Resumen Tema 8 de Auxilio Judicial
Short Description
Descripción: juzgados...
Description
Resumen tema 8 de Auxilio Judicial Este tema esta pendiente de edición
EXAMENORGANIZACIÓN Y COMPETENCIA: ÓRGANOS UNIPERSONALES LEGISLACIÓN APLICABLE TEMA 8. AUXILIO JUDICIAL
(JUZGADOS).
LO . 6 /1 9 8 5 1 D E Julio Poder Judicial. Libro
I:
De
La
Extensión
Y
Límites
De
La
Jurisdicción
Y
De
La
Planta
Y
Organización
De
Los
Juzgados Y Tribunales.
LEY. 38/1988 Del 28 De Diciembre De Demarcación Y De Planta Judicial.
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTR. O. Jurisdiccionales unipersonales competencia en materia Civil (Instancia) Penal (Instrucción). La división o Demarcación (Partido Jdal) art.32 LOPJ: La unidad territorial integrada por uno o varios Municipios Limítrofes pertenecientes a una misma Provincia, pudiendo coincidir el Partido con la Demarcación Provincial. Tiene Sede en la Capital del Municipio al Ley 38/1988 De 28 De Diciembre Demarcación Y De Planta.
que
corresponde
el
partido
Jdal
de
la
que
toma
su
Nombre (designación).
Determinará Poblaciones Donde Uno O Varios Jueces Ejercerán Funciones De Registro Civil (Con Exclusividad) y quien será el encargado de estos en ORDEN CIVIL (PRIMERA Encargados Del Registro Civil Jueces De Primera Instancia e Instr.
ciudades con INSTANCIA)
más de
un Juzgado ART.84
Primera A
Instancia 85
e
Instrucción. LOPJ
(Ámbito Inferior A Partido Judicial Delegará En J.Paz) Conocen: Materias del orden civil, procesos declarativos ordinarios, jurisdicción voluntaria, de ORDEN PENAL (INSTRUCCIÓN Instruyen Causas Que Enjuiciaran (A.P) Y J.de Lo Penal, Sentencia Conformidad Con Acusación
recursos
contra
resoluciones J.PAZ ART.87.LOPJ)
(Cuando Lo Establezca La Ley),Conocimiento Y Fallo Juicio.Faltas, Habeas Corpus,Recursos Contra Resoluciones J.Paz Del Partido Jdal, Cuestiones Competencia. ART. 88 (LOPJ) J.CENTRALES INSTRUCCIÓN (CUIDADO VILLA DE MADRID) Jurisdicción Toda España. Instrucción De Causas Que Enjuiciaran La Sala De Lo SEPARACIÓN DE JUZGADOS (PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN). ART.21.1
Penal
(A.N)
O
Juzgados
Centrales
De
Lo
Penal.
Cuando Concurran 10 O Más Juzgados En Una Misma Sede: Gobierno A Propuesta Del CGPJ Previo Informe De CC.AA Con Competencias Transferidas.
JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (Especializados Y Pertenecientes Al Orden Civil) Art.86.Bis.(LOPJ) Materia Concursal =Concurso En Cada Provincia, Jurisdicción En Toda En Población Distinta En Atención A La Población, aconseja la Actividad Económica (Ámbito De Jurisdicción Limitado Para Cada Caso).
La Al
De Provincia, Existir Núcleos
Excepcionalmente Jurisdicción Extendida A Dos O Más Provincias De escaso de IMPORTANTE.ART.86.BIS apdo.4. JUZGADOS DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. (Competencia Exclusiva)
Acreedores (Art.86.Ter. LOPJ). Sede Capital De Provincia. Industriales o Mercantiles y lo Misma
CC.AA
Debido
Al
Volumen trabajo.
Litigios Sobre Dibujos Y Modelos Comunitarios. (Art.81 Y 82 Tratado Constitutivo Comunidad Europea (Actuales Art.101 Y 102 Tratado Funcionamiento UE En [Se Llamaran Juzgados De Marca Comunitaria Y Tendrán Nacional] Cuando No Desempeñen Esta Función Se Denominaran Juzgados De Lo Mercantil De Alicante.
Sustitución Jurisdicción
Del En
Tratado Todo
El
Constitutivo). Territorio
Jurisdicción Juez Del Concurso Exclusiva Y Excluyente.
JUZGADOS VIOLENCIA SOBRE LA MUJER.(ESPECIALIZADO) ART…87. B (LOPJ) En Cada Partido Municipio De Su Sede.
Jdal,
Sede
Capital
Partido
Jdal,
Y
Jurisdicción
En
Todo
su
Art. 87.Ter. LOPJ. Como Norma General Hay Un Solo Juzgado En La Capital De Provincia, Pero habrá en Cada Pueblo Un Juzgado Primera Instancia E Instrucción Especializado En Violencia Sobre La Mujer Que Conocerá De Forma Exclusiva o al conocer de otras materias. Acordado Por CGPJ Previo Informe de Salas De Gobierno en Función De La Carga De Trabajo. ORDEN PENAL. Delitos Y Faltas Relacionados Con Violencia Sobre La Mujer. ORDEN CIVIL. Tramitan Procedimientos Civiles Si Están Relacionados Con Violencia Sobre La Mujer, De Forma Exclusiva Y Exclúyete.
ámbito
territorial.
Designación
Del
JUZGADOS DE LO PENAL ART.89.BIS (LOPJ) En Cada Provincia, Con Sede En Su Capital. Juzgados Instrucción Juzgado De Lo Penal Enjuicia
Instruyen (Fase J.Oral).
