RESUMEN TEMA 17 ACESPOL .pdf

September 21, 2017 | Author: resumenesscribd | Category: Gender Equality, Ethnicity, Race & Gender, Violence Against Women, Police, Discrimination
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Tema 17

- VIOLENCIA DE GÉNERO-

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Tema 17 1.

Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género

2.

Principios Rectores

3.

Sensibilización, prevención y detección

4.

Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género

5.

Marco normativo y actuaciones encaminadas a favorecer la igualdad entre hombres y mujeres.

3

1. Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. CONSTATACIÓN DEL PROBLEMA: • 

Problema que afecta a todos los países

• 

Se produce en Todos los Ámbitos de la Sociedad

• 

Es una Violación de los Derechos Humanos (según la U.E)

Actuación en el Seno de la Unión Europea. Iniciativas de la COMUNIDAD INTERNACIONAL. •  Carta de las Naciones Unidas de 1945 •  CEDAW de 1979 (convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer) •  III Conferencia Mundial sobre las Mujeres → Nairobi (1985) •  Conferencia Mundial de los Derechos Humanos → Viena (1993) •  IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres → Beijing (1995) ?  Ver definición de «Violencia sobre la Mujer» en la siguiente diapositiva •  Programa de Acción Comunitario (2004 a 2008) del Parlamento Europeo •  Estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres 2010-2015 (UE) •  Compromiso estratégico para la igualdad entre mujeres y hombres 2016-2019 (UE)

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Iniciativas del Gobierno español. •  Plan de Acción contra la Violencia Doméstica (1998 a 2000) •  Plan Integral Contra la Violencia Doméstica (2001 a 2004) •  LEY ORGÁNICA 1/2004, de 28 de Diciembre de MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. -  NO es un «delito invisible» ⇒ ámbito privado y público -  Produce → Rechazo Colectivo y Alarma Social

Definición técnica del síndrome de la mujer maltratada . •  Se manifiesta en 3 ámbitos básicos : q  MALTRATO en el seno de las relaciones de pareja q  AGRESIÓN SEXUAL en la vida social q  ACOSO en el medio laboral 5

Estructura de la Ley Orgánica 1/2004 •  EXPOSICIÓN DE MOTIVOS → breve diseño de las medidas de protección •  TÍTULO PRELIMINAR •  TÍTULO I: Medidas de Sensibilización, Prevención y Detección I.  En el ámbito Educativo → Transmisión de valores II.  En el ámbito de la Publicidad y los medios de comunicación → Respeto a la dignidad III.  En el ámbito Sanitario → Detección precoz y apoyo a las víctimas •  TÍTULO II: Derechos de las Mujeres víctimas de Violencia de Género I.  Derechos a la Información, a la Asistencia Social integral y a la Asistencia Jurídica Gratuita. II.  Derechos Laborales y Prestaciones de la Seguridad Social III.  Derechos de las Funcionarias Públicas IV.  Derechos Económicos •  TÍTULO III: Tutela Institucional → Creación de Órganos Administrativos •  TÍTULO IV: Tutela Penal •  TÍTULO V: Tutela Judicial I.  De los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer II.  Normas Procesales Civiles III.  Normas Prcesales Penales

•  20 Disposiciones Adicionales •  2 Disposiciones Transitorias •  Disposición Derogatoria Única •  7 Disposiciones Finales

IV.  Medidas Judiciales de Protección y de Seguridad de las Víctimas V.  Del Fiscal contra la Violencia sobre la Mujer → Se crea una Sección en cada Fiscalía.

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2. Principios Rectores. Objeto de la Ley: Actuar contra la violencia sbre mujeres por parte de quienes estén o hayan estado ligados ..... •  Se establecen Medidas de protección integral con la finalidad de: -  Prevenir -  Sancionar y erradicar la violencia -  Prestar Asistencia a las víctimas …a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de esta violencia.

