Semana 3 Gp-Turismo
July 7, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TURISMO FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CURSO: GESTIÓN TURÍSTICA EN ORGANISMOS GUBERNAMENTALES Prof Profesor: esor: Mag. Daniel Daniel E. Cáceda Guillén
MAG. DANIEL E. CÁCEDA GUILLÉN
Contenido de la semana 3: NORMATIVA NACIONAL RELACIONADA CON EL GOBIE RNO DEL TURISMO E NORMATIVA INSTRUMENTOS DE GESTIÓN. LA GESTIÓN DEL TURISMO DESDE LOS GOBIERNOS REGI ONALES Y GOBIERNOS LOCALES..
MAG. DANIEL E. CÁCEDA GUILLÉN
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DEL MINCETUR Es un organism organismo o técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno que goza de autonomía funcional, técnica, económica, financiera, presupuestal y administrativa. Formula, aprueba, ejecuta y evalúa las estrat estrategias egias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad conformi dad con las políticas y objetivos sectoriales.
MAG. DANIEL E. CÁCEDA GUILLÉN
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DEL MINCETUR Este Centro de Formación en Turismo, conforme a la ley,del es MINCETUR, un Organismo Descentralizado, Descentraliz ado, quePúblico tiene como finalidad planificar y ejecutar la política educativa institucional de formación profesional en su primera y segunda especialización, así como la capacitación y Carreras: Carrera Profesional de Administración Hotelera Carrera Profesional de Administración Ad ministración Turística Carrera Profesional de Guía Oficial de Turismo Carrera Técnica Técnica de Cocina Peruana
actualización del personal que está en servicio y los que requiera la actividad turística.
Carrera de Guías Oficiales de Turismo - Virtual. MAG. DANIEL E. CÁCEDA GUILLÉN
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DEL MINCETUR
Es un unaa Un Unid idad ad Ej Ejec ecut utor oraa de dell Mi Mini nist ster erio io de Co Come merrci cio o Ex Extter erio iorr y Turismo, dependiente de la Alta Dirección, que formula, coor co ordi dina na,, di diri rige ge,, ej ejec ecut utaa y su supe perv rvis isaa pr proy oyec ecto toss de in inve vers rsió ión n de interés turístico a nivel nacional; además de prestar apoyo técn té cnic ico o es espe peci cial aliz izad ado o pa para ra la ej ejec ecuc ució ión n de pr proy oyec ecto toss tu turí ríst stic icos os a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entid en tidade adess púb públic licas as que lo req requie uiera ran. n.
OBJETIVO
El Pl Plaan COP OPEESC SCO O Na Naci cio ona nall ti tieene com omo o ob obje jeti tivvo for orm mul ular ar y eje jeccut utar ar pr pro oyec ecto toss de invversi in sión ón pú púb bli licca pa parra el ac acon ondi diccio iona nami mien entto de recu currso soss tur uríísti ticcos os,, cu culltu turral alees, históri riccos y naturales, que permitan ampliar, optimizar y diversificar la oferta turística a nivel nacional a través de alianzas estratégicas con sectores del Gobier Gob ierno no Nac Nacion ional, al, Gob Gobie iernos rnos Re Regio gional nales, es, Gob Gobier iernos nos Loc Locale ales, s, ent entida idades des púb públic licas, as, priva pri vadas das,, nac nacion ionale aless y ex extr tranj anjer eras, as, y con org organi anism smos os int intern ernaci aciona onales les.. MAG. DANIEL E. CÁCEDA GUILLÉN
Componentes Comprende proyectos de infraestructura vial; servicios de acondicionamiento turístico (habilitación de estacionamientos, estacionami entos, servicios higiénicos, tiendas/puestos de venta, parador turístico, centro de turistas, museos, centro de acogida, manejo de residuos sólidos, electrificación y seguridad, etc); conservación y restauración de activos arqueológicos
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Proyectos
¿Cómo se priorizan los proyec proyectos? tos?
¿Cómo se generan los proyectos de infraestructura turística?
