Separata Seguridad Ciudadana

December 5, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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EG RIDAD I DADANA EESTP PNP CHICLAYO

2021

 

Contenido INTRODUCCIÓN...........................................................................................................4 LA SEGURIDAD CIUDADANA......................................................................................6 Generalidades............................................................................................................6 Definición de Términos...............................................................................................6 1. Esta Estado.... do.............. ..................... ..................... .................... ..................... ..................... .................... ........................................... .................................6 6 2. Dife Diferenc rencia ia entre Esta Estado do y Gobi Gobierno erno........... ..................... .................... .................... ..................................7 ........................7 3. Orde Orden n Inte Interno.. rno............ .................... ..................... ..................... .................... .................... ............................................. ................................... 7 4. Orde Orden n Públ Público. ico........... ..................... ..................... .................... ..................... ..................... .................... .................... ......................... ...............9 9 5. Seg Segurid uridad ad Ciu Ciudada dadana... na............. .................... ..................... ..................... .................... ..................... ................................ .....................9 9 6. Seg Segurid uridad..... ad............... ..................... ..................... .................... .................... ..................... ..................... ................................... ......................... 10 7. Ciu Ciudada dadano no (a). (a)........... ..................... ..................... .................... ..................... ..................... .................... .................................11 .......................11 8. Part Particip icipació ación n Ciu Ciudada dadana..... na............... .................... .................... ..................... ..................... ..................................11 ........................11 9. Rie Riesgos sgos que afect afectan an a la segu segurida ridad d ciud ciudadan adana......... a.............................................11 ....................................11  Antecedentes  Anteceden tes históricos de la seguridad ci ciudadana udadana en e ell Perú.................... Perú.............................. ............11 ..11 Situación actual de la seguridad ciudadana en el Perú............................................13 Indicadoress que miden la situación de inseguridad, la violencia Indicadore violencia y el delito.............. delito......... ......13 .13 1. La victi victimiza mización ción........... ..................... .................... ..................... ..................... .................... ......................................... ............................... 13 2. Perc Percepci epción ón de inse inseguri guridad. dad............ ..................... .................... .................... ............................................ ..................................14 14 3. Las encu encuesta estas........ s.................. .................... ..................... ..................... .................... .................... ..................... ..................... ................14 ......14 PRINCIPALES PROBLEMAS PROBLEMAS QUE AFECTAN LA SEGURIDAD CIUDAD CIUDADANA........... ANA...........16 16 Factores que contribuyen a la inseguridad ciudadana..............................................17 Pandilla Pand illaje...... je................ .................... ..................... ..................... .................... .................... ..................... ..................... ................................ ...................... 17 Robos y asaltos con armas de fuego....................................................................17  Accidentes de transito..................... transito.................................... ............................. ............................ ............................. ......................... ..............17 17 Violencia familiar y sexual.....................................................................................17 Pornografía y/o comercio sexual infantil...............................................................18 Consumo de alcohol y drogas...............................................................................18 Trata de personas.................................................................................................18 Infracciones al reglamento nacional de transito....................................................18 Principales causas que afectan la seguridad ciudadana..........................................19 La impu impunida nidad........ d.................. ..................... ..................... .................... ..................... ..................... .................... .................................. ........................ 19 Inexistencia de una educación pública de calidad................................................19 Crisis de la institución familiar...............................................................................19 El fracaso de la justicia.........................................................................................19 Las cárceles, escuelas de criminalidad.................................................................19 Corrupción e ineficacia policial..............................................................................19 Falta de valores y principios morales....................................................................20 1

 

Propuestas para mejorar la seguridad ciudadana....................................................20 MARCO JURÍDICO DE LA SEGURIDAD CIUDADANA..............................................21 Constitución Política del Perú...................................................................................21  Acuerdo Nacional Nacional – Séptim Séptima a Política de Estad Estado............... o.......................... ................ .......... .......... .......... .......... ........ ...26 26 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.................................................27 Creación y finalidad del sistema nacional de seguridad ciudadana......................29 Componentes del CONASEC...............................................................................29 Reglamento Reglame nto de la Ley del Sistema de Seguri Seguridad dad Ciudadan Ciudadana............... a............................ .................. .......31 ..31 Definición..............................................................................................................31 Principios aplicables.............................................................................................31 Consejo Nacional Nacional de Seguridad Ciudad Ciudadana ana (CONASEC)........................ (CONASEC).................................... .............32 .32 Comités regionales, provinciales y distritales........................................................34 Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019 - 2023...............................................43  Antecedentes..............  Antecedente s............................ ............................ ............................. ............................. ............................. ......................... ................ ..........43 43 Objetivos estratégicos...........................................................................................44  Análisis de la la ley de ejec ejecución ución de las pe penas nas de prestaci prestación ón de servicio servicioss a la comunidad y delimitación de días libres.......................................................................48 Delito de violencia y resistencia a la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones y sus formas agravadas. Ley 27937.............................................................49 Ley que regula la intervención de la Policía y el Ministerio Público en la investigaci investigación ón pr prel elim imin inar ar de dell del delitito. o... Ley Nº 279 27934........................ 34...................................... ........................... .................. .......... .......... .......... .......... ....... 50 Ley de condiciones condiciones del ejercicio de la legítima defensa. Ley N° 27936.................... 27936............... .....58 58 Protocolo intervención en flagrancia y derechos......................................................58 Ley que modifica el art.259° y art.260° del código procesal penal, referidos a la detención policial y arresto ciudadano en flagrante delito. Ley N° 29372.........................59 Ley N° 30558 del 04MAY2017, que modifica el literal “f” del inciso 24 del artículo 2º de la Con Consti stitu tuci ción ón Po Polít lític ica a del del Pe Perú...................... rú..................................... ......................... ................ ............ ............ ............ ............ ...... 62 MARCO DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD CIUDADANA..........................................63 El patrullaje policial...................................................................................................63 Concepto Con cepto.......... .................... .................... ..................... ..................... .................... ..................... ..................... ...................................... ............................ 63 Objetivo Obje tivo.......... ..................... ..................... .................... .................... ..................... ..................... .................................................. ........................................63 63 El patrullaje como operación policial.....................................................................63 Condiciones Condicio nes o aspectos generale generaless para la realizaci realización ón del patrullaje......... patrullaje............. ....... ....... ....64 64  Actitud del policía policía durante el pa patrullaje........................ trullaje....................................... ............................. ........................... ............. 64 La actitud del policía en una intervención.............................................................65 Elementos básicos para el desarrollo del patrullaje..............................................65 Técnicas de intervención policial policial con fines de identificación a presunto infractor.....66 infractor..... 66 El control de identidad identidad policial. (art.205° (art.205° y 206° del código procesa procesall penal).... penal).............66 .66 Directiva Nro.03-2018-IN..........................................................................................68 El sistema de participación ciudadana de la PNP.....................................................73 Dirección Nacional de Orden y Seguridad............................................................74 2

 

Las oficinas de participación participación ciuda ciudadana dana de las comisaria comisariass Policía Naciona Nacional... l...... ...... ...... ...76 76 Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana..........................................................78 Organización de las juntas vecinales....................................................................78 Programas preventivos de la Policía Nacional del Perú...........................................82 Vecino vigilante.....................................................................................................82 Radio taxi..............................................................................................................82 Redes de cooperantes..........................................................................................83 Programas preventivos preventivos y de reinserción para niños, jóvenes y adolescentes.... adolescentes........ ......84 ..84 Patrullas juveniles.................................................................................................84 Policía Poli cía esco escolar. lar........... ..................... ..................... .................... ..................... ..................... .................... ....................................... ............................. 85 Brigadas de autoprotección escolar - BAPES.......................................................86 Los clubes de menores "amigos del policía".........................................................86 El programa "Colibrí"............................................................................................87 El prog programa rama "Gavi "Gaviota" ota"........... ..................... .................... ..................... ..................... ................................................87 ......................................87 Sistema de Cooperación con la Policía Nacional del Perú.......................................88 Estatuto comité cívico de cooperación con la Policía Nacional Nacional del Perú............. Perú...............89 ..89 Instituciones encargadas de velar por la seguridad ciudadana................................90 Policía Nacional....................................................................................................91 Las Municipalidades.............................................................................................92 Relaciones Relacion es funcionales entre la PNP y serenazgo en el marco de los comités provinciales y distritales de seguridad ciudadana......................................................93 Participación Participaci ón de otras instituciones en seguridad ciudad ciudadana.................... ana................................... ................93 .93 Sector salud..........................................................................................................93 Sector educación..................................................................................................93 Sector justicia (Corte Suprema de Justicia)..........................................................94 Fiscalía de la Nación.............................................................................................94 Defensoría del pueblo...........................................................................................94 Instituto Nacional de Defensa Civil.......................................................................94 Municipalidades provinciales y distritales..............................................................95 Empresas de Vigilancia Particular........................................................................95 Plan Operativo Local de Seguridad Ciudadana........................................................95 ¿Quién formula el Plan?.......................................................................................96 ¿Cómo iniciar la formulación del Plan?.................................................................96  ANEXOS...................................  ANEXOS.................... ............................. ............................. ............................. ............................ ............................. ..................... ......... ... 102 Ley 27933 – Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana.........................................102 DS N° 011-2014-IN 011-2014-IN Reglamen Reglamento to de Sistema de Seguridad Ci Ciudadana......... udadana............ ...... .....106 ..106

3

 

SEGURIDAD CIUDADANA INTRODUCCIÓN La crim crimin inal alid idad ad y vi viol olen enci cia a en el mundo constituyen en la actualidad un problema político social de primer orden, que exige la necesidad de implementar medidas Concretas para disminuir la violencia urbana en las principales ci ciud udad ades es de dell pa país ís,, en pa part rtic icul ular  ar  contra la delincue delincuencia ncia común, cuyos efectos los padece transversalmente transversalme nte toda la población población.. Esta vio Esta violen lencia cia obe obede dece ce a muc mucho hoss factores causales de índole socioeconómico socioeconó mico y cultural, donde la familia,, la escuela familia escuela,, la comunidad y los medios de comunicación constituyen espacios de muy importantes; sin ,embargo, éstosahistóricamente no hanciudadana. articulad articulado o unasocialización clara orientación de sus objetivos objetivos, contribuyendo una débil formación La criminalidad y la delincuencia urbana es una de las manifestaciones más notorias de la violencia contemporánea. Las ciudades enfrentan altas tasas de delincuencia que amenazan los sentimientos de seguridad de la población. Vernos libres de la delincuencia, gozar de un ambiente de tranquilidad, estar protegido contra la violencia en el hogar y en la calle, lograr que las ciudades sean más seguras son ingredientes indispensables para un desarrollo sostenido. Históricamente las ciudades siempre han sufrido en mayor o menor dimensión los avatares de la violencia, pero hoy en día, por la incidencia de muchos factores estructurales como la desocupación, desocupación , fal falta ta de empleo empleo,, las migraciones, la pérdida de valores valores,, etcétera, han elevado sus ííndices ndices tornándose más agresivas y temerarias.  Actualmente la participación en las estructuras sociales como lo es la previsión contar  la delincuencia es de vital importancia, ya que se trata de una necesidad histórica pues refleja que el hombre es actor y artesano de su vida social, pero sobre todo refleja el ejercicio de un derecho fundamental, sin el cual no podrá hablarse de democracia. Dicha participación ha traducido en la aparición de nuevos enfoques de seguridad que se distinguen de los sistemas tradicionales de prevención y represión, pues en los primeros se encuentra una participación activa de la sociedad y en los segundos se trata de las soluciones clásicas establecidas únicamente por las autoridades. Por lo que es importante fomentar esta participación ciudadana como parte de una política criminal, a fin de disminuir los índices de delincuen delincuencia cia y elimina eliminarr el sentimiento de inse inseguri guridad dad pero prin principa cipalmen lmente te para regula regularr los alca alcances nces de la par particip ticipació ación n ciudadana, evitando la justicia por propia mano, a fin de resguardar los derechos fundamentales mediante la preservación de un estado de derecho, beneficiando a todos y cada uno de los individuos ya que la seguridad es pilar fundamental para la sobrevivencia y progreso de toda sociedad civilizada y la razón de la existencia del estado.

 

En el Perú, como en el resto de América Latina, buena parte del debate público acerca de cómo enfrentar la inseguridad gira en torno de cómo hacer más eficaz y más severa la pena de los hechos delictivos. Como si la única respuesta posible fuese encerrar a un número cada vez mayor de jóvenes; como si las cárceles no estuvieran ya abarrotadas y sobre pobladas. No cabe duda de que cualquier política de seguridad pública debe contemplar el fortalecimiento del sistema penal, para hacer que las instituciones que lo integran sean más eficientes. Pero restringir las políticas públicas de seguridad al ámbito de lo penal, y, peor aún, pretender resolver los problemas incrementando las penas para que el mayor número de conductas se castiguen con cárcel (y con el mayor número posible de años de encierro), es un grave error. Es el error al que conducen las llamadas políticas de "mano dura".

LA SEGURIDAD CIUDADANA Generalidades El concepto de “Seguridad” proviene del latín "securitas" que, a su vez, se deriva del adjetivo securus, el cual está compuesto por se (sin) y cura (cuidado o preocupación), lo que significa sin temor, despreocupado o sin temor t emor a preocuparse. La Seguridad Ciudadana puede ser concebida como un servicio que se brinda mediante un conjunto de acciones o medidas destinadas a preservar la vida, la integridad, o la propiedad de las personas, entre otros derechos constitucionales. Conforme artículo 44 de la Constitución Política, constituye un deber del Estado brindar estealservicio. No obstante, según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el 45.5% comprende a personas mayores de 15 años que afirman que han sido víctimas de al algú gún n ev even ento to qu que e aten atentó tó cont contra ra su segu seguri rida dad d dura durant nte e el 2017 2017.. As Asim imis ismo mo,, organizaciones internacionales han advertido con preocupación el aumento de los índices de criminalidad en el Perú. La Seguridad Ciudadana es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía y de otras organizaciones de bien público, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia, la utilización pacífica y ordenada de vías y de espacios públicos y, en general, evitar la comisión de delitos y faltas contra las personas y sus bienes. Es de el público conocimiento la inseguridad es considerada como mayorconocimien problema to delque Perú. Y es que laciudadana lucha contra la inseguridadactualmente ciudadana en nuestro país es una tarea fundamental del estado peruano. Sobre Seguridad Ciudadana La Comisión Andina de Juristas precisa un conjunto de cinco elementos que los países deben considerar en la implementación de sus políticas de seguridad ciudadana. a. b. c. d. e.

Que la protección de los ciudadanos debe darse en el marco de la Constitución y las leyes. Que no debe limitarse exclusivamente a la lucha contra la delincuencia, sino en crear un ambiente propicio y adecuado para la convivencia pacífica de las personas. Que sobrepasa la acción policial y, por tanto, demanda la participación coordinada de todas las institucion instituciones es públicas y privadas. Que la Policía, como uno de los actores fundamentales, debe definir un nuevo perfil, orientado a la comunidad antes que hacia el Estado. Que debe ponerse mayor énfasis en el desarroll desarrollo o de acciones preventiva preventivas. s.

 

Definición de Términos 1.

Estado El Estado es una forma de organización política que cuenta con poder administrativo y soberano sobre una determinad determinada a zona geográfica. El Estado es la sociedad jurídica y políticamente organi organizada zada bajo un poder (Gobierno), cuya finalidad es lograr el bienestar y seguridad del País.

 

Esta organización política se constituye en un determinado territorio y tiene el poder de ordenar y administrar la vida en sociedad. También se denomina Estado Estad o al conj conjunto unto de inst instituci ituciones ones que tien tienen en la finalid finalidad ad de admi administ nistrar rar los asuntos públicos. El Estado tiene tres elementos básicos: poblac población, ión, territorio y poder. 





Población: Es el conjunto de personas que viven en el Estado. En algunos casos puede compartir entre ellos la raza o creencia religiosa, religiosa, pero esto no es un requisito. Territorio: Es el espacio físico o área geográfica donde vive la población. Puede ser continuo o discontinuo, insular o continental, pero siempre con carácter permanen permanente. te. Poder: Se refiere a la capacidad del Estado de organizar a la población y al territorio

En los Estados modernos existen tres poderes diferenciados: legislativo, ejecutivo y judicial.  



Poder legislativo: legislativo: Encargado de elaborar las leyes que rigen el Estado Poder ejecutivo: Es el encargado de administrar el Estado. En un régimen pr pres esid iden enci cial alis ista ta este este po pode derr re reca cae e en el Pres Presid iden ente te.. En un régi régime men n parlamentario, esteEstado podero lo rey oque presidente cumple la función de jefe del un ejerce primer el ministro preside elque gobierno. Poder judicial: Encargado de administrar la justicia y hacer cumplir la ley.

Estos tres poderes deben ser independientes entre sí. De esta forma, un poder  no controla a los otros. Asimismo, se les puede diferenciar por los distintos encargos que deben cumplir, pues el Estado tiene la función de legislar (elaborar  leyes), ejecutar (llevar a cabo la administración estatal) y enjuiciar (a través del poder judicial).

2.

Di Dife fere renc ncia ia entr entree Est Estad ado o y Gobi Gobier erno no Estado y gobi Estado gobierno erno son conc concepto eptoss que erró erróneam neamente ente suel suelen en util utilizar izarse se como sinónimos. El gobierno es una parte del Estado, y es el organismo que se encarga de administrar sus poderes.  Además, el gobierno gobierno es temporal y puede ca cambiar mbiar de estilo y perso personas, nas, mientras que el Estado permanece.  Así, por ejemplo, un Estado bien podría ser el Estado chileno o el Estado mexicano. En tanto, el gobierno que los administra, normalmente durante unos años, puede cambiar con el paso del tiempo.

3.

Orden Interno La expresión o frase ORDEN INTERNO, al igual que sucede con el orden público, puede ser objeto de varias interpretaciones :

 

a.

Como conjunto de dispositivos legales emitidos por los que ejercen el poder, o sea los gobernantes, que intentan regular el desarrollo de la vida y actividades de la nación en su conjunto.

b.

En un seminario - taller desarrollado en el Instituto de Altos Estudios Poliliccia iale less (IN (INAE AEP P) en 19 199 92 ante una preg pregu unta que urgía rgía un una a conceptualización sintética del orden interno, el Dr. Marcial Rubio Correa, conferencista en aquella ocasión, dijo lo siguiente: "Orden Interno es la situación de tranquilidad y equilibrio social que lleva al desarrollo" .

c.

"Orden Interno es la situación de paz en el territorio nacional y de equilib equilibrio rio en las estructuras Socio – Jurídico - Políticas del Estado, regulado por el Derecho Público y el Poder Político, orientado a mantener el Estado de Derecho a fin de lograr el Desarrollo Nacional".

d.

El Dr Dr.. ALF ALFRED REDO O QUI QUISPE SPE COR CORRE REA A expre expresa; sa; "El ORD ORDEN EN INT INTER ERNO" NO" aparentemente está contrapuesto al ORDEN PUBLICO, pero este último se entiende desde la época de Savigni, como el conjunto de condiciones que hace posible la convivencia dentro del Estado, que se traduce en actos de Derecho Público y Derecho Privado, en consecuencia el Orden Interno debe extenderse al Orden Público que es objeto de la acción de las FF.PP. (Art. 277 de la Constituci6n de 1978), es decir que el género mayor es el Orden Interno y el menor el Orden Público.

e.

En el Diario de Debates de la Asamblea Constituyente, al sustentar el ORDEN INTERNO, el Dr. FERNANDO LEON DE VIVERO, expresó: 'Las FF.AA. y las FF.PP., se hallan en un mismo nivel constitucional, cada una en su esfera y órbita, esto es, cada una es principal en su función típica y subordinada en la ajena ".

f.

El Dr. Luis Alberto SANCHEZ, dice: "EL ORDEN INTERNO es la normalidad y el ORDEN PUBLICO es una forma de exteriorización de esa normalidad. normalid ad. Lo primero es lo genérico y lo segundo es lo específico".

g.

El GENERAL G.C. OSCAR OLIVARES MONTANO, refiere. "Orden Interno I nterno significa la convivencia pacífica y el respeto de los derechos ciudadanos, responsabilidad que le corresponde a la Policía Nacional".

h.

El Dr. Dr. EN ENRI RIQU QUE E CH CHIR IRIN INOS OS SO SOTO TO.. Di Dice ce:: El Or Orde den n Inte Intern rno o en la Const Co nstitu itució ción n no es está tá defin definido ido,, por porque que las las leyes leyes-- no deben deben con conten tener  er  definiciones: definicio nes: El Orden Interno es responsabilidad responsabilidad de las Fuerzas Policiales, y hace mención a lo que la Enciclopedia Espasa refiere: El Orden Interno en sentido policial, es el orden como opuesto al desorden; la policia debe prohibir todo lo que provoca desorden y proteger lo que con el orden se relaciona.

i.

El Dr. MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ RIVAS, define Orden Interno, como el con conju junto nto de co condi ndicio ciones nes ob obje jetiv tivas as exi existe stente ntess que que permi permiten ten que que se regulen y se realicen las interacciones entre el Estado como suprema institución de una nación y las restantes instituciones nacionales.

 j.

El Dr. RAUL FERRERO COSTA, en lo referente a la concepción de ORDEN, señala: El bien común es un orden justo para la vida suficiente de una comunidad.

 

k.

4.

Resumiendo, el Orden Interno viene a ser una situación de normalidad de dentr ntro o de ter territ ritori orio o nac nacio iona nal,l, en la cual cual las autor autorid idade adess eje ejerce rcen n sus sus atribuciones y las personas sus derechos y libertades, con sujeción a la normativi norm atividad dad jur jurídica ídica existent existente, e, en dond donde e se encu encuentra entra garanti garantizada zada la existencia, la estabilidad y soberanía del Estado, procurando el desarrollo equilibrado equilib rado del país y el logro de su fin supremo.

Orden Público El orden público es la situación de normal funcionamiento de las instituciones públicas y privadas, en las que las autoridades ejercen sus atribuciones propias y las las pe pers rson onas as ej ejer erce cen n pa pací cífifica came ment nte e sus sus dere derech chos os y lilibe bert rtad ades es1. Está estrechamente relacionado con el concepto de legitimidad en el ejercicio del poder político y el de consenso social. Desde el punto de vista del Derecho civil, el orde orden n púb público lico es el “con “conjunt junto o de prin principi cipios os jurí jurídico dicos, s, polí políticos ticos,, mora morales les y económicos obligatorios para conservar el orden social del pueblo en una época determinada”.2 Como expresión, expresión, muy a menudo se restringe en su uso a su sentido negativo negativo:: la «alteración del orden público», asimilada a distintas formas de delincuencia, marginalidad, marginali dad, protesta pública, revuelta y, en los casos más graves, revolución o subversión; especialmente desde una concepción autoritaria del «orden», que lo equipara al mantenimiento de la jerarquía social, las instituciones y el sistema político, considerando «desorden» cualquier alteración en «lo establecido». Se puede definir al orden público como “un conjunto de principio principioss e institucione institucioness que se consideran fundamentales en la organización social de un país y que inspiran su ordenamiento jurídico”. Sin embargo, en esta amplia definici definición ón caben toda clase de fenómenos jurídicos: los principios generales del Derecho, la constitución política de cada Estado, la costumbre jurídica, el ius cogens, etc.

5.

Seguridad Ciudadana La seguridad ciudadana es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía y de otras organizaciones de interés público, destinada a asegurar su convivencia y desarrollo pacífico, la erradicación de la violencia. La utilización pacífica y ordenada de vías y de espacios públicos y en general evitar la comisión de delitos y faltas contra las personas y sus bienes. En líneas generales, por seguridad ciudadana debe entenderse el conjunto de acciones democráticas democráticas en pro de la seguridad de los habitantes y de sus bienes, y ajustadas al derecho de cada país. De hecho, el reto actual es armonizar el ejercicio de los derechos humanos de cada uno con las distintas políticas en materia de seguridad ciudadana de los estados. Por ej ejemp emplo, lo, la Org Organ aniza izació ción n de lo loss Est Estado adoss Ame Americ rican anos os plant plantea ea que en ocasiones se aplican políticas que se han demostrado ineficaces, como por  ejemplo el aumento de las penas, la reducción de garantías procesales, o medidas

1 Academia mia Españ Española ola y Asoci Asociación ación de Acade Academias mias de la Lengua Españ Española ola   Real Acade 2014). «orden» «orden».. Diccionario de la lengua española (23.ª edición). Madrid: Espasa. ISBN 97 9788-84 84-670-4189-7.. 670-4189-7

 

2

Rodrigo go Berco Bercovitz vitz Rodrígue Rodríguez-Cano z-Cano (2011). Bercal, Bercal, ed. Manual de derecho civil: Derecho   Rodri 978848 848911 9118140 8140..  privado y derecho derecho de la persona persona (5ª edición). ISBN 978

 

para aplicar el derecho penal a menores de edad; que pueden derivar en movimientos paramilitares paramilitares o parapoliciales —milicias de 'autodefensa 'autodefensa'—, '—, cuando el Estado no es capaz de reaccionar de una forma eficaz ante la violencia y el delito, complicando la situación.3 Existen múltiples conceptos y nociones del término “seguridad ciudadana” y su contenido concreto puede variar considerablemente dependiendo del actor o autor que lo utilice. Por ejemplo, no hay un consenso si la seguridad ciudadana se refieredesastres también naturales) a riesgos o de amenazas no intencionad intencionadas (accidentes de tránsito, tipo económico y socialas(fraudes, delitos ecoló eco lógi gicos cos,, cor corrup rupció ción n pol políti ítica. ca...) ..).. Un punto punto en que sí concu concuerd erdan an la gra gran n mayoría de autores es que el término referencia a dos niveles de la realidad: 



Primero, se refiere a una condición de toda una comunidad de personas: a la ausencia de amenazas que pongan en peligro la seguridad colectiva. En ese sentido, el término tiene un significado normativo y evalúa una situación ideal. Segundo, se refiere a acciones concretas encaminadas a la eliminación de las amenazas de seguridad o hacia la protección de la población ante esas amenazas. En ese sentido, el término se refiere a prácticas existentes que buscan la idealidad de la norma.

la Organización de los Estados Americanos define la seguridad ciudadana como la inexistencia violencia y delito, salvaguardada por ellaEstado: La seguridad ciudad ciu dadana ana es de con conceb cebid ida a por la Co Comis misión ión com como o aquel aq uella si situa tuació ción n donde do nde las personas pueden vivir libres de las amenazas generadas por la violencia y el delito, a la vez que el Estado tiene las capacidades necesarias para garantizar y proteger los derechos humanos directamente comprometidos frente a las mismas. En la práctica, la seguridad ciudadana, desde un enfoque de los derechos humanos, es una condición donde las personas viven libres de la violencia practicada por actores estatales o no estatales.

6.

Seguridad. Es la exención de la amenaza, peligro o riesgo, que consiste en contrarrestar los riesgos mediante un equilibrio entre fiabilidad y riesgo aceptable. La seguridad es la base principal para el desarrollo de los pueblos, sociedad sociedades es y na naci cion ones es,, la nu nuev eva a conc concep epci ción ón de dell ne neol olib iber eral alis ismo mo con con su teo teoría ría de la globalización, ha sido acompañado con un crecimiento de una cultura del delito. En la actual situación en la que vive el mundo y en cualquier otra parte no puede haber civilización sin seguridad, así como no puede existir un Estado-nación sin seguridad, por tanto, no puede existir desarrollo sin seguridad.

3

Informe sobre seguridad ciudadana  ciudadana   (2009). Derechos Humanos (PDF).de . Véase el apartado «Marco conceptual: conceptual: La seguridad ciudadana» y y Comisión derechos Interamericana humanos (PDF)

«Conclusiones». Consultado el 28 de abril de 2013.

10

 

7.

Ciudadano (a) Habitante de una ciudad, de una comunidad a quien se le otorga derechos y libertades y recíprocamente se encuentra obligado a cumplir deberes establecidos para con la comunidad.

8.

Participación Ciudadana. El Art. 2 numeral 17 de la Constitución Política del Perú, establece que “Todo ciudadano tiene derecho de participar en la vida económica, política, social y cultural de la nación”, por lo tanto, la participación de los ciudadanos en aspectos de prevención, de proyección a la comunidad y seguridad ciudadana entre otros constituye un DERECHO. El Artículo 3 del Decreto Legislativo 1267 Ley de la PNP, indica que la Policía promueve mecanismos de participación ciudadana para la seguridad ciudadana (programas preventivos: Policía Escolar, Colibrí, Vecino Vigilante, Taxis Cívicos, Juntas Vecinales, Barrio Seguro, entre otros). Según la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), se define Seguridad Ciudadana como: “la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar  su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas”

9.

Ries Riesgo goss q que ue af afec ecta tan n a la segu seguri rida dad d ciud ciudad adan ana: a: -

De Delilincu ncuenc encia ia común común (ro (robos bos,, h hurt urtos os,, acci accione oness vvio iole lenta ntass ccon ontra tra las perso personas nas Los a acccidentes d de e tránsito El iind ndis iscr crim imin inad ado o co cons nsum umo o de al alco coho holl y su sust stan anci cias as ttóx óxic icas as ((dr drog ogas as)) Viol Vi olen enci cia a en toda todass su suss m man anififes esta taci cion ones es,, en entr tre eo otr tros os..

Si bi bien en las tre tress cat categ egorí orías as con consti stituc tucion ionale ales: s: ord orden en inter interno no,, ord orden en púb públilico co y seguri seg urida dad d ciu ciuda dadan dana a tie tiene nen n sig signi nific ficado adoss difere diferente ntes, s, est estas as se enc encue uentr ntran an vinculadas entre sí porque persiguen como finalidad primordial el orden y la paz social. De acuerdo a la sentencia expedida por el Tribunal Constituci Constitucional onal (Expediente N 349-2004-AA/TC) se considera a la Seguridad Ciudadana “como un estado de protección que brinda el Estado y en cuya consolidación colabora la sociedad a fin de que determinados derechos pertenecientes a los ciudadanos puedan ser  preservados frente a situaciones de peligro o amenaza o reparados en caso de vulneración vulneració n o desconocim desconocimiento”. iento”.

Antecedentes históricos de la seguridad ciudadana en el Perú La inse insegu guri rida dad d ci ciud udad adan ana a es un fenó fenóme meno no soci social al de cará caráct cter er estr estruc uctu tura rall que que históricamente se ha expresado a través del tiempo; y, que actualmente tiene especiales connotaciones dada su extrema violencia. El Perú no se escapa a esta realidad que

 

debe ser comprendida y entendida por todos nosotros no sólo como un problema policial y judicial, sino, sobre todo, como un hecho de tipo económico social y cultural. La violencia social, es pues "un producto histórico, no surge de un día para otro. Una socie soc iedad dad se va hac hacien iendo do pr prog ogres resiva ivamen mente te vio viole lenta nta cua cuand ndo o en el pro proces ceso o de su formación, los elementos que la componen no logran integrarse armónicamente; cuando las relaciones étnicas, económicas, de clase, de espacios regionales y de estructuración del Estado y la nación, no fluyen de manera continua... En el proceso histórico de conformación Perú, las sociales han sido asimétricas, injustas y con del tendencia a larelaciones dominación y explotación deprofundamente unos sectores sobre otros, donde la violencia ha sido el punto focal de estas relaciones, desde el incanato, la conquista, la colonia y el periodo republica republicano no hasta nuestros días". Podemos definir a la violencia social como la "utilización de la fuerza por un individuo o grupo, institucionalizado o no, contra otro individuo o grupo para someterlo, eliminando su libre consentimiento, atentando contra sus derechos fundamentales si hay resistencia y también induciéndolo a comportamientos violentos. La criminalidad y la delincuencia urbana son las manifestaciones más notorias de la violencia contemporánea. Las ciudades enfrentan altas tasas de delincuencia que amenazan los sentimientos de seguridad de la población. Vernos de la en delincuen delincuencia, gozar de unlograr ambiente de ciudades tranquilidad, estar contra lalibres violencia el hogarcia, y en la calle, que las sean másprotegido seguras son ingredientes indispensables indispensables para un desarrollo sostenido. Lo cierto es que, actualmente, la ciudad, se ha convertido en el punto focal donde se potencia y diversifica la violencia. La masificación urbana por las continuas migraciones poblacionales viene creando desde hace años problemas de salubridad, vivie viv ienda nda y seg seguri uridad dad.. La po pobre breza za y el de desem sempl pleo eo exace exacerba rban n com compor portam tamie iento ntoss violentos que afectan el orden público y la seguridad ciudadana. Los robos, los hurtos, la violación sistemática de las reglas de tránsito, los montones de basura acumulada por días en los sect sectore oress po popul pulare aress y la falta de respe respeto to a las norm normas as son las expresiones más notorias de una incontenible violencia en las ciudades que afecta el normal desarrollo de las actividades de la comunidad. En el caso de nuestro país se observa un fuerte incremento de homicidios en el período de los años ochenta a la actualidad, precisamente en el tiempo donde el terrorismo, narcotráfico, homicidios, asaltos a mano armada, accidentes de tránsito, violencia contra la mujer; incrementándose consecuentemente la tasa de criminalidad. La Policía Nacional del Perú y mucho antes la Guardia Civil, la Policía de Investigaciones y la Guardia Republicana, nacieron como instituciones preventivas y de inve investi stiga gaci ción ón pa para ra se serv rvir ir tant tanto o a la so soci cied edad ad como como al Es Esta tado do y no como como organizaciones represivas, pero que por necesidades del servicio se hace uso de la fuerza contempladas en los dispositivos legales vigentes. La lucha contra la delincuencia ha sido y es uno de sus principales objetivos de la Policía Nacional, pero también lo son las acciones preventivas multisectoriales y de proyección social, con el propósito de buscar un ambiente propicio y adecuado para la convivencia convivenci a pacífica de las personas. Es cierto que en la época del terrorismo la Policía Nacional derivó sus mejores recursos y medios para enfrentar la subversión subversión,, descuidando la seguridad de las calles y de los

 

vecinos vecin os con contra tra la del delin incue cuenci ncia a com común ún y or organ ganiza izada. da. Sin em emba bargo rgo,, pese pese a est estas as circunstancias, la Policía no dejó su razón de ser inherente a la sociedad, por el contra con trario rio,, ante ante la esc escase asezz de efe efecti ctivos vos pol polici iciale ales, s, bus buscó có reenc reencont ontrar rarse se con su comunidad para trabajar juntos en seguridad ciudadana. La seguridad ciudadana es pues un concepto jurídico que implica tanto el deber del Estado para preservar la tranquili t ranquilidad dad individual y colectiva de la sociedad ante peligros que pudieran afectarla, así como garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales y el cumplimiento de sus deberes como persona humana. Por tanto, debemos entender que la responsabilidad de la seguridad ciudadana recae fu fund ndam amen enta talm lmen ente te en el Es Esta tado do.. El Es Esta tado do a nomb nombre re de la na naci ción ón titien ene e la respon res ponsab sabili ilidad dad de gar garan antiz tizar ar la seg seguri urida dad d de la comun comunid idad ad y deb debe e hacer hacerlo lo por  por  intermedio de las instancias correspondientes. En ese sentido, el Estado otorga el PODER POLICIAL a la Policía Nacional para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones apoyando a otras instituciones y organismos estatales que tienen injerencia en la seguridad local, como los municipios, el poder judicial y otros organismos públicos, públicos, dentro de sus linderos de competencia.

Situación actual de la seguridad ciudadana en el Perú El Perú ocupa uno de los primeros lugares, con las cifras más altas de inseguridad. Barómetro de las Américas 2017. El porcentaje se incrementa debido a que en el Perú se registran más delitos como el hurto de celulares o carteras (sin agresiones); les siguen los robos con uso de armas de fuego. La delincuencia continúa siendo el problema más importante del país, seguida de la corrupción, en cada una de las áreas geográficas, las mujeres tienen un promedio más alto que los hombres en la percepción de inseguridad en el barrio ellas temen no solo ser asaltadas sino también acosadas, agredida agredidass y violadas La encuesta del Barómetro fue realizada entre febrero y abril del 2017, unas semanas después que se destapara la extensa red de corrupción del caso Lava Jato en el Perú. Pese a ello, la inseguridad ciudadana continúa apareciendo como el problema más importante del país, con un 30,4%, seguida de la corrupción (27,1%). Existen estudiosos del Instituto de Defensa Legal (IDL), como César Bazán que dijo: "Cuando se registran más hurtos, hay que evaluar el número de policías, de habitantes y las características del distrito. El día a día apunta a los delitos contra el patrimonio, los que causan más temor". t emor".

Indicadores que miden la situación de inseguridad, la violencia y el delito 1.

La victimización Los indicadores que miden la situación de inseguridad, la violencia y el delito, como la victimización que mide la ocurrencia real de hechos de violencia o de des despo pojo jo esnte el aquellos más útildepa para ra con conoce ocer r la mag magnit nitud ud de los niv nivele eless delic delictiv tivos, os, especialmente especialme naturaleza patrimonial.

 

Se mide a través de las estadísticas oficiales y de las encuestas de opinión pública. La ventaja de estas últimas radica en que no todos los delitos son denunc den unciad iados os an ante te la lass aut autori orida dades des.. En tod todo o cas caso, o, es sie siempr mpre e aco acons nseja ejable ble complementarr el análisis con ambas fuentes de información. complementa Considerando como hecho delictivo a todo evento que atenta contra la seguri seg urida dad, d, sin emb embarg argo, o, exi existe sten n víc víctim timas as de alg algún ún deli delito to que no rea realilizan zan denuncias por: -

Miedo a represalias del agresor  Desconfianza en la Policía. Pérdida de tiempo No se consumó el hecho Delito d de ep po oca iim mportancia

La Criminalidad es cada vez más violenta, lo que se refleja en el aumento de los homicidios, sobre todo por la presencia de la extorsión y sicariato. Muchos opinan que se deben tomar medidas como: -

Inc Incre rem mentar tar e ell p pa atrul trulllaje e en n la las cca alles Su Susp spen ende derr el el rret etor orno no de ag agen ente tess p pol olic icia iale less e en ne ell res resgu guar ardo do de determinadas instituciones privadas. Re Redu duci cirr la lass víct víctim imas as d de e ro robo bo y la lass ví víct ctim imas as d de e de delilito toss co con n ar arma mass de fueg fuego. o. Reducir los homicidios atribuidos al sicariato

2.

Per Perce cep pci ció ón de in inssegu eguri rid dad Se considera como percepción de inseguridad a la sensación de la población de ser víctima de algún hecho delictivo o evento que pueda atentar contra su seguridad, integridad integridad física o moral, vulnere sus derechos y la conlleve al peligro, daño o riesgo, como el robo a la vivienda, robo de vehículo automotor (auto, camioneta, etc.), robo de autopartes del vehículo automotor (faros, llantas, aros, etc.), robo de motocicleta, mototaxi, bicicleta, robo de dinero, cartera, celular, amenazas e intimidaciones, maltrato físico y/o psicológico de algún miembro de su hogar, ofensas sexuales (acoso, abuso, violación, etc.), robo de negocio, extorsión, estafa u otro; en cualquier lugar durante el periodo de referencia (próximos doce meses). La pobreza que genera agresividad y causa altos índices de delincuen delincuencia cia (zonas marginales), marginale s), la falta de educación y cultura. La inseguridad ciudada ciudadana na puede ser  superada si el Estado crea un sistema indicativo que disminuyan las cifras de deserc des erción ión esc escol olar ar qu que e in incid ciden en en la crimin criminal alida idad d y que ade además más ofr ofrezc ezcan an oportunidades laborales a todos los sectores de la sociedad. La familia aparece como la primera institución en la formación de valores.

3.

Las encuestas ¿Al hablar de inseguridad ciudadana, en qué tipo de problemas piensa Ud?. Vio iollaci cio ones, abusos sos o acoso cososs sexu sexua ales les --

Vi Viol alle (arr o, barr barras as brav bravas as)) Asolen aenci ltocia caonccal arleje mjera ara de(a furreb eebat goato, Venta de drogas

 

-

Secuestro Agresiones fífísicas Corrupción Terrorismo Hurto sin violencia (tenderos) Fraudes y estafas Amenazas e intimidaciones Protestas y Huelgas

Casos que se ven con frecuencia en los Barrios: Alcoholismo en las calles Atr tra acos / robos a all pa paso e en n las cca alles Suci ucied eda ad, fal falta ta de sal salub ubri rid dad p pú úbl bliica Venta de drogas en pequeña e esscala Escándalos y riñas cca allejeras Ac Acto toss de va vand ndal alis ismo mo / d des estr truc ucci ción ón d de e la prop propie ieda dad d pr priv ivad ada aop púb úblilica ca Robos en las viviendas. Ru Ruido idoss o pro probl blema emass p prod roduci ucidos dos por los bares bares,, disc discote otecas cas,, fies fiestas tas fam famililia iares res Mendicidad de adultos y niños Prostitución. Causas y culpables del temor de la población La in inef efic icie ienc ncia ia y ccor orru rupc pció ión nd del el si sist stem ema a jud judic icia iall --

F ad e lveayle osreasdyep Fa alltta de curiandciapsios Ine Inefi ficcien enci cia a y cor corru rup pció ión nd de e la la P Pol oliicía cía Falta de trabajo Pobreza Un Una a ccul ultu tura ra de im impu puni nida dad/ d/fa faltlta a de de rres espe peto to a la la ley ley Una id ideolo log gía que ju justif stifiica la vvio iollenci cia a. La ccu ultura d de e lla a iin nformalidad. Expec xpecta tati tiva va de ccre reccimi mie ento nto e eco con nóm ómiico. co.

 

PRINCIPALES PROBLEMAS QUE AFECTAN LA SEGURIDAD CIUDADANA En el Perú, la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (Ley Nº 27933) define seguridad ciudadana como “la acción integrada y articulada que desarrolla el Estado, en sus tres niveles de gobierno, con la participación del sector privado, la sociedad civil organizada y la ciudadanía, destinada a asegurar la yconvivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevenció prevención n de la comisión de delitos y faltas” Sin embargo, uno de los grandes problemas que enfrentan las organizaciones en el mundo es la creciente inseguridad ciudadana, que afecta al clima de negocios al genera gen erarr sob sobrec recos ostos tos a la lass or organ ganiza izacio cione ness en tem temas as de seg seguri urida dad d a tod todo o niv nivel: el: instalaci insta laciones ones,, recu recursos rsos mate material riales, es, recu recursos rsos huma humanos, nos, medi medios os info informát rmáticos icos,, entre otros. También influyen negativamente en la conducta de los consumidores, al limitar la demanda de ciertos productos que consideren que sean potencialmente objeto de actos delincuenciales delincuenciales en sus diversas modalidades. Veamos cómo deberíamos enfrentar este flagelo en el Perú. La inseguridad ciudadana es considerada uno de los mayores problemas del Perú. La lucha contra la inseguridad ciudadana en nuestro país es una tarea fundamental del Estado peruano, no solo para cumplir con su deber constitucional de mantener y salvaguardar el orden interno, sino también para crear un clima de confianza en la población y así evitar que se influya negativamente en los inversionistas. Debemos entender que la lucha contra la inseguridad ciudadana parte por enfrentar a la corrupción y contar con la participaci participación ón activa de la población organizada, como apoyo a la Policía Nacional, el fortalecimiento del serenazgo municipal y la inversión en tecnologías de punta para vigilar las 24 horas del día las calles.  Asimismo, se debe combatir los casos de informalid informalidad ad en el servicio de vigilanci vigilancia a privada y combatir los focos de corrupción en la adquisición ó provisión de armas de fuego a los delincuentes. También establecer mecanismos para contar con un Poder  Judi Judici cial al ju just sto, o, qu que e ap apliliqu que e a caba cabalilida dad d la lass pe pena nass en los los caso casoss de acto actoss delincuenciales, delincuen ciales, sancionando eficazmente a los delincue delincuentes ntes y defendien defendiendo do a los ciudadanoss y efectivos de las fuerzas del orden que, en legítima defensa o cumpliendo ciudadano su deber, abaten a los delincuen delincuentes. tes. El PNSC 2019–2023 reconoce los principales fenómenos que amenazan la seguridad ciudadana,, los cuales, al mismo tiempo, se han identificad ciudadana identificado o a partir de cuatro criterios. El primero de ellos se representa por los fenómenos de mayor incidencia en el país; El segundo, por fenómenos que muestran tendencias de empeoramiento; El tercero, por fenómenos de mayor connotación social; y el cuarto, por fenómenos que se encuentran en el marco del Alineamiento Estratégico. De este modo, y tal como se indicó líneas previas, los fenómenos problemáticos focalizados son los siguientes: 

Muertes violentas, que contiene aquellos delitos asociados a homicidi homicidios os y muertes en accidentes de tránsito;

 



Delitos contra las mujeres, niños, niñas y adolescentes, los mismos que agrupan a feminicidios, violencia sexual, trata de personas, violencia doméstica y violencia contra niños, niñas y adolescen adolescentes; tes;



Delitos patrimoniales en espacios públicos, que contempla delitos de robo, hurto y estafas, micro comercialización comercialización;;



Delitos Deli tos come cometido tidoss por band bandas as crim criminal inales, es, tale taless las exto extorsio rsiones, nes, amen amenazas azas,, intimidaciones intimidaci ones y micro comercializació comercialización n de drogas.

Factores que contribuyen a la inseguridad ciudadana Pandillaje Hay un total de 12,128 jóvenes y adultos que integran 410 pandillas en Lima Metropolitana. Son responsables de 5,318 hechos delictivos Lima Sur y Lima Norte concentran el mayor número de hechos delictivos cometidos por pandillas con 2,235 hechos ilícitos y 10070 faltas Los tres principales delitos penales cometidos por pandillas son la modalidad contra el patrimonio (1,620 casos), agresión (1,264 casos) e interrupción del libre tránsito (840 casos)

Robos y asaltos con armas de fuego La proporción de víctimas de delitos cometidos con arma de fuego va en ascenso. El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) reveló que el 11.2% de la población de 15 a más años de edad de las ciudades con más de 20,000 habitantes ha sido víctima de algún delito cometido con arma de fuego.

Accidentes de transito Los accidentes de tránsito generan más muertes que los homicidios en el Perú. Mientras que la tasa de homicidios fue 7.8, la tasa de muertes por accidentes de tránsito fue 8.2. La tasa de accidentes de tránsito en el Perú decreció, pasando de 389.9 a 361.1 accidentes de tránsito cada 100 mil habitantes.

Violencia familiar y sexual Es un fe fenó nóme meno no de al alta ta co comp mple lejijida dad d de natu natura rale leza za mu multltic icau ausa sall y expr expres esió ión n multidimensional, multidimen sional, que afecta tanto a los individuos como a las sociedades. Constituye un problema de suma gravedad que involucra a la mayoría de la población que impide la construcción de relaciones democráticas al interior de una sociedad y entraña el riesgo del desborde social La encuesta demográfica y de Salud Familiar, 4 de cada 10 mujeres entre 15 y 49 años en el Perú ha sufrido alguna vez violencia por parte de su pareja.

 

Pornografía y/o comercio sexual infantil Debido a la globalización que existe mediante el Internet se ha incrementado la pornografía infantil. El 30% de los consumido consumidores res de pornografía infantil en internet termina poniendo en práctica lo que ve en estos contenidos. Una de cada cinco fotografías en internet es de un menor de edad. La edad promedio de ingreso de un menor de edad en la industria pornográfica es de 12 años, aunque viene bajando.

Consumo de alcohol y drogas El número de adictos a las bebidas alcohólicas pueden pasar del millón (1’000,000) de personas estimándose que los elevados indicadores de consumo obedecen a varios factores, entre los que destacan la tolerancia sexual, creencias, mitos, disponibilidad, la pre presió sión n soc socia iall y lo loss mec mecan anism ismos os de in induc ducció ción n y sen sensib sibili ilizac zación ión al con consu sumo mo particula parti cularmen rmente te en pobl poblacio aciones nes espe especial ciales es como son los adol adolesce escentes ntes y jóve jóvenes nes de ambos sexos

Trata de personas En el tema de trata de mujeres del diagnóstico realizado por el Centro de la Mujer  Perua Per uana na Flo Flora ra Tri Tristá stán n sob sobre re tra trata, ta, pre preci cisa sa de 38 cas casos os est estudi udiad ados os de víc víctim timas as identificadas en 8 departamentos del Perú, casi la totalidad fueron mujeres y el 68 % tenía entre 13 y 18 años, pero el 8% tenía t enía entre 8 y 12 años de edad

Infracciones al reglamento nacional de transito Durante 2007 se produjeron 79,992 accidentes en todo el país. El 60 % de los mismos ocurrió en Lima, generando un total de 653 muertos y 24,730 heridos En 2008 se registró una cifra similar a la del año anterior en muertos y heridos por efecto de colisiones y atropellos  A nivel de la capital las proyeccion proyecciones es establecen que tres de cada cuatro personas mueren a consecuencia de atropellos y solo una deja de existir por efecto de un choque. Las estadísticas revelan además que al menos cuatro de cada diez accidentes fatales son ocasionados por vehículos de transporte público. Asimismo, que la mayoría de los siniestros se produce en las vías periféricas de la ciudad, en las que habita una población muy pobre.

 

Principales causas que afectan la seguridad ciudadana La impunidad En la mayor parte de los países de América Latina, la mayoría de los delitos quedan en la impunidad y numerosos crímenes y homicidios nunca se juzgan.

Inexistencia de una educación pública de calidad. Los sistemas educativos imperantes son muy deficientes, escasamente dotados en medios y personal y no suelen ser ni universales ni gratuitos, no hay formación ni valores.

Crisis de la institución familiar. En todo el continente hay millones de niños nacidos fuera de la institución familiar, muchas veces en condiciones de miseria, y se constata que la planificación familia familiarr ha fracasado en casi todos los países. La primera escuela de la vida es la familia, pero si no existe la familia, ¿quién suple ese papel? La calle, en países donde reina la inequid inequidad ad y la exclusión social es la primera escuela de laque criminalidad.

El fracaso de la justicia. El grueso de la opinión pública considera que la administración de justicia es ineficaz, peligrosamente lenta y con un importante componente de corrupción en todos sus estratos y jerarquías. El Estado, en este importante aspecto como en la administración de justicia, tampoco se encuentra a la altura de las circunstancias presentes, signado por una crisis generalizada de todos nuestro sistema y una violencia claramente extendida.

Las cárceles, escuelas de criminalidad. Lejos de detener o minimizar los índices delictivos, el hacinamiento, la impunidad, la violencia descarnada y la corrupción del sistema penitenciario hacen que la situación en la que se en encue cuentr ntran an las cár cárcel celes es en Latin Latinoam oaméri érica ca rec recrud rudezc ezca a la crisi crisiss de seguridad pública en la región.

Corrupción e ineficacia policial. Los abusos de la autoridad policial provocan desconfianza y el temor hacia la institución. El problema es que, no importa cual Policía haya abusado, la población reacciona generalizando la imagen que tiene de ellos, lo que provoca que la conducta de uno sea transferida al resto.

 

Falta de valores y principios morales. Uno de los mayores problemas de la sociedad actual, es que carece o no quiere respetar los valores morales, que representan la guía o el código de reglas que son necesarias para la mejor convivencia colectiva. En consecuencia, si no tratamos de conducirnoss en nuestra vida cotidiana, tomando como referencia estas reglas morales conducirno o de conducta, estaremos viviendo en iguales condiciones que en aquellas etapas de la historia humana, donde prevalecía la violencia, la inmoralidad, y el libertinaje como forma de vida, sin medir los resultados de tales acciones..

Propuestas para mejorar la seguridad ciudadana La convivencia y la seguridad, es la condición de libertad en la cual los ciudadanos podemos ejercer nuestros derechos, libertades y deberes sin sentirnos víctimas de amenazas y así poder gozar de adecuada adecuadass condiciones de bienestar y tranquilidad. La inse insegu guri rida dad d ci ciud udad adan ana a am amen enaz aza a la ca calilida dad d de la demo democr crac acia ia y la prop propia ia gobernabilidad y para enfrentar este fenómeno se debe tener una visión de conjunto y de largo plazo donde las causas son un factor que se tienen que trabajar en forma paralela a sus efectos. Los diseños y estrategias deben ser aplicados a cada realidad; sin embargo, hay propuestas que si se pueden tomar en cuenta para adaptarlas como, por ejemplo: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11 11.. 12 12..