•  La violencia de género comprende: -  Violencia Física -  Violencia Psicológica -  Agresiones a la Libertad Sexual -  Amenazas -  Coacciones -  Privación arbitraria de Libertad

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Principios Rectores •  Sensibilizar al ciudadano para la prevención •  Consagrar los Derechos de las Víctimas •  Reforzar los Servicios Sociales → atención, asistencia, etc. •  Garantizar los Derechos en ámbito laboral y funcionarial •  Establecer un Sistema Integral de Tutela Institucional •  Fortalecer el Marco Penal y Procesal •  Coordinar los recursos de los Poderes Públicos •  Promover la Colaboración de Entidades yasociaciones civiles •  Fomentar la Especialización de los colectivos Profesionales •  Garantizar el Principio de Transversalidad de las Medidas

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3. Sensibilización, Prevención y Detección. •  A través de: 1.  «Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género». -  Introducción en la sociedad de Nuevas Escalas de Valores -  Dirigido a Mujeres y a Hombres -  Incrementar la Formación Complementaria y de Reciclaje de los Profesionales -  Controlado por una Comisión 2.  «Campañas de Información y Sensibilización que Garanticen el Acceso a las mismas a Discapacitados». •  Se arbitran medidas en 3 ámbitos:

1.  Educativo 2.  De la Publicidad y de los Medios de Comunicación 3.  Sanitario 9

Medidas de Sensibilización, Prevención y Detección en el Ámbito Educativo •  Formación en el respeto de los Dchos y Libertades Fundamentales •  En la igualdad entre Hombres y Mujeres,tolerancia, libertad •  En Educación Infantil → Resolución Pacífica de Conflictos •  En Educación Primaria: -  Resolución Pacífica de Conflictos -  Comprender y respetar la Igualdad entre sexos •  En Educación Secundaria Obligatoria -  Relacionarse con los demás -  Respetar la Igualdad de Oportunidades •  En Bachillerato y Formación Profesional -  Madurez personal, social y moral -  Fomentar la Igualdad 10

Continúa…

•  En la Enseñanza para las personas adultas -  Resolución Pacífica de Conflictos -  Respeto a la Igualdad y la Dignidad de las Personas •  En las Universidades -  Igualdad de Género -  No Discriminación •  Escolarización Inmediata por cambio de residencia, de hijos afect •  Eliminación de Estereotipos sexistas y discriminatorios •  Formación Permanente del Profesorado en materia de Igualdad -  Inculcar el Respeto por los Derechos y Libertades Fundamentales -  Educar en la Prevención de Conflictos -  Detección Precoz de Violencia en Ámbito Familiar -  Fomentar actitudes para la Igualdad entre Hombres y Mujeres

•  Participación en los Consejos Escolares •  Inspección Educativa → Velar por el Cumplimiento de los Principios

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Medidas de Sensibilización, Prevención y Detección en el Ámbito de la Publicidad y los Medios de Comunicación •  ¿Cuándo se considera ilícita la publicidad? •  Acción de CESACIÓN de la publicidad ilícita→ Legitimados: -  La propia interesada -  Sus Representantes -  Delegación del Gobierno para la Violencia de género -  Instituto de la Mujer u Órgano equivalente en cada C.CA.A. -  Ministerio Fiscal -  Asociaciones de Defensa de los Intereses de la Mujer •  Medios de Comunicación → Obligaciones: -  Fomentar la Igualdad entre el Hombre y la Mujer -  Objetividad Informativa -  Especial cuidado en el Tratamiento Gráfico de la Información 12

Medidas de Sensibilización, Prevención y Detección en el Ámbito Sanitario •  Dentro del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud •  Actuaciones encaminadas a: -  La Sensibilización y formación del personal sanitario -  Contenidos en los curriculums dirigidos la capacitación para la prevención. •  Creación de una Comisión contra la Violencia de Género -  Depende de → Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud -  Funciones: §  Apoyar y orientar en la planificación de medidas sanitarias §  Evaluar y proponer medidas sanitarias §  Emitir un Informe Anual a:

q  Observatorio Estatal q  Pleno del Consejo Interterritorial

-  Composición → Representantes de las CC.AA. con competencia en la materia

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4. Derechos de las Mujeres Víctimas de violencia de género •  Los medios para hacer reales y efectivos sus derechos son: -  Información -  Asistencia Social Integral -  Asistencia Jurídica

Derecho a la Información •  De Medidas para su protección y seguridad •  De los Derechos y Ayudas previstos •  Del Lugar de prestación de los Servicios →

-  Atención -  Emergencia -  Apoyo -  Recuperación Integral

•  Se garantiza → El acceso a Discapacitadas 14

Derecho a la Asistencia Social Integral -  Atención

?  Menores bajo la Patria Potestad de la Persona Agredida → Pueden disfrutar del Derecho a la Asistencia Social Integral

-  Emergencia -  Apoyo y Acogida

•  Actúan Coordinadamente y en Colaboración con:

-  Recuperación Integral

-  Cuerpos de Seguridad

•  Principios

-  Jueces de Violencia sobre la Mujer

-  Atención Permanente

-  Servicios Sanitarios

-  Actuación Urgente

-  Instituciones que prestan Asistencia Jurídica

-  Especialización de Prestaciones -  Multidisciplinariedad Profesional a. 

Información a las Víctimas

b.  Atención Psicológica c. 

Apoyo Social

d.  Seguimiento de Reclamaciones de Derechos e. 

Apoyo Educativo a la Unidad Familiar

f. 

Formación en Valores de Igualdad

g.  Apoyo a la Formación e Inserción Laboral

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Derecho a la Asistencia Jurídica •  Requisito → que la víctima acredite Insuficiencia de Recursos -  Gratuita y Especializada por Abogado y Procurador -  En caso de FALLECIMIENTO DE LA VÍCTIMA → Este Derecho asistirá también a los causahabientes.

Derechos Laborales y Prestaciones de la S.S. -  Reducción o Reordenación de su tiempo de trabajo -  Movilidad Geográfica -  Cambio de Centro de Trabajo -  Suspensión de la Relación Laboral con Reserva del Puesto -  Extinción del Contrato de Trabajo •  Situación de Desempleo → por Suspensión o Extinción del contrato •  Reincorporación → en las mismas condiciones •  Ausencias o retrasos → Justificados

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Continúa…

•  Trabajadoras por cuenta propia: Si cesan en su actividad -  Se suspende la obligación de cotizar durante 6 Meses -  Situación → Asimilada al Alta •  Programa específico de empleo para Demandantes •  ACREDITACIÓN de las Situaciones de Violencia de Género -  Orden de Protección a favor de la Víctima -  Excepcionalmente → Informe del Ministerio Fiscal

Funcionarias Públicas •  DERECHOS -  Reducción o Reordenación de su Tiempo de Trabajo -  Movilidad Geográfica de Centro de Trabajo -  Excedencia (según legislación) 17

Continúa…

•  Faltas de asistencia al trabajo -  Se consideran justificadas si son motivadas por la violencia de género -  La acreditación de la violencia de género será igual que para el resto de las trabajadoras

Derechos Económicos •  Ayudas Sociales -  Renta ≤ 75% del S.M.I. §  6 Meses de Subsidio por Desempleo

CONDICIONES q  Edad q  Falta de preparación q  Circunstancias Sociales

§  Minusvalía ≥ 33% → 12 Meses -  Responsabilidades Familiares §  18 Meses de Subsidio por Desempleo §  Minusvalía de la Víctima o Familiares ≥ 33% → 24 Meses •  Compatibles con otras ayudas •  Víctimas → Colectivos Prioritarios (viviendas protegidas y residencias para mayores)

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Tutela Institucional: especial referencia a las Unidades Especializadas en la Prevención en las FF. y CC. de Seguridad. •  Órgano Unipersonal → Delegación del Gobierno V.D.G. •  Órgano Colegiado → Observatorio Estatal de V.S.M.

