Resumen de Los Contratos Administrativos
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Se refiere al analisis y resumen de los contratos administrativos en Guatemala...
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LOS CONTRAT CONT RATOS OS ADMINISTRATIVOS
1. DIFERENCIA DIFERENCIA ENTRE ENTRE LOS CONTRA CONTRATOS TOS ADMINISTRA ADMINISTRATIVOS, TIVOS, CIVILES CIVILES Y MERCANTILES: MERCANTILES: Se puede decir que los contratos administrativos tienen una característica especial y es que en ellos una de las partes es la administración pública y que la competencia de los órganos, se regula por el derecho administrativo y dentro de la misma ley administrativa se regulan requisitos de forma y solemnidades especiales en su creación, las que son distintas de las que exige la ley civil. Las leyes administrativas imponen especiales procedimientos para llegar a la contratación administrativa, por ejemplo, la licitación, mientras que en el derecho civil o mercantil lo que importa es únicamente la voluntad de las partes.
2. CARA CARACTE CTERI RIST STIC ICAS AS:: Las características ms importantes de los contratos administrativos son! a. Pref Prefer eren enci cia a del Est Estad ado: o: La administración pública, investida de poder público, impone sus condiciones para contratar y en su caso, para obligar al cumplimiento coactivo del contrato. b. Exor Exorbi bita tanc ncia ia de sus sus cláu cláusu sula las: s: el contrato administrativo, tiene clusulas exorbitantes del derecho privado. "sto significa que algunas de sus condiciones contenidas en las clusulas, serían invlidas en un contrato civil o mercantil, pero no en lo administrativo, debido al bien jurídico que se tutela tutela y que es el inter#s inter#s social. c. Prin Princi cipi pios os espe especi cial ales es:: dentro del contrato administrativo se aplica el principio que el derecho públ públic ico o prev preval alec ece e sobr sobre e el derec derecho ho priv privado ado,, los los prin princi cipi pios os jurí jurídi dico cos s que que orie orient ntan an la interp interpret retaci ación ón de su conten contenido ido,, así como como a la suscri suscripci pción ón del contra contrato to son especi especiale ales s y pertenecen al derecho administrativo. d. Juri Jurisd sdic icci ción ón esp espec ecia ial: l: los confli conflicto ctos s deriva derivados dos del cumpli cumplimie miento nto o interp interpret retaci ación ón de los contra contratos tos admini administr strati ativos vos,, son someti sometidos dos a una jurisd jurisdicc icción ión especi especial al privat privativ iva, a, que es el $ribunal $ribunal de lo %ontencioso &dministrativo. &dministrativo.
3. ELEMENTOS Los elementos ms importantes del contrato administrativo son los siguientes! a.
Sujetos: dentro del contrato administrativo necesariamente existen dos partes, porque es bilateral, donde interviene el "stado y sus entidades y una persona privada individual o jurídica.
b. La manif manifest estaci ación ón de volu volunt ntad ad de los los suje sujeto tos: s: tanto tanto el "stado y sus entidades como la persona individual o jurídica, deben expresar libremente su voluntad. "n este caso el "stado puede hacer uso de su soberanía para imponer a los particulares un contrato. c. Contenido: se refiere a hechos lícitos, ciertos y determinados, relacionado con la gestión patrimonial del "stado, 'compra de bienes, suministro de utensilios, alimentos, construcción construcción de obras públicas, etc.( d. La fo forma: el contrato administrativo debe constar por escrito con o sin intervención notarial, según lo estable)ca la ley.
PRINCIPIOS
4.
Los principios ms importantes de los contratos administrativos son los siguientes!
a. !ualdad del Estado frente a particulares: el "stado debe ponerse en igualdad de los particulares para poder contratar.
b. "anifestación de voluntad: tanto el "stado como las personas individuales o jurídicas deben manifestar su voluntad, pues un contrato no puede ser impuesto por la soberanía del "stado.
c. #o alterar el orden p$blico: dentro del contrato administrativo debe cuidare que en el mismo no sea alterado el orden público.
d. Cumplimiento de formalidades: deben observarse las formalidades, contenidas normalmente dentro del derecho administrativo.
e. El cumplimiento de los procedimientos: para la suscripción de los contratos administrativos debe cuidarse de cumplir con los procedimientos previos contenidos en la ley, por ejemplo, la coti)ación, la licitación, etc.
f.
%ebe ir diri!ido al cumplimiento de las finalidades del Estado: todo contrato administrativo debe llevar implícita la finalidad que pretende la administración pública, creación de obras públicas, suministros, etc.
