Resumen de Ley Universitaria

September 20, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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RESUMEN DE LEY UNIVERSITARIA La Ley universitaria, Ley N° 30220, 30220 , fue promulgada en el gobierno del presidente del Perú Ollanta Humala Taso, el año 2014; está constituido por 16 capítulos, 133 artículos y 10 disposiciones complementarias finales. Tiene por objetivo normar y regular el funcionamiento de las universidades nacionales y privadas del Perú. Cada uno de los capítulos está referido a aspectos que a continuación procedemos a explicar: CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Contiene 11 artículos en los cuales se expresa el objeto de la ley, su ámbito de aplicación alcanzando a las universidades nacionales, privadas y extranjeras que funcionan en el Perú; define la universidad como una comunidad académica orientada a la investigación, los principios por los que se rigen, los fines de la universidad entre las cuales destaca la formación de profesionales de alta calidad; las funciones de la universidad siendo algunas la formación profesional y la investigación, la autonomía universitaria en los aspectos: normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; además expresa la responsabilidad de las autoridades las garantías para la autonomía universitaria y la transparencia universitaria que implica la obligación de las universidades de publicar en portales electrónicos todo su accionar documentario, financiero, académico. CAPÍTULO II: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA (SUNEDU) Este capítulo consta de 13 artículos divididos en 5 subcapítulos los cuales tratan de los siguientes aspectos relacionados a la SUNEDU: Subcapítulo 1: Superintendencia 1: Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) En 4 capítulos se manifiesta sobre la creación c reación de la SUNEDU adscrita al Ministerio de Educación, pero con autonomía técnica, funcional y económica; la finalidad de la SUNEDU, es responsable del licenciamiento para el servicio superior universitario y de supervisar la calidad de este servicio, su ámbito es nacional nac ional y abarca universidades nacionales y privadas, entre sus funciones tenemos: aprobar o denegar el licenciamiento de las universidades, fiscalizarlas, supervisar el cumplimiento de requisitos básicos y de calidad, c alidad, imponer sanciones, entre otros. Subcapítulo 2: Organización 2: Organización de la SUNEDU La estructura orgánica de la SUNEDU la conforman: 1.  1.  La Alta dirección: Consejo directivo, Superintendente y secretario general 2.  2.  Órganos de administración interna 3.  3.  Órganos de línea. El consejo directivo es la máxima autoridad y es responsable de la marcha de la SUNEDU, está conformado por el superintendente quien lo preside, un representante de CONCYTEC y 5 miembros elegidos por concurso: dos de ellos de universidades nacionales, uno de privados y las otras dos personalidades del país; todos deben tener grado de doctor con experiencia mínima de 10 años como docente principal ó 10 1 0 años con experiencia en investigación o 10 años de experiencia en cargos de gestión educativa. Las funciones del consejo directivo son las de aprobar planes, políticas y condiciones de calidad, aprobar o denegar licencias de las universidades, aprobar metas y presupuestos, evaluar el desempeño de la SUNEDU. El superintendente es la máxima autoridad, es designado a propuesta del Ministerio de Educación por tres años y para ser elegido debe ser peruano, tener grado de do doctor ctor con 5 años

 

de experiencia en cargo de gestión y gozar de conducta intachable; sus funciones son: representar a la SUNEDU, ejecutar sus políticas, aprobar las normas, cumplir y hacer cumplir c umplir los acuerdos del consejo, designar y remover los jefes de línea. Subcapítulo 3: Régimen 3: Régimen sancionador En un artículo se tipifica las sanciones que se establecen a las universidades cuando se infringen normas en situaciones de licenciamiento, condiciones de calidad y uso de los recursos educativos, siendo los tipos de infracciones clasificados c lasificados como leves, graves o muy graves que se sancionan desde multas hasta suspensiones. Subcapítulo 4: Articulación 4: Articulación y coordinación En dos artículos se especifica que la SUNEDU es la autoridad central de supervisión de las condiciones de servicio de las universidades con normas, además establece mecanismos de coordinación con entidades del poder ejecutivo para implementar mecanismos de supervisión y celebrar convenios. Subcapítulo 5: Régimen 5: Régimen económico y laboral Los trabajadores de la SUNEDU se encuentran en el régimen de la Ley 30057y los recursos de esta entidad son los montos asignados de la Ley de presupuestos del sector público y otros que recaude. CAPÍTULO III: CREACIÓN Y LICENCIAMIENTO DE UNIVERSIDADES Divididos en 4 artículos, en ellas se especifican que las universidades son creadas por ley y con opinión favorable del Ministerio de Economía, siendo los requisitos básicos estar alineados a las políticas nacionales, responder a la demanda laboral y disponer de los recursos; en cuanto al licenciamiento, la SUNEDU establece las condiciones básicas que deben cumplir las universidades y estas están referidas a: objetivos académicos, previsión económica, infraestructura y equipamiento, líneas de investigación y disponibilidad de personal docente. Además, indica que cuando se crea una universidad se nomina una comisión organizadora que tiene a su cargo la aprobación de estatutos y la gestión de la universidad. CAPÍTULO IV: EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN CER TIFICACIÓN La acreditación de la calidad educativa es voluntaria y se desarrolla con normas, en el caso de algunas carreras es obligatoria por disposición legal, los beneficios e incentivos se otorgan al mérito y si la universidad tiene instituto de investigación se considera punto favorable. CAPÍTULO V: ORGANIZACIÓN ACADÉMICA El régimen académico de las l as universidades está organizado por facultades y estas comprenden: 1.  1.  Los Departamentos Académicos. 2.  2.  Las Escuelas Profesionales. 3.  3.  Las Unidades de Investigación. 4.  4.  Las Unidades de Posgrado. Es obligatorio además contar con al menos un instituto de investigación. Las facultades son unidades de formación académica y profesional y están formados por docentes y estudiantes. Los departamentos académicos son unidades de servicio que reúnen a docentes de disciplinas afines con el fin de estudiar y actualizar contenidos y preparar silabos, están dirigidos por un

 

director elegido entre los docentes doc entes y la universidad determina el número de departamentos académicos. Las escuelas profesionales es la organización encargad del diseño y actualización curricular de una carrera, estas escuelas se crean de acuerdo a los estándares de la SUNEDU al igual que las facultades; las escuelas están dirigidas por un director designado por el Decano elegido entre los docentes principales. La unidad de investigación está encargada de integrar las actividades de investigación y la unidad de posgrado se encarga de integrar las actividades de posgrado de la facultad, está dirigida por un docente. El régimen de estudios se establece en el estatuto y de preferencia bajo el sistema semestral por créditos y de modalidades mo dalidades presencial, semipresencial o a distancia. El credito académico es una medida de tiempo formativo exigido a los estudiantes y en estudios presenciales es equivalente al menos a 16 horas lectivas de teoria o 32 de práctica.

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