Semejanzas - Diferencias Entre Heredero y Legatario

October 12, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download Semejanzas - Diferencias Entre Heredero y Legatario...

Description

 

 

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” 

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA

DE DERECHO

NIVEL: QUINTO “B”  MATERIA: DERECHO SUCESORIO. TEMA: SEMEJANZAS - DIFERENCIAS ENTRE HEREDERO Y LEGATARIO. ALUMNO: CHRISTIAN DAVID TACLE VELASCO DOCENTE: DRA. LOURDES SÁNCHEZ.

SANTO DOMINGO –  ECUADOR  ECUADOR

 

 

INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo trataremos sobre el Heredero y Legatario en el cual conoceremos  primero unos conceptos de los términos anteriormente dados para una mejor comprensión  por parte de unos tratadistas y legislaciones de diferentes países como la Legislación Colombiana y Española, también abarcaremos las semejanzas que se tiene entre heredero y legatarios, así también como sus diferencias, teniendo en cuenta que el heredero es sucesor a titulo universal, es decir en todos los derechos y obligaciones del causante; el legatario es sucesor a título particular, es decir en cosas o derecho concretos y determinados, como también es necesario conocer que el heredero responde de las deudas del causante, salvo que acepte la herencia a beneficio de inventario mientras tanto el legatario, no lo tiene que hacer.

 

 

DESARROLLO

Para poder establecer y determinar las diferencias entre Heredero y Legatario empezaré definiendo a los antes mencionados: Heredero es la persona que, por disposición legal, testamentaria o excepcionalmente por contrato, sucede en todo o parte de una herencia; es decir, en los derechos y obligaciones que tenía al tiempo de morir el difunto al cual sucede. (CABANELLAS DE LAS CUEVAS, 1993) Heredero: Es aquella aquella persona que cuando fallece otra, recibe toda o parte de su herencia. Los herederos suceden al fallec fallecido ido en sus derechos y obligaciones, pudiendo sucederle también en sus deudas, bien por efecto del propio testamento o bien por efecto de la Ley.  No obstante, los herederos disponen de ciertas facultades como son: aceptar o renunciar a la herencia, o aceptar la herencia tan solo a beneficio de inventario. Herederos pueden ser tanto las personas físicas, como las personas jurídicas, que sean nombradas en el testamento. Si el fallecido no hubiera otorgado testamento serán herederos aquellas personas físicas o jurídicas a las que la Ley reconozca dicha condición. (abogadosconjuicio.com, s.f.) Legatario: Persona a quien por testamento se deja un legado o manda. El sucesor a título singular; es decir, en una o más cosas o derechos determinados, a diferencia del heredero que sucede al causante a título universal y en totalidad o cuota parte de su patrimonio. (CABANELLAS DE LAS CUEVAS, 1993) En otra definición también nos indica que el legatario adquiere sólo bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia.

 

  El legado sólo se produce por voluntad del testador. La posición del legatario sólo puede  provenir de la voluntad del causante establecida en testamento. tes tamento. (iberley.es, 2015) Según el Código Civil Colombiano establece la definición de Legatario en su artículo 1162 en el que nos indica los asignatarios a título singular, con cualesquiera palabras que se les llame, y aunque en el testamento se les califique de herederos, son legatarios; no representan al testador; no tienen más derechos ni cargas que las que expresamente se les confieran o impongan. Lo cual, sin embargo, se entenderá sin perjuicio de su responsabilidad en subsidio de los herederos, y de la que pueda sobrevenirles en el caso de la acción de reforma. (CÓDIGO CIVIL COLOMBIANO, 1887)  

Ahora que hemos conocido unos conceptos primordiales para la comprensión del tema estableceré las semejanzas que se presenta entre los Herederos y Legatarios en el que se establecen tres características principales: Ambas son disposiciones por causa de muerte. Ambas pueden o no coincidir en un testamento. Ambas son patrimoniales, y por ende, trasmisibles a sus respectivos herederos. (PUMA RÍOS, 2014)

 

Ahora una vez que he dado a conocer las semejanzas procederé a señalar las diferencias existentes entre el Heredero y el Legatario: En una herencia, el heredero es aquella persona que sucede al difunto en la titularidad de sus bienes y deudas, a título universal y que adquiere todos los derechos y las obligaciones que no se extingan con la muerte de un individuo.