Delegación del Gobierno para la Violencia de género •  Rango → Dirección General •  Dependencia → Secretaría General de Políticas de Igualdad •  Objeto -  Formular las políticas públicas para el Gobierno -  Coordinar e impulsar las acciones en esta materia -  Colaborar y coordinar con otras Administraciones •  Legitimación → para ejercitar la Acción de Cesación de publicidad ilícita19 Continúa…

Observatorio Estatal de Violencia Sobre la Mujer NATURALEZA: órgano colegiado interministerial ADSCRIPCIÓN: Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno sobre la Violencia de Género. •  Funciones -  Asesoramiento a las administraciones públicas. -  Evaluación sobre el impacto de las políticas y medidas. -  Colaboración Institucional. -  Elaboración de informes y estudios. -  Propuestas de actuación: fórmulas recomendaciones. •  Remisión de informe anual → Evolución de violencia sobre la mujer, Sobre tipos penales aplicados y efectividad de las medidas al Gobierno y a las CC.AA

•  Composición:

-Presidencia: titular de la Delegación del Gobierno. -Vicepresidencia: 1ª: representante de las organizaciones de mujeres 2ª: representante de las CC.AA -30 Vocales.

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Unidades Especializadas en la prevención en las FF. y CC. de Seguridad • 

Unidad Central de Atención a la Familia y Mujer (CGPJ): • 

Brigada Operativa de Atención a la Familia y Mujer • 

SAF (Servicio de Atención Familiar)

Policía Nacional

- SAM (Servicio de Atención a la Mujer) • 

UPAP (Unidad de Prevención, Atención y Protección a la mujer)

•  EMUME (Equipos de Especialistas Mujer-Menor)

Guardia Civil

Estructura Orgánica de las UPAP •  A Nivel Central -  Servicio Centralizado de Prevención, Asistencia y Protección -  Dependencia → Comisaría General de Policía Judicial -  Ámbito → Todo el Territorio Nacional §  Planificación

-  Funciones:

§  Coordinación §  Control e Impulso de Estrategias

- . 21

Continúa…

•  A Nivel Periférico -  Núcleo Básico de Funcionarios en cada Plantilla -  Dependencia → Unidades de Policía Judicial -  Funciones → Prevención, Asistencia y Protección

Comunicaciones con las Víctimas •  Primer Nivel → Funcionario de Policía •  Segundo Nivel → Sala del 091(Emergencias policiales) •  Tercer Nivel → Sala de Coordinación Operativa

Funciones del Policía •  Prevención •  Protección •  Asesoramiento •  Cooperación

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Objetivos de las UPAP •  Mejorar Prevención •  Mejorar la Eficacia de las Medidas de Protección •  Mejorar Respuesta Inmediata •  Crear clima de confianza con las Víctimas que permita denunciar •  Promover medidas de prevención y autoprotección •  Mejorar Coordinación a nivel institucional

Naturaleza de la Respuesta Policial; 4 vertientes: •  Prevención •  Atención o Asistencia •  Protección •  Integración y Rehabilitación 23

Medios Humanos y Materiales •  Medios Humanos q  Servicio Central de la UPAP -  1 Inspector Jefe → Responsable del Servicio -  1 Funcrio de la Escala Ejecutiva → Jefe Grupo de Análisis -  2 Subinspectores q  Unidades Territoriales de la UPAP -  Funcionarios en Segunda Actividad - Curso específico de formación •  Medios Materiales Carácter GENERAL

Carácter ESPECÍFICO

-  Teléfonos de Consulta y Emergencia

-  Teléfonos móviles

-  E-mail

-  Vehículos

-  Página Web

-  Dispositivos de marcación rápida 24

Protocolo de Actuación para la protección de las Víctimas de Violencia Doméstica y de Género

•  Regulado en → Resolución de 1 de Julio de 2004 → Protocolo de Actuación de las FF. y CC. de Seg. y de Coordinación con los Órganos Judiciales para la Protección de las Víctimas de Violencia Doméstica y de Género.

•  Ver Esquema en la siguiente diapositiva. •  los poderes públicos elaborarán Planes de Colaboración •  Objetivo → Prevención, Asistencia y Persecución de la Violencia de Género - 

¿A quién va dirigido? Deberá implicar a : §  Administraciones Sanitarias §  Administración de Justicia §  FF. y CC. de Seguridad §  Servicios Sociales y Organismos de Igualdad

§ 

También se articularán PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN, para asegurar una actuación global e integral: §  Protocolos sanitarios §  Contenido de los protocolos: - Procedimiento a seguir -Relaciones con la admón. de justicia en casos de sospecha de daños físicos o psíquicos a causa de agresiones o abusos.

