Resumen Tema 3 Acespol CNP policia nacional

November 6, 2017 | Author: resumenesscribd | Category: Cortes Generales, Local Government, Constitution, Government Related Organizations, Legal Concepts
Share Embed Donate


Short Description

CNP policia nacional...

Description

TEMA 3

– CONSTITUCIÓN II –

ÍNDICE 1.  De la Corona 2.  De las Cortes Generales 3.  Del Gobierno y la Administración 4.  De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales 5.  Del Poder Judicial 6.  De la organización territorial del Estado 7.  El Defensor del Pueblo 8.  De la reforma constitucional

1. DE LA CORONA •  Art. 1 de C.E. «la forma política del Estado español es la Monarquía Parlamentaria». •  Sánchez Agesta: -  Los actos del Rey deben ser refrendados REFRENDADOS (Art. 64) -  El Gobierno responde ante el Parlamento -  Facultad del Gobierno: Disolución de las Cortes Generales

1.a. Jefatura del Estado •  REY → Jefe de Estado → Máximo Representante del Estado -  Símbolo de la Unidad y Permanencia del Estado -  Arbitra y modera el funcionamiento regular de las Instituciones -  Asume la más alta representación del Estado en las relaciones ext.

1. DE LA CORONA 1.b. Designación y Régimen sucesorio •  Hereditaria •  Si no hay heredero, deciden las Cortes Generales •  Ley Orgánica → resolver dudas en la sucesión

1.c. Funciones del Consorte •  Art. 58 de C.E. •  NO funciones constitucionales → EXCEPCIÓN: REGENCIA

1.d. Capacidad •  Mayor de edad para el ejercicio de la AUTORIDAD •  Si no tiene capacidad → Se suple con Regencia y Tutela •  Regencia (Art. 59 de C.E.) → Orden político •  Tutela (Art. 60 de C.E.) → Civil

1. DE LA CORONA 1.e. Proclamación •  Art. 61 de C.E. •  Juramento ante las Cortes Generales. •  Heredero mayor de edad Juramento y fidelidad al Rey.

1.f. Funciones •  «El Rey reina pero no gobierna». •  Art. 62 de C.E.

q  EJECUTIVAS. q  LEGISLATIVAS. q  JUDICIALES.

1. DE LA CORONA 1.g. Representación exterior •  Art. 63 de C.E. •  EMBAJADORES → Acreditados por el Rey. •  El Rey da su CONSENTIMIENTO para obligarse internacionalmente •  El Rey DECLARA la Guerra y HACE la Paz. Precisa autorización Cortes Generales

1.h. Refrendo •  Art. 64 de C.E. -  Presidente del Gobierno -  Ministros competentes -  Presidente del Congreso

1.i. Casa del Rey •  Art. 65 de C.E. •  Distribuye libremente su dotación presupuestaria •  Libertad de elección de miembros CIVILES y MILITARES

2. DE LAS CORTES GENERALES •  Art. 11 de C.E. «la SOBERANÍA NACIONAL reside en el PUEBLO, del que EMANAN todos los PODERES DEL ESTADO».

2.1. COMPOSICIÓN •  Bicameralismo de corte FEDERAL o REGIONAL (Art. 69.1 de C.E.) q  CONGRESO DE LOS DIPUTADOS (Cámara BAJA) ⇒ Representación POPULAR q  SENADO (Cámara ALTA) ⇒ Representación TERRITORIAL

2.1.1 CONGRESO DE LOS DIPUTADOS (CÁMARA BAJA) •  Art. 68 de C.E. -  Entre 300 y 400 Diputados -  L.O. Reg. Electoral General → 350 Diputados -  PROVINCIA → Circunscripción electoral -  Duración del mandato → 4 años

2. DE LAS CORTES GENERALES -  Electores y elegibles → españoles en pleno uso de sus derechos políticos. -  Fecha de elecciones → entre los 30 y 60 días desde la terminación del mandato.

2.1.2 SENADO (CÁMARA ALTA) •  Art. 69 de C.E. -  Cámara de REPRESENTACIÓN TERRITORIAL -  Número: - 

4 Senadores por Provincia

- 

3 Senadores por cada Isla Mayor

- 

1 Senador en el resto de Islas

- 

2 Senadores en Ceuta y Melilla

q  COMUNIDAD AUTÓNOMA - 

1 por CC.AA.

- 

1 por cada millón de habitantes

-  Duración del MANDATO → 4 años

2. DE LAS CORTES GENERALES 2.1.3 DIPUTACIÓN PERMANENTE •  Art. 78 de C.E. -  Una en cada Cámara -  Mínimo de 21 miembros -  Presidente → el de cada Cámara respectivamente -  Funciónes: § 

Convocar reuniones extraordiarias

§ 

Convalidar Decretos Leyes

§ 

Estados de Alarma, Excepción y Sitio

§ 

Velar por los poderes de las Cámaras (cuando no estén reunidas)

§ 

Dar cuenta a la Cámara respectiva de la actividad realizada

2. LAS CORTES GENERALES 2.2. DE ORGANIZACIÓN •  Art. 72 de C.E. → AUTONOMÍA PARLAMETARIA •  Art. 75 de C.E.

Funcionarán en EN PLENO Y POR COMISIONES

2.2.1 FUNCIONAMIENTO q  En PLENO - 

Sesiones públicas por norma general

- 

Puede delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la APROBACIÓN DE LEYES.

- 

EXCEPCIONES: § 

Reforma Constitucional

§ 

Cuestiones Internacionales

§ 

Leyes Orgánicas y de Bases

§ 

Presupuestos Generales del Estado

q  En COMISIÓN

2. DE LAS CORTES GENERALES 2.2.2 RÉGIMEN DE SESIONES q  ORDINARIAS 1ª

Septiembre a Diciembre



Febrero a Junio

q  EXTRAORDINARIAS - 

Fuera del periodo Ordinario

- 

Convocadas por: § 

Gobierno

§ 

Diputación Permanente

§ 

Mayoría Absoluta de cualquiera de la Cámaras

- 

Acuerdos → Voto de la MAYORÍA de los asistentes o ESPECIAL.

- 

Voto → Personal e Indelegable

- 

Sesiones → PÚBLICAS por norma general

2. DE LAS CORTES GENERALES 2.2.3 ESTATUTO DEL DIPUTADO O SENADOR •  No pueden ser miembros de las dos Cámaras simultáneamente •  Son INVIOLABLES → opiniones durante sus funciones •  Son INMUNES: o  EXCEPCIÓN - 

DELITO FLAGRANTE

- 

Autorización de la Cámara respectiva

•  FUERO → Sala de lo PENAL del TRIBUNAL SUPREMO •  ASIGNACIÓN → Fijada por la Cámara respectiva •  INELEGIBILIDAD e INCOMPATIBILIDADES → Art.70 de C.E.

2. DE LAS CORTES GENERALES 2.3. FUNCIONES q  COMUNES de las CORTES GENERALES • 

Relacionadas con la Corona (Título II)

• 

Relacionadas con determinadas leyes (Tratados, CC.AA., etc)

• 

Designación de Comisiones de Investigación (Art. 76 de C.E.)

• 

Recepción de Peticiones (Art. 77 de C.E.)

• 

Control del Poder Ejecutivo

q  DEL CONGRESO en exclusividad q  DEL SENADO en exclusividad • 

Control de las CC.AA.

q  Del CONGRESO Y SENADO DE forma SUCESIVA • 

Legislativas

2. DE LAS CORTES GENERALES o 

Iniciativa Legislativa • 

Gobierno

• 

Congreso

• 

Senado

• 

Asambleas Legislativas de la CC.AA.

• 

Iniciativa popular → 500.000 firmas

!  Proposiciones de Ley (Art. 89) - 

Tramitación → REGLAMENTOS DE LAS CÁMARAS.

!  Proyectos de Ley (Art. 88) - 

Los APRUEBA el CONSEJO DE MINISTROS

- 

Sometidos al CONGRESO → exposición de motivos y antecedentes.

- 

SENADO → 2 meses para ENMENDAR o VETAR el proyecto

2 . DE LAS CORTES GENERALES - 

Proyectos URGENTES → Plazo de 20 días naturales para ser VETADOS o ENMENDADOS por el Senado.

- 

Posible VETO DEL SENADO

- 

Se precisa RATIFICACIÓN del Proyecto por el Congreso: § 

Texto inicial por MAYORÍA ABSOLUTA o.

§ 

por MAYORÍA SIMPLE Transcurridos 2 MESES desde la interposición del veto

- En caso de ENMIENDAS DEL SENADO §  - 

Se aceptan o no Por MAYORÍA SIMPLE del Congreso.

El Rey sancionará y promulgará las leyes (Art. 91 de C.E.) § 

Plazo 15 días

3. DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN •  Título IV

3.1. EL GOBIERNO 3.1.1 COMPOSICIÓN •  Art. 98 de C.E. - 

Presidente

- 

Vicepresidentes (en su caso)

- 

Ministros

- 

Demás miembros que establezca la ley

•  Presidente → Dirige la acción del Gobierno •  Miembros del Gobierno → solo funciones que les competen •  Regulación → Ley 50/1997 de 27 de noviembre del Gobierno

3. DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN 3.1.2 DESIGNACIÓN DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO Y NOMBRAMIENTO DE LOS MINISTROS q  PRESIDENTE DEL GOBIERNO §  Art. 99 de C.E. - 

El Rey propone al Presidente del Gobierno

- 

Exposición del PROGRAMA Político

- 

CONFIANZA del CONGRESO por MAYORÍA ABSOLUTA ?  SI el CONGRESO NO DA su CONFIANZA: 1º 2º 3º 4º

§ 

Se vota 48 horas después por MAYORÍA SIMPLE Si no se otorga la investidura: Sucesivas propuestas Plazo de dos meses→ El Rey DISUELVE las Cámaras Nuevas elecciones → Refrendo del PRESIDENTE del CONGRESO.

MOCIÓN DE CENSURA → Art. 113

q  MIEMBROS DEL GOBIERNO → El REY los NOMBRA y los SEPARA a propuesta del Presidente del Gobierno.

3. DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN 3.1.3 CESE DEL GOBIERNO • 

Art. 101

• 

ELECCIONES GENERALES - 

Pérdida de CONFIANZA

- 

Dimisión

- 

Fallecimiento del Presidente

3.1.4 FUNCIONES •  Art. 97 DIRIGE

EJERCE

•  Política INTERIOR Y EXTERIOR

•  Función EJECUTIVA

•  Administración CIVIL y MILITAR

•  Potestad REGLAMENTARIA

•  DEFENSA DEL ESTADO

3. DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN q  FUNCIONES POLÍTICAS (Gobierno) §  §  §  § 

§ 

Dirección de la Política Exterior → Tratados Dirección de la Política Interior → Programa político Dirección de la Administración Civil y Militar → Objetivos Dirección de la Defensa del Estado !  Exterior → Rey (Declara la Guerra y Hace la Paz) !  Interior → Art. 104 FF. y CC. de Seguridad Ejercicio de la Iniciativa Legislativa → Proyectos de Ley

q  FUNCIONES ADMINISTRATIVAS (Administración) «Art. 25 L.O. del Gob.» §  § 

Ejercicio de la función EJECUTIVA → (Reglamentos, Órdenes, etc) Ejercicio de la Potestad REGLAMENTARIA y NORMATIVA !  DECRETOS LEGISLATIVOS -  Delegación de las Cortes

!  DECRETOS LEY -  URGENTE NECESIDAD -  No puede afectar a: -  Plazo → 30 días conv o derogacion

LEY DE BASES → TEXTO ARTICULADO LEY ORDINARIA → TEXTO REFUNDIDO

•  •  •  • 

Instituciones Básicas del Estado. Derechos, Deberes y Libertades. Régimen de las CC.AA. Derecho Electoral General.

3. DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN 3.1.5 RESPONSABILIDAD • 

Art 102 de C.E.

• 

El GOBIERNO está SOMETIDO A LA LEY (Art. 26 L.O. del Gobierno)

• 

Tiene 3 NIVELES de RESPONSABILIDAD q  POLÍTICA -  Cortes Generales (interpelaciones y preguntas) -  Responde SOLIDARIAMENTE q  JURÍDICA -  PENAL → Sala de lo PENAL (Sala II) del TRIBUNAL SUPREMO -  DE SU ACTOS → CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO ?  Delito contra la SEGURIDAD DEL ESTADO: -  Iniciativa de la cuarta parte del Congreso -  Aprobado por MAYORÍA ABSOLUTA q  CONSTITUCIONAL -  Tribunal Constitucional

3. DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN 3.2. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 3.2.1 PRINCIPIOS RECTORES • 