(Fase
Podrán Establecerse Juzgados De Lo Penal Con Jurisdicción misma Provincia ( Ley 38/1988 De 28 Diciembre Demarcación Y Planta Jdal.) Fijando la Ciudad Denominación (Nombre) Población donde (Radique) Su Sede.
que
se
extienda
donde
Conocimiento delitos JUZGADOS CENTRALES DE LO PENAL.
a
Uno
Previa
o
Varios
estará
determinados Detención
J.Oral)
Partidos
de
su
en
Tramitación Expedientes Ejecución Órdenes Europeas Solicitudes Información Servicios Seguridad Estados Miembros Con Autorización Jdal.
Al
Sede.
las
Y
Entrega
la
leyes.
Y
Extradición
Pasiva.
JUZGADOS DE LO CONT-ADMVO.ART.90 (LOPJ) En Cada Provincia, Jurisdicción toda ella ,Sede Por Volumen De Asuntos, determinándose por Ley en que Poblaciones. Se establecerán Uno o más Jugados C-A. Denominación la del Jurisdicción extendida a Partido Jdal que le Corresponda.
Municipio
donde
se
en encuentra
su
Capital.
Su
Sede.
Excepcionalmente, Jurisdicción más de una Provincia de una misma CC.AA Recursos Contenciosos no atribuidos a otros órganos, contra actos y disposiciones de AA.PP. Autorización entrada domicilios actos de la administración
y
resto
edificios
cuando
el
acceso
requiera
permiso
del
titular
para
ejecución
forzosa
de
JUZGADOS CENTRALES DE LO C-A. ART.91.( LOPJ) Villa De Primera y única instancia recursos públicas con competencia en todo territorio Español.
C-A
Madrid, contra
disposiciones
y
Jurisdicción actos
de
Toda organismos,
autoridades,
España. entidades
órganos
JUZGADOS DE LO SOCIAL.ART.92. (LOPJ) En Cada Provincia, Jurisdicción en Por Necesidades del servicio o proximidad de núcleos de poblaciones distintas de Excepcionalmente podrá extender su Jurisdicción En única instancia procesos atribuidos al orden social.
toda ella, Sede en trabajo, delimitando su ámbito de jurisdicción la Capital De a dos o más provincias de
su
se
Capital. establecerán en Provincia. misma CC.AA.
JUZGADOS VIGILANCIA PENITENCIARIA ART.94.(LOPJ) En Cada Funciones Lo. 1/1979, De 26 Podrán Establecerse Con Jurisdicción A Dos O Más Se Extienda A Fiscaliza la actividad penitenciaria y JUZGADOS CENTRALES VIGILANCIA PENITENCIARIA.
De Provincias
de
asegura
Villa De Madrid, Delitos Competencia Preferente Y Excluyente Si El Penado (Art.95. LOPJ) Numero De J. V. Penitenciaria según Ley De planta y Gobierno Previa Audiencia CC.AA Afectada Y CGPJ Establecerá la sede correspondiente.
Provincia. (Orden Septiembre, General Misma C.A Y También Con Toda La los derechos de
Jurisdicción
Toda
Cumple Condena atendiendo principalmente
a
No los
Penal). Penitenciaria. Que No Provincia. internos.
Jurisdicción los
España. Competencia (A.N.) Dictada Por (A.N.) ya existentes y su clase.
JUZGADOS DE MENORES.ART. 96(.LOPJ) En Cada Provincia, Jurisdicción en toda La Provincia, Sede en su Capital.Uno o más J. de Menores. J. De Menores Jurisdicción se extienda C.A (cuando el volumen de trabajo lo aconseje).
a
a
un
Partido
Determinado
o
agrupación
De
Partidos
O
Dos
o
más
Provincias
Misma
Tomará su nombre de la población donde radique su Sede. Ejercicio funciones establecido en la leyes para con los menores que hubieren incurrido en conductas tipificadas por la ley como delito o falta y otras en relación con los menores de edad que les atribuya las leyes. Instrucción . Ministerio Fiscal.( Expediente) Enjuiciamiento. Juez JUZGADO CENTRAL DE MENORES, Jurisdicción Toda España.Art.97. LOPJ)
de
Menores.
Juez De Menores único para conocer de las conductas tipificadas por la ley como delito o falta y otra que les sean atribuidas por la ley cometidos por menores.
JUECES DECANOS (Art.98.LOPJ) Y DISPOSICIONES COMUNES PLANTA JUDICIAL Cuando hay Más de un Juzgado de la misma clase y en la misma Circunscripción CGPJ previo informe de Salas de Gobierno acordará que uno o varios juzgados asuman el conocimiento de un asunto en concreto o su ejecución (carácter exclusivo). Los Servicios comunes podrán constituirse para apoyarlos. Acuerdo será publicado en BOE y tendrá efecto Los Juzgados afectados seguirán conociendo (pendientes) hasta conclusión.
desde
el inicio
de
año
siguiente
al
que
se
adoptó.
ELECCIÓN DE J.DECANO Poblaciones 10 ó Juzgados.J.Decano Elegido por Mayoría de 3 /5 Primera votación. Bastará en la 2 votación Mayoría Simple Resuelve Empates quien ocupe mejor puesto en el escalafón. MENOS DE 10 JUZGADOS, J. Decano Juez o Magistrado que ocupe mejor puesto en el escalafón. Renovación cada 4 años o cese del elegido. Justificado por circunstancias de sus trabajos en el orden respectivo.
de
DecanatoCGPJ, oída
Junta
de
Jueces
puede
liberar
a
su
titular
(parcial/
total)
2 o más juzgados mismo orden jurisdiccional Distribución de asuntosNormas de reparto prefijadas J.DECANO supervisa el reparto y es asistido por Secretario Judicial.
View more...
Comments