?  Especial Consideración → minorías, inmigrantes, etc. 25

Esquema del protocolo de actuación I.- Actuación de las FFCCS. Para la protección de las victimas. –  1.a. Fase de investigación policial. •  Averiguar la existencia e intensidad del riesgo. •  Medidas específicas de protección. •  Incautación de armas o instrumentos peligrosos. •  Puesta a disposición judicial del presunto agresor. –  1.b. Recogida de la denuncia y elaboración del atestado. –  1.c. Control y seguimiento de la orden de protección o medida de alejamiento.

II.- Cumplimiento efectivo de las medidas de alejamiento. –  Evitar confrontación visual entre víctima y agresor (al menos 500m). –  Detención en caso de incumplimiento doloso de las medidas.

III.- Comunicaciones entre órganos judiciales y FFCCS. –  Conexión telemática. –  Obligación de informar por parte de la policía de cualquier incidencia en las medidas de protección (a juez, fiscal, oficinas de atención a la víctima). 26

5. Marco normativo y actuaciones encaminadas a favorecer la igualdad entre hombres y mujeres En el Ámbito Internacional

I) Protección a las Víctimas en la Constitución

II) En el Ámbito del Derecho Penal. III) Protección a las víctimas en el ámbito judicial. IV) En el Ámbito de la L.E.Criminal. 27

En el Ámbito Internacional I) Protección a las Víctimas en la Constitución •  Es un valor superior del ordenamiento jurídico: LA IGUALDAD •  Derecho a la Igualdad - 

Art. 14 → No discriminación por razón de sexo

- 

Art 32.1 → Igualdad entre Hombre y Mujer en el ámbito del matrimonio

•  Memorias de la Fiscalía Gral del Estado y Comisaría Gral del P.J.

II) En el Ámbito del Derecho Penal •  Art. 48.- Medidas de protección - 

Limitación del Derecho de Residencia: Ø  Se impide al penado volver al lugar en que se haya cometido el delito.

- 

Prohibición de aproximación a la víctima o familiares: Ø  En cualquier lugar en que se encuentren; domicilio, trabajo...

- 

Prohibición de comunicación con la víctima:

CONTINUA......

Ø  Por cualquier medio de comunicación; informático, telemático, escrito, verbal, visual...

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III) Protección de las Víctimas en el ámbito judicial. •  Creación de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en materia penal y civil. •  Cursos de formación de Jueces. •  Notificación de las sentencias dictadas por el Juzgado de lo Penal al Juzgado de Violencia sobre la Mujer. •  Especialidades en el supuesto de juicios rápidos, realizándose por el Juzgado de Instrucción de Guardia. •  Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas: –  Protección de datos. –  Medidas de salida de domicilio. –  Suspensión de la patria potestad o la custodia. –  Suspensión del régimen de visitas. –  Suspensión del derecho a la tenencia, porte y uso de armas

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IV) En el Ámbito de la L.E.Criminal. • 

• 

Art 544 bis, Cuando se investigue un delito: - 

Limitación de la movilidad y prohibición lugar de residencia

- 

Se tendrá en cuenta la situación económica, salud, situación familiar...

- 

En caso de incumplimiento → Más limitación de Libertad

Art 544 ter ORDEN DE PROTECCIÓN, acordada por el juez de oficio o a instancia de la víctima solicitándose ante la autoridad judicial o el Ministerio Fiscal o los servicios sociales o instituciones asistenciales. - 

PROCEDIMIENTO: Recibida la solicitud el juez convocará a una audiencia urgente, a la victima, al solicitante y al agresor, todos por separado. Posteriormente el juez resolverá mediante auto lo q proceda.

- 

CONTENIDO DE LA ORDEN DE PROTECCIÓN; un estatuto integral de medidas cautelares de orden civil y penal y medidas de asistencia y protección social.