Promov Prom over er u una na ju just stic icia ia cerc cercan ana aye efifici cien ente te a la comu comuni nida dad. d. Me Mejo jora rarr llos os si sist stem emas as e inf infra raes estr truc uctu tura rass ca carc rcel elar aria ias. s. De Depu pura raci ción ón d de e los los ma malo loss el elem emen ento toss de segu seguri rida dad d pú públ blic ica a y jjus ustitici cia. a. Prof Pr ofes esio iona naliliza zaci ción ón y ccap apac acititac ació ión nd de e la la p pol olic icía ía.. Co Cont ntro roll int inter erno no y e ext xter erno no del del des desem empe peño ño po polilici cial al.. In Info form rmac ació ión no opo port rtun una a y rig rigur uros osa a so sobr bre e las las ocur ocurre renc ncia iass de delilicti ctiva vas. s. Priorizar p prrevención vvss. R Re epresión. Ate Atenc nciión soci socia al pri prio ori rita tari ria a a la jju uven ventud tud. Un tr trab abaj ajo op pla lani nififica cado do en la vi viol olen enci cia a int intra ra fami famililiar ar.. Co Comba mbatir tir en for forma ma e ené nérgi rgica ca la mic micro ro come comerci rciali alizac zación ión de dro droga gas. s. Erra Erradi dica carr lo loss pun punto toss d de e vven enta tass de ar artíc tícul ulos os roba robado dos. s. Re Recu cupe pera raci ción ón de lo loss e esp spac acio ioss p púb úblilico cos. s.

13. 14. 15 15.. 16 16.. 17. 18.

Diseñ Di señar p prog rogram ramas as e espe specífi cos inv involu crand ndo osade ccad ada alitos, go gobi biern erno o lo loca cal.l. sser Co Conta ntarar r con u un n efi eficie ciente nte sist scíficos istema ema d de eolucra de denun nuncia cias de delit os, e este ste d debe ebe er gr grat atuit uito. o. Au Aume ment ntar ar lla a ef efec ectitivi vida dad d de lo loss pr proc oces esos os jjud udic icia iale les. s. Re Recu cupe pera rarr la co conf nfia ianz nza a en la lass au auto tori rida dade des. s. Sen Sensib sibili ilizar zar a la la p pobl oblaci ación ón para para pro promov mover er acc accio iones nes pre preven ventiv tivas as Foc Focal aliza izarr los los deli delitos tos,, im impl pleme ementa ntando ndo est estrat rateg egia iass po porr loca localid lidad ad..

Finalmente conociendo que la delincuencia es multifactorial y de naturaleza pluricausal, debemos estar muy atentos a la exclusión social, desigualdad y falta de oportunidades oportunida des que entre otros factores alimentan el espiral delictivo.

 

MARCO JURÍDICO DE LA SEGURIDAD CIUDADANA Constitución Política del Perú Artículo 1° La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. El enunciado contenido en el artículo 1 de la Constitución peruana de 1993 es el  eje sobre el cual gira la interpretación de las normas de este cuerpo legal, así  como de todas aquellas otras que integran el ordenamiento jurídico del país. La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad constituyen la razón de ser del Derecho. En realidad, con más precisión, cabe expresar que la persona humana hum ana,, consid considera erada da en sí misma, misma, es el fin supremo supremo de la socied sociedad ad y del  Esta Es tado do,, de dond donde e se deri deriva va la oblig obligac ació ión n de la soci socied edad ad y del del Esta Estado do de defenderla y respetarla. El Derecho fue creado para proteger, en última instancia, la libertad personal, a fin de que cada ser humano, dentro del bien común, pueda realizarse en forma integral, es decir, pueda cumplir con su singular «proyecto de vida", el mismo que es el resultante de la conversión de su libertad ontológica en acto, conducta o comportamiento. El Derecho pretende, a través de su dimensión normativa eliminar, hasta donde ello sea posible, los obstáculos que pudieran impedir el  libre desarrollo del personal "proyecto de vida", es decir, de lo que la persona desea ser y hacer en su vida 4. El Derecho es por ello, un instrumento liberador  de la persona. De ahí que es deber genérico de toda persona, que subyace en toda toda nor norma jurí jurídi dic ca, el de no dañar añar al pró próji jim mo, ya sea en su unida nidad  d   psicosomática, en su su libertad proyectiva proyectiva o en su patrimonio.

Artículo 2º Inc. 24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia: a) Na Nadie die está está o obli bliga gado do a h hace acerr lo q que ue lla a le leyy no ma mand nda, a, ni iimpe mpedid dido o de h hace acerr lo q que ue ella no prohíbe. b) No se perm permitite e for forma ma al algu guna na de res restr tric icci ción ón de la lilibe bert rtad ad pe pers rson onal al,, salv salvo o en los casos previstos por la ley. Están prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera cualquiera de sus formas. c) No ha hayy pr pris isió ión n po porr de deud udas as.. Este Este pri princ ncip ipio io no lilimi mita ta el ma mand ndat ato o judi judici cial al po por  r  incumplimiento incumplim iento de deberes alimentarios. d) Nadi die e será será pr proc oces esa ado ni con ond dena nad do por acto u om omiisi sió ón que al ti tiem emp po de comete com eterse rse no est esté é pre previa viamen mente te cal califi ificad cado o en la ley, ley, de ma mane nera ra exp expres resa a e inequívoca, como infracción punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley e) To Toda da pers rso ona es con onsi sid dera rada da inocent cente e mie mientra ntrass no se haya decl eclara arado  judicialmente  judicialme nte su responsa responsabilidad. bilidad. f) Na Nadie die pue puede de sser er d dete eteni nido do ssin ino o po porr ma manda ndamie miento nto esc escrit rito oym moti otivad vado o de dell Ju Juez ez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito. 4

 El segundo párrafo del artículo 3 de la Constitución italiana de 1947 es muy elocuente al respecto cuando enuncia que: "Es deber "de la República remover los obstáculos de orden económico y social, que, limitando de hecho la libertad y la igualdad de los ciudadanos, impiden

el pleno desarrollo de la persona humana y la efectiva participación de todos los trabajadores en la organización política, económica y social del país". Es pues deber del Estado la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad, para lo cual debe utilizar el ordenamiento  jurídico como un válido instrumento para coadyuvar a la remoción de dichos obstáculos.

 

g)

h)

El detenido debe ser puesto a disposición del juzgado correspondiente, dentro de las veinticuatro horas o en el término de la distancia. Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos implicados por un término no mayor de quince días naturales. Deben dar cuenta al Ministerio Público y al Juez, quien puede asumir   jurisdicción  jurisdicció n antes de venci vencido do dicho términ término. o. Na Nadie die puede puede ser inc incomu omuni nicad cado o si sino no e en n ca caso so iind ndisp ispens ensabl able e pa para ra e ell esclarecimiento esclarecimi entoobligada de un delito, en la forma y por el tiempo la escrito, ley. La autoridad está bajo yresponsabilidad responsabi lidad a señalar, sinprevistos dilación por y por el lugar donde se halla la persona detenida. Na Nadie die debe debe ser vvícti íctima ma de de vio violen lencia cia m mora oral,l, ps psíqu íquic ica a o fís física ica,, ni so some metid tido o a tor tortur tura a o a tratos inhumanos o humillantes. Cualquiera puede pedir de inmediato el examen médico de la persona agraviada o de aquélla imposibilitada de recurrir  por sí misma a la autoridad. Carecen de valor las declaraciones obtenidas por la violencia. Quien la emplee incurre en responsabilidad.

La libertad discurre entre lo que la ley manda -y por lo tanto, obliga a hacer- y lo que prohíbe -y por lo tanto, obliga a no hacer- (CHIRINOS SOTO, p. 38). En  principio, la única limitación para el ejercicio de este derecho es el no transgredir ni violar el derecho de las demás personas, parámetro asumido por  la ley sobre la base del principio de reserva de ley y al principio de legalidad, lo que nos lleva a establecer que la ley es la única que precisa lo que la persona está obligada a hacer, o en todo caso a no hacer. Entiéndase el término ley en sentido sent ido amplio amplio (RUB (RUBIO IO CORREA CORREA,, p. 56). En esta corriente, corriente, sostiene sostiene Arnaldo Arnaldo Godoy que "la materia tiene amplia discusión dado que la pregunta se centra respecto del sentido de la palabra ley. Será ley en sentido formal o ley en sentido amplio (por ejemplo, decretos, resoluciones, las reglas administrativas, y con mayor razón, las sentencias judiciales). Entonces pasamos a la exigencia constitucional, que nos sugiere una lectura con ojos y saberes de hombres simples. En ese caso, naturalmente, será ley en sentido amplio, y que no recibe aceptación de la jurisprudencia y de los mismos doctrinario s, que insisten que la le ley, y, en rela relaci ción ón al prin princi cipi pio o de le lega galid lidad ad,, debe debe ser ser en sent sentid ido o form formal al y  fechado", criterio sustentando en el principio de legalidad del Derecho Penal. La libertad personal constituye un derecho subjetivo inherente de la persona, reconocido y protegido por los Estados y por la las s organiz iza aciones internacionales. En este artículo, la Constitución hace referencia a la libertad   personal, que vendría a ser el concepto general, abarcando de esta manera todas las libertades que posee el sujeto, es decir, libertad de conciencia, de religión, de pensamiento, de información, de opinión, de expresión, de difusión del pensamiento; asimismo, tiene derecho a la libertad de creación intelectual, artística, técnica, científica, y desde luego a la libertad de locomoción, lo cual es importante aclarar, puesto que los constitucionalistas que han tratado este tema se han centrado en la libertad de tránsito, obviando las l as demás libertades. Esto, se supone, se debe a que los anteriores numerales del inciso 24 tratan de cada una de estas libertades, pero considerando que en este punto también es de vital importancia mencionarlos, pues se refiere a las restricciones que sufre este derecho.

Artículo 44° Son deberes primordiales del Estado:

 

Defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar  general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.  Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior. Sería un error pensar que este deber del Estado se circunscribe únicamente, y  como tradicionalmente se ha entendido, a la protección de la población frente a las amenazas y conflictos externos. Por el contrario, el despertar con fuerza de amenazas amen azas "no tradicion tradicionales ales" " para la seguridad seguridad como la extrema extrema pobreza pobreza,, el  te terr rror oris ismo mo,, el tr tráf áfic ico o de ar arma mas, s, el narc narcot otrá ráfi fico co,, el crim crimen en orga organi niza zado do,, la delincuencia urbana, la inestabilidad política y el deterioro medio ambiental y los desastres naturales906, obliga a los actuales Estados democráticos a elaborar, desarr des arroll ollar ar y ejecut ejecutar ar polític políticas as públic públicas as,, a fin de brinda brindarr a la poblac población ión las condiciones necesarias para garantizar su seguridad. La importancia de que el Estado garantice a la población su seguridad radica en el hecho mismo que sin ella, aquel no podría acometer la realización de otros valores superiores tales como el orden público y la paz social. Pero, además,  porque la realización de principios constitucionales como el principio de autoridad y la vigencia y respeto de los derechos fundamentales no puede ser  conseguida si es que no es capaz de establecer parámetros mínimos de seguridad a sus ciudadanos.

Artículo 166° La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer  el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y control las fronteras. Esta norma tiene como antecedente al artículo 277 de la Constitución de 1979, que señalaba lo siguiente: "La Policí Policía a Nacion Nacional al tiene tiene por finali finalidad dad fundam fundament ental al garant garantiza izar, r, mante mantener ner y  restablecer el orden interno, debiendo prestar ayuda y protección a llas as personas ya la sociedad, garantizar el cumplimiento de las leyes, la seguridad de los  patrimonios públicos y privados, prevenir y combatir la delincuencia, vigilar y  controlar las fronteras nacionales. Participa con las Fuerzas Armadas en la Defensa Nacional. Su organización y  funciones se establecen en su respectiva ley orgánica". Los textos constitucionales de 1979 y 1993 resaltan claramente que la Policía Nacional es un cuerpo de seguridad distinto e independiente de las Fuerzas  Armadas, tanto por su naturaleza como por sus fines. Así, a los policías se les encomienda la preservación del orden interno y a los militares el mantenimiento de la seguridad nacional1044. Por ello, la labor de la institución policial está  estrechamente vinculada con la protección de los derechos fundamentales de las personas, en la medida de que el orden interno implica la ausencia de situaciones de afectación o amenaza al ejercicio de tales derechos. Para cumplir con esta misión constitucional, la Policía Nacional cuenta con un

 

conjunto de facultades señaladas en su ley, como por ejemplo realizar registros de personas personas e inspeccio inspecciones nes de domicilios domicilios,, instalacio instalaciones nes y vehículos, vehículos, naves, aeronaves y objetos; intervenir, citar y detener a las personas; etc. El ejercicio de estas facultades implica la restricción de algunos derechos de las personas, tales como la libertad individual, libertad de tránsito, inviolabilidad de domicilio, etc. Estos actos de restricción no pueden ser llevados a cabo a discreción de la autoridad policial, sino respetando los principios de necesidad, razonabilidad y   proporcionalidad. De maner manera a singul singular, ar, el ejerci ejercicio cio de la autori autoridad dad policial policial con la finali finalidad dad de gara ga rant ntiz izar ar,, mant manten ener er y rest restab able lece cerr el orde orden n in inte tern rno, o, gene genera ra un conf conflic licto to  permanente con la libertad individual, es decir, con la libertad física de movimiento y deambulación de las personas. Esta pugna, entre un derecho fundamental y una atribución pública al servicio de un interés de relevancia constitucional, ha sido decidida en una u otra dirección, muchas veces sin un equilibrio ponderado entre ambos.

Artículo 190° Las regiones se crean sobre la base de áreas contiguas integradas históricas, culturales, administrativa y económicamente, conformando unidades geoeconómicas sostenibles.. El proceso de regionalización se inicia eligiendo gobiernos en los actuales sostenibles departamentos y la provincia constitucional del Callao. Estos gobiernos son gobiernos regionales. Mediante referéndum podrán integrarse dos o más circunscripciones departamentales contiguas para constituir una región, conforme a ley. Igual procedimiento siguen las provincias y distritos contiguos para cambiar de circunscripción regional. La ley determina las competencias y facultades adicionales, así como incentivos especiales, de las regiones así integradas. (Inicialmente el artículo 190º de la Constitución Política de 1993 señalaba que las Regiones se constituían por iniciativa y mandato de las poblaciones pertenecientes a uno o más departamentos colindantes. Las provincias y los distritos contiguos podían asimismo integrarse o cambiar de circunscripción, lo que posteriormente fue modificado por Ley N° 27680 del 07 de marzo de 2002 con el texto del vigente artículo, en virtud del cual los departamen departamentos tos se convierten en regiones) Según la actual Carta Política reformada, serán las poblaciones las que decidan sobre la integración de sus comunidades en regiones propiamente tales. Este  planteamiento se hizo en contraposición al proceso de descentralización de los l os años ochenta del siglo XX, el cual no consideró a las poblaciones en la definición de los territorios de las nuevas regiones, pues fue el Poder Ejecutivo nacional - durante el gobierno del APRA, entre 1985 y 1990- que tuvo y ejerció la iniciat inic iativa iva de manera manera ex exclu clusiv siva. a. En aquell aquella a exper experien iencia cia,, las poblac poblacion iones es en desacu des acuer erdo do con la as asign ignada ada circun circunscr scripc ipción ión terri territor torial ial podían podían solici solicitar tar un referéndum para ser excluidas. El caso paradigmático lo constituyó la región La Libertad-San Martín. Las poblaciones de este último departamento decidieron separarse de la región. El proceso de integración de dos o más circunscripciones departamentales  puede generar significativos conflictos en las provincias o distritos contiguos que cuesti cuestione onen n su ubica ubicació ción n en una nueva nueva delimi delimitac tación ión territ territori orial, al, si es este te  proceso de integración es prolongado y hay provincias que por razones geog ge ogrráfi fic cas o eco conó nóm mic ica as, por por eje jem mplo, lo, están tán más ligad igadas as a otr otras circunscripciones territoriales territoriales regionales y no a la nueva.

 

Artículo 191° Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos asun tos de su comp competen etencia. cia. Coo Coordin rdinan an con las muni municipa cipalida lidades des sin inte interferi rferirr sus funciones y atribuciones. La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Presidente como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional integrado por alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinaci coordinación ón con las municipali municipalidades, dades, con las funciones y atribucio atribuciones nes que le señala la ley. Artículo 194° Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Ti Tien enen en au auto tono nomí mía a po polílítitica ca,, econ económ ómic ica a y ad admi mini nist stra ratitiva va en los los asun asunto toss de su competencia. Las municipalidades de los centros poblados son creadas conforme a ley. La estructura orgánica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les señala la ley. Artículo 197° Las municipalidades promueven, apoyan reglamentan laurida participación vecinal en el desarr des arroll ollo o loc local. al. Asi Asimis mismo, mo, br brind indan an servi seyrvicio cioss de seg seguri dad d ci ciuda udadan dana, a, con la cooperación cooperació n de la Policía Nacional del Perú, conforme a ley. (Inicialmente el artículo 195º de la Constitución Política de 1993 señalaba que la ley regulaba la cooperación de la Policía Nacional con las municipalidades en materia de seguridad ciudadana. Posteriormente, este artículo fue modificado por Ley N° 27680 del 07 de marzo de 2002 con el texto del vigente artículo 197º, en el cual se incluye la participació participación n vecinal en el desarrollo local, así como el liderazgo de las municipalidades en la seguridad ciudadana con la cooperación de la Policía Nacional) Las tendencias participativas de la democracia moderna fueron recepcionadas en el te text xto o de la Cons Consti titu tuci ción ón Polí Políti tica ca de 1979 1979,, conj conjun unta tame ment nte e con con otra otras s innovaciones, entre ellas, la definición descentralizada del Estado peruano y la recupe rec uperac ración ión del viejo viejo munici municipio pio re repub public licano ano,, organi organizad zado o como como ve verda rdader dero o gobierno local, dotado de autonomía, y primer nivel del Estado descentralizado, al mismo tiempo (artículo 252).  A raíz de ello, la participación vecinal-ausente en nuestra tradición institucional  oficial; no en la andina donde sí existían prácticas participativas y comunitarias súbitamente adquiere rango constitucional. El artículo 256 la consagra mediante la fórmula: "Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación de los vecinos en el desarrollo comunal". De donde fluye que la participación, en el marco vecinal, es responsabilidad de los renovados municipios, pues la fomentan, apoyan y regulan, por un lado. Pero al mismo tiempo, el ejercicio participativo es parte constitutiva de una estrategia que persigue el desarrollo de la comunidad.

 

En consec consecuen uencia cia,, desde desde su origen origen,, las políti políticas cas de partic participa ipació ción n ciudad ciudadana ana aparecen muy vinculadas con la institución edilicia y la noción del desarrollo local, simultáneamente. De esta manera, se convierte en un factor importante y  hasta decisivo, tanto para la caracterización de la identidad contemporánea del  quehac que hacer er munic municipa ipal, l, así como como elemen elemento to sus sustan tantiv tivo o para para lle llevar var adelan adelante te las estrategias desarrollistas, desarrollistas, que los gobiernos locales promueven.

Acuerdo Nacional – Séptima Política de Estado El Acuerdo Nacional, política general del Gobierno. Objetivos y Políticas La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana como función inhere inh erente nte el elabo aboró ró un ma marco rco ori orien entad tador or de liline neami amient entos os de pol políti ítica ca que que puso puso a dispos dis posici ición ón de los in integ tegran rantes tes de la com comisi isión ón encar encarga gada da de desar desarrol rolla larr el Pl Plan an Nacional de Seguridad Ciudadana; el mismo que se formulara con la participación de los representantes de los sectores comprometido comprometidoss en la tarea de seguridad ciudada ciudadana, na, con el fin de contribuir a consolidar la política social. En el marco de la ley 27933 "Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana" que tiene como objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad,, la paz, ttranquili seguridad ranquilidad, dad, el cumplimie cumplimiento nto y respeto de las garantías individual individuales es y soc socia iales les a ni nivel vel na nacio cional nal;; se log logró ró suscr suscrib ibir ir el acu acuerd erdo o nac nacion ional al en donde donde se establecieron establecier on las políticas a seguir por el estado peruano. El Acuerdo Nacional fue suscrito por el Presidente de la Republica el 22 de Julio de 2002 así como de los líderes de los partidos políticos, de las organizacion organizaciones es sociales e instituciones religiosas. Después se realizaron ocho sesiones plenarias del Foro del acuerdo Nacional para dar cumplimiento a las 29 políticas de Estado como base para la transición y consolidación de la democracia, la afirmación de la identidad nacional y el diseño de una visión compartida del país a futuro. El Acuerdo Nacional fue suscrito por el Presidente de la Republica el 22 de Julio de 2002 así como de los líderes de los partidos políticos, de las organizacion organizaciones es sociales e instituciones religiosas. Después se realizaron ocho sesiones plenarias del Foro del acuerdo Nacional para dar cumplimiento a las 29 políticas dedeEstado como nacional base paray la transición y consolidación de la democracia, la afirmación la identidad el diseño de una visión compartida del país a futuro. El Acuerdo Nacional está dirigido a alcanzar cuatro grandes objetivos: Democracia y Estado d de ed de erecho. Equidad y justicia S So ocial. Competitividad del País. Es Esta tado do ef efic icie ient nte, e, ttra rans nspa pare rent nte eyd des esce cent ntra raliliza zado do.. Para el objetivo Democracia y Estado de Derecho, el Acuerdo Nacional se compromete a:  Garan Gar antiz tizar ar el ple pleno no y ca cabal bal eje ejerci rcicio cio de los derec derechos hos con consti stituc tucion ionale ales, s, la celebración de elecciones limpias, el pluralismo político, la alternancia en el poder y el imperio de la Constitución y el equilibrio de poderes. 

Promover vigencia del elegidas sistema de partidos políticos en el territorio nacional, y el respeto la a las minorías democráticamente.

 





Preservar Preser var el ord orden en públi público co y la seg seguri uridad dad ci ciuda udadan dana, a, gar garant antiza izando ndo que que la expresión de nuestras diferencias no afecte la tranquilidad, justicia, integridad, libertad de las personas y el respeto a la propiedad pública y privada. Mantener una política de seguridad nacional que garantice la independencia, soberanía, integridad territorial y salvaguardia de los intereses nacionale nacionales. s.

Política de Seguridad Nacional. Para la séptima políticaciudadana", de estado "Erradicación de la violencia y fortalecimiento civismo y la seguridad el Acuerdo Nacional se compromete a normardely fomentar las acciones destinadas a fortalecer el orden público y el respeto al libre ejercicio de los derechos y al cumplimiento de los deberes individuales. Con este objetivo el Estado: 1.

2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

Consolidara políticas orientadas a prevenir, disuadir, sancionar y eliminar  aquellas conductas y prácticas sociales que pongan en peligro la tranquilidad, la integridad ola libertad de las personas, así como de la propiedad pública y privada. Propiciara una cultura cívica de respeto a la ley y a las normas de convivencia, sensibil sens ibilizan izando, do, a la ciud ciudadan adanía ía contr contra a la violen violencia cia y gen generan erando do un marco de estabilidad social que afiance los derechos y los deberes de los peruanos. Pondrá Pond rá espe especial cial énfa énfasis sis en exte extender nder los meca mecanism nismos os lega legales les para combati combatir  r  prácticas violentas arraigadas, como el maltrato familiar y la violación contra la integridad física y mental de niños,en ancianos y mujeres. Garantizara su presencia efectiva las zonas vulnerables a la violencia violencia.. Fomentara la cultura de paz a través de una educación y una ética públicas que inci incida dan n en el re resp spet eto o ir irre rest stri rict cto o de lo loss dere derech chos os huma humano nos, s, en una una rect recta a administración de justicia y en la reconciliación. Desar De sarrol rolla lará rá un una a po polít lítica ica de esp especi ecial aliza izació ción n en los los org organ anism ismos os púb públilicos cos responsables de garantizar la seguridad ciudadana. Promoverá los valore éticos y cívicos de los integrantes de la Policía Nacional, así como su adecuada capacitaci capacitación ón y retribución retribución.. Promov Pro moverá erá un sis sistem tema a nacio nacional nal de segur segurid idad ad ci ciuda udadan dana a en la totali totalida dad d de provincias y distritos del país presididos por los alcaldes y conformado por  representantes del sector público y de la ciudadan ciudadanía ía

Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana La inseguridad ciudadana constituye uno de los problema problemass principales de los peruanos y por ende es uno de los temas prioritarios no sólo del actual Gobierno, sino también en muchos de los países de la región y, en consecuencia, la inmediata solución de este problema es uno de los objetivos del Estado. En el Perú se ha dado pasos importantes en materia de seguridad ciudadana partir de setiembre del 2002, cuando por primera vez en forma seria y responsable, analizo la seguridad ciudadana en nuestro país, teniéndose como resultado la dación de la sétima política de Estado que precisa como necesidad prioritaria la erradicación de la violencia y el fortalecimiento el civismo y la seguridad ciudadana con participación activa de la ciudadan ciudadanía. ía. Como resultado, se promulga en el añoel2003 Ley Nº 27933, que crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, cuallatiene como su Ley máximo organismo al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y está integrado por 1858 instancias

 

descentralizadas

 

a nivel nacional, que son denominadas Comités de Seguridad Ciudadana Regional (26), Provincial (194), y Distrital (1,638). En ese sentido, el esfuerzo por la seguridad ciudadana tiene carácter intersectorial, involucra a todos los niveles de gobierno y comprende la acción conjunta entre el Estado y la ciudadanía. En el ámbito de los Gobiernos Regionales y Locales, su accionar debe articularse con la Policía Nacional (presidente del Perú, donde el liderazgo político lo ejerce autoridadoperativo elegida democráticamente regional o alcalde), mientras que ellaliderazgo le corresponde a la autoridad policial.  Así también, se requiere del compromiso a través de los Comités de Segurida Seguridad d Ciudada Ciu dadana, na, de los repr represen esentante tantess del Pod Poder er Judi Judicial cial,, Mini Ministeri sterio o Públ Público, ico, Justi Justicia, cia, Econom Eco nomía, ía, Edu Educac cació ión, n, Sal Salud, ud, De Defen fenso soría ría del del Pue Puebl blo, o, coleg colegios ios pro profes fesion ional ales, es, universidades, universida des, sociedad civil, porque la seguridad ciudadana en su esencia sobrepasa la esfera de la acción policial, privilegiando la prevención antes que la represión. En el aspecto normativo, el Artículo 44° de la Constitución Pública del Perú, establece que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra la seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación, cuyo complemento es el Artículo 166°, que establece que la Finalidad Fundamental de la Policía Nacional es garantizar el Orden Interno y del cual se deduce como su misión principal es el mantenimiento del orden público, la garantía de la "seguridad ciudadana" y el cumplimento de las leyes. El término Seguridad Ciudadana aparece en nuestra legislatura en la Constitución de 1993, expresada en el Art. 195 que a la letra dice: "La ley regula la cooperación de la Policía Nacional del Perú, con las Municipalidades en materia de seguridad ciudada ciud adana"; na"; pro propici piciando ando el crec crecimie imiento nto de otra otrass insti instituci tuciones ones públ públicas icas (Gob (Gobiern iernos os Locales- Serenazgo) Serenazgo) y privadas (Empresa (Empresass de Seguridad) que empezaron a ejercer en parte la "Función de Policía", así se iniciaron las actividades de la seguridad informal por parte de estas entidades, generando en esos momentos problemas de orden institucional; La Ley Nº 27933, del 11FEB2003, promulgada con el objeto de proteger el libre ejercicio, los derechos y libertades , garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional, que comprende las personas naturales y jurídicas, sin excepción que conforman la nación peruana, crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. La mencionada Ley, la define como la "Acción integrada que desarrolla el Estado con la colaboración de la ciudadanía destinada a asegurar la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, del mismo modo contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas". El objeto del Sistema de Seguridad Ciudadana es coordinar eficazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar la paz social. Con este marco legal, se ha procedido a dinamizar el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana a través de la conformación de Comités de Seguridad Ciudadana, a nivel Distrital, Provincialdey este Regional, losenmismos que constituyen soportes el fortalecimiento trabajo sus respectivas jurisdicc jurisdicciones. iones. fundamentales en

 

Para el des Para desarr arroll ollo o de est estas as ac accio cione ness es nec necesa esario rio afian afianzar zar los los mec mecani anismo smoss de comunicación, a fin de que todas las instancias comprometidas en esta tarea estén debidamente debidame nte informadas y actualizada actualizadas. s.

Creación y finalidad del sistema nacional de seguridad ciudadana Artículo 3°. Creación y Finalidad del Sistema Créase el eficazmente Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana ana (SINASEC), que ttiene iene pornaobjeto coordinar la acción del EstadoCiudad y promover la participación ciudadana ciudada para garantizar una situación de paz social. Artículo 4. Componentes del sistema Son instancias integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana las siguientes: •

Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, cuenta con una Secretaría Técnica, como órgano de ejecución.



Comités Regionales de Seguridad Ciudadana, cuenta con una Secretaría Técnica, como órgano de ejecución ejecución..



Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana, cuenta con una Secretaría Técnica, como órgano de ejecución ejecución..



Comités Distritales de Seguridad Ciudadana. cuenta con una Secretaría Técnica, como órgano de ejecución.”

Las Secretarías Técnicas, cuentan con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana, en base a los perfiles que aprueba cada nivel de gobierno.” Las Secretarías Técnicas, cuentan con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana, en base a los perfiles que aprueba cada nivel de gobierno.” Artículo 5°. Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana Créase el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), como el máximo organismo encargado de la formulación, conducción y evaluación de las políticas de seguridad ciudadana; con autonomía funcional y técnica. Artículo 6°. Dependencia El Co Conse nsejo jo Nac Nacion ional al de Seg Seguri uridad dad Ci Ciuda udada dana na dep depend ende e de la Pre Presid sidenc encia ia de la República y es presidido por el Presidente del Consejo de Ministros.

Componentes del CONASEC El Consejo Nacional de Segurida Seguridad d Ciudada Ciudadana na (CONASEC) depende de la Presidencia de la República. La presidencia del CONASECinstalar recae yenpresidir el Presidente del Consejo de Ministros, quien es responsable de convocar, sus sesiones.

 

El CONASEC está integrado por los siguientes miembros titulares: a. b. c. d. e.

El/La Presidente/a del Consejo de Ministros, quien lo preside. El/La Ministro/a del Interior  I nterior  El/La Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos d. El/La Ministro de Educación El/La Ministro de Salud El /La Ministro/a de Economía y Finanzas

f. g. h. i.  j. k. l. m. n. o. p. q. r. s. t.

El/La Ministro Transportes y Comunicaciones El/La Ministro de de Comercio Exterior y Turismo El/La Ministro de la Mujer y Poblaciones Vulnerables El/La Ministro de Desarrollo e inclusión Social El/La Presidente del Poder Judicial El/La Fiscal de la Nación El/La Defensor/a del Pueblo El/La Presidente/a de la Asociación de Presidentes Regionales El/La Alcalde/a Metropolitano/a de Lima El/La Presidente/a de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE) El/La Comandante General de la Policía Nacional del Perú El/La Presidente/a del Sistema Nacional Penitenciario El/La Presidente/a del Consejo Nacional de Prensa El/La Presidente/a de la Sociedad Nacional de Seguridad El/La Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios Voluntarios del Perú.

Artículo 11°. Secretaria Técnica La Secretaria Técnica es el órgano técnico ejecutivo y de coordinación, encargado de proponer al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana la política, los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana para su aprobación, así como realizar  el seg segui uimie miento nto y eva evalua luació ción n de la eje ejecuc cució ión n de las las acc accio iones nes apr aprob obada adass a niv nivel el nacional. Contará con profesionales, técnicos y especiali especialistas stas en temas de seguridad ciudadana. La Secretarla Técnica está a cargo del Ministerio del Interior, para cuyos efectos se constituirá en una Unidad Ejecutora del Pliego del Ministerio del Interior. Artículo 12°. Designación del Secretario Técnico El Secretario Técnico es designado por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana a propuesta de su Presidente. Artículo 13°. Comités Regionales, Provinciales y Distritales Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por CONASEC. El presidente regional o el alcalde provincial o distrital que no instale el comité de seguridad ciudadana ciudadana en el plazo legal, según corresponda, o que no lo convoque para sesionar, comete falta grave y está sujeto a sanción de suspensión de sus funciones por el plazo de treinta días calendario, de acuerdo a la ley de la materia.

 

Artículo 16°. Miembros del Comité Distrital El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana es presidido por el alcalde de su respectiva jurisdicción jurisdicción e integrado por los siguientes miembros: a. b.

c. d. e. f. g.

La aut autor orid idad ad p pol olíti ítica ca d de em may ayor or n niv ivel el d de e la loca localilida dad. d. El Co Comis misari ario o de la P Poli olicía cía N Naci aciona onall a cuya jjuri urisdi sdicci cción ón pe perte rtene nece ce el di distr strito ito.. En caso de existir más de una Comisarla con jurisdicciones distintas, dentro de una misma Distrital.demarcación distrital, cada Comisario forma parte integrante del Comité Un re repr pres esen enta tant nte ed del el Po Pode derr JJud udic icia ial.l. Un re repr pres esen enta tant nte e de dell Mi Mini nist ster erio io Públ Públic ico. o. Dos Dos alc alcal alde dess d de e ce cent ntro ross po pobl blad ados os me meno nore res. s. Un rrep epres resent entant ante e de la lass Ju Junta ntass Ve Veci cinal nales, es, p prom romovi ovido doss po porr la la Po Polic licía ía N Naci aciona onall del Perú, Un repres represent entant ante ed de e llas as Ro Ronda ndass C Camp ampes esina inas, s, d dond onde e las las h hubi ubiere ere..

Los miembros del Comité Distrital, en base a la realidad particular de sus respectivos distritos, deberán incorporar a otras autoridades del Estado o representantes de las institucioness civiles que consideren conveniente. institucione

Reglamento de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana Definición El Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) es un sistema funcional encargad enca rgado o de aseg asegurar urar el cum cumplim plimien iento to de las pol política íticass públ públicas icas que orie orientan ntan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana, con el fin de garantizar la seguri seg urida dad, d, la pa paz, z, la tra tranq nqui uilid lidad ad y el cumpl cumplimi imient ento o y respe respeto to de las garan garantía tíass individuales y sociales a nivel nacional, para lograr una situación de paz social y la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades. Para tal efecto, coordina la acción del Estado y promueve la participación ciudadana

Principios aplicables Para el cumplimiento de sus objetivos el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) se rigen por los siguientes principios: a.

Legalidad: El funcionamiento del SINASEC está regulado por la Constitución Política del Perú y las leyes de la República, en el marco de defensa de la persona y respeto de su dignida dignidad, d, fin supremo de la sociedad y el Estado.

b.

Coordin Coord inaci ación ón y ar artic ticul ulaci ación: ón: La Lass ent entid idade adess y órg órgano anoss que que for forman man par parte te del del SINASEC mantienen relaciones de coordinación entre sí y con la sociedad civil organizada y la ciudadanía.

c.

Integralidad: Los servicios de seguridad ciudadana son el conjunto de acciones de prevención de la violencia y el delito, el control y la persecución de los mismos, la rehabilitación y reinserción social de quienes delinquen y la atención a las víctimas.

 

d.

Participa Partic ipació ción n ciu ciudad dadan ana: a: Es la in inter terven venció ción n inf inform ormada ada y res respon ponsab sable le de la ciudadanía,, sociedad civil organizada, sector privado y medios de comunicación, ciudadanía durante el proceso de implementación, monitoreo y evaluación de los planes y programas de seguridad ciudadana, a fin de lograr una adecuada toma de decisiones en función de las metas y objetivos estratégicos establecidos en el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana Ciudadana..

e.

Ética y transparencia: Los actores públicos y privados, sociedad civil organizada ycon ciudadanía intervengan en lad,articulación deldad, SINASEC deberán hacerlo prob probida idad, d,que idon idoneida eidad, d, vera veracida cidad, just justicia icia,, equi equidad, lea lealtad ltad, , sin inj injeren erencia cia política y con respeto al Estado de Derecho.

f.

Rendición de cuentas: Los responsables de la gestión de la seguridad ciudada ciudadana na de debe berá rán n util utiliz izar ar ad adec ecua uada dame ment nte e lo loss recu recurs rsos os asig asigna nado doss dand dando o cuen cuenta ta periódic peri ódicamen amente te a la pobl població ación n acer acerca ca de los avan avances, ces, logros, difi dificult cultades ades y perspectivas.

g.

Orientac Orien tación ión y di difus fusión ión al ciu ciudad dadano ano:: Las entid entidade adess púb públilicas cas ori orient entará arán n sus intervenciones con un enfoque de demanda, a fin de atender los requerimientos de la ciudadanía en materia de seguridad ciudadana. Asimismo, estas entidades y las del sector privado, deberán informar y difundir las acciones que desarrollan en el marco del SINASEC.

h.

Preven Pre venció ción: n: El SIN SINASE ASEC C deb debe e pr prio ioriz rizar ar y des desarr arrol ollar lar las polít polític icas as públi públicas cas preventivas de delitos, faltas y contravenciones, a través del diseño de planes y programas anuales y multianuales.

i.

Cooperación multisectorial e interguber Cooperación intergubernamental: namental: Las instancias y entidades que integran el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, Ciudadana, así como los órganos del sector público y la comunidad organizada, articulan esfuerzos con el propósito de lograr el desarrollo de acciones comunes e integradas que contribuyan a la seguridad ciudadana.

Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) es el máximo organismo encargado de laautonomía formulación, conducción y evaluación de las políticas de seguridad ciudadana;; con ciudadana funcional y técnica. El Consejo Nacional se reúne ordinariamente cuatro (4) veces al año, por lo menos dos (2) en sesi sesiones ones desc descentra entraliza lizadas; das; y extra extraordi ordinari nariamen amente te cuan cuando do lo conv convoque oque su presidente. El quorum para las sesiones del Consejo es de la mitad más uno de sus miembros titulares. Los miembros titulares de las entidades que conforman el CONASEC son responsables, conforme a sus atribuciones de Ley, de implementar políticas y el plan na naci cion onal al de se segu guri rida dad d ci ciud udad adan ana, a, de debi bien endo do dar dar cuen cuenta ta de su cump cumplilimi mien ento to trimestra trime stralmen lmente te a la Pres Preside idencia ncia del CON CONASEC ASEC,, y debe deben n desi designar gnar funciona funcionarios rios encargados del cumplimiento de los compromisos sectoriales en materia de seguridad ciudadana y enlace permanente con la Secretaría Técnica del CONASEC”. Componentes del integrado CONASEC El CONASEC está por los siguientes miembros titulares:

 

                 

El/La Presidente/a del Consejo de Ministros, quien lo preside. El/La Ministro/a del Interior  I nterior  El/La Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos El/La Ministro de Educación El/La Ministro de Salud El/La Ministro de Salud El /La Ministro/a de Economía y Finanzas El/La Ministro de Transportes y Comunicaciones El/La Ministro de Comercio Exterior y Turismo El/La Ministro Ministro de de Desarrollo la Mujer y Poblaciones Vulnerables El/La e inclusión Social El/La Presidente del Poder Judicial El/La Fiscal de la Nación El/La Defensor/a del Pueblo El/La Presidente/a de la Asociación de Presidentes Regionales El/La Alcalde/a Metropolitano/a Metropolitan o/a de Lima El/La Presidente/a de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE) El/La Comandante General de la Policía Nacional del Perú El/La Presidente/a del Sistema Nacional Penitencia Penitenciario rio El/La Presidente/a del Consejo Nacional de Prensa El/La Presidente/a de la Sociedad Nacional de Seguridad El/La Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.

Funciones del CONASEC Artículo 12.- Funciones del CONASEC El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) tiene las siguientes funciones: a.

Proponer ante la Presidencia del Consejo de Ministros la aprobación del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y otras políticas vinculadas a la seguridad ciudadana, elaborados bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y descentraliz descentralizado. ado.

b.

Proponer ante la Presidencia del Consejo de Ministros, la aprobación de planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana de relevancia nacional.

c.

Promover la investigación en materia de seguridad ciudadan ciudadana. a.

d.

Evaluar anualmente el cumplimiento del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y las políticas en materia de seguridad ciudadana aprobadas por el Consejo de Ministros.

e.

Promover el intercambio y cooperación internacional en materia de seguridad ciudadana.

f.

Elaborar anualmente, bajo responsabilidad, responsabilidad, un informe nacional sobre seguridad ciudadana,, que formulará las recomenda ciudadana recomendaciones ciones al Programa Naciona Nacionall de Bienes Incau Inc autad tados os (PR (PRONA ONABI) BI) par para a la priori priorizac zació ión n en el equ equip ipami amient ento o a la Po Polic licía ía Nacional del Perú y las municipalidades provinciales y distritales de menores recursos que cumplan con las metas propuestas en su Plan de Seguridad Ciudadana y que no se encuentren en Lima Metropolitana ni en la Provincia Constitucional Constitucion al del Callao. Copia de este informe debe remitirse a la Comisión de DefensadelNacional, Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas CongresoOrden de la República.

 

g.

Informar a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo  Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República sobre los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana antes de su aprobación.

h.

Proponer estrategias de prevención contra las actividades delictivas. delictivas.

i.

Realizar el monitoreo y supervisión de la implementación de las políticas, planes, programas y proyectos de alcance nacional en materia de seguridad ciudadana.

 j j..

Coordinar estrategias estrategias en el marco de sus competencias con el Consejo Nacion Nacional al de Política Criminal - CONAPOC, compartiendo compartiendo información en forma recíproca.

k.

Promover Promov er el cum cumpli plimie miento nto de los compr compromi omisos sos sec sector toria iale less en mat materi eria a de seguridad ciudadana, así como la articulación interinstitucional.

l.

Proponer recomendaciones recomendaciones para optimizar el funcionamie funcionamiento nto de las instancias de coordinación regional y local. m. Participar en las consultas ciudadanas nacionales en materia de seguridad ciudadana.”

Facultades Especiales (Ley 27933) El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) está facultado para invitar  a sus sesiones a representantes de las diferentes instituciones públicas y privadas, de acuerdo a la temática específica a tratar  Secretaría Técnica del CONASEC La Secretaría Técnica es el órgano técnico ejecutivo y de coordinación. La Secretaría Técnica del CONASEC es ejercida por la Dirección General de Seguri Seg uridad dad Ciud Ciudada adana na dep depen endie diente nte del del Vi Vicem cemin inist isteri erio o de Seg Seguri uridad dad Pú Públi blica ca del del Ministerio del Interior. La Secretaría Técnica está facultada para realizar coordinaciones directas con los responsables del cumplimiento de los compromisos sectoriales en materia de seguridad ciudadana.”

Comités regionales, provinciales y distritales Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular y evaluar eval uar los plan planes, es, prog programa ramas, s, proye proyectos ctos y dire directiva ctivass de segu segurida ridad d ciud ciudadan adana, a, y ejecutarlos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por el CONASEC. El presidente de cada comité de seguridad ciudadana dispone la publicación de todos estos documentos de gestión y los respectivos informes de evaluación en las páginas web de sus respectivas entidades, o en otro medio que asegure su publicidad. Los mie miembr mbros os titul titulare aress de la lass entid entidad ades es que que con confor forman man el Co Comi mité té Re Regi giona onall de Seguridad Ciudadana, Ciudadana, Comité Provincial de Seguridad Ciudada Ciudadana na y Comité Distrital de Seguridad Ciudadana son responsables de implementar los respectivos planes de seguridad ciudadana, debiendo dar cuenta de su cumplimiento trimestralmente a la Secretaría Técnica del CONASEC.

 

Los Comités Regionales, se reúnen trimestralmente de forma ordinaria; los Comités Pr Prov ovin inci cial ales es y Di Dist stri rita tale less se re reún únen en de ma mane nera ra ordi ordina nari ria a una una vez vez al me mes; s; y extraordinariamente extraordinari amente cuando lo convoque sus respectivos presidentes. El gobernador regional, alcalde provincial o alcalde distrital que no instale el comité de seguridad ciudadana ciudadana en el plazo legal, según corresponda; o que no lo convoque para sesionar, o que no disponga la formulación del plan de seguridad ciudadana, comete falta grave y está sujeto a sanción de suspensión de sus funciones por el plazo de treinta días calendario, de acuerdo a la ley de la materia. Miembros del Comité Regional de Seguridad Ciudadana El CORESEC está integrado por:  El/La Gobernador/a Regional, Regional, quien lo preside. El cargo de Presidente del CORESEC es indelegable, bajo responsabilidad.  El/La Prefecto Regional  El/La Jefe/a policial de mayor graduación que presente servicios en la  jurisdicción  jurisdicció n del Gobierno R Regional egional  El/La director/a Regional de Educación o el funcionario que haga sus veces e. El/La director/a Regional de Educación o el funcionario que haga sus veces  El/La directora/a Regional de Salud o el funcionario que haga sus veces  Un representante del Poder Judicial, designado por el Presidente de la Corte Superior de la Jurisdicción.  Un representante del Ministerio Público, designado por el Fiscal Superior Decano de la jurisdicción.  El responsable de la Oficina Defensorial de la región  Los Alcaldes de las tres provincias de la región que cuenten con el mayor número de electores  El/la Coordinadora Regional de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú. Los miembros de instituciones y organizaciones que integran el CORESEC en calidad de representantes deberán ser acreditados ante el presidente del Comité. De acuerdo a la realidad particular de cada circunscripción territorial, y con el voto aprob apr obato atorio rio de la may mayorí oría a de sus mie miembr mbros, os, el Co Comit mité é Re Regio gional nal de Se Segur gurid idad ad Ciudadana podrá incorporar a representantes de otras entidades públicas y privadas, así como representantes de organiza organizaciones ciones sociales que considere pertinente. Todos los miembros del CORESEC están obligados a asistir y participar personalmente en sus sesiones, bajo responsabilidad. El quórum para el desarrollo de las sesiones se contará únicamente con los miembros establecidos en la Ley, siendo éste el de la mitad más uno del número establecido en el presente reglamento. Para el cumplimiento de sus fines, los CORESEC podrán conformar grupos de trabajo. Artículo 17.- Funciones del CORESEC El CORESEC tiene las siguientes funciones: a.

Proponer ante el Gobierno Regional la aprobación del Plan de Acción Regional de Ciudadanaelaborado alineado albajo Plan Ciudadana y susSeguridad medidas sectoriales, losNacional enfoquesdedeSeguridad gestión por resultados, intercultural y regional, y articulado con los instrumentos del SINAPLAN.

 

b.

Proponer Propo ner ante ante el Gob Gobie ierno rno Re Regi giona onall la apr aprob obaci ación ón de pla plane nes, s, prog program ramas as y pr proy oyec ecto toss de se segu guri rida dad d ci ciud udad adan ana a de rele releva vanc ncia ia regi region onal al,, toma tomand ndo o en consideración consideraci ón las particula particularidades ridades culturales y lingüísticas de la población.

c.

Estudiar y analizar la problemátic problemática a de seguridad ciudad ciudadana ana de su jurisdicci jurisdicción, ón, en coordinación con los comités provinciales y distritales de seguridad ciudadana.

d.

Realizar monitoreo, supervisión y evaluación de la implementación de las políticas, el planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana ciudada na en los Comités Provinciales y Comités Distritales en el ámbito de su respectiva jurisdicción, en concordancia concordanci a de las políticas nacionales y regional regionales. es.

e.

Promover la articulación interinstitucional a nivel regional para el cumplimiento de los compromisos establecidos en los planes y programas.

f.

Informar trimestralmente a la Secretaría Técnica del CONASEC, a través del Presiden Presi dente te del Comi Comité, té, resp respecto ecto del cump cumplimi limiento ento e impl implemen ementaci tación ón de las políticas nacionales y regionales de seguridad ciudadana, así como del plan nacional de seguridad ciudadana. g. Proponer recomendaciones para optimizar  el funcionamiento del SINASEC en el ámbito regional.

g.

Promover la ejecución de Proyectos de Inversión Pública destinados destinados a cerrar las brechas de infraestructura en seguridad ciudadana.

h.

Promover el fortalecimiento de capacidades en materia de seguridad ciudadana y fomentar las iniciativas sobre la materia en el ámbito regional.

i.

Coadyuvar a la implementación de los centros de video vigilancia y observatorios regionales de seguridad ciudadana.

 j.

Otras que se le asigne conforme a la Ley en la materia.”

Artículo 19.- Secretaría Técnica del CORESEC El Comité Regional de Seguridad Ciudadana cuenta con una Secretaría Técnica como el órg órgano ano téc técnic nico, o, eje ejecut cutivo ivo y de coo coordi rdina nació ción n del del Co Comit mité, é, la cua cuall con contar tará á con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana, en base a los perfiles que apruebe cada Gobierno Regional. Cada Gobierno Regional determina el órgano o área que asumirá las funciones de la Secretaría Técnica del CORESEC. Dicho órgano o área Artículo 20.- Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana En Lima Metropolitana se instala y sesiona un CORESEC con las mismas funciones establecidass para los otros CORESEC y está integrado por: establecida 

   

El/La Alcalde/sa de la Municipalidad Metropolitana de Lima quien preside el Comit Co mité. é. El car cargo go de Pre Presid sident ente e del COR CORESE ESEC C de Lima Lima Met Metrop ropol olita itana na es indelegable, bajo responsabilidad. El/La Prefecto Regional de Lima El/La Jefe/a de la Región Policial Lima de la Policía Nacional del Perú. El/La Director/a Regional de Educación de Lima Metropolitana. Un representante del Ministerio de Salud.

 

    

Un representante del Poder Judicial, designado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Un representante del Ministerio Público, designado conforme a sus normas internas. Un representante de la Defensoría del Pueblo. Los/as Alcaldes/as de los tres distritos de Lima Metropolitana que cuenten con el mayor número de electores. El/La Coordinador/a Regional de Lima Metropolitana de las Juntas Vecinales de

Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú. Con el voto aprobatorio de la mayoría de sus miembros, el CORESEC de Lima Metropolitana podrá incorporar a representantes de otras entidades públicas y pri priva vadas das,, así como como rep repres resen entan tantes tes de org organi anizac zacion iones es soc social iales es que que con consid sidere ere pertinente. Todos los miembros del CORESEC están obligados a asistir y participar  personalmente personalme nte en sus sesiones, bajo responsabili responsabilidad. dad. El quórum para el desarrollo de las sesiones se contará únicamente con integrantes, siendo este el de la mitad más uno del número establecido en el presente reglamento. El CORESEC de Lima Metropolitana cuenta con una Secretaría Técnica como el ór órga gano no té técn cnic ico, o, ej ejec ecut utiv ivo o y de co coor ordi dina naci ción ón del del Co Comi mité té,, la cual cual cont contar ará á con con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana, en base a los perfiles que aprueba el respectivo nivel de gobierno. Miembros del COPROSEC El COPROSEC está integrado por:           

El/La Alcalde/sa Provincial, Provincial, quien preside el Comité. El cargo de Presidente del COPROSEC es indelegable, bajo responsabilidad. El/La Subprefecto Provincial. El/La jefe/a policial de mayor grado que preste servicios en la provincia. El/La Director/a de la Unidad de Gestión Educativa Local con jurisdicción en la provincia. La autoridad de salud de la jurisdicci jurisdicción ón o su representan representante. te. Un representante del Poder Judicial, designado por el Presidente de la Corte Superior de la jurisdicción. Un representante del Ministerio Público, designado designado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de la jurisdicción. Un representante de la Oficina Defensorial correspondiente. Los/Las alcaldes/as de los tres distritos de las provincias que cuenten con el mayor número de electores. El/La coordinador/a provincial de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú. Un representante de las Rondas Campesinas existentes en la provincia.

De acuerdo a la realidad particular de cada circunscripción territorial, y con el voto aprob apr obato atorio rio de la may mayorí oría a de sus mie miembr mbros, os, el COP COPROS ROSEC EC pod podrá rá inc incorp orpora orarr a representantes de otras entidades públicas y privadas, así como representantes de organizaciones sociales que considere pertinente. Todo To doss lo loss miem miembr bros os de dell CO COPR PROS OSEC EC es está tán n obli obliga gado doss a asis asistitirr y pa part rtic icip ipar  ar  personalmente en sus sesiones, bajo responsabi personalmente responsabilidad. lidad. El quórum para el desarrollo de las sesiones se contará únicamente con integrantes, siendo este el de la mitad más uno del número establecido en el presente reglamento.

