Seguros
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resumen ley de seguros argentina...
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UNIDAD 9 Y 10 Índice Seguros 1) Definición. 2) Elementos del contrato. -Objeto. -Riesgo. -Interés asegurable. -Prima. -Póliza.
3) Partes del contrato de seguro. -Asegurador. -Tomador. -Asegurado. -Beneficiario.
4) Características. 5) Naturaleza. 6) inexistencia de riesgo. 7) reticencia. -Concepto. -Plazo para impugnar. - Falta de dolo. a) anular contrato. b) reajustar prima. - Dolo o mala fe.
8) Póliza. - Prueba del contrato. -Contenido.9 ítems.
9) Plazo.
- Período de seguro. -Comienzo y fin de la cobertura.
10) denuncia del siniestro. -Denuncia. -Mora sanción.
11) prescripción. -Término.
Resarcir (concepto s/R.A.E) Dar una compensación a alguien por un daño o perjuicio. Sinónimo: compensar, indemnizar, reparar.
Contrato de seguro (ley 17.418)
UNIDAD 9 Y 10 Definición: Hay contrato de seguro cuando el asegurador se obliga, mediante una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto.
Elementos del contrato: Objeto: El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de riesgos, salvo prohibición expresa de la ley. Riesgo: Es la eventualidad de que suceda un hecho futuro e incierto del cual podría derivarse un daño para el interés del asegurado. En el contrato debe estar bien especificado cual es el riesgo asumido por el asegurador. Interés Asegurable: La vida, la casa, un auto etc. Prima: Es el precio que percibe el asegurador por el riesgo asumido. Póliza: Es el documento entregado por el asegurador donde constan las condiciones del contrato de seguro. (Ej.: datos de las partes, riesgos, prima. etc.)
Partes del Contrato: 1-Asegurador: Es la empresa que asume el riesgo. 2-Tomador: Es quien contrata el seguro y paga la prima. 3-Asegurado: Es el titular del interés asegurable (generalmente es el tomador) 4-Beneficiario: Es quien cobra la indemnización la vez puede ser tomador y asegurado. O una persona distinta.
Características: Por medio del contrato de seguro, el asegurador asume el riesgo de su asegurado, es decir, se obliga a responder por las consecuencias que le provoque a su asegurado un hecho determinado; y como contraprestación, el asegurado se obliga a pagarle la llamada “prima” o “cotización”
Naturaleza: El contrato de seguro es consensual; los derechos y obligaciones del asegurador y asegurado, empiezan desde que se ha celebrado el contrato, aun antes de emitirse la póliza.
Inexistencia de riesgo: El contrato de seguro es nulo si al tiempo de su celebración el siniestro se hubiera producido o desaparecido la posibilidad de que se produjera. Ejemplo: chocamos el auto y luego aseguramos.
Reticencia Concepto: Toda declaración falsa(ósea mentira) de circunstancias conocidas por el asegurado, aun hechas de buena fe, que a juicio de peritos hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones si el asegurador hubiese tenido conocimiento del verdadero estado del riesgo, hace nulo el contrato.
Plazo para Impugnar: El asegurador debe impugnar el contrato dentro de los tres meses de haber conocido la reticencia o falsedad.
Falta de dolo: Cuando la reticencia no es dolosa (ósea no hay intención), el asegurador, a su exclusivo juicio, 1) Puede anular el contrato restituyendo la prima percibida con deducción de los gastos; 2) puede reajustar la prima con la conformidad del asegurado y de acuerdo al verdadero estado del riesgo.
Dolo o mala fe: Si la reticencia fuese dolosa o de mala fe, el asegurador tiene derecho a las
UNIDAD 9 Y 10 primas de los períodos transcurridos y del período en cuyo transcurso invoque la reticencia o falsa declaración.
Póliza Prueba del contrato: El contrato de seguro sólo puede probarse por escrito; sin embargo, todos los demás medios de prueba serán admitidos, si hay principio de prueba por escrito.
Póliza:(contenido) El asegurador tiene la obligación de entregar al tomador una póliza debidamente firmada, con redacción clara y fácilmente legible. nota: esto no se cumple por que las empresas tienen intereses.
La póliza deberá contener: 1) Nombres y domicilios de las partes; 2) El interés o la persona asegurada; 3) Los riesgos asumidos; 4) El momento desde el cual éstos se asumen; 5) El plazo de duración del contrato; 6) Determinar la prima, precio o cotización; 7) Determinar la suma asegurada; 8) Las condiciones generales del contrato. 9) También Podrán incluirse en la póliza condiciones especiales y particulares.
Plazo Período de seguro: Se presume que el período de seguro es de un año salvo que por la naturaleza del riesgo la prima se calcule por tiempo distinto.
Comienzo y fin de la cobertura: La responsabilidad del asegurador comienza a las doce horas del día en el que se inicia la cobertura y termina a las doce horas del último día del plazo establecido, salvo pacto en contrario.
Denuncia del siniestro Denuncia: El tomador, o derechohabiente en su caso, comunicará al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres días de conocerlo.
Mora. Sanción: Si excede el plazo de 3 días .El asegurado pierde el derecho a ser indemnizado, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia.
Prescripción Término: Las acciones fundadas en el contrato de seguro prescriben en el plazo de un año, computado desde que la correspondiente obligación es exigible.
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