ROPPO, Vincenzo - El Contrato Como Acuerdo, Voluntad y Libertad Contractual

December 26, 2017 | Author: RaquelCampomanes | Category: Property, Ethical Principles, Virtue, Politics, Government
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Descripción: ROPPO, Vincenzo - El Contrato Como Acuerdo, Voluntad y Libertad Contractual...

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EL -CONTRATO-/ VINCENZC RDPPO

Pratiche concordare e accordi della disciplina della concorrenza, en Giornale di diritto amministrativo, 1997., p. 443; F. GALGANO, Lettere di patronage e promesse unilaterali atipiche, en Conlratto e .impresa, 1996, p. 9; G CHINE, 1 confini del patronage: un istituto ancora in cerca di autore, -en Giurisprudenza italiana, 1996, 1, 2, p. 257; C. STINGONE, Lettera di patronage: tfichíarazione a contenuto impegnativo e qualificazione contrattuale dellafattispecie,- en Corrier:e giuridico, 1996, p. 301; G CHINE, Lá Cas'sazione sul patronage: una vOCe fuori dal ,coro, en Giurisprudenza italiana, 1996,1, 1, p. 737; G MARINI, Promessa e affidamento nel diritto dei contratti, Napoli, 1995; C. CASTRONOVO, L 'obbligaz:ione senza prestazione ai confini tra contralto e torfo,- en AA.VV :, Le rogioni del diritto. Scritti in onort!! di Luigi Mengoni, I, Milimo, 1995, p. 147; E CAMILLETTI, Le convenzioni di voto negl:i orientamenti della giurisprudenza, en Rassegna ·di diritto civile, 1995, p. 844; G SBIS~ ll-definitivo riconoscimento dei patti parasociali nell'attuaie legislazione, en Cqntratto e impresa, 1995, p. 69; R. PARDOLESI, lntese restrittive della liberta di concorrenza, en AAVV._, Diritto antitrust italiano, al cuidado de A. Frignani, R. Pardo1esi, A Patroni Griffi. y·L.C. Ubertazzi, I, Bo1ogna, 1993, p. 145; R. MARTJNL GentlemenS agreement, en Digesto delie discipline privatistiche, VID, Torinó, 1992, ad vocem; B. TEDESCID GARDELLA. Gentlemen S agreemént, en Rivista di diritto civile, 1990,11, p. 730; F.D. BUSNELU ltinerari europei nella "terra dj. nessuno" fra contratto e atto illecitb: la responsabilita da itiformtlf].o.ni inesiate, en Contratto e impresa, -1991, p. 539; A. MAZZONt Le lettere di patronage, Milano, 1986; C. MANZINI, Il contratto gratuito atipico, en Contralto e impresa, 1985, p.- 909; A. CECCHINI, Rapporti non vincolanti e regale di correttezza, Padova, 1977._

10. P. RESCIGNO~ Consemw, accordo, convenzione, patto, en Rivista del diritto C01Tl11U!rciale e del diritto gene1-o.le delle obbligazioni, 19BB, p. 3; P. SCHLESINGER, Complessitd del pro· cedimento di forrnazione del contratto e unicir del negozio contrattuale, en Rivista trimestrale di diritto e proceduro .ci;vile, 1964, p. 1352.

CAPÍTULO 11 El CONTRATO COMO ACUERDO: VOLUNTAD YLIBERTAD CONTRACTUAL l. El valor del acuerdo.- 2. El contrato y los actos unilaterales.- 3. Sigue: actos unilaterales con intrusión y con no intrusión.- 4. Sigue: las promesllS.- 5. Los actos de las organizaciones: delibemción, voto, acuerdo.- 6. El acuerdo, la voluntad, la libertll.d.- 7. El dogma de la voluntad y su crisis.- 8. La objetivación del contrato: teoría de la declaración y las relaciones contractuales de hecho.- 9. Contrato personalizado y contrato estandarizado; contratO negociado y contrato por

adhesión.- 10. Autonomía individual, autonomía colectiva y autonomía asistida.- 11. Las restricciones públicas de la libertad contractual.- 12. El contrato' impuesto.- Bibliogmfía.

l. EL VALOR DEL .ACUERDO "El contrato es el acuerdo ( ... )" (art. 1321): en la definición legal, el acuerdo es el primero y el más caracterizador de los elementos constitutivos del contrato. Pero para entender el sentido y el valor del acuerdo como elemento constitutivo del contrato es necesario enlazarlo -con -los. otros elementos de la definición: el contrato es acuerdo "para constituir, regular o extinguir ( .. -.) Wl:l relación jurídica patrimonial". El "para" indica tendencia hacia el \logro de una fmalidad, intencionalidad, voluntad. El acuerdo del art. 1321 es pues voluntad común de las partes, enderezada a afectar las relaciones Gurídicas, patrimoniales) de las p¡rrtes mismas. Ahora invirtamos la definición: las relaciones jUrídicas de los sujetos resultan afectadas por la voluntad común de los sujetos mismos, a ella enderezada. AsJ leída, la defmición del art. 1321 hace más explícito el sentido y valor del acuerdo.

El conlralo es acuerdo

Voluntad

El principio del acuerdo expresa dos valores .primariOs.

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En prily-er lugar,. indica la existenci3. de una esfera de libertad de los sujetos ante el poder púb)Jco y la ley: significa que existe un ámbito dentro del cual la suerte de las posiciones jurídicas patrimoniales de los sujetos depende de las elecciones voluntarias y libres de los mismos sujetos •q.·.,_,

Libenad

2.1

'EL CONTRATO 1 VINCENZC ROPPO

interesados.,. y·no por factores externos que se superponen a su voluntad y libertad. El sistem.a.'legal establece casos en los que las relaciones y posiciones de los sujetos resultan confomtadas o afectadas por factores externos a la libre elección voluntaria de los interesados: la Dbllgación fiscal del contribuyente no nace de su voluntad. sino del surgimiento del pm:mpnesto impositivo; la obligación resarcitoria del dañante nace del daño por él cometido, ymo-.de la voluntad de obligarse; la pérdida de la prropiedad del material empleado por ottas·"tpara fonnar una nueva cosa" no es querida por ei propietario, sino que es consecuencíadelrhecho material de la especificación (art. 940); ídem, en relación a la pérdida de la propieiiali--de la cosa expropiada, como consecuencia de. un acto de autoridad del poder públicCL. !IJien: el principio del acuerdo contractual indica .que existe otro ámbito, dentro del cmi! ,los· sujetos asumen obligaciones solo si quieren asumirlas, y pier?en su propiedad sole.Ki qUieren perderla. Autonomía

SalvaR!Jarda de las esferas

JurldlcaS en contra de las

IntrusioneS

aJenas

El con-m:wto que mejor expresa este significado es "autononúa": es decir poderrikúlarse por si las propias reglas (en nuestro contexto las reglas relativas ;a bs propias relaciones juiídicas patrimonialeS), antes que vérselas i..nlponer desde el exteriot. Autonomía contractual-es sinónimo de libertad coDRtmctuaL El principio del contrato como acuerdo es por consiguiente prirtcijpio de salvaguarda y valorización de la autono!l'Úa (libertad) contractual..&lmás: la centralidad del contrato en la organización jurídica moderna indico:. que la autono!l'Úa (libertad) de los inreresados es la modalidad que el sistema considera central para la conformación de sus relaciones jurídicas pallilimoniales. El segtmdo· valor del acuerdo" es- ui;la especificación del primero: el principio deliSI!m'\liíllb~~n actós''tihlliiieí:ili8Si.~s ~ir.

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