Que la zona de intervención:
Por demanda (Convocato (Convocatorias). rias).
Condiciones favorables favorables para el desarrollo del turismo (vocación turística).
Por acuerdo público privado con Gobiernos Regionales y Locales con el sector privado. pr ivado.
Facilidades de acceso.
Todos enmarcados en el PENTUR y las políticas sectoriales del sector Turismo.
Forme parte de un circuito o corredor existente. existente.
Recursos inventariados y/o jerarquizados. Se encuentre considerada dentro de algún instrumento de gestión o plan de desarrollo turístico. turístico. Tenga un Flujo de demanda interna y/o receptiva real o potencial. Que la naturaleza de la inversión corresponda a la función turismo.
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Obras principales hoyTELEFÉRICO Código SNIP: 268002 Nombre del Proyecto: “Adecuadas facilidades turísticas parade la visita de la zona arqueológica monumental
Kuélap mf1:mejor mf1:mejoramiento amiento de de accesibilidad a la la zona arqueológica monumental Kuélap mf2:adecuada provisión provisión de servicios de orientación e información” Monto contrato de concesión: S/ 70' 858,604.39 (INCLUYE IGV)
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Obras principales hoy PIP: Mejoramiento de la zona norte del circuito de Paracas Inversión: S/. 15,30 15,300,077 0,077.00 .00
Información: https://apps.contraloria.gob.pe/ciudadano/wf m_obras_mostrar_1.aspx?ID=Tnifc
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Restauración ación del MALI Restaur Adecuación y equipamiento en ambientes de exposición. Adecuada disposición y dimensionamiento de espacios públicos y circulación interna. Buena disposición y adecuado dimensionamiento de servicios complemen complementarios. tarios. Adecuado equipamiento servicios turísticos complementarios. Modalidad: En convenio con la Asociación Museo de Arte de Lima. Inversión:
S/. 5,662,750.82
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Descentralización funciones El artículo 188° de la Constitución Política Política de del Perú establece: establece: La descentralización constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. Asimismo, dispone que dicho proceso se realizaría por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transf transferencia erencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales.
Complementarias: Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentrali Descentralización; zación; y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales)
TRANSFERENCIA DE FUNCIÓN A LOS GOBIERNOS REGIONALES
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Qué ha sucedido luego de la transferencia de funciones MINCETUR apoya a los Gobiernos Regionales en el buen desempeño de las funciones
1.
trasnferidas, para lo cual continuamente brinda capacitaciones y asistencias técnicas a los trasnferidas, funcionarios de las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo – DIRCETUR, o el órgano que haga sus veces en dichos Gobiernos. 2.
Suscripción de Convenios de Gestión con el fin de garantizar el cumplimento de las obligaciones obligacion es tanto por parte del MINCETUR como de los Gobiernos Regionales.
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La normativa que debes saber sobre la transferencia de funciones Constitución de la Comisión Resolución Ministeri Ministerial al N° 144-2002/MINCETUR 144-2002/MINCETUR:: Conformación de la Comisión Resolución Ministeri Ministerial al N° 105-2005/MINCETUR 105-2005/MINCETUR:: Modificación de la Conformación de la Comisión Resolución Ministeri Ministerial al N° 228-2007/MINCETUR 228-2007/MINCETUR:: Se autoriza al Viceministerio de Turismo para suscribir Convenios Convenios Marco Intergurnament Intergurnamentales ales con los GR. Resolución Ministeri Ministerial al N° 080-2009/MINCETUR 080-2009/MINCETUR:: Se autoriza al Viceministerio de Turismo para suscribir Convenios de Gestión con los GR. Resolución Ministeri Ministerial al N° 102-2012/MINCETUR 102-2012/MINCETUR:: Designan a la OGPPD como Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia.
