de consultorio externo (estetoscopio, tensiómetro, linterna, escritorio, material audiovisual, etc), bajo un cargo. Debiendo de constar en el acta de entrega de cargo como anexo, tanto establecimiento como el responsable de patrimonio, firmado y sellado en señal de conformidad, siendo esto necesario para la entrega de la Constancia de NO DEUDOR.
c)
Realizar entrega de programas y/o estrategias que estuvieron a su cargo al personal responsable, con el respectivo Acervo Documentario mencionando expresamente cuáles fueron las metas y coberturas alcanzadas, así como las acciones y documentos pendientes de trámite, bajo responsabilidad. De no hallarse el recepcionante, se dejará constancia en el Libro de Actas del establecimiento, en presencia del personal que permanecerá mientras llegue el siguiente responsable o se designen nuevas tareas.
d) Hacer lo posible por No dejar pendientes como llenado de historias clínicas, hojas SIS, documentos pendientes de entrega, etc. De existir, actualizarlos antes de retirarse del establecimiento. e)
Dejar conformidad de servicio al personal que lo requiera hasta la fecha que usted laboró, con el fin de que el personal solicitante no confunda fechas o se realice documentos fraudulentos en su ausencia.
f)
Se recomienda socializar información, logros, metas, dificultades que usted tuvo durante su SERUMS con el personal de salud a fin de que se tome en cuenta y se mejore en el proceso de mejora continua del EESS.
g)
Ante todo ser cordial con todo el personal de salud, evitando roces y comentarios que no vienen al caso.
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2. DEL INFORME SERUMS PARA LA OBTENCIÓN DE LA RESOLUCION MINISTERIAL DE TERMINO DE SERUMS Los profesionales del SERUMS ingresarán mensualmente a través de la página Web del MINSA (www.minsa.gob.pe) y se digitará en el Formato de informe SERUMS, la información solicitada para ese período. Las actividades realizadas durante la itinerantica serán presentadas en medio físico. Una vez concluido el tiempo de servicio, y completado el Informe virtual, previo visto bueno del coordinador SERUMS, el profesional imprimirá la Constancia y el Informe Final de SERUMS, los cuales servirán para gestionar su Resolución de Término ante la DIRESA/DISA/GERESA correspondiente. Adicionalmente, el Comité Central del SERUMS o el que haga sus veces a nivel regional o sub regional, pueden solicitar un trabajo de investigación, lo cual debe de estar sustentado debidamente con acto resolutivo. 3. CERTIFICACIÓN: 3.1 Requisitos para la entrega de la Resolución de Término del SERUMS: -
-
Proveído Original o Copia legalizada o autenticada por Fedatario. Certificación de NO ADEUDAR de ningún bien al establecimiento, generalmente este documento debe ser firmado por el Responsable de Economía/contabilidad, Responsable de Patrimonio, Responsable de Farmacia y finalmente VISADO y FIRMADO por el jefe del Establecimiento. Constancia de Término del SERUMS emitido por la instancia correspondiente (Microrred – MINSA - o quien haga sus veces - Sanidades de las FFAA y PNP, EsSalud, Instituciones con Convenio Vigente) Constancia del Informe Final del SERUMS visado por el Coordinador SERUMS de la institución correspondiente. - Constancia de haber realizado la itinerancia rural (sólo para los casos que correspondan). La Resolución de Término del SERUMS deberá incluir adicionalmente el quintil de pobreza del/los establecimiento/s asignado/s, en caso de No Conformidad con la resolución se podrá apelar dentro de los 15 días hábiles de expedida la resolución según Ley N°2744 Artic. 207.
4. DE LAS BONIFICACIONES DE PUNTAJE De acuerdo a lo normado en el D.S. Nº 007-2008/SA se menciona lo siguiente: La bonificación es un beneficio que se otorga al profesional, por haber prestado el SERUMS en la modalidad remunerada y/o equivalente, en establecimientos de salud ubicados de acuerdo a la escala del mapa de pobreza del FONCODES. Para efecto del concurso para ingresar a laborar en los establecimientos del Sector Público se otorgará una bonificación adicional al puntaje total obtenido, a los profesionales que hubieran realizado el SERUMS.