 

Para el cumplimiento de sus fines, los COPROSEC podrán conformar grupos grupos de ttrabajo rabajo con participación de profesiona profesionales les especializados.” Funciones del COPROSEC Son funciones del COPROSEC las siguientes: a.

Proponer ante la Municipalidad Provincial la aprobación del Plan de Acción Provincial Seguridad Ciudadana al Plan Acción de Segurida Segu ridad d de Ciu Ciudada dadana, na, elab elaborad orado o baj bajo oalineado los enfoque enfoques s de de gesti gestión ón porRegional resu resultad ltados, os, intercultural y provincial, y articulado con los instrumentos del SINAPLAN.

b.

Proponer ante la Municipalidad Provincial la aprobación de planes, programas y proyec pro yectos tos de seg seguri uridad dad ciu ciudad dadana ana de rel releva evanci ncia a pro provin vincia cial,l, tom toman ando do en consideración consideraci ón las particula particularidades ridades culturales y lingüísticas de la población.

c.

Estudiar y analizar la problemática de seguridad ciudadana de su jurisdicción, en coordinación con los comités distritales de seguridad ciudadana.

d.

Promover la articulación interinstitucional a nivel provincial para el cumplimiento de los compromisos establecidos en los planes y programas.

e.

Estudiar y analizar la problemática de seguridad ciudadana de su jurisdicción, en coordinación con los comités distritales de seguridad ciudadana.

f.

Realizar de manera ordinaria, por lo menos una (1) consulta pública trimestral para informar sobre las acciones, avances, logros y dificultades en materia de seguridad ciudadana a nivel provincial, debiendo para tal efecto convocar a las organizaciones organizaci ones vecinales, sociales, religiosa religiosas, s,

g.

cultural cultur ales, es, edu educat cativ ivas as y dep deport ortiva ivas, s, coo coordi rdinad nadore oress zon zonal ales es de seg seguri uridad dad ciudadana, integrantes de mesas de concertación, en los lugares donde exista, entidades del sector comercial y empresarial, instituciones privadas y otras que estime pertinente.

h.

Informar trimestralmente a la Secretaría Técnica del CORESEC, a través del Presiden Presi dente te del Comi Comité, té, resp respecto ecto del cump cumplimi limiento ento e impl implemen ementaci tación ón de las políticas nacionales, regionales y provinciales de seguridad ciudadana, ciudadana, así como del plan nacional de seguridad ciudadana.

i.

Elaborar Elabor ar el in infor forme me tri trime mestr stral al de cum cumpl plimi imient ento o de los los pla planes nes,, pro progra gramas mas y proyectos distritales de Seguridad Ciudadana, presentados por las Secretarías Técnicas de los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana.

 j j..

Formular Formul ar el inf inform orme e de Eva Evalua luació ción n de De Desem sempeñ peño o de los los integ integran rantes tes del COPROSEC para su remisión trimestral a la Secretaría Técnica del CORESEC.

k. l.

Dirigir los procesos de implementación, monitoreo, evaluación y ajuste del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, sobre la base de los lineamientos establecidoss por la Secretaría Técnica del CORESEC. establecido

m.

Colaborar la Policía Nacional del Perú en los asuntos que le solicite en materia de con seguridad ciudadana.

 

Secretaría Técnica del COPROSEC Colaborar con la Policía Nacional del Perú en los asuntos que le solicite en materia de Colaborar seguridad ciudadana. El COPROSEC cuenta con una Secretaría Técnica como el órgano técnico, ejecutivo y de coordinación del Comité, la cual contará con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana, en base a los perfiles que aprueba el respectivo nivel de gobierno. Tiene las siguientes funciones: Cada Municipalidad Provincial determina el órgano o área que asumirá las funciones de la Secretaría Técnica del COPROSEC. Dicho órgano o área debe ejercer funciones relacionadas a la seguridad ciudadana. Funciones de la Secretaría Técnica del COPROSEC La Secretaría Técnica del COPROSEC tiene las siguientes funciones: a.

Presentar ante el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana la propuesta del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, intercultural y alineado al Plan de  Acción Regional Regional de Seguri Seguridad dad Ciuda Ciudadana. dana.

b.

Presentar ante el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana la propuesta de los planes, plan es, prog programa ramass y proy proyectos ectos de segu segurida ridad d ciud ciudadan adana a en sus respecti respectivas vas  jurisdicciones,  jurisdiccio nes, supervisand supervisando o su cumplimi cumplimiento ento en el marco de los lineamie lineamientos ntos establecidos en el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población.

c.

Supervisar el cumplimiento los planes, programas y proyectos provinciales de seguridad ciudadana, en coordinación con los niveles distritales, en el

d.

marco de los lineamie lineamientos ntos establecidos por la Secretaría Técnica del CORESEC.

e.

Elaborar Elabor ar el in infor forme me de cum cumpl plimi imient ento o de los plan planes, es, pro progra gramas mas y pro proyec yectos tos distritales de Seguridad Ciudadana, presentados presentados por las Secretarías Técnicas de los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana a través de la Secretaría Técnica del COPROSEC.

f.

Brindar apoyo y asistencia técnica, en coordinaci coordinación ón con la Secretaría Técnica del CORESEC, a las Secretarías Técnicas de los Comités Distritales, que permita una adecuada articulación entre los niveles provincial provinciales es y distritales.

g.

Promover la arti Promover articula culación ción de las muni municipa cipalida lidades des distr distrital itales es para fortalec fortalecer er la seguridad ciudadana en el ámbito de la jurisdicción provincial.

h.

Sistematizar la información estadística de seguridad ciudadana proporcionada para su respectiva remisión a la Secretaría Técnica del CORESEC.

i.

Coordin Coord inar ar lo loss liline neami amient entos os y esp especi ecific ficaci acione oness téc técnic nicas as par para a gar garan antiz tizar ar la estandarización e interoperabilidad de los sistemas de video vigilancia y radio comunicación con los sistemas de la Policía Nacional del Perú, a fin de tener una

 j j..

cobertura provincial integrada a nivel nacional. Promover la organización de las Juntas Vecinales de su jurisdicción.

 

k.

Celebrar convenios institucionales en materia de seguridad ciudadana.

Componentes del CODISEC Miembros El Comité Distrital de Seguridad Ciudada Ciudadana na (CODISEC) está integrado por: 

 

  

 

El/La Alcalde/sa de jurisdicció jurisdicción, n,ble, quien el sabi Comité. dea Pres Pr esid iden ente te de dell Distrital CO CODI DISE SEC C laes in inde dele lega gabl e, bajo bapresidirá jo resp respon onsa bililida dad. d.El cargo b. El El/L /La Subprefecto Distrital. El/La Comisario/a de la Policía Nacional del Perú a cuya jurisdicción pertenece el distrito. En caso de existir más de una comisaría con jurisdicciones distintas, dentro de una misma demarcación distrital, cada comisario forma parte integrante del comité distrital. Un representante del Poder Judicial, designado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de la jurisdicción. Un representante del Ministerio Público, designado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de la jurisdicción. Dos Alcaldes/as de Municipalidades de Centros Poblados menores. En caso de existir más de dos Centros Poblados en la jurisdicción del Distrito, los miembros del CODISEC elegirán a los alcaldes que integrarán el Comité. El/La Coordinador/a Distrital de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú. Un representante de las Rondas Campesinas existentes en el distrito.

De acuerdo a la realidad particular de cada circunscripción territorial, y con el voto ap apro roba bato tori rio o de la ma mayo yorí ría a de su suss mi miem embr bros os,, el CO CODI DISE SEC C podr podrá á inco incorp rpor orar ar a representantes de otras entidades públicas y privadas, así como representantes de organizaciones sociales que considere pertinente. Todos los miembros del CODISEC están obligados a asistir y participar personal personalmente mente en sus sesiones, bajo responsabilidad. El quórum para el desarrollo de las sesiones se contará únicamente con integrantes, siendo este el de la mitad más uno del número establecido en el presente reglamento. Para el cumplimiento de sus fines, los CODISEC podrán conformar grupos de trabajo con participación de profesionales especializados. Funciones del CODISEC Son funciones del CODISEC las siguientes: a.

Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana,, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y Ciudadana distrital, y articulado con los instrumentos del SINAPLAN.

b.

Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación de planes, programas y proyec pro yectos tos de seg seguri uridad dad ciu ciudad dadana ana de rel releva evanci ncia a pro provin vincia cial,l, tom toman ando do en consideración consideraci ón las particula particularidades ridades culturales y lingüísticas de la población.

c.

Estudiar y analizar la integrantes problemática seguridad ciudadana de su jurisdicción, coordinación con los deldeComité Provincial de seguridad ciudadana.en

 

d.

Promover la articulación interinstitucional interinstitucional a nivel distrital para el cumplimi cumplimiento ento de los compromisos establecidos en los planes y programas.

e.

Informar trimestr Informar trimestralme almente nte a la secr secretari etaria a del COPROSE COPROSEC, C, a travé travéss del/d del/de e la Presidente/a del Comité, respecto del cumplimiento e implementación de las políticas nacionales, regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana, así como del plan nacional de seguridad ciudadana.

f.

f.para Realizar de manera ordinaria, poravances, lo menoslogros una (1) consulta pública trimestral informar sobre las acciones, y dificultades en materia de seguridad ciudadana a nivel distrital, debiendo para tal efecto convocar a las organizaciones organizaci ones vecinales, sociales, religiosa religiosas, s, culturales, educat edu cativa ivass y de depor portiv tivas, as, coord coordin inado adores res zon zonal ales es de seg seguri urida dad d ciu ciuda dadan dana, a, integrantes de mesas de concertación, en los lugares donde exista, entidades del sector comercial y empresarial, instituciones privadas y otras que estime pertinente. Elabor Ela borar ar el in infor forme me tri trime mestr stral al de cum cumpl plimi imient ento o de los los pla planes nes,, pro progra gramas mas y proyectos de Seguridad Ciudadana del distrito.

g. h.

Promover y articular estrategias de prevención de la violencia y el delito, dando pri priori oridad dad a lo loss ter territ ritori orios os más vul vulner nerab ables les de la jurisd jurisdicc icció ión, n, tom tomand ando o en consideración consideraci ón las particula particularidades ridades culturales y lingüísticas de la población.

i.

Dirigir los procesos de implementación, monitoreo, evaluación y ajuste del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana, sobre la base de los lineamientos establecidoss por la Secretaría Técnica del CORESEC. establecido

 j j..

Sistemati Sistem atizar zar la in infor formac mación ión est estad adísti ística ca de seg seguri urida dad d ciu ciudad dadan ana, a, par para a su respectiva remisión a la Secretaría Técnica del COPROSEC.

k.

Promover la creación de mecanismos de transparencia, rendición de cuentas y vigilancia ciudadana del CODISEC.

l.

Consolid Conso lidar ar la est estruc ructur tura a y el fun funcio ciona namie miento nto de la Sec Secret retarí aría a Téc Técni nica ca del CODISEC.

m.

Colaborar con la Policía Nacional del Perú en los asuntos que le solicite en materia de seguridad ciudadana.

Secretaría Técnica del CODISEC El CODISEC cuenta con una Secretaría Técnica como el órgano técnico, ejecutivo y de coordinación del Comité, la cual contará con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana, en base a los perfiles que aprueba. Cada Municipalidad Distrital determina el órgano o área que asumirá las funciones de la Secretaría Técnica del CODISEC. Dicho órgano o área debe ejercer funciones relacionadas a la seguridad ciudadana. Funciones de la Secretaría Técnica del CODISEC La Secretaría Técnica del CODISEC tiene las siguientes funciones: a.

Presentar ante el sComité Distrital de Seguridad la propuesta de vas los planes, plan es, prog programa ramas y proy proyectos ectos de segu segurida ridad d Ciudadana ciud ciudadan adana a en sus respecti respectivas  jurisdicciones,  jurisdiccio nes, verificand verificando o su cumplimie cumplimiento nto en el marco de los lineamien lineamientos tos

 

establecidos en el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. b. Supervisar el cumplimiento de los planes, programas y proyectos distritales de seguri seg urida dad d ciu ciudad dadana ana,, en el ma marco rco de los los lilinea neamie miento ntoss est establ ableci ecidos dos por por la Secretaría Técnica del COPROSEC. b.

Elaborar el informe de evaluación de su Comité Distrital de Seguridad Ciudadana.

c.

 Articular permanentemente con los del distrital. CODISEC para fortalecer la seguridadpermanente ciudadana mente en el ámbito deintegrantes la jurisdicción

d.

 Articular permanen permanentemente temente con las Secretarías Técnicas del CORESEC y CONASEC para recibir asistencia técnica descentralizada descentralizada..

e.

Promover Promov er la art articu iculac lación ión in inter terin insti stituc tucio iona nall para para ate atende nderr integr integral almen mente te la problemática de la inseguridad ciudadana, con énfasis en la prevención focal foc aliza izada da y la mi mitig tigaci ación ón de los fac factor tores es de riesgo riesgo,, dando dando pri priori oridad dad a los territorio terri torioss más vuln vulnerab erables les de la juri jurisdic sdicción ción,, toma tomando ndo en cons consider ideració ación n las particularidades culturales y lingüísticas de la población

f.

Preparar la información estadística de seguridad ciudadana, para su respectiva remisión a la Secretaría Técnica del COPROSEC.

g.

Promover la participación ciudadana para fortalecer la seguridad ciudadana y la conformación de Juntas Vecinales.

h.

Coordin Coord inar ar lo loss lilinea neamie miento ntoss y esp especi ecific ficaci acion ones es téc técnic nicas as para para gar garan antiz tizar ar la estandarización e interoperabilidad de los sistemas de radio y video vigilancia y radio comunicación con los sistemas de la Policía Nacional del Perú, a fin de tener una cobertura distrital integrada a nivel nacional.

Competencia de los COPROSEC En los distritos capitales de provincia. Las Municipalidades Provinciales instalarán sus Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana, los cuales también tendrán competencia dentro del distrito capital de la provincia. En este caso no será necesario instalar un Comité Distrital.” Sesiones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana Las sesiones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana pueden ser: a.

Ordinarias: se realizan por lo menos una vez cada dos meses, previa convocatoria e instalación por parte de sus presidentes presidentes..

b.

Extraordi Extrao rdina naria rias: s: son convo convocad cadas as por por sus pre presid siden entes tes cua cuando ndo lo est estime imen n necesario, o a petición de la mayoría simple de sus miembros, con el propósito de atender temas prioritarios relacio relacionados nados a la seguridad ciudadana.

Existe quórum para las sesiones cuando se encuentre presente la mitad más uno de los miembros del respectivo Comité Regional Regional,, Provincial o Distrital. El presidente del Comité que no convoque a sesión ordinaria por lo menos una vez cada dos meses, será pasible de suspensión en el cargo, conforme a lo establecido en el

 

artículo 25 de la Ley 27792, Ley Orgánica de Municipalidades, y artículo 31 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Regionales. Los miembros de las instancias de coordinación participan en sus sesiones con derecho a voz y voto. Los invitados solo tienen derecho a voz. Las Secretarías Técnicas son responsables de registrar y conservar los Libros de  Actas de las sesiones sesiones y acuerdo acuerdoss del respectiv respectivo o Comité.

Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019 - 2023 El Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019 – 2023 (PNSC 2019-2023), es el principal instrumento de gestión del Estado Peruano en materia de seguridad ciudadana, que orienta la implementación de la política pública para fortalecer la seguridad de la población frente a un conjunto de violencias y delitos en el territorio nacional,, en el marco de la Política General de Gobierno al 2021 aprobada por Decreto nacional Supremo Nº 056-2018- PCM. Este Plan es el resultado de un proceso de planeamiento y construcción participativa liderado por el Ministerio del Interior y contó con la participación de especialistas, técni téc nicos cos y rep repres resent entant antes es de nueve nueve Min Minist isteri erios; os; ade además más de rep repres resent entan antes tes de instituciones académicas, de la sociedad civil y del sector privado. instituciones Su formulación, llevada a cabo entre febrero y octubre de 2018, es producto de un conjunto de talleres participativos, reuniones bilaterales y un trabajo de gabinete a cargo del Viceministerio de Seguridad Pública, a través de la Dirección General de Segurida Segu ridad d Ciu Ciudada dadana, na, la Dire Direcció cción n Gene General ral de Infor Informaci mación ón para la Segu Segurida ridad, d, la Dirección de Gestión del Conocimiento para la Seguridad y el Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana. El Plan Nacional de Seguridad Ciudadana contiene cuatro fases. En primer lugar, se presenta el Diagnóstico de Seguridad Ciudadana 2013 - 2018, el cual caracteriza la situación de los principales delitos durante los años de vigencia del plan anterior. En la siguiente sección, se expone una síntesis de la Evaluación del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013 - 2018. Seguido a ello, se desarrollan el Marco Conceptual y Estratégico del nuevo Plan, el Mapa Estratégico, Objetivos Estratégicos, Indicadores y Metas, además de un acápite de intervención prioritaria y una estrategia de Seguimiento y Evaluación. Finalmente se configuran las actividades, metas y ejes de intervenció intervención n del Plan.

Antecedentes El articulo 1 de la Constitución Política del Perú establece qua "La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado"; asimismo, en el inciso 22 del artículo 2 de la norma constitucional señala que "Toda persona tiene derecho (..) a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida".

 

En ese sentido, el Estado asume la obligación de adoptar medidas adecuadas para salvaguardar salvaguard ar estos derechos. La referida norma establece en su artículo44 que uno de los deberes primordiales del Estado es "(...) proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promo pro mover ver el bi biene enesta starr ge gener neral al qu que e se fun fundam dament enta a en la justi justici cia a y en el des desarr arroll ollo o integral y equilibrado de la Nación". Con el propósito de desarrollar esta finalidad, el Gobierno promulgo la Ley N°27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, que crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), como el sistema funcional encargado de asegurar  el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materi mat eria a de seg seguri urida dad d ciu ciuda dadan dana, a, des destin tinado ado a garan garantiz tizar ar la seg seguri uridad dad,, la paz paz,, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisaria de delitos y faltas". El Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana tiene como instancias de coordinación interinstitucional al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana; asi como a los Comites Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana. El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana es la máxima instancia del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su principal función es formular, conducir y evaluar las políticas en seguridad ciudadana. Esta integrado por las máximas autoridades del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y otros organismos autónomos autónomos.. En ese sentido, el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana enmarca sus actividades en el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, que se constituye como documento de gestión del Estado Peruano para fortalecer la seguridad ciudadana frente a un conjunto de delitos y violencias de gran connotación en la población.

Objetivos estratégicos El PN PNSC SC 201 2019-2 9-2023 023 tiene tiene com como o finali finalidad dad cre crear ar las las con condic dicion iones es nec necesa esaria riass para para garan gar antiz tizar ar un est estad ado o de seg seguri urida dad d ciu ciudad dadana ana que que per permit mita a el libre libre desar desarrol rollo lo,, la tranquilidad y la convivencia pacífica de los ciudadanos, en base a los siguientes objetivos estratégicos: •

Objetivo estratégico 1: Reducir los homicidios a nivel nacional Tasa de homicidios por cada 100 mil habitantes La tasa de homicidios ha tenido un crecimiento constante desde el año 2011. En base al análisis de la tendencia histórica de la tasa de homicidios, se proyecta una tendencia al alza para el año 2023.

 

AÑO

Nº de homicidios Tasa de muertes, medición PNP

AÑO

Nº de homicidios Tasa de muertes, medición PNP



20 11 16 17

201 2 196 8

20 13 20 13

201 4 207 6

20 15 22 47

20 16 24 35

20 17 24 87

5. 4

6.5

6. 6

6.7

7. 2

7. 7

7. 8

20 18 25 54

201 9 263 5

202 0 271 1

20 21 27 84

202 2 285 5

20 23 29 23

7. 9

8.1

8.3

8. 4

8.5

8. 6

Objetivo estratégico 2: Reducir el número de fallecidos por accidentes de tránsito. Tasa de fallecidos por accidentes de tránsito por cada 100 mil habitantes En el marco del de las acciones del Ministerio de Transportes; la acción en la materia se orienta a lograr la reducción del número absoluto de muertes y heridos en 50% al año 2025, en la línea con los Objetivos de Desarrollo. En el caso del número de muertes, se esperaría que las acciones se orientarán a reducir hasta el año 2025 la meta de 50% pero sobre la base del año 2018. A Ñ O Nº de muertos

Tasa de muertes, medición PNP Tasa de

201 5

201 6

201 7

201 8

201 9

202 0

202 1

202 2

202 3

296 5

269 6

282 6

324 4

301 2

278 0

254 8

236 1

208 4

9.5

8.6

8.9

10. 1

9.3

8.5

7.7

6.9

6.2

14. 6

13. 4

12. 1

10. 9

9.7

13. 5

muertes, medición OMS A Ñ O Nº de heridos

Tasa de heridos, medición PNP



201 5

201 6

201 7

201 8

201 9

202 0

202 1

202 2

202 3

5649 9

537 76

5497 0

615 12

5711 8

527 24

483 30

439 36

3954 2

181. 4

170 .8

172. 7

191 .3

175. 8

160 .6

145 .8

131 .3

117. 0

O bjetivolaEviolencia stratégiccontra o 3: las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Reducir Porcentaje de mujeres entre los 15 a 49 años de edad víctimas de agresiones

 

físicas ejercidas por el esposo o compañero en los últimos doce meses El porcentaje de mujeres entre los 15 a 49 años de edad víctimas de agresiones físicas ejercidas por el esposo o compañero en los últimos 12 meses tendrá una tendencia decreciente hacia el año 2023. En ese sentido, para el año 2023, se estima que la violencia física contra las mujeres se reducirá en 2.2 puntos porcentualess respecto al año 2018. porcentuale

 

AÑO

% de mujeres entre los 15 a 49 años de edad, vícmas de violencia fsica ejercida por el esposo o Compañero en los úlmos 12 meses

2011

20 12

20 13

201 4

2015

20 16

20 17

12.6

12 .1

11 .5

11.9

10.9

10. 2

10. 0

AÑO

% de mujeres entre los 15 a 49 años de edad, vícmas de violencia fsica ejercida por el esposo o Compañero en los úlmos 12 meses

20 18

20 19

20 20

2021

2022

20 23

9. 5

9. 1

8. 7

8.2

7.8

7.3

Porcentaje de mujeres entre los 15 a 49 años de edad, víctimas de violencia sexual ejercida por el esposo en los últimos 12 meses El porcentaje de mujeres entre los 15 a 49 años de edad víctimas de violencia sexual ejercida por el esposo en los últimos 12 meses, tendrá una tendencia decreciente hacia el año 202318. En ese sentido, se calcula que el porcentaje de mujeres víctimas de violencia sexual será de 1.8% para el año 2023. AÑO

% de mujeres entre los 15 a 49 años de edad, vícmas de violencia sexual ejercida por el esposo o compañero en los úlmos 12 meses

AÑO

% de mujeres entre los 15 a 49 años de edad, vícmas de violencia sexual ejercida por el esposo o Compañero en los úlmos 12 meses



20 11

20 12

20 13

201 4

20 15

20 16

20 17

3. 3

3. 2

3. 0

3.4

2.9

2.5

2.4

20 18

20 19

20 20

2021

2022

20 23

2. 4

2. 3

2. 1

2.0

1.9

1.8

Objetivo Estratégico 4: Promover espacios publico publico libres de robos y hurtos Porcentaje de población víctima de robo de carteras, celulares y billeteras El porcentaje de la población víctima de robo de carteras, celulares y billeteras,

 

tendrá una tendencia decreciente hacia el año 2023. En ese sentido, se estima que el porcentaje de població población n víctima de robo de carteras, celulares y billeteras se reducirá en 3.4 puntos porcentuales al año 2023.

 

AÑO

% de población vícma de robo de dinero, cartera, celular

201 3

20 14

20 15

20 16

20 17

20 18

17.1

16 .4

15. 9

14 .2

13 .4

12 .7

AÑO

% de población vícma de robo de dinero, cartera, celular



20 19

2020

2021

20 22

202 3

11 .9

11.2

10.5

9.9

9.3

Objetivo Estratégico 5: Reducir la victimización cometida por bandas criminales hacia personas naturales y jurídicas Tasa de victimización por robo de negocio por 100,000 habitantes La tasa de victimización por robo de negocio por 100,000 habitantes, tendrá una tendencia decreciente hacia el año 2023. En ese sentido, se estima que al año 2023 la tasa víctimas robo de negocio en las zonas urbanas del país será de 437.7 por de cada 100 milpor personas. AÑO

201 2

2013

20 14

2015

20 16

20 17

113 4.6

986. 7

79 1.8

679.1

69 0.5

68 1.2

AÑO

2018

2019

20 20

2021

20 22

20 23

Tasa de vicmización por robo de negocio, por cada 100 mil habitantes

589.

551.

51

488.9

46

43

0

5

8.5

2.2

7.7

Tasa de vicmización por robo de negocio, por cada 100 mil habitantes

En base al análisis de las tendencias de los objetivos estratégicos, el PNSC 20192023 establece los indicadores y metas de desempeño por cada objetivo estratégico, a ser alcanzados al año 2023: OBJETIVOS ESTRATÉGICOS OE 1: REDUCIR LOS HOMICIDIOS A NIVEL NACIONAL OE 2: REDUCIR EL NÚMERO DE FALLECIDOS  Y HERIDOS POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO

INDICADORES

LINEA BASE

META 2023

Tasa de homicidios por 100,000 hab.

7.8 (2017)

6.5

Tasa de muertes por accidentes de tránsito cada 100,000 hab.

10.1

6.2

Tasa de heridos por accidentes de tránsito cada 100,000 hab.

(2018) 191.3 (2018)

117.0

 

OE

3: REDUCIR LA VIOLENCIA CONTRA MUJERES Y   LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR

Porcentaje de mujeres entre los 15 a 49 años de edad vícmas de agresiones fsicas ejercidas por el esposo o compañero en los úlmos 12 meses

10 (2017)

6.3

 

OE 4: PROMOVER ESP ESPACI ACIOS PÚBLI ÚBLICO COSS LIBRES DE ROBOS Y  HURTOS 0E

5: REDUCIR LA VICTIMIZACIÓN COMETIDA POR BANDAS CRIMINALES HACIA PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS

Porcentaje de mujeres entre los 15 a 49 años años de edad edad víc vícma mass de violenc viol encia ia sexual sexual ejerci ejercidas das por el esposo o compañero en los úlmos 12 meses Porcentaje de población vícma de robo de carteras, celulares y billeteras Porcentaje de vícmas de robo de vehículos Tasa de vicmización por robo de negocio cada 100,000 hab. Tasa de vicmización por extorsión cada 100 mil hab. Tasa de vicmización por secuestro cada 100 mil hab.

2.4 (2017)

6.3

13.4 (2017)

9.3

2.1 (2017)

1.2

681.2 (2017)

437

402.3 (2017)

248

30.4 (2017)

16

Análisis de la ley de ejecución de las penas de prestación de servicios a la comunidad y delimitación de días libres. La aplicación técnica de la prestación de servicios a la comunidad y limitación de días libres, se encuentran contempladas como penas limitativas de derechos en el Perú, establecidas en el Código Penal y el Código de Ejecución Penal, incorporadas a nuestro ordenamiento jurídico en el Código Penal de 1912, para ser aplicadas como autóno aut ónomas mas o com como o sus sustit titut utiva ivass de la pen pena a pri privat vativa iva de liliber bertad tad,, cua cuand ndo o la pena pena remplazada en criterio del juzgador no sea superior a cuatro años. La pena de prestación de servicios a la comunidad obliga al condenado a trabajos gratui gra tuitos tos en ent entida idades des asi asiste stenci nciale ales, s, hos hospi pital talari arias, as, esc escue uela las, s, orf orfana anatos tos,, otr otras as instituciones similares u obras, siempre que sean públicos; también puede ejecutarse en instituciones privadas con fines asistencial asistenciales es o sociales. Los servicios son asignados, en lo posible, conforme a las aptitudes del condenado, debiendo cumplirse de no diezperjudiquen horas semanales, entre los días sábados, domingos o feriados,endejornadas modo que la jornada normal de su trabajo habitual. La sanción limitativa se extiende de diez a 156 jornadas de servicio; su incumplimiento tendrá como efecto convertirla convertirlass en sanción privativa de libertad. El In Inst stititut uto o Na Naci cion onal al Pe Peni nite tenc ncia iari rio o —I —INP NPE— E—,, como como órga órgano no rect rector or del del si sist stem ema a penitenciario nacional, es el encargado de coordinar con las entidades asistenciales y otras institucione institucioness simi similare laress para asignar la pres prestació tación n de serv servicio icios; s; supe supervis rvisar ar el cumplimiento cumplimie nto de la pena y comunicar al juzgado que conoció de la causa del resultado de la ejecución de la pena. Las entidades receptoras son las instituciones designadas por el Instituto Nacional Penitenciario; reciben a los sentenciados para que presten servicios comunitarios en forma gratuita, trabajo realizado en cumplimi cumplimiento ento de la pena impuesta. El proceso de ejecución de la pena de prestación de servicios a la comunidad inicia cuando el INPE recibe la copia certificada de sentencia emitida por el juez que tuvo a

 

cargo el juzgamiento, quien a su vez notifica y deriva al sentenciad sentenciado o a la Dirección de Medio Libre, para su posterior entrevista, evaluación y ubicación laboral. Se considera incumplimiento injustificado de la prestación de servicios a la comunidad la inasistencia o el abandono del trabajo; el rendimiento manifiestamente inferior en el centro laboral a pesar de requerimiento escrito y reiterado del responsable de la entida ent idad d rec recep eptor tora a de ser servic vicios ios a la com comun unida idad; d; la res resist isten encia cia o inc incum umpli plimie miento nto reiterado reite rado y man manifie ifiesto sto de las inst instrucci rucciones ones dadas por el respo responsab nsable le de la enti entidad dad receptora de servicios a la comunidad. Para que no se considere incump incumplimiento limiento de la pena, el sentenciado puede justifica justificarr su inasistencia inasistenci a inclusive por dos días consecutivos o tres días alternados durante un mes. La entidad receptora de servicios a la comunidad informará a la Dirección de Medio Libre del incumplimiento de la pena y dará cuenta del abandono del trabajo. El super supervis visor or se encar encargar gará á de hac hacer er la lass ver verifi ificac cacion iones es neces necesari arias as y notif notifica icará rá al sentenciado, bajo apercibimiento de dar cuenta al juez de la causa, para que dé las explicaciones explicacio nes necesarias de su conducta, en el plazo máximo de diez días hábiles.

Delito de violencia y resistencia a la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones y sus formas agravadas. Ley 27937 Ley que Modifica los Artículos 366 y 367 del Código Penal Artículo Único.Único.- Modificase los artículos 366 y 367 del Código Penal en los siguientes términos: Violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones El que emplea intimidación o violencia contra un funcionario público o contra la persona que le presta asistencia en virtud de un deber legal o ante requerimiento de aquél, para impedir o trabar la ejecución de un acto propio de legítimo ejercicio de sus funciones, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años o con prestación de servicio comunitario de ochenta a ciento cuarenta  jornadas. Artículo 367.- Formas agravadas En los casos de los artículos 365 y 366, la pena privativa de libertad será no menor de tres ni mayor de seis años cuando: 1. 2.

El hecho se realiza por dos o más personas. El autor es funcionari funcionario o o servidor público.

La pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de siete años cuando: 1. 2. 3.

El hecho se comete a mano armada. El autor causa una lesión grave que haya podido prever. Si el agraviado muere y el agente pudo prever este resultado, la pena será privativa de libertad no menor de siete ni mayor de quince años:

La pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de siete años cuando: 1. El hecho se comete a mano armada. 2. El autor causa una lesión grave que haya podido prever.

 

3.

El hecho se realiza en contra de un miembro de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas, Magistrado del Poder Judicial o del Ministerio Público en el ejercicio de sus funciones. Si el agraviado muere y el agente pudo prever este resultado la pena será privativa.

COMENTARIO: La creación y las modificatorias del delito de violencia y resistencia a la autoridad para el desarrollo de sus funciones tienen como finalidad sancionar un atentado que ponga en riesgo la integridad person personal al del funcionario (PNP), en el ejercicio de sus funciones, sino el irrespeto a la investidura, la reticencia a cumplir las disposiciones de la autoridad mediando la violencia física de manera real y directa o la intimidación compulsiva. La modificatoria planteada mediante esta ley, varió la estructura de dicho tipo, haciendo que los incisos 1 y 2 sean considerandos dentro del agravante de primer  grado (3 a 6 años); los dos siguientes incisos se castiguen por un nuevo agravante de segundo grado (4 a 7 años); y la muerte preterintencional a un agravante de tercer  grado (se aumenta la pena, de 7 a 15 años). Precisamente, como se señala líneas arriba, estas modificatorias se dieron como consecuencia que en el país, se vivía un clima extremo de inseguridad ciudadana, incrementado incrementad o por los medios de comunicación que trasmitían imágenes donde se veía a los los efe efecti ctivos vos de dell ord orden en en in inter terven vencio ciones nes polic policial iales es de rut rutina ina en una ext extrem rema a desigualdad ante la el avance de la criminalidad organizada, delitos de terrorismo, tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, secuestro, extorsión y trata de personas; de esta est a man manera era pen penali alizan zando do como como may mayor or se sever verida idad d la vio violen lencia cia o intim intimid idaci ación ón que puedan ejercer en contra de quienes investigan ilícitos penales, principalmente la Policía, Ministerio Público y el Poder Judicial.

Ley que regula la intervención de la Policía y el Ministerio Público en la investigación preliminar del delito.. Ley Nº 27934 Artículo 1.- Actuación de la Policía en la investigación preliminar  La Policía Nacional, en su función de investigación, al tomar conocimiento de hechos de na natu tura rale leza za de delilict ctiv iva a debe deberá rá de in inme medi diat ato o llllev evar ar a cabo cabo las las dili dilige genc ncia iass imprescindibles imprescind ibles para impedir que desaparezcan sus evidencias y, en caso de flagrante delito, proceder a la captura de los presuntos autores y partícipes, dando cuenta sin mayor dilación que el término de la distancia, en su caso, al Fiscal Provincial, para que asuma la conducción de la investigación. Cuando el Fiscal se encuentre impedido de asumir de manera inmediata la conducción de la investigación debido a circunstancias de carácter geográfico o de cualquier otra naturaleza, la Policía procederá con arreglo a lo dispuesto en el párrafo precedente, dejando constancia de dicha situación y deberá realizar según resulten procedentes las siguientes acciones: 1.

Recibir las denuncias escritas o sentar el acta de las verbales.

2.

Vigilar y proteger el lugar de los hechos a fin de que no sean borrados los vestigios y huellas del delito.

 

3. 4.

Practicar el registro de las personas, así como prestar el auxilio que requieran las víctimas del delito. Recoger y conservar los objetos e instrumentos relacionados con el delito.

5.

Practicar las diligencias orientadas orientadas a la identificación física de los autores y partícipes del delito.

6.

Recibir las declaraciones de quienes hayan presenciado la comisión de los hechos.

7.

Levantar planos, tomar fotografías, realizar grabaciones grabaciones en vídeo y demás operacioness técnicas o científicas. operacione

8.

Capturar Captu rar a lo loss pre presun suntos tos autor autores es y pa partí rtícip cipes es en cas caso o de flagra flagrante nte delit delito, o, informándoles una vez detenidos y asegurados de cuando menos los siguientes derechos: a. b. c. d. e. f.

9.

 A que se presuma presuma su inocen inocencia cia en tanto no haya sido declar declarada ada  judicialmente  judicial mente su responsa responsabilidad. bilidad.  A que se le respete respete su integrid integridad ad física y psíquica psíquica..  A ser examinado examinado por un médi médico co legista o qu quien ien haga sus vece veces. s.  A ser defendido defendido por un aboga abogado. do.  A ser informado informado de las razone razoness de su detenció detención. n.  A comunicarse comunicarse con su famili familia a o su abogado u otra persona de ssu u elección elección..

Inmovilizar los documentos, libros contables, fotografías y todo elemento material que pueda servir a la investigación, cuidando de no afectar el secreto y la inviol inv iolab abili ilidad dad de la lass com comuni unicac cacio iones nes y doc docume umento ntoss pri privad vados os con confor forme me a lo dispuesto en el artículo 2 inciso 10) de la Constitución Política del Perú.

10.  Allanar y/o ingresar ingresar en local locales es de uso públi público co o abierto al p público, úblico, en caso d de e delito flagrante. 11.

Efectuar, bajo inventario, las incautaciones necesarias en los casos de delito flagrante o peligro inminente de su perpetración.

12.

Reunir cuanta información adicional de urgencia permita la Criminalística para ponerla a disposición del Fiscal.

13.

Recibir la manifestación de los presuntos autores y partícipes de la comisión de los hechos investigado investigados. s.

14.

Solici Soli cita tarr y re reci cibi birr de in inme medi diat ato o y si sin n cost costo o algu alguno no de las las enti entida dade dess de la  Administración  Administraci ón Pública correspondientes, la información información y/o documentaci documentación ón que estime necesaria vinculada a los hechos materia de investigación, para lo cual suscribirá los Convenios que resulten necesarios, con las entidades que así lo requieran.

15.

Realizar las demás diligencias diligencias y procedimi procedimientos entos de investigaci investigación ón necesarios para el mejor esclarecimiento de los hechos investigados.

De tod todas as las dil dilig igenc encia iass esp especi ecific ficada adass en est este e art artícu ículo lo,, la Pol Policí icía a sen sentar tará á actas actas detallad deta lladas as que entregar entregará á al Fisca Fiscal,l, resp respetan etando do las form formali alidade dadess prev previstas istas para la investigación.

 

El Fis Fiscal cal du duran rante te la Inv Invest estiga igació ción n pu puede ede di dispo spone nerr lo con conven venien iente te en relac relación ión al ejercicio de las atribuciones reconocidas a la Policía. Las partes y sus abogados podrán intervenir en todas las diligencias practicadas y tomar conocimiento de éstas, pudiendo en cualquier momento obtener copia simple de las actuaciones, guardando reserva de las mismas, bajo responsabilidad disciplinaria. En caso de inobservancia del deber de reserva, el Fiscal deberá comunicar al Colegio de Abogados correspondiente para que proceda con arreglo a sus atribucion atribuciones. es. El Fiscal dispondrá, de ser el caso, el secreto de las actuaciones en la investigación por un plazo prudencial que necesariamente cesará antes de la culminación de las mismas, poniendo en conocimiento conocimiento de tal decisión a las partes.” Artículo 2.- Actividades para realizarse por parte del Ministerio Público durante la investigación preliminar  La detención y la convalidación durante la investigación preliminar  En los caso casoss de urge urgencia ncia y pel peligro igro en la demor demora, a, a fin de evit evitar ar perturb perturbació ación n en la investigación o sustracción de la persecución penal, antes de iniciarse formalmente la investigación, de oficio o a pedido de la Policía, el Fiscal podrá solicitar al Juez Penal de Turno, dicte motivadamente y por escrito, teniendo a la vista las actuaciones remitidas por aquél, la detención preliminar, hasta por veinticuatro (24) horas, cuando no se da el supuesto de flagrancia. Iniciada la investigación preliminar, exista o no flagrancia, el Fiscal podrá solicitar al Juez Penal la emisión de las medidas coercitivas establecidas en el artículo 143 del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 638. Para la investigación de los delitos perpetrados por organizaciones criminales, así co como mo de los los de delilito toss de tráf tráfic ico o ililíc ícitito o de dr drog ogas as,, lava lavado do de acti activo vos, s, terr terror oris ismo mo,, secuestro, extorsión y trata de personas, el Fiscal podrá solicitar la convalidación de la detención preliminar hasta por un plazo de siete (7) días naturales cuando: 1.

No se presente un supuesto de flagrancia delictiva o el sorprendido en flagrante delito haya evitado su detención; y,

2.

Existan para considerar persona ha las cometido cualquiera los delitos arazones que se refiere el párrafoque queuna antecede y por circunstancias delde caso, pueda existir peligro de fuga.

En flagrancia, el Fiscal podrá solicitar la convalidación de la detención preliminar hasta por un plazo de siete (7) días naturales cuando se den los supuestos previstos en el inciso 2 y para la investigac investigación ión de los delitos indicados, con excepción de los casos de tráfico ilícito de drogas, terrorismo y espionaje, para los cuales puede efectuarse la detención por un término no mayor de quince (15) días naturales, conforme a lo establecido en el literal f) del numeral 24, del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; en caso que el Fiscal decida otorgar la libertad antes del vencimiento de este plazo, ésta sólo se hará efectiva cuando el Fiscal Superior haya absuelto la consulta, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas de elevados los actuados pertinentes, los mismos que serán remitidos inmediatamente De la orden de detención preliminar.

 

Para cu Para cursa rsarr la ord orden en de det detenc ención ión pre prelilimin minar ar se req requie uiere re que que el imput imputado ado sea sea debidamente identificado con los datos correspondientes a su nombre y apellidos completos, edad, sexo, lugar y fecha de nacimiento. a)

La orden de detención deberá ser solicitada y puesta en conocimiento de la Policía a la brevedad posible, de manera escrita bajo cargo, quien la ejecutará de inmediato. Cuando sea necesario, podrá solicitarse la medida y ordenarse el cumplimiento de detención por correo electrónico, facsímil, telefónicamente u otro medio de comunicación válido que garantice la autenticidad del mandato  judicial. En todos estos casos, la comunica comunicación ción deberá contener los datos de identidad personal del requerido.

b)

Las requisitori requisitorias as a que se refi refiere ere el prese presente nte artículo cursad cursadas as a la autorid autoridad ad polici pol icial al ten tendrá drán n una vig vigenc encia ia de sei seiss mes meses. es. Ven Vencid cido o este pla plazo zo caduc caducará arán n automáticamente automáticamen te bajo responsabi responsabilidad, lidad, salvo que fuesen renovadas” renovadas”.. (*)

(*) Artículo incorporado por el Artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 989, publicado el 22  julio 2007. 2007. De la oportunidad del Auto de convalidación En flagrancia, dentro del plazo de detención previsto en el literal f) del numeral 24, del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, en el caso que el Fiscal solicite la conval con valida idació ción n de la deten detenció ción n pre prelilimin minar, ar, de debe be pre previa viamen mente te pon poner er al deten detenido ido a disposición del Juez Penal de Turno, para que: a.

Verifique su identidad con la asistencia de su abogado defensor o el de oficio, garantizando garantizand o el cumplimien cumplimiento to de sus derechos fundamentales; y,

b.

Dicte en el día la resolución que corresponda respecto a la convalidación de la detención preliminar solicitada.

En caso de ser procedente, dispondrá el retorno del detenido al centro de detención policial que corresponda a disposición del Fiscal y en caso contrario, dispondrá que continúe la investigación con el imputado en la calidad de citado. Cuando no se presente el supuesto de flagrancia, el Juez debe resolver la solicitud del Fiscal en elpreviamente día de recibida. Para con tal efecto, el Fiscal dentro del plazo de laaldetención preliminar solicitada las actuaciones practicadas, pondrá detenido a disposición del Juez Penal de Turno para que se pronuncie sobre la convalidación solicitada con arreglo al párrafo preceden precedente”. te”. (*) (*) Art Artícu ículo lo iinco ncorpo rporad rado o po porr el Art Artícu ículo lo 1 de dell De Decre creto to L Leg egisl islati ativo vo N N°° 98 989, 9, p pub ublilicad cado o el 22 julio 2007. De la motivación del auto de convalidación El auto de convalidación, deberá contener los datos de identidad del imputado, la exposición sucinta de los hechos objeto de imputación, los fundamentos de hecho y de derecho, las circunstancias del caso concreto de las que pueda desprenderse peligro de fuga, con mención expresa de las normas legales aplicables”. (*) Artículo incorporado incorporad o por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 989, publicado el 22 julio 2007.

 

De los deberes de la Policía Cuando se ha procedido a la detención, la Policía Nacional debe observar lo siguiente: a.

El efectivo de la Policía que ha efectuado la detención en flagrancia f lagrancia,, informará al deteni det enido do la im imput putaci ación ón que se le atr atribu ibuye ye com comun unica icando ndo inm inmedi ediata atamen mente te tal hecho al Ministerio Público.

b.

En los casos de detención preliminar judicial sin flagrancia, informará al detenido sobre la imputación que se le atribuye y la autoridad que ha ordenado su detención. Asimismo, la Policía comunicará la medida inmediatamente al Fiscal, quien pondrá al detenido a disposición del Juez que dictó la orden de detención pr prel elim imin inar ar al form formal aliz izar ar la de denu nunc ncia ia corr corres espo pond ndie ient nte e o para para soli solici cita tarr la convalidación convalida ción de la detención preliminar.

c.

En todos los casos, la Policía informará al detenido de los derechos que le asiste”(*)

(*) Artículo incorporad incorporado o por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 989, publicad publicado o el 22 julio 2007. De las facultades del Juez En los casos de convalidación de la detención preliminar, el Juez de turno está facultado para adoptar las siguientes medidas: a.

Constituirse, a requerimiento del detenido, al lugar donde se encuentre y averiguar el avance de las investigaciones y el estado de su salud. En caso de advertir la afectación indebida del derecho de defensa o de irregularidades que perjudiquen gravemente el éxito de las investigaciones, pondrá tales hechos en conocimiento conocimien to del Fiscal a cargo de la investigación, quien dictará las medidas de correcció corre cción n que corresp corresponda ondan, n, en un plaz plazo o no mayor de vein veinticu ticuatro atro horas, debiendo poner en conocimiento del Juez, tales medidas. De no adoptar las medidas de corrección necesarias, el Juez pondrá en conocimiento de ello al Fiscal Superior competente, para que proceda con arreglo a sus atribuciones.

b.

Disponer, de oficio o a pedido del detenido, su abogado o cualquier familiar de éste, el inme inmediat diato oyrecon reconocim ocimiento médico lega legall de aquél, en el térm término ino de la distancia, siempre cuando eliento Fiscalmédic no loohubiera ordenado.

c.

 Autorizar, el traslado traslado del detenido de un llugar ugar a otro de la Repúbl República, ica, después de efectuado el reconocimiento médico legal, previo pedido fundamentado del Fiscal Fis cal,, cua cuando ndo la med medid ida a sea est estric rictam tament ente e nec necesa esaria ria par para a el éxi éxito to de la invest inv estig igaci ación. ón. La dur duraci ación ón de dic dicho ho tra trasla slado do no pod podrá rá exc exced eder er del del pla plazo zo se seña ñala lado do pa para ra la co conv nval alid idac ació ión n de la dete detenc nció ión n y, debe deberá rá ser ser pues puesto to en conocimiento conocimien to del Fiscal y del Juez del lugar de destino” (*)

(*) Artículo incorporad incorporado o por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 989, publicad publicado o el 22 julio 2007. De las facultades del Fiscal Vencido el ente plazodenuncia de la convalidación la detención, el Fiscal deberá presentarque la correspondiente correspondi ante el Juez de competente, pudiendo solicitar las medidas estime conveniente o, en caso contrario, disponer la libertad del detenido” (*)

 

(*) Artículo incorporad incorporado o por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 989, publicad publicado o el 22 julio 2007. De la Apelación En caso de formularse apela apelación ción contra el auto de detención preliminar o contra el que dispone la convalidación se debe observar lo siguiente: a.

Contra el auto que contiene la orden de detención preliminar o la convalidación, en su caso, procede recurso de apelación. El plazo para apelar es de un día. La apelación no suspende la ejecución del auto impugnado.

b.

El Juez elevar elevará á los actuado actuadoss inme inmediat diatamen amente te al supe superior rior jerárq jerárquico uico,, el que resolverá previa vista de la causa, la misma que será fijada dentro de las cuarenta y ocho horas de recibidos los autos.

La decisión se expedirá el día de la vista o al día siguiente, bajo responsabilida responsabilidad.” d.” (*) Artículo incorporad incorporado o por el Artículo 1 del Decreto Legislati Legislativo vo Nº 989, publicad publicado o el 22 julio 2007. De otras medidas que pueda adoptar el Fiscal a fin de optimizar el resultado de la investigación preliminar el Fiscal, podrá disponer lo siguiente: Cuando se trate de diligencias preliminares que afecten actividades propias de la delincuencia organizada, y en tanto existan indicios de su comisión, podrá autorizar a miembros especializados de la Policía Nacional del Perú y teniendo en cuenta su necesidad a los fines de la investigación, actuar bajo identidad supuesta y adquirir y transportar los objetos, efectos e instrumentos del delito y diferir la incautación de los mismos. La identidad supuesta será otorgada por la Dirección General de la Policía Nacional del Perú por el plazo de seis (6) meses, prorrogables por el Fiscal por  períod per íodos os de ig igual ual durac duració ión n mie mientr ntras as pe perdu rduren ren las con condic dicion iones es para para su emp empleo leo,, queda que dando ndo leg legíti ítimam mament ente e habi habilit litado adoss pa para ra act actua uarr en tod todo o lo rel relaci acion onado ado con la investigación investigaci ón concreta y a participa participarr en el ámbito jurídico y social bajo tal identidad. En tanto sea indispensable para la realización de la investigación, se pueden crear, cambiar y utilizar los correspondien correspondientes tes documentos de identidad identidad.. El Fiscal, cuando las circunstancias así lo requieran requieran,, podrá disponer la utilización de un agente especial, entendiéndose como tal al ciudadano que, por el rol o situación en que está inmerso dentro de una organización criminal, opera para proporcionar las evidencias incriminatorias del ilícito penal. La designación de agentes encubiertos, deberá consignar el nombre verdadero y la identidad supuesta con la que actuarán en el caso concreto. Esta decisión será reservada y deberá conservarse fuera de las actuaciones con la debida seguridad. Una copia de la misma se remite a la Fiscalía de la Nación, que bajo las mismas condiciones de seguridad, abrirá un registro reservado de aquellas. La información que vaya obteniendo el agente encubierto deberá ser puesta a la mayor brevedad posible en conocimiento del Fiscal. Dicha deberá aportarse proceso en su integridad y será por el órganoinformación jurisdiccional competente. De aligual manera, esta información sólovalorada puede ser 

 

utilizada en otros procesos, en la medida en que se desprendan de su utilización conocimientos necesarios para el esclarecimiento de un delito. La identidad del agente encubierto se puede ocultar al culminar la investigación en la que intervino. Asimismo, es posible la ocultación de la identidad en un proceso, siempre que se acuerde mediante resolución judicial motivada y que exista un motivo razonable que haga temer que la revelación pondrá en peligro la vida, la integridad o la libertad del agente encubierto o agente especial, o que justifique la posibilidad de continuar utilizando la participación de estos últimos. Si con la actuación del agente encubierto o del agente especial pudiera lesionarse algún derecho fundamental, deberá solicitarse previamente autorización al Juez Penal de turno, quien dispondrá lo conveniente de conformidad con la Constitución Política del Perú, adoptando además las medidas que el caso requiera. Este procedimiento será especialmente reservado. El agente encubierto estará exento de responsabilidad penal por aquellas actuaciones que sean consecuencia necesaria del desarrollo de la investigaci investigación, ón, siempre que guarden la debida proporcionalid proporcionalidad ad con la finalidad de la misma y no constituyan una manifiesta provocación al delito” (*) (*)  Artículo incorporado por el Artículo 1 del Decreto Legislativ Legislativo o Nº 989, publicad publicado o el 22  julio 2007. 2007. Artículo 3.- Orden de detención. Ejecución Habiendo ordenado el Juez Penal la detención preventiva solicitada por el Fiscal ésta deberá ser puesta en conocimiento de la Policía Nacional del Perú a la brevedad posible, de manera escrita bajo cargo, quien la ejecutará de inmediato. Sin Sin pe perj rjui uici cio o de lo expu expues esto to en el pá párr rraf afo o ante anteri rior or y debi debido do a ci circ rcun unst stan anci cias as extraordi extra ordinari narias as podr podrá á orde ordenars narse e el cump cumplimi limiento ento del mand mandato ato judi judicial cial por corre correo o electrónico, facsímil, telefónicamente u otro medio de comunicación válido que garantice la veracidad del mandato judicial. COMENTARIO: La detención policial en flagrancia es de 48 horas, desde el 10 de mayo de 2017 esto debido a la modificación constitucional del literal f del inciso 24 del artículo 2º de la Constitución, contenida en la Ley Nº 30558. Constitución, Este importante cambio, que afecta la libertad de todos los ciudadanos y empodera a la Policía para la persecución del delito, presenta ciertas peculiaridades, el Juez, mediante resolución escrita y motivada, y el Policía, en caso de flagrante delito, son los únicos autorizados para detener a un ciudadano. Por flagrante delito se entiende que: a. el agente es descubierto en la realizac realización ión del delito, b. el agente acaba de cometer el hecho punible y es descubierto, c. el agente ha huido y ha sido identificado (por el agraviado, testigos o medios audiov aud iovisu isual ales) es) dur duran ante te o in inmed mediat iatame amente nte des despué puéss del del hecho hecho deli delicti ctivo vo y es encontrado dentro de las 24 de producido el acto ilícito, d. el agente es encontrado dentro de las 24 horas después del acto ilegal o con los efectos o instrumentos del delito que indiquen su participación en el hecho delictuoso; excepto terrorismo,criminales, espionaje,siendo tráfico el ilícito de de drogas y los delitos cometidos por organizaciones plazo detención de 15 días naturales.

