Resolucion Comite Altas y Bajas
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Municipalidad Distrital de Omia Provincia de Rodríguez de Mendoza Región Amazonas
RESOLUCION DE ALCALDIA N°……- 2013 –MDO/RM/RA
Omia, 23 de Enero del 2013.
VISTO: N° 001-2013-MDO/RM/A-COMISION DE CONTROL PATRIMONIAL/ SANEAMIENTO CONTABLE, de fecha 21 de Enero del 2013 y el informe N° ……. del encargado El
Informe
de la parte administrativa de la municipalidad, y :
CONSIDERANDO CONSIDERANDO : Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en consecuencia las municipalidades ejercen actos de gobierno, administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, asimismo el Articulo 20° inciso 6 de la citada norma indica que es atribución del Alcalde : “Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes y Ordenanzas ”. Que, el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, dicha medida tiene por finalidad desarrollar los mecanismos y procedimientos que permitan una eficiencia en la gestión de los bienes estatales, maximizando su rendimiento económico y social, sostenido en una plataforma de información segura, confiable e interconectada, contribuyendo al proceso de descentralización y modernización de la gestión del Estado. Que, el artículo 58° de la Ley Orgánica de Municipalidades Municipalida des N° 27972, señala que el patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autónoma con las garantías y responsabilidades de ley. El Articulo 56° de la misma norma señala que son bienes municipales, entre otros, los bienes muebles e inmuebles de uso público público destinados a servicios servicios públicos locales, todos los que hayan sido adquiridos, construidos y/o sostenidos por la municipalidad, asimismo el Artículo 59° del aludido texto normativo, establece que los bienes municipales pueden ser transferidos, (…), por acuerdo de concejo municipal y cualquier transferencia de propiedad o concesión sobre bienes municipales se hace a través de subasta pública, en concordancia con la Resolución N° 021-2002-SBN, que aprueba la Directiva N° 004-2002-SBN, que regula los procedimientos para el alta y la baja de los bienes muebles de propiedad del estado y su recepción para la Superintendencia de Bienes Nacionales. Que, el Decreto Supremo N° 154-2001-EF, que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, en el Artículo 118° regula y
precisa los órganos responsables de los actos que pueden recaer sobre los bienes muebles de propiedad estatal siendo estas a) La Dirección General de Administración o quien haga sus veces, b) El Comité de Gestión Patrimonial y c) El Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones; y con mayor precisión al objeto de la presente resolución, se encuentra regulada en el artículo 122°, el cual precisa que el Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones es el órgano responsable de evaluar las solicitudes de altas y bajas de los bienes muebles de las entidades públicas y organizar los actos de disposición de los bienes muebles de su entidad. Sus integrantes son nombrados por la Alta Dirección de la entidad (La Alcaldía); además en el articulo N° 123°, determina los integrantes del Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones, el cual expresa que como mínimo debe estar conformada por un representante de Administración, Contabilidad y Asesoría Jurídica, de no existir alguna de estas áreas, la Alta Dirección (La Alcaldía) nombrará el representante necesario para completar el mínimo, de una de las áreas existentes.
N° 001-2013-MDO/RM/A-COMISION DE CONTROL PATRIMONIAL/ SANEAMIENTO CONTABLE, de fecha 21 de Enero del 2013, los integrantes de Que, mediante el Informe
dicha comisión proponen la conformación del Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones de la Municipalidad Distrital de Omia, Provincia de Rodríguez de Mendoza, el mismo que mediante el informe N° ……. del encargado de la parte administrativa de la municipalidad, solicita y refrenda dicha propuesta con la finalidad de realizar los actos necesarios para dar de Alta y/o Baja una serie de bienes muebles de propiedad municipal y que son de necesidad primaria. Que, estando a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, Ley de Procedimiento Administrativo General N° 27444, en concordancia con la Constitución Política del Estado, Ley General del Sistema Nacional de Bienes N° 29151 y su Reglamento, Resolución N° 039-98/SBN Reglamento para el Inventario Nacional de Bienes Muebles del Estado, Directiva N° 001-2009-MDAA-GA-CDI, Decreto Supremo N° 154-2001-EF, que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal y contando con el visto bueno del Concejo Municipal:
SE RESUELVE : ARTICULO PRIMERO: APROBAR la conformación del Comité de Alta, Bajas y Enajenaciones de la Municipalidad Distrital de Omia, Provincia Rodríguez de Mendoza, Región Amazonas, la misma que estará integrada de la siguiente manera:
COMITÉ DE ALTA, BAJAS Y ENAJENACIONES 1. 2. 3.
ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Secretaria de la municipalidad el cumplimiento de la presente bajo responsabilidad, así como comunicar oportunamente a los miembros del presente Comité con la presente resolución.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE .
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