• 

Art. 103 de C.E. - 

EFICACIA

- 

JERARQUÍA

- 

DESCENTRALIZACIÓN

- 

DESCONCENTRACIÓN

- 

COORDINACIÓN

CARACTERES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 1.  Organización PLURAL integrada por ÓRGANOS y ENTES 2.  PERSONA JURÍDICA 3.  Gestiona los INTERESES COLECTIVOS de la sociedad 4.  Organización puesta al SERVICIO DE LA SOCIEDAD 5.  Posición PRIVILEGIADA 6.  POTESTAD NORMATIVA DERIVADA

3. DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN • 

CLASIFICACIÓN. q  Administración GENERAL del Estado - 

Jurisdicción en todo el territorio nacional

- 

Una personalidad jurídica

§ 

COMPOSICIÓN: 1.  Administración Central del Estado - 

- 

ÓRGANOS SUPERIORES ·

Presidente del Gobierno

·

Vicepresidentes

·

Ministros

·

Secretarios de Estado

ÓRGANOS DIRECTIVOS ·

Subsecretarios y Secretarios Generales

·

Secretarios Generales Técnicos y Directores Grales.

·

Subdirectores Generales

3. DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN 2.

Administración TERRITORIAL del Estado - 

- 

ÓRGANOS UNIPERSONALES ·

Delegados del Gobierno → CC.AA.

·

Subdelegados del Gobierno → Provincia

·

Directores Insulares → Islas

·

Directores Regionales o Provinciales

ÓRGANOS COLEGIADOS ·

Comisión Nacional de Administración Local - Colaboración Admininistración del Estado y Local - Mismo número de representantes - Presidente → Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas

·

Comisión Provincial de Gobierno. - Asiste a Delegado o Subdelegado

3.

Administración del Estado en el EXTERIOR

3. DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN q  Administración AUTONÓMICA q  Administración LOCAL q  Administración INSTITUCIONAL o CORPORATIVA

3.2.2 PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS EN LA ADMINISTRACIÓN • 

Art. 105 de C.E. (LEER)

3.2.3 CONTROL DE LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA • 

Art. 106 de C.E.

• 

JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

3.2.4 CONSEJO DE ESTADO • 

Art. 107 de C.E.

• 

SUPREMO ÓRGANO CONSULTIVO DEL GOBIERNO

3. DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN • 

COMPOSICIÓN y FUNCIONAMIENTO q  En PLENO - 

Presidente

- 

Consejeros Permanentes

- 

Consejeros natos

- 

Consejeros electivos

- 

Secretario General

q  En COMISIÓN PERMANENTE - 

Presidente

- 

Consejeros Permanentes

- 

Secretario General

q  En SECCIONES (8 como mínimo) - 

Consejero Permanente (Presidente)

- 

Letrado MAYOR

- 

Letrados necesarios

3. DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN • 

FUNCIONAMIENTO - 

- 

LOS ACUERDOS se tomarán por: § 

MAYORÍA ABSOLUTA de de votos de los asistentes

§ 

En caso de empate VOTO DE CALIDAD del PRESIDENTE

DICTÁMENES: Es la forma en que se manifiesta el Consejo de Estado § 

PRECEPTIVA: En los casos que lo diga la Ley(VER PÁGINA 211)

§ 

FACULTATIVA: En los demás casos

§ 

Regla general: Los dictámenes no son vinculantes salvo que la ley lo diga

§ 

Quien puede solicitar los dictámenes: El Gobierno, sus miembros o las CC.AA

§ 

Tambien el Consejo por propia iniciativa puede elevar al Gobierno las propuestas que juzgu oportunas.

§ 

El Gobierno puede disentir del parecer del Consejo de Estado

4. DE LAS RELACIONES ENTRE EL GOBIERNO Y LAS CORTES GENERALES 4.1. CONTROL ORDINARIO DE LAS CORTES A LA ACCIÓN DE GOBIERNO • 

Arts. 108,109, 110 y 111 de C.E.

• 

INTERPELACIONES Y PREGUNTAS

• 

GOBIERNO → Responde SOLIDARIAMENTE de su gestión

4.2. CONTROL EXTRAORDINARIO. LA CUESTIÓN DE CONFIANZA Y LA MOCIÓN DE CENSURA 4.2.1 CUESTIÓN DE CONFIANZA • 

Arts. 112 y 114.2 de C.E.

• 

PRESIDENTE DEL GOBIERNO → solicita la CONFIANZA del Congreso respecto a su programa sobre un tema de Política General.

• 

MAYORÍA SIMPLE → El Congreso DA SU CONFIANZA.

4. DE LAS RELACIONES ENTRE EL GOBIERNO Y LAS CORTES GENERALES 5.4.2.2 MOCIÓN DE CENSURA • 

Arts. 113 y 114.1 de C.E.

• 

MAYOR GRADO DE CONTROL

• 

MOCIÓN DE CENSURA CONSTRUCTIVA

• 

PRESENTACION: DÉCIMA PARTE DE LOS DIPUTADOS

• 

APROBACIÓN → MAYORÍA ABSOLUTA

• 

CONSECUENCIAS, SI PROSPERA → DIMISIÓN DEL GOBIERNO E INVESTIDURA DEL CANDIDATO PROPUESTO

• 

EL PRESIDENTE SOMETIDO → NO PUEDE DISOLVER LAS CÁMARAS

4.2.3 FACULTAD PRESIDENCIAL DE DISOLVER LAS CÁMARAS • 

Art. 115 de C.E.

• 

DECRETO de DISOLUCIÓN → FECHA DE NUEVAS ELECCIONE0S

• 

NO PUEDE DISOLVER LAS CÁMARAS durante la tramitación de una moción censura

• 

No procederá una nueva disolución hasta que transcurra un año

5 . EL PODER JUDICIAL 5.1. FUNCIONES Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES • 

Arts. 117.1

• 

FUNCIÓN → JUZGAR Y HACER EJECUTAR LO JUZGADO

5.1.1 PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN • 

LEGALIDAD : Se regula por Ley Orgánica(Art. 122.1 de C.E.)

• 

AUTOGOBIERNO → CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL -  -  -  - 

PRESIDENTE → Designado por el Pleno del Consejo en su sesión constitutiva. VOCALES: 20 miembros DURACIÓN → 5 AÑOS ÓRGANOS §  PRESIDENTE → DEL C.G.P.J. y del T.S. §  PLENO §  COMISIÓN PERMANENTE §  COMISIÓN DISCIPLINARIA §  COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS §  COMISIÓN DE IGUALDAD

5 . EL PODER JUDICIAL - 

• 

• 

• 

Quién propone a los de 20 miembros del CGPJ → El Congreso y Senado -  8 entre abogados y juristas con más de 25 años de profesión -  12 entre Jueces y Magistrados -  Nombramiento: El Rey -  Mayoría: 3/5 -  Renovación : cada cinco años

RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO - 

ÓRGANO JURISDICCIONAL SUPERIOR en todos los órdenes -  EXCEPCION: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

- 

COMPOSICIÓN : Salas

CREACIÓN DE TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA DE LAS CC.AA. - 

ÁMBITO → C.A.

- 

3 SALAS: §  De lo CIVIL y lo PENAL §  De lo CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO §  De lo SOCIAL

POLICÍA JUDICIAL (Art. 126 de C.E.)→ DEPENDENCIA FUNCIONAL

5 . EL PODER JUDICIAL 5.1.2 PRINCIPIOS RELATIVOS A LA FUNCIÓN • 

NATURALEZA (Art. 117.1)

• 

GARANTÍAS OBJETIVAS

• 

- 

LEGALIDAD

- 

UNIDAD Y EXCLUSIVIDAD

- 

INICIACIÓN DEL PROCESO

- 

DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA

- 

EJERCICIO DE LA ACCIÓN POPULAR

- 

ACTUACIÓN DEL MINISTERIO FISCAL

- 

PUBLICIDAD, ORALIDAD Y MOTIVACIÓN DE LAS SENTENCIAS

- 

GRATUIDAD DE LA JUSTICIA

- 

INDEMNIZACIÓN POR ERRORES JUDICIALES

GARANTÍAS SUBJETIVAS: Juez natural y estatuto de los Jueces y Magistrados

6 . DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO Principios Generales: Municipio, Provincia y CC.AA. : Tienen autonomía para la gestión de sus intereses. Solidaridad: • 

Equilibrio económico entre las diversas partes del territorio español

• 

No privilegios económicos o sociales entre las CC.AA

Igualdad: • 

Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio

• 

Se prohíben adoptar medidas que obstaculicen la libertad de circulación de personas y bienes

•  ADMINISTRACION LOCAL: MUNICIPIOS (ART. 140 C.E.) • Se garantiza su autonomía • Tiene personalidad jurídica plena •  Gobierno y Administración: Ayuntamiento: (Concejales y Alcaldes) • ¿quién elige los concejales? : Vecinos del municipio • Quien eligen los Alcaldes: Los Concejales o los vecinos

6 . DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO PROVINCIA: Entidad local con personalidad jurídica propia.

- Gobierno: Diputaciones. - Gobierno en Islas: Cabildos o consejos.

* Concepto de provincia:

* Elementos:

-

Territorio

-

Población

-

Organización Municipal

DIPUTACIÓN PROVINCIAL: Órgano de Gobierno y administración de la provincia. - Los diputados provinciales se eligen entre y por los concejales de los municipios de la provincia. - Mandato: 4 años.

6 . DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO MUNICIPIO: -Concepto -Elementos -Funciones: en general el ayuntamiento puede promover toda clase de actividad y prestar cuantos servicios contribuyan a satisfacer necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. -Gobierno y administración: -Alcalde. *Elección: mayoría absoluta de los concejales y si no alcanza esta mayoría será elegido el que haya encabezado la lista más votada -Junta de gobierno local: existe en municipios con más de 5000 hab.

6 . DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS • Pueden constituirse en comunidad autónoma: -Provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes. -Territorios insulares -Provincias con entidad regional histórica. • Clases de CC.AA: -Régimen común ordinario. -Régimen común simplificado. Naturaleza uniprovincial. -Régimen preferencial: históricas. -Régimen particular de Madrid. -Régimen especial de las provincias norteafricanas. -Prohibición de federarse entre si (art. 145): -Pueden celebrar convenios entre si de gestión y prestación de servicios propios. -Los demás acuerdos de Cooperación precisan autorización de las Cortes Generales. -¿Quien elabora el Proyecto de Estatuto? (art. 146) -Miembros de la Diputación. -Diputados y Senadores: Elevación a Cortes Generales.

6 . DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO -El Estatuto es la norma fundamental de la CC.AA -Contenido de los Estatutos: *Denominación. *Territorio. *Organización y sede de Instituciones autónomas. *Competencias. -Reforma: *Procedimiento señalado en el Estatuto. *Aprobación por las Cortes Generales por Ley orgánica. -Institución de la C.A: *Asamblea legislativa. -funciones ejecutivas. *Consejo de Gobierno -funciones administrativas. *Presidente: Elegido por la Asamblea y nombrado por el Rey. *Tribunal Superior de Justicia. -Definición del Estatuto de Autonomía. -Características de los Estatus de Autonomía: *Normas, Autonomías y estatales. *Subordinados a la Constitución. *Son normas superiores a las demás leyes del Estado

6 . DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO COMPETENCIAS:

De las CC.AA (art 148) Exclusivas del Estado (art 149)

LEYES MARCO Y DE ARMONIZACIÓN: (art 150) -Leyes para transferir competencia a las CC.AA. -A favor de CC.AA: -En contra de las CC.AA a favor del Estado

-Leyes marco.

-L.O de transferencias. Leyes de Armonización

CONTROL DE LAS CC.AA: (art 153 C.E) -Tribunal Constitucional. -Gobierno -F. Contencioso-administrativa : ( Normas reglamentarias) -Tribunal de Cuentas.

¿Quién dirige la Administración del Estado en el territorio de la C.A (art 154 C.E): Un Delegado nombrado por el Gobierno. También coordina la Administración del Estado y la Autonómica.

6 . DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES ESTATALES: (art 155 C.E) El Gobierno previo requerimiento al Presidente de la CC.AA y de no ser atendido con la aprobación de la mayoría absoluta del Senado: Podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones.

7. DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

• 

FUNCIÓN ESENCIAL. - 

• 

CARACTERÍSTICAS SEGÚN LEY ORGÁNICA. -  - 

• 

CONTROL DE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES AL MARGEN DE LA JURISDICCIÓN ORDINARIA.

NATURALEZA MIXTA → Órgano judicial y a la vez político. GUARDIÁN DE LA CONSTITUCIÓN → Supremo intérprete de la Constitución.

COMPOSICIÓN: -  12 MIEMBROS – Nombramiento: por el Rey. Ø  Propone: §  4 → CONGRESO §  4 → SENADO §  2 → GOBIERNO §  2 → CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Ø  Mayoría necesaria: -  Según el Reglamento del Congreso (art. 204) los cuatro candidatos que tengan más votos, siempre que hayan conseguido como mínimo 3/5.

• 

LA ELECCIÓN DEBE RECAER EN: -  -  - 

MAGISTRADOS y FISCALES PROFESORES UNIVERSITARIOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y ABOGADOS

•  EXPERIENCIA → + de 25 años

7. DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL •  MANDATO -  9 AÑOS -  Se renueva cada 3 años por terceras partes. •  PRESIDENTE -  NOMBRADO POR EL REY A PROPUESTA DEL TRIBUNAL. (entre sus miembros) -  - 

DURACIÓN → 3 AÑOS → Reelegible una vez. TIENE EL VOTO DIRIMENTE EN CASO DE EMPATE

•  ACTUACIÓN -  EN PLENO §  RECURSOS Y CUESTIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD -  - 

POR SALAS – (Hay dos salas) Resuelven: §  RECURSOS DE AMPARO §  PUEDEN ACTUAR EN SECCIONES -  Despacho ordinario -  Administración de RECURSOS

7. DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL • 

CARACTERÍSTICAS §  INDEPENDIENTE DE OTROS ORGANOS CONSTITUCIONALES §  SOMETIDO A LA CONSTITUCIÓN Y A SU LEY REGULADORA §  ÚNICO ÓRGANO DEL ESTADO QUE NO TIENE CONTROL DIRECTO § 

ÓRGANO JURISDICCIONAL → L.O. Poder Judicial y Ley Enjuiciamiento Civil

§ 

TRIBUNAL ESPECIAL → Misión específica: Defensa de la Constitución

§ 

ÓRGANO PASIVO → Sólo actúa a instancia de parte

§ 

SUS SENTENCIAS TIENEN EFECTOS “ERGA OMNES” → Significa “frente a todos” y con

valor de cosa juzgada. • 

JURISDICCIÓN §  EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL

• 

CONOCE DE: § 

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD → Leyes → Normas con fuerza de Ley.

§  §  §  § 

RECURSO DE AMPARO → Violación de derechos y libertades. CONFLICTOS ENTRE ESTADO Y CC. AA. DECLARACIÓN DE CONSTITUCIONALIDAD DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES VERIFICACIÓN DE NOMBRAMIENTOS DE MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. OTRAS QUE ATRIBUYA LA CONSTITUCIÓN O LEYES ORGÁNICAS.

§ 

8. DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL • 

Constitución Rígida.

• 

INICIATIVA DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

• 

Proposiciones: q  Gobierno q  Congreso: Iniciativa de §  § 

1/ 5

de los Diputados o bien Dos grupos parlamentarios

q  Senado § 

50 Senadores de diferente grupo parlamentario

q  Asambleas Legislativas de las CC.AA. q  No cabe la iniciativa legislativa popular. PROCEDIMIENTO: ORDINARIO (Art. 167 de C.E.) :¿Cuando se utiliza? • 

Para una reforma parcial que no afecte a los contenidos garantizados en el art. 168

8. DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL q  TRÁMITES: 1º 2º

Aprobación de las Cámaras por mayoría 3/5 (210 Diputados) Si no hay acuerdo: Creación de una Comisión de Composición paritaria (Diputados y Senadores)



TEXTO → MAYORÍA ABSOLUTA DEL SENADO → 2/3 CONGRESO

- 

UNA VEZ APROBADO REFERENDUM si lo solicita 1/10 DE UNA CÁMARA → en 15 DÍAS.

8. DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL q  AGRAVADO (Art. 168 de C.E.) - 

REVISIÓN TOTAL o PARCIAL: ¿Cuando se utiliza? -  -  -  - 

Título Preliminar Capítulo Segundo Sección 1ª del Título I Título II - La Corona

• 

MAYORÍA DE 2/3 DE CADA CÁMARA

• 

DISOLUCIÓN DE LAS CÁMARAS

TRAMITES: * Aprobación del pº de revisión por mayoría de 2/3 * Disolución inmediata de las Cortes * Nuevas Cortes -  -  -  • 

Ratificar la decisión Aprobación del nuevo texto→ 2/3 de ambas Cámaras (233 Dip.) Referendum obligatorio

LÍMITES TEMPORALES (Art. 169 de C.E.) - 

Tiempo de Guerra

- 

ESTADO de ALARMA

- 

ESTADO de EXCEPCIÓN

- 

ESTADO de SITIO

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF