Resumen Del Libro de Javier Hervada

July 23, 2017 | Author: Dai C. Thomas | Category: Natural Law, Crime & Justice, Justice, Statutory Law, Egalitarianism
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QUÉ ES EL DERECHO? (Resumen) El libro del escritor y profesor español, Javier Hervada es un clásico de la ciencia jurídica que nos estimula a una investigación profunda sobre el Derecho, la justicia, y la ley .En este texto podemos identificar diez secciones, la primera, titulada: “Toda la verdad sobre la carrera de Derecho”, nos instruye sobre la significación de ser jurista , la diferencia entre ser abogado y lo anterior, además , nos da un preámbulo acerca de la sinonimia de la expresión “ jurista” con el de “Hombre de leyes”. En el segundo capítulo, titulado: “Por qué existe el arte del Derecho”, Hervada explicita ante nosotros, la concordancia del Derecho como una ciencia práctica, y pone de relieve la problemática de la mayoría de la universidades, en las cuales principalmente nos instruimos sobre la cosa abstracta del Derecho, dejando así, una deficiencia en cuanto a lo práctico, luego, se pretende determinar lo justo, identificándolo con el Derecho, específicamente con el Derecho subjetivo, , de lo que deriva que la lesión del Derecho es lo injusto, y este saber de lo justo y de lo injusto es el saber practico que deber saber el jurista fundamentalmente. En este mismo capítulo se explica que la existencia del Derecho es por la existencia de necesidades “primarias”, como o por ejemplo la de una adecuada repartición de lo que le pertenece a cada uno, y es entonces donde se plantea que la labor del jurista se desarrolla en el ámbito de los tribunales, entre el magistrado, jueces, y las partes: los abogados y el fiscal., finalmente se habla de la repartición de las cosas y de la no admisión de todo sea de todos. En el tercer capítulo, titulado: “La justicia”, el autor nos habla, acerca de del orden social o racionalmente justo como función propia de la ley que, simultáneamente viene a ser el arte del Derecho, y como palabra clave se resalta al “reparto”, porque implica un estado de la sociedad en la que cada cual tiene lo suyo y lo usa sin interferencia, y el hecho originario por lo tanto vendría a ser el orden del obrar humano. Luego, se explica la idea de justicia y se expone, que la justicia no es originariamente un efecto de la norma, dado que a la política y la ley, la justicia les es dada por el Derecho. Además, en este capítulo se propone que la justicia es posterior al Derecho, en el sentido de para dar a cada uno lo suyo, previamente tiene que existir un derecho, inclusive, preexistente al Derecho positivo, por tanto la justicia antecede al Derecho positivo como consecuencia de la existencia del derecho natural. Luego, se plantea que la igualdad de la justicia no es la igualdad a la que aspirar los políticos igualitaristas, sino que implica un trato igual en lo que se es igual y trato proporcional en lo que se es diferente. La justicia en suma, no consiste en crear u otorgar derecho, sino devolver, restituir, compensar cuando se ha interferido o lesionado. Además, se menciona que el acto de crear un derecho, acto de poder es un acto primario , y que la justicia es un acto segundo, porque la justicia no reparte originariamente, solo es una redistribución, en la medida en que existen derecho naturales , pues se presupone un reparto ya establecido por la naturaleza, por ley humano o por pacto. Y por último se menciona que la justicia es

la base de la sociedad, es un principio, plasmando en un compromiso que tenemos todos los hombres, dado que la justicia es un deber y un artículo de primera necesidad y nunca es un ideal. En el cuarto capítulo, titulado: “El derecho”, se aclara que el derecho subjetivo es en esencia el derecho, con la configuración de lo suyo, lo justo. Este derecho subjetivo existe en la medida en que se tiene la facultad moral, y los juristas no deben interpretar el derecho solo en sentido formal, sino que se le debe asignar un sentido real, y que el derecho es el objeto de la justicia y lo que la justicia da, respeta, restituye son cosas (externas), y estas cosas que se constituyen en derecho, por su condición de debida, recae en ellas una deuda en sentido estricto, respecto a los otros. Y esto le atribuye al titular del derecho en la posibilidad de la exigencia de ellos. Luego se expone que el título es aquello en lo que tiene origen el derecho (causa la atribución de la cosas a un sujeto determinado, por ejemplo: la naturaleza humana, la ley, la costumbre y los pactos o contratos, y es gracias a este título, que el jurista conoce la medida del derecho, dado que no hay derechos ilimitados, ni todos son iguales, y con lo justo y la medida el jurista descubre lo justo , lo que corresponde al titular del derecho, ni más ni menos. El fundamento del derecho es aquello en cuya virtud un sujeto puede ser sujeto de derecho, el fundamento posibilita para ser titular de un derecho, pero no otorga el derecho, el cual nace con el título.es decir el fundamento del derecho e que el hombre es persona. En el quinto capítulo, titulado: “Derecho natural y derecho positivo”, se explica el derecho natural como moral o valores relativos , o naturaleza de las cosas, el derecho positivo es todo derecho cuyo título y medida deben su origen a la voluntad humana(ley, costumbre, o del contrato)y la existencia de este derecho , implica que hay cosas repartidas por el hombre mismo, pero este derecho tiene se limita solo a lo indiferente, que quiere decir que sea un decisión X, no se altera o lesiona la justicia o cualquier otra esfera de la moralidad, lo demás , que si se lesiona, viene a ser parte del derecho natural , he allí su diferencia: a mayor grado de indiferencia, tiene tanto más de positivo. La conexión que hay entre estos dos derecho es que le derecho positivo existe posteriormente a un derecho natural, dado que es axiomático que todo hecho cultural depende de los datos naturales. En el capítulo sexto, “Las leyes”, se hace una distinción entre la ley y el derecho y se llega a que la ciencia del derecho interpreta la ley con prudencia, de allí, la jurisprudencia, , en el que intervienen le tino y la oportunidad.Luego se habla sobre la jerarquía de la normas; las normas sociales, como una obligación en sentido propio, además e hace la distinción entre la ley y el deber moral , y se tiene que el deber moral es más extensa y que la ley solo se delimita a determinado campo de las conductas humanas comunicadas, exteriorizadas. Se explica, además la razón por la cual se confunde ley con derecho y es porque se realiza una analogía de atribución, en el que el termino analogante, en sentido primario, es el derecho en sentido de lo justo, y derecho en sentido de la ley es el termino analogado.

En el capítulo sétimo , “La ley en la sociedad”, se expone la regla de la buen ciudadanía, que regula la conducta social externa y hace de los hombres, buenos ciudadanos, según un proyecto de sociedad, elaborado ya sea por la misma sociedad o por una ideología minoritaria, además en la elaboración se debe partir de la realidad para no generar un rechazo general., es decir , la aplicación de las leyes de acuerdo a la realidad social , dado que la ley debe ser un factor de orden y progreso y no de perturbación, y siempre debe mantenerse su razonabilidad , la finalidad de las leyes se legitima en cuanto estas se dirigen a la obtención del interés general para la sociedad, es por ello que la ley debe interpretada y aplicada más en su espíritu que según su letra, es decir , equitativamente. Y el fundamento de la equidad recae en que las leyes deben ser entendidas como reglas razonables, y con sentido común, y de acuerdo a las posturas, que conllevaría a estados como el nazi, además, las leyes, para legitimarse deben provenir de una autoridad legitimada para ello, competente y debe ser creado mediante un proceso legislativo determinado. En el octavo capítulo, “Las leyes y los hombres”, se habla acerca de la naturaleza de las cosas, de la realidad moral, como un plano de realidades y en este a su vez un plano del ser del hombre, que corresponde a su condición de persona, por tanto el derecho es realidad moral; luego se identifica al objeto material de la ciencia jurídica con el hecho de que cada hombre respete su derecho. En el noveno capítulo “La ley natural y la ley positiva”, se explica la función de la ley natural es la de que es la base del ordenamiento jurídico y del orden político, luego se menciona que decir que es de ley natural, corresponde a los moralistas, a los juristas y a los expertos en ciencia política. Además se menciona que todos los hombres tenemos un conocimiento suficiente de nosotros mismos y que con lo único que nace el hombre es con una correcta disposición de la razón, en referencia a la ley natural, y que a pesar de olvidar a veces la ley natural, esta no deja de existir. Además de que es universal. En el último capítulo: “El derecho canónico” se menciona que con el advenimiento de la Reforma protestante el derecho canónico quedo dentro de los límites de la iglesia católica., se reconoce al canonista , también como un jurista.

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