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La normativa que debes saber sobre la transferencia de funciones Planes Anuales de Transferencia del MINCETUR
Resolución Ministerial Ministerial N° 270-2017-MINC 270-2017-MINCETUR ETUR : Aprueba el Plan Anual de Transferencia del año 2017. Resolución Ministerial Ministerial N° 099-2016-MINC 099-2016-MINCETUR ETUR : Aprueba el Plan Anual de Transferencia del año 2016. Resolución Ministerial Ministerial N° 127-2015-MINC 127-2015-MINCETUR ETUR : Aprueba el Plan Anual de Transferencia del año 2015. Resolución Ministerial Ministerial N° 066-2014/MINCETU 066-2014/MINCETUR R : Aprueba el Plan Anual de Tr Transfer ansferencia encia del año 2014 Resolución Ministerial Ministerial N° 102-2013/MINCETU 102-2013/MINCETUR/DM R/DM:: Aprueba el Plan Anual de Transferencia Transferencia del año 2013 Resolución Ministerial Ministerial N° 133-2013/MINCETU 133-2013/MINCETUR/DM R/DM:: Modifica el Plan Anual de Tr Transfer ansferencia encia del año 2013 Resolución Ministerial Ministerial N° 129-2012/MINCETU 129-2012/MINCETUR/DM R/DM:: Aprueba el Plan Anual de Transferencia Transferencia del año 2012 Resolución Ministerial Ministerial N° 106-2011/MINCETU 106-2011/MINCETUR/DM R/DM:: Aprueba el Plan Anual de Transferencia Transferencia del año 2011 Resolución Ministerial Ministerial N° 110-2010/MINCETU 110-2010/MINCETUR/DM R/DM:: Aprueba el Plan Anual de Transferencia Transferencia del año 2010
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La normativa que debes saber sobre la transferencia de funciones Planes Anuales de Tr Transferencia ansferencia de la PCM
DS 115-2010-PCM: 115-2010-PCM: Aprueba el Plan Anual de Transferencia del año 2010 DS 047-2009-PCM: 047-2009-PCM: Aprueba el Plan Anual de Transferencia Transferencia del año 2009 (Derogada por el Decreto Supremo Supre mo N° 017-20 017-2017-PCM 17-PCM)) DS 049-2008-PCM: 049-2008-PCM: Aprueba el Plan Anual de Transferencia Transferencia del año 2008 DS 036-2007-PCM: 036-2007-PCM: Aprueba el Plan Anual de Transferencia Transferencia del año 2007 Anexo del D.S. D.S. N° 036-2007-PCM : Aprueba el Plan Anual de Transferencia del año 2007 DS 021-2006-PCM: 021-2006-PCM: Aprueba el Plan Anual de Transferencia Transferencia del año 2006 DS 052-2005-PCM: 052-2005-PCM: Aprueba el Plan Anual de Transferencia Transferencia del año 2005 DS 038-2004-PCM: 038-2004-PCM: Aprueba el Plan Anual de Transferencia Transferencia del año 2004
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La normativa que debes saber sobre la transferencia de funciones Transferenc Tr ansferencia ia de Funciones Culminadas
RM 335-2012-MINCETUR: Aprueba el “Plan de Supervisión y Evaluación de las Competencias Sectoriales de ServiciosTransferidas Públicos”.. a los Gobiernos Regionales y Locales, con Enfoque de Gestión Descentralizada Públicos” RM 311-2006-MINCETUR: 311-2006-MINCETUR: Transfieren funciones sectoriales a gobiernos regionales RM 084-2006-MINCETUR: 084-2006-MINCETUR: Declaran concluido proceso de transfer transferencia encia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales. Anexo la RM N° 084-2006-MINCETUR : Cuadro de Funciones Sectoriales de comercio exterior, turismodey artesanía, transferida a los Gobiernos Regionales. “Actas de Entrega y Recepción de Funciones Sectoriales” “Convenios de Gestión” suscritos con los Gobiernos Regionales”
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La normativa que debes saber sobre la transferencia de funciones Transferencia de Funciones con la Municipalidad Metropolitana de Lima RS de erencia Descentralización Descentrali zación N° sectoriales 401-2011-PCM/SD: 401-2011-PCM/SD : Esquema de Plan de Acción Sectorial para la transferencia transf de funciones a la MML. RS de Descentrali Descentralización zación N° 399-2011-PCM/SD 399-2011-PCM/SD:: Modifican Directiva Nro. 007-2007-PCM-SD RS de Descentrali Descentralización zación N° 022-2008-PCM/SD: Aprueban “Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la MML”