- 

Tienes EFECTOS ante cualquier autoridad o Administración pública

- 

MEDIDAS CAUTELARES:

protección que comprenderá las

-  Carácter penal. -  Naturaleza civil (vigencia temporal de 30 días). - 

Implica el deber de informar permanentemente a la víctima sobre la situación procesal del imputado.

- 

Debe inscribirse en el Registro Central.

• 

Disposición Adicional Primera → Se crea el Registro Central

• 

Disposición Adicional Segunda → Comisión de Seguimiento

• 

Disposición Adicional Decimotercera → Dotación de Fondo (2 años) 30

V) En el Ámbito Policial •  Instrucción 6/1997 de la Secretaría de Estado de Seguridad -  Trato especialmente respetuoso y considerado con la víctima -  Protección de toda publicidad no deseada -  Evitar que víctima y agresor compartan espacios físicos -  Proporcionar Información a las víctimas (ayudas y donde pueden dirigirse) -  Actuar coordinadamente con otras Instituciones -  Proporcionar un teléfono de contacto a la víctima •  Delitos Violentos y contra la Libertad Sexual -  Ayudas en la Ley 35/95 -  Plazo de Solicitud → 1 año desde el hecho -  Destinatario → Ministerio de Economía y Hacienda 31

Continúa…

•  Medidas para atenuar el daño causado a la víctima 1.  Garantizar la dignidad, integridad Física y Moral 2.  Dependencias policiales → Evitar que víctima y Agresor compartan el mismo espacio físico 3.  Facilitar Información sobre Organismos Públicos y Privados 4.  Delitos Violentos → Informar sobre la Ley 35/95 5.  Comunicación Permanente con el Funcionario que recibió la Denuncia 6.  Informar sobre el estado de las Investigaciones •  Medidas en caso de Delito Violento 1.  Averiguación sobre Licencias o Permisos de Armas 2.  Depósito voluntario de Armas y Documentación en las Dependencias Policiales 3.  Si se niega → dar cuenta a: §  Autoridad Judicial §  Autoridad Gubernativa 32

En la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género •  Modificaciones en la Legislación Penal; se sancionan con más severidad estas conductas: -  Protección contra las lesiones → Agravante cuando: §  Relación afectiva entre Víctima y Autor §  No es necesaria la convivencia -  Protección contra los malos tratos → Delito cuando: §  Lesiones sin tratamiento médico §  Víctima → persona protegida por la Ley Orgánica -  Protección contra las amenazas y las coacciones leves → Delito: §  Víctima → persona protegida por la Ley Orgánica

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Actuaciones encaminadas a favorecer la igualdad entre hombres y mujeres Con fecha de 22 de marzo se aprobó la LO 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: •  Objeto de la Ley: Hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria. •  Ámbito de aplicación: A toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. •  La LO 3/2007 distingue dos tipos de discriminación por razón de sexo: - Discriminación directa por razón de sexo: La situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable. - Discriminación indirecta por razón de sexo: La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados. 34

•  Otro concepto que se trata en esta ley orgánica es el de “acoso”, diferenciando entre: - Acoso sexual: Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona. - Acoso por razón de sexo: Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.

Instrumentos básicos para la consecución de la igualdad a)  Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades-PIOM- Es un documento de consenso, entre los poderes públicos y la sociedad, para sentar las bases contra la discriminación y la desigualdad. b)  Comisión Interministerial de Igualdad: Es un órgano colegiado, responsable de la coordinación de las políticas y medidas adoptadas por los Ministerios para garantizar y promover la efectividad al derecho a la igualdad, coordinar los informes de impacto de género y de evaluación sobre la efectividad de esa igualdad, y elaborar el informe periódico sobre el conjunto de actuaciones del Gobierno en relación con la efectividad del principio de igualdad. La preside el Ministerio responsable de Igualdad. c)  Unidades de igualdad, en cada Ministerio, a cargo de un órgano directivo, se encomendará el desarrollo de las funciones con el principio de igualdad. d)  El Consejo de Participación de la Mujer, como órgano colegiado de consulta y asesoramiento en la consecución efectiva del principio de igualdad. 35

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