Resumen Conceptos Generales Ce
Short Description
Descripción: todo lo que se debe saber sobre la Constitución Española del 27 de diciembre de 1978...
Description
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
1. LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978 1.1. Características: Rígida (su reforma exige un procedimiento más severo y dificultoso), consensuada, de origen popular, abierta, escrita, extensa y en un solo documento y normativa.
1.2. Fechas: 22/11/1975 Nombramiento de Juan Carlos I Jefe del Estado. 18/11/1976 Aprobación Ley para la Reforma Política. 15/12/1976 Referéndum Ley para la reforma Política. Ley 1/1977 de 4 de Enero 18/03/1977 Aprobación de la realización del sufragio para las Cortes. 15/06/1977 Primeras elecciones democráticas. 31/10/1978 Aprobación del Texto Constitucional. 06/12/1978 Ratificado en referéndum. 27/12/1978 Sancionado por el Rey. 29/12/1978 Publicación y entrada en vigor. 27/08/1992 Reformada la Constitución para el tratado de Mastrich.
1 CENTRO DE FORMACION OPOSITAS. PUENTE GENIL: Calle Maestra Balbina Cerdeño nº 4. // ANDÚJAR: Avda. Puerta de Madrid 15, pasaje.
DOGMATICA: Principios, valores y caracteres de la Constitución, así como los derechos y deberes fundamentales.
PREAMBULO: No está dentro del articulado, actúa como pórtico de la Constitución. Valor político declaratorio. TIT.PRELIMINAR (Art.1-9) Principios generales del ordenamiento jurídico. TIT.I Derechos y deberes fundamentales (Art.10-55) 46 Art. Art. 10 (Dignidad, derechos, personalidad según Declaración Universal Der.Hum) Cap.I De los españoles y los extranjeros. (Art.11 a 13) Cap II Derechos y libertades Art.14 (Igualdad ante la ley) Sección 1ª Derechos fundamentas y libertades publicas.(Art.15 a 29) Sección 2ª Derechos y deberes de los ciudadanos. (Art.30 a 38) Cap III Principios rectores de la política social y económica. (Art.39 a 52) Cap. IV Garantías de las libertades y derechos fundamentales. (Art.53 y 54) Cap. V Suspensión de los derechos y libertades. (Art.55) TIT.II De la corona (Art.55-65) TIT.III De las cortes generales (Art.66 a 96) Cap.I Las cámaras. (Art.66 a 80) Cap.II Elaboración de las Leyes. (Art.81 a 92) Cap III Tratados internacionales. (Art.93 a 196) TIT.IV Del Gobierno y de la Administración (Art.97 a 107) TIT.V) De las relaciones Gobierno-Cortes Generales (Art.108 a116) TIT.VI Del Poder Judicial (Art.117 a 127) TIT.VII Economía y Hacienda (Art.128 a 136) TIT.VIII Organización territorial del Estado (137 a 158) Cap.I Principios Generales. (Art.137 a 139) Cap.II La Administración local. (Art.140 a 142) Cap III Las Comunidades Autónomas. (Art.143 a 158) TIT.IX Del tribunal Constitucional (Art.159 a 165) TIT.X Reforma Constitucional (Art.166 a 169) 4 DISPOSICIONES ADICIONALES 9 DISPOSICIONES TRANSITORIAS 1 DISPOSICION DEROGATORIAS 1 DISPOSICION FINAL OT.DI
ORGANICA: Definición de los órganos de poder, organización y funciones principales de los órganos constitucionales y poderes del Estado y las relaciones con los mismos.
CONSTITUCION
2. ESTRUCTURA Y CONTENIDO
2 CENTRO DE FORMACION OPOSITAS. PUENTE GENIL: Calle Maestra Balbina Cerdeño nº 4. // ANDÚJAR: Avda. Puerta de Madrid 15, pasaje.
3. CONTENIDO 3.1. PREAMBULO Menciona la convivencia democrática, orden económico y social justo, Estado de Derecho, voluntad popular, protección de España, progreso de la cultura y economía, sociedad democrática avanzada y relaciones pacíficas y de cooperación. 3.2. TITULO PRELIMINAR Art. Contenido Estado Social y democrático de Derecho, Libertad-Justicia-Igualdad y 1 Pluralismo político, Soberanía nacional en el pueblo y Monarquía Parlamentaria. 2 Unidad de España, Autonomías y solidaridad entre ellas. 3 Castellano, deber de conocerla y derecho a usarla, lenguas cooficiales. 4 Bandera y enseñas autonómicas. 5 Madrid Participación política mediante partidos políticos, ejercicio libre y 6 democráticos 7 Sindicatos y empresarios defiende y promocionan los intereses económicos. 8 Ejercito de tierra, la armada y ejercito del aire. Principios de legalidad: todos incluso los poderes públicos están sometidos a la ley y responden por ello. Jerarquía normativa: las normas de rango superior prevalecen sobre las de rango inferior. Publicidad de las normas: todas las leyes deben ser publicadas. Irretroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables: no se 9 admitirán normas nuevas que restrinjan derechos ya adquiridos. Seguridad jurídica: toda norma que haya sido aprobada debe ser aplicada. Responsabilidad de los poderes públicos: los poderes públicos responderán por los daños causados en el ejercicio de su actuación. Interdicción de la arbietrariedad de los poderes públicos: no pueden actuar los poderes públicos de forma arbitraria.
1.1. TITULO PRIMERO 10
Dignidad y Derechos humanos 1.1.1. CAPITULO I: DE LOS ESPAÑOLES Y LOS EXTRANJEROS
11 12 13
Nacionalidad, español de origen no la pierde y doble nacionalidad. Mayoría de edad 18 años. Extranjeros, sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales, derecho asilo.
3 CENTRO DE FORMACION OPOSITAS. PUENTE GENIL: Calle Maestra Balbina Cerdeño nº 4. // ANDÚJAR: Avda. Puerta de Madrid 15, pasaje.
1.1.2. CAPITULO II: DERECHOS Y LIBERTADES 14
15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29
30 31 32 33 34 35 36 37 38
Igualdad de los españoles y prohibición de la discriminación. 1.1.2.1. CAP II SEC 1ª:DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LAS LIBERTADES PÚBLICAS Derecho a la vida y a la integridad física y moral. Abolida la pena de muerte. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Aconfesional preferencia relig.católica. Derecho a la libertad y la seguridad. Detención 72 h. Habeas Corpus. Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Derecho a la libertad de residencia y a la libertad de circulación. Libertad de pensamiento, creación literaria, libertad de cátedra, recibir informac. Derecho a la reunión. Derecho a la asociación. Derecho al sufragio. Derecho a la tutela efectiva de los jueces. No indefensión. Presunción inocencia. Legalidad penal, privación de libertad orientadas a la reinserción social. Prohibición de los Tribunales de Honor. Derecho a la educación, enseñanza básica obligatoria y gratuita. Derecho a la libertad sindical y a la huelga. Derecho a petición individual y colectiva. Cuerpos de seguridad a título individual.
3.2.1.1. CAP II SEC 2ª:DE LOS DERECHOS y DEBERES DE LOS CIUDADANOS Derecho y deber a defender España. Obligaciones militares. Servicio civil. Tributar de acuerdo capacidad económica, justo–igualdad-progresivo no confiscatorio. Gasto público equitativo, programado y eficiente. Derecho al matrimonio. Separación. Derecho a la propiedad privada y a la herencia. Derecho de fundación con fines de interés general. Deber de trabajar y derecho al trabajo. Estatuto de los trabajadores. Remuneración suficiente. Colegios profesionales. Negociación colectiva. Conflicto colectivo. Libertad de empresa en la economía de mercado.
3.2.2. CAPITULO III: PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLITICA SOCIAL Y ECONOM. 39 Protección a la familia. Promoción del progreso social y económico. Distribución más equitativa de 40 la renta regional y personal. Mantenimiento de la estabilidad económica. 4 CENTRO DE FORMACION OPOSITAS. PUENTE GENIL: Calle Maestra Balbina Cerdeño nº 4. // ANDÚJAR: Avda. Puerta de Madrid 15, pasaje.
41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52
Régimen público de Seguridad Social. Salvaguarda de los derechos económicos y sociales emigrantes y su retorno. Derecho protección de la Salud. Educación sanitaria, física y deporte. Acceso a la cultura. Derecho a disfrutar de un medio ambiente sano. Utilización recursos naturales. Conservación del patrimonio histórico. Derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Impedir especulación. Participación libre y eficaz de la juventud. Diminuidos físicos, sensoriales y psíquicos. Pensiones a la tercera edad. Defensa de los consumidores y usuarios. Defensa de los intereses de las organizaciones profesionales.
3.2.3. CAPITULO IV: GARANTIAS DE LAS LIBERTADES Y DERECHOS FUNDAMENTALES. Artículo 53: Niveles de protección de los derechos CE o Nivel máximo de protección: son los reconocidos por el TIT.I CAP II SEC 1ª mas el artículo 14 y 30 (Defensa de España). Art.14-30. Se aplican directamente, sin desarrollo legislativo (eficacia jurídica). Se pueden desarrollar mediante ley orgánica, respetando el contenido de estos art. Recurso de inconstitucionalidad (art.161.1), por el Presidente del Gobierno, Defensor del pueblo, 50 diputados, 50 Senadores y los órganos colegiados de las CCAA. Recurso preferente: ante los Tribunales ordinarios para la protección de estos derechos (principio de preferencia y sumariedad). Recurso de amparo: de carácter subsidiario, requiere el agotamiento de la vía judicial previa. o Nivel medio: TIT.I CAP.II SEC 2ª (art.31-38) desarrollados por ley ordinaria, se puede presentar recurso de inconstitucionalidad, pero no así el Recurso preferente o de Amparo. o Nivel mínimo:TIT.I CAP.III. No vinculan a todos los poderes públicos. Solo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen. Son principios para el desarrollo legislativo, pero no derechos en sí. Artículo 54: Defensor del pueblo, es el alto comisionado de las Cortes Generales para la defensa de los derechos comprendidos en el TIT.I. Elegido por las Cortes Generales para 5 años. Nombrado y ratificado por las 3/5 partes de las Cortes y el Senado. Tiene a su cargo 2 colaboradores. Artículo 43: Se reconoce el derecho a la protección de la salud
5 CENTRO DE FORMACION OPOSITAS. PUENTE GENIL: Calle Maestra Balbina Cerdeño nº 4. // ANDÚJAR: Avda. Puerta de Madrid 15, pasaje.
View more...
Comments