 

En un legado, el legatario adquiere sólo bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia. En un sentido muy general, heredero es aquella persona que sucede al difunto en la titularidad de sus bienes y deudas, a título universal; y legatario aquella que adquiere sólo bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia. Por eso el Código Civil español dice que “llamase heredero al que sucede a título

universal y legatario al que sucede a títul o particular”.  La posición de heredero puede provenir de la ley, además de la voluntad del causante. Mientras que la de legatario sólo puede provenir de la voluntad del causante establecida en testamento. La herencia se produce forzosamente a la muerte de un individuo, de formas que a falta de testamento en que se indiquen los herederos, se aplicará la ley; el legado sólo se produce por voluntad del testador. El heredero puede ser instituido en testamento, pero a falta de este nombramiento, es la ley la que lo designa. Sin embargo, el legatario sólo puede ser nombrado por testamento. Las consecuencias de la renuncia en uno y otro caso son distintas. Si el testador no ha previsto sustitutos, la ley establece en caso de renuncia del heredero un llamamiento sucesivo, de forma que en último lugar sucedería el Estado; pero en caso de renuncia del legatario sin que el testador haya previsto su sustitución, el bien legado al renunciante pasará a formar parte de la herencia. (Cotorruelo Sánchez, 2015)

 

 

CONCLUSIONES

Tanto en el heredero como en el legatario son disposiciones por causa de muerte, las dos son patrimoniales y por el mismo hecho son transmisibles tanto al heredero como al legatario por sus correspondientes disposiciones legales. Podemos determinar que al asumir o aceptar una herencia se debe tomar en cuenta todos los parámetros ya que al momento de aceptar se asumen los bienes, derechos y obligaciones de la persona que deja la herencia, ya que al asumir la misma está obligado también a cancelar las deudas y cumplir con las obligaciones(deudas) que no se terminan con la muerte del difunto, mientras que el legatario adquiere sólo  bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia, también es necesario saber que la sucesión se da por título universal es aquí donde influye la figura del heredero siendo esta cuando se sucede al difunto en todos sus bienes, derechos y obligaciones transmisibles y a título singular cuando se sucede en una o más especies o cuerpos ciertos, siendo dentro de esta el Legatario. Legatario.

 

Bibliografía

abogadosconjuicio.com. (s.f.). Obtenido de Heredero: http://www.abogadosconjuicio.com/glosario2/heredero/41.html CABANELLAS DE LAS CUEVAS, G. (1993). DI CCIONARI CCIONARI O JURÍDI CO

ELEMENTAL. EDITORIAL HELIASTA S.R.L. CÓDI CÓ DI GO CI VI L COLO COLOMBI MBI ANO. (1887). Obtenido de CÓDIGO CIVIL COLOMBIANO: https://www.oas.org/dil/esp/codigo_Civil_Colombia.pdf Cotorruelo Sánchez, M. I. (25 de 05 de 2015). notariosenred.com. Obtenido de ¿Qué es mejor, ser heredero o legatario?: http://www.notariosenred.com/2015/05/quees-mejor-ser-heredero-o-legatario/

iberley.es. (20 de 02 de 2015). Obtenido de Caso práctico: Diferencias entre heredero y legatario.: https://www.iberley.es/practicos/caso-practico-diferencias-entreheredero-legatario-25121 PUMA RÍOS, M. (2014). millerpumarios.blogspot.com. Obtenido de Diferencias y Semejanzas entre heredero y legatario: https://millerpumarios.blogspot.com/2014/11/diferencias-y-semejanzas-entreheredero.html

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF