RESEÑA el derecho a educar y el derecho a la esducacion

July 30, 2017 | Author: DahianaBarboza | Category: Secularity, State (Polity), Democracy, Liberty, Human Rights
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Dahiana Barboza

Dahiana Barboza Pedagogía - 2 do D 12 de junio 2015

Pedagogía - 2 do D - 2015 [RESEÑA:]

EL DERECHO A EDUCAR Y EL DERECHO A LA EDUCACIÓN REINA REYES

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RESEÑA - EL DERECHO A EDUCAR Y EL DERECHO A LA EDUCACIÓN – REINA REYES

Dahiana Barboza Pedagogía - 2 do D 12 de junio 2015

INDICE. INDICE........................................................................................................................................ 1 BIOGRAFÍA.................................................................................................................................. 2 BREVE ANÁLISIS HISTÓRICO DE LA EDUCACIÓN EN EL URUGUAY..............................................2 Período fundacional del Sistema Educativo Nacional..............................................................3 RESEÑA....................................................................................................................................... 3 EL NIÑO COMO SUJETO DE DERECHO...................................................................................... 3 Los derechos del hombre..................................................................................................... 3 Los derechos del niño........................................................................................................... 4 Valor jurídico de los derechos del niño................................................................................. 4 EL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y EL DERECHO A EDUCAR......................................................5 El derecho a la educación.................................................................................................... 5 Planteamiento teórico doctrinario........................................................................................ 5 El derecho a educar.............................................................................................................. 5 Concepto de estado............................................................................................................. 6 Libertad de enseñar.............................................................................................................. 6 Monopolio de la enseñanza.................................................................................................. 6 Política educativa en un Estado democrático ideal..............................................................7 Proceso histórico de la política educativa en Uruguay.........................................................7 LAICIDAD................................................................................................................................. 8 Significación del término...................................................................................................... 8 Los derechos humanos y la laicidad..................................................................................... 8 Educación laica: sus métodos.............................................................................................. 8 El pensamiento reflexivo...................................................................................................... 9 El sentimiento y la idea de la igualdad de los hombres.......................................................9 Proceso de laicización en el Uruguay y acción d José Pedro Varela......................................9 BIBLIOGRAFÍA........................................................................................................................... 10

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BIOGRAFÍA. Nació el día 6 de enero de 1904, falleciendo en Montevideo el 4 de diciembre de 1993 a los 89 años de edad. En 1954 contrajo nupcias con Felisberto Hernandez, cuya unión terminó en separación en 1958. Gana la Cátedra de Pedagogía del Instituto Magisterial Superior y de los Institutos Normales. En el transcurso de su vida fue una militante activa de causas populares, de movimientos a favor de la Educación Pública, Educación Rural, Educación Laica y de los derechos del niño y adolescente. En 1949, escribe la obra titulada "Psicología y Re- Educación del Adolescente" a partir de su experiencia en el Hogar Femenino N° 1 del INAME, pero la misma es publicada 40 años más tarde. A partir de allí es que denota la idea de "salud mental" y como lograr la misma a partir de una perspectiva de género y de calidad de vida para la mujer. Durante toda su vida se presentó como una autodidacta y ecléctica, basando su ideal en la obra de reconocidos pensadores como por ejemplo Marcuse, Marx, Freud, Fromm, Sartre, Piaget, Dewey, conformando los rasgos más importantes de su filosofía realista, con una visión actualizada de la educación.

BREVE ANÁLISIS HISTÓRICO DE LA EDUCACIÓN EN EL URUGUAY En el último cuarto del Siglo XIX el Uruguay Independiente aún no lograba, como otros países de América, consolidar un proyecto educativo y cultural propio, ni el pensamiento político y sentimiento nacional. La Democracia continuaba siendo débil e inestable. Los enfrentamientos continuos entre caudillos y doctores, entre el campo y la ciudad, evidenciaban relaciones de poder en busca de hegemonía. La influencia de los inmigrantes significó no sólo un incremento poblacional sino una renovación y enriquecimiento ideológico. En este escenario entraron en conflicto las cuatro principales fuerzas ideológicas de ese fin de siglo, se establecía la polémica entre catolicismo, protestantismo, espiritualismo racionalista y positivismo. El proceso de secularización instalaba el debate entre lo laico y lo religioso que se concretaría años después en la Constitución de 1917 a través de la separación de la Iglesia del Estado. Se hacía cada vez más evidente la influencia del positivismo que ganaba terreno en la acción política antes que en la actividad académica y en la vida social. Recién hacia el fin de siglo se lograron alcanzar los primeros consensos políticos en torno a intereses comunes para defender la Democracia. Democracia como forma de gobierno y como organización de la sociedad, que reconocía la libertad de los hombres como principio esencial en la vida y concebía la Educación Laica como espacio de definición del sentido social, político y cultural. Representantes de la burguesía y la oligarquía terrateniente (la Iglesia, el Ejército, los terratenientes y la clase política) consiguieron conformar un discurso y una acción en torno a la Escuela como institución del Estado. El proyecto buscaba el progreso a través de la razón, se proponía iluminar la mente de los hombres para combatir la ignorancia, para superar los males sociales evitando aquello que ponía en riesgo la democracia. La igualdad entre los hombres requería de una nueva moral, una moral que incluyera a todos, que sustituyera la moral religiosa (en Uruguay de la Iglesia Católica) por la moral laica. Era necesario poner a disposición de toda la población el legado cultural de la humanidad conduciendo a la sociedad a la paz social y al anhelado progreso económico. El conocimiento debía dejar de ser un privilegio de pocos. Desde esta perspectiva vemos como a la Escuela se le atribuía la función conservadora de transmisión de conocimientos y reproductora de valores de los sectores sociales hegemónicos validándolos para la sociedad en general. La escuela del Estado se fue convirtiendo en la herramienta fundamental de este proyecto que intentaba establecer el orden social (disciplinamiento) en una sociedad en proceso de construcción. A través de la Escuela se fue instalando en el imaginario social el ideal de la educación universal que implicaba la organización de un sistema educativo. La escuela entonces se convirtió en el lugar privilegiado de legitimación de la razón instaurada como forma de control social, como oposición al dogmatismo que caracterizaba a la educación religiosa.

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Dahiana Barboza Pedagogía - 2 do D 12 de junio 2015 La Pedagogía Tradicional sustentaba esta propuesta educativa respondiendo a una concepción liberal de la educación. Se caracterizaba por defender las libertades y los intereses individuales en la sociedad. Se planteaba una educación humanística, de cultura general, en la cual la escuela asumía el compromiso con la cultura ya que la problemática social no era su responsabilidad. Esta escuela de la modernidad, basada en la imagen racionalista del mundo y la moral laica se estructuraba a partir de la transmisión de un conjunto de contenidos válidos para constituirse en “la cultura escolar única”. El conocimiento tenía carácter de verdad absoluta y como tal debía ser enseñado. El modelo educativo, de carácter enciclopedista, intelectualista, implicaba exposición y análisis de los contenidos a cargo del docente, centrando en su autoridad las relaciones pedagógicas y poniendo el énfasis en la atención, el silencio y la repetición mecánica del saber cómo verdad universal. De esta forma se preparaba a los alumnos para desempeñar ciertas funciones sociales acordes a sus aptitudes individuales. Los individuos necesitaban aprender a adaptarse a los valores y normas vigentes en la sociedad desde el lugar social que ocupaban en ella y la escuela debía enseñarlos. Como consecuencia, esto supuso un incremento de la cultura general de la población, incluso de los sectores más pobres. Se enunciaba la igualdad entre los hombres dejando de lado la desigualdad de condiciones reales de vida lo que en definitiva contribuyó en forma oculta a legitimar la injusticia social sin resolverla.

Período fundacional del Sistema Educativo Nacional En ese contexto surge el pensamiento filosófico y pedagógico de José Pedro Varela. Sustenta su argumentación partir de la reflexión sobre la realidad política y social del país como referencia imprescindible para comprender la situación educativa. Con clara adhesión a las concepciones filosóficas positivistas publica sus dos obras pedagógicas “La Educación del Pueblo” (1874) y “La legislación Escolar” (1877) las que marcaron rupturas con los modelos educativos anteriores, constituyendo una verdadera revolución mental con impulso innovador. Aborda integralmente las cuestiones de la educación en el país, incorporando referencias teóricas para explicar las realidades nