Resumen Tema 5 de Auxilio Judicial
Short Description
Descripción: union europea...
Description
Resumen tema 5 de Auxilio Judicial La Unión Europea. Competencias de la Unión Europea. Instituciones y órganos de la Unión Europea: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de Ministros de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal de Cuentas. La Unión Europea. Competencias de la Unión Europea La Unión Europea (UE) es una comunidad política de Derecho constituida en régimen de organización internacional, nacida para propiciar y acoger la integración y gobernanza en común de los pueblos y de los Estados de Europa. Está compuesta por veintisiete Estados europeos, y fue establecida con la entrada en vigor del Tratado de la Unión Europea (TUE), el 1 de noviembre de 1993. En 1951, se firma en París el Tratado que institucionaliza la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), Alemania, Francia, Italia, Países Bajos, Bélgica y Luxemburgo (conocidos como “los seis”). [ El tratado expiró en 2002. En 1957 con la firma de losTratados de Roma.[, ]Los seis deciden avanzar en la cooperación en económico, político y social. La meta planteada fue lograr un “mercado común” que permitiese la libre circulación de personas, mercancías y de capitales. La Comunidad Económica Europea(CEE). En 1965 se firma un tratado que fusiona por medio de la creación de la Comisión Europea (CE) y el Consejo de la Unión Europea (órgano que no debe confundirse con el Consejo Europeo, que es la institucionalización de los Jefes de Estado y de Gobierno de países miembros). El Acta Única Europea firmada en febrero de 1986 entra en aplicación en julio de 1987.[] permitiendo la libre circulación igualmente de capitales y servicios. Y con el Tratado de Maastricht firmado en febrero de 1992 y entraba en vigor en 1993, lo que se busca es la[] integración europea basada en tres pilares: 1.
Unión Económica y Monetaria
2.
Cooperación Política Exterior y Seguridad Común
3.
Cooperación temas de Interior y Justicia
Bajo este acuerdo, la Unión Europea continúa el mercado común y la CEE, transformada en Comunidad Europea, marca una nueva etapa en el proceso de unión. El tratado crea la ciudadanía europea y permite circular y residir libremente en los países de la comunidad, así como el derecho de votar y ser elegido en un estado de residencia para las elecciones europeas o municipales.[] Se decide la creación de una moneda única europea, el Euro, que entraría en circulación en 2002 bajo control del Banco Central Europeo. En 1999 entra en vigor el Tratado de Ámsterdam. Dos años después se firma el Tratado de Niza, que entraría en vigor en 2003. Mientras tanto, el año 2002, se extingue la CECA. Los miembros de la Unión han crecido desde los seis estados fundadores (Bélgica, Francia, Alemania, Italia, Luxemburgo y Holanda)a los 27 que hoy conforman la Unión Europea: Austria, Bélgica, Bulgaria Chipre, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Holanda, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumania y Suecia. En 2007 la firma de la Declaración de Berlín el 25 de marzo. El 13 de diciembre de 2007, se firmó el conocido como Tratado de Lisboa.(en vigor desde el 1 de diciembre de 2009). Y como nota informativa el Día de la Unión Europea o Día de Europa se celebra el9 de mayo de cada año. El Tratado de Lisboa modifica el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea , que pasa a denominarse Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, firmado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007 y que como se ha comentado entró en vigor el 01 de diciembre de 2009.
Instituciones El Tratado de Lisboa ha consolidado la transformación formal del marco institucional supremo con siete instituciones. Las tres principales en el proceso de toma de decisiones son el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea. También cobra gran importancia el Consejo Europeo como institución que determina la dirección y las prioridades de la Unión. Sus instituciones son siete: 1.
El Parlamento Europeo
2.
El Consejo Europeo
3.
El Consejo (tambien denominado Consejo de la Unión Europea o Consejo de Ministros de U.E.
4.
La Comisión Europea,
5.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea,
6.
El Tribunal de Cuentas y
7.
El Banco Central Europeo
Instituciones políticas El Parlamento Europeo (PE) Representan a los ciudadanos de la U.Europea. Es el parlamento de la Unión Europea con sede en Estrasburgo. Desde 1979, es elegido directamente cada cinco años en las elecciones europeas. Junto con el Consejo de la Unión Europea ejercen la potestad legislativa y presupuestaria, así mismo (el Parlamento Europeo) ejercerá funciones de control político y consultivos en las condiciones establecidas en los Tratados. Elegirá al Presidente de la Comisión Europea. Estará compuesto por representantes de los ciudadanos de la Unión Europea. Su núm. no excederá de 750 miembros más el Presidente. La representación de los ciudadanos será decrecientemente proporcional, con un mínimo de 6 diputados por Estado miembro. No más de 96 escaños a ningún Estado miembro. El Consejo Europeo adoptará por unanimidad, a iniciativa del Parlamento Europeo y con su aprobación, una decisión por la que se fije la composición del Parlamento Europeo. Los diputados al Parlamento Europeo serán elegidos por sufragio libre, …para un mandato de 5 años. Así mismo el Parlamento Europeo elegirá a s/Presidente y a la Mesa de entre s/diputados. “Nuevas competencias para los Parlamentarios Nacionales de los Estados miembros”. Los Parlamentos nacionales contribuirán directamente al proceso europeo de toma de decisiones. Con arreglo al Tratado de Lisboa todos las propuestas legislativas de la U.E. tendrán que enviarse a los Parlamentos Nacionales de los Estados miembros. Se instaurará un sistema precoz de alerta y cualquier Parlamento Nacional dispondrá de 8 semanas para manifestase si considera que la U.E.. debe abstenerse de intervenir en un determinado proyecto. Si suficientes parlamentarios nacionales presentan objeciones, la propuesta puede ser modificada o retirada a fin de que la U.E, no se exceda en su atribuciones, ni se ocupe de asuntos que pueden abordarse mejor a escala nacional, regional o local. El Consejo Europeo representas las políticas de los Estados miembros. Ejerce funciones de orientación política general y de representación exterior, y nombra a los jefes de las altas instituciones constitucionales. Es un organismo político de carácter predominantemente intergubernamental, que dará a la U.E, los impulsos necesarios para su desarrollo y definirá sus orientaciones y prioridades políticas generales. No ejercerán funciones legislativas alguna y está compuesto por los Jefes de Estados o de Gobierno de los Estados miembros, por su Presidente permanente del Consejo y por el Presidente de la Comisión Europea. Participará en sus trabajos el Alto Representante de la U.E. para Asuntos Exteriores y Políticas de Seguridad. Comúnmente conocidas sus reuniones como “Cumbre europea | cumbres europeas”, no debe confundirse con el Consejo de Europa o con el Consejo de la Unión Europea.
El Consejo Europeo se reunirá 2 veces por semeste por convocatoria de s/Presiente. Cuando el orden del día lo exija, los miembros de la Consejo Europeo podrá decidir, cada uno de ellos contar con la asistencia de 1 Ministro, y en el caso del Presidente del a Comisión, un miembro de la Comisión. Cuando la situación lo exija el Presidente convocará una Reunión Extraordinaria del Consejo Europeo. La toma de decisiones se pronunciará por consenso, excepto que los Tratados dispongan otra cosa. El Consejo Europeo elegirá a s/Presidente por mayoría cualificada para 2 años y medio, que podrá renovar por 1 sola vez. No podrá ejercer mandato nacional alguno. En caso de impedimento o falta grave = fin del mandato por mayoría cualificada.
El Consejo o Consejo de la Unión Europea (CUE) En ocasiones llamado también Consejo de Ministros, representa a los Gobiernos de los Estados miembros, que de forma conjunta con el Parlamento Europeo ejerce la función legislativa y presupuestaria, además de establece sus objetivos políticos, coordinan sus políticas nacionales y resuelven las diferencias existentes entre ellos y con otras instituciones. En cada reunión del Consejo participan representantes de los estados miembros, con rango ministerial. La Presidencia del Consejo cambia entre Estados miembros cada seis meses: de enero a junio y de julio a diciembre.Los Gobiernos trabajan aunando fuerzas para manifestarse con una sola voz en cuestiones de política exterior, asistidos por el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad. Sede en Bruselas
La Comisión Europea Es la rama ejecutiva de la Unión Europea. Este cuerpo es responsable de proponer la legislación, la aplicación de las decisiones, la defensa de los tratados de la Unión y, en general, se encarga del día a día de la Unión. El mandato de la Comisión será de 5 años y serán elegido de entre los nacionales de los Estados miembros mediante un sistema establecido por unanimidad por el Consejo Europeo de entre personalidades que ofrezcan plenas garantías de independencia (1 nacional de cada Estado miembros). La Comisión ejercerá sus responsabilidades con plena independencia, sus miembros no solicitaran ni aceptaran instrucción de ningún gobierno institución u organismo.
Instituciones no políticas El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Es una Institución de la Unión Europea que cumple la función de órgano de control del Derecho comunitario europeo, y que se caracteriza por su naturaleza judicial y supranacional. Las sentencias del TJUE tienen carácter vinculante en los Estados miembros. Sede en Luxemburgo. Está compuesto por 1 Juez designado por los Gobiernos de los Estados miembros, es decir 27 Jueces + 8 abogados generales públicos e imparciales (cuya función consiste en informar al Tribunal sobre el derecho objetivo aplicable al caso, proponiendo veredicto pero sin ser vinculante para que el Tribunal se pronuncie). El Tribunal actuara en: Sala (3 ó 5 miembros),Gran Sala (13 miembros) y en Pleno (27 miembros). El mandato de los Jueces será de 6 años y se renueva parcialmente cada 3 años. El Presidente del Tribunal de Justicia de U.Europea es elegido por 3 años por los propios Jueces del Tribunal, y es renovable. El Tribunal de 1ª Instancia es un órgano autónomo integrado en el Tribunal de Justicia de U.Europea que comenzó a funciona el 1/11/1989 y ejercita en 1ª Instancia la juridición atribuida al T.Justicia de U.Europea, con excepción de ciertos recurso como el de 234 TCR (cuestión de prejudicial) El Tribunal de la Función Pública esta compuesto por 7 Jueces (agregado al T. de1ª Instancia.)
El Tribunal de Cuentas Es el órgano fiscalizador de la Unión Europea. Supervisa y controla el buen funcionamiento y adecuada administración de las finanzas y de los fondos comunitarios, tiene su sede en Luxemburgo.
El Banco Central Europeo (BCE) Es el banco central de la moneda única europea, el euro, y constituye el principal eje del Eurosistema. El BCE es parte integrante del Sistema Europeo de Bancos Centrales y está sometido a las disposiciones del Tratado de la Comunidad Europea y a sus Estatutos.
Otras Instituciones La Unión cuenta también con otros órganos, instancias y organismos de funciones y atribuciones diversas, como: 1.
El Comité Económico y Social.
2.
El Comité de las Regiones.
3.
El Defensor del Pueblo Europeo.
4.
El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, etc.
Órganos y organismos Los órganos son asimilables a instituciones de menor rango (aunque no gozan de ese estatuto), y, si sus funciones son concretas, el ámbito se aplican sobre campos más específicos pero con amplias competencias que van mucho más allá de la gestión. Gozan de independencia en el ejercicio de sus funciones.Los organismos son estructuras subsidiarias de otras instituciones pero con autonomía funcional, generalmente versada en ámbitos especializados de gestión vicaria. El Comité Económico y Social Europeo (CESE) representar los intereses de los distintos grupos económicos y sociales de Europa. El Comité de las Regiones (CdR) es la asamblea de los representantes locales y regionales de la Unión Europea a través de la cual pueden manifestarse en el seno de la Unión. Es consultado por el Consejo de la Unión Europea, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea en asuntos referentes a la educación, juventud, cultura, salud pública, etc El Banco Europeo de Inversiones (BEI) es el órgano financiero comunitario de la Unión Europea. El Defensor del Pueblo Europeo está habilitado para recibir de los ciudadanos de la Unión Europea o de las personas físicas o jurídicas, toda queja relativa al mal funcionamiento de las instituciones o de los organismos comunitarios (con excepción del Tribunal de Justicia o del Tribunal de Primera Instancia). El Defensor es nombrado por el Parlamento Europeo después de cada elección y para toda la duración de la legislatura. Tiene su sede en Estrasburgo
Sistema legal Las fuentes del Derecho Comunitario son: el Derecho Primario u Originario, el Derecho Derivado y Completorio y otras fuentes.
Derecho originario El Derecho originario es aquel contenido en los diversos tratados que los Estados miembros suscriben, siendo las fuentes de mayor rango, y aquellas que posibilitan la aparición del Derecho derivado, que está sometido al originario. Los Tratados de la Unión Europea son de dos tipos fundamentalmente. De un lado están los tratados fundacionales, en los cuales se incluyen todas las normas contenidas en el Tratado de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (mientras existió), el Tratado de la Comunidad Económica Europea y el Tratado de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.[]; resto de tratados que son modificativos y complementarios, incluyéndose en esta categoría los tratados que han modificado las disposiciones fundacionales. Los más importantes son: el Tratado de fusión, el Acta Única Europea, el Tratado de la Unión Europea, el Tratado de Ámsterdam, el Tratado de Niza y el Tratado de Lisboa. Aunque también son tratados modificativos los Tratados de adhesión de cada uno de los Estados que se han ido adhiriendo a la Unión.
Derecho derivado El derecho derivado es aquel que se ha desarrollado a través de las distintas normas que han aprobado las distintas instituciones europeas. Las normas que pueden aprobar estas instituciones son: los reglamentos, las directivas y las decisiones. Los Reglamentos, equivalen a lo que en un Ordenamiento interno es la Ley. Son normas jurídicas emanadas de las instituciones europeas que poseen efecto directo en los países miembros, y que prevalecen sobre el Derecho nacional de cada uno de ellos. Existen cuatro procedimientos para la aprobación de reglamentos. En primer lugar, el reglamento será adoptado por el Consejo a propuesta de la Comisión y con la aprobación del Parlamento. Por otro lado, la Comisión podrá dictar reglamentos por su iniciativa propia en los casos previstos por los Tratados, así como cuando reciba la correspondiente delegación del Consejo para tal emisión reglamentaria. Las Directivas comunitarias son normas que vinculan al Estado o Estados a los que van dirigidas en cuanto a los objetivos perseguidos, al tiempo que delegan en las autoridades naciones el poder elegir, la forma y los medios que ha de utilizarse. Son mandatos dirigidos a uno o varios países miembros, siendo competentes para su emisión el Consejo; la Comisión; y el Consejo junto con el Parlamento. Su rasgo más característico es la ausencia de eficacia directa en los Ordenamientos a los que va dirigida, necesitando de una transposición por parte del Estado miembro para que entren en vigor. De esta manera, la directiva contiene unos objetivos que los estados habrán de cumplir usando los medios del Derecho interno, dentro del plazo indicado. Finalmente, las Decisiones son Actos Individuales no normativos y son más limitadas porque, aun teniendo carácter obligatorio, no suelen tener carácter general, sino que se dirigen a destinatarios precisos. Se pueden comparar con los actos administrativos en el ámbito interno. La Recomendaciones son sugerencias de las Instituciones Comunitarias a los Estados miembros para que actúen en un determinado sentido en relación con materias concretas. Los Dictámenes son una manifestación sobre una cuestión en particular.
Derechos fundamentales La Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea es el texto en el que se recogen todos los derechos civiles, políticos, económicos y sociales de los ciudadanos europeos y de todas las personas que viven en el territorio de la Unión. Los derechos fundamentales son la dignidad, la libertad, la igualdad, la solidaridad, la ciudadanía y la justicia, los cuales ya se recogen en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, en la Carta Social Europea del Consejo de Europa, en la Carta Comunitaria de los Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores, y a su vez en las propias constituciones de los Estados miembros de la Unión, así como en otros convenios internacionales que han firmado los Estados de la Unión Europea.
View more...
Comments