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CLASES
Las clases ms importantes de contratos administrativos son los siguientes!
a. Contratos de obra p$blica. *an dirigidos a la construcción, modificación, reconstrucción o mantenimiento de un edificio o de alguna otra obra de utilidad pública, por ejemplo construcción de escuelas, hospitales, carreteras, etc.
b. Contrato de suministros. & trav#s de este contrato, el "stado obtiene bienes, muebles, materiales de oficina, etc., con los cuales la administración desarrolla su actividad.
c. Concesión de servicios p$blicos. "s aquel por medio del cual el "stado encomienda a particulares la prestación de servicios públicos.
d. Contrato de servicios al Estado. "s aquel en el que un particular presta algún servicio al "stado, ejemplo, mantenimiento de maquinaria y equipo, etc.
e. Contrato de consultor'a profesional. +or medio de este contrato, empresas especiali)adas en consultoría, profesionales y t#cnicos prestan al "stado un servicio especial, ejemplo, estudios de factibilidad, estudios de preinversión, estudios jurídicos, etc.
f.
Explotación ( exploración de recursos no renovables. $iene como objetivo primordial otorgar a personas individuales o jurídicas la explotación y la exploración de hidrocarburos, que por mandato constitucional son propiedad el "stado.
). DEFINICIÓN DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS
"l contrato administrativo es! una declaración de voluntad del "stado, a trav#s de sus órganos centrali)ados y entidades autónomas u descentrali)adas, con una persona individual o jurídica o colectiva, privad o pública, nacional o internacional, con el compromiso del primero de pagar honorarios o un precio por la actividad, servicio o bien, que le presta el contratante, bajo las condiciones establecidas en las leyes de orden público y sometidas en caso de conflicto o incumplimiento a la jurisdicción privativa de lo contencioso administrativo.
*. LA TEORÍA DE LA IMPREVISION "sta significa que cuando ocurren acontecimientos excepcionales y anormales, imprevisibles y extra-os a las partes, que vienen a hacer ms onerosa la situación del contratante, con el peligro de llegar a la quiebra, se produce un estado extracontractual, lo que significa que ya no es la situación prevista dentro del contrato. bliga al contratante a seguir cumpliendo con el contrato y la administración le otorga una compensación, no por la ganancia omitida, sino por las p#rdidas sufridas por le contratante a consecuencia de los acontecimientos excepcionales. "sta teoría se puede dar dentro del contrato de concesiones de prestación de servicios públicos y la administración pública asume parte de las p#rdidas que sufre el concesionario a cambio de que se siga prestando el servicio público, lo que se les denomina los subsidios.
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LA ECACION FINANCIERA !INDE"ACION#
%onsiste en la fluctuación de precios, en la que se entiende por fluctuación de precios en ms 'incremento( o en menos 'decremento( que sufran los costos de los bienes, suministros, servicios y obras, sobre la base de los precios que figuraban en la oferta de adjudicatarios e incorporados al contrato. "sta fluctuación se reconoce por las partes y los aceptan para su pago o para su deducción.
,. EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA /.0
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AFECTACION: La afectación significa la sujeción de una propiedad al r#gimen especial de dominio público, por la utilidad pública a que la misma se destina. La afectación se produce a trav#s del procedimiento de la expropiación for)osa, la afectación requiere de los procedimientos establecidos dentro de la Ley de %ontrataciones del "stado.
DESAFECTACION: La desafectación se da cuando la administración pública, saca de sus inventarios los bienes de su propiedad y los traslada, por los procedimientos establecidos en la ley, a propiedad de los particulares, por el procedimiento de la subasta pública.
$.2 RE%LACION LE%AL Lo relacionado con la adquisición y disposición de los bienes del "stado se encuentra regulado por el 5ecreto número 678/9 del %ongreso de la :epública de ;uatemala, Ley de contrataciones del "stado, promulgada el 6 de octubre de 0//9. "l reglamento de la ley de contrataciones del "stado, se encuentra contenido dentro del acuerdo ;ubernativo número 0inistros. $odos los órganos descentrali)ados y autónomos del país se encuentran sometidos a estos instrumentos legales. "l objeto de la Ley de %ontrataciones del "stado es regular lo relativo a la compra, venta y contratación de bienes, suministros, obras y servicios que requieran los organismos del "stados, sus entidades descentrali)adas y autónomas, unidades ejecutoras, las municipalidades y las empresas públicas estatales o municipales, las que quedad sujetas a esta ley 'art. 0?.( 5entro de la Ley de %ontrataciones del "stado se encuentran varios sistemas para la reali)ación de compras dentro del "stado, dentro de las cuales encontramos, el sistema de coti-ación el contrato abierto r/!imen de licitaciones p$blicas ( la compra directa.
$.2.1 LAS &NTAS DE LICITACION Y DE COTI'ACION La @unta de licitación y la @unta de coti)ación, son el único órgano que tiene la competencia, para recibir, calificar ofertas y adjudicar el negocio '&rt. 0< de la Ley de %ontrataciones del "stado(.
$.2.2 INTE%RACION DE LA &NTA DE LICITACION La @unta de Licitación deber integrarse con un número de cinco miembros nombrados por los superiores del órgano administrativo.
los que son
"n este caso pueden ser de la entidad que contrata o pueden ser servidores públicos de otras dependencias, que tengan experiencia en la materia.
A. I()ed*(e+- )a/a e/ (*e(b/- de 0a &+a de L*c*ac*+. a. b. c. d. e. f. g. h.
Ser parte en el asunto Aaber sido representante legal, ;erente o empleado o alguno de sus parientes, asesor, abogado o perito, en el asunto o en la empresa ofertante. $ener #l o alguno de sus parientes, dentro de los grados de la ley, intereses directo o indirecto en el asunto. $ener parentesco dentro de los grados de la ley con alguna de las partes. Ser pariente dentro de los grados de la ley, de la autoridad superior de la institución Aaber aceptado herencia, legado o donación de laguna de las partes Ser socio o partícipe con alguna de las partes Aaber participado en la preparación del negocio, en cualquier fase.
. E4ca )a/a e/ (*e(b/- de 0a &+a de L*c*ac*+ a. %uando tengan amistad íntima o relación con alguna de las partes, que según las pruebas y circunstancias hagan dudar de la imparcialidad. b. %uando el integrante haya intervenido en el asunto que se convoque.
c.
%uando el integrante, antes de adjudicar, haya externado opinión en el asunto que se ventila.
C. Recac*+ Se tienen como causas de recusación las mismas causales que para la excusa.
$.2.3 INTE%RACION DE LA &NTA DE COTI'ACION La junta de %oti)ación se integra con tres miembros que sean servidores públicos de la entidad que est contratando, que son nombrados por el superior jerrquico del ó rgano administrativo. La competencia de la @unta de %oti)ación es recibir, calificar y adjudicar las coti)aciones. Sus decisiones se toman por la mayoría de sus miembros, los que no pueden abstenerse de votar.
$.3 RE%IMEN DE LICITACION P5LICA "s un procedimiento especial a que deben quedar sometidas la compra, venta y la contratación de bienes y suministros, obras y servicios que requieran los organismos del "stado y sus entidades descentrali)adas, autónomas, unidades ejecutoras, las municipalidades y las empresas públicos estatales o municipales. Se reali)a por un órgano colegiado, toma sus decisiones por la deliberación y el voto.
$.3.1 DOCMENTOS DE LA LICITACION P5LICA Son documentos necesarios para llevar a cabo una licitación pública los siguientes! las bases de Licitación, las especificaciones generales, especificaciones t#cnicas, disposiciones generales y los planos de construcción cuando se trate de obras 'art. 0B de la Ley de %ontrataciones del "stado(
A. ae de 0*c*ac*+ a. b. c. d. e.
%ondiciones que deben reunir los oferentes %aracterísticas generales y específicas, cuando se trate de bienes y servicios Lugar y forma donde ser ejecutada la obra, entregados los bienes o prestados los servicios. 1orma de pago de la obra, de bienes y servicios 2ndicación de la forma de integración de precios unitarios por renglón
. E)ec*f*cac*-+e 6e+e/a0e Las autoridades tienen el deber de que las especificaciones generales sean congruentes o se ajusten al contenido de las bases y con las necedades que motiven la contratación. '&rt. 9< L%"(
C. E)ec*f*cac*-+e 7c+*ca La entidad tiene la obligación de determinar documentalmente las especificaciones t#cnicas que debe reunir la obra o el servicio o los bienes que el "stado est# requiriendo a trav#s de la licitación '&rt. 9< L%"(.
D. E)ec*f*cac*-+e e)ec*a0e 5entro de toda obra y servicio o suministros existen algunas especificaciones especiales que deben quedar contenidas dentro de las bases de licitación. '&rt. 9< L%$(
E. P0a+- de c-+/cc*+ %uando se trata de la construcción de obras es indispensable que dentro de los documentos que deben elaborarse, se incluyan los planos correspondientes a efecto de que los oferentes, trabajen sus ofertas con base en los planos.
$.8 EL CONTRATO AIERTO La compra de suministros de uso común o de considerable demanda, pueden hacerse mediante el contrato abierto, aprecios unitarios que no excedan de C 96,
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