RESUMEN TEMA 6 ACESPOL.pdf

October 30, 2018 | Author: resumenesscribd | Category: Labour Law, Human Resources, Regulation, Retirement, Government
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Tema 6

- Los Funcionarios Públicos -

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ÍNDICE -LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS1.  MODELOS DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 2. CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN 3. CONCEPTO DE EMPLEADO PÚBLICO 4. NORMATIVA APLICABLE A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS 5. ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA 6. ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE CARRERA 7. PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE CARRERA 8.  REHABILITACIÓN DE LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO 9.  PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS 10.  ORDENACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS

1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS: CONCEPTO Y CLASES •  Función Pública: Conjunto de personas ligadas por una relación de trabajo o de servicio a la Administración Publica •  Estatuto: Norma o conjunto de normas que regulan la vida profesional de los funcionarios, garantizando sus derecho y estableciendo sus obligaciones •  Previsión Constitucional Art. 103 y 149 1º-18º •  Estatuto Básico del Empleado Público: (Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público): • 

100 artículos (8 títulos) – 16 disposiciones adicionales – 8 transitorias – 1 derogatoria – 4 finales

•  Objeto: Establecer las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos y del personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS: CONCEPTO Y CLASES •  Entre las cuestiones que se incorporan al Texto Refundido como consecuencia de las modificaciones de la Ley 7/2007 encontraríamos las siguientes: • 

Recuperación de los días de asuntos particulares y vacaciones de los empleados públicos, de acuerdo con las últimas modificaciones legislativas.

• 

Las vacaciones no disfrutadas por enfermedad se pueden disfrutar tras el alta.

• 

Mejoras efectuadas en materia de movilidad, jornadas, permisos, y situaciones administrativas en los casos de violencia terrorista.

• 

Permisos por cuidado de hijo menor afectado por enfermedad grave, así como para los casos de acogimiento pre adoptivo y adopción.

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS: CONCEPTO Y CLASES 1.1- MODELOS DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA •  Cerrado: (Francés) Modelo singularizado y distinto del laboral • 

Cuerpos de Funcionarios

• 

Carrera administrativa

•  Abierto:(Anglosajón) • 

Relaciones laborales similares a las de la empresa privada

• 

No hay cuerpos de funcionarios

• 

No hay carrera administrativa

•  Mixto: Integrado por personal funcionario y personal laboral (Sistema adoptado en España) 6

1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS: CONCEPTO Y CLASES 1.2- CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN •  Concepto de Empleado Público: “Personas que desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales” •  Se clasifican en: •  A. Funcionarios de Carrera •  B. Funcionarios Interinos •  C. Personal Laboral •  D. Personal Eventual •  E. Personal Directivo Profesional

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS: CONCEPTO Y CLASES 1.3- CONCEPTO DE EMPLEADO PÚBLICO •  A) FUNCIONARIOS DE CARRERA • 

Nombramiento legal: Excluidas personas sin título jurídico

• 

Permanencia en el servicio: Inamovilidad y estabilidad

• 

Inclusión en Cuerpo o Escala de Funcionarios

• 

Retribución a cargo de los Presupuestos Generales

del Estado: Excluido el personal que

cobra por arancel • 

Regulación por el Derecho Administrativo: Excluido Contrato Laboral

•  Funciones que solo pueden ser ejercitadas por Funcionarios de Carrera: • 

Participación directa o indirecta en las el ejercicio del poder público y las potestades pública

• 

Salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas 8

1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS: CONCEPTO Y CLASES 1.3- CONCEPTO DE EMPLEADO PÚBLICO •  B) FUNCIONARIOS INTERINOS • 

Por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia

• 

Desempeñan funciones propias de funcionarios de carrera

•  Circunstancias que deben darse: a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera. b) La sustitución transitoria de los titulares. c) La ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto. d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses.

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS: CONCEPTO Y CLASES 1.3.- CONCEPTO DE EMPLEADO PÚBLICO C) PERSONAL LABORAL •  Servicio retribuido en la Administración en virtud de contrato de trabajo formalizado por escrito • 

Duración: •  Fijo •  Por tiempo indefinido •  Temporal

•  No pueden desempeñar funciones que signifiquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguarda de los intereses generales del Estado

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS: CONCEPTO Y CLASES 1.3- CONCEPTO DE EMPLEADO PÚBLICO D) PERSONAL EVENTUAL • 

Realiza funciones calificadas como de confianza o asesoramiento especial

• 

Carácter NO permanente

• 

La condición de personal eventual no podrá constituir como mérito para el acceso a la función pública

• 

Por ley se establecerá:

• 

• 

Quién puede nombrarlos

• 

Número máximo

• 

Condiciones retributarias

Nombramiento y cese serán libres • 

Se cesa en todo caso cuando cese la autoridad a la que se preste la función de confianza

•  Legislación aplicable: La legislación general de los funcionarios de carrera en lo que les sea adecuado a su naturaleza

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS: CONCEPTO Y CLASES 1.3- CONCEPTO DE EMPLEADO PÚBLICO E) PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL •  Desempeñan funciones directivas profesionales •  Designados según los principios de merito, capacidad y a criterios de idoneidad •  Su evaluación será según los criterios de: • 

Eficacia

• 

Eficiencia

•  Las condiciones de empleo no tendrán consideración de materia objeto de negociación colectiva •  Puede tener condición de personal laboral

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS: CONCEPTO Y CLASES 1.3- CONCEPTO DE EMPLEADO PÚBLICO OTRAS CLASIFICACIONES DE FUNCIONARIOS: 1º Por la organización en la que prestan sus servicios: • 

De la Administración del Estado •  Central •  Territorial •  Exterior

•  De las CCAA •  Central •  Territorial •  De las Corporaciones Locales: Diputaciones o Ayuntamientos •  De la Administración Institucional u Órganos Constitucionales

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS: CONCEPTO Y CLASES 1.3- CONCEPTO DE EMPLEADO PÚBLICO OTRAS CLASIFICACIONES DE FUNCIONARIOS: 2º Por el Régimen Jurídico Aplicable: • 

Régimen General: Estatuto Básico del Empleado Público

• 

Régimen Especial: Personal con legislación propia •  Personal Cortes Generales •  Asamblea legislativa de las CCAA •  Órganos Constitucionales, Jueces, Magistrados, Fiscales •  Militares, F. y C. Seguridad, Notarios, Personal CNI •  Personal Banco de España

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.3- CONCEPTO DE EMPLEADO PÚBLICO OTRAS CLASIFICACIONES DE FUNCIONARIOS: 3º Por el Procedimiento de Selección: • 

Funcionarios •  Oposición y Concurso-Oposición •  En virtud de ley y de manera excepcional, también se podrá usar el sistema de concurso

• 

Personal Laboral Fijo •  Oposición y Concurso-Oposición •  Concurso de valoración de méritos

4º Por el Régimen Jurídico • 

Derecho Administrativo

• 

Derecho Laboral

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.4- NORMATIVA APLICABLE A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1º CONSTITUCIÓN •  Derecho de acceso a los cargos públicos (Art. 23) •  Prohibición de Tribunales de honor en Administración Civil y organizaciones profesionales (Art. 26) •  La ley regulará las peculiaridades sindicales de los funcionarios (Art. 28) •  Reserva legal para el Estatuto de Funcionarios Públicos (Art 103.3) •  Competencia exclusiva del Estado: •  Bases del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas •  Régimen Estatutario de sus funcionarios

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.4- NORMATIVA APLICABLE A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS 2º Leyes Ordinarias • 

Estatuto Básico

• 

Incompatibilidades

• 

Libertad Sindical

3º Normativa Reglamentaria • 

Reglamento de Ingreso

• 

Reglamento de Provisión Puestos de Trabajo

• 

Reglamento de Incompatibilidades

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.5- ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA PRINCIPIO RECTORES QUE RIGEN EL ACCESO AL EMPLEO PÚBLICO: Principios Constitucionales: • 

Igualdad

• 

Merito

• 

Capacidad

Principios del Estatuto: • 

Publicidad de las convocatorias y de sus bases

• 

Transparencia

• 

Imparcialidad y Profesionalidad

• 

Independencia y discrecionalidad técnica

• 

Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar

• 

Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.5- ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA REQUISITOS GENERALES: a) Tener la nacionalidad Española: • 

Con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguarda de los intereses del Estado:

• 

(Podrá eximirse de este requisito por ley o por razones de interés general )

• 

Los nacionales de los Estados miembros de la UE

• 

El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros

• 

Los incluidos en los Tratados Internacionales ratificados por España

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas c) Tener 16 años y no exceder la edad de jubilación forzosa d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones e) Poseer la titulación exigida

Podrá exigirse el cumplimiento de otros requisitos, que guarden relación con las funciones asumidas y tareas a desempeñar. Los Extranjeros NO pueden acceder: A determinados agrupaciones tales como Las Fuerzas Armadas, FFCCES, CNI ... 19

1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.5- ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA •  Acceso al Empleo Público de Funcionarios Españoles de Organismos Internacionales: Las Administraciones Públicas establecerán los requisitos y condiciones

•  Acceso al Empleo Público de personas discapacitadas: En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el 2 % de los efectivos totales en cada Administración Pública La reserva del mínimo del siete por ciento se realizará de manera que, al menos, el dos por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.

Los planes de empleo se aprobarán por el Secretario de Estado para la Administración Pública

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.5- ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA: CONVOCATORIA CONVOCATORIA I: o  Anuncio e invitación que la Administración hace a los Administrados o  Pública o  Fija las Bases o  Forma de resolver los incidentes CONSIDERACIONES GENERALES Y EFECTOS JURIDICOS: •  •  •  • 

Es la ley de la Oposición o Concurso Inalterable o inmutable Equilibrio de prerrogativas administrativas y Garantías de los administrados La convocatoria ha de contener: •  •  •  •  • 

Bases generales Pruebas Programas Sistema de calificaciones Lugar y fecha iniciación

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.5- ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA: CONVOCATORIA CONVOCATORIA II: CADA AÑO: •  Sorteo Público: Fija el Orden de Actuación de los Aspirantes. Se publica en el B.O.E. •  Plazo de solicitud: 20 días naturales tras la publicación en el B.O.E. •  Lista Provisional: En el mes siguiente

PRINCIPIOS POR LOS QUE SE RIGEN LOS PROCESOS SELECTIVOS: •  Adecuación a los puestos de trabajo ofertados •  Pruebas •  • 

Conocimiento: General o Específico Psicotécnicos: Objetividad y racionalidad

•  Ejercicio Práctico (Uno al menos) •  Pueden realizarse de forma descentralizada • 

• 

Los aprobados no pueden superar el nº de plazas convocadas Los seleccionados deberán aportar la documentación necesaria

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.5- ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA: CONVOCATORIA ÓRGANOS DE SELECCIÓN •  Órganos de selección: Serán Colegiados y se ajustaran a los principios de Imparcialidad y Profesionalidad. Se atenderá a la paridad hombremujer •  No podrán formar parte de estos tribunales: Personal Interino, Eventual ni el eventual o de designación política •  Habrá 2 órganos de selección: A)  COMISIONES PERMANENTES

B)  TRIBUNALES

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.5- ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA: CONVOCATORIA ÓRGANOS DE SELECCIÓN A)  COMISIONES PERMANENTES •  ¿CUÁNDO? •  Gran número de aspirantes •  Lo aconseje el nivel de titulación y Especialización •  Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas

•  CONSTITUIDAS POR •  Numero IMPAR de miembros •  Funcionarios de Carrera •  Principio de Especialidad

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.5- ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA: CONVOCATORIA ÓRGANOS DE SELECCIÓN B) TRIBUNALES •  CUÁNDO? •  Con carácter habitual •  Se nombran para cada convocatoria

•  CONSTITUIDAS POR •  •  •  • 

Numero IMPAR de miembros ≥ 5 Nº de Titulares = Nº Suplentes Funcionarios de Carrera Principio de Especialidad: Titulación igual o superior al nivel exigido para el ingreso

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.5- ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA SISTEMAS SELECTIVOS: •  Los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizaran la libre concurrencia, así como la igualdad de oportunidades entre sexos •  Se cuidara de la adecuación de las pruebas a realizar, y el desempeño de las tareas, incluyendo las pruebas practicas precisas •  Los procesos que incluyan una valoración de méritos, solo podrán otorgar una valoración proporcionada a dicha valoración •  Se podrán crear órganos especializados y permanentes •  Para asegurar la objetividad y racionalidad, las pruebas podrán completarse con periodos de practicas, entrevistas, psicotécnicos, reconocimientos médicos y exposición curricular. •  Los sistemas serán los de oposición y concurso-oposición En virtud de ley excepcionalmente el sistema de concurso •  No se podrá proponer un nº mayor de aprobados, que de plazas ofertadas. Excepto cuando lo prevea la propia convocatoria 26

1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.5- ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA •  OPOSICIÓN: Consiste en la celebración de una o mas pruebas que determinen la capacidad y aptitud de los aspirantes y fijen su orden de prelación •  CONCURSO: Consiste en la comprobación y calificación de los méritos de los aspirantes fijando el orden de prelación de los mismos •  CONCURSO-OPOSICIÓN: Comprende el sistema de selección de los otros dos sistemas anteriores

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.6- ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE CARRERA Se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos: a) Superación del proceso selectivo b) Nombramiento por órgano o autoridad competente c) Acatamiento a la Constitución d) Toma de posesión en plazo No podrán ser funcionarios quienes no acrediten haber reunido los requisitos y condiciones exigidos

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.7- PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE CARRERA Lo normal es que dicha relación se extinga cuando el funcionario llega a la edad de jubilación establecida y cuando transcurrido un tiempo, se permita, a instancia del funcionario acceso a la jubilación. Además de las normales, en el Estatuto se establecen como: •  Causas de perdida de la condición de funcionario: A) La renuncia a la condición de funcionario B) La perdida de la nacionalidad C) Jubilación total del funcionario D) Sanción disciplinaria de separación del servicio E) Inhabilitación absoluta o especial para cargo publico

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.7- PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE CARRERA A) RENUNCIA A LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO •  Acto voluntario del funcionario: •  Debe ser manifestada por escrito •  Aceptada por la administración

•  Solo será válida cuando no contraríe el interés publico y no perjudique a terceros •  No podrá ser aceptada la renuncia cuando: •  El funcionario esté sujeto a expediente disciplinario •  Haya sido dictado en su contra auto de procesamiento o apertura de juicio oral por la comisión de algún delito

•  La renuncia no inhabilita el nuevo acceso del ex funcionario a la Administración

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.7- PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE CARRERA B) LA PERDIDA DE LA NACIONALIDAD •  El requisito de la nacionalidad española, o de los demás Estados de la Unión Europea, es requisito imprescindible para ser admitido. Por lo que la perdida de la nacionalidad llevará aparejada la perdida de la condición de funcionario, como dice el Estatuto en el Art. 65 •  En caso de extinción de servicios por perdida de nacionalidad, una vez desaparecida la causa que la motivo (Recuperar Nacionalidad) podrá solicitar la rehabilitación de su condición de funcionario

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.7- PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE CARRERA C) JUBILACIÓN TOTAL DEL FUNCIONARIO: La jubilación supone la perdida del funcionariado al cumplir la edad fijada en el estatuto. A partir de ese momento se tiene derecho al percibo de los subsidios y pensiones. Tipos de Jubilación: •  Jubilación Voluntaria •  Jubilación Forzosa •  Incapacidad Permanente

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.7- PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE CARRERA D) SANCIÓN DISCIPLINARIA DE SEPARACIÓN DEL SERVICIO •  La comisión por el funcionario de una falta disciplinaria muy grave puede acarrear como sanción la separación del servicio. •  La perdida por esta causa inhabilita para un nuevo ingreso en la función pública E) INHABILITACIÓN ABSOLUTA O ESPECIAL PARA CARGO PÚBLICO •  Supuesto dado como pena principal o accesoria por la comisión de un hecho delictivo •  Los efectos de perdida se producen cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga. •  Se podrá conceder, con carácter excepcional, la rehabilitación a petición del interesado •  Si fuera acompañada de un expediente Disciplinario que culminase con la separación del servicio. No podrá producirse un ingreso posterior 33

1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.8- REHABILITACIÓN DE LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO •  En caso de extinción de la relación de servicios como consecuencia de pérdida de la nacionalidad o jubilación por incapacidad permanente para el servicio, el interesado, una vez desaparecida la causa objetiva que la motivó, podrá solicitar la rehabilitación de su condición de funcionario, que le será concedida. •  Los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas podrán conceder, con carácter excepcional, la rehabilitación, a petición del interesado, de quien hubiera perdido la condición de funcionario por haber sido condenado a la pena principal o accesoria de inhabilitación, atendiendo a las circunstancias y entidad del delito cometido. Si transcurrido el plazo para dictar la resolución, no se hubiera producido de forma expresa, se entenderá desestimada la solicitud.

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.9- PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Las necesidades de personal de la Administración se cubrirán por los sistemas de: A) SELECCIÓN EXTERNA: Incorporación “Ex novo” de ciudadanos a la administración B) SELECCIÓN INTERNA: (= PROMOCIÓN INTERNA): Cambio de cuerpo o escala de ciudadanos que ya son funcionarios C) PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (PPT): Procedimientos para cubrir puestos de trabajo en la Administración

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.9- PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS A) SELECCIÓN EXTERNA: •  Selección: Mediante alguno de los sistemas selectivos vistos, mediante convocatoria pública y rigiéndose por sus bases Se harán las listas de aprobados, ordenados por puntuación, no pudiendo rebasar el nº de plazas convocadas. Los seleccionados deberán aportar la documentación en el plazo de 20 días desde que se publiquen en el BOE las listas de aprobados •  Formación: Pueden exigirse cursos selectivos o periodos de practicas, durante los cuales los aspirantes serán nombrados funcionarios en practicas. Solo podrán aplazarse por razones de fuerza mayor debidamente justificada •  Nombramiento: Conclusión del proceso selectivo. Aunque para obtener la condición de funcionario se exige la toma de posesión, en el plazo de un mes desde el nombramiento 36

1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.9- PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS B) PROMOCIÓN INTERNA: •  Concepto: Ascenso desde un Cuerpo o Escala de un grupo de titulación a otro del inmediato superior o Escala del mismo grupo •  Sistemas: Oposición y Concurso-Oposición •  Principios: •  Igualdad •  Capacidad •  Mérito •  Publicidad

•  Requisitos: •  Antigüedad de 2 años •  Poseer la titulación exigida •  Resto de requisitos generales 37

1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.9- PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PROVISIÓN Y REMOCIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO: •  Procedimiento: •  Concurso: sistema normal •  Libre designación

•  Otros Procedimientos: •  Redistribución de efectivos •  Resignación de efectivos

•  De Forma Temporal: •  Comisión de servicios •  Adscripción provisional • 

Remoción o cese

• 

Supresión

• 

Reingreso

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.9- PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS CONCURSO •  Iniciativa: Del Departamento Interesado con la aprobación de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de las bases de la convocatoria •  Reglas de valoración de los Méritos: Adecuación, Grado personal, valoración del trabajo, Cursos de formación, Antigüedad •  Puntuación Máxima: No excederá en ningún caso del 40% ni inferior al 10% •  Clases de concursos: Ordinarios o Específicos •  Irrenunciabilidad de los destinos: Salvo que antes de tomar posesión, se hubiera conseguido destino mediante convocatoria publica. Si se renuncia, no se podrá participar en las convocatorias de los próximos 2 años •  Plazo de la toma de posesión: Será de 3 días hábiles, o de un mes si comporta cambio de residencia •  Remoción del puesto de trabajo: Podrán ser removidos por causas sobrevenidas o por falta de capacidad para su desempeño 39

1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.9- PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS LIBRE DESIGNACIÓN: •  Sistema de provisión de puestos de trabajo, para los puestos de mayor importancia y jerarquía •  Han de motivarse solo con referencia al cumplimiento por parte del candidato elegido •  Posibilidad de cese de forma libre ADSCRIPCIÓN FORZOSA POR NECESIDADES DE SERVICIO •  Forma de asignación de puestos sin contar con la petición o voluntad de un funcionario •  Puede afectar a puestos no significativos, con el mismo nivel, complemento especifico y dentro de la misma localidad •  Tienen competencia para acordarla: Secretario de Estado para la Administración Pública, los Subsecretarios, Titulares de los Organismos Autónomos y los Delegados de Gobierno 40

1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.9- PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS ADSCRIPCIÓN PROVISIONAL: •  En los supuestos: •  Por remoción o cese de un puesto de trabajo obtenido por concurso o libre designación •  Por supresión del puesto de trabajo •  Reingreso al servicio activo del funcionario sin reserva de puesto de trabajo

COMISIÓN DE SERVICIOS: •  Motivo: Para proveer plazas de urgente o inapelable necesidad •  Derechos: Reserva del puesto de trabajo •  Podrá ser de carácter voluntario o forzoso. Con limite de un año, prorrogable otro año más.



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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.9- PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PERMUTA: •  Concepto: Cambio de destino voluntario entre dos funcionarios •  Requisitos: •  Puestos de trabajo de la misma naturaleza y idéntico sistema de provisión •  El número de años de servicio entre los funcionarios no debe diferir entre si por más de 5 •  Informe previo de los jefes respectivos

•  Prohibición: Cuando falten menos de 10 años para la edad de jubilación. Se declararan nulas las permutas si en los 2 años siguientes a la fecha en que tenga lugar, se produce la jubilación voluntaria de alguno de los permutantes

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1. FUNCIONARIOS PÚBLICOS 1.10- ORDENACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS 1.10.1. POR CUERPOS O ESCALAS Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes grupos: •  Grupo A, dividido en dos Subgrupos A1 y A2. Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la Ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta. La clasificación de los cuerpos y escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso. • 

Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.

• 

Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso. - C1: título de bachiller o técnico. - C2: título de graduado en educación secundaria obligatoria.

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