RS de Descentrali Descentralización zación N° 046-2007-PCM/SD 046-2007-PCM/SD:: Aprueban requisitos específicos mínimos para la transferencia transf erencia de funciones sectoriales a la MML. RS de Descentrali Descentralización zación N° 032-2007-PCM/SD 032-2007-PCM/SD:: Aprueban Directiva Nro. 007-2007-PCM-SD
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La normativa que debes saber sobre la transferencia de funciones Normas que regulan el proceso de Transferencia
Ley 27867: 27867: Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley 27783: 27783: Ley de Bases de la Descentralización Ley 27658: 27658: Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado Ley 28273: 28273: Ley del sistema de acreditación de los gobiernos regionales y locales Decreto Legislativo N° 1026 1026:: Establece un régimen especial facultativo para los Gobiernos Regionales y Locales que i ntegral. deseen implementar procesos de modernización institucional integral. DS N° 017-2 017-2017-PC 017-PCM M : Deroga el DS N° 047-2009-PCM por medio de su Única Disposición Complementaria Complementaria Derogatoria. Derogatoria. DS N° 053-2 053-2010 010 : Establece medidas para culminar el proceso de transferencia transferencia competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, correspondiente correspondiente al año 2007 DS N° 029-2 029-2008-PC 008-PCM M : Dicta medidas complementarias para culminar el proceso de transferencia transferencia de competen competencias, cias, funciones, atribuciones, fondos, programas, proyectos, proyectos, empresas, activos y otros organismos, a los Gobiernos Regionales y Locales, correspondiente al año 2007.
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La normativa que debes saber sobre la transferencia de funciones
DS N° 025-2008-PC 025-2008-PCM M: Amplían plazo para la transferencia de funciones previstas previstas en el artículo 62º de la Ley Nº 27867. DS N° 001-2008-PC 001-2008-PCM M: Amplían plazo para culminar las transfer transferencias encias dispuestas por el D.S. Nº 036-2007-PCM. DS N° 080-2004-PC 080-2004-PCM M: Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales” DS N° 030-2002-PC 030-2002-PCM M: Aprueban Reglamento de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado Resolución Secretaria de Descentralización Descentralización N° 001-2009-PC 001-2009-PCM-SD M-SD:: Establecen disposiciones relativas a la conformación y actuación de Comisiones a que se refiere el D.S. Nº 083-2008-PCM, así como para la culminación del proceso de transferencia del año 2007. Resolución Secretaria de Descentralización Descentralización N° 044-2008-PC 044-2008-PCM M: Aprueba la “Directiva para la Culminación e Implementación de la Transferencia Tr ansferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales” Regionales”..
Resolución de Secretaría de Descentralización Descentralización N° 025-2007-PC 025-2007-PCM/SD M/SD:: Aprueba la Directiva Directiva N° 006-2007-PCM/SD PCM/SD,, “Normas para la Efectivización Efectiviz ación del proceso de Transferencia Transferencia del año 2007 de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales. Anexo de la Resolución de Secretaría de Descentralización Descentralización N° 025-2007-PC 025-2007-PCM/SD M/SD:: Directiva N° 006-2007-PC 006-2007-PCM/SD. M/SD. Resolución de Secretaría de Descentralización Descentralización N° 003-2007-PC 003-2007-PCM/SD M/SD:: Aprueba la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, “Normas para la Ejecución de la Transferencia Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en lo s Planes Anuales de Transferencia”.
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Que es el TUPA ADMINISTRATIVO – TUPA TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO – El TUPA es un documento de gestión que contiene toda la informació información n relacionada a la tramitación de procedimientos que los administrados realizan ante sus distintas dependencias. El objetivo es contar con un instrumento que permita unificar, reducir y simplificar de preferencia todos los procedimientos (trámites) que permita proporcionar óptimos servicios al usuario.
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Directorio Manuales y Guías Manual para el Desarrollo de Proyectos de Inversión Pública Manual de Señalización Turística Registro de Calificadores de Hospedaje Directorio Nacional de Prestado Prestadores res de Servicios Turísticos Calificados Inventario de Recursos Turísticos Relación de AGVT recomend recomendadas adas para facilitar viajes de Grupos Turísticos Turísticos Organizados Manual para la Formulación de Inventario de Recursos Turísticos a Nivel Nacional – 2008 Manual para la planificación de productos turísticos – 2014 Guía Metodológica para la elaboración del Plan de Desarrollo Turístico Local Guía para la formulación de proyectos de inversión exitosos (MEF – MINCETUR – SNIP Perú) – 2011 Guías Técnicas de proyectos de Ecoturismo – Guía de Interpretación del Patrimonio Cultural (MINCETUR – Perú Diverso – Cooperación Republica de Alemania – GIZ) – 2011
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Marco co leg legal al - Gen Gener eral al Mar Ley General de Turismo (Ley 29408, 17.09.2009): 17.09.2009) : Contiene el marco legal para el desarrollo y la regulación de la actividad turística, los principios básicos de la actividad turística y los objetivos de la política estatal, estatal, declarando al MINCETUR como el ente rector a nivel nacional competente competente en materia turística. Reglamento de la Ley General de Turismo (Aprobado mediante Decreto Decreto Supremo Supr emo N° 003-2 003-2010010- MINCE MINCETUR TUR del 16.01.201 16.01.2010) 0) Modifican (R.M. Nº 155-2001-ITINCI/DM) relativas relativas a las actividades que operan operan los Prestadores de Servicios Turísticos (Resolución Ministerial Nº 224-2005 – MINCETUR-DM, 27.07.05) Se amplia relación de prestadores incluyendo el canotaje Turístico
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Marco legal – Prestadores de Servicios Turísticos
ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE Decreto Supremo N° 009-2017-MINCETUR, 31.07.2017 31.07.2017,, que modifica el Reglamento de Restaurantes y Reglamento de Establecimientos de Hospedaje. Reglamento de establecimientos de hospedaje – Decr Decreto eto Supremo Supremo N° 001-201 001-20155MINCETUR, 09.06.2015, establece las disposiciones para la clasificación, categorización, categoriz ación, operación y supervisión de los establecimientos de hospedaje; así como las funciones de los órganos competentes competentes en dicha materia, así como, la obligación de presentar una Declaración Jurada de cumplimiento de las condiciones mínimas para la prestación del servicio. Establece la clasificación clasificación de Hotel, Apart-Hotel, Hostal y Albergue, que podrán ser ostentados por los establecimientos establecimientos que cumplan con los requisitos de infraestructura infraestructu ra en la Norma A.030 Hospedaje del Título III del Reglamen Reglamento to Nacional de Edificaciones aprobado por Decreto Supremo N° 006-2014-VIVIENDA, así como los requisitos de equipamiento y servicios conforme la clase y/o categoría solicitada.
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Marco legal – Prestadores de Servicios Turísticos Alojamiento en casas particulares y centros educativos Reglamento de Autorización y Registro de Casas Particulares casas casas particulares y centros educativos (D.S. 010-95-ITINCI, 04.05.95). 04.05.95). Este Este dispositivo establece los requisitos mínimos que deberán cumplir las casas particulares, universidades universidades e instituto institutoss superiores, para brindar el servicio de alojamiento. Requisitos que deberán cumplir los establecimientos Requisitos establecimientos que brindan servicio servicio de alojamient alojamiento(Resolución o(Resolución Ministerial Nº 0011-95-MITINCI/VMT 0011-95-MITINCI/VMTINCI/DNT INCI/DNT DEL 16.05.1995) Este dispositivo establece los requisitos mínimos que deberán cumplir las casas particulares, universidades e institutos superiores, para brindar el servicio de alojamient alojamiento. o.
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Marco legal – Prestadores de Servicios Turísticos Agencias de Viajes
Decreto Supremo N° 011-2017-MINCETU 011-2017-MINCETUR, R, 31.07.2017, 31.07.2017, que modifica el Reglamento de Canotaje Turístico y Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo. Turismo . – Decreto – – eglamento que Reglamento R de Agencias establece delas Viajes disposiciones y Turismoadministrativa adminis trativas Supremo s para la N°adecuada 004-2016-MINCETUR. 004-2016-MINCETU prestaciónR.del servicio de la Agencia de Viajes y Turismo que opera en el país y para su supervisión; asimismo, asimismo, establece el procedimiento para su inscripción en el Directorio Nacional de Prestadores Prestadores de Servicios Turísticos Turísticos Calificados y las funciones de los Órganos Competentes Competentes en dicha materia. Establece la Clasificación como: Minorista, Mayorista y Operador de Turismo.
Resolución Viceministerial Viceministerial N° 046-2016 MINCETUR-VMT – Aprueban los formatos y los documentos señalados en el Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo Turismo,, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-MINCETUR, que en anexos del 1 al 3 forman parte integrante integrante de la presente Resolución Viceministerial. Resolución Viceministerial Viceministerial N° 048-2016-MI 048-2016-MINCETUR-VMT NCETUR-VMT – Aprueban requisitos que deberán presentar las Agencias de Viajes y Turismo que deseen formar parte de la Lista de Agencias de Viajes y Turismo, recomendadas para facilitar viajes de grupos turísticos organizados Chinos al Perú.
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Marco legal – Prestadores de Servicios Turísticos Turismo de Aventura Reglamento de Seguridad para la Prestación del Servicio Turístico de Aventura – Decreto Supremo N° 005-2016-MINCETUR.- Reglament Reglamento o que establece establece las disposiciones administrativ administrativas as para la seguridad en la prestación del servicio de turismo de aventura, a través de las Agencias de Viajes y Turismo debidamente autorizadas por el Órgano Competente.
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Marco legal – Prestadores de Servicios Turísticos Restaurantes
Decreto Supremo N° 009-2017-MINCETUR, 31.07.2017 31.07.2017,, que modifica el Reglamento de Restaurantes y Reglamento de Establecimientos de Hospedaje. Reglamen Reglamento to de Restaurantes Decreto Restaurantes SupremolaN° Supremo 025-2004-MINCETUR , establece los requisitos y procedimientos para autorizar prestación del servicio de Restaurante, así como, la Obligación de presentar la Declaración Jurada de cumplimiento cumplimien to de las normas relativas a las condiciones del servicio que prestan y a la calidada en la preparación de comidas comidas y bebidas . Establece los requisitos requisitos de infraestructura, infraestructu ra, equipo y servicios para las categorías de 1 a 5 tenedores así como la calificación de Turístico. aplicable para los restaurantes para los restaurantes ue ostentn de 3 a 5 tene ostentn tenedore dores. s. Disposiciones sobre Establecim Establecimientos ientos que expenden Comidas y Bebidas (R.M. Nº Nº 081-94-ITINCI del 12.08.94)Resolución 12.08.94)Resolución Ministerial Ministerial que señala que los establecimientos establecim ientos que expenden comidas y bebidas incluyan en sus listas de precios el IGV y el recargo al consumo.