 

Hay que tener en cuenta que este es un plazo máximo de detención. Una vez acabado este plazo la Policía debe dar cuenta al Ministerio Público y al Juez, quien puede asumir jurisdicción antes de vencidas las horas/días de la detención. Por los delitos de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas. La Ley Nº 30558 introduce los delitos cometidos por organizaciones criminales. Una Un a org organ aniza izació ción n cri crimin minal al es def defini inida da com como o cua cualqu lquie ierr agr agrup upaci ación ón de tre tress o más personas que se reparten diversas tareas o funciones, cualquiera sea su estructura y ámbito de acción, que, con carácter estable o por tiempo indefinido, se crea, existe o funciona, funci ona, inequív inequívoca oca y dire directame ctamente, nte, de mane manera ra conc concertad ertada a y coor coordina dinada, da, con la finalidad de cometer uno o más delitos graves. Puede realizar el registro del detenido y su identificación; recoger y conservar los objetos relacionados al delito; recibir la manifestación de los supuestos autores y partícipes de los hechos investigados (con presencia de su abogado defensor), entre otros. Dichos actos de investigación deben constar en actas que se entregarán al Fiscal. La Policía no puede negar al investigado saber la razón de su detención, ni impedirle hacer llamadas o actos de comunicación, de forma inmediata, con sus familiares, el abogado que libremente escoja para su defensa u otra persona que designe. Tiene como deber además abstenerse de emplear medios coercitivos, intimidatorios o contrarios a su dignidad. Por ejemplo, no está permitido someter al investigado al “detector de mentiras”. Además de informar al médico legista o a un profesional de la salud, cuando el estado del investigado así lo requiera. El Código Procesal Penal, promulgado mediante el Decreto Legislativo Nº 957 del 24 JUL.2004, establece en los artículos 67º y 68º del capítulo II, título I, sección IV del Libro Primero, la función de investigación y atribuciones de la Policía. El citado primer artículo, señala que "La Policía Nacional en su función de investigación debe, inclusive por propia iniciativa, tomar conocimiento de los delitos y dar cuenta inmediata al Fiscal, sin perjuicio de realizar las diligencias de urgencia e impres imp rescin cindib dibles les par para a imp impedi edirr sus con conse secue cuenci ncias, as, indiv individ idual ualiza izarr a sus aut autore oress y partícipes, reunir y asegurar los elementos de prueba que puedan servir para la aplicación de la Ley Penal". Con lo cual se reconoce plenamente que una de las funciones de la Policía Nacional del Perú es la "función de investigación" y específicamente de delitos; sin embargo ésta ésta si siem empr pre e esta estará rá su suje jeta ta a la co cond nduc ucci ción ón del del Fi Fisc scal al;; es má más, s, el nume numera rall 2 taxativam taxat ivamente ente refi refiere: ere: "Los policía policíass que real realicen icen funciones funciones de inve investiga stigación ción están ob obliliga gado doss a ap apoy oyar ar al Mi Mini nist ster erio io Pú Públ blic ico o pa para ra llllev evar ar a cabo cabo la inve invest stig igac ació ión n preparatoria", lo que corrobora de sobremanera los antes expresado. El segundo artículo aludido establece las atribuciones de la Policía, precisando que en función de investigación y bajo conducción del Fiscal la policía podrá realizar. Por otro lado, todas las diligen diligencias cias especificadas, la Policía sentará actas detallada detalladass las que se entregará al Fiscal; asimismo que la Policía respetará las formalidades previstas para la investigación; y finalmente que el Fiscal durante la investigación preparatoria puede disponer lo conveniente en relación al ejercicio de las atribuciones reconocidas a la Policía, que quiere que laPúblico institución tendrá de necesariamente unay relación lodirecta con eldecir Ministerio parapolicial le ejecución las diligencias procedimientos de investigación.

 

Por último, establece que el imputado y su defensor podrán tomar conocimiento conocimiento de las diligencias diligenci as practicadas por la policía y tendrán acceso a las investigacione investigacioness realizada realizadas, s, en este caso se debe entender que ello se hará con conocimiento y autorización del Fiscal Fis cal;; ten tenie iendo ndo en con consid sidera eraci ción ón que que pue puede de darse darse la pos posibi ibilid lidad ad de haber haberse se decretado la reserva o el secreto de la investigación, conforma lo dispone el artículo 324º del citado Código Procesal Penal, en cuyo supuesto, esta deberá concluir antes de la culminaci culminación ón de la investigación preparatoria.

Ley de condiciones del ejercicio de la legítima defensa. Ley N° 27936 Artículo 1.- MODIFICA LEGÍTIMA DEFENSA Modifíquese el artículo 20 numeral 3, literal b) del Código Penal, el cual quedará redactado de la siguiente manera:  Artículo 20.- Causas Causas eximentes Está exento de responsabilidad penal: 3.(...) b. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla repelerla.. Se excluye para la valoración de este requisito el criterio de proporcionalidad de medios, considerándose considerán dose en su lugar, entre otras circunstancias, la intensidad y peligrosidad de la agresión, la forma de proceder del agresor y los medios de que se disponga para la defensa. Artículo 2.- EVALUACIÓN DE LA LEGÍTIMA DEFENSA Una vez invocada la legítima defensa debe ser materia de evaluación y decisión por  parte del Ministerio Público, para efectos de abstenerse de ejercer la acción penal, de formular acusación o de retirar la acusación ya emitida.

Protocolo intervención en flagrancia y derechos Objetivo: Fortalecer la actuación policial durante la detención en flagrancia delictiva, con estricto respeto del derecho de defensa. Conceptos La flagrancia delictiva Previo al abordaje de la figura legal denominada arresto ciudadano, es necesario definir  el concepto de flagrancia. Esta definición es un tema que aún se mantiene en debate a nivel doctrinario doctrinario,, de esta manera suele distinguirse 3 supuestos: 

Flagrancia estricta: Cuando el sujeto es sorprendido en el mismo acto de estar ejecutando el delito.



Cuasiflagrancia: Cuasiflagra ncia: Cuando ya se ha ejecutado el delito, pero es detenido poco

 

después ya que no se le perdió de vista desde entonces, y

 



Presunción de flagrancia: Cuando sólo hay indicios razonables que permiten pensar que es el autor del delito. Ahora, la Real Academia de la Lengua Española refiere que la flagrancia es el mismo momento de estarse cometiendo un delito, sin que el autor haya podido huir. Luego, tenemos como otra definición qu que e el deli delito to flag flagra rant nte, e, es cu cuan ando do se ha come cometitido do públ públic icam amen ente te y cuyo cuyo perpetrador ha sido visto por muchos testigos.

Con la definición legal de lo que es la flagrancia delictiva, también es importante establecer los dos requisitos insustituibles insustituibles y constitutivos de dicha figura; así tenemos: a.

b.

Inmediatez temporal: En primer lugar, hay que tener en consideración que flagrancia y consumación no coinciden temporalmente; en segundo punto, la flagra flagranci ncia a –en su con concep cepto to est estric rictoto- imp implic lica a sor sorpre prende nderr al suj sujeto eto duran durante te o inmediatamente después de la perpetración del delito, es decir, cuando éste se hubiera cometido instantes antes. Inmediatez personal: Este elemento exige que el sujeto sea sorprendido en el lugar de la comisión del supuesto hecho delictivo o en sus inmediaciones luego de la persecución. Sin embargo, en ambos casos se requiere que el sujeto esté relacionado a los instrumentos u objetos que evidencien su participación en el mismo.

Artículo 259°. - DETENCIÓN POLICIAL EN FLAGRANCIA (NCPP) La Policía Nacional del Perú detiene, sin mandato judicial, a quien sorprenda en flagrante delito. Existe flagrancia cuando: 1. 2. 3.

4.

El agente es descubierto en la realización del hecho punible. El agente acaba de cometer el hecho punible y es descubierto. El agente ha huido y ha sido identificado durante o inmediatamente después de la perpetración del hecho punible, sea por el agraviado o por otra persona que haya presenciado el hecho, o por medio audiovisual, dispositivos o equipos con cuya tecnología se haya registrado su imagen, y es encontrado dentro de las veinticuatro (24) horas de producido el hecho punible. El agente es encontrado dentro de las veinticuatro (24) horas después de la perpetración del delito con efectos o instrumentos procedentes de aquel o que hubieren sido empleados para cometerlo o con señales en sí mismo o en su vestido que indiquen su probable autoría o participación en el hecho delictuoso

Ley que modifica el art.259° y art.260° del código procesal penal, referidos a la detención policial y arresto ciudadano en flagrante delito. Ley N° 29372 Artículo 259.- DETENCIÓN POLICIAL 1.

La Policía detendrá, sin mandato judicial, a quien sorprenda en flagrante delito. Existe flagrancia cuando el sujeto agente es descubierto en la realización del hecho punible, o acaba de cometerlo, o cuando: a.

Ha huido y ha sido identificado inmediatamente después de la perpetración del hecho punible, sea por el agraviado, o por otra persona que haya presen pre sencia ciado do el hec hecho ho,, o por med medio io audio audiovis visual ual o análo análogo go que que hay haya a registrado imágenes imágenes de éste y, es encontrado dentro de las 48 horas (*) de producido el hecho punible.

 

b.

2.

Es encontrado dentro de las 48 horas (*), después de la perpetración del delito con efectos o instrumentos procedentes de aquél o que hubieren sido empleados para cometerlo o con señales en sí mismo o en su vestido que indiquen su probable autoría o participación en el hecho delictuoso.

Si se tratare de una falta o de un delito sancionado con una pena no mayor de dos años de privación de libertad, luego de los interrogatorios de identificación y demás actos de investigación urgentes, podrá ordenarse una medida menos restrictiva o su libertad.

Artículo 260.- ARRESTO CIUDADANO. 1.

En los casos previstos en el artículo anterior, toda persona podrá proceder al arresto en estado de flagrancia delictiva.

2.

En est este e caso caso de debe be ent entreg regar ar in inmed mediat iatame amente nte al arr arrest estado ado y las las cos cosas as que constituyan el cuerpo del delito a la Policía más cercana. Se entiende por entrega inmediata el tiempo que demanda el dirigirse a la dependencia policial más cercana o al Policía que se halle por inmediaciones del lugar. En ningún caso el arresto autoriza a encerrar o mantener privada de su libertad en un lugar público o privado hasta su entrega a la autoridad policia policial.l. La Policía redactará un acta donde se haga constar la entrega y las demás circunstancias de la intervención.

La constitucionalidad del arresto ciudadano La figura del arresto ciudadano, ha generado un debate en torno a su constitucionalidad, pues como es sabido la Constitución del Estado en su artículo 2º inciso 24), literal f), establece dos supuestos: la detención policial en caso de flagrancia (detención prejudicial) y la detención por  orden escrita de Juez (detención judicial).  Al respecto, tenemos dos interpretacio interpretaciones nes posibles. La primera, basándose en la litera literalid lidad ad del re refer ferid ido o dis dispos positi itivo vo con consti stituc tucio iona nal,l, sos sostie tiene ne que sól sólo o exi existe sten n dos dos posibilidades posibilid ades de detención detención:: una detención judicial, es decir, por mandamiento escrito y motivado del juez en un proceso penal, y la otra detención policial, que sólo procede en casos de delito flagrante. De acuerdo con esta interpretación se habría incorporado un supuesto de detención no previsto constitucionalmente y que ha sido introducido mediante una ley ordinaria ordinaria.. La segunda, y que consideramos la interpretación mas adecuada, es que el arresto ciudadano si bien es una innovación respeto al recorte de la libertad, no es una detención propiamente dicha sino una aprehensión hecha por particulares que consiste en coger, prender, o asegurar a una persona cuando está cometiendo un delito flagrante; por lo de cual no contradice el ymandato que para su ejecución requiere ciertos requisitos; si bien laconstitucional, interpretaciónademás constitucional de los derechos fundamentales es restrictiva, también es cierto que la propia Norma Fundamental

 

autoriza la restricción de la libertad personal en los casos previstos expresamente en la ley en tal sentido no se le puede hacer reparos de inconstitucionalid inconstitucionalidad. ad. Características del arresto ciudadano El ar arre rest sto o ci ciud udad adan ano, o, co como mo figu figura ra le lega gal,l, esta esta prov provis ista ta de ci cier erto toss requ requis isititos os indispensables para su configuración, pues, de no ser así dicha institución carecería de legitimidad y validez, al margen de que se podría generar abusos y arbitrariedades con la consecuente limitación de la libertad ambulatoria. Es pues, que, en este contexto, se diferencian como condiciones normativas necesarias las siguientes características: 1.

Debe realizarse por particulares cuando exista flagrancia delictiva en la forma que el artículo 259º del CPP establece. Aquí no existe distingo en quien, y cuantos pueden realizar la aprehensión, pudiendo recaer dicha acción en un testigo, personal de la municipalidad (serenazgo), personal policial que no se encuentre de servicio, agrupaciones u organizaciones vecinales de seguridad pública, vigilantes particulares particulares y hasta la propia víctima;

2.

Una vez Una vez rea realilizad zado o el arr arrest esto o ciu ciuda dadan dano, o, la per perso sona na apreh aprehen endid dida a debe debe ser  entregada junto con los objetos vinculados con el delito a la autoridad policial más cercana.

3.

Esto se justifica en el sentido que la conducta del particular sólo se dirige a aprehend apre hender er temp temporal oralmente mente al deli delincue ncuente nte cuan cuando do está come cometien tiendo do un deli delito to flagra flagrante nte,, par para a pos poster terio iorme rmente nte con conduc ducirl irlo o a la aut autori oridad dad pol polici icial al que es la encargada de la investigación pertinente; y,

4.

Se debe elaborar un acta, donde conste la entrega y las circunstancias de la intervención. Entiéndase que la elaboración del acta debe ser realizada por la autoridad policial, en donde se consignará las circunstancias del hecho y los objetos encontrados que vinculan al aprehendido, las condiciones físicas y de salud del mismo y la identidad de ciudadano que realizó el arresto.

Consideramos que el arresto ciudadano es una forma subsidiaria de que los particulares puedan colaborar facultativamente con la administración de justicia en la aprehensión sorprendido en la de realización un delito; voluntaria quedenoquien debees distraer las acciones la PolicíadeNacional en colaboración garantizar el orden interno, el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas y el normal desarrollo de las actividades ciudadanas, ya que es el principal órgano encargado de la detención de los delincuentes. De otro lado, también inferimos que sea poco probable su aplicación por el ciudadano común, ya que el riesgo de realizar una aprehensión lo expondría a la peligrosidad de los delincuentes que mayormente están premunidos de armas y de preferencia de armas de fuego; en tal sentido los facultados directos lo constituirían los grupos organizados organizad os u organizac organizaciones iones vecinales de seguridad ciudadana y el serenazgo, por lo que debe de reglamentarse la actuación de éstos y así evitar posibles excesos.

 

Ley N° 30558 del 04MAY2017, que modifica el literal “f” del inciso 24 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú Artículo único Artículo único.. Modif Modific icac ació ión n del lilite tera rall f de dell inc incis iso o 24 del a art rtíc ícul ulo o 2º de la Constitución Política del Perú Modificase el literal f del inciso 24 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, conforme al texto siguiente: “Artículo 2°. - Toda persona tiene derecho: […] Num.24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia: […] Inc. f. Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por  las autoridades policiales en caso de flagrante delito. La detención no durará más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las investigaciones y, en todo caso, el detenido debe ser puesto a disposición del  juzgado correspondiente, dentro del plazo máximo de cuarenta y ocho horas o en el término de la distancia. Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espiona espionaje, je, tráfico ilícito de drogas y a los delitos cometidos por organizaciones criminales. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos implicados implicados por un término no mayor de quince días naturales. Deben dar  cuenta al Ministerio Público y al juez, quien puede asumir jurisdicció jurisdicción n antes de vencido dicho término”.

 

MARCO DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD CIUDADANA El patrullaje policial Concepto: Es la actividad del servicio de Policía que se realiza en el marco de la vigilancia urbana y rural a través de medios de locomoción específicos para el desarrollo de acciones preven pre ventiv tivas, as, dis disuas uasiva ivass y de con contro trol,l, ase asegur guran ando do la con convi viven venci cia a y la segur segurid idad ad ciudadana. El servicio de PATRULLAJE Y VIGILANCIA posibilita al profesional de Policía ser  parte integral del desarrollo de la comunidad a partir de la gestión en la solución de problemas de seguridad y convivencia ciudadana El patrullaje es una operación policial que cotidianamente cotidianamente realiza la PNP, con el objeto de mantener el orden público la seguridad ciudadana previniendo hechos ilícitos. Las intervenciones que tuvieran lugar durante el servicio de patrullaje policial se efectuarán de acuerdo a ley y respetando los Derechos Humanos.

Objetivo Contribuir al mantenimiento de las condiciones necesarias para la preservación de la convivencia y, en una jurisdicción determinada mediante el conocimiento, prevención, disuasión y atención de fenómenos delictivos, contravencionales u otros conflictos ciudadanos.

El patrullaje como operación policial El patrullaje como operación policial, es el conjunto de actividades realizadas por las unidades de la PNP que disponen de los medios aplicables a la prevención de actos ilícitos. El patrullaje es la primera actividad policial conocida y constituye la más importante acción contra los actos delictivos Patrullaje es la modalidad de servicio que emplea la policía para brindar seguridad a la propi pro pieda edad d y a las per person sonas as de una dem demarc arcada ada ter territ ritori oriali alida dad, d, exi existe ste patru patrulla llaje je motorizado, a pie, canino, en bicicleta, acuático, motocicleta, aéreo. Siendo el más común y el de especial consideración por el acercamiento que tiene el policía con el ciudadano. La misión del patrullaje es responder a las demandas de ayuda de los ciudadanos, así como jugar un importante papel preventivo gracias a una presencia policial constante en un territorio determinado determinado.. En est este e sen sentid tido, o, el pat patrul rullaj laje e ofr ofrece ece num numero erosas sas posib posibili ilidad dades es de con contac tacto to con la población.

 

Este acercamiento puede permitir a los policías conocer mejor las necesidades de los ciudadanos y responder mejor a las aspiraciones de la colectividad.

Condiciones o aspectos generales para la realización del patrullaje 1.

Sector: “la extensión de terreno que ha de cubrir con vigilancia el personal policial durante el servicio”.

2.

Duración: El servicio de vigilancia es de carácter permanente y organizado de acuerdo con las necesidades y características de la población y el sector. Es realizado por el personal en turnos de vigilancia cuya duración no debe exce excede derr ocho ocho ho hora rass co cont ntin inua uas. s. De acue acuerd rdo o a la nece necesi sida dad d de dell Se Serv rvic icio io el Comando dispondrá la duración del mismo En el caso del patrullaje en aeronaves este dependerá del tipo de aeronave en que se realice.

3.

4.

Seguridad: Durante el tiempo de ejecución del servicio, el personal compro com promet metid ido o de deber berá á imp imple lemen mentar tar,, ej ejecu ecutar tar y man manten tener er las las med medida idass de seguridad que sean necesarias para el cumplimiento de sus labores, evitando hechos que afecten la integridad personal. Conocimiento de la jurisdicción: Corresponde al conjunto de información levantada y registrada en la memoria memoria local y topográfica de la unidad y que hace referencia a vías de comunicación, edificacione edificacioness (viviendas, almacenes, bancos, centros comerciales, restaurantes, edificios públicos, etc.), patrones sociales y culturales, puntos críticos, entre otros, necesarios para planificar y desarrollar el patrullaje.

Actitud del policía durante el patrullaje Durante la realización del patrullaje, el personal uniformado deberá mantenerse en estado de alerta, acompañado de una actitud amable, positiva y de servicio hacia la comunidad. Esta actitud permite cumplir con su FINALIDAD de:  Prevenir la comisión de delitos, faltas y contravencio contravenciones nes  Proporciona seguridad al ciudadano  Constituye una regulación de la conducta ciudadana  Garantizar y conservar la paz social   Auxiliar a los accidentado accidentados, s, enfermos, ancia ancianos nos y niños  Información al pueblo mediante el dialogo   Actuar con iniciativa iniciativa y criterio  Permite conocer y dialogar con el vecino en la solución de sus problemas. El patrullaje es una forma o manera de prestar el servicio de vigilancia (conocido como servicio de calle) utilizada para neutralizar la comisión de delitos y faltas e incrementar  la percepción de seguridad en la zona urbana y rural.

 

La actitud del policía en una intervención Las armas de fuego, por supuesto, se sitúan como una parte importante de las posibilidades de respuesta y por ende de defensa. Nuestras armas, después de todo, son nue nuestr stra a últ última ima posi posibil bilid idad ad de de defen fensa, sa, y la hab habililida idad d en su uso en alg alguna unass situaciones puede ser la única opción que tengamos en un enfrentamiento. . Pero no acaba ahí nuestra preparación para salir ilesos. También tiene que ver con los siguientes elementos que jugarán a nuestro favor: 

El acondicionamiento mental. - Puede prepararnos para un encuentro crítico antes de que ocurra y ayudarnos a hacer frente a peligros antes, durante y después de que ocurran.



Pensar tácticamente. - Nos aportará confianza y seguridad no sólo en situaciones que podamos enfrentar día a día, sino también ante las "rarezas" extra-peligrosas que podemos encontrar, aunque sólo sea una vez en nuestra vida.



La ma mani nipu pula laci ción ón ve verb rbal al.. - Pu Pued ede e po posi sibi bililita tarr prev preven enir ir la esca escala lada da de una una confrontación y permitirnos el control no violento de una situación que está a punto de explotar o suceder.



Las habilidades físicas. - Puede mantenernos vivos y en muchos casos libres de heridas cuando no podemos recurrir a la fuerza, bien por imposibilidad física, bien por no estar justificado su uso.

Pero quizás, la más importante de todas las facetas sea la ACTITUD, elemento esencial para jugar nuestras opciones tácticas en cualquier momento y lugar.

Elementos básicos para el desarrollo del patrullaje Las unidades policiales en desarrollo del patrullaje deben portar básicamen básicamente te los siguientes elementos: 1. 2.

Uniforme reglamenta reglamentario rio Defensa de goma o Tonfa o porra

3. 4.

 Armamento y su respectiva respectiva munici munición ón Equipo de comunicaciones (radios, celulares, Avantel, equipos de transmisió transmisión n de datos) Placa de identificaci identificación ón policial Documentos de identidad personal e identificación policial Libreta de anotacione anotacioness Elementos de seguridad industrial y bioseguridad Bolígrafo Reloj Silbato Linterna Impermeable Chaleco antibalas nivel 3 Esposas metálicas

5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15.

 

Técnicas de intervención policial con fines de identificación identificación a presunto infractor. El control de identidad policial. (art.205° y 206° del código procesal penal). A.

Técnicas de Intervención Policial Toda intervención policial, por lo general, debe ser efectuada como mínimo por dos efectivos policiales, debiendo ser  planificada apenas se tenga cono- cimiento de ella (no necesariamente en un documento), definiendo los roles que le corresponda cumplir a cada efectivo policial. P1 será el que se encargue de efectuar el contacto con la persona a intervenir; P2 prestará la seguridad respectiva. En caso que la intervención sea ejecutada por dos efectivos a pie, éstos deben formar en lo posible un cono de seguridad, en cuya base deben ubicarse los policías interventores, y en el vértice o punto medio proyectado del cono el presunto infractor.

1.

Aspe As pect ctos os im impo port rtan ante tess a te tene nerr en cu cuen enta ta:: a.

Actitud de la persona a ser intervenida El efectivo policial debe tener en cuenta el comportamiento de la persona pers ona a inte interven rvenir, ir, que puede ser de cola colabora boración ción,, resi resistenc stencia ia pasiva o activa, llegando inclusive a la agresión letal.

b.

Percepción del riesgo Este Es te as aspe pect cto o va má máss al allá lá de la pe pers rson ona a a in inte terv rven enir ir.. Se de debe be considerar las características del lugar de la intervención (ubicación, estructuras desconocidas, callejones, edificaciones, iluminación, entre otros) que puedan representar un riesgo para la integridad del efectivo policial o de terceros, así como el posible apoyo de otras personas al infractor. El efectivo policial deberá valerse de barreras naturales o artificiales que le brinden verdadero abrigo.

 

c.

B.

Nivel de fuerza a emplear  Luego de una apreciación de la situación y las circunstancias que se presentan en la intervención, el efectivo policial empleará la fuerza, de acuerdo al nivel de resistencia de la persona a intervenir.

In Inte terv rven enci ción ón co con n ffin ines es de iden identi tifi fica caci ción ón Es conveniente tener en consideraci consideración ón los siguiente siguientess aspectos:  Formar el cono de seguridad, tomando una distancia aproximada de dos brazos extendidos, que impida al intervenido atentar contra la integridad física del o los efectivos policiales; de existir una pared (inmueble), el efectivo que da la seguridad debe ubicarse de espaldas a ésta.  Indi In divi vidu dual aliz izar ar cl clar aram amen ente te a la pe pers rson ona a a in inte terv rven enir ir (v (ves estitime ment nta a, característicass físicas, sexo, etc.) característica  Identificarse (grado, apellidos y unidad en la que presta servicio), haciéndole haciéndo le conocer el motivo de la intervenció intervención. n.  Solicita Soli citarle rle sus docu documento mentoss de iden identific tificació ación n pers personal onal,, perm permanec anecien iendo do siempre en una actitud vigilante, sin descuidar el contacto visual.  Recibir los documentos con la mano que no porte el arma de fuego; esto para permitir que ante una eventual reacción pueda usarla con libertad de acción.   Al verificar los documentos, hacerlo en una posición tal que no obstaculice 



C.

el dominiopreguntas visual, principalmente lasdatos manos del intervenido Efectuar relacionadas de a los consignados en el documento de id ident entida idad d con la fin finali alida dad d de con contra trasta starlo rlos, s, o for formu mular lar pre pregun guntas tas modificando algunos datos que permitan establecer la titularidad de los mismos; por ejemplo, mencionarle como su segundo nombre uno que no le corresponde. Culm Cu lmin inad ada a la in inte terv rven enci ción ón si sin n no nove veda dad, d, el po polilicí cía a de co cont ntac acto to (P (P1) 1) agradecerá su colaboración, desplazándose luego hacia la ubicación del polic po licía ía de seg seguri uridad dad (P2 (P2), ), par para a que el ciu ciuda dadan dano o rei reini nicie cie su cam camin ino o acompañándolo acompañán dolo con la mirada hasta cierta distancia.

El ccont ontrol rol de ide identi ntidad dad pol policia icial. l. ((Art Art.205 .205°° de dell C Códi ódigo go Proc Procesal esal Pen Penal) al).. 1.

La Policía, en el marco de sus funciones, sin necesidad de orden del Fiscal o del Juez, podrá requerir la identificación de cualquier persona y realizar  las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, cuando considere que resulta necesario para prevenir un delito u obtener información útil para la averiguación de un he hecho cho pun punib ible. le. El in inter terven venido ido tiene tiene der derech echo o a exi exigir gir al Po Polilicía cía le proporcione su identidad y la dependencia a la que está asignado.

2.

La identificación se realizará en el lugar en que la persona se encontrare, po porr medio medio del del cor corres respo pondi ndient ente e doc docum ument ento o de ident identida idad. d. Se deber deberá á proporcionar al intervenido las facilidades necesarias para encontrarlo y exhibirlo. Si en ese acto se constata que su documentación está en orden, se le devolverá el documento y autorizará su alejamien alejamiento to del lugar.

3.

Si existiere fundado motivo que el intervenido pueda estar vinculado a la comisión de un hecho delictuoso, la Policía podrá registrarle sus

 

vestimentas; equipaje o vehículo. De esta diligencia específica, en caso resulte positiva, se levantará un acta, indicándose lo encontrado, dando cuenta inmediatamente al Ministerio Público. 4.

En caso no sea posible la exhibición del documento de identidad, según la graved gra vedad ad del he hecho cho in inves vestig tigad ado o o del del ámb ámbito ito de la opera operació ción n polic policial ial practicad prac ticada, a, se cond conducir ucirá á al inter interveni venido do a la Dep Depende endencia ncia Policia Policiall más cercana para exclusivos fines de identificación. Se podrá tomar las huellas digitales del intervenido y constatar si registra alguna requisitoria. Este procedimiento, contado desde el momento de la intervención policial, no puede exceder de cuatro horas, luego de las cuales se le permitirá retirarse. En estos casos, el intervenido no podrá ser ingresado a celdas o calabozos ni mantenido en contacto con personas detenidas, y tendrá derecho a comunicarse con un familiar o con la persona que indique. La Policía deberá llevar, para estos casos, un Libro-Registro en el que se harán constar las diligencias de identificación realizadas en las personas, así como los motivos y duración de las mismas.

5.

Siemp Siempre re que sea ne neces cesari ario o par para a las final finalida idade dess del juici juicio o o par para a las finalidades del servicio de identificación, se pueden tomar fotografías del imputado, sin perjuicio de sus huellas digitales, incluso contra su voluntad en cuyo caso se requiere la expresa orden del Ministerio Público y efectuar  en él mediciones y medidas semejantes. De este hecho se levantará un acta.

Directiva Nro.03-2018-IN Lineamiento sectorial vecindario seguro-policía comunitaria por sectores Objeto Establece Estab lecerr el Line Lineamie amiento nto Secto Sectorial rial Veci Vecindar ndario io Seg Seguro uro - Pol Policía icía Com Comunit unitaria aria por  Sectores que se sustenta en el modelo de policía Comunitaria para orientar la gestión de la seguridad ciudadana y fortalecer la legitimidad de la institucionalidad policial frente fre nte a la ciu ciudad dadaní anía. a. en el ma marco rco del Pl Plan an Na Nacio cional nal de Seg Seguri uridad dad Ci Ciud udada adana na ap apro roba bado do po porr Dec ecre reto to Su Supr prem emo o N' 012012-20 2013 13-I -IN N y alin alinea eado do a la Es Estr tra ategi tegia a Multltis Mu isec ecto tori rial al pa para ra la Prev Preven enci ción ón So Soci cial al de dell Crim Crimen en y la Vi Viol olen enci cia a Es Estra trate tegi gia a Multisectorial Barrio Seguro aprobada por Decreto Supremo N' 008-2017-IN Finalidad Contar con un lineamiento sectorial que contribuya a institucionalizar el modelo de Polici Pol icia a Co Comun munita itaria ria a tra través vés de la des descen centra tralilizac zación ión de los ser servic vicios ios pol polici icial ales es y sectorización de la jurisdicción policial para optimizar el ejercicio de la función policial de manera articulada con las autoridades locales para acercarse a la ciudadanía y permita coadyuvar a la mira de la seguridad ciudadana. Alcance Las disp disposic osicione ioness del Line Lineamie amiento nto Secto Sectorial rial Veci Vecindar ndario io - Poli Policia cia Com Comunit unitaria aria Por  Sectores son de cumplimiento obligatorio para todos los órganos y unidades orgánica orgánicass del Ministerio del Interior (MININTER) y de la Policia Nacional del Perú (PNP) dentro del ámbito de sus competencias.

 

Disposiciones Generales La Policía Comunitaria Sectorizada es un trabajo de la Policía Nacional del Perú para brindar brin dar segurid seguridad ad ciud ciudada adana na a la comu comunid nidad ad a travé travéss de la desc descentr entraliz alizació ación n de recurs rec ursos os po polic licial iales es sec sector tores es y sub subsec sector tores es de la ma mano no con la comun comunid idad ad y las autoridadess locales. autoridade Su naturaleza es preventiva, proactiva, participativa y privilegia involucramiento de las autoridades su comunidad. El Lineamiento Sectorial Vecindario seguro – Policía Comunitario se guía por los siguientes principios; 

Servic Serv icio io po polilici cial al or orie ient ntad ado o a la ci ciud udad adan anía ía,, Se defi define nen n las las prio priori rida dade dess intervenciones del servicio policial así corno los procesos de gestión a partir de las nec necesi esidad dades es y dem demand andas as de la ciu ciuda dadan danía ía que permi permitan tan una una mej mejor or y oportuna respuesta a las mismas. con el mejor uso de recursos y capacidades disponibles para generar una mayor proximidad al ciudadano.



Legitimidad del servicio policial. - Se fomenta el acercamiento a la ciudadanía a travé tra véss de un una a ma mayo yorr ap apro roxi xima maci ción ón de la Po Polilicí cía a Na Naci cion onal al del del Pe Perú rú para para incrementar la confianza de la ciudadanía en la PNP, identificando a esta como un actor importante en su comunida comunidad. d.



 Articulación intersectoria intersectoriall y comunitaria comunitaria.. Se fomenta la participa participación ción activa, articulada e integrada de los actores involucrados en la ciudadanía, para fortalecer la comunicación, coordinación coordinación y ejecución continua de las acciones en materia de seguridad ciudadana entre autoridades y



Optimización de los recursos y control de la gestión. - Se brinda un servicio policial cm valor público que genere un impacto positivo en la calidad de vida de la ciudadanía ciudadanía y que satisfag satisfaga a opo oportuna rtunamente mente sus nece necesida sidades des en mate materia ria de seguridad ciudadana, garantizándose que no cometan actos de corrupción.



Innovación y aprovechamiento de las tecnologías. - Se brinda servicio policial que emplea la inteligencia policial. con sistemas y tecnologías de la información y comunicaciones, para ampliar la apertura de vigilancia preventiva y actuar de fo form rma a inme inmedi diat ata a y efec efectitiva va an ante te lo loss requ requer erim imie ient ntos os y em emer erge genc ncia iass de la





ciudadanía. Sostenibilidad. Sostenibili dad. - Se brinda servicio policial continuo en su implementac implementación ión a nivel nacional. el eficiente uso de los recursos y fortaleciendo las capacidades del personal policial para el logro de los objetivos establecidos. Mejoramiento Mejoramien to continuo. - “hoy mejor que ayer y mañana mejor que hoy”.

El Lineamiento Sectorial Vecindario-Policía Comunitaria por Sectores, se retroalimenta permanentemente y mejora en su diseño e implementación a través de un proceso de aprendiz apre ndizaje aje cont continuo inuo.. Los obj objetivo etivoss del Line Lineamie amiento nto Sect Sectoria oriall Veci Vecindar ndario io - Poli Policía cía Comunitaria por Sectores son los siguientes: ✓

Contribuir a la reducción de la victimización. - Este objetivo está orientado a disminuir el porcentaje de personas que han sido víctimas de un hecho delictivo. como roboamenazas, de dinero,intimidaciones, cartera, celular. estafa, familiar, hurto y robo viviendas, robo de vehículo, violencia entreenotros.

 





Incrementar la confianza de la ciudadanía en la Policía Nacional del Perú. Este objetivo está orientado a mejorar el nivel de confianza en la PNP por parte de la ciudadanía. Contribuir a la reducción de la percepción de inseguridad ciudadana. - Este objetivo está orientado a reducir la sensación de vulnerabilidad de la población frente a un delito que pueda atentar contra su seguridad.

Disposiciones Especificas Lineamiento Lineamie nto sectorial Vecindario seguro - policía Comunitaria Comunitaria por Sectores Sectorización de la Jurisdicción Policial Este lineami lineamiento ento está orientad orientado o a la descentra descentraliza lización ción de los servi servicios cios policia policiales les br brin inda dado doss po porr la lass co comi misa sarí rías as y lo loss De Depa part rtam amen ento toss de Inve Invest stig igac ació ión n Crim Crimin inal al (DEPINCRIS) mediante la sectorización de las jurisdicciones policiales que se realiza tomando en cuenta la Guía metodológica para el diseño de sectores y mapa del delito en las jurisdicciones policiales de las comisarías de la policía nacional del Perú, Comprende la asignación de un Jefe de Sector y distribución de recursos a fin de realizar el patrullaje preventivo por sectores, para contribuir a evitar o mitigar los riesgos que amenacen la convivencia y tranquilidad de la ciudadanía, articulando con otras otr as uni unida dades des pol polici iciale ales, s, en entid tidade ades; s; ent entre re otr otros os,, que que par partic ticip ipan an en la lab labor or de prevención operativa policial, en función del Mapa del Delito y el Mapa de Riesgo formulados.  Además, busca articular la investigaci investigación ón policial realizada por los DEPINCRIS, orientándola a combatir prioritariamente los delitos como la micro comercialización de drogas, tenencia legal de arma y delitos patrimoniales comunes de mayor incidencia, entre otros. Igualment Igualm ente, e, con contem templa pla el des desarr arrol ollo lo de reu reunio nione ness con los los act actore oress local locales es de la  jurisdicción  jurisdicció n policial involucra involucrados dos en seguridad ciudadana a fin de evaluar y planifica planificar  r  los objetivos semanales. En el marco de este lineamiento se han definido las siguientes acciones: Sectorizar jurisdicciones bajo responsabilidad de un Jefe de Sector y distribuir recursos Dicha sectorización tiene los siguiente siguientess objetivos específicos:

 



 Acercar el servicio al ciudadan ciudadano, o, la descentral descentralización ización de funciones, recursos y responsabilidades.



Brindar una mayor presencia policial preventiva y disuasiva en zonas de alta afluencia de personas, congestión vehicular y de mayor incidencia delictiva, con apoyo de personal administrativo de otras unidades policiales. policiales.



Responder de manera oportuna ante los requerimientos de la ciudadanía y frente a la comisión de un hecho delictivo.

Efectuar patrullaje preventivo por sectores con otros actores El patrullaje policial está dirigido a fomentar el acercamiento al ciudadano y prevenir la comisión de delitos y faltas. Constituye una acción disuasiva y de respuesta inmediata ante problema o la comisión de delito. Esta acción implica la elaboración de los planes de patrullaje diseñados en función de los mapas del delito y de riesgos. Orientar prioritariamente la investigación efectuada por los DIPINCRIS a los delitos comunes de mayor incidencia Las DEPINCRIS designan equipos de a los definidos las Comisarías, que involucra la asignación de personal policial y de para la investigación policial, realizando en cada de espacios investigaciones. de acuerdo a la disponibilidad. De esta jefe de DEPINCRI designa Suboficial PNP por antigüedad corno responsable de los sectores asignados, que tienen como una de sus funciones la del jefe de sector de la comisaria_  Los DEPINCRIS priorizan aquellas actividades delictivas de mayor incidencia en los sectores asignados, asignados, tales como el hurto, el robo en la vía pública y en viviendas, micro comercialización comerciali zación de ttenencia enencia y comercio de armas, entre otros. Moral del servicio policial Este lineamiento está orientado al fortalecimiento de la formación y capacitad&1 del pe pers rson onal al po polilici cial al en el mo mode delo lo de Po Polilicí cía a Co Comu muni nita tari ria, a, la impl implem emen enta taci ción ón de herramientas para del la lucha contra la corrupción las Comisarías y DEPINCRIS. así como al incentivo que contribuye al de los en Objetivos del Lineamiento Sectorial Vecindario Seguro - Policía Comunitaria por y la implementación de estándares para atención de calidad al ciudadano. La Dirección de Recursos Humanos de la PNP implementa el plan de incentivos que incluye mecanismos de reconocimiento al personal policial cuyo desempeño contribuye destacadamente en el logro de los Objetivos del Lineamiento Sectorial Vecindario Vecindari o Seguro policía Comunitaria por Sectores. LOS jefes de las Divisione Divisioness Policiales. Comisarías y DEPINCRIS son los responsables de ejecutar dicho plan de incentivos. la finalidad de motivar a su personal en la consecución de las metas establecidas para sus respectivas unidades policiales.

 

Mejorar la calidad en la atención al ciudadano en comisarías y DEPINCRIS Las com comis isarí arías as y los DEP DEPINC INCRIS RIS imp imple lemen mentar taran an pro protoc tocol olos os que que garan garantiz tizan an una una oportu opo rtuna na y efe efecti ctiva va ate atenci nción ón a los req reque uerim rimie iento ntoss de la ci ciuda udadan danía, ía, tor torna nando ndo en consideración consideraci ón los siguientes criterios:  Asignación de personal específico para brindar orientación a la ciudadanía para todos los canales de atención (canal presencial, canal telefónico, canal virtual y canal móvil o itinerante); Implementar los protocolos y métodos para la atención a la ciudadanía y manejo de situaciones de conflicto formalmente aprobados por la Dirección General de la PNP, a propuesta de la Escuela Nacional de Formación Profesional policial y entregados como parte de los progresos de capacitación. Estas pautas abarcan saludo, momento de la atención y despedida, lenguaje a usar. entre otros aspectos_ Estos protocolos son de aplicación para el canal presencial y telefónico; usan un lenguaje apropiado, no discrimina discriminatorio torio e inclusivo; Implementar mecanismos para que la ciudadanía pueda presentar denuncias por  discriminación Orientar los servicios policiales a fin de que respondan a las necesidades y expectativas de la ciudadanía ciudadanía.. Fortalecirniento del articulado con autoridades locales Este lineamiento busca el trabajo conjunto entre la PNP y las autoridades locales. Se trata de opti optimiza mizarr el servi servicio cio suma sumando ndo recursos operati operativos, vos, alin alineand eando o form formas as de patrul pat rullaj laje. e. mej mejora orando ndo la cal calida idad d de la in infor formac mació ión n par para a la tor torna na de decis decisió ión n y, desarrollando desarrolla ndo actividades en conjunto bajo un mismo objetivo. En el marco de este lineamiento. se han definido las siguientes acciones:    

  

 Actividades de articulación articulación co con n el gobiern gobierno o local Ejec Ejecuc ució ión n de re reun unio ione ness de co coor ordi dina naci ción ón con con auto autori rida dade dess loca locale less para para patrullaje integrado y actividades conjuntas (•reunión de los jueves'). Integrar estadísticas de la Policía y el Serenazgo en cuanto la información sea oportuna, fiable para la ytoma de decisione decisiones Ejecución de patrullaje del efectuado pors los serenos del municipio utilizando la sectorización de la policía, que toma como fuente la Guía Metodológica para el Diseño de Sectores y Mapa del Delito en las Jurisdicciones Policiales de las Comisarias de la PNP. Implementación de módulos de vigilancia policial y municipal (Vecindario Seguro) que permitan una rapida intervención intervención y mayor cercanía ciudadanía.  Articular los planes locales de seguridad ciudadana con el Lineamiento Sectorial Vecindario Seguro — Policia Comunitaria por Sectores. Desa De sarr rrol ollo lo de pr prog ogra rama mass pr prev even entitivo voss poli polici cial ales es en coor coordi dina naci ción ón con con las las autoridades locales, de espacios públicos para la convivencia Ciudadana.

Fortalecimiento del acercamiento y la participación comunitaria busca fortalecer el acercamiento de la PNP a la ciudadanía. así como a través de los programas progra mas de pr preve evenci nción ón pol polici icial al con contac tacto to ciu ciudad dadano ano y alian alianzas zas est estra ratég tégica icass implementadas. implementa das. En el marco de este lineamiento. han definido las siguientes acciones:

 

Programas de policial comunitaria, contacto ciudadano y alianzas estratégicas por las comisarías Consiste en generar espacios de confianza permanente que permitan un acercamien acercamiento to entre la policía y la cornunidad. se realiza de forma personalizada empleando corno su principa prin cipall activ actividad idad el cont contacto acto ciud ciudada adano. no. Para Paralela lelament mente, e, esta acci acción ón invo involucr lucra a el fortaleci forta lecirnie rniento nto de los prog programa ramass prev preventi entivos vos como son: Jun Juntas tas Veci Vecinal nales es (JJW (JJW), ), Brigadas de Auto Protección Escolar (BAPE). Red de Cooperantes (RRCC), policía escolar, Club de menores. Impensados.

El sistema de participación ciudadana de la PNP La Policía Nacional del Perú, institución tutelar del estado, en el cumplimiento de su finalidad y misión al servicio de la sociedad, comunidad y persona humana, desde su creación, orienta su accionar a promover la participación organizada y activa de la población, para contribuir a mejorar los niveles de orden, seguridad y tranquilidad públilicas púb cas en sus res respec pectiv tivas as comun comunid idad ades, es, en una alian alianza za est estrat ratég égica ica con sus autoridades locales y sociedad civil en su conjunto. La función de garantizar la paz social y la erradicación de todo tipo de violencia requiere políticas claras integrales y de orden económico, social, cultural, por lo que cualquier solución premisa deaque estalasdebe ser siempre y plurisectorial en parte la quedesela involucran todas fuerzas vivas demultidisciplinaria la nación en el marco de los principios de la cultura de la paz, seguridad seguridad,, tranquilidad pública. La Ley y el Reglamento del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, contemplan la problemá prob lemática tica de la Segu Segurida ridad d Ciu Ciudada dadana na como nece necesida sidad d impe imperativ rativa a adop adoptand tando o alternativas que cierren la brecha originada por una demanda de la población de seguridad, cada vez mayor en comparación con la actual capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú, en la que la participación del gobierno centra cen tral,l, de los gob gobie ierno rnoss reg regio iona nales les,, gob gobier ierno noss loc locale aless y la parti particip cipaci ación ón de la comunidad organizada es fundamental en apoyo al esfuerzo que realiza la Policía Nacional para disminuir los índices de criminalidad y delincuencia; convirtiéndose en un problema de necesidad prioritaria y de urgente solución por parte del estado y la sociedad. La Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudada Ciudadana, na, da facultades a los Comi Comités tés Reg Regiona ionales, les, Prov Provinci inciales ales y Distr Distrital itales es de Segu Segurida ridad d Ciud Ciudadan adana, a, para promover la organización de las Juntas Vecinales de su jurisdicción; y su Reglamento detalla esta función general a nivel Provincial y Distrital para promover no solo la organización, si no la capacitación de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, tanto a cargo de las Oficinas de Participación Vecinal del Municipio, como de las Oficinas (Secciones) de Participación Ciudadana de las Comisarías dentro de sus respectivos ámbitos de competencia territorial, procurando que dichas actividades sean integradas; asimismo dicha norma precisa esta responsabilidad en las funciones específicas del Jefe de la Policía a nivel Provincial, así como del Comisario Distrital. Las normas sobre Seguridad Ciudadana guardan concordancia con la Ley Nº 27238, Ley de la Policía Nacional del Perú, en la que se establece como una de las funciones de la PNP el garantizar la seguridad ciudadana y capacitar en esta materia a las entidades vecinales organizadas y se detalla su accionar en su Reglamento al describi desc ribirr el gara garantiza ntizarr la segu segurida ridad d ciud ciudada adana na medi mediante ante acci acciones ones de prev prevenci ención, ón, investigación, apoyo, orientación y protección a la comunidad, para tal fin, organiza y

 

capacita a las

 

entidades vecinales con el propósito de lograr su efectiva participación, manteniendo estrecha coordinación con las autoridades del lugar y otras organizaciones civiles. Para vi Para viab abililiz izar ar esta estass acti activi vida dade dess func funcio iona nale less la Po Polilicí cía a Na Naci cion onal al del del Pe Perú rú ha instit ins tituci uciona onaliz lizad ado, o, la Di Direc recció ción n de Seg Seguri uridad dad Ci Ciuda udadan dana a –D –DIRS IRSECI ECIU-P U-PNP NP,, con  jurisdicción  jurisdicció n nacional nacional,, tanto como órgano de apoyo para brindar el asesoramie asesoramiento nto técni téc nicoco-no norma rmativ tivo; o; com como o el de en ente te rec rector tor del "Si "Siste stema ma Po Polic licial ial de Par Partic ticipa ipació ción n Ciudadana SIPOLPACI", que tiene por misión promover, tanto la participación activa y organizada de la comunidad, como generar en el personal Policial cambios positivos en sus actitudes y comportamiento ante las necesidades de seguridad que adolece la población, en todo el territorio nacional desarrollando programas y actividades de prevención, promoción, protección, proyección social y acciones cívicas en bien de la población de menos recursos económicos y en especial de la niñez, adolescencia,  juventud, mujer y familia, así como desarrollar la estrategia Policía-Comuni Policía-Comunidad, dad, en un esfuerzo por mejorar los niveles de orden, tranquilidad y seguridad, que posibiliten la paz social y permitan fortalecer la relación Ciudadanía – Policía. Mediante Decreto Legislativo Nº 1267, se aprobó la Ley de la Policía Nacional del Perú, con Decreto Supremo Nº 026-2017-IN, se autorizó el Reglamento, que fue modificado mediante Decreto Supremo N° 011-2019-IN, en cuyo contenido indica:

Dirección Nacional de Orden y Seguridad Artículo 162.162.- Dirección Nacional de Orden y Seguridad La Dirección Nacional de Orden y Seguridad es el órgano de línea de la Policía Nacio Na cional nal del Per Perú, ú, con ca carác rácter ter téc técnic nico o y sis sistém témico ico,, esp especi eciali alizad zado, o, nor norma mativ tivo o y operativo; responsable de planificar, comandar y supervisar las operaciones policiales en ma mater teria ia de seg seguri uridad dad del est estad ado; o; seg seguri urida dad d integ integral ral;; seg seguri urida dad d ci ciuda udadan dana; a; operaciones especiales; tránsito, transporte y seguridad vial, y turismo, a cargo de los órganos que dependen de ésta; en el marco de la normativa sobre la materia. Tiene competencia a nivel nacional.  Asimismo, coordina y puede contar con la cooperació cooperación n y apoyo de organizac organizaciones iones extranjeras similares en el ámbito de su competencia funcional. Depende de la Sub Dirección General y está a cargo de un Oficial General de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Teniente General. Artículo 163.163.- Estructura de la Dirección Nacion Nacional al de Orden y Seguridad La Dirección Nacional de Orden y Seguridad para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los órganos especializados siguientes: a. Dirección de Seguridad del Estado; b. Dirección de Operacione Operacioness Especiales; c. Dirección de Seguridad Integral; d. Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial; e. Dirección de Seguridad Ciudadana;; y, f. Dirección de Turismo. Ciudadana Artículo 195.195.- Dirección de Seguridad Ciudadana La Dirección de Seguridad Ciudadana es el órgano especializado, de carácter técnico y sistémico, normativo y operativo; responsable de planear, organizar, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y supervisar las actividades tendentes a promover la participación activa y organizada de la comunidad, fortaleciendo las relaciones policía - autoridad comunidad,, para contribuir a la mejora del orden, tranquilidad, seguridad, respeto a los comunidad

 

derechos y desarrollo integral familiar, que posibiliten la convivencia pacífica y la paz social a nivel nacional.  Asimismo, previene previene,, investiga y denuncia la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, en el marco de la normativa sobre la materia; así como, realiza acciones de protección temporal a niños, niñas y adolescentes en abandono e infractores a la ley penal. La Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional del Perú en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana – SINASEC, coordina con la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior. Depende de la Dirección Nacional de Orden y Seguridad y está a cargo de un Oficial General de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de General. Artículo 196.196.- Estructura de la Dirección de Seguridad Ciudadana La Dirección de Seguridad Ciudadana para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las unidades orgánicas especializadas siguientes: a. b. c. d.