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En caso de postular a los Programas de Admisión al Residentado de Medicina Humana u otras profesiones, el puntaje de la bonificación será incorporado como parte del puntaje total.
VI. Servicios del Colegio Médico del Perú para médicos SERUMS (INDELMED, FOSEMED Y SEMEFA) 1.
FOSEMED (Fondo de seguridad del Médico)
Es un organismo creado por el CMP el cual tiene por objetivo administrar el fondo, viabilizar, proponer y ejecutar la ayuda para el médico y su familia en la búsqueda de lograr su seguridad y bienestar. Son miembros del FOSEMED, todos los médicos cirujanos colegiados. Los beneficios del FOSEMED están constituidos por asignaciones económicas que se otorgan al colegiado o sus derechohabientes, siempre que se produzca cualquiera de las contingencias que se detallan: Son beneficios que brinda el FOSEMED: a) El colegiado hábil, recibe un beneficio económico al cumplir setenta (70) años de edad y siempre que haya aportado al FOSEMED, durante 35 años continuos o ininterrumpidos. De otro lado, el colegiado hábil que acredite la condición establecida en este literal, es beneficiario de un paquete turístico, que lo utilizara en la fecha programada y que se otorgará en la medida que la estabilidad financiera del FOSEMED lo permita y, no podrá ser sustituido por otra prestación diferente, quedando establecido que el costo de dicho beneficio será aprobado por el Consejo Nacional conjuntamente con el presupuesto anual del Colegio Médico del Perú. b) Cuando el colegiado menor de 70 años ha sido declarado incapacitado total permanente para el ejercicio de la profesión médica, por la Junta Calificadora designada para el efecto, la que tomara como referencia para la declaración de incapacidad, la normatividad legal vigente. c) Cuando fallece el cónyuge del colegiado, acreditando el hecho con la Partida de defunción y el entroncamiento con la partida de matrimonio civil. d) Cuando fallece el hijo, menor años), acreditando el hecho con menor. El FOSEMED, además programas de Ayuda Social, el Programa del Adulto Mayor.
de edad del médico colegiado hábil (0 a 18 las Partidas de Nacimiento y Defunción del de los beneficios básicos, ha creado los Programa de Ayuda al Médico Joven y el
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2. SEMEFA (SERVICIO MÉDICO FAMILIAR): Es un programa de bienestar del Colegio Médico del Perú que financia prestaciones de salud. Sus módicas aportaciones la amplitud de sus beneficios, que incluye entre otros despistajes, unido a las ilimitadas restricciones que no discriminan edad , hacen del SEMEFA – CMP, un servicio muy especial con importantes ventajas para el bienestar de sus beneficiarios. - Requisitos de inscripción - Relación de servicios 3. INDELMED (INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA LEGAL DEL MÉDICO) Se trata de un servicio GRATUITO de asesoría consultoría y defensa legal judicial y extrajudicial para todos los médicos colegiados hábiles a nivel nacional; conformado por un staff de abogados. Este servicio tiene alcance sobre: prevención, Asesoría legal y defensa judicial de todas aquellas controversias médico legales derivadas del ejercicio de la medicina. En caso de presentarse algún tipo de contingencia legal durante el SERUMS, Ud. Podrá comunicarse a: Correos electrónicos:
[email protected] Central Telefónica: 399-4623 anexo 241 Emergencias Legales: RPM #986 630 556 Oficinas Descentralizadas INDELMED: CUSCO: Av. De la Cultura S/N 084-228872 Anexo 104
[email protected] AREQUIPA: Calle San Rafael 301. Urb. Los Ángeles
[email protected] TRUJILLO: Av. Roma 413 Urb. San Nicolás 044-245192
[email protected]
VII. LEY DEL TRABAJO MÉDICO LEY DEL TRABAJO MÉDICO En el año 1990, con la finalidad de asegurar las condiciones adecuadas para el ejercicio profesional del Médico Cirujano por su complejidad y su especial responsabilidad en la defensa de la vida y en el proceso de atención de salud de la persona, que deviene esencial para la productividad y desarrollo económico