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Prestado estadores res de Servicios Marco legal – Pr Turísticos Guías de Turismo Decreto Supremo N° 010-2017-MINCETUR, 31.07.2017 31.07.2017,, que modifica el Reglamento de Guías de Montaña yReglament yReglamento o de la Ley del Guía de Tu Turismo. rismo. Ley del Guía de Turismo 2005 (Ley Nº 28529, 25.05.2005). 25.05.2005) . Establece que el servicio de Guía de Turismo es prestados por quienes ostentan el título oficial de guías de turismo, así como los licenciados en turismo colegiados. eglamento de la Ley del Guía de Turismo (aprobado por DS 004-2010-MINCETUR del Reglamento del 16.01.2010)
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Prestado estadores res de Servicios Marco legal – Pr Turísticos Guías de Montaña Decreto Supremo N° 010-2017-MINCETUR, 31.07.2017 31.07.2017,, que modifica el Reglamento de Guías de Montaña y Reglamento de la Ley del Guía de Turismo. Reglamento de Guías de Montaña (Decreto Supremo Nº 028-2004-MINCETUR, 26.11.2004). Estabece las funciones y norma norma el procedimiento procedimiento de acreditación acreditación y supervición de la prestación prestación de servicios de los ñGuías de Montaña a nivel nivel Nacional.
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Marco legal – Prestadores de Servicios Turísticos Canotaje Turístico Decreto Supremo N° 011-2017-MINCETUR, 31.07.2017 31.07.2017,, que modifica el Reglamento de Canotaje Turístico y Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo. Decreto Supremo Nº 006-2016-MINCETUR 006-2016-MINCETUR,, – Reglament Reglamento o de Canotaje Turístico.Turístico.- Reglament Reglamento o que establece las disposiciones administrativas administrativas que regulan la actividad del canotaje turístico, a través de las Agencias de Viajes y Turismo debidamente autorizadas por el Órgano Competente. Resolución Viceminist Viceministerial erial Nro 055-2016-MINCETUR/VM 055-2016-MINCETUR/VMTT , que aprueba los formatos y los documentos señalados en el Reglamento de Canotaje Turístico aprobado por el Decreto Supremo 006-2016-MINCETUR.
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Marco legal - INFR CCIONES Y S NCIONES INFRACCIONES Y SANCIONES tipificar Modifican el Reglamento de la “Ley que faculta al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a tipificar infracciones por vía reglamentaria en materia de prestación de servicios serv icios turísticos y la calificación de establecimientos de hospedaje y establece las sanciones aplicables” – aplicables” – Ley N° 28868 (Decreto (Decreto Supremo Supremo N° N° 00 0044-
2015- MINCE MINCETUR) TUR) Fe de erratas Decreto Decreto Supremo N° 004-2015 – MINCETUR Ley que faculta al Ministerio de Comercio Exterior y Turi Turismo smo a tipificar infracciones por vía reglamentari reglamentariaa en materia de prestación de servicios turísticos y la calificaci calificación ón de establecimie establecimientos ntos de hospedaje y establece las sanciones aplicables Infracción y Sanciones aplicables a los Prestadores de Servicios Turísticos Ley Nº 28868(Ley 28868(Ley Nº 28868, 09.08.2006, página 325985 Faculta al MINCETUR a tipificar infracciones y aplicar sanciones a los prestadores de servicios turísticos establecidos en el artículo 17º de la Ley N º 26961, Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística Turística , mediante Reglamento. Reglamento de la Ley Nº 28868 (Decreto ( Decreto Supremo Nº 007-2007-MINCETUR, 07.06.2007, 07.06.2007, página 346565). Norma que tipifica las conductas sancionables en las que pudieran p udieran incurrir tanto los prestadores prestadores de servicios turísticos, como los Calificadores de Establecimientos Establecimientos de Hospedaje y establece además las sanciones que deberán aplicarse.
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Marco legal – F CILIT CIL IT CIÓN Y CUL CULTUR TUR TUR TURÍSTI ÍSTIC C Reglamento para el ingreso, salida y permanencia temporal de vehículos de uso particular para para turismo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2017-EF RP 167-2010-SERNANP: Aprueba el libre ingreso a las Áreas Naturales Protegidas de de administración nacional en las que, la recaudación sea exclusiva del SERNANP.