División de Protección de Niños y Adolescentes; División de Juntas Vecinales; División de Protección contra la Violencia Familiar; División de Proyectos Especiales de Segurida Seguridad d Ciudadana; y, e. División de

Inteligencia de Seguridad Ciudadana. Artículo 200.200.- División de Proyectos Especiales de Seguridad Ciudadana La División de Proyectos Especiales de Seguridad Ciudadana es la unidad orgánica de carácter cará cter técni técnico co y espe especial cializad izado, o, sisté sistémico mico y norm normativo ativo;; resp responsa onsable ble de pla planear near,, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y controlar a nivel nacional, las actividades y programas preventivos de la Policía Nacional del Perú para el acercamiento con los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, familia y personas en situación de riesgo social, con la finalidad de promover el respeto a los derechos y el desarrollo integral de la persona humana, dentro de una cultura de paz que posibilite la convivencia pacífica y social en el ámbito nacional; en el marco de la normativa de la materia. Depende de la Dirección de Seguridad Ciudadana y está a cargo de un Oficial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú, en el grado de Coronel. La División de Proyectos Especiales de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes siguientes:: 1) Planea Pla near, r, org organi anizar zar,, dir dirig igir, ir, eje ejecut cutar, ar, coo coordi rdinar nar y con contro trolar lar las las act activi ivida dades des,, programas y proyectos preventivos de acercamiento al niño, niña, adolescente,  jóvenes, familia y personas en situación de riesgo social que ejecuta la Policía Nacional de Perú a través del sistema policial de seguridad ciudadana a nivel nacional, en el ámbito de su competencia competencia y legislación sobre la materia. 2)

Orientar, ejecutar y controlar las acciones de implementación para la organización y conformación de las patrullas juveniles; policía escolar; brigadas de aut auto o pro protec tecció ción n esc escol olar; ar; clu club b de men menore oress y otr otros os que se imp implem lement enten; en; mediante mecanismos de acercamiento ciudadano en alianza con las institucio insti tuciones nes públ públicas icas y priv privadas adas,, esta establec bleciend iendo o y ejec ejecutan utando do un adec adecuad uado o enlace a través de las unidades orgánicas que conforman el sistema policial de seguridad ciudadana en el ámbito nacional;

3)

Diseñar, proponer y ejecutar estrategias en materia de proyectos especiales y programas preventivos que promuevan el fortalecimiento de la confianza policía -

 

comunidad, propendiendo que la Policía Nacional del Perú tenga una orientación comunitaria; 4)

Promover, ejecuta Promover, ejecutarr y cont controla rolarr la impl implemen ementació tación n de meca mecanism nismos os de aler alerta ta tempra tem prana na en la com comuni unida dad, d, de desti stina nados dos a la pre preven venció ción n de del delito itoss y faltas faltas;; desarrollando e impulsando los programas preventivos de su ámbito funcional, que ejecuta el sistema policial de seguridad ciudadana a nivel nacional;

5)

Evalu Eva luar ar y ap aprob robar ar los pro progra gramas mas pre preven ventiv tivos os que pro propon ponga gan n las unida unidades des policiales que ejecutan funciones del sistema policial de seguridad ciudadana a nivel nacional, relacionados con su campo funcional;

6)

Coordinar Coordin ar acci acciones ones arti articula culadas das con las auto autorida ridades des com competen petentes, tes, enti entidade dadess públicas y privadas a nivel nacional, para formar una red de apoyo y participación participació n solidaria a favor de los niños, niñas, adolescentes y personas adultas beneficiarios de los programas de prevención y promoción social; en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana;

7)

Orientar Orien tar y di dirig rigir ir la admin administ istrac ració ión n del Reg Regist istro ro Na Nacio cional nal de los Pro Progra gramas mas Preventivos de su campo funcional, que promueve la Policía Nacional del Perú a nivel nacional;

8)

Promover ejecutar programas capacitación para promotores del sistema policial de yseguridad ciudadana adenivel ciudadana nacional en el los ámbito de su competenci competencia; a; con apoyo de entidades públicas o privadas, a fin de organizar e implementa implementarr los programas preventivos de su responsabilidad;

9)

Formular y proponer los respectivos documentos técnicos normativos para regul reg ular ar la lass act activi ividad dades es y op opera eraci cione oness polic policial iales es en ma mater teria ia de su campo campo funcional a nivel nacional de los órganos de la Policía Nacional del Perú;

10)

Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su competencia competencia;;

11)  Asesorar al Director de Segurida Seguridad d Ciudadana de la Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y, 12)

Las demás funciones que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional del Perú le asigne.

Las oficinas de participación ciudadana de las comisarias Policía Nacional. Introducción. Dentro de los procesos de cambio que realiza la Policía Nacional del Perú, el Comando Policial viene impulsando para mejorar la calidad de los servicios policiales, la participación de la población en el tema de seguridad Ciudadana consti con stituy tuye e una de las más im impor portan tantes tes acc accio iones nes que que es nec necesa esario rio enfati enfatizar zar y consolidar. Esto a través de las diferentes Oficinas de Participación Ciudadana Ciudadana que se encuentran en las Comisarias a nivel Nacional, con esto nuestra Institución Policial retoma y busca una vez posicionarse posicionarse y conseguir la confianza confianza de la Ciudadan Ciudadanía; ía; lograr una

 

comunicación más fluida con la colectividad, al expresar sus problemas, necesidades e intereses con mayor amplitud, contribuyendo activamente a su propia seguridad. Es por eso el compromiso y la decidida acción que realizan los Comisario Comisarios, s, Oficiales y sub Oficiales de las diferentes Oficinas de Participación Ciudadana, son fundamentaless para el logro de los objetivos trazados. fundamentale Organización de las Oficinas de Participación Ciudadana. Las Oficinas de Participación Ciudadana de las Comisarias PNP., que en representación representaci ón del Comando Institucional se encarga de dirigir los diferentes programas de participación ciudadana de su respectiva jurisdicción en base a los diferentes lineamientos y disposiciones provenientes de los Comandos Regionales, Frentes Policiales, y del mismo Sistema de Participación Ciudadana de la Policía Nacional del Perú. El Plan Nacional de Seguridad Ciudadana que ejecuta las diferentes Comisarias a través tra vés de la lass Ofi Oficin cinas as de Pa Parti rticip cipaci ación ón Ci Ciuda udadan dana a con consti stituy tuyen en los los pri princi ncipal pales es inst instru rume ment ntos os no norm rmat ativ ivos os y or orie ient ntad ador ores es pa para ra aspe aspect ctos os rela relaci cion onad ados os con con la participación Ciudadana. Las Ofi Oficin cinas as de Pa Parti rticip cipaci ación ón Ci Ciuda udadan dana, a, con consti stituy tuyen en órg órgan anos os eje ejecut cutivo ivoss de las Comisarias y tienen por misión, lograr cooperación activa de la población en apoyo a las funciones policiales de dichas sublaUnidades. Las oficinas de participación Ciudadana serán comandadas por un Oficial Superior o Subalterno, de acuerdo con la Categoría de la Comisaria e importancia de la Jurisdicción Jurisdicció n policial y están integradas por un Equipo debidamente capacitados de Sub Oficiales, quienes realizaran actividades y tareas relacionados con proyección social, organización de la Población para su Seguridad, recepción de quejas, denuncias y sugerencias; así como de de coordinación de Juntas Vecinales, Comités Cívicos de Cooperación. Funciones. Las OPC., reciben las instrucciones, directivas y disposiciones del Comando Policial para su difusión y cumplimiento.         

Dicta disposiciones de su competencia y supervisar su cumplimiento. Formular las diferentes Apreciaciones de Situaciones, en sus diferentes niveles. Formula planes de proyección social. Presenta iniciativas y sugerencias tendientes a optimizar la participación ciudadana y adhesión de la comunidad. Elaborar los diferentes documentos relacionados a la optimizació optimización n de confianza con la ciudadanía. Gestiona los diferentes recursos que se utilizaran en el desarrollo de las diferentes actividade actividades. s. Coordinar actividades pertinentes con otras Unidades o Sub Unidades Policiales para el logro de la misión asignada.  Actualizar constanteme constantemente nte las diferentes Guías de Procedimie Procedimientos ntos en concordancia concordanci a con la legislación y disposici disposiciones ones vigentes.  Apoyar las actividades actividades que re realicen alicen las ofic oficinas inas de Informaci Información ón de las diferentes diferentes Unidades de la Jurisdicción.

La Dirección de Seguridad de la Policía Nacional del Perú, a través de la División de Proyectos Especiales de Seguridad Ciudadana, en cumplimiento de sus funciones en

 

el año 2019, ha conformado 915 clubs de menores, 4.252 policías escolares, 1.156 brigadas de autoprotección escolar y 119 patrullas juveniles.

 

Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana La Policía Nacional del Perú, institución tutelar del estado, en cumplimie cumplimiento nto a su misión al servicio de la comunidad y persona humana, desde su creación, orienta su accionar  a promover la participación organizada y activa de la población, para contribuir a mejorar los niveles de orden, seguridad y tranquilidad públicas en sus respectivas comunidades, en una alianza estratégica con sus autoridades locales y sociedad civil en su conjunto a fin de garantizar la paz social y la erradicación de todo tipo de violencia De esta forma las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana que promueve la Policía Naci Na cion onal al de dell Pe Perú rú se co cons nstititu tuye yen n en la cé célu lula la bási básica ca del del "Sis "Siste tema ma Po Polilici cial al de Participación Participaci ón Ciudadana Ciudadana - SIPOLPACI". Su consolidación y desarrollo, como semilla fértil de la organización vecinal para la Seguri Seg uridad dad Ci Ciud udada adana na es fun funda damen mental tal no sól sólo o par para a con contri tribu buir ir con inf inform ormaci ación ón y participar en las actividades preventivas y luchar contra todo tipo de violencia, sino para internaliza internalizarr en el veci vecino no la "con "concien ciencia cia de segu segurida ridad, d, espí espíritu ritu comunita comunitario rio y solidario". Por lo tanto, corresponde a las autoridades locales, colectividad y al personal Policial pr prop open ende derr a suenpr prom oció ión, n, in incr crem emen ento to,, de desa sarr rrol ollo lo y sobr sobre e todo todo su difu difusi sión ón y específicamente elomoc personal policial. En este contexto y teniendo en consideración el nuevo ordenamiento legal en el que se de desar sarrol rollan lan la lass act activ ivida idades des de pa parti rticip cipaci ación ón com comuni unitar taria ia en asp aspect ectos os de la Segurida Segu ridad d Ciu Ciudada dadana, na, Como estrategi estrategia a para dism disminu inuir ir los índi índices ces deli delincue ncuencia nciales les la Policía Nacional viene desarrollando acciones en dos frentes el primero orientado a comba com batir tir la deli delincu ncuen encia cia org organ aniza izada da med median iante te las acc accion iones es de la Di Direc reccio ciones nes Especializadas y el segundo en establecer medidas contra la delincuencia común la instituci insti tución ón cons consider idera a indi indispen spensabl sable e cono conocer cer y comb combatir atir la deli delincue ncuencia ncia desd desde e sus causas para evitar que estos se desarrollen y logren ingresar a lo que se conoce como delincuencia delincuen cia organizada o de mayor envergadura; debemos considerar que en nuestro país existe una cantidad insuficiente para cubrir la demanda de policías en todo el territorio nacional, por esta razón es imperativo encontrar alternativas compensato compensatorias, rias, en este contexto y en perfecta interpretación de la ley del SINASEC la policía nacional a creado instrumento integre esfuerzos de ; lasque autori aut oridad dades esuncom compro promet metida idassnormativo en lo loss que org organi anismo smoss los cre cread ados os por por Ley Ley; quediferentes gua guarde rde concor con cordan dancia cia con las nue nuevas vas com compe peten tencia ciass oto otorga rgadas das a las las Mun Munic icipa ipalilidad dades; es; promueva prom ueva y opti optimice mice la parti participa cipación ción ciudad ciudadana ana en gene general ral a travé travéss de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana y para alcanzar este fin se aprueba el Manual de Procedimientos para la Organización y funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú. Así como otras organizaciones vecinales.

Organización de las juntas vecinales. Introducción. Las Juntas Vecinales de Protección a la Comunidad son agrupaciones básicas del sistema de participación ciudadana que viene organizando constantemente la Policía Nacio Na cional nal del Per Perú, ú, a tra través vés de la lass Ofi Oficin cinas as de Pa Parti rticip cipaci ación ón Ci Ciud udada adana na de las las comisarias; en su esfuerzo por mejorar los niveles de orden y seguridad en las  jurisdicciones  jurisdiccio nes de las comis comisarias arias a nivel nacional. nacional. Su consolidación y desarrollo, como la célula principal de organización vecinal para la

 

seguridad es fundamental no solo como arma efectiva para luchar contra la criminalidad

 

y violencia urbana y rural, si no para internalizar en el vecino “la Conciencia de Seguridad”. (Medidas de Seguridad) Por lo tan tanto to,, corre correspo sponde nde a la lass pe perso rsonas nas re repre presen sentat tativa ivass de la com comuni unidad dad y al personal policial propender a su crecimiento y difusión, y esto se hará efectivo en la medida que exista un adecuado conocimiento de sus funciones y de las ventajas que conlleva. Las Juntas Vecinales. Las Juntas vecinales de Protección a la Comunidad son agrupaciones vecinales que se conforman por razones de seguridad y están conformadas por personas que residen o laboran en el mismo barrio, sector, urbanizació urbanización n o distrito. Constituyen la célula básica de organización para la seguridad ciudadana que viene impulsando la Policía Nacional. Finalidad de organizar las Juntas Vecinales. Para lograr la participación activa de la población en estrecha colaboración con la Policí Pol icía a Na Nacio cional nal,, en act activi ividad dades es pre preven ventiv tivas as y con contri tribu buir ir con con la pro protec tecció ción n a la Comunidad. Establecer una comunicación y coordinación permanente permanente entre los vecinos y la Policía de su Jurisdicción, con el propósito de mantener una alerta efectiva frente a las amenazas que genere la delincuencia. Organizar Organi zar a la com comuni unidad dad pa para ra una rea reacci cción ón opo oportu rtuna na ant ante e posib posibles les rie riesgo sgoss y vulner vul nerab abili ilidad dades es de seg seguri uridad dad,, act actua uando ndo sol solo o pre preven ventiv tivame amente nte,, evita evitando ndo ten tener  er  contacto con delincuentes o infractoras del orden. Promov Pro mover er el sen sentid tido o de coo coope perac ración ión en entre tre vecin vecinos os e intern internal aliza izarr la “cu “cultu ltura ra de seguridad”. Fomentar Fomen tar la parti particip cipaci ación ón soc social ial media mediante nte el desar desarrol rollo lo de pro progra gramac mació ión n cív cívico ico-patrióticos, culturales, deportivos, ecológicos, ecológicos, educativos y de salud, entre otros.

Como están conformadas Juntas Vecinales. Las Junta Vecinales debenlas ser integradas por diez (10) vecinos y entre ellos un Coordinar de Junta vecinal. -

Coordinador de la Junta Vecinal Coordinador Secretario de la Junta Vecinal. Int Integr egran antes tes,, lo loss vec vecin inos os que vol volunt untari ariame amente nte desea desean n parti partici cipar par en la Jun Junta ta Vecinal. Un ase asesor sor Po Polic licial ial (Pr (Promo omotor tor de la Ofi Oficin cina a de Pa Parti rticip cipaci ación ón Ci Ciuda udadan dana a de la Comisaria). También pueden participar otras organizaciones tales como Vaso de Leche, Club de Madres, comedores Populares, Clubes Sociales, etc., siempre y cuando sus integrantes manifiesten voluntariamente su predisposición para participar junto con la PNP en la seguridad de su sector.

¿Qué Objetivo persigue? Preservar la vida y la seguridad de su patrimonio. Conocer a sus vecinos y ser solidarios con ellos.

 

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Mantener una comunicación comunicación fluida y frecuente entre vecinos y policías, comunicar a la comisaria los hechos policiales que conocen. Conocer los problemas de inseguridad que más afectan a la comunidad. Compartir información entre Vecinos.

Funciones del Coordinador de la Junta Vecinal. Motivar a los vecinos para organizarse para su propia seguridad, teniendo en cuenta que unidos se lograra la seguridad del barrio. Conocer a sus vecinos y familiares, como se llaman, su teléfono y organizarse en su cuadra para formar una cadena telefónica de seguridad para comunicarse entre vecinos para ayudarse mutuamente. Coordinar permanentemente con la Comisaria sobre la seguridad de su sector; para contrarrestar y/o prevenir los problemas delincuenciales que afecten a su sector. Crear la unión entre vecinos para combatir el miedo, la apatía, la indiferencia y la falta de solidaridad frente a las acciones delincuenciales. Es el promotor por  excelencia para la participación vecinal de su sector. Procurar identificar los problemas de inseguridad de su cuadra, para buscar con sus vecinos y la PNP, la solución. Comprometer e integrar a su vecino a colaborar con ideas para alcanzar el orden y la seguridad de su barrio. -

Promover y organizar con luces sus vecinos un sistema de alerta en su cuadra, conreuniones silbatos, alarmas, sirenas, u otros medios de auxilio. Coordinar con sus vecinos la ejecución y realizar simulacros de prevención ante cualquier peligro contra la seguridad ciudadana con el toque del sistema de alarmas o silbatos.

Funciones del Secretario de la Junta Vecinal.  Actualizar la hoja hoja de datos de llos os vecinos. Confirmar la fecha de reunión o confirmar la asistencia. reparar la agenda a tratar con los vecinos y llevar el libro de actas. Compartir con el Coordinador todas las funciones de este, para contrarrestar los problemas delincuenciales delincuenciales que afecten su sector.

Funciones de lanione Junta Concu Co ncurri rrirrlos o Integrantes asi asisti stirr a la lassdereu reuni oness Vecinal. que son con convoc vocad adas as por por inter intermed medio io de delegados de la cuadra cuantas veces sea requerida, para tomar los acuerdos inherentes a la seguridad. Comunicar telefónicamente a la central de radio de la comisaria o al 105 de los hechos policiales que conozcan. Cumplir con las actividades, funciones y tareas que le asigne el coordinador de la Junta Vecinal. Mantener permanentemente alerta frente a la amenaza delincuencial y adoptar  las medidas preventivas que aconseje su coordinador y el promotor de la Junta Vecinal. Cuando escucha la señal de alarma debe salir inmediatamente con la finalidad de apoyar al vecino que se encuentra en problemas. Realizar simulacros de prevención ante cualquier peligro contra la seguridad ciudadana con el toque del sistema de alarma o silbatos.

 

Otras actividades de la oficina de participación ciudadana patrullaje preventivo conjunto entre la policía y las juntas vecinales. a. Este tipo de patrullaje es eminentemente preventivo. b. Solo se debe realizar con autorización expresa del Comisario y debe contar obligatoriamente con la presencia de la Policía. c. El propósito es disuadir y evitar el desarrollo de actos que atenten contra el orden, seguridad y tranquilidad pública pública y/o se cometan actos ilícitos. d. En todo caso debe realizarse tenien teniendo do en cuenta el respeto irrestricto de los Derechos Humanos. Funcionamiento de la "cadena telefónica de seguridad". Es una forma efectiva de relación interpersonal que permite una comunicación rápida entre los vecinos, para cuyo efecto a cada hogar se le asignará los nombres y números telefónicos de sus vecinos para que se comuniquen entre ellos y transmitan mensajes cortos, cuando sea necesario, informado los hechos que motiven sospechas, problemas o riesgos. Esta cadena debe funcionar en círculo, es decir, las últimas personas que reciben las llamadas deben comunicarse con los primeros y reaccionar en forma conjunta cuando sea necesario, prendiendo luces, abriendo ventanas, usando silbatos y empleando alarmas si es que las hubiere. Uso del silbato. Es una forma rápida de comunicación y un medio económicamente accesible para implem imp lement entar ar un sis sistem tema a pre preven ventiv tivo o de segur segurid idad, ad, bajo bajo par paráme ámetro tross pre previa viamen mente te establecidos, por ejemplo: Un toque de silbato de fuerte intensidad, puede anunciar la presencia de una persona sospechosa. Dos toques de silbato de fuerte intensidad, puede anunciar la presencia de un vehículo sospechoso sospechoso.. Tres o más toques de silbato de fuerte intensidad pueden anunciar a los vecinos el ingreso a un domicilio de probables delincuentes. Los vecinos al escuchar llamadas de advertencia deberán reaccionar en forma masiva tocando fuerte y simultáneamente sus silbatos, para provocar sorpresa y desconcierto en el intruso (SOSPECHOSO) y disuadirlo de actuar. Dicho sistema puede ser complementado, si el caso lo amerita, con una llamada telefónica o radial a la Comisaría de su jurisdicción para que acuda personal Policial en su ayuda. Sirenas y circulinas. Para que este sistema funcione con éxito, el dispositivo deberá ser instalado en lugares o sectores bien protegidos y activarlo oportunamente. Dicho sistema se puede complementar con el uso masivo de los silbatos y la llamada telefónica o radial a la Comisaria de la Jurisdicción. Instalación de alarmas.  Al igual que las sirenas y cartulina cartulinas, s, un sistema de alarmas colectivas puede ser  instalado en lugares estratégicos de varias viviendas y activarlas mediante pulsadores instalados en los domicilios, ante el ingreso no autorizado de personas.

 

Programas preventivos de la Policía Nacional del Perú La seguridad ciudadana no es responsabilidad exclusiva ni excluyente de la Policía Nacional del Perú y Serenazgo y/o instituciones públicas, hoy más que nunca la seguridad ciudadana se constituye en un compromiso que deben asumir todos los sector sec tores es org organ aniza izados dos en ara arass de di dismi sminu nuir ir sig signif nifica icativ tivame amente nte los em emba bates tes de la delincuencia, fenómenos sociales adversos y fomentar la cultura de paz, prevención y seguridad ciudadana permitapleno vivir de en sus un ambiente y equilibrado desdey la el punto de vista social, que el ejercicio libertades sano y derechos y el respeto consideración mutua de sus semejantes. La Comisaría PNP en Alianza Estratégica con la Municipalidad y el apoyo de las Instituciones miembros del CODISEC y las entidades públicas y privadas aliad ali adas; as; pro promo mover verá, á, org organi anizar zará, á, imp imple lemen mentar tará á y for fortal talece ecerá rá la ejecu ejecució ción n de los Progra Pro gramas mas Pre Preven ventiv tivos os de de:: Jun Juntas tas Vec Vecin inale aless de Seg Seguri urida dad d Ci Ciud udada adana, na, Re Red d de Cooperantes, Club de Menores “Amigos del Policía”, Policía Escolar y Brigadas de  Autoprotección  Autoprotecció n Escolar entre o otros tros como:

Vecino vigilante. El programa “VECINO VIGILANTE”, es un esfuerzo de la vecindad organizada a través de sus Juntas Vecinales, por cuadras, manzanas sectores, barios, etc., debidamente organizados, por la Oficina de Participación Ciudadana, de la comisaria, para prevenir  y/o contrarrestar actos delictivos y problemas de inseguridad. Este programa trata de motivar a la comunidad para que se organice en Juntas Vecinales para su propia seguridad. Los Vecinos Vigilantes son grupos de ciudadanos de una cuadra o barrio, que cooperan con la Policía Nacional para reducir los índices de delincuencia. Los vecinos no deben enfrentar a un sospechoso, porque no es su función ni están preparados para ello; pero si pueden cumplir una labor preventiva en coordinación directa con la Comisaria. La unión y solidaridad entre los vecinos reducirá los problema prob lemass de inse inseguri guridad, dad, contribuye contribuye en aspe aspectos ctos de prev prevenci ención ón del delito para reducir la delincuencia. Con el programa “VECINO VIGILANTE”, la PNP pretende identificar los problemas de inseguridad de la cuadra para buscar la solución con sus vecinos y la Policía Nacional.

Radio taxi. Los Radios Taxis, son sistemas de comunicación efectiva que realizan los diferentes integrantes de las agrupaciones, Comités, u otras, etc., de taxistas que se encuentran enlazados con la Central de Emergencia 105 de la Policía Nacional. Quienes al notar algún acto de inseguridad ciudadana comunican de inmediato a la Policía Nacional para su pronta ejecución de los diferentes Planes Operativos y de esta manera poder combatir y hacer frente a estos delincuentes, y lograr reducirlos y retomar el principio de autoridad. Para esto las diferentes Oficinas de Participación Ciudadana de las comisarias, deberán empadronar y organizar a los diferentes taxistas a través del Programa Taxista Cívico.

 

Redes de cooperantes Es un programa operativo por ciudadanos que forman una red de comunicación con la policía, sensibilizadas y organizadas por las unidades de la PNP, los mismos que habitualmente distintas actividades de sociales carácter para económico social,, los deportivo y otros, a los quecumplen les hemos denominado actores la seguridad seguridad, mismos que deb debidam idamente ente conc concienti ientizado zado,, capa capacita citados dos y regi registrad strados os bri brindan ndan info informac rmación ión de hechos delincuenciales de la comisión de delitos y faltas antes del hecho(prevención) y después del hecho para tener datos confiables para una adecuada intervención o investigación policial y así garantizar una situación de paz y tranquilidad social. La policía desde su creación estuvo siempre vinculada a la comunidad porque es la que sirve y es consiente que solo la participación de los ciudadanos se puede lograr con acciones que permitan construir una sociedad más tranquila y segura para lograr una convivencia convivenci a pacífica. Objetivo del programa.  Garantizar la seguridad, tranquilidad, convivencia y el respeto de la Ley, con el uso ordenado y pacífico de las vías y espacios públicos, así como prevenir los delitos y faltas, generando un deores seguridad ciudadana ciudadana, , ates través delRe trabajo conju con junto nto y coo coordi rdinad nado o en entre tre clima lo loss act actore s soc social iales es int integr egran antes de la Red d de Cooperantes de Seguridad Ciudadana y la Policía Nacional del Perú. 

Fortalece Fortal ecerr y rev reval alora orarr la con confia fianza nza ha hacia cia la Po Polic licía ía Na Nacio cional nal del del Per Perú, ú, con respuestas oportunas y efectivas contra la delincuencia en base a la información obtenida de los integrantes de la Red de Cooperantes de Seguridad Ciudadana de la PNP

Público que está dirigido el programa. El programa está dirigido a las organizaciones públicas y privadas que deseen trabajar  en tareas de seguridad ciudadana Tiempo de ejecución. El tiempo que dura este programa es anual Justificación En Seguridad Ciudadana, toda estrategia para reducir la incidencia delictiva, debe contar con la participación activa de la sociedad civil. En ese contexto las Comisarias en coordinación con la Secretaría Técnica de Seguridad Ciudadana, promoverán la participación de la comunidad. Para la policía es fundamental tener el contacto con los actores sociales, más aún en las actuales circunstancias, se hace imprescindible la participación de los ciudadanos en las diversas estrategias en la que la Policía tiene bien a implementar en sus distintas jurisdicciones a nivel nacional el programa “red de cooperantes”

 

Programas preventivos y de reinserción para niños, jóvenes y adolescentes Especialistas en temas preventivos señalan que crear desde edad temprana una buena impresión de la Policía y de la ley que ésta representa es muy importante, satisfactoria y posiblemente perdurable para el ciudadano y para quienes han elegido la carrera policial. En la medida en que la Policía tenga éxito para ayudar a que los jóvenes, respeten la ley estaremos contribuyendo a reducir en el futuro un mayor número de hechos delictivos. Los policías deben interactuar con la juventud para que desde temprano desarrollen una imagen del policía no sólo como ejecutor de la ley, sino también como maestro, amigo y como una fuente de ayuda y protección en caso de que se encuentren en dificultades. Sobre todo, enseñándoles valores positivos para que sean personas de bien, respetar  las normas a la sociedad, la propiedad y a los demás. Asimismo, realizan apreciaciones apreciacio nes de aquellos jóvenes que se encuentren en crisis de valores o en anomia para hacerlos cambiar de actitud, luego de hacerles comprender la realidad y cuál va ser su futuro. Las visitas a los salones de clase en las escuelas, las presentaciones sobre seguridad seguridad escolar, el trabajo con la "Policía Escolar" y con los clubes "Amigos del Policía" en las comisarías, el trabajo con los niños de la calle, los campamentos de verano, el acerca ace rcamie miento nto a jó jóven venes es y ado adole lesce scente ntess en rie riesgo sgo integr integrant antes es de pandi pandillllas, as, son algun alg unas as de la lass act activi ivida dades des pat patroc rocin inada adass por la Po Polilicía cía y diseñ diseñada adass par para a cre crear  ar  contactos constructivos, para reforzar una imagen positiva de la policía a los ojos de los jóvenes. La Policía Nacional en el marco de sus responsabilidades preventivas y educativas, desde hace tiempo desarrolla dos estrategias claramente definidas: La primera, para mejorar las relaciones positivas con la juventud en edad escolar; y, la segunda, para mejorar las condiciones de vida de niños y adolescentes en riesgo.

Patrullas juveniles Es un programa creado por la Dirección de Seguridad Ciudadana de la PNP, creado desde el año 2000 para fortalecer la relación de la Policía Nacional con los jóvenes y adolescentes en riesgo y prevenir la violencia en todas sus formas y otros problemas que los afectan, esto permite incentivar la participación de la comunidad educativa en actividades de prevención, establecer las características y problemas que afectan a la Institución Educativa y elaborar un plan de actividades para trotes motivacionales y talleres psicoeducativos con los estudiantes estudiantes.. El programa patrulla juvenil constituye una estrategia de acercamiento a la comunidad para reducir delitos y faltas que afectan a la seguridad ciudadana. Formación de las patrullas juveniles Primera fase. Acercamiento y diagnóstico de la IE. Segunda fase. Intervención Intervención.. Tercera fase. Consolidación de la patrulla juvenil.

 

Este programa se inició, con el propósito de mejorar la calidad de vida, orienta sus actividades a la sensibilización, sensibilización, motivación y al cambio de actitud de adolescentes y

 

 jóvenes para prevenir la violencia juvenil y otros problemas como el consumo de drogas, el embarazo precoz y la trata de personas, a través de actividades deportivas, recreativas y culturales, como actividades de capacitación en temas relacionados a proyecto de vida, liderazgo y cambio de actitud, se programan actividades de trotes de motivación, gimnasia gimnasia masiva y aeróbicos con estudiantes, principa principalmente lmente de 3ro, 4to y 5to año de secundaria. Se ejecuta como parte de las actividad actividades es de las oficinas de participación ciudad ciudadana ana en 32 jurisdicciones policiales, lo que ha permitido determinar la existencia en Lima y Callao de 390 agrupaciones de pandillas conformada por adolescentes y jóvenes entre 12 y 22 años con un aproximado de 13.000 integrantes. El pandillaje es el conjunto de conductas juveniles juveniles violentas que se producen en la vía pública o en lugares abiertos y que afectan la vida y la propiedad de las personas. Las pandillas incrementan la inseguridad ciudadana, sin embargo, paradójicamente, expresa la situación de grandes sectores de jóvenes sin empleo o subempleados. El programa "Patrullas Juveniles" recibe apoyo de entidades públicas y privadas bajo el concepto de trabajo multisectorial, en un primer momento se inició con un Convenio con Prompyme para que maqui centros ubicados en zonas marginales proporcionen capacitación capacitació n en confeccion confecciones, es, tejido, zapatería y metal mecánica. En jurisdicciones, como El Agustino, Anita, y Chorrillos el trabajo conotras los jóvenes en riesgo ha entrado ya enSanta una fase de Surquillo consolidación mediante el ofrecimiento de fuentes de trabajo y el desarrollo de proyectos que incluyen pequeñas micro empresas. Este programa está dirigido a todos los jóvenes y niños que quieran reinsertarse a la sociedad. Habiendo pertenecido a alguna Pandilla o Barra brava, queriendo reformar  sus malas decisiones y a la vez poder ayudar a otros jóvenes que se encuentran o pertenecen a esos grupos.

Policía escolar  Formación de estudiantes como policías escolares dentro de su propio centro escolar. El Director de la Institución Educativa promoverá la organización de la Policía Escolar, coordinando con la dependencia policial de su jurisdicción. Las acciones a realizar serán delegadas a los docentes responsables de las áreas de actividades, profesores encargados de la Policía Escolar y Auxiliar de Educación. El profesor responsable, con el apoyo técnico del instructor PNP de su jurisdicción, planificará el desarrollo de la capacitación estableciendo un horario que no interfiera con las labores escolares. Esta capacitación tendrá el siguiente contenido temático: Reglamento General de Organización y Funciones de la Policía Escolar. Reglamento Reglamen to Interno de la Institución Educativa. Instrucción para Formaciones y Desplaza Desplazamientos mientos (orden cerrado) Educación Cívica Patriótica Primeros Auxilios Defensa Civil Educación y Seguridad Vial Código del Niño y Adolescente

 

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Prevención del uso indebido de drogas Liderazgo

Brigadas de autoprotección escolar - BAPES Es la organización concertada de la Comunidad Educativa, la Población y su Policía Nacional con la finalidad de realizar acciones preventivas de seguridad integral en las instituciones institucione s educativas. Objetivos: Integrar la participación de la comunidad educativa y la sociedad organizada para la seguridad escolar  Fortalecer el vínculo entre autoridades locales – PNP., y la Comunidad educativa Neutralizar o minimizar los factores de riesgo de los problemas sociales Fases: Fases: Fase de sensibili sensibilización zación Fase de organización Fase de consolidación

Los clubes de menores "amigos del policía" Está orientado a fortalecer la confianza de los menores con su policía, en cada comisa com isaría ría exi existe ste un cl club ub con un pro promed medio io de 150 150 parti particip cipan antes tes par para a des desarr arrol olla lar  r  actividades recreativas, deportivas y culturales, teniendo a la fecha sólo en lima 103 clubes con 15.000 menores. El propósito de este programa es fortalecer en el niño y el adolescente la imagen del policía amigo y de que la comisaría es su segundo hogar. Gracias a ello, es común ver  sobre todo en los meses de vacaciones a muchos niños en el interior de las comisarías desarrollando diversas actividades programadas por personal de la oficina de participación ciudadana. En la Policía Nacional se ha institucionalizado las vacaciones útiles con los menores integrantes de estos clubes. Se desarrollan en los meses de enero, febrero y marzo una ser serie ie de act activi ividad dades es rec recrea reativ tivas, as, de depor portiv tivas as y cul cultur tural ales es con par partic ticip ipaci ación ón multisectorial, teniendo como centro de estas actividades las instalaciones de las comisarías. Estas actividades finalizan con una gran concentración en las playas de Chorrillos y Barr Ba rran anco co de la ci ciud udad ad de Li Lima ma de todo todoss lo loss cl club ubes es de me meno nore ress de la capi capita tal,l, acompañados de sus profesores y padres de familia. En los aniversarios de la Policía Nacional, se acostumbra realizar realizar un espectáculo deportivo denominado "Mini maratón Amigos del Policía". Para esta actividad se concentran en Lima niños y adolescen adolescentes tes de diferentes regione regioness del país con la finalidad de competir, que ha concitado siempre la atención de la comunidad.

 

El programa "Colibrí" El programa "Colibrí" fue creado por la Policía Nacional del Perú, con la finalidad de brindar seguridad, apoyo y orientación a niños y adolescentes trabajadores que realizan tareas lícitas en las calles que les generan ingresos económicos. El programa se realiza en las diferentes comisaria comisariass PNP de familia, este programa fue reconocido a nivel nacional e internacional por los importantes aportes prestados a la niñez peruana. Busca promover la organización y el desarrollo de labores adecuadas para su edad e incorporarlos a sus centros educativos y entorno familiar evitando su explotación. Estos niños se encuentran en las esquinas vendiendo golosinas, limpiando carros, pidiendo limosna, muchos de ellos con su uniforme escolar hasta altas horas de la noche. Este programa con apoyo multisectorial tiende a apoyar toda acción orientada a mejorar los trabajos aceptables, pero sin que sean explotados por su entorno familiar y sin perjudicar su horario escolar  El acto social ha sido reconocido a nivel nacional e internacional por los importantes aportes prestados a favor de los niños y adolescentes de la calle. Finalmente, este programa consiste en identificar y rescatar de las calles a menores de edad de ambos sexos que se encuentran en estado de abandono moral y material y que, en muchas ocasiones, son explotados por adultos. En el año 2001, como resultado del trabajo Colibrí, resultó impostergable impostergable la necesidad de crear un Centro dedicado exclusivamente al desarrollo del Programa, creándose el Centro de Promoción y Desarrollo de Niños y Adolescentes Organizados del Programa Colibrí (CPDNAO-PC) el que viene funcionando en el Jirón Chota 1434 Lima 1 y se conoce como casa matriz del programa Colibrí. Dentro Dentr o de la lass acc accio ione ness más de desta stacad cadas as del del pro progra grama ma se pue pueden den men mencio cionar nar la implementación de tres comedores para los NATs Colibrí (NATS, acrónimo de Niños, niñas y adolescentes trabajadores, son todos aquellos niños y adolescentes que realizan algún tipo de actividad laboral, que puede ser remunerada o no y que puede ser desarrollada dentro o fuera de la casa), uno en la Casa Matriz de Jirón Chota que atiende a 120 NATs por día, uno en la Comisaría de Mujeres CAVIFAM de Villa El Salvador, que atiende en promedio a 95 NATs por día y uno en la Comisaría de San Martín de Porres (Habich) que atiende alrededor de 50 NATs por día. Se cuentan dentro de los logros de Colibrí el ingreso de sus ex-alumnos a Unive Un iversi rsidad dades es Na Nacio ciona nale less y pri privad vadas, as, Ing Ingres reso o a Ins Instit tituto utoss Arm Armad ados os y Po Polilicia ciales les,, ingreso a Institutos pedagógicos y tecnológicos e ingreso a puestos de trabajo en difere diferente ntess in insti stituc tucio iones nes pú públi blicas cas y emp empres resas as priva privada das. s. Est Este e tra trabaj bajo o se rea realiz liza a conjuntamente conjuntamen te con el INABIF.

El programa "Gaviota" La Divi División sión de Proy Proyectos ectos Especi Especiales ales de Seg Segurid uridad ad Ciu Ciudada dadana, na, cuen cuenta ta con vari varios os servicios, como de protección, prevención, asistenciales y el de promoción. Dentro del rubro de protección, se ubica el proyecto del CEO (Centro Educativo Ocupacional) también conocido como el programa GAVIOTA, que junto con el de COLIBRI, son los

 

dos programas que desarrolla esta instancia de la Policía Nacional del Perú a favor de los niños, niñas y adolescentes trabajadores.

 

El objetivo del Programa GAVIOTA, con su proyecto del CEO San Martín de Porres, es brindar atención especializada a los niños y adolescentes trabajadores de la calle, a través de la satisfacción de sus necesidades básicas, sociales y de realización, con la finalidad de lograr su plena reinserción social. Estos programas de la Policía Nacional del Perú, se ubican dentro de la misión institucional de prestar apoyo y servicios sociales a la ciudadanía, con la finalidad de acercar más a la ciudadanía con la institución de la policía, e involucrarse más con el deseo de ir construyendo ciudadanía, superando así ciertas malas imágenes de la institución. De esta manera la Policía Nacional del Perú se involucra más en los quehaceres de construcción de sociedad civil.  Así, el Centro de Educación Ocupacion Ocupacional al Casa del Niño Trabajado Trabajadorr “ San Martín de Porres”, con apoyo del Palacio de Gobierno y otras instituciones públicas y privadas, desarrolla actividades de protección, promoción, educación e inserción familiar/la familiar/laboral, boral, de los niños, niñas y adolescentes trabajadores de la calle, con la finalidad de contribuir a su desarrollo integral. El CEO depende directamente de la División de Proyectos Especiales de Seguridad Ciudadana, Dirigido aque niños y adolescentes de la calle, denominados "pirañas" “niños en abandono” viven del robo, arrebatos en la vía pública y hacen de lao agresividad agresivida d una característica inherente en sus relacione relacioness interpersona interpersonales. les. Con este programa se busca su recuperación psico-física mediante el aprendizaje de oficios y el alejamiento progresivo del delito.

Sistema de Cooperación con la Policía Nacional del Perú El Sistema Nacional de Cooperación con la PNP "SINACOOP", es una organización privada con personería jurídica propia, encargada de apoyar a la Policía Nacional en aspecto de bienestar y seguridad ciudada ciudadana. na. Cuenta con Comités Cívicos de Cooperación en todas las Dependencias Policiales y Comisarías a nivel Nacional, sus integrantes son los vecinos más representativos de su demarcació demarcación n territorial. El apoyo al bienestar del personal policial y al mejoramiento de su infraestructura y equipamiento equipami ento constituyen sus principal principales es tareas procurando un ambiente psicológico y material propicio, para que el servidor policial desempeñe mejor sus funciones; en tanto que la participació participación n de la población en seguridad ciudadan ciudadana a es una convocatoria para la acción y un llamado a la Unidad de esfuerzos concertados para una efectiva prevención policial en resguardo de la comunidad. El trabajo de los Comités Cívicos merece una mención especial, pues a nivel nacional desarrollan una labor muy eficaz y silenciosa para mejorar la calidad de vida y la eficiencia de Unidades Policiales, particularmente las Comisarías. Los integrantes de los Comités Cívicos son personas representativas de la Comunid Comunidad ad que se han identificado con la labor que desarrolla la Comisaría, la cual apoyan inclusive

 

co con n ap apor orte tess pers person onal ales es,, pr prem emia iand ndo o y esti estimu mula land ndo o el buen buen dese desemp mpeñ eño o de la Dependencia policial y de sus integrantes. Dentro de sus múltiples actividades de apoyo se encuentra la "Premiación del Policía del Mes", que se realiza en la mayor parte de las Comisarías, con la finalidad de premiar y estimular al efectivo policial que en el período de un mes ha sobresalido en el cumplimiento de sus funciones.

Estatuto comité cívico de cooperación con la Policía Nacional del Perú De los comités cívicos de cooperación Artículo 48°.- Los Comités Cívicos de Cooperación. Los Comités Cívicos de Cooperación funcionarán en sus respectivas jurisdicciones y áreas funcionales de las Regiones Policiales y Dependencias Policiales Especi Esp eciali alizad zadas, as, de con confor formi midad dad con con el pre prese sente nte Est Estatu atuto to y Re Regl glame amento ntoss de LA  ASOCIACION. Artículo 49°.- Integrantes de los Comités Cívicos de Cooperación Los Comités Cívicos de Cooperación son organizaciones conformadas por personas de reconocida honorabilidad honorabilidad y solvencia moral, propuestos por el Jefe de la respectiva dependencia policial o por el Jefe de la entidad correspondiente de la Dirección Policial Especializada. Artículo Artícul o 50°. 50°.-- Vigencia de la condición de Integrantes participantes de los Comités Cívicos de Cooperaci Cooperación. ón. La condición de integrante del Comité Cívico de Cooperación tendrá una vigencia de dos (02 (02)) año años, s, pud pudien iendo do a su ven vencim cimien iento to ser ren renova ovada da de acu acuerd erdo o al mis mismo mo procedimiento que para su nombramiento. Artículo 51°.- Nombramiento de los Comités Cívicos.  A propuesta del Jefe de Región Región Policial o del Jefe de Dire Dirección cción Oficial Especi Especializada, alizada, y aprobados por el Consejo Regional de Cooperación o el Consejo de la Dirección Especializada, serán nombrados los respectivos Comités Cívicos de Cooperación. El reconoci reco nocimien miento to y jura juramenta mentación ción de los inte integran grantes tes part particip icipante antess se efec efectuará tuarán n en ceremonia especial que será presidida por el Jefe de la Región o por le Jefe de la Dirección Policial Especializada Especializada u Oficial Superior que se considere. Artículo 52°.- Fu Func ncio ione ness y Atri Atribu buci cion ones es de los los Co Comi mité téss Cívi Cívico coss de Cooperac Coop eración. ión. Las funci funcione oness y atri atribuci buciones ones de los Comités Cívico Cívicoss son las siguientes: 1. Formular un Plan Anual de Trabajo, indicando las metas, propuestas y los medios para alcanzarlas, remitiendo copia del mismo al Consejo Regional o Consejo de la Dirección Especializada respectivo para su aprobación antes del 15 de febrero de cada año. 2. Remitir a su respectivo Consejo Regional o Consejo de la Dirección Especializada Especializa da antes del 15 de enero de cada año, un informe con el resumen de las actividades realizadas, metas alcanzadas y el Balance de Ingresos y Egresos correspondiente al año anterior. 3. Solici Sol icitar tar al Co Conse nsejo jo Re Regi giona onall de Co Coope operac ración ión o al Co Conse nsejo jo de la Di Direc recció ción n Especial Espe cializad izada, a, segú según n corr correspo esponda nda,, ante antess de real realizar izar cual cualquie quierr acti activida vidad, d, la respectiva aprobación, informando de los resultados obtenidos al término de la misma. 4. Mantenerse en comunicación y permanente coordinación con el Consejo Regional o Consejo de la Dirección Especializada de su jurisdicción.

5.

Proponer al Consejo Directivo Nacional a los posibles integrantes participantes.

 

Artículo 53°.- Composici Composición ón del Comité Cívico de Cooperación Cooperación Los Comités Cívicos de Cooperación estarán conformados por 12 integrantes quienes ejercerán los siguientes cargos: -

Presidente Vicepresidente Vicepresid ente de Participación Ciudadan Ciudadana a Vicepresidente Vicepresid ente de Bienestar  Secretario Secretario Suplente Tesorero Tesorero Suplente Fiscal  Asesor Policial Policial Vocales (3)

Las funciones y atribuciones de cada uno de los cargos aquí señalados serán, en lo que corresponda, similares a los previstos para los miembros del Consejo Directivo Nacional. Artículo 54°.- Quórum Los Comités Cívicos se considerará válidamente instalada instalada con la presencia de la mitad más uno (1) de sus integrantes debiéndose adoptar los acuerdos por mayoría simple. En caso de empate el Presidente emitirá su voto dirimente. Artículo Artícul o 55°.- Cese como integrante de los Comités Cívicos de Cooperación El cargo en el Comité Cívico termina al cumplirse el plazo estipulado en el artículo 50°, sin que haya procedido la renovación o por las causales indicadas en el artículo 10°, en cuyo caso el miembro saliente será reemplazado por el nuevo integrante propuesto por el Jefe de la Dependencia Policial al Comité Cívico de Cooperación y aprobado por el Jefe de la Región o el Jefe de la Dirección Especializada, según corresponda. En caso de que no se produzca algunos de estos actos o no sé de la juramentación ante el jefe de Región Policial, el Jefe de la Dirección Policial Policial Especializada o el Oficial Superior Supe rior design designado ado para tal efec efecto, to, el inte integran grante te sali saliente ente perman permanecer ecerá á en el carg cargo o respectivo hasta que ocurra la juramentación aquí señalada. En el caso de que muera uno de los integrantes y no se produzca el nombramiento y  juramentación del nuevo integrante, el cargo será reempla  juramentación reemplazado zado por el suplente del mismo. Si no hubiera integrante suplente el Presidente nombrará provisionalmente a quien ejercerá el cargo vacante. En el supuesto de que el Presidente no pudiera efectuar este nombramiento provisional, el cargo vacante será ejercido provisionalmente por el Vicepresidente de Participación Ciudadana.

Instituciones encargadas de velar por la seguridad ciudadana El PNSC 2019-2023 tiene un enfoque descentralizado según lo solicita la Política General Gobiernodel al país. 2021; y, su implementación prioriza territorios y fenómenos según lasde realidades

 

De hecho, tal como lo indica la Ley N.º 27933, todos los Planes de Acción Regional de Segurida Segu ridad d Ciu Ciudada dadana na están alinea alineados dos al PNS PNSC C 2019 2019-202 -2023 3 segú según n los fenóm fenómenos enos priorizados en sus territorios, y los Planes de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana están alineados al Regional, y al mismo tiempo, los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana están alineados al Regional. El trabajo interinstitucional es fundamental para lograr impactar en la reducción de los fenómenos. Por ello, el PNSC 2019-2023 parte por comprender la articulación interinstitucional desde la coordinación de las políticas entre sectores hasta el trabajo en red local para maximizar los recursos y potenciar el impacto. De est este e mod modo, o, el PN PNSC SC 201 2019-2 9-202 023 3 per permit mite e la con concur curren rencia cia de compe competen tencia ciass y responsa resp onsabili bilidade dadess de los Gobi Gobierno ernoss Nac Naciona ional,l, Reg Regiona ionall y Loca Local,l, quie quienes nes trab trabajan ajan conjuntamente conjuntamen te para la consecució consecución n de los objetivos en los territorios de interés (Castel, 2010), con la colaboración de la sociedad civil, de las organizaciones sociales y del sectorr priv secto privado ado,, quie quienes nes deben asumir un papel papel más proacti proactivo, vo, tal com como o lo viene vienen n haciendo las Rondas Campesinas y las Juntas Vecinales para la Seguridad Ciudadana.

Policía Nacional La Policía Nacional es un componente esencial del sistema de control social or orga gani niza zado do pa para ra cu cump mplilirr func funcio ione ness de pr prot otec ecci ción ón y gara garant ntía ía de los los dere derech chos os expresados en la ley, cuya normatividad regula y cautela el ejercicio de las libertades ciudadanas, ciudadana s, con el fin de mantener el orden social, político, económico o jurídico. La Policía Nacional del Perú debe afianzar las actividades preventivas y de investigación investigaci ón policial a nivel local, así como la formación y capacitación de la JJ.VV. de seguridad Ciudadana, asimismo como del personal policial en materia de seguridad ciudadana, como una forma de mejorar las relaciones ciudadano-policía. En aspectos de prevención policial se debe:  Fortalecer el servicio policial de las comisarías.  Evaluar las experiencias de las comisarías piloto para implementar sus resultados en las demás dependencias policiales.  Mejorar el servicio de patrullaje motorizado proponiendo a la descentralización de sus unidades a nivel distrito.  Mejorar el sistema de comunicaciones de las comisarías con la finalida f inalidad d de establecer una central unificada a nivel distrital.  Diseñar nuevos criterios de patrullaje distrital por sectores o cuadrantes que permitan una comunicación directa del policía con los vecinos.  Potenciar la Dirección de Participación Ciudadana para que impulse programas preventivos y de reinserción a nivel policial.  Organización Organizació n y capacitaci capacitación ón de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.  Programas "vecino vigilante", "patrullas juveniles", "policía escolar", "clubes  Amigos del Policía", Policía", "colib "colibrí", rí", "gaviota", "radi "radio o taxi".   Acciones cívicas y de proyecció proyección n social.  Seminarios, conversatorios con apoyo multisectorial.  Fortalecer el accionar de la Policía de Menores y las comisarías de la Mujer, así como el trabajo del policía de tránsito.  Facilitar los sábados y domingos la infraestructura deportiva de las comisarías para desarrollar acciones de proyección social.

 

En aspectos de Investigació Investigación n   Afianzar el trabajo trabajo especia especializado lizado de las uni unidades dades de in investigación vestigación crim criminal inal proponiendo proponien do a la desconcentración.  Establecer un mecanismo de intervención rápida ante el requerimiento de las comisarías. En aspectos de Capacitación.  Mejorar la capacitación del personal de las Comisarías que permitan mejorar la eficiencia y su trato con el público.  Internalizar al personal policial la filosofía f ilosofía de la policía comunitaria.  Implementar y apoyar el desarrollo de las unidades movibles de instrucción como una de las formas más adecuadas para motivar y capacitar al personal policial.  Desarrollarr la capacitación a distancia. Desarrolla En el aspecto de Incentivos y Recompensas:  Impulsar Impul sar llos os con concurs cursos os "Po "Policí licía a del A Año" ño" y ""Com Comisar isaría ía del Año" Año"..  Establecer incentivos profesionales para el personal policial que trabaja en Comisarías.  Establecer criterios profesionales para la selección de Comisarios.

Las Municipalidades Constitución Política del Perú Artículo 197º.- "Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; asimismo, brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a ley". Ley No 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades (Art. 85º) Las Muni Municipa cipalida lidades, des, en segu segurida ridad d ciud ciudadan adana, a, son resp responsa onsables bles de prom promover over el estab est able lecim cimie iento nto de Si Siste stemas mas de Seg Seguri uridad dad Ci Ciuda udadan dana a en su jur juris isdic dicci ción, ón, con la participación de la Policía Nacional y la sociedad civil.  Apoyar el trabajo trabajo de los Comités Pro Provinciales vinciales y Dis Distritales tritales de Seguri Seguridad dad Ciuda Ciudadana, dana, de conformidad a lo dispuesto en la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana y su reglamentación:    

Contribuir con recursos y medios para potenciar la seguridad ciudadana. Firmar convenios con organismos nacionales e internacionales para dicha finalidad.  Alentar el servicio servicio de patrul patrullaje laje integrado bajo la condu conducción cción del comi comisario sario de la Policía Nacional.  Alentar la participación participación veci vecinal nal en materia d de e seguridad ci ciudadana udadana..

Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de: Municipalidades  Impulsar el funcionamiento de los Comités de Seguridad Ciudadana en la activa partic par ticip ipaci ación ón de las difere diferente ntess ins instit tituc ucion iones, es, res respet petand ando o las com compe peten tencia ciass funcionaless de cada Sector. funcionale  Promov Pro mover er la partic participa ipació ción n vec vecin inal al en mat materi eria a de Seg Seguri urida dad d Ci Ciud udada adana na en coordinación coordinaci ón con el Comité.  Desarrollar actividades de prevención y educación ciudadana que coadyuven a la seguridad en la localidad.  Prom Pr omov over er la susc suscri ripc pció ión n de conv conven enio ioss con con orga organi nism smos os na naci cion onal ales es e internacionales en materia de seguridad ciudadana.

 



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Coordinar con las comisarías para realizar un trabajo conjunto que permita el patrullaje a pie y motorizado por zonas y puntos de mayor incidencia delincuencial de acuerdo a un plan de operaciones formulado por el Comisario, luego de un diagnóstico delincuencial de su jurisdicción.  Apoyar y coordinar coordinar con la comi comisaría saría de su juri jurisdicción sdicción para m mejorar ejorar el siste sistema ma de comunicaciones de la Policía local con los vecinos y municipalidad. Elaborar Elab orar prog programa ramass diri dirigid gidos os a drog drogadic adictos, tos, alco alcohóli hólicos, cos, pand pandille illeros ros con la finalidad de reintegrarlos a la sociedad sociedad..

Relaciones funcionales entre la PNP y serenazgo en el marco de los comités provinciales y distritales de seguridad ciudadana  

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Personal de Serenazgo colabora con la PNP a fin de mantener el orden público a nivel nacional.  Ambas instituciones coordinan coordinan con el Comité provincial de Seguridad Ciudadana Ciudadana el apoyo requerido en el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana. Personal de Serenazgo reporta a la PNP algún hecho que pudiera afectar la tranquilidad y seguridad de los vecinos. Continuo apoyo al Comité Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana a fin de promover las acciones de seguridad ciudadana. Existen provincias y distritos donde personal de Serenazgo y Policía Nacional del Perú, realizan operativos conjuntos a fin de erradicar la venta de licor a menores de edad y que se encuentren alterando el orden público Partic Par ticipa ipació ción n ac activ tiva a en tod todas as la lass ac activ tivid idade adess par para a com combat batir ir la ins inseg eguri uridad dad ciudadana, juntamente con las autoridades comprometidas en el Plan Local.

Participación de otras instituciones en seguridad ciudadana Sector salud    

Por intermedio de las áreas de salud y puestos sanitarios, extender los servicios de salud a las poblacio poblaciones nes carentes de estos Participar en las campañas de proyección social y acciones cívicas que programen comités acciones de seguridad ciudadana. Capacitar y los desarrollar informativas sobre aspectos de prevención y control de enfermedades infecto contagiosas, lactancia y nutrición. Participar en campañas de cuidado del medio ambiente, de saneamiento y fumigación en los puntos críticos de la jurisdicción.

Sector educación Las Di Direc reccio cione ness Re Regi giona onale less ale alenta ntaran ran y ap apoya oyaran ran a las Uni Unida dades des de Ser Servic vicios ios Educativos y a los centros educativos de sus jurisdicciones para fortalezcan acciones preventivas y de proyección social que viene desarrollando, sobre todo:  Campañas de alfabetización.  Fortalecer el desarrollo de la Escuela de Padres.   Actividades de educación educación fami familiar. liar.   Alentar la formación formación de la Pol Policía icía Escolar.  Desarrollarr el programa de "autoprotección escolar", en coordinación con las Desarrolla comisarías y asociaciones de padres de familia.

 

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Facilitar los sábados y domingos la infraestructura deportiva de los centros educativos para desarrollar acciones de proyección social. Participar activamente, activamente, con la asociación de padres de familia en programas integrales contra la micro comercial comercialización ización y consumo de drogas. Coordinar con el IPD. Para desarrollar actividades deportivas ínter escolares

Sector justicia (Corte Suprema de Justicia) 



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Desarrollar acciones tendientes a la implementación de una política sobre la Justicia de Paz, basada en la actualización y formulación de normas integrales de la misma.  Asignar recursos que permitan las condiciones para el ejercicio de los jueces de paz, para solucionar problemas logísticos que le permitan un mejor desempeño de sus funciones. Establecer oficinas de capacitación y apoyo a los jueces de paz. Por intermedio de los juzgados penales y los jueces de paz letrados, apoyar a los comités regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana en su esfuerzo por reducir la criminalida criminalidad d y delincuen delincuencia. cia. Por intermedio de los juzgados especializados de la familia y de menores apoyar  las acciones de los Fiscales de Prevención del delito y de la Policía Nacional en acciones preventivas a favor de los jóvenes y adolescentes en riesgo y violencia familiar. Formular una directiva que contemple acciones específicas.

Fiscalía de la Nación 

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 Apoyar a los comités regionale regionales, s, provincial provinciales es y distritales de seguridad ciudadana,, a través de las Fiscalías de prevenció ciudadana prevención n del Delito y Fiscalías Penales y Mixtas, en las acciones de prevención e investigación, a fin de reducir la criminalidad y la delincuencia. Formular una Directiva con acciones específicas de prevención y represión para la lucha contra la delincuencia. Realizar evaluaciones periódicas a fin de aplicar nuevas estrategias, medidas o acciones para la lucha contra la delincuencia.

Defensoría del pueblo 

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Contribuir con la Secretaría Técnica de CONASEC para el diseño de metodologías que faciliten el recojo y aprovechami aprovechamiento ento de la informació información n relativa a la situación de las personas detenidas en las comisarías.  Auspiciar, reconocer y supervisar el trabajo que realizan las rondas campesinas en el sector rural y las juntas vecinales de seguridades clarea urbana.  Apoyar desde sus oficinas especiali especializadas zadas y de las oficinas defensorial defensoriales es las accio acc iones nes de difusi difusión ón de lo loss pl plane aness que des desarr arrol olle le el Sis Sistem tema a Na Nacio cional nal de Seguridad Ciudadana.

Instituto Nacional de Defensa Civil De conformidad con la ley y el reglamento, el Instituto Nacional de Defensa Civil, debe contribuir con las demás instituciones que se señalan en los indicados dispositivos

 

legales, con las acci legales, accione oness de la Segu Segurida ridad d Ciud Ciudadan adana, a, estab estableci leciend endo o perm permanen anente te contacto y coordinación con la institución policial de la jurisdicción.

Municipalidades provinciales y distritales.  Apoyar el trabajo trabajo de los Comi Comités tés Provincial Provinciales es y Distritales d de e Seguridad C Ciudadana iudadana,, de conformidad a lo dispuesto en la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana y su reglamentación:  Contribuir con recursos y medios para potenciar la seguridad ciudadana.  Firmar Fir mar con conven venio ioss con org organi anismo smoss nac nacion ionale aless e inter interna nacio cional nales es par para a dicha dicha finalidad.   Alentar el servicio de patrullaje integrado bajo la conducción del comisario de la PNP.   Alentar la participación participación veci vecinal nal en materia d de e seguridad ci ciudadana udadana..

Empresas de Vigilancia Particular  Casi todos los distritos de la capital y la provincia constitucional del Callao, cuentan con vigilancia privada, conformada generalmente por personal licenciado de las FFAA o policías en situación de retiro, algunos constituidos formalmente y otros contratados en forma particular por familias o barrios organizados. Es necesario conocer el número de vigilantes formales e informales por distrito y contar con los antecedentes policiales,  judicialess y penales de los m  judiciale mismos. ismos. Este tipo de vigilancia se viene extendiendo a los diferentes departamentos del país, constituyéndose en un aliado para la Seguridad Ciudadana. Es conveniente saber qué organizaciones cooperan con la municipalidad y la policía y que tipo de actividades desarrollan en favor de la comunidad.

Plan Operativo Local de Seguridad Ciudadana El Plan Operativo Local de Seguridad Ciudadana es el principal instrumento de gestión para reducir planificadamente criminalidad y la violencia local desde una ópticaa integral y multisectorial, porquelaseñala con claridad los objetivos y las acciones seguir por todos los sectores integrantes del Comité Provincial o Distrital de Seguridad Ciudadana. El Plan Operativo es el documento resultante resultante de la planifica planificación ción a corto plazo (un año) que se concretiza mediante la formulación y el cumplimiento de los objetivos y metas para reducir la criminalidad y violencia en las provincias y distritos del país. En el I Seminario Taller sobre Seguridad Ciudadana para los Secretarios Técnicos Regionales, Regional es, Provinciales y Distritales organiza organizado do en Lima por la Secretaría Técnica del CONASEC del 28 al 30 de abril de 2004, se estableció un modelo estándar para la formul for mulaci ación ón de los pla plane ness ope operat rativo ivos. s. Se aco acordó rdó que est este e for forma mato to deber debería ía ser  necesariamente uniforme. Si no fuera así, tendríamos 1.870 planes provinciales y distritales a nivel nacional totalmente diferentes los unos de los otros y sin ningún criterio de uniformidad en cuanto a la forma y a los objetivos genéricos que se persigue.

 

¿Quién formula el Plan? La información que se requiere para la formulación del plan proviene de todos los sectores que conforman el Comité Provincial o Distrital de Seguridad Ciudadana y de otras entidades que, no formando parte del Comité, pero que poseen importante información para el plan. La formulación del Plan debe sery Distrital mediantedebe el trabajo enuna equipo. Normalmente el Presidente del Comité Provincial nombrar comisión conformada por el Comisario de la jurisdicci jurisdicción, ón, el Jefe de la Dirección de Seguridad Ciudadana del Municipio, el Secretario Técnico del Comité y los representantes de los sectores que estime pertinentes. Otra forma es que el Presidente del Comité Provincial o Distrital, en sus reuniones periódicas que tiene con sus integrantes, les haga conocer la necesidad prioritaria de desarrollar el Plan Local y solicitar la información correspondiente, la misma que será consolidada consolidad a por el Secretario Técnico mediante reuniones con los integrantes.

¿Cómo iniciar la formulación del Plan? El Plan Estratégico Local de Seguridad Ciudadana tiene CINCO etapas: 1. el diagnóstico diagnóstico;; 2. la misión; 3. los objetivos; 4. las estrategias; 5. las actividades y tareas; y la evaluación. Esta última, como es lógico entender, se desarrollará después de la ejecución del Plan. La mejor manera para desarrollar este modelo es recoger la información relevante de seguridad ciudadana de todos los sectores integrantes del Comité y luego trasladarla a un es esque quema, ma, con confor forme me a un for forma mato to est estab able lecid cido o y sig sigui uiend endo o las las pau pautas tas que a continuación continuació n se detallan. I.

El Diagnóstico Es una parte clave del Plan que permite conocer la realidad del distrito en el tema de seguridad, las necesidades, los recursos humanos y logísticos con los cuales cuenta el Comité Provincial o Distrital de Seguridad Ciudadana para brindar un mejor servicio a la comunida comunidad. d. Es nec necesa esario rio con conoce ocerr los lím límite itess geogr geográfi áficos cos del distr distrito ito y en est este e ám ámbit bito o considerar el número de personas que vive y trabaja para establecer con claridad el tipo de estratos sociales, la densidad de la población y saber, por  ejemplo, qué sectores son los más despoblados y los que tienen un alto grado de densidad. Existe un consenso entre los especialistas de este tema, sobre si se planifica, diseña y maneja el entorno en forma adecuada, se reducirán ciertos tipos de delitos. Algunos entornos pueden provocar una sensación de seguridad, mientras que otros pueden inducir al temor. Las car caract acterí erísti sticas cas soc socia iales les son imp import ortant antes es por porqu que e la delin delincue cuenci ncia a y la preven pre venció ción mis misma maport inv involu olucra n raa la gen gente. te. Poryejemp ejemplo, lo, edad, d, les pue puede co cons nsti titu tuir ir nunde fact falactor or im impo rtan ante tecran pa para comp compre rend nder er prev prever er la los loseda nive nivele s de criminalidad en el área. En cuanto al género, las mujeres son más vulnerables a cierto tipo de delito, como la violencia familiar y la agresión sexual. Los jóvenes

 

se

 

encuentran en mayor riesgo en otros actos delictivos violentos y tienen más posibilidades de cometerlos. La pobreza y el desempleo, sin ser factores condicionantes, pueden contribuir al incremento de la delincuencia. También es importante tomar en cuenta los altos niveles de desigualdad económica y social existente. Determinado tipo de actos delictivos y de violencia sones cometidos poraveriguar  jóvenes desempleados y adolescentes desocupados. Entonces importante cuáles son las instalaciones recreativas, deportivas y sociales existentes en el distrito y si hay alguna organizació organización n a la cual puedan pertenecer estos jóvenes. Será más fácil implementar los programas de prevención de la delincuencia y la violencia en barrios donde exista una buena comunicación y relación entre los vecinos. La conformación de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana es, por  ejemplo, una medida concreta y positiva para la prevención delictiva. II.

La Misión La Mis Misió ión n tra tradu duce ce el pro propó pósit sito o gen genera erall del Com Comité ité Pro Provin vincia ciall o Di Distr strita itall de Seguridad Ciudadana Ciudadana en algo que puede realizarse. La misión revela el concepto de la organización. La misión es la expresión conceptual de lo que es y de lo que debe hacer la organización. Una misión bien formulada ayuda a que las acciones relacionadas relacionadas con la gestión se orientan por el camino correcto. Una declaración de misión, corta, clara e inspirada hace que los miembros de la organización se orienten siempre hacia la dirección propuesta. Para formular la misión es recomendable pensarla en equipo con mentalidad permeable y flexible, basada en las siguientes interrogantes: ¿Cuál es la naturaleza del Comité Provincial o Distrital de Seguridad Ciudadana? ¿Cuál es nuestra población objetivo? ¿Cuáles son nuestros propósitos para ella? ¿Qué beneficios esperamos y para quiénes? ¿Cuál es el nivel de calidad que queremos de nuestros servicios? La misión debe responder a las siguientes preguntas: ¿qué?, ¿por qué?, ¿para quién?, ¿cuándo? y ¿dónde? ESTABLECER LA MISIÓN (ejemplo) ¿QUIÉN?: El Comité Provincial o Distrital de Seguridad Ciudadana de ………………., ………… ……., con la parti participa cipación ción del Gobi Gobierno erno Local, la Poli Policía cía Nac Naciona ional,l, institucioness públicas y privadas y la comunidad organizada. QUÉ?: Desarrollará institucione op oper erat ativ ivos os po polilici cial ales es co conj njun unto tos, s, pr prog ogra rama mass y acti activi vida dade dess prev preven entitiva vass multisectoriales. ¿CUÁNDO?: A partir del día "D". DÓNDE?: En la demarcación territ ter ritori orial al de la pro provin vincia cia/di /distr strito ito de……… de……………. …….... ...¿PA ¿PARA RA QU QUÉ?: É?: Pre Preven venir, ir, neutralizar y reducir la delincuencia y, mantener las condiciones de seguridad integral.

III.

Objetivos Los Objetivos son el punto de partida para la acción. Los objetivos deben explica explicar  r  ¿qué lograr? ¿por qué estamos realizando el Plan? y qué deseamos lograr. Ejemplo: Reducir la delincuen delincuencia cia común... modalida modalidades... des... lugar, etcétera. Sólo si al principi principio o del Plan se establece claramente lo que se desea lograr, éste se podrá evaluar en una etapa posterior.

 

Los objetivos otorgan direccionalidad al Plan e incrementa las posibilidades de previs pre visión ión del futu futuro ro,, fom fomen enta ta la par partic ticip ipaci ación, ón, com comuni unicac cación ión y el tra traba bajo jo en equipo creando un clima favorable para el diseño del Plan Local. Es necesario considerar un objetivo general y objetivos específicos. En cuanto al objetivo general, el plan debe buscar mejorar la seguridad ciudadana del distrito, reducir el temor a la delincuencia, reducir los delitos contra la propiedad, etcétera. A. Objetivo G Geeneral (ejemplo) Reducir los niveles de criminalidad y delincuencia para lograr la tranquilidad tranquilid ad pública y la paz social en la demarcación territorial de la provincia y/o distrito con la finalidad de mejorar los niveles de orden y seguridad ciudadana. Los objetivos específicos deben estar orientados a reducir los nudos críticos, como, el robo a viviendas en un área específica, la micro comercialización y consumo de drogas, el pandillaje entre otros. Estos ob obje jetitivo voss se expr expres esan an si siem empr pre e en porc porcen enta taje jes, s, es deci decir, r, redu reduci cirr el pandillaje pandill aje en un 25%, disminuir el robo de viviendas en un 17% en relación con años pasados. B.

IV.

O voduci s Ecirsrplaecíf cí ico cos (ejemplo) - bjetiRe Redu mic mficro rosccom omer erci cial aliz izac ació ión n de d dro roga gass de dell di dist stri rito to e en n un 40% 40% en un periodo de 6 meses. Incr Increm emen enta tarr la lass acti activi vida dade dess pr prev even entitiva vass mu multltis isec ecto tori rial ales es e en n un 6 60% 0% en un periodo de 12 meses. Afia Afianz nzar ar e ell pa patr trul ulla laje je iint nteg egra rado do ent entre re e ell pe pers rson onal al d de e la ccom omis isar aría ía y e ell servicio de serenazgo en un 100% en un periodo de tres meses Inte Integr grar ar en un un 80 80% % la lass ju junt ntas as vvec ecin inal ales es o org rgan aniz izad adas as p por or e ell Mu Muni nici cipi pio o y por la Policía Nacional. Brin Brinda darr un trat trato oa ade decu cuad ado oa all 100 100% %d de e las las p per erso sona nass qu que ea acu cude den n a lla a comisaría en un periodo de 12 meses.

Estrategias Es el pa paso so do dond nde e se de debe be se seña ñala larr co con n cl clar arid idad ad la form forma a cómo cómo debe debemo moss desenvolverr nuestras fuerzas para reducir la criminalid desenvolve criminalidad ad y la violencia. En la estrategia del plan se implementan los cursos de acción delineados: ¿cuántos cuadrantes o sectores vamos a considerar para el trabajo de los efectivos policiales y del serenazgo?, ¿qué capacidad de reacción deben tener  frente a los requerimientos ciudadanos?, ¿cómo se va a relacionar el policía con los dirigentes vecinales?, vecinales?, ¿cuál debe ser la estrategia más adecuada para recibir  información?;; entre otros temas importantes. información? En esta fase, un aspecto esencial es la sectorización, y en cada una de ellas establecer la modalidad más frecuente de delitos que se producen y cuáles serán los grupos beneficiarios. Por ejemplo, se puede reducir algunos robos con varias estrategias: In Inst stru ruir ir a la lass ju junt ntas as ve veci cina nale less de segu seguri rida dad d ci ciud udad adan ana a q que ue ante ante la presen pre sencia cia de sos sospec pecho hosos sos toq toquen uen mas masiva ivame mente nte sil silbat batos os y/o hagan hagan funcionar sirenas o circulinas, o campanas. Cómo deben salir, como deben tr trat atar ar al so sosp spec echo hoso so si siem empr pre e re resp spet etan ando do su inte integr grid idad ad y dere derech chos os humanos hasta que llegue la Policía, etcétera.

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Co Cono noce cerr el núme número ro d de e vi vigi gila lant ntes es in info form rmal ales es ""gu guac achi hima mane nes" s" y es esta tabl blec ecer er un

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sistema de comunicación con las comisarías. Us Usar ar má máss si sist stem emas as de al alar arma ma a pr prue ueba ba de robo robos. s.

 

 

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Me Mejo jora rarr llas as op opor ortu tuni nida dade dess de de e edu duca caci ción ón para para los los vvec ecin inos os.. Co Cont ntar ar con con u una na cade cadena na tele telefó fóni nica ca de segu seguri rida dad. d. Co Cont ntar ar co con np pue uest stos os de au auxi xililio o ráp rápid ido o o comi comisa sarí rías as mó móvi vile les. s.

Estrategias (ejemplo) Re Real aliz izar ar ope opera ratitivo voss co conj njun unto toss po polilicí cía a – se sere rena nazg zgo o pa para ra p pre reve veni nirr y/ y/o o neutralizar la comisión -

de a act ctos os cito tos s ilanc en lo los pu punt ntos os ríti s de de... ...... ....... ....... ....... ...cad ada a 15crític díticos as. . y Est Estrec rechar hariilílíci la vig vigil ancia ias po polic licial ial yccrí del dtico elcos ser seren enazg azgo oe en n.......c los los pun puntos tos crídías os vulnerables vulnerabl es del distrito. De Desar sarrol rollar lar con las Juntas Juntas Ve Vecin cinale aless d de eS Segu egurid ridad ad Ci Ciud udada adana, na, acc accio iones nes de alerta por cuadrantes. Re Reali alizar zar ron rondas das mi mixta xtass a alre lreded dedor or de los los ccol olegi egios os con padre padress d de e ffam amili ilia. a. Fo Fort rtal alec ecer er el pr prog ogra rama ma de au auto topr prot otec ecci ción ón esco escola lar. r. Re Reali alizar zar en coo coordi rdinac nación ión con el M Min inist isteri erio od de e la la M Muj ujer er acc accio iones nes con contra tra la violencia familiar.

Nota: cada estrategia debe desagregarse en actividades y tareas que deben ser  puntualmente puntualmen te desarrolla desarrollados. dos. En base al comportamiento de la delincuencia descrito en el diagnóstico del Plan, en la estrategia determinaremo determinaremos: s: --

Divi Di visi sión ón d de dema marc rcac ació ión n te te terr rrit oria l po por rerim se sect ctor ores es cuad cu adra rant ntes es. Ca Capa paci cida dad de de dlae de rrea eacc cció ión n fr fren ente aitor lo los sialre requ quer imie ient ntos osocciu iuda dada dano nos. s.. Re Rela laci ción ón p pob obla laci ción ón-p -pol olic icía ía por por n niv ivel eles es d de e vi vigi gila lanc ncia ia p pol olic icia ial.l. Es Estr trat ateg egia ia má máss ad adec ecua uada da pa para ra re reci cibi birr iinf nfor orma maci ción ón por por pa part rte ed de e la la comunidad.

La sectorización de la demarcación territorial del distrito no debe ser fija, tiene que ser de naturaleza variable, cambiante, de conformidad con las evaluaciones periódicas que se realicen para mantenerla o variarla de acuerdo con la cantidad de vehículos policiales y del serenazgo con que se cuente y a la problemática delictiva. Se debe promover una nueva visión del patrullaje entendida sobre todo como una permanente comunicación directa con el vecino, es decir, recorrer el sector  asignado, entrevistándose con los dirigentes del barrio o del sector. Este tipo de patrullaje: Prom Promue ueve ve e ell es espí píri ritu tu d de e ve veci cind ndad ad,, so solilida dari rida dad d e in inte tegr grac ació ión n en entr tre e lo loss residentes de un determinado sector. De Desa sarr rrol olla la e ell co comp mpro romi miso so d de e la cciu iuda dada daní nía a co con n su p pro ropi pia a se segu guri rida dad d y co con n la Policía. Cierra e esspacios a lla ad de elincuenci cia a. Es Esta tabl blec ece eu una na re rela laci ción ón de conf confia ianz nza a ccon on la P Pol olic icía ía.. Per Permi mite te al pol policí icía ae ell con conoci ocimi mient ento oa ampl mplio io del del sect sector or y d de e ssu u co cole lecti ctivi vidad dad.. De Dete tect cta a y ne neut utra raliliza za la lass ccau ausa sass d de e los los prob proble lema mas. s. Fo Fome ment nta a la ccul ultu tura ra d del el rres espe peto to a ant nte e lo loss de dere rech chos os d del el o otr tro, o, e ell ci civi vism smo o y el acatamiento al principio de autoridad. Co Cont ntri ribu buye ye a la la ccre reac ació ión nd de e la la ccul ultu tura ra de segu seguri rida dad. d. Ju Junt nto o co con n el vvec ecin ino o el p pol olic icía ía d dia iagn gnos ostitica ca llos os p pro robl blem emas as d del el ssec ecto tor, r, ccon onoc oce e e informa sobre áreas abandonadas y/o aisladas, falta de sistemas de protección, falta de iluminación artificial, áreas que facilitan el refugio de delincuentes, delincue ntes, etcétera.

 

Dentro de la vigilancia policial que realiza la Policía Nacional y el servicio de serenazgo de los municipios, es posible distinguir diferentes tipos de modalidades de patrullaje: Patrullaje a pie. Patrullaje motorizado. Puesto fijo. De servicio en la comisaría. -

Dne u sse ervpu iceioste en un mó E un n pu ondu enaaucco xoilim o isrrá áapríia dom . óvil. De cco ontrol d de e ttrránsito, to, en entre ot otros.

Entonces, en cada uno de los Comités Provinciales o Distritales de Seguridad Ciudadana se determinará el sistema de vigilancia que emplea el personal de la comisaría y del servicio de serenazgo y los recursos empleados por cada tipo de vigilancia, como, por ejemplo: Pa Patru trullllaj aje e a pi pie: e: ccon onsti stitu tuid ido o po porr un una a pa pare reja ja d de e po polilicí cías as q que ue rrec ecor orre ren n un sector determinado. Pa Patru trullllaj aje e mo moto tori riza zado do:: co comp mpue uest sto o po porr un una a pa pare reja ja d de e po polilicí cías as q que ue p pat atru rullllan an en un vehículo policial (o un policía con efectivos del serenazgo) en vehículos de la municipalidad. Pa Patru trullllaj aje e en m mot otoc ocic icle leta ta:: Po Polilicí cía a en m mot otoc ocic icle leta ta qu que e ha hace ce rrec ecor orri rido do e en n un sector determinado del distrito. -

Serv rviici cio o enen co comi sarí ría a: Pe Pers rso onpolicial al poliyci cial al y recu recurs rsos os materi te rial ale es quyeque se encuentran lamisa dependencia realizan actividade actividades s internas apoyan al servicio de calle. Serv rviici cio o en pu pue esto sto de auxi xillio rá ráp pido do:: Perso rsonal de dell sere serena nazg zgo o qu que e se encuentra de servicio y comunica a la policía de las novedades de su sector.

Para poder determinar el "nivel de vigilancia actual" de cada distrito es preciso establecer una unidad de medida común que homologue los distintos sistemas y tipos de vigilancia policial empleados. Para ello, ILPES ha empleado relaciones de equivalencia tecnológica entre los distintos tipos t ipos de vigilancia. Para el caso de la vigilancia de la Policía Nacional del Perú, la Secretaría Técnica del CONASEC estableció la siguiente relación: V.

Actividades y Tareas Las actividades son las acciones que se ejecutan con la finalidad de alcanzar los objetivos específicos propuestos. Las actividades y tareas son importantes para lograr el producto final. Al asignar  responsabilidades, es necesario evaluar la capacidad que tiene cada persona para par a rea realiz lizarl arlas as en tér términ minos os de des destre trezas zas y con conoci ocimie miento nto.. Si est esto o falta, falta, se necesitará capacitar al personal para garantizar que dicha actividad se ejecute según lo planificado. También es necesario asignar un tiempo para cada actividad. Algunas activida activ idades des funci funcionar onarán án en forma simultá simultánea nea y alg algunas unas depe depender nderán án de que hayan finalizado otras para poder empezar. Luego, se puede calcular el tiempo que tardará todo el Plan Local en alcanzar los objetivos establecidos. Este plazo se deb debe e ve verif rifica icarr en for forma ma con consta stante nte y se deb debe e cam cambi biar ar para para consi conside derar  rar  cualquier imprevisto que pueda surgir durante el curso de la ejecución. Las tareas son los componentes mínimos de una actividad. Las tareas no se consignan en la matriz de programación, sino en el plan de trabajo del

responsable

 

de la actividad. A la descripción de la actividad se le suele denominar "tarea", que constituye el componente mínimo de una actividad. Actividades (ejemplo) Luego de sectorizar por cuadrantes la demarcación del distrito: De Dete term rmin inar ar la la ocur ocurre renc ncia ia d de e de delilito toss po porr zo zona nass o á áre reas as e en nb bas ase e a llos os p pun unto toss críticos y vulnerabl vulnerables. es. -

VI.

Fi Fija jarr res respo pons nsab abililid idad ades eslos pa para ra la e eje jecu cuci ón de pr prog ogra rama massriesgo, mul multitise sect ctor oria iale less en de reinserción social con jóvenes y ción adolescentes en así como las acciones contra la violencia familiar. Es Esta tabl blec ecer er lla a fo form rma a có cómo mo llos os ccoo oord rdin inad ador ores es d de e la lass ju junt ntas as vvec ecin inal ales es d deb eben en comunicarse con el perso persona nall poli policia ciall o de dell sere serena nazgo zgo ante ante un hec hecho ho pol polici icial al de em emerg ergen encia cia.. Es Esta tabl blec ecer er re resp spon onsa sabi bililida dade dess p par ara ae ell per perso sona nall de de p pat atru rullllaj aje e

Evaluación Es la última etapa del Plan y no por ella la menos importante. Permitirá cada semana o cada quince días convocar a los integrantes del Comité Provincial o Distrital de Seguridad Ciudadana para conocer los avances, los retrasos y las dificultades encontradas para modificarlas o insistir en la ejecución de las mismas. se continuar evalúa, no saberosicambiarlos la estrategia metas, si Si se no debe conpodremos otros aspectos y si ha los logrado recursossus se están empleando correctamente. La evaluación es necesaria para estimar si la estrategia ha cumplido sus objetivos; evaluar si han cambiado las percepciones de los vecinos; adaptar la estrategia según las informaciones que se reciba; comprender los resultados negativos que podría haber tenido la estrategia, por ejemplo, que la delincuencia se haya desplazado a otra área. La incorporación de modernas técnicas de evaluación se está convirtiend convirtiendo o en un imperativo de las policías del mundo, porque el Estado y la comunidad necesitan conocer la gestión administrativa y operativa de sus comisarías, mostrar logros tangibles en la represión y en la prevenció prevención n del delito y tener una buena relación con la ciudadanía, con una forma de solicitar una rendición de cuentas a que la población tiene derecho. Toda evaluación tiene por finalidad proporcionar criterios claros para la toma de decisiones. Los aspectos de mayor importancia a evaluar son los actores, los procesos y los resultados de un programa. La evaluación pasa también por determinar cuál ha sido el costo social de los delito del itoss com cometi etidos dos y cóm cómo o el Pla Plan n Ope Operat rativo ivo de Seg Seguri uridad dad Ci Ciud udada adana na ha contribuido para reducir sus efectos. Otro aspecto importante que debe considerar la evaluación son las inversiones en recursos y medios empleado empleadoss para la seguridad ciudadana, tanto en personal como en vehículos, equipos y otros medios. De igual manera es necesario considerar en la evaluación el tiempo promedio en minutos que tarda el personal policial para hacerse presente en el lugar de los hechos. Si bien es cierto que la presencia policial cuando ya se consumaron los hechos sirve sólo para detener  al delincuente o para calmar a la víctima, lo cierto es que la comunidad percibe la eficiencia policial en términos de la presencia inmediata en la escena del delito.

 

ANEXOS Ley 27933 – Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana LEY Nº 27933 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA: Ha dado la Ley siguiente:

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA CAPITULO I OBJETO Y MARCO CONCEPTUAL Artículo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana. Artículo 2º.- Seguridad Ciudadana Se entiende por Seguridad Ciudadana, para efectos de esta Ley, a la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, laón erradicación de las la violencia y laacios utilización pacifica, erradicación latribui violencia la utiliz utilizaci ación pacifi pacifica ca de vías y espaci esp os públic públicos. os. Del lamismo mis mo modo, modo, de contri con buirr a lay prevención de la comisión de delitos y faltas.

CAPITULO II CREACIÓN Y FINALIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 3º.- Creación y Finalidad del Sistema Crease el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), que tiene por objeto coordi coo rdinar nar eficaz eficazmen mente te la acción acción del Estado Estado y promov promover er la partic participac ipación ión ciudad ciudadana ana para para garantizar una situación de paz social. Artículo 4º.- Componentes del Sistema Son instancias integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana las siguientes: a. Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, cuenta con una Secretaria Técnica. b. Comités Regionales de Seguridad Ciudadana. c. d.

Comités Seguridad Ciudadana. Comités Provinciales Distritales dede Seguridad Ciudadana.

CAPITULO III CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 5º.- Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana Crease el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), como el máximo organismo encargado de la formulación, conducción y evaluación de las políticas de seguridad ciudadana; con autonomía funcional y técnica. Artículo 6º.- Dependencias El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana depende de la Presidencia de la República y es presidido por el Ministro del Interior. Artículo 7º.- Miembros del Consejo El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana está integrado por: El Mi Mini nist stro ro del del IInt nter erio ior, r, quié quién n lo lo pr presi esidirá dirá.. El Mi Mini nist stro ro de Justi ustici cia a o su repr repres ese entan ntante te.. El Mi Mini nist stro ro de Educ ducació ación n o su repr repres esen enta tant nte. e.

 

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El Mi Mini nisstro de de Sa Salud o su rep reprrese esentante nte. El Mi Mini nist stro ro de Ec Econ onom omía ía y Fina Finanz nzas as o su repr repres esen enta tant nte. e. Un re repr pres ese enta ntante nte de de la la Cor Cortte Su Suprem prema a de de Jus Justi tici cia. a. El Fisc Fiscal al de la Naci Nación ón o su rrep epre ressent entante ante.. El Defen efenssor del del Puebl ueblo o o su rep repre ressenta entant nte. e. Dos Dos Pr Pres esid iden ente tess Regi Region onal ales es o su suss repr repres esen enta tant ntes es.. El Al Alca cald lde e Met Metro ropo polilita tano no de Lima Lima o su su rrep epre rese sent ntan ante te.. Lo Loss Alcal Alcalde dess de las dos dos prov provin inci cias as capi capita tale less de depar departa tame ment nto o con mayo mayorr númer número o de

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lectores oesen sus representantes. -L -Los os repr repres enta tant ntes es del Pode Poderr Ejec Ejecut utiv ivo o se será rán n desi design gnad ados os por Reso Resolu luci ción ón Supre Suprema ma firmada por el titular del respectivo sector, y los demás representantes será designados por el titular de la entidad correspondiente.

Artículo 8º.- Facultades Especiales El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) está facultado para invitar a sus sesiones sesion es a representant representantes es de las diferentes institucion instituciones es públicas y privadas, privadas, de acuerdo acuerdo a la temática específica a tratar. Artículo 9º.- Funciones del Consejo El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana tiene las siguientes funciones: a. Esta Establ blec ecer er las las pol políti íticas cas y el Pla Plan n Naci Nacion onal al de Seg Seguri urida dad d Ciuda Ciudada dana na.. b. Apro Aprobar bar los los pla planes nes,, prog program ramas as y pro proye yect ctos os de de Segu Seguri ridad dad Ciu Ciudad dadan ana. a. c. Pr Prom omov over er la la inve invest stig igac ació ión n en mate materi ria a de Segu Seguri ridad dad Ciu Ciuda dada dana na.. d. Eval Evaluar uar la eje ejecu cuci ción ón de de la polít polític ica a de Segu Seguri rida dad d Ciuda Ciudada dana na.. e. f. g. h.

Promov Promover er el el inte interca rcambi mbio o y/o y/o coope cooperaci ración ón inte internac rnacion ional al en en materi materia a de Seguri Seguridad dad Ciudadana. El Elab abor orar ar anu anual almen mente te un un info inform rme e Naci Nacion onal al sob sobre re Seg Seguri uridad dad Ciu Ciuda dada dana na.. Inf Informa ormarr a la la Comisi Comisión ón de Defens Defensa a Nacion Nacional, al, Orden Orden Inter Interno no e Int Inteli eligen gencia cia del del Congr Congreso eso de la República sobre los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana antes de su respectiva aprobación. La Lass demá demáss que que sea sean n nece necesa sari rias as par para a el cump cumplilimi mien ento to de de sus sus fine fines. s.

Artículo 10º.- Atribuciones del Consejo El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana tiene las siguientes atribuciones: a. Di Dict ctar ar dir direc ectitiva vass sobr sobre e Segu Seguri rida dad d Ci Ciud udad adan ana. a. b. Impulsa Impulsarr proyec proyectos tos naci nacional onales, es, regional regionales, es, provin provincia ciales les y distr distrital itales es en en materi materia a de Seguridad Ciudadana. c. Absolv Absolver er consul consultas tas que se form formulas ulasen en sobr sobre e Se Seguri guridad dad Ciudada Ciudadana na en en el ámbito ámbito nacio nacional nal.. d. Cele Celebr brar ar co conv nven enio ioss co con n orga organi nism smos os naci nacion onal ales es e in inte tern rnac acio iona nale les, s, Orga Organi nism smos os No Gubernamentales (ONGs), empresas privadas, Ministerios de Educación, Salud, Justicia y otros organismos de Seguridad Ciudadana. Artículo 11º.- Secretaría Técnica La Secretaria Técnica es el órgano técnico ejecutivo y de coordinación, encargado de proponer  al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana la política, los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana para su aprobación, así como realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución de las acciones aprobadas a nivel nacional. Contará con profesionales, técnicos y especialistas en temas de Seguridad Ciudadana. La Secretaría Técnica está a cargo del Ministerio del Interior, para cuyos efectos se constituirá en una Unidad Ejecutora del Pliego del Ministerio del Interior. Artículo 12º.- Designación del Secretario Técnico El Secret Secretari ario o Técnico Técnico es design designado ado por el Consejo Consejo Nacion Nacional al de Seguri Seguridad dad Ciudad Ciudadana ana a propuesta de su presidente. CAPITULO IV LOS COMITÉS REGIONALES, PROVINCIALES Y DISTRITALES DE SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 13º.- Comités Regionales, Provinciales y Distritales Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en

sus

 

 jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñado por el CONASEC. Igualmente supervisan y evalúan su ejecución.

Artículo 14º.- Miembros del Comités Regional El Comité Regional es presidido por el e l Presidente de la Región e integrado por los siguientes miembros: La autoridad política de mayor nivel de la región. El Jefe Policial de mayor graduación de la región 

   



 

La autoridad educativa del más alto nivel. La autoridad de salud o su representante. Un representante del Poder Judicial, designado por Presidente de la Corte Superior de la  jurisdicción. Un representante del Ministerio Público, designado por el Fiscal Superior Decano de la  jurisdicción. El Defensor del Pueblo o el que hiciere sus veces. Tres Alcaldes de las provincias con mayor número de electores.

Artículo 15º.- Miembros del Comité Provincial El Comité Provincial es presidido por el Alcalde Provincial de su respectiva jurisdicción e integrado por los siguientes miembros: La autoridad política de mayor nivel de la localidad. El Jefe Policial de mayor graduación de la jurisdicción La autoridad educativa del más alto nivel. La autoridad de salud o su representante. Un representante del Poder Judicial, designado por Presidente de la Corte Superior de la  jurisdicción. Un representante del Ministerio Público, designado por el Fiscal Superior Decano de la  jurisdicción. El Defensor del Pueblo o el que hiciere sus veces. Tres Alcaldes de los Distritos con mayor número de electores de la Provincia. Un representante de las Juntas Vecinales. Un representante de las Rondas Campesinas. 





 











Artículo 16º.- Miembros del Comité Distrital El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana es presidido por el Alcalde de su respectiva  jurisdicción e integrado por los siguientes miembros: La autoridad política de mayor nivel de la localidad. El Comisario de la Policial Nacional a cuya jurisdicción pertenece el distrito. Un representante del Poder Judicial. 







Dos alcaldes de centros poblados menores. Un representante de las Juntas Vecinales. Un representante de las Rondas Campesinas. Los miembros del Comité Distrital, en base a la realidad particular de sus respectivos distritos, deberán incorporar a otras autoridades del Estado o representantes de las instituciones civiles que consideren conveniente.  

Artículo 17º.- Funciones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana tienen las siguientes funciones: a. Estudia Estudiarr y anal analiza izarr los proble problemas mas de segu segurid ridad ad ciud ciudada adana na a nive nivell de sus respec respectiv tivas as  jurisdicciones. b. Pr Prom omov over er la la organi organiza zaci ción ón de de las las Junt Juntas as Veci Vecina nale less de su su juris jurisdi dicc cció ión. n. c. Formula Formular, r, ejec ejecutar utar y contr controla olarr los los plan planes, es, program programas as y proye proyecto ctoss de de Segu Segurid ridad ad Ciudadana en sus respectivas jurisdicciones. d. Ejecut Ejecutar ar los los plan planes, es, program programas as y proyec proyectos tos de Segur Segurida idad d Ciuda Ciudadana dana dispues dispuestos tos por el el e. f.

Consejo Nacional deón Seguridad Ciudadana. Superv Supervisa isar r lla a ejec ejecuci ución d de e los los planes pla nes y prog program rama a de de Segur Segurida idad d Ciudad Ciudadana. ana. Cele Celebr brar ar conv onveni enios inst instit ituc uciional onales es..

 

g.

Coordin Coordinar ar y apoy apoyar ar los los planes planes,, progr programas amas y/o proyect proyectos os de de seguri seguridad dad ciud ciudada adana na por por las las  jurisdicciones colindantes.

Artículo 18º.- Atribuciones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana tienen las siguientes atribuciones: a. Aprobar los planes nes, progr ogramas y pro proyectos de Segu gurridad Ciudadana de sus correspondientes jurisdicciones, en concordancia con las políticas contenidas en el Plan b. c.

Nacional detiva Seguridad Ciudadana, informando al de Dict Di ctar ar dir direc ecti vas s de Seg Segur urid idad ad Ciud Ciudad adan ana a a nivel nivel dConsejo. e su juri jurisd sdic icci ción ón.. Difu Difund ndir ir las las medid medidas as y accio accione ness sobre sobre Segu Seguri ridad dad Ciu Ciuda dada dana na y evalu evaluar ar el impa impact cto o de las mismas en la comunidad.

CAPITULO V REGIMEN ECONÓMICO Artículo 19º.- Recursos del SINASEC Constituyen recursos de los órganos componentes componente s del Sistema los siguientes: a. Los que compr comprome ometen ten las Instit Instituci uciones ones y secto sectores res del Estado Estado compon component entes es del del Siste Sistema, ma, para el cumplimiento de las acciones que las competa. b. La Lass donaci donacion ones es,, legado legados, s, recur recurso soss que preve preveng ngan an de la coopera cooperaci ción ón inter internac nacio ional nal,, así como las contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de acuerdo a las normas legales vigentes. c.

Los Los dem demás que que les sean sean asign signad ados os..

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES PRIMERA.- Plan Nacional El Consej Consejo o Nacion Nacional al de Seguri Seguridad dad Ciudada Ciudadana na elabora elaborará rá el Plan Plan Nacion Nacional al de Seguri Seguridad dad Ciudadana para el Corto Plazo, en el término de ciento veinte (120) días contados a partir de la promulgación de la presente Ley, el mismo que deberá ser informado a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno e Inteligencia del Congreso de la República antes de su respectiva aprobación. SEGUNDA.- Reglamento El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor de sesenta (60) días contados a partir de su publicación. Comuníquese al señor Presidente de la república para su promulgación. En Lima, a los veintiocho días del d el mes de enero de dos mil tres. CARLOS FERRERO Presidente del Congreso de la República JESUS ALVARADO HIDALGO Primer Vicepresidente del Congreso la República  AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de febrero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia

 

DS N° 011-2014-IN Reglamento de Sistema de Seguridad Ciudadana Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana

DECRETO SUPREMO N° 011-2014-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.  Asimismo, por Decreto Supremo N° 012-2003-IN se aprobó el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, modificó el artículo 3 de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, constituyendo el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en esta materia, a fin de garantizar  la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, el artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que el Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana que, como autoridad técnica normativa, dicta normas y establece los procedimientos relacionados con la implementación de las políticas nacionales en esta materia, coordina su operación técnica, así como la articulación entre las diversas entidades involucradas, siendo responsable, además, de su correcto funcionamiento; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2013-IN se aprobó el "Plan Nacional de Seguridad Ciudad Ciu dadana ana 2013-2 2013-2018" 018" como como políti política ca nacion nacional al del Estado Estado Peruan Peruano, o, pri princi ncipal pal instru instrumen mento to orientador en esta materia, que establece la visión, las metas, los objetivos y las actividades para enfrentar la inseguridad, la violencia y el delito en el país; Que, la Ley N° 30055, Ley que modifica la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispuso en su Única Disposición Complementaria Transitoria que el Poder Ejecutivo adecuará el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y sus modificatorias; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 1013-2013-IN se constituyó en el Ministerio del Interior una Comisión Sectorial encargada de formular una propuesta de nuevo Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y sus modificatorias; Que, en tal virtud, mediante Resoluciones Ministeriales N°s. 1522-2013-IN y 007-2014-IN, se dispuso la pre publicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y sus modificatorias, elaborado por la Comisión Sectorial creada para tal efecto; Que, luego de haber recibido, examinado y consolidado los aportes realizados por las entidades públicas e instituciones de la sociedad civil involucradas en el desarrollo del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, corresponde aprobar el citado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 27933,

 

Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y sus modificatorias, así como la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:

Artículo Artícu lo 1.- Reglam Reglament ento o del Sistem Sistemaa Nacion Nacional al de Segur Segurida idad d Ciu Ciudad dadana ana  Aprobar el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y sus modificatorias, el mismo que consta de ocho (8) Títulos, veinte (20) Capítulos, y ochenta y tres (83) Artículos, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Financiamiento La implementación implementación de lo establecido establecido en el presente Decreto Supremo se financiará con cargo al presupuesto institucional de las entidades públicas que integran el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, por  el Ministro de Transportes y Comunicaciones y por el Ministro del Interior. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. - Medidas de implementación Las entidades integrantes del Sistema Nacional Seguridad Ciudadana deberán adoptar las acciones y medidas pertinentes, con cargo a susdepresupuestos institucionales, para el eficaz cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento que se aprueba mediante el presente Decreto Supremo.

SEGUNDA. - Apoyo de los servicios de seguridad privada Las empresas de servicio de seguridad privada así como las personas que brindan dicho servicio conforme a lo previsto en la ley de la materia, prestan apoyo a la Policía Nacional del Perú en el cumplimiento de sus funciones, conforme a la normativa vigente. TERCERA. - Capacitación y entrenamiento de serenos municipales La Dirección de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú puede implementar  programas de capacitación y entrenamiento a los serenos municipales, para lo cual suscribe convenios de cooperación interinstitucional a través del Ministerio de Interior. CUARTA. - Intercambio de Buenas Prácticas La Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Interior fomentará el intercambio interc ambio de buenas prácticas prácticas entre los Gobiernos Locales, Locales, con la finalidad finalidad de incrementar  incrementar  los niveles de seguridad ciudadana. QUINTA. - Otorgamiento de facultades al Ministerio del Interior  Facúltese Facúlt ese al Ministerio Ministerio del Interior Interior a dictar, dictar, mediante mediante Resolución Resolución Ministerial, Ministerial, las disposiciones disposiciones complementarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS PRIMERA. - Convocatoria e Instalación de los Comités de Seguridad Ciudadana Los Presidentes de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana deberán convocar e instalar dichos Comités, según sea el caso, en el término perentorio de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, bajo responsabilidad.

 

SEGUNDA.- Formulación y aprobación de Planes de Seguridad Ciudadana Los Planes de Seguridad Ciudadana en el ámbito regional, provincial y distrital que se encuentren en ejecución al momento de entrar en vigencia el presente Decreto Supremo, mantienen su validez, valide z, en tanto se adecúen al Plan Nacional de Seguridad Seguridad Ciudadana 2013-2018, 2013-2018, aprobado aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-IN. TERCERA.- Perfil del Gerente de Seguridad Ciudadana de las Municipalidades La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), en coordinación con la Dirección General de Seguridad del Ministerio del Interior, definirásus el perfil de los Gerentes Seguridad Ciudadana Ciudadana de las Municipalidades, o los que hagan veces, presente en de el Manual de Puesto Tipo (MPT), en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.

CUARTA. - Perfil del Sereno Municipal La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), en coordinación con la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, definirá el perfil de los serenos municipales presente en el Manual de Puesto Tipo (MPT), en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo. QUINTA. - Manual del Sereno Municipal La Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, en el marco del SINASEC y en coordinación con organizaciones representativas de Gobiernos Locales (AMPE, REMURPE, entre otras), elaborará el Manual del Sereno Municipal, el cual será aprobado en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto con el articular el trabajo conjunto con la Policía Nacionaldedel Perú a finSupremo, de fortalecer la propósito seguridad de ciudadana, bajo el liderazgo operativo del Comisario la  jurisdicción.

SEXTA. - Manual sobre las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana La Dirección Ejecutiva de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional del Perú, en coordinación con la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, elaborará el Manual de Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, el cual deberá ser aprobado mediante Resolución del Titular del Sector Interior en un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo. SÉTIMA. - Implementación gradual de los estándares técnicos Los estándares técnicos a los que se refiere el artículo 62 del Reglamento aprobado por el presente Decreto Supremo, se implementarán gradualmente en un periodo no mayor a tres (3) años. OCTAVA. - Regulación de vehículos aéreos no tripulados El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de  Aeronáutica Civil, en el ámbito de sus competencias, en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo regulará el uso de los vehícul vehículos os aéreos aéreos no tripul tripulados ados para la seguri seguridad dad ciudad ciudadana ana,, disponi disponiend endo o los requisitos, estándares técnicos y restricciones para su circulación. NOVENA. - Lineamientos metodológicos para el diseño de las políticas y planes de seguridad ciudadana En un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, el Ministerio del Interior, a propuesta de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, aprobará mediante Resolución Ministerial los lineamientos técnicos, normas, directivas e instrumentos para el diseño de las políticas y planes de seguridad ciudadana a nivel regional y local. DÉCIMA. - Lineamientos para la implementación, monitoreo y evaluación de los planes regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana En un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, el Ministerio del Interior aprobará, mediante Resolución Ministerial,

los lineamientos para la implementación, monitoreo y evaluación de los planes regionales,

 

provinciales y distritales de seguridad ciudadana a que se refiere el artículo 50 del presente Reglamento.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. - Derogatoria Deróguese el Decreto Supremo Ciudadana. N° 012-2003-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República  ANA JARA VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 

REGLAMENTO DE LA LEY N° 27933, LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO UNICO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto del Reglamento El presente Reglamento tiene por objeto regular los alcances de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), y sus modificatorias. Establece los principios, procesos y normas que regulan el funcionamiento del SINASEC y el de las entidades que lo conforman.

Artículo 2.- Ámbito de Aplicación El presente Reglamento es aplicable a todas las entidades que conforman los órganos del Sistema Sistem a Nacional Nacional de Seguridad Seguridad Ciudadana, en el marco de sus competencias competencias y atribuciones. atribuciones.  Asimismo, regula los alcances de la participación de la ciudadanía, la sociedad civil organizada, los medios de comunicación y el sector privado. Artículo 3.- Definiciones a. Segur Segurida idad d ciud ciudada adana: na: Es la acción integrada y articulada que desarrolla el Estado, en sus tres niveles de gobierno, con la participación del sector privado, la sociedad civil organizada y la ciudadanía, destinada a asegurar la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia en cualquiera de sus manifestaciones y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas. (Modificado por DS Nro. 010-2019-IN) b. Juntas Juntas Vecinales Vecinales de Seguridad Seguridad Ciudad Ciudadana: ana: Son organizaciones sociales de base, integradas por agrupaciones de vecinos, que son promovidas y organizadas por la Policía Nacional del Perú. Tienen por misión apoyar apo yar a las

 

Oficinas Oficin as de Partic Participa ipació ción n Ciudada Ciudadana na (OPC) (OPC) de las Comisa Comisaría ríass en las activi actividad dades es de coordinación, prevención y proyección social, así como brindar información que contribuya a mejorarr la seguridad ciudadana mediante el trabajo mejora trabajo voluntario voluntario y solidario, solidario, no remunerado, remunerado, participativo y de servicio a la comunidad. (Modificado por DS Nro. 010-2019-IN)

c. Juntas Juntas Vecina Vecinales les Comun Comunale ales: s: Son organizaciones organizaciones sociales encargadas de supervisar supervisar la prestación prestación de servicios servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, de de obras municipales otros servicios que se indiquen de manera precisa enla laejecución Ordenanza su creación. Losy concejos municipales convocan a elecciones de Juntas Vecinales Comunales, a propuesta del alcalde, los Regidores o los vecinos. (Modificado por DS Nro. 010-2019-IN)

TÍTULO II SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 4.- Definición El Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) es un sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana, con el fin de garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto garantías individuales y sociales nivel nacional, para lograr situación situac ión de paz social de y lalas protección protecció n del libre ejercicio ejercic io de losaderechos y libertades. Parauna tal efecto, coordina la acción del Estado y promueve la participación ciudadana.