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social acorde con la función que desempeña, se crea la LEY DEL TRABAJO MÉDICO. Para efectos del programa SERUMS, contemplar lo siguiente: TITULO II: DE LA MODALIDAD DEL TRABAJO ASISTENCIAL EN EL SECTOR PÚBLICO: Artículo 9.- La Jornada asistencial del médico cirujano es de 6 horas diarias ininterrumpidas o su equivalente semanal de 36 horas o mensual de 150 horas. En esta ornada está comprendido el trabajo de guardia. Cuando la jornada laboral supere las 150 horas mensuales, el excedente se considera como guardia extraordinaria. Artículo 10.- El trabajo de consulta ambulatoria en ningún caso podrá ser mayor de 4 horas diarias ininterrumpidas completándose la jornada laboral con actividades sanitarias de acuerdo a la realidad local. Artículo 11.- El trabajo de guardia comprende actividades múltiples y diferenciadas de las realizadas ordinariamente: su duración no será superior a las l2 horas continuas. Excepcionalmente, y por necesidad del servicio podrá extenderse hasta 24 horas. Artículo 12.- El trabajo de guardia es obligatorio y sujeto a la necesidad del servicio. Los profesionales mayores de 50 años así como los que sufran de enfermedades que los imposibiliten están exonerados del cumplimiento de dicho trabajo, manteniendo el derecho a percibir la bonificación correspondiente. Artículo 13.- La guardia de retén se programa de acuerdo a los requerimientos de la especialidad y la necesidad del servicio. Durante ella el Médico Cirujano está disponible para ser llamado a prestar servicios oportunos y efectivos dentro de la localidad.
VIII. CONVENCIONES REGIONALES SERUMS El Comité del Médico Joven del Colegio Médico del Perú viene desarrollando desde el año 2006 diversas estrategias para orientar a los médicos SERUMS a resolver de manera adecuada los diversos conflictos y la problemática que pueda surgir en el SERUMS; así mismo consensuar estrategias para el mejor desenvolvimiento del trabajo del médico durante el SERUMS. Como propuesta de mejora continua, que contribuya al establecimiento de salud.
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En ese contexto, la generación de espacios de dialogo y debate como son las “CONVENCIONES NACIONAL Y REGIONALES DE MÉDICOS SERUMS” implican también consensuar propuestas en torno a las mismas. Las convenciones regionales de SERUMS deben ser impulsadas y/u organizadas por los delegados regionales con el apoyo de los SERUMISTAS de su región presentando a sus respectivas DIRESAS el plan de la misma como Resultado de dichas convenciones, se han establecidos las siguientes propuestas que deben de establecerse como lineamientos presentes en convenciones futuras:
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XI. BIBLIOGRAFÍA -
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Ley N° 27657 – Ley del Ministerio de Salud Ley N° 23330 – Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General Decreto Legislativo N° 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. Decreto Supremo N° 013-02-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud. Decreto Supremo N° 005-97-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS. Decreto Supremo Nº 007-2008-SA, que aprueba modificaciones al Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS. - Decreto Legislativo N° 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado y sus normas complementarias. Resolución Ministerial Nº 088-2009/MINSA, que modifica el Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS, aprobado por D.S. Nº 005-97-SA, modificado por D.S. Nº 007- 2008-SA. Resolución Ministerial N° 307 – 2010/MINSA, que considera bonificación a los profesionales médicos cirujanos que hubieren realizado el SERUMS antes del Decreto Supremo N° 007 – 2008 – SA en instituciones de salud estatales y privadas inscritas en el Registro Nacional de Establecimientos de salud RENAES, con el registro vigente, acreditadas por la autoridad competente y que postulen al programa de Residentado de Medicina Humana. Resolución Ministerial Nº 546-2011/MINSA, que aprueba las Categorías de los Establecimientos del Sector Salud y Servicios Médicos de Apoyo. Resolución Ministerial N°710 – 2012/MINSA, que aprueba disposiciones para que profesionales en ciencias de la salud peruanos o no peruanos graduados o titulados en el extranjero puedan inscribirse como postulantes en cualquier sede de adjudicación del país. Resolución Ministerial N° 016 – 2014/MINSA dispone de manera excepcional con carácter temporal la contratación de diversos profesionales de la salud en la exigencia de requisito del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud.
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