MAG. DANIEL E. CÁCEDA GUILLÉN
BENEFICIOS OS TRIBUT RIOS Marco legal - BENEFICI Beneficios Tributarios orientados a incentivar el turismo receptor, inafectados del impuesto General a las Ventas, los servicios de alojamiento y aliment alimentación ación adquiridos en el país por sujetos no domiciliados. Los servicios de alimenta alimentación ción deben ser prestados en el mismo establecimiento establecim iento de hospedaje. Consideran exportación exportación la prestació prestación n de los servicios de hospedaje, incluyendo la alimentación, alimentaci ón, a sujetos no domiciliados (Decreto Legislativo Nº 919, 06.06.2001, página 203977). Normas para la aplicación de beneficio tributario a Establecimientos Establecimientos de Hospedaje que brinden servicios a sujetos no domiciliados (Decreto Supremo Nº 122-2001-EF 122 -2001-EF,, 29.06.2001,página 205440). Normas referidas al Registro Registro Especial de Estableci Establecimientos mientos de Hospedaje (Resolución Nº 082082 2001/SUNATT, 20.07.2001, página 207112). Ley que modifica el Numeral 4) del Artículo 33º del 2001/SUNA Texto Único Ordenado Ordenado de la Ly del Impuesto Genral Genral a las Ventas Ventas o Impuesto Selectivo Selectivo al Consumo (Ley Nº 28780, 13.07.2006. página 323522).
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Marco legal - INCENTIVOS L INVERSIÓN PRIV D Decreto Legislativo Legislativo N°973 N°973,, 09.03.2007, que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ven Ventas, tas, el cual puede ser aplicado para la ejecución de importantes proyectos de inversión hoteleros con el consiguiente beneficio. Decreto Supremo N°084-2007-EF, 28.06.2007, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Legislativ o N°973. Decreto Supremo N°096-2011-EF, N°096-2011-EF, 04.06.2011, que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Legislativ o N°973.
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Marco legal – Para inversión pública Sistema Nacional de Inversión Pública
MARCO NORMATIVO Y LEGAL DEL SECTOR TURISMO
Plan Estratégico Regional de Turismo de la región
–PERTUR.
Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972
Ley General del Turismo-Ley Nº 29408 Reglamento de la Ley General del Turismo – D.S. D.S. 003-2010-MINCETUR
Ley Orgánica de Gobiernos Ley Nº – Art. 63º 27867 F unciones Regionales Funciones en materia –Turismo. Turism o.
Plan Estratégico Nacional de Turismo – PENTUR PENTUR 2008-2018.
Ley de Áreas Naturales Protegidas – Ley Nº Nº 26834.
Plan Nacional de Calidad Turística del Perú – CALTUR
Reglamento en Áreas Naturales Protegidas. Reglamento de Canotaje Turístico. Decreto Supremo Nº 004-2008-MINCETUR 004-2008- MINCETUR
Ley de Protección y Defensa del Turista –Ley Nº Nº 28982.. 28982
Ley de Patrimonio Cultural – Ley 28296.
REGLAMENTO REGLAMENT O NACIONAL DE EDIFICACIONES Reglamento Reglamen to Nacional de Edificaciones
MAG. DANIEL E. CÁCEDA GUILLÉN
Tarea 1 Los grupos de deb berán de escoger un Gobierno Regiona nall e investigar, sobr bree su organi nizzaci ción ón,, la lass ac acti tivi vida dade dess, pr pro oyec ecttos por ejecutar o en marcha y prob pr oble lema mas s qu que e ren enfr fren ent tsati la espe es pect ctiv iva a o. DIRE DI RECC CCIÓ IÓN N RE REGI GION ONAL AL DE TU TURI RISM SMO O – DIRC RCET ETUR UR, , pa par a la ges ge tión ónrde del l tu turi rism smo. DI Forma For mato to de pre presen senta tació ción: n: Expo Ex posi sici ción ón de 15 mi minu nuto tos. s.
MAG. DANIEL E. CÁCEDA GUILLÉN
http://apps5.mineco.gob.pe/transparencia/Navegador/default.aspx?y=2017&ap=Proyecto Listado de Gobiernos Regionales
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