Artículo 5.- Objetivos Son objetivos del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) los siguientes: a. Asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana con la participación de las entidades del Estado, a nivel multisectorial e intergubernamental. b. Promover Promover y coordinar coordinar la participación participación de las diferentes diferentes instituciones instituciones públicas, públicas, ciudadanía, ciudadanía, sociedad civil organizada, sector privado y medios de comunicación en materia de seguridad ciudadana, a fin de garantizar una situación de paz social. c. Desarrollar mecanismos de rendición de cuentas, control y vigilancia ciudadana respecto del quehacer de los organismos del Sector Público y Gobiernos Locales, en materia de seguridad ciudadana. d. Organizar, Organizar, desarrollar desarrollar capacidades capacidades y motivar a la comunidad comunidad para que apoye activamente activamente el la, seguridad local. e. esfuerzo Pri Priori orizar zar multisectorial y desarr desarroll ollar arpara las mejorar políti políticas cas, planes planes,, program pro gramas as y activi actividade dadess multis multisect ectoria oriales les preventivas del delito, faltas y contravenciones, así como impulsar y promover los proyectos que las entidades realicen en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública. f. Coordi Coordinar nar las política políticas, s, lineami lineamient entos os y especi especific ficaci aciones ones técnicas técnicas a fin de garant garantiza izarr la estandarización e interoperabilidad de los sistemas de video vigilancia, radiocomunicación y telecomunicaciones a nivel nacional para la seguridad ciudadana. Las coordinaciones, en cuanto a las especificaciones técnicas, se ciñen al apoyo que pueda requerir el órgano encargado de elaborarlas, en el marco de las normas de contratación pública vigente y de las disposiciones que emita el Ministerio del Interior. g. Promov Promover er y coordi coordinar nar que las entidades entidades integran integrantes tes del Sistem Sistema a Nacion Nacional al de Seguri Seguridad dad Ciudadana (SINASEC) implementen las acciones a cargo del referido Sistema. h. Promover el uso de información de altos estándares de calidad para la toma de decisiones y para par a el seguim seguimient iento o de los result resultado adoss de las interv intervenc encion iones es en materi materia a de seguri seguridad dad ciudadana. i. Promover el diseño, aprobación, ejecución y evaluación de las las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana.  j. Promover la integración y articulación de las políticas públicas para la recuperación de los espacios públicos y reducción de los factores de riesgo social que propician comportamientos delictivos.

 

k. Coadyu Coadyuvar var al for fortal taleci ecimie miento nto de la Policía Policía Nacional Nacional del Perú Perú para para el cumplimie cumplimiento nto de sus competencias, funciones y atribuciones. l. Coady Coadyuv uvar ar a la conso consolilida daci ción ón de dell Gobi Gobier erno no Poli Polici cial al Elec Electr tróni ónico co m. Cont Contri ribu buir ir co con n el mejoramiento del sistema de administración de justicia para la reducción de la delincuencia.

Artículo 6.- Principios aplicables Son principios que rigen el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) los siguientes: a. Legalidad El funcionamiento del SINASEC está Constitución Política Perú y las: leyes de la República, en el marco de regulado defensa por de lala persona y respeto de del su dignidad, fin supremo de la sociedad y el Estado. b. Coordinación y articulación: Las entidades y órganos que forman parte del SINASEC mantienen relaciones de coordinación entre sí y con la sociedad civil organizada y la ciudadanía. c. Integralidad: Los Los serv servic icio ioss de segu seguri rida dad d ciud ciudad adana ana so son n el co conj njunt unto o de ac acci cion ones es de pr prev even enci ción ón de la viol violenc encia ia y el deli delito, to, el cont control rol y la perse persecu cuci ción ón de lo loss mi mism smos os,, la rehabilitación y reinserción social de quienes delinquen y la atención a las víctimas. d. Participación ciudadana: Es la intervención informada y responsable de la ciudadanía, sociedad civil organizada, sector privado y medios de comunicación, durante el proceso de implementación, monitoreo y evaluación de los planes y programas de seguridad ciudadana, a fin de lograr una adecuada toma de decisiones en función de las metas y objetivos estratégicos establecidos en el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana. e. Ética y transparencia: Los actores públicos y privados, sociedad civil organizada y ciudadanía que intervengan en la articulación del SINASEC deberán hacerlo con probidad, f.

g.

h. i.

idoneidad, veracidad, justicia, equidad, lealtad, sin injerencia política y con respeto al Estado de Derecho. Rendición de cuentas: Los responsables de la gestión de la seguridad ciudadana deberán utilizar adecuadamente los recursos asignados dando cuenta periódicamente a la población acerca de los avances, logros, dificultades y perspectivas. Asimismo, deberán generar  medios idóneos que permitan el acceso ciudadano a la información pública. Orientación y difusión al ciudadano : Las entidades públicas orientarán sus intervenciones con un enfoque de demanda, a fin de atender los requerimientos de la ciudadanía en materia de seguridad ciudadana. Asimismo, estas entidades y las del sector privado, deberán informar y difundir las acciones que desarrollan en el marco del SINASEC. Prevención: El SINASEC debe priorizar y desarrollar desarrollar las políticas políticas públicas preventivas preventivas de delito del itos, s, faltas faltas y contra contraven vencio ciones nes,, a través través del diseño diseño de planes planes y progra programas mas anuales anuales y multianuales. Cooperación multisectorial e intergubernamental : Las instancias y entidades que integran el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, así como los órganos del sector  públic púb lico o y la comunid comunidad ad organi organizad zada, a, art articu iculan lan esfuer esfuerzos zos con el propós propósito ito de lograr lograr el desarrollo de acciones comunes e integradas que contribuyan a la seguridad ciudadana.

Artículo 7.- Relación del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadan Ciudadanaa con otros sistemas El Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) y los otros sistemas administrativos y funcionales del Estado coadyuvan a garantizar la seguridad ciudadana participando en los procesos y acciones que de ella se deriven. CAPÍTULO II COMPONENTES DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 8.- Componentes del Sistema Son componentes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) las instancias de coordinación interinstitucional y los órganos de ejecución en los distintos niveles de gobierno, así como las entidades que los integran. a. Instancias de de Coordinación Coordinación Interinstitucional: 1. Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC). 2. Comités Regionales de Seguridad Ciudadana (CORESEC). 3. Comités Provi Provinciales nciales de Seguridad Ciudadana (COPROSEC).

4. Comités Distri Distritales tales de Seguridad Ciudadana (CODISEC). (CODISEC).

 

b. Órganos Órganos de Ejecución Ejecución: 1. Órgano Órganoss de Ejecución Ejecución Nacional Nacional de Seguridad Seguridad Ciudadana. 2. Órganos de Ejecución Regional de Seguridad Ciudadana. 3. Órgano Órganoss de Ejecución Local de Seguridad Seguridad Ciudadana. Ciudadana. Las instancias y órganos que conforman el SINASEC se rigen por sus principios y normas, y por aq aque uellllas as no norm rmas as que que les les atri atribuy buyen en func funcio ione ness en mate materi ria a de se segu guri ridad dad ciud ciudad adan ana. a. Mantienen relaciones funcionales de interacción, coordinación y mutua colaboración.

Artículo 9.- Ente rector  El Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC). Constituye la autoridad técnico-normativa de alcance nacional encargada de dictar  norma nor mas, s, es esta tabl blec ecer er los los line lineam amie ient ntos os y proce procedi dimi mient entos os rel relaci acion onad ados os co con n el di dise seño ño,, la implementación y evaluación de las políticas de seguridad ciudadana y coordinar su operación técnica, así como las formas de articulación entre las diversas entidades involucradas. Es responsable del funcionamiento estructurado, articulado y descentralizado de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. En el ejercicio de su rectoría, el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, tiene las siguientes funciones: a. Diseñar Diseñar,, propon proponer, er, coordinar coordinar,, ejecut ejecutar ar y evalua evaluar, r, en el marco de sus compet competenci encias, as, las políticas, planes, programas, proyectos y actividades en materia de seguridad ciudadana. b. Promover Promover y coordinar la participaci participación ón del sector privado privado y la sociedad sociedad civil en materia materia de seguridad ciudadana. c. Formular Formular y aprobar lineamientos lineamientos técnicos, técnicos, directivas directivas e instrumentos instrumentos para la programación programación,, diseño, ejecución, seguimiento, evaluación, difusión y promoción de las políticas y planes de seguridad ciudadana. d. Brindar Brindar capacitación capacitación y asistencia asistencia técnica técnica a todas las entidades entidades que conforman conforman el SINASEC para la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana. e. Supervisar Supervisar el cumplimiento cumplimiento de la elaboración elaboración de Planes de Acción Acción Regional Regional de seguridad ciudadana, así como la ejecución de las políticas, normas y acciones en materia de seguridad ciudadana de las entidades que conforman los CORESEC, bajo un enfoque de gestión gesti ón por resultados, resultados, descentralizado, descentralizado, intercultural intercultural y género, género, efectuando efectuando el seguimiento, seguimiento, monitoreo y evaluación correspondientes. f. Prior Priorizar izar y desarrolla desarrollarr las políticas, políticas, planes, planes, programas programas y proyect proyectos os para la prevenció prevención n de la violencia y el delito, así como diseñar, priorizar, conducir, coordinar y monitorear las acciones destinadas a lograr los objetivos de estrategias sectoriales o multisectoriales destinadas a prevenir el delito en todas sus etapas y a nivel nacional. g. Pr Prop opone onerr y coord coordin inar ar la impl implem emen enta taci ción ón de estr estrat ateg egia ias, s, no norm rmas as y pr proce ocedi dimi mient entos os de actuación para todas las entidades que conforman el SINASEC, en las materias de su competencia h. Promov Promover er la organiz organizaci ación, ón, funcio funcionam namien iento to articul articulado ado y estruc estructura turado do de las Secret Secretarí arías as Té Técni cnica cass de los los tres tres nive nivele less de Comi Comité té de Segur Segurid idad ad Ciuda Ciudada dana na,, su supe perv rvis isan ando do y monitoreando periódicamente, dando cuenta a las instancias correspondientes de los logros y dificultades halladas, para su mejora o cambio. i. Informar Informar al Consejo Consejo Nacional Nacional de Segurid Seguridad ad Ciudadana Ciudadana (CONASE (CONASEC), C), sobre sobre los avances avances en la ejecución de las políticas y planes nacionales de seguridad ciudadana. Asimismo, cuando sea requerido informar al Presidente de la República y al Congreso de la República.

 

 j. Coordinar la cooperación de la Policía Nacional del Perú y las Municipalidades en materia de seguridad ciudadana, especialmente la articulación de los recursos humanos y logísticos de las Comisarías y los servicios de serenazgo para el patrullaje integrado, bajo comando y liderazgo operativo del Comisario, así como coadyuvar a la organización y capacitación de las juntas vecinales. k. Supervisar Supervisar el cumplimient cumplimiento o de las normas que regulan regulan el servicio de seguridad seguridad ciudadana ciudadana a nivel nacional; el adecuado empleo de las armas no letales, menos letales o potencialmente letales; el uso de las tecnologías, uniformes, vehículos, distintivos e implementos para el adecuado cumplimiento de funciones en materia de seguridad ciudadana. l. Establecer Establecer las polític políticas, as, lineamien lineamientos, tos, mecanismo mecanismoss y especificac especificaciones iones técnicas técnicas de de estandarización de los sistemas de video vigilancia, radiocomunicación y telecomunicaciones. m. Supervisar la ejecución de las acciones destinadas a integrar los sistemas de video vigilancia, radiocomunicación y telecomunicaciones entre los Municipios, Entidades Gubernamentales y la Policía Nacional del Perú, así como con el sector privado que suscriba convenios con tal fin. n. Dictar Dictar los lin lineami eamient entos os técnic técnicos os para para la for formul mulaci ación, ón, evaluació evaluación n y actual actualiza izació ción n de los mapas del delito, con la colaboración de los Municipios, la sociedad civil y la comunidad organizada. ñ. Elaborar, publicar, difundir sus y actualizar el así directorio de órganos todas lasdeinstancias coordinación del SINASEC, incluyendo miembros, como los ejecución,decon indicación clara de los servicios que brindan, recursos disponibles y responsables en los distintos niveles de gobierno, incluyendo direcciones, correos electrónicos y números de teléfono. o. Certificar Certificar los Centros Centros de Capacitació Capacitación n de Serenos, conforme conforme a las normas específi específicas cas en la materia, y administrar el Registro de Serenazgos, Registro Nacional de Serenos y Registro Nacional de Centros de Capacitación de Serenos. p. Elaborar Elaborar propuestas propuestas normativas normativas en materia de seguridad seguridad ciudadana, ciudadana, incluyendo incluyendo los servicios de seguridad ciudadana, entre ellos, el servicio de serenazgo a nivel nacional. q. Emitir Emitir opinión técnica técnica sobre toda propuesta propuesta legi legislativ slativa a en materia de seguridad seguridad ciudadana. r. Coordi Coordinar nar la implem implement entaci ación ón de mecani mecanismos smos de transpare transparenci ncia a y rendic rendición ión de cuentas cuentas en atención a las políticas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana. s. Proponer Proponer las acciones acciones para la difusión difusión y promoción de las políticas, políticas, planes, planes, programas programas y proyectos de seguridad ciudadana. t. Las demá demáss funciones funciones que le asigne asigne el ordenami ordenamiento ento jurídico jurídico vigente, vigente, vincul vinculadas adas a su condición de ente rector del SINASEC. Estas funciones se desarrollarán, en lo que corresponda, aplicando el enfoque de gestión por  resultados y los enfoques establecidos en el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana. (Modificado por DS Nro. 010-2019-IN)

CAPÍTULO III CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 10.- Definición El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) es el máximo organismo del Sistema, Sistem a, encargado encargado de la formulación, formulación, conducción conducción y evaluación evaluación de las políticas de seguridad seguridad ciudadana. Cuenta con autonomía funcional y técnica.

 

El Consejo Nacional se reúne ordinariamente cuatro (4) veces al año, siendo por lo menos dos (2) de las sesiones efectuadas de forma descentralizada. Se reúne además extraordinariamente cuando lo convoque su presidente. El quórum para las sesiones del Consejo es de la mitad más uno de sus miembros titulares. Los miembros titulares de las entidades que conforman el CONASEC designan con documento oficial a los funcionarios que se encargarán de ejecutar e implementar sectorialmente las políticas en materia de seguridad ciudadana y el plan nacional de seguridad ciudadana, así como la emisión del informe trimestral deSecretaría cumplimiento. Dicho funcionario además será considerado como enlace permanente con la Técnica del CONASEC. (Modificado por DS Nro. 010-2019-IN)

Artículo 11.- Miembros El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) depende de la Presidencia de la República. La presidencia del CONASEC recae en el Presidente del Consejo de Ministros, quien qui en es respons responsabl able e de convoc convocar, ar, instal instalar ar y presid presidir ir sus sesion sesiones. es. El CONASE CONASEC C está está integrado por los siguientes miembros titulares: a. b. c. d. e.

El/La President Presidente/a e/a del Consejo Consejo de Ministros, Ministros, quien quien lo preside. El/La El/La Minist Ministro/ ro/a a del Interio Interior. r. El/La Ministro/a Ministro/a de Justicia Justicia y Derechos Derechos Humanos. Humanos. El/La El/La Minist Ministro/ ro/a a de Educació Educación. n. El/La El/La Minis Ministro tro/a /a de Salu Salud. d.

f. El/ La Ministro/a Minis Ministro tro/a /a de Econ Economía omía Fi as. ciones.. g. El/La El/La Minist ro/a de Transportes Transpo rtesy Finanz y nanzas. Comunica Comunicaciones h. El/La Ministro/a Ministro/a de Comercio Comercio Exterior Exterior y Turismo. Turismo. i. El/La Ministro/a Ministro/a de la la Mujer Mujer y Poblacio Poblaciones nes Vulnerab Vulnerables. les.  j. El/La Ministro/a de Desarrollo e Inclusión Social. k. El/La Presidente/a Presidente/a del Poder Judicial. Judicial. l. El El/L /La a Fisc Fiscal al de la Nac Nació ión. n. m. El/La Defenso Defensor/a r/a del Pueblo. Pueblo. n. El/La President Presidente/a e/a de la Asociación Asociación de Presiden Presidentes tes Regionales. Regionales. o. El/La Alcalde/sa Alcalde/sa Metropolitano Metropolitano/a /a de Lima. Lima. p. El/La President Presidente/a e/a de la Asociación Asociación de Municipalida Municipalidades des del Perú (AMPE). q. El/La Comanda Comandante nte General General de la Policía Policía Nacional Nacional del del Perú. r. El/La Presidente/a Presidente/a del Sistem Sistema a Nacional Nacional Peniten Penitenciario ciario.. s. El/La Presidente/a Presidente/a del Consejo Consejo Naciona Nacionall de la Prensa. Prensa. t. El/La Presidente/a Presidente/a de la Sociedad Sociedad Naciona Nacionall de Segurida Seguridad. d. u. El/La Comandant Comandante e General del Cuerpo Cuerpo General de Bomb Bomberos eros Voluntarios Voluntarios del Perú. Las autori autoridad dades es que integr integran an el CONASE CONASEC C son respon responsab sables les de partic participa iparr y asisti asistir  r  personalmente a las sesiones. El CONA CONASE SEC C podrá podrá invi invitar tar a especi especial alis ista tass en la mate materi ria a y a re repr pres esent entant antes es de la lass instituciones públicas y privadas no integrantes del Consejo que estime pertinente. Para el cumplimiento de sus fines, podrá conformar equipos de trabajo con participación de profesionales especializados. (Modificado por DS Nro. 010-2019-IN)

Artículo 12.- Funciones El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) tiene las siguientes funciones: a. Proponer Proponer ante la Presidencia Presidencia del Consejo Consejo de Ministros Ministros la aprobación del Plan Plan Nacional Nacional de Seguridad Ciudadana y otras políticas vinculadas a la seguridad ciudadana, elaborados bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y descentralizado. b. Proponer Proponer ante la Presidencia Presidencia del Consejo Consejo de Ministros, Ministros, la aprobación aprobación de planes, programas programas y proyectos de seguridad ciudadana de relevancia nacional.

 

c. Promover Promover la investigaci investigación ón en materia materia de seguridad seguridad ciudadana. ciudadana. d. Evaluar Evaluar anualmente anualmente el cumplimiento cumplimiento del Plan Nacional Nacional de Seguridad Seguridad Ciudadana Ciudadana y las políticas en materia de seguridad ciudadana aprobadas por el Consejo de Ministros. e. Promover Promover el intercambio intercambio y cooperación cooperación internacional internacional en materia materia de seguridad ciudadana. ciudadana. f. Elabor Elaborar ar anualmente, anualmente, bajo responsabi responsabilidad, lidad, un informe informe nacional nacional sobre seguridad seguridad ciudadana ciudadana,, qu que e form formul ulará ará las las recom recomen endac dacio ione ness al Prog Program rama a Naci Naciona onall de Bien Bienes es In Inca caut utad ados os (PRONABI) para la priorización en el equipamiento a la Policía Nacional del Perú y las municipalidades provinciales y distritales de menores recursos que cumplan con las metas propuestas propues tas en su Plan de Seguridad Ciudadana Ciudadana y que no se encuentren encuentren en Lima Metropolitana ni en la Provincia Constitucional del Callao. Copia de este informe debe remitirse a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República. g. Informar Informar a la Comisión de Defensa Nacional, Nacional, Orden Interno, Interno, Desarrollo Desarrollo Alternativ Alternativo o y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República sobre los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana antes de su aprobación. h. Proponer Proponer estrategias estrategias de prevención prevención contra contra las actividades actividades delictivas. delictivas. i. Realizar Realizar el monitoreo monitoreo y supervisi supervisión ón de la implementa implementación ción de las las políticas, políticas, planes, planes, programas programas y proyectos de alcance nacional en materia de seguridad ciudadana.  j. Coordinar estrategias en el marco de sus competencias con el Consejo Nacional de Política Criminal - CONAPOC, compartiendo información en forma recíproca. k. Pr Promo omove verr el cumpl cumplim imie ient nto o de los los compr comprom omis isos os se sect ctor oria iale less en mater materia ia de se segu guri rida dad d ciudadana, así como la articulación interinstitucional. l. Pr Prop opon oner er re reco come mend ndac acio ione ness para para opti optimi miza zarr el fu func ncio iona nami mien ento to de la lass in inst stan anci cias as de coordinación regional y local. m. Participar en las consultas ciudadanas nacionales en materia de seguridad seguridad ciudadana (Modificado mediante DS Nro. 010-2019-IN)

Artículo 13.- Presidencia La presid presidenc encia ia del Consej Consejo o Nacion Nacional al de Seguri Seguridad dad Ciudad Ciudadana ana (CONAS (CONASEC) EC) recae recae en el Presidente del Consejo de Ministros, quien es responsable de convocar e instalar sus sesiones. Artículo 14.- Secretaría Técnica del CONASEC (Modificado mediante DS Nro. 010-2019-IN) La Secretaría Técnica es el órgano técnico ejecutivo y de coordinación. La Secretaría Técnica del CONASEC es ejercida por la Dirección General de Seguridad Ciudadana dependiente del Viceministerio de Seguridad Pública del Ministerio del Interior. La Secretaría Técnica está facultada para realizar coordinaciones directas con los respons res ponsabl ables es del cumpli cumplimie miento nto de los comprom compromiso isoss sector sectorial iales es en materi materia a de seguri seguridad dad ciudadana.

CAPÍTULO IV COMITÉS REGIONALES DE SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 15.- Definición El Comité Comité Regional Regional de Seguri Seguridad dad Ciudad Ciudadana ana (CORES (CORESEC) EC),, es una instan instancia cia de diálog diálogo, o, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades en materia de seguridad ciudadana, en el marco de las Políticas Nacionales diseñadas por el CONASEC.  Articula las relaciones entre las diversas entidades públicas y privadas que forman parte del

SINASEC a nivel regional. Cuenta con una Secretaría Técnica. Té cnica.

 

Artículo 16.- Miembros El CORESEC está integrado por: a. El/La Gobernador Gobernador/a /a Regional, Regional, quien lo preside. preside. El cargo de Presidente Presidente del CORESEC CORESEC es indelegable, bajo responsabilidad. b. El/La El/La Prefec Prefecto to Region Regional. al. c. El/La jefe/a jefe/a policial policial de mayor graduación graduación que preste preste servicios servicios en la jurisdicci jurisdicción ón del Gobierno Gobierno Regional. d. El/La director directora/a a/a Regional Regional de Educación Educación o el funcionario funcionario que que haga sus veces. e. El/La director directora/a a/a Regional Regional de Salud o el funcionar funcionario io que haga sus veces. veces. f. Un repre representan sentante te del Poder Poder Judicial, Judicial, designado designado por por el Presidente Presidente de la la Corte Superior Superior de la  jurisdicción. g. Un representante representante del Ministerio Ministerio Público, Público, designado designado por el Fiscal Superior Superior Decano Decano de la  jurisdicción. h. El responsabl responsable e de la Oficina Oficina Defensoria Defensoriall de la región. i. Los alcaldes alcaldes de las tres tres provincias provincias de de la región que que cuenten cuenten con el mayor número número de electores electores  j. El/La Coordinador/a Regional de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú. Los miembros de instituciones y organizaciones que integran el CORESEC en calidad de representantes deberán ser acreditados ante el Presidente del Comité. De acuerdo a la realidad particular de cada circunscripción territorial, y con el voto aprobatorio la mayoría de de susotras miembros, el Comité Regional deas, Seguridad Ciudadana podrá incorporar incorp orar ade representant repres entantes es entidades entidades públicas y privadas, privad así como representantes representa ntes de organizaciones sociales que considere pertinente. Todos los miembros del CORESEC están obligados a asistir y participar personalmente en sus sesiones, bajo responsabilidad. El quórum para el desarrollo de las sesiones se contará únicamente con los miembros establecidos en la Ley, siendo éste el de la mitad más uno del número establecido en el presente reglamento. Para el cumplimiento de sus fines, los CORESEC podrán conformar grupos de trabajo (Modificado mediante DS Nro. 010-2019-IN)

Artículo 17.- Funciones El CORESEC tiene las siguientes funciones: a. Proponer Proponer ante el Gobierno Gobierno Regional Regional la aprobación aprobación del Plan de Acción Acción Regional Regional de Seguridad Ciudadana alineado al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y sus medidas sectoriales,con elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y regional, y articulado los instrumentos del SINAPLAN. b. Propone Proponerr ante ante el Gobierno Gobierno Regional Regional la aproba aprobació ción n de planes, planes, program programas as y proyec proyectos tos de seguridad ciudadana de relevancia regional, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. c. Estudiar Estudiar y analizar analizar la problemática problemática de seguridad seguridad ciudadana ciudadana de su jurisdic jurisdicción, ción, en coordinación con los comités provinciales y distritales de seguridad ciudadana. d. Realizar Realizar el monitoreo, supervisi supervisión ón y evaluación de la implementación implementación de las políticas, políticas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana en los Comités Provinciales y Comités Distritales en el ámbito de su respectiva jurisdicción, en concordancia de las políticas nacionales y regionales. e. Promov Promover er la articul articulaci ación ón interi interinsti nstituc tucion ional al a nivel nivel region regional al para para el cumpli cumplimie miento nto de lo loss compromisos establecidos en los planes y programas.

 

f. Inform Informar ar trimestralme trimestralmente nte a la Secretaría Secretaría Técnica Técnica del CONASE CONASEC, C, a través del del Presidente Presidente del Comité, respecto del cumplimiento e implementación de d e las políticas nacionales y regionales de seguridad ciudadana, así como del plan nacional de seguridad ciudadana. g. Propone Proponerr recome recomendac ndacion iones es para para optimi optimizar zar el funcio funcionam namien iento to del SINASEC SINASEC en el ámbito ámbito regional. h. Promover Promover la ejecución ejecución de Proyectos de Inversión Inversión Púb Pública lica destinados destinados a cerrar cerrar las brechas de infraestructura en seguridad ciudadana. i. Promover Promover el fortalecimi fortalecimiento ento de capacidad capacidades es en materia materia de seguridad seguridad ciudadana ciudadana y foment fomentar  ar  las iniciativas sobre la materia en el ámbito regional.  j. Coadyuvar a la implementación de los centros de video vigilancia y observatorios regionales de seguridad ciudadana. k. Otras que se le le asigne asigne conforme conforme a la Ley en la materia materia.” .” (Modificado mediante DS Nro.010-2019-IN)

Artículo 18.- Presidencia El Presidente del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) es el responsable de convocar e instalar las sesiones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana en un plazo no mayor de diez (10) días, a partir del inicio de sus funciones y al inicio de cada año fiscal.  Asimismo, el Presidente del CORESEC es el principal responsable del cumplimiento de las funciones asignadas a dicho órgano colegiado, establecidas en el artículo precedente.

Artículo 19.- Secretaría Técnica El Comité Regional de Seguridad Ciudadana cuenta con una Secretaría Técnica como el órgano técnico, ejecutivo y de coordinación del Comité, la cual contará con profesionales, personall técnico y especialist persona especialistas as en temas de seguridad seguridad ciudadana, en base a los perfiles perfiles que apruebe cada Gobierno Regional. Cada Gobi Cada Gobier erno no Regi Region onal al de dete term rmin ina a el órgan órgano o o área área qu que e as asum umir irá á la lass fu func ncio ione ness de la Secretaría Técnica del CORESEC. Dicho órgano o área debe ejercer funciones relacionadas a la seguridad ciudadana. La Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana tiene las siguientes funciones: a. Presentar Presentar ante el Comité Regional Regional de Seguridad Seguridad Ciudadana Ciudadana la propuesta del Plan de Acción Acción Regional de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, intercultural y alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana. b. Pr Pres esent entar ar an ante te el Comi Comité té Regi Region onal al de Segur Segurid idad ad Ciud Ciudad adan ana a la pr prop opue uest sta a de pl plan anes es,, program pro gramas as y proyec proyectos tos de seguri seguridad dad ciudad ciudadana ana de rel releva evanci ncia a regional regional,, tomand tomando o en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. c. Super Supervi visar sar el cump cumplilimi mient ento o de los los comp comprom romis isos os se sect ctor oria iale less en mate materi ria a de se segu guri rida dad d ciudadana, ciudad ana, promoviendo promoviendo la articulació articulación n interinstituc interinstitucional ional a nivel regional, dando cuenta cuenta de manera oportuna a la Secretaría Técnica del CONASEC. d. Supervisar Supervisar el cumplimiento cumplimiento de los planes, planes, programas programas y proyectos regionales regionales de Seguridad Seguridad Ciudadana, en el marco de los lineamientos y políticas establecidos por la Secretaría Técnica del CONASEC. e. Elaborar Elaborar el informe de cumplimiento cumplimiento de los planes, programas programas y proyectos proyectos provinciales provinciales de Seguridad Ciudadana, presentados por las Secretarías Técnicas de los Comités

Provinciales de Seguridad Ciudadana a través de la Secretaría Técnica del CORESEC.

 

f. Brind Brindar ar asistencia asistencia técnica, técnica, en coordinación coordinación con con la Secretaría Secretaría Técnica Técnica del CONASEC, CONASEC, a las Secretarías Secre tarías Técnicas de los Comités Provinciales Provinciales y Distritales Distritales,, que permita una adecuada adecuada articulación entre los niveles regionales, provinciales y distritales. g. Promover Promover la articulación articulación de las municipalidades municipalidades provi provinciale ncialess para fortalecer fortalecer la seguridad ciudadana en el ámbito de la jurisdicción regional. h. Sistematizar Sistematizar la información información estadístic estadística a de seguridad ciudadana ciudadana proporci proporcionada onada por los otros niveles de gobierno como las Municipalidades Provinciales y Distritales, para su respectiva remisión a la Secretaría Técnica del CONASEC.”

Artículo 20.- Comité Regional de Seguridad Ciudadana de la Región Lima Metropolitana En Lima Metropolitana se instala y sesiona un CORESEC) con las mismas funciones establecidas para los otros CORESEC y está integrado por: p or: a. El/La Alcalde/s Alcalde/sa a de la Municipalidad Municipalidad Metropolita Metropolitana na de Lima quien preside preside el Comité. El carg ca rgo o de Pres Presid iden ente te del CORE CORESE SEC C de Lima Lima Metr Metrop opol olititan ana a es in indel deleg egab able le,, ba bajo jo responsabilidad. b. El/La El/La Prefec Prefecto to Region Regional al de Lima. Lima. c. El/La Jefe/a Jefe/a de la Región Región Policial Policial Lima de la Policía Policía Nacional Nacional del Perú. d. El/La Director Director/a /a Regional Regional de Educación Educación de Lima Metropolit Metropolitana. ana. e. Un represent representante ante del del Ministerio Ministerio de Salud. Salud. f. Un repre represen sentan tante te del Poder Judici Judicial, al, desi designa gnado do por el Presid President ente e de la Corte Corte Superior Superior de Justicia de Lima. g. Un representante representante del Ministerio Ministerio Público, Público, designado designado conforme conforme a sus normas internas. internas. h. Un represent representante ante de la Defensorí Defensoría a del Pueblo. Pueblo. i. Los/as Los/as Alcald Alcaldes/ es/as as de los tres distrito distritoss de Lima Lima Metropoli Metropolitan tana a que cuenten cuenten con el mayor  mayor  número de electores.  j. El/La Coordinador/a Regional de Lima Metropolitana de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú. Con el voto aprobatorio de la mayoría de sus miembros, el CORESEC de Lima Metropolitana podrá incorporar a representantes de otras entidades públicas y privadas, así como representantes de organizaciones sociales que considere pertinente. Todos los miembros del CORESEC están obligados a asistir y participar personalmente en sus sesiones, bajo responsabilidad. El quórum para el desarrollo de las sesiones se contará únicamente con integrantes, siendo este el de la mitad más uno del número establecido en el presente reglamento. El CORESEC de Lima Metropolitana cuenta con una Secretaría Técnica como el órgano técnico, ejecutivo y de coordinación del Comité, la cual contará con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana, en base a los perfiles que aprueba el respectivo nivel de gobierno. (Modificado mediante DS Nro.010-2019-IN)

 

CAPÍTULO V COMITÉS PROVINCIALES DE SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 21.- Definición El Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades en materia de seguridad ciudadana en el ámbito provincial. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel provincial. Cuenta con una Secretaría Técnica. Artículo 22.- Miembros El COPROSEC está integrado por: a. El/La Alcalde/s Alcalde/sa a Provincial, Provincial, quien preside preside el Comité. Comité. El cargo de Presidente Presidente del COPROSEC es indelegable, bajo responsabilidad. b. El/La El/La Subpref Subprefect ecto o Provinci Provincial. al. c. El/La jefe/a jefe/a policial policial de mayor mayor grado que preste preste servicios servicios en la provincia. provincia. d. El/La Director/ Director/a a de la Unidad de Gestión Educativa Educativa Local Local con jurisdicción jurisdicción en la provincia. provincia. e. La autoridad autoridad de salud salud de la jurisdic jurisdicción ción o su representa representante. nte. f. Un repre representan sentante te del Poder Poder Judicial, Judicial, designado designado por por el Presidente Presidente de la la Corte Superior Superior de la  jurisdicción. g. Un representante representante del Ministerio Ministerio Público, Público, designado designado por el Presidente Presidente de la Junta de Fiscales Fiscales Superiores de la jurisdicción. Un representant repres entante e dede la Oficina De fensorial al las correspondiente correspon diente. . cuenten i.h. Los/Las Los/L as alcaldes/as alcal des/as los los tres Defensori distrito distritos s de provinci provincias as que cuenten con el mayor mayor número número de electores.  j. El/La coordinador/a provincial de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú. k. Un representant representante e de las Rondas Campesi Campesinas nas existentes existentes en la provincia. provincia. De acuerdo a la realidad particular de cada circunscripción territorial, y con el voto aprobatorio de la mayoría de sus miembros, el COPROSEC podrá incorporar a representantes de otras entidades públicas y privadas, así como representantes de organizaciones sociales que considere pertinente. Todos los miembros del COPROSEC están obligados a asistir y participar personalmente en sus sesiones, bajo responsabilidad. El quórum para el desarrollo de las sesiones se contará únicamente únicam ente con integrantes, integrantes, siendo este el de la mitad más uno del número establecido establecido en el presente reglamento. Para el cumplimiento de sus fines, los COPROSEC podrán conformar grupos de trabajo con participación de profesionales especializados.”

Artículo 23.- Funciones Son funciones del COPROSEC las siguientes: a. Proponer Proponer ante la Municipalidad Municipalidad Provincial Provincial la aprobación aprobación del Plan Plan de Acción Provincial Provincial de Segurid Seg uridad ad Ciudada Ciudadana na alinea alineado do al Plan Plan de Acción Acción Region Regional al de Seguri Seguridad dad Ciudad Ciudadana, ana, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y provincial, y articulado con los instrumentos del SINAPLAN. b. Proponer Proponer ante la Municipalidad Municipalidad Provi Provincial ncial la aprobación aprobación de planes, programas programas y proyectos de seguridad ciudadana de relevancia provincial, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. c. Estudiar Estudiar y analizar la problemáti problemática ca de seguridad seguridad ciudadana ciudadana de su jurisdicción, jurisdicción, en coordinación con los comités distritales de seguridad ciudadana.

 

d. Promov Promover er la art articu iculac lación ión interi interinst nstitu itucio cional nal a nivel nivel provin provincia ciall para para el cumpli cumplimie miento nto de los compromisos establecidos en los planes y programas. e. Estudiar Estudiar y analizar la problemática problemática de seguridad seguridad ciudadana ciudadana de su jurisdicción, jurisdicción, en coordinación con los comités distritales de seguridad ciudadana. f. Reali Realizar zar de manera ordinari ordinaria, a, por lo menos una una (1) consulta consulta pública pública trimestral trimestral para informar  informar  sobre las acciones, avances, logros y dificultades en materia de seguridad ciudadana a nivel provincial, debiendo para tal efecto convocar a las organizaciones vecinales, sociales, rel religi igiosas osas,, cultura culturales les,, educat educativa ivass y deport deportiva ivas, s, coordi coordinad nadores ores zonale zonaless de seguri seguridad dad ciudadana, integrantes de mesas de concertación, en los lugares donde exista, entidades del sector comercial y empresarial, instituciones privadas y otras que estime pertinente. g. Informar Informar trimestralmente trimestralmente a la Secretaría Secretaría Técnica Técnica del CORESEC, a través del President Presidente e del Comité, respecto del cumplimiento e implementación de las políticas nacionales, regionales y provinciales de seguridad ciudadana, así como del plan nacional de seguridad ciudadana. h. Elaborar Elaborar el informe trimestra trimestrall de cumplimiento cumplimiento de los planes, planes, programas programas y proyectos distritales de Seguridad Ciudadana, presentados por las Secretarías Técnicas de los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana. i. Formular Formular el informe informe de Evaluac Evaluación ión de Desempeñ Desempeño o de los integran integrantes tes del COPROS COPROSEC EC para su remisión trimestral a la Secretaría Técnica del CORESEC.  j. Provincial Dirigir los procesos de implementación, monitoreo, evaluación y ajuste establecidos del Plan de Acción de Seguridad Ciudadana, sobre la base de los lineamientos por la Secretaría Técnica del CORESEC. k. Col Colabor aborar ar con la Policí Policía a Nacional Nacional del Perú en los asuntos asuntos que le solici solicite te en materi materia a de seguridad ciudadana (Modificado mediante DS Nro. 010-2019-IN)

Artículo 24.- Presidencia El Presidente del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) es responsable de convocar e instalar las sesiones del Concejo Provincial de Seguridad Ciudadana, en un plazo no mayor de diez (10) días, a partir del inicio de sus funciones y al inicio de cada año fiscal.  Asimismo, es el principal responsable del cumplimiento de las funciones asignadas a dicho órgano colegiado, establecidas en el artículo precedente. Artículo 25.- Secretaría Técnica El COPROSEC cuenta con una Secretaría Técnica como el órgano técnico, ejecutivo y de coordinación del Comité, la cual contará con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana, en base a los perfiles que aprueba el respectivo nivel de gobierno. Tiene las siguientes funciones: Cada Municipalidad Provincial determina el órgano o área que asumirá las funciones de la Secretaría Técnica del COPROSEC. Dicho órgano o área debe ejercer funciones relacionadas a la seguridad ciudadana. La Secretaría Técnica del COPROSEC tiene las siguientes funciones: a. Presentar Presentar ante el Comité Provinci Provincial al de Seguridad Seguridad Ciudadana Ciudadana la propuesta del Plan Plan de  Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo ba jo un enfoque descentralizado, descentra lizado, de gestión por resultados, intercultural y alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana. b. Presentar Presentar ante el Comité Comité Provincial Provincial de Seguridad Seguridad Ciudadana Ciudadana la propuesta propuesta de los planes, planes,

pr prog ogram ramas as y proy proyec ecto toss de segu seguri rida dad d ciuda ciudada dana na en su suss re resp spec ectitiva vass ju juri risd sdic icci cione ones, s, supervisando su cumplimiento en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan de

 

 Acción Regional de Seguridad Ciudadana, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. c. Sup Supervi ervisar sar el cumpli cumplimie miento nto los planes, planes, progra programas mas y proyect proyectos os provin provincia ciales les de seguri seguridad dad ciudadana, en coordinación con los niveles distritales, en el marco de los lineamientos establecidos por la Secretaría Técnica del CORESEC. d. Elabora Elaborarr el inform informe e de cumpli cumplimie miento nto de los planes, planes, programas programas y proyect proyectos os distri distrital tales es de Seguridad Ciudadana, presentados por las Secretarías Técnicas de los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana a través de la Secretaría Técnica del COPROSEC. e. Brindar Brindar apoyo y asistencia asistencia técnica, técnica, en coordinación coordinación con la Secretaría Secretaría Técnica Técnica del CORESE COR ESEC, C, a las Secret Secretaría aríass Técnic Técnicas as de los Comité Comitéss Distri Distrital tales, es, que permit permita a una adecuada articulación entre los niveles provinciales y distritales. f. Pro Promov mover er la articulac articulación ión de las municipa municipalid lidades ades dist distrit ritale aless para para for fortal talece ecerr la seguridad seguridad ciudadana en el ámbito de la jurisdicción provincial. g. Sistem Sistemati atizar zar la inform informaci ación ón estadí estadísti stica ca de seguri seguridad dad ciudad ciudadana ana propor proporcio cionad nada a para para su respectiva remisión a la Secretaría Técnica del CORESEC. h. Coordinar Coordinar los lineamientos lineamientos y especificaciones especificaciones técnicas técnicas para garantizar garantizar la estandarizació estandarización ne interoperabilidad de los sistemas de video vigilancia y radio comunicación con los sistemas de la Policía Nacional del Perú, a fin de tener una cobertura provincial integrada a nivel nacional. i. Promover Promover la organiz organización ación de las las Juntas Juntas Vecinales Vecinales de su jurisdi jurisdicción. cción.  j. Celebrar convenios institucionales en materia de seguridad ciudadana. (Modificado mediante DS Nro. 010-2019-IN)

CAPÍTULO VI COMITÉS DISTRITALES DE SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 26.- Definición El Comi Comité té Dist Distri rita tall de Segu Seguri rida dad d Ciud Ciudad adan ana a (COD (CODIS ISEC EC)) es un una a in inst stan anci cia a de di diál álog ogo, o, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital.  Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital. Cuenta con una Secretaría Técnica.

Artículo 27.- Miembros El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) está integrado por: a. El/La Alcalde/s Alcalde/sa a Distrital de la jurisdicción jurisdicción,, quien presidirá presidirá el Comité. El cargo de Presidente Presidente del CODISEC es indelegable, bajo responsabilidad. b. El/La El/La Subpref Subprefect ecto o Distrita Distrital.l. c. El/La Comisari Comisario/a o/a de la Policía Policía Nacional Nacional del Perú a cuya jurisdicc jurisdicción ión pertenece pertenece el distrito. distrito. En caso de existir más de una comisaría con jurisdicciones distintas, dentro de una misma demarcación distrital, cada comisario forma parte integrante del comité distrital. d. Un representante representante del Poder Poder Judicial, Judicial, designado designado por el Presidente Presidente de la Corte Superior Superior de Justicia de la jurisdicción. e. Un representante representante del Ministerio Ministerio Público, Público, designado designado por el Presidente Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de la jurisdicción. f. Dos Alc Alcaldes/ aldes/as as de Municipali Municipalidades dades de Centros Centros Poblados Poblados menores. menores. En En caso de existir existir más de dos Centros Poblados en la jurisdicción del Distrito, los miembros del CODISEC elegirán

a los alcaldes que integrarán el Comité.

 

g. El/La Coordinado Coordinador/a r/a Distrital Distrital de las Juntas Vecinales Vecinales de Seguridad Seguridad Ciudadana Ciudadana promovidas promovidas por la Policía Nacional del Perú. h. Un representant representante e de las Rondas Campesi Campesinas nas existentes existentes en el distrito. distrito. De acuerdo a la realidad particular de cada circunscripción territorial, y con el voto aprobatorio de la mayoría de sus miembros, el CODISEC podrá incorporar a representantes de otras entidades públicas públicas y privadas, privadas, así como representantes representantes de organizaciones organizaciones sociales sociales que considere pertinente. Todos los miembros del CODISEC están obligados a asistir y participar personalmente en sus sesiones, bajo responsabilidad. El quórum para el desarrollo de las sesiones se contará únicamente únicam ente con integrantes, integrantes, siendo este el de la mitad más uno del número establecido establecido en el presente reglamento. Para el cumplimiento de sus fines, los CODISEC podrán conformar grupos de trabajo con participación de profesionales especializados. (Modificado mediante DS Nro. 010-2019-IN)

Artículo 28.- Funciones Son funciones del CODISEC las siguientes: a. Pr Prop opone onerr an ante te la Muni Munici cipal palid idad ad Dist Distri rital tal la aprob aprobac ació ión n del Plan Plan de Ac Acci ción ón Dist Distri rita tall de Segurid Seg uridad ad Ciudad Ciudadana ana alinea alineado do al Plan Plan de Acción Acción Provin Provincia ciall de Seguri Seguridad dad Ciudad Ciudadana ana,, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y distrital, y articulado con los instrumentos del SINAPLAN. b. Proponer Proponer ante la Municipalida Municipalidad d Distrital Distrital la aprobación aprobación de planes, programas programas y proyectos proyectos de seguridad ciudadana de relevancia provincial, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. c. Estudiar Estudiar y analizar analizar la problemática problemática de seguridad seguridad ciudadana ciudadana de su jurisdic jurisdicción, ción, en coordinación con los integrantes del Comité Provincial de seguridad ciudadana. d. Promov Promover er la articul articulaci ación ón interi interinsti nstituci tucional onal a nivel nivel distri distrital tal para el cumpli cumplimie miento nto de los compromisos establecidos en los planes y programas. e. Info Inform rmar ar trim trimes estr tral alme ment nte e a la Secr Secret etar aría ía Técni Técnica ca de dell COPR COPROS OSEC EC,, a tr trav avés és de del/l/de de la Presid Pre sident ente/a e/a del Comité Comité,, respec respecto to del cumpli cumplimie miento nto e implem implement entaci ación ón de las políti políticas cas nacionales, regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana, así como del plan nacional de seguridad ciudadana. f. Reali Realizar zar de manera ordinari ordinaria, a, por lo menos una una (1) consulta consulta pública pública trimestral trimestral para informar  informar  sobre las acciones, avances, logros y dificultades en materia de seguridad ciudadana a nivel distrital, debiendo para tal efecto convocar a las organizaciones vecinales, sociales, rel religi igiosas osas,, cultura culturales les,, educat educativa ivass y deport deportiva ivas, s, coordi coordinad nadores ores zonale zonaless de seguri seguridad dad ciudadana, integrantes de mesas de concertación, en los lugares donde exista, entidades del sector comercial y empresarial, instituciones privadas y otras que estime pertinente. g. Elabora Elaborarr el informe informe trimes trimestral tral de cumpli cumplimie miento nto de los planes, planes, programas programas y proyect proyectos os de Seguridad Ciudadana del distrito. h. Promover Promover y articular estrategias estrategias de prev prevención ención de la violencia violencia y el delito, dando prioridad prioridad a lo loss terr territ itor orio ioss más más vu vuln lner erab ablles de la juri jurisd sdic icci ción ón,, to toma mand ndo o en co cons nsid ider erac ació ión n la lass particularidades culturales y lingüísticas de la población. i. Dirigi Dirigirr los procesos procesos de implemen implementaci tación, ón, monitore monitoreo, o, evalu evaluaci ación ón y ajuste ajuste del Plan de Acción Acción Distrital de Seguridad Ciudadana, sobre la base de los lineamientos establecidos por la Secretaría Técnica del CORESEC.

 

 j. Sistematizar la información estadística de seguridad ciudadana, para su respectiva remisión a la Secretaría Técnica del COPROSEC. k. Promover Promover la creación de mecanismos mecanismos de transpare transparencia, ncia, rendición rendición de cuentas cuentas y vigilancia vigilancia ciudadana del CODISEC. l. Consolidar Consolidar la estructur estructura a y el funcionamie funcionamiento nto de la Secretar Secretaría ía Técnica Técnica del CODISEC. CODISEC. m. Colabor Colaborar ar con la Policí Policía a Nacion Nacional al del Perú en los asuntos asuntos que le solici solicite te en materia materia de seguridad ciudadana. (Modificado mediante DS Nro. 010-2019-IN)

Artículo 29.- Presidencia El Presidente del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es responsable de convocar e instalar las sesiones del Consejo Distrital de Seguridad Ciudadana en un plazo no mayor de diez (10) días, a partir del inicio de sus funciones y al inicio de cada año fiscal.  Asimismo, el Presidente del CODISEC es el principal responsable del cumplimiento de las funciones asignadas a dicho órgano colegiado, establecidas en el artículo precedente.

Artículo 30.- Secretaría Técnica El CODISEC cuenta con una Secretaría Técnica como el órgano técnico, ejecutivo y de coordinación del Comité, la cual contará con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana, en base a el losórgano perfilesoque aprueba. Cada Municipalidad Distrital determina área que asumirá las funciones de la Secretaría Técnica del CODISEC. Dicho órgano o área debe ejercer funciones relacionadas a la seguridad ciudadana. La Secretaría Técnica del CODISEC tiene las siguientes funciones: a. Presen Presentar tar ante el Comité Comité Distrita Distritall de Seguridad Seguridad Ciudada Ciudadana na la propuesta propuesta de los planes, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana en sus respectivas jurisdicciones, verificando su cumplimiento en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan de  Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. b. Supervisar Supervisar el cumplimiento cumplimiento de los planes, programas programas y proyectos distrital distritales es de seguridad ciudadana, en el marco de los lineamientos establecidos por la Secretaría Técnica del COPROSEC. c. Elaborar Elaborar el informe informe de evaluación evaluación de su Comité Comité Distrital Distrital de Seguridad Seguridad Ciudadana. Ciudadana. d. Articular Articular permanentemen permanentemente te con los integrantes integrantes del CODISE CODISEC C para fortalecer fortalecer la seguridad ciudadana en el ámbito de la jurisdicción distrital. e. Articular Articular permanentemen permanentemente te con las Secretarías Secretarías Técnicas Técnicas del CORESEC y CONASEC CONASEC para recibir asistencia técnica descentralizada. f. Promov Promover er la articulación articulación interinst interinstitucio itucional nal para atender atender integralm integralmente ente la problemátic problemática a de la inseguridad ciudadana, con énfasis en la prevención focalizada y la mitigación de los factores de riesgo, dando prioridad a los territorios más vulnerables de la jurisdicción, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. g. Preparar Preparar la información información estadística estadística de seguridad seguridad ciudadana, ciudadana, para su respectiva respectiva remisión remisión a la Secretaría Técnica del COPROSEC. h. Promover Promover la participación participación ciudadana ciudadana para fortalecer fortalecer la seguridad seguridad ciudadana ciudadana y la conformación de Juntas Vecinales.

 

i. Coordinar Coordinar los lineamient lineamientos os y especificaci especificaciones ones técnicas técnicas para para garantizar garantizar la estandariz estandarización ación e interoperabilidad de los sistemas de radio y video vigilancia y radio comunicación con los sistemas de la Policía Nacional del Perú, a fin de tener una cobertura distrital integrada a nivel nacional. (Modificado mediante DS Nro.010-2019-IN)

Artículo 31.- Competencia de los COPROSEC en los distritos capitales de provincia. Las Municipalidades Provinciales instalarán sus Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana, los cuales también tendrán competencia dentro del distrito capital de la provincia. En este caso no será necesario instalar un Comité Distrital. (Modificado mediante DS Nro.010-2019-IN) CAPÍTULO VII SESIONES DE LAS INSTANCIAS DE COORDINACIÓN Artículo 32.- Sesiones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana 32.1 Las sesiones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana pueden ser: a. Ordinarias: se realizan por lo menos una vez cada dos meses, previa convocatoria e instalación por parte de sus Presidentes. b. Extraordinarias: son convocadas por sus Presidentes cuando lo estimen necesario, o a petición de la mayoría simple de sus miembros, con el propósito de atender  temas prioritarios relacionados a la seguridad ciudadana. Existe quórum para las sesiones cuando se encuentre presente la mitad más uno de los miembros del respectivo Comité Regional, Provincial o Distrital. El presidente del Comité que no convoque a sesión ordinaria por lo menos una vez cada dos meses, será pasible de suspensión en el cargo, conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Ley 27792, Ley Orgánica de Municipalidades, y artículo 31 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. 32.2 Los miembros de las instancias de coordinación participan en sus sesiones co con n derecho a voz y voto. Los invitados solo tienen derecho a voz. 32.3 Las Secretar ías Técnicas sondelresponsables responsa blesComité. de registrar y conservar los Libros de Actas de Secretarías las sesiones y acuerdos respectivo Además de los aspectos formales, las actas deberán contener lo siguiente: a. b. c. d. e. f.

El regi regist stro ro de de los los asis asiste tent ntes es.. Lo Loss asu asunt ntos os tra trata tado dos. s. El sentido sentido de la votación votación de cada uno de de los miembros miembros asistentes asistentes.. Las abs abste tenc ncio ione ness u omisi omision ones es.. Los acuerdos, acuerdos, que se adoptarán adoptarán por mayoría simple simple de los los miembros miembros asistentes asistentes.. Otros aspectos aspectos que que los miembros miembros de las instanc instancias ias de de coordinac coordinación ión conside consideren ren pertinentes

32.4 32. 4 Las actas actas de las sesiones sesiones y los avances avances en la implem implement entaci ación ón de lo acordado acordado en las sesiones sesion es serán publicados publicados en los portales web de las entidades y órganos que integran integran los Comités de Seguridad Ciudadana en cada nivel de gobierno. 32.5 Se podrán realizar no presenciales, a través de de medios electrónicos, informáticos o de otra naturaleza que permita la comunicación y garantice la autenticidad de los acuerdos adoptados. En el documento de convocatoria se deberá indicar que la sesión se

efectuará de modo no presencial, el medio electrónico que garantice la comunicación, los horarios

 

y, de ser el caso, el plazo para que los integrantes comuniquen el sentido de sus votos respecto a los asuntos sometidos a consideración del Comité. (Modificado mediante DS Nro. 010-2019-IN)

CAPÍTULO VIII DE LOS ÓRGANOS DE EJECUCIÓN Artículo 33.- Órganos de ejecución en el ámbito nacional Son órganos de ejecución de Seguridad Ciudadana en el ámbito nacional los siguientes: a. El Ministerio Ministerio del Interior, Interior, en ejercicio ejercicio de sus competencias competencias y atribuciones. atribuciones. b. El Poder Judicial, Judicial, el Ministerio Ministerio Público, Público, el Ministerio Ministerio de Justicia Justicia y Derechos Humanos Humanos y el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), en su condición de entidades que conforman el sistema de administración de justicia. c. La Policía Policía Nacional del Perú, Perú, a través de la Dirección Dirección de Segurida Seguridad d Ciudadana, Ciudadana, institución institución que, en su condición de fuerza pública, cautela la protección, la seguridad y el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas, así como el normal desarrollo de sus actividades. d. Otras dependenci dependencias as de seguridad seguridad ciudadana ciudadana de las entidades entidades nacionales nacionales que integran integran el Consej Con sejo o Nacion Nacional al de Seguri Seguridad dad Ciudad Ciudadana ana (CONAS (CONASEC) EC),, encarg encargadas adas de propon proponer, er, pro program gramar, ar, de ejecut ejesu cutar ar y superv supervisa isarr las accion acciones es de seguri seguridad dad ciudad ciudadana ana en las áreas áreas específicas competencia. (Modificado mediante DS Nro.010-2019-IN)

Artículo 34.- Órganos de ejecución del SINASEC en el ámbito regional y local Son órganos de ejecución de seguridad ciudadana en el ámbito regional y local, los siguientes: a. Los Gobiern Gobiernos os Regional Regionales, es, a través través de su Gerencia Gerencia Regional Regional de Seguri Seguridad dad Ciudadan Ciudadana au órgano que tenga competencias y/o funciones específicas en seguridad ciudadana. b. La Policía Policía Nacional del Perú, Perú, a través de las Regiones Policial Policiales, es, las Direcciones Direcciones Territoriales, las Divisiones Policiales y las Comisarías, como instancias responsables de ejecutar las operaciones policiales en el ámbito de sus competencias. c. Las Gerencias Gerencias de Seguridad Seguridad Ciudadana Ciudadana de las Municipalidades Municipalidades Provincial Provinciales es u órgano que tenga competencias y/o funciones específicas en seguridad ciudadana. d. Las Gerencias Gerencias de Seguridad Seguridad Ciudadana Ciudadana de las Municipalidad Municipalidades es Distritales Distritales u órgano que tenga competencias y/o funciones específicas en seguridad ciudadana. (Modificado mediante DS Nro.010-2019-IN)

Artículo 35.- Relación técnica funcional con los órganos de ejecución en materia de seguridad ciudadana en el ámbito nacional, regional y local La Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior mantiene relación técnica y funcional con los órganos de ejecución del Sistema Nacional de Seguridad Nacional en el ámbito nacional, regional y local, sin afectar la relación jerárquica o administrativa que estos tienen al interior de las entidades a las cuales pertenecen, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana. Para tal fin, el Ministerio del Interior expide normas de obligatorio cumplimiento, así como recomendaciones dirigidas a los órganos de ejecución en los distintos niveles de gobierno.

Artículo 36.- De la coordinación con otras entidades públicas no integrantes del CONASEC Con la finalidad de optimizar la coordinación y articulación con todas las entidades públicas, la sociedad civil, el sector privado y los medios de comunicación, la Dirección General

de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior realiza las siguientes acciones:

 

a. Coordina Coordina con los sistemas administra administrativos tivos y sistemas sistemas funcionales funcionales del Estado Estado las directivas directivas y demás instrumentos que resulten necesarios para asegurar una adecuada formulación, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana. b. Coordi Coordina na con la Contralor Contraloría ía General General de la República República los lineamie lineamiento ntoss a incluirse incluirse en las acciones de control, a fin de velar por el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en los planes, programas y proyectos en materia de Seguridad Ciudadana. c. Coordina Coordina el apoyo interinsti interinstitucion tucional al para el cumplimient cumplimiento o de los fines del SINASEC. SINASEC.

CAPÍTULO IX PARTICIPACIÓN CIUDADANA, SOCIEDAD CIVIL, MEDIOS DE COMUNICACIÓN, SECTOR PRIVADO, COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS, COMITES DE AUTODEFENSA Y OTROS Artículo 37.- Participación ciudadana Las entidades que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) deben promover la activa participación de la población en acciones de prevención de la violencia y de los delitos, faltas y contravenciones. Para ello, deben promover, esencialmente: a. La organización, organización, capacitaci capacitación, ón, equipamiento equipamiento y asistencia asistencia legal y médica a las juntas vecinales de seguridad ciudadana, procurando la integración de las acciones que realizan la Policía Nacional del Perú, los Gobiernos Regionales y las Municipalidades. b. La coordinación coordinación y el trabajo trabajo conjunto conjunto con las rondas rondas campesinas campesinas en el ámbito ámbito rural. c. La or orga gani nizac zació ión n de sist sistema emass de alert alerta a tempr tempran ana a con la pa part rtic icip ipaci ación ón de la po pobl blaci ación ón organizada. d. La pa part rtic icip ipaci ación ón de la comun comunid idad ad ed educ ucat ativ iva a co conf nform ormad ada a po porr au auto tori rida dades des ed educ ucat ativ ivas as,, profesores, alumnos y padres de familia. e. La coordinación coordinación con las organiza organizaciones ciones sociales sociales de base, base, como los Comités Comités del Vaso de Leche, los Comedores Populares, de Madres, los Comités Parques y otras que tengan características similares,los asíClubes como con las organizaciones node gubernamentales. f. Lo Loss pr prog ogram ramas as,, camp campañ añas as y acti activi vida dades des de cu cultltur ura, a, re recr crea eaci ción ón,, de depor porte te,, ju juven ventud tud,, capacitación laboral, emprendimiento y empleo que otorguen especial atención a los grupos vulnerables o en riesgo de verse involucrados en hechos de violencia o delictivos, o de ser  víctimas. g. La constitución constitución de redes comunitar comunitarias ias de prevención prevención de la violencia violencia familiar familiar y de género. género. h. La constitución constitución de redes redes de mujeres que ayudan ayudan a otras mujeres mujeres a salir de la violencia violencia familiar y sexual. i. La promoció promoción n de la partici participac pación ión ciudadan ciudadana a a través través de los divers diversos os medios medios tecnoló tecnológic gicos, os, constituyendo canales de comunicación de hechos de violencia, así como de delitos, faltas y contravenciones.  j. La colaboración con la Policía Nacional del Perú en el desarrollo de sus actividades en materia de seguridad ciudadana

 

Artículo 38.- Participación del sector privado y de los medios de comunicación social Con el propósito de lograr la participación y colaboración activa del sector privado y los medios de comunicación social en las acciones de prevención de la violencia y el delito, las entidades que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) deben promover, esencialmente: a. La suscripción suscripción de alianzas alianzas estratégicas estratégicas con los gremios gremios empresariales empresariales y las Cámaras Cámaras de Comercio para la cooperación en seguridad ciudadana. b. La implementació implementación n de líneas de cooperación, cooperación, en el marco de la Responsabilida Responsabilidad d Social Empresarial, para el financiamiento de iniciativas locales para la seguridad ciudadana. c. La cooperación cooperación del sector privado privado para la constituci constitución ón de observatorios observatorios regionales regionales y locales de seguridad ciudadana. d. La cooperación cooperación de las empresas empresas de segurida seguridad d privada con con la Policía Policía Nacional Nacional del Perú. e. La colaboración colaboración de los medios medios de comunicaci comunicación ón social para para que las entidades entidades que conforman el SINASEC difundan información para promover la seguridad ciudadana y la convivencia pacífica. f. El comp compromiso romiso del del sector sector privado privado y los medios medios de comunicaci comunicación ón social social para la cooperac cooperación ión y desarrollo de campañas por la seguridad ciudadana. g. respeto La participación particiapación delcultura sector sectorcívica privado privadyolay construcción los medios dedecomunicación comunic ación para el fortalecimi fortalecimiento ento del la ley, la ciudadanía. h. La colaboración colaboración del sector sector privado y los medios medios de comunicac comunicación ión para el reconocimie reconocimiento nto de las buenas prácticas en seguridad ciudadana.

Artículo 39.- Consulta pública Los comités provinciales y distritales de seguridad ciudadana realizan no menos de una consulta pública ordinaria cada trimestre, con la participación de todos sus miembros, con el propósito de que la población: a. Se informe informe sobre la ejecución ejecución de las políticas, políticas, planes, programas programas y proyectos proyectos de seguridad ciudadana, así como de la gestión administrativa y presupuestal correspondiente. b. Proponga, Proponga, debata debata e intercambie intercambie opinion opiniones es y sugerencias. sugerencias. c. Identifique Identifique las causas, causas, debilidades, debilidades, vulnerabilida vulnerabilidades des y fortalezas del Sist Sistema ema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC). d. Formule Formule propuestas propuestas y alternati alternativas vas de solució solución. n. Las sesion sesiones es de consul consulta ta pública pública son organi organizad zadas, as, coordi coordinad nadas as y ejecut ejecutada adass por las Secretarías Técnicas de los Comités provinciales y/o distritales de seguridad ciudadana, quienes promoverán la participación de: a) Las organizaci organizaciones ones vecinales, vecinales, sociales sociales,, religiosas, religiosas, culturales, culturales, educati educativas vas y deportivas. deportivas. b) Las Juntas Juntas Vecinales Vecinales de Segurid Seguridad ad Ciudadana Ciudadana promovidas promovidas por por la Policía Policía Nacional Nacional del Perú. c) Las Juntas Juntas Vecina Vecinales les Comuna Comunales les.. d) Los integrant integrantes es de las las mesas de concertaci concertación, ón, en los los lugares lugares donde donde exista. e) Las entida entidades des del sector sector pri privad vado. o. f) Lo Loss medi medios os de de comu comuni nica caci ción ón soc socia ial.l. g) La Lass insti institu tuci cion ones es acadé académi micas cas.. h) Otras Otras organi organizac zacion iones es que se se estime estime pertine pertinente nte.. En dichas sesiones se procurará promover la participación igualitaria de hombres y mujeres

 

Artículo 40.- Organizaciones sociales 40.1. El presente Reglamento Reglamento distingue distingue dos tipos de organizaciones organizaciones vecinales: vecinales: las de carácter  territorial y las de carácter funcional. 40.2. Se reconoce a la Junta Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana Ciudadana promovida por la Policía Nacional del Perú como una organización vecinal de carácter territorial que apoya en las actividades preventivas, informativas y de proyección social que desarrolla la Policía Nacional del Perú. La consti constituc tución ión,, organi organizac zación ión,, fin finali alidad dades, es, atr atribu ibucio ciones nes y disolu disolució ción n de las Juntas Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú, tanto urbanas como rurales, se rige por el Manual de Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana y sus Directivas complementarias. 40.3 40. 3 Tambié También n tie tienen nen caráct carácter er territo territoria riall las Juntas Juntas Vecina Vecinales les Comunal Comunales, es, encarga encargadas das de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecución de obras municipales y otros servicios. 40.4. Como organizaciones de carácter funcional se reconoce a organizaciones vecinales, tales como los Comité del Vaso de Leche, Comedores Populares, Clubes de Madres, Comités de Parques y otras que tengan caracteres similares y representen y promuevan el bien común vecinal.

Artículo 41.- Registro Nacional de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana La Policía delelPerú constituirá y administrará, a través de ladeDirección Ejecutiva de Seguridad Seguri dad Nacional Ciudadana, Registro Regis tro Nacional de las Juntas Vecinales Seguridad Seguridad Ciudadana promovidas por las Oficinas de Participación Ciudadana (OPC) de las Comisarías. El Comisario, como máxima autoridad policial en su jurisdicción, deberá determinar y mantener  actualizada la información sobre las zonas, sectores, barrios y poblaciones que constituirán el terri territor torio io ju juri risd sdic icci cion onal al de las las resp respec ectitiva vass Junt Juntas as Veci Vecina nale less de Segur Segurid idad ad Ciud Ciudad adan ana a promovi prom ovidas das por la Policí Policía a Nacion Nacional al del Perú. Perú. En ese propós propósito ito,, el Comisa Comisario rio sosten sostendrá drá reuniones periódicas con el Alcalde de su jurisdicción.

Artículo 42.- Cultura de convivencia pacífica Con el propósito de consolidar una cultura de convivencia pacífica, las entidades que conform con forman an el Sistem Sistema a Nacion Nacional al de Seguri Seguridad dad Ciudad Ciudadana ana (SINAS (SINASEC) EC) deben deben promov promover er la realización de actividades relacionadas: a. La ética pública pública y el respeto respeto a la ley y a las normas de conviven convivencia cia civilizad civilizada a y pacífica. pacífica. b. Implem entación ón del Código Administra Admide nistrativo de interpersonales Contravenci Contravenciones ones c. Implementaci Prácticas Prácticas de resolución resol ución pacífica pacífica conflict contivo flictos os interper sonales. . de la Policía. d. Programas Programas de formación formación cívica, cultura cultura de derechos derechos y deberes y construcción construcción de ciudadanía ciudadanía en las instituciones educativas e. Promoción Promoción en las instituciones instituciones educativa educativass del conocimiento conocimiento y la sensibilización sensibilización en materia materia de seguridad ciudadana. f. Promoc Promoción ión del respeto respeto de los los derechos derechos humanos, humanos, con énfasis énfasis en la la igualdad igualdad de género género y la interculturalidad. g. Programas Programas de fortalecimient fortalecimiento o de las familias en el marco del respeto respeto de los derechos fundamentales de sus integrantes.

Artículo Artícu lo 43.43.- Comun Comunida idades des campes campesina inas, s, rondas rondas campes campesina inas, s, ronda rondass com comun unale ales, s, comunidades nativas, comités de autodefensa, juntas vecinales promovidas por la Policía Nacional del Perú, juntas vecinales comunales y servicios de seguridad privada El Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) promueve la participación activa, en las acciones de prevención de la violencia y el delito, de las comunidades campesinas, rondas campesinas, rondas comunales, comunidades nativas, comités de autodefensa, juntas vecinales de seguridad ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú, juntas vecinales comunales y servicios de seguridad privada, quienes deberán brindar apoyo y colaboración

a la Policía

 

Nacional del Perú en el marco de sus atribuciones, de acuerdo al presente Reglamento y a las normas que los regulan.

TÍTULO III INSTRUMENTOS INSTRUMENT OS DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA CAPÍTULO I POLÍTICAS Y PLANES DE SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 44.- Política nacional y política regional de seguridad ciudadana Las políticas de seguridad ciudadana son instrumentos de carácter prospectivo que contienen un diagnóstico diagnóstico del problema problema y establecen establecen una visión, visión, lineamientos lineamientos,, objetivos, objetivos, estrategias, estrategias, proyectos, actividades, indicadores, resultados, metas, responsables y estándares de obligatorio cumplimiento en los ámbitos nacional, regional y local con un enfoque de resultados. Se articulan entre ellas y con las políticas de Estado contenidas en el Acuerdo Nacional y el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLA (CE PLAN) N) y sus objetiv objetivos os estrat estratégi égicos cos,, así como como con los resulta resultados dos especí específic ficos os de los Programas Presupuestales. Las políticas nacionales y regionales tienen un horizonte temporal de cinco (5) años, y se revisan y actualizan cada año.

Artículo 45.- Formulación y aprobación de las políticas nacionales y regionales de seguridad ciudadana El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, tiene competencia para formular y supervisar la implementación de la política nacional de seguridad ciudadana, la cual es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno. Los Gobiernos Regionales, a través de la Gerencia Regional de Seguridad Ciudadana o la que haga sus veces, son los responsables de formular y proponer las políticas en esta materia en sus respectivos niveles de gobierno. La formulación de las políticas nacionales y regionales debe considerar los intereses generales del Estado, las perspectivas de los diversos actores estratégicos y la diversidad de las realidades regionales y locales concordando con el carácter unitario y descentralizado del Estado. Las políticas nacionales y regionales son aprobadas por el Consejo de Ministros y los Consejos Regionales, según corresponda. Artícu Art ículo lo 46.46.- Planes Planes de Acción Acción Region Regionale ales, s, Provin Provincial ciales es y Distri Distrital tales es de segur segurida idad d ciudadana Los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital. Dichos instrumentos deben estar alineados al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y a sus medidas sectoriales, y articulados con los instrumentos del SINAPLAN. Deben elabora Deben elaborarse rse bajo bajo un enfoqu enfoque e descen descentra traliz lizado, ado, de gestió gestión n por result resultado ados, s, derech derechos os humanos, intercultural y género. Los Planes de Acción Acción Provincial Provincial de Seguridad Seguridad Ciudadana deberán estar alineados al Plan de  Acción Regional de Seguridad Ciudadana. Los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana deberán estar alineados al Plan de  Acción Provincial de Seguridad Ciudadana.

Estos planes se ajustan trimestralmente, de acuerdo al análisis del proceso de ejecución y de los resultados obtenidos mediante la aplicación de los respectivos indicadores de desempeño

 

Artículo 47.- Formulación y aprobación de los planes de acción regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana. Las Secretarías Técnicas de los Comités son las responsables de formular y presentar las propuestas propues tas de planes planes de acción de seguridad ciudadana ciudadana ante los respectivos respectivos Comités. Comités. Éstos, Éstos, después de evaluar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana, proponen su aprobación ante los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales, respectivamente, a través del dispositivo legal que corresponda. Durante el proceso de formulación de los planes de acción de seguridad ciudadana se tendrá en cuenta lo siguiente: 47.1. Para la formulación formulación de los planes regionales regionales se tendrá en consideración consideración los fenómenos priorizados por el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, los enfoques transversales de este y los componentes de intervención, adaptándolos a la realidad de la región. Los Planes de Acción Regional deben estar alineados a los objetivos y metas de los Planes de Desarrollo Concertado de la Región, convirtiéndose en instrumentos de ejecución de estos últimos. 47.2. Para la formulación formulación de los planes de acción provinciale provincialess se tendrá en consideración consideración los fenómenos priorizados por el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y los Planes de  Acción Regional de Seguridad Ciudadana, los enfoques transversales de estos y los componentes de intervención, adaptándolos a la realidad de la provincia. Los Planes de  Acción Provinciales deben estar alineados a los objetivos y metas de los Planes de Desarrollo Concertado de la Región. 47.3. Para la formulación formulación de los planes de acción distritales distritales se tendrá en consideración consideración el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana y el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, los enfoques transversales en que se sustentan estos, los fenómenos y componentes de intervención priorizados, adaptándolos a la realidad del distrito. Los Planes de Acción Distritales deben estar  alineados a los objetivos y metas de los Planes de Desarrollo Concertado de la Región. Los planes de acción de seguridad ciudadana están sujetos a evaluación anual, sin perjuicio de la emisión de los informes trimestrales señalados en el presente reglamento

Artículo 48.- Planes institucionales El planeamiento constituye un proceso continuo y complementario, por lo que las políticas y pl plan anes es de se segu guri ridad dad ciud ciudad adan ana a debe deben n expre expresa sars rse e ta tamb mbié ién n en lo loss Plan Planes es Opera Operatitivo voss Institucionales (POI), así como en las acciones desarrolladas por las entidades que conforman el SINASEC. Artículo 49.- Evaluación del desempeño de los funcionarios. La Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, sobre la base de los informes formulados por las Secretarías Técnicas de las instancias de coordinación de seguridad ciudadana en el ámbito regional, provincial y local, comunicará trimestralmente a las máximas autoridades de las entidades que conforman el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) acerca del desempeño de sus representantes ante las instancias de coordinación interinstitucional regional, provincial y local, especialmente en relación con: a. Su asistenci asistencia a a las las sesiones sesiones del comité. comité. b. Su disponibilida disponibilidad d de brindar la información información y la cooperac cooperación ión que les solicita solicita el comité. c. Su participaci participación ón en las actividades actividades realizada realizadass en el marco de los planes planes de seguridad seguridad ciudadana aprobados.

Artículo 50.- Sistema de seguimiento y monitoreo de los Planes de Seguridad Ciudadana Los titulares de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana son responsables de mantener actualizado el Sistema de Seguimiento y Monitoreo del Plan Nacional

 

de Seguridad Seguridad Ciudadana, Ciudadana, administrado administrado por la Dirección General de Seguridad Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior. Mediante Resolu Mediante Resolució ción n Minist Ministeri erial al se aprobar aprobarán án los lin lineam eamient ientos os para para la implem implement entaci ación, ón, monitor moni toreo eo y evalua evaluació ción n de los planes planes region regionales ales,, provinc provincial iales es y distri distrital tales es de seguri seguridad dad ciudadana.

CAPÍTULO II PROGRAMAS NACIONALES DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA E INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVOS Artículo 51.- Programas Nacionales Los Program Programas as Nacion Nacionale aless en materi materia a de seguri seguridad dad ciudada ciudadana na son program programas as públic públicos os focalizados, adscritos a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, que se constituyen con el propósito de asegurar la implementación de la política de seguridad ciudadana, promoviendo la intervención articulada de los integrantes del SINASEC. Artículo 52.- Instrumentos administrativos Son instrumentos instrumentos administrati administrativos vos de aplicación aplicación para las entidades que conforman conforman el Sistema Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) los siguientes: a. Las normas y lineamien lineamientos tos emitidos emitidos por la Dirección Dirección General General de Seguridad Seguridad Ciudadana Ciudadana del Ministerio del Interior y los órganos de ejecución de seguridad ciudadana en el ámbito regional y local. b. Las matrice matricess de monitoreo monitoreo y evaluación. evaluación. c. Lo Loss Mapas Mapas del del Deli Delito to geo geo refe refere renci nciad ados, os, a qu que e se re refifier ere e el artícu artículo lo 67 del pr pres esen ente te Reglamento. d. Otros que determine determine el Ministerio Ministerio del Interior, Interior, en su calidad calidad de Ente Rector del SINASEC. SINASEC. Las obligac obligacion iones es que se establ establezc ezcan an en los instrum instrument entos os adminis administra trativ tivos os deben deben ser  concordantes con los objetivos y principios del SINASEC que se señalan en la Ley N° 27933 y sus modificatorias, así como en el presente Reglamento.

TÍTULO IV GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN PARACIUDADANA LA SEGURIDAD CAPÍTULO I SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 53.- Sistema Nacional de Información I nformación para la Seguridad ciudadana El Sis Sistem tema a Nacion Nacional al de Inform Informaci ación ón para para la Seguri Seguridad dad Ciudad Ciudadana ana tie tiene ne como como objeti objetivo vo promover el uso de información para el seguimiento de los resultados de las intervenciones de las entidades involucradas involucradas en la materia, asegurando que la administraci administración ón de la información información estadística oficial en materia de seguridad ciudadana se realice en forma integrada, coordinada, racionalizada, en base a una normatividad técnica común y bajo la rectoría del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). El Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana determinará los indicadores y las fuentes de información en los distintos servicios de seguridad ciudadana, como la prevención de la violencia y el delito, el control y persecución de los mismos, la rehabilitación y reinserción social y la atención a las víctimas.

La administración del Sistema está a cargo de la Dirección de Diseño y Evaluación de Políticas

 

de Seguridad Ciudadana de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Interior. Su financiamiento se efectuará con cargo al presupuesto asignado a las entidades que lo conforman.

Artículo 54.- Comité Técnico de Coordinación del Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana El Comité Técnico de Coordinación del Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana es una instancia de coordinación encargada de asegurar la calidad de la información estadística en materia de seguridad ciudadana, en cumplimiento de los estándares establecidos por el Sistema Nacional de Estadística. Está integrado por los siguientes miembros: a. El jefe del Instituto Instituto Nacional Nacional de Estadística Estadística e Informática Informática (INEI), (INEI), quien lo preside. preside. b. Los responsables responsables de las áreas áreas de estadísti estadística ca de las entidades entidades que conforman conforman el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC). c. Los responsable responsabless de las áreas de estadísti estadística ca de los Gobiernos Gobiernos Regionales. Regionales. Los responsables de las áreas de estadística de las Municipalidades Provinciales y Distritales podrán participar como invitados del Comité Técnico de Coordinación del Sistema. El Reglamento Interno del Comité Técnico de Coordinación del Sistema Nacional de Inf Inform ormaci ación ón para para la Seguri Seguridad dad Ciudad Ciudadana ana determ determinar inará á lo rel relati ativo vo a la frecuenc frecuencia ia de las sesiones, quorum, adopción de acuerdos, invitación de especialistas, y otros asuntos que resulten necesarios para de el correcto funcionamiento del Sistema, elaborado por la Dirección General Seguridad Ciudadana y aprobado por el el mismo Ministroque del será Interior.

Artículo 55.- Obligación de cooperación con el Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana Las entidades que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) están obligadas a proporcionar la información que el Comité Técnico de Coordinación del Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana les solicite, a colaborar con sus ini inicia ciativ tivas as y a hacers hacerse e repres represent entar ar en las instan instancia ciass de coordi coordinac nación ión y trabaj trabajo o que este este convoque. El Comité Estadístico Interinstitucional de la Criminalidad (CEIC), del Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC), proporcionará la información que requiera el Sistema Nacional de Información para la Seguridad Ciudadana para el cumplimiento de su objetivo.

CAPÍTULO II DE OBSERVATORIOS SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 56.- Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana El Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana está a cargo de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior. Se encarga de recopilar, procesar, sistematizar, analizar y difundir información sobre la inseguridad, violencia y delitos en el país, proporcionando información confiable, oportuna y de calidad que sirva de base para el diseño, implementaci implem entación ón y evaluación evaluación de políticas, políticas, planes, programas programas y proyectos proyectos vinculados a la seguridad ciudadana. El financiamiento del Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana se efectuará con cargo al presupuesto asignado al Ministerio del Interior.

Artículo 57.- Funciones del Observatorio Nacional El Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana tiene las siguientes funciones:

a. Solicitar, Solicitar, recabar recabar y sistematizar sistematizar la información información oficial oficial relevante para las políticas políticas públicas públicas de seguridad ciudadana que produzcan las entidades que conforman el Sistema Nacional de

 

Seguridad Ciudadana (SINASEC) y otras que considere conveniente.

 

b. Realizar, Realizar, por lo menos menos una vez al año y en coordinación coordinación con con el INEI, encuestas encuestas nacionale nacionaless de opinión pública que midan la victimización, la evaluación de las instituciones que brindan servicios de seguridad ciudadana y la percepción de inseguridad. c. Realizar, Realizar, en coordinación coordinación con el INEI, INEI, encuestas encuestas de opinión pública pública sobre manifestaci manifestaciones ones específicas de la violencia y el delito, y sus posibles factores de riesgo, especialmente sobre la violencia familiar y de género, la violencia juvenil y escolar, el uso de armas, el consumo de alcohol y drogas y la deserción escolar. d. Real Realiz izar, ar, en coord coordin inac ació ión n con con el IN INEI EI,, en encu cues esta tass de op opini inión ón pú públ blic ica a so sobr bre e as aspec pecto toss específicos del funcionamiento de las instituciones que brindan servicios de seguridad ciudadana. e. Sistematizar Sistematizar la información información producida producida sobre seguridad seguridad ciudadana para generar generar instrumentos instrumentos geo referenciados. f. Ana Analiz lizar ar la inform informaci ación ón ofici oficial al y la producid producida a a través de encuesta encuestass de opinió opinión n pública pública y for formul mular ar recome recomendac ndacion iones es de políti políticas cas públic públicas, as, a efecto efectoss de contri contribui buirr a la toma toma de decisiones en materia de seguridad ciudadana. g. Realizar Realizar estudios estudios sobre las principales principales manifestaci manifestaciones ones de la inseguridad, inseguridad, la violencia violencia y el delito, sea de manera directa o encargándolos a instituciones universitarias o especializadas. h. Public Publicar ar y difundi difundirr la informac información ión,, las encuest encuestas as de opinió opinión n públic pública a y los estudio estudioss que produzca. i. Si Sist stem emat atiz izar ar las las buen buenas as prác práctitica cass en mate materi ria a de se segu guri ridad dad ciud ciudad adan ana a qu que e pu pued edan an se ser  r  relevantes a fin de que sean conocidas, estudiadas y, eventualmente, replicadas, previo proceso de adaptación y adecuación en los distintos niveles de gobierno.

Artículo 58.- Observatorios regionales, provinciales y distritales La Gerencia Regional de Seguridad Ciudadana o la que haga sus veces es responsable de la constitución y administración de los observatorios que, en la medida de sus posibilidades, deberán cumplir las mismas funciones del Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana, adecuándolas a la realidad de sus circunscripciones territoriales. El financiamiento de la implementación y funcionamiento de los Observatorios Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana se efectuará con cargo al presupuesto institucional de los Gobiernos Regionales y Locales correspondientes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 59.- Obligación de cooperación con los Observatorios Las entidades que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) están obligadas a compartir con los observatorios regionales, provinciales y distritales la información oficial disponible que sea relevante para las políticas públicas de seguridad ciudadana, así como aquella que se les solicite. También están obligadas a colaborar con las iniciativas de los observatorios y a hacerse representar en las instancias de coordinación y trabajo que estos convoquen. Las universidades públicas y privadas que cuenten con observatorios de seguridad ciudadana cooperarán con los observatorios del SINASEC, intercambiando información que haya sido obtenida como resultado de la investigación académica formal, así como de las actividades de extensión social, incluyendo estudios de investigación, debates, conversatorios, conferencias, seminarios, boletines de información físicos y electrónicos, artículos y otros documentos referidos y vinculados a la temática de seguridad ciudadana.

 

CAPÍTULO III CENTRO NACIONAL DE VIDEO VIGILANCIA, RADIOCOMUNICACIÓN Y TELECOMUNICACIONES TELECOMUNICA CIONES PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA Artí Artícu culo lo 60 60..- Cen entr tro o Naci Nacio onal de Vid Video Vigil igilan anci cia, a, Ra Rad dioco iocom municac icació ión n y Telecomunicaciones El Centro Nacional de Video Vigilancia, Radiocomunicación y Telecomunicaciones para la Seguridad Ciudadana, previsto en el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, es administrado por éste, a través de la Policía Nacional del Perú, como plataforma de interoperabilidad, con la finalidad de integrar los sistemas de video vigilancia y radiocomunicación de las entidades de la administración pública y del sector  privado que administran sistema de video vigilancia en lugares de concentración regular de personas o de alta afluencia de público, a efectos de mejorar la disponibilidad de los recursos audiovisuales para la seguridad ciudadana. El fifina nanc ncia iami mien ento to del del Cent Centro ro Naci Nacion onal al de Vide Video o Vigi Vigila lanc ncia ia,, Radi Radioc ocom omun unic icac ació ión n y Telecomunicaciones para la Seguridad Ciudadana se efectuará con cargo al presupuesto asignado al Ministerio del Interior.

Artículo 61.- Obligatoriedad de la instalación, operación e interconexión de los Centros de Video Vigilancia, Radiocomunicación y Telecomunicaciones Telecomunicaciones 61 61.1 .1 Lo Loss Gobi Gobiern ernos os Regi Regiona onale less y Lo Local cales es está están n ob obliliga gados dos a im impl plem emen enta tarr y ga gara ranti ntiza zarr el func funcio iona nami mien entto del Sist Sistem ema a de Vid Video Vigi Vigila lanc ncia ia,, Radi Radioc ocom omu uni nica cacció ión n y Telecomunicaciones para la Seguridad Ciudadana, en vías y espacios públicos en el ámbito de su jurisdicció jurisdicción, n, con cargo a sus respectivos presupuestos presupuestos institucionale institucionales, s, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Los Gobier Gobiernos nos Region Regionale aless fin financi anciará arán n tales tales sistem sistemas, as, en copart copartici icipac pación ión con los Gobiernos Locales. La instalación y operación de dichos sistemas estará a cargo de los Gobiernos Locales, a través de sus Gerencias de Seguridad Ciudadana. Los Presidentes de los Gobiernos Regionales y los Alcaldes Provinciales y Distritales son los responsables del transporte e integración de las plataformas de sus sistemas de video vigilancia, radiocomunicación y telecomunicaciones con el Centro Nacional de Video Vid eo Vigila Vigilanci ncia a y Radioc Radiocomu omunic nicaci ación ón y Teleco Telecomun munica icacio ciones nes para para la Seguri Seguridad dad Ciudadana. 61.2 La obligación establecida en en el numeral 61.1. también alcanza a las instituciones privadas que administran sistemas de videoovigilancia direccionados a lugares de asumirán tránsito, de concentración regular de personas de alta afluencia de público, quienes el transporte e integración de las plataformas correspondientes. Las instituciones privadas deberán almacenar la información captada por las cámaras de video vigilancia por un periodo que será determinado mediante Resolución Ministerial del Titular del Sector Interior. 61 61.3 .3 El in incu cump mplilimi mien ento to de lo disp dispue uest sto o en los los nu nume mera rale less 61 61.1 .1 y 61 61.2 .2 es esta tará rá su suje jeto to a responsabilidad civil, administrativa o penal, según corresponda. 61.4 En atención atención a lo dispuesto dispuesto por la Ley N° 30120, Ley de Apoyo a la Segurida Seguridad d Ciudadana Ciudadana con Cámaras de Video Vigilancia Públicas y Privadas, cuando se presuma la comisión de un delito o una falta, las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, deberán entregar gratuitamente copia de las imágenes y audios registrados a través de dichas cámaras a la Policía Nacional del Perú y al Ministerio Público, según corresponda. Se garantiza confidencialidad de hacen la identidad propietarios o poseedores de los inmuebles la y de las personas que entregadedelos esta información.

Artículo 62.- Estándares técnicos Mediante Resolución Ministerial del Titular del Sector Interior, en coordinación con el Ministerio

 

de Transportes y Comunicaciones, se establecerán los estándares mínimos aplicables para la

 

implementación de las plataformas de los sistemas de video vigilancia, radiocomunicación y telecomunicaciones a cargo de las entidades e instituciones señaladas en los numerales 61.1 y 61.2 del artículo 61, así como para establecer las condiciones para la integración de las pl plat ataf afor orma mass con el Cent Centrro Naci acional onal de Vide Video o Vigi Vigillanci ancia, a, Radi Radioc ocom omun unic icac aciión y Telecomunicaciones para la Seguridad Ciudadana.

Artículo 63.- Limitaciones de uso de información La información obtenida por el Centro Nacional de Video Vigilancia, Radiocomunicación y Telecomunicaciones para la Seguridad Ciudadana será utilizada exclusivamente para los fines regulados en la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y sus modificatorias, y el presente Reglamento, de acuerdo a las normas legales vigentes, especialmente las que protegen los derechos fundamentales, bajo responsabilidad administrativa, civil o penal, según corresponda. TÍTULO V COORDINACIÓN ENTRE LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN EL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA CAPÍTULO I COOPERACIÓN ENTRE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERU Y LAS MUNICIPALIDADES EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Artí Artícu culo lo 64.64.- Ámbi Ámbito toss de coop cooper erac ació ión n entr entree la Poli Policía cía Naci Nacion onal al del del Perú Perú y las las Municipalidades La cooperación entre la Policía Policía Nacional del Perú y las Municipalidades Municipalidades se producirá, producirá, cuando menos, en los siguientes ámbitos: a. b. c. d. e. f. g.

Planes Locales Locales de Seguridad Seguridad Ciudadana Ciudadana.. Planificaci Planificación ón y evaluación evaluación de acciones acciones operativas operativas conjuntas. conjuntas. Mapa del Delito Delito geo geo referenciado referenciado unifica unificado do y Plan Cuadran Cuadrante te Policial Prevención Prevención de la violencia violencia y de los delitos, delitos, faltas faltas y contravencione contravencioness Planes Planes de Patrul Patrullaj laje e integ integrad rado o Formac Formación, ión, capacita capacitación ción y asiste asistencia ncia técnica técnica al Serenazgo Serenazgo Municipal. Municipal. Adecuación Adecuación de la jurisdicc jurisdicción ión policial policial a la jurisdicció jurisdicción n política.

. las Municipalidades Provinciales y Artículo Planesdel Locales de Seguridadinformación Ciudadanacon La Policía65.Nacional Perú intercambiará Distritales sobre la incidencia delictiva territorial, para el diseño y formulación de los Planes de Seguridad Ciudadana en esos ámbitos.  Asimismo, la Policía Nacional del de l Perú y las Municipalidades efectuarán el análisis conjunto del logro de las metas establecidas en la matriz de objetivos, en concordancia con el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana.

Artículo 66.- Planificación y evaluación de acciones a cciones conjuntas. Los representantes de la Policía Nacional del Perú y de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en los ámbitos de los Comités Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, se reunirán semanalmente con la finalidad de planificar y evaluar acciones conjuntas de prevención y persecución del delito, en el ámbito de sus competencias. Artículo 67.- Mapa del Delito geo referenciado unificado y Plan Cuadrante Policial. 67.1 LaMinist Policía Nacional delesPerú, con el apoyo técnicoimplementación de los órganos competentes competentes del Ministerio erio del Interior, Interior, la responsable responsabl e del diseño, implement ación y gestión gestió n del Mapa

del Delito geo referenciado en las jurisdicciones de las Municipalidades Provinciales y Distritales. Para tal efecto, las municipalidades brindarán información sobre las capacidades

 

operativas institucionales en materia de seguridad ciudadana, así como información socioeconómica de su jurisdicción. 67.2 El Plan Cuadrante Policial se orientará a establecer territorialmente las jurisdicciones jurisdicciones de las Comisarías en tres niveles de organización a nivel nacional: Sector, Sub Sector y Cuadrante, permitiendo determinar una Base de Datos Única de las Jurisdicciones de las Comisarías, constituyéndose en el instrumento de gestión operativa para la planificación y el control de procesos y servicios policiales. 67.3 Las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) deberán contribuir con el diseño y aplicación del Mapa del Delito geo referenciado y del Plan Cuadrante Policial.

Artículo 68.- Prevención de la violencia y de los delitos, faltas y contravenciones 68.1 La Policía Nacional Nacional del Perú y las Municipalidad Municipalidades es promueven programas, programas, campañas campañas y actividades destinadas a desarrollar una cultura ciudadana de derechos y deberes, de respeto por la ley y las normas de convivencia civilizada y pacífica. 68.2 68. 2 En el marco marco de sus políti políticas cas de cultura cultura,, recrea recreació ción, n, deport deporte, e, juvent juventud, ud, capaci capacitaci tación ón laboral, emprendimiento y empleo, las municipalidades otorgarán especial atención a los grupos vulnerables o en riesgo de verse involucrados en hechos de violencia o derivados de delitos, faltas y contravenciones, o de ser víctimas de estos. 68.3 La Policía Nacional del del Perú, a través de la Dirección Ejecutiva Ejecutiva de Seguridad Ciudadana y las comisarías, así como los gobiernos regionales y las municipalidades, a través de las Gerencias de Seguridad Ciudadana o los órganos que hagan sus veces, desarrollarán e impulsarán mecanismos de alerta temprana y de veeduría ciudadana, así como de prevención, control y persecución del delito, promoviendo la participación efectiva de las  juntas vecinales, empresas de seguridad privada, vigilantes privados, taxistas, moto taxistas, organizaciones sociales de base y comunidad educativa, entre otros. Para tal efecto, la Policía Nacional del Perú participará en la organización y capacitación y los gobiernos regionales y las municipalidades coadyuvarán con la provisión del equipamiento necesario a los participantes en los mecanismos de alerta temprana. Se brindará especial énfasis a los mecanismos de alerta temprana y de veeduría ciudadana para la prevención, control y persecución del delito, en los casos en que se hayan emitido medidas de protección, garantías o medidas específicas para el resguardo de la vida o integridad de las personas. 68.4 Los miembros del servicio las municipalidades, al tomar conocimiento de la tentativa o comisión dede unserenazgo delito, faltade o contravención, así como de infracciones a las normas de tránsito, deberán comunicarlo de inmediato a la comisaría de su jurisdicción o al personal policial que realice patrullaje a pie o motorizado, facilitando la intervención policial, de ser posible. 68.5. Los Gobiernos Locales implementarán y organizarán el servicio de serenazgo sin fronter fron teras as o vigila vigilanci ncia a interdi interdistr strita itall a efecto efectoss de coordi coordinar nar esfuer esfuerzos zos ori orient entados ados a incrementar increm entar los niveles niveles de seguridad ciudadana y disminuir disminuir los índices índices de delincuencia delincuencia en las jurisdicciones de sus respectivos distritos miembros.

Artículo 69.- Planes de Patrullaje Integrado. La Policía Nacional del Perú y los Gobiernos Locales adoptarán en forma coordinada planes de patrullaje integrado bajo el liderazgo operativo del Comisario de la jurisdicción, empleando los bienes bie nes y recurso recursoss no dinera dinerario rioss disponi disponible bles, s, tales tales como: como: unidade unidadess vehicu vehicular lares, es, recurs recursos os humanos, sistemas informáticos, de video vigilancia y de comunicaciones, entre otros. Para tal efecto, sedecoordinará conninguna las jurisdicciones geográficamente el desarrollo de dicho servicio, tal forma que zona o áreacontiguas quede desprotegida.

 

Los planes de patrullaje integrado deben ser visados por los respectivos Comisarios y Gerentes de Seguridad Ciudadana.

Artículo 70.- Capacitación y asistencia técnica al Serenazgo Municipal. La Policía Nacional del Perú, a través de la Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina y la Direcci Dir ección ón Ejecut Ejecutiva iva de Seguri Seguridad dad Ciudada Ciudadana, na, implem implement entará ará program programas as de capaci capacitac tación ión y entrenamiento del Serenazgo Municipal, para lo cual suscribirá convenios de cooperación interinstitucional con las municipalidades. Estos convenios serán suscritos también por un representante del Ministerio del Interior con las facultades respectivas. Artículo 71.- Adecuación de la jurisdicción policial La Policía Nacional del Perú adecuará progresivamente las circunscripciones territoriales de las Comisarías al ámbito de jurisdicción de las Municipalidades Distritales. En los distritos donde exista más de una Comisaría, la suma de todas las circunscripciones de las Comisarías debe corresponder a la jurisdicción de la Municipalidad Distrital.

CAPÍTULO II COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL INTERINSTITUCIONAL EN MATERIA DE JUSTICIA PENAL Artículo 72.- Coordinación en materia de justicia penal La Dirección Dirección General de Seguridad Seguridad Ciudadana del Ministerio Ministerio del Interior Interior y los representantes representantes ante el Consejo Nacional de Política Criminal son responsables de constituir equipos técnicos de trabajo permanente con las instituciones del sistema de justicia penal, con la finalidad de coordinar la mejor implementación de las acciones del Estado para la persecución de los hechos delictivos, así como para la rehabilitación y reinserción social de sus responsables.

Artículo 73.- Adopción de reglamentos, protocolos y directivas Las instituciones del sistema de justicia penal, así como el Consejo Nacional de Política Crimin Cri minal, al, aprobar aprobarán án los reglam reglament entos, os, protoc protocolo olos, s, direct directiva ivass u otr otras as normas normas en las áreas áreas especí esp ecífic ficas as de su respon responsab sabili ilidad dad instit instituci ucional onal,, que sean sean necesar necesarios ios para para el adecua adecuado do cumplimiento de los objetivos del SINASEC. TÍTULO VI GESTIÓN FINANCIERA DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA CAPÍTULO ÚNICO GESTIÓN FINANCIERA Artículo 74.- Alcances La Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior promoverá que las entidades que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) implementen las acciones que correspondan, en el ámbito de sus competencias, para el cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 27933 y el presente Reglamento, respecto de la captación y asignación de los recursos que se requieren para el financiamiento del SINASEC. Los órganos de ejecución del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana en el ámbito regional y local son los responsables de programar los recursos que se requieran para el diseño e implementación de las políticas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana en sus respectivos niveles de gobierno.

Artículo 75.- Recursos del Sistema Con Consti stituye tuyen n(SINASEC) recurso recursoss los de siguientes: los órgano órganoss compon component entes es del Sistem Sistema a Nacion Nacional al de Seguri Seguridad dad Ciudadana

 

a. Los que comprometen comprometen las insti institucion tuciones es y sectores del Estado Estado componentes componentes del Sistema, Sistema, para el cumplimiento de las acciones que les competa. b. Las donaciones, donaciones, legados legados y recursos que provengan provengan de la cooperación cooperación internaciona internacional,l, así como las contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de acuerdo a las normas legales vigentes. c. Los d demá emáss que les les sean sean asignad asignados. os. Las entidades que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) adoptarán las medidas y realizarán las acciones necesarias, de acuerdo a ley, para obtener  recursos suficientes para el cumplimiento de sus funciones en materia de seguridad ciudadana.

Artículo 76.- Disposición de recursos de los Gobiernos Regionales y las Municipalidades a favor de la Policía Nacional del Perú 76.1 En el marco de lo dispuesto por la Ley N° 29010 y su modificatoria, modificatoria, y con el fin de fortalecer los servicios de prevención de la violencia y el delito, los Gobiernos Regionales y las Municipalidades Municipalidades Provinciales Provinciales y Distritales Distritales pueden efectuar donaciones donaciones o ceder en uso bienes muebles o inmuebles a favor de las Comisarías y otras unidades policiales de su jurisdicción. Está prohibido donar o ceder en uso armas de fuego, municiones y armas químicas o eléctricas. Una vez cumplida la finalidad o el plazo de la cesión en uso, los bienes muebles o inmuebles serán devueltos al Gobierno Regional o la Municipalidad correspondiente. Para el cumplimiento cumplimiento de lo dispuesto en el presen presente te numeral, el Gobierno Regional Regional o la Municipalidad suscribirán convenios con el Ministerio del Interior con la participación de la Policía Nacional del Perú. 76.2 En caso de que se compruebe que a los bienes muebles e inmuebles materia de donación o cesión en uso se les ha dado un uso distinto al pactado, estos revertirán al Gobierno Regional o la Municipalidad correspondiente en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, salvo que hayan sido utilizados para el cumplimiento de planes interdistritales y con aprobación expresa del Presidente Regional o el Alcalde, respectivamente.

TÍTULO VII RENDICIÓN DE CUENTAS CAPÍTULO ÚNICO RENDICIÓN DE CUENTAS Artículo 77.- Rendición de cuentas de los órganos de ejecución de seguridad ciudadana La Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior informará sobre los avances en la ejecución del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana a la Presidencia del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), la cual a su vez elevará el informe correspondiente al Consejo de Ministros y al Congreso de la República. Estos informes se elaboran sobre la base de los informes trimestrales que le remitan todas las entidades que integran el CONASEC y los órganos de ejecución del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana en el ámbito regional y local. Los Presidentes de los comités regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana informarán trimestralmente sobre los avances de sus planes de seguridad ciudadana ante los propios Comités y ante los Consejos Regionales y Concejos Municipales de sus respectivas circunscripciones territoriales.

 

Artículo 78.- Rendición de cuentas a la l a ciudadanía Una de las consultas ciudadanas que realicen los comités regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana debe estar destinada a la rendición de cuentas del desarrollo de sus actividades. En caso de que los comités regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana no se instalasen dentro del plazo señalado en el presente Reglamento, el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) informará a la ciudadanía dicha circunstancia a través de los medios de comunicación de la respectiva jurisdicción.  Al final de cada trimestre, los Comisarios deberán rendir cuentas a la ciudadanía sobre su gestión, conforme al procedimiento que establezca la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior.

Artículo 79.- Evaluación del Sistema Nacional de Control La gestión de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) y sus resultados, incluyendo el manejo de los recursos, independientemente de su procedencia o fuente de financiamiento, se encuentra sujeta a las normas del Sistema Nacional de Control, de conformidad con la Ley N° 27785 y sus modificatorias, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil o penal que corresponda. Artículo 80.- Portal de servicios web para la Seguridad Ciudadana Los portales web de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) deben presentar de manera permanente y actualizada la siguiente información: a. Los planes de seguridad seguridad ciudadana ciudadana de sus correspondie correspondientes ntes circunscripc circunscripciones iones territoriales. territoriales. b. Los informes informes periódicos periódicos de evaluació evaluación. n. c. Los acuerdos acuerdos de las las reuniones reuniones de los Comités Comités de de Seguridad Seguridad Ciudadana. Ciudadana. d. El di direc recto tori rio o de las las inst institituc ucio ione ness que que inte integr gran an la lass in inst stan anci cias as de co coor ordi dina naci ción ón en sus correspondientes circunscripciones territoriales, con indicación expresa de los servicios que brindan, sus recursos humanos, económicos y logísticos disponibles, y sus responsables, incluyendo direcciones, correos electrónicos y números de teléfono. e. Las buenas buenas prácticas prácticas en materia materia de segurid seguridad ad ciudadana. ciudadana. f. Otra iinformac nformación ión pública pública relevante relevante en materia materia de segurid seguridad ad ciudadana. ciudadana. La Dirección Generalciudadana de Seguridad del Ministerio del responsables Interior y los órganos de ejecución de seguridad en elCiudadana ámbito regional y local son de verificar  que la información señalada anteriormente sea publicada en las páginas web de las entidades que conforman el SINASEC, conforme a los criterios que establezca la referida Dirección General.

TÍTULO VIII RESPONSABILIDADES CAPÍTULO ÚNICO RESPONSABILIDADES Artículo 81.- Responsabilidad por la implementación de acciones en materia de seguridad ciudadana Los titulares de las entidades públicas que integran los órganos del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) deben realizar las de gestiones necesarias la implementación de las políticas y acciones en materia seguridad ciudadanapara queasegurar se realicen

en el marco de la Ley N 27933 y sus modificator modificatorias, ias, así como del presente presente Reglamento, Reglamento, bajo responsabilidad administrativa.

 

Artículo 82.- Falta de convocatoria o instalación de las instancias de coordinación del SINASEC Los Presidentes Presidentes de los Gobiernos Gobiernos Regionales y los Alcaldes Provinciales Provinciales o Distritales Distritales que no instalen los comités de seguridad ciudadana en el plazo legal o no los convoquen para sesionar, cometen falta grave y están sujetos a la sanción de suspensión en el cargo, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el artículo 25 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modificados por la Ley N° 30055. Artículo 83.- Acciones de los representantes del Ministerio Público En el marco de lo dispuesto por la Tercera Disposición Transitoria y Final de la Ley N° 27933, incorporada por la Ley N° 30055, los representantes del Ministerio Público ante los comités regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana denunciarán los incumplimientos de lo establecido en la citada Ley y sus modificatorias, ya sea por acción u omisión, por parte de los miembros que integran los citados comités. El Ministerio Público determinará en cada caso si existen indicios de la comisión de delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, previstos en el Artículo 377 del Código Penal, para proceder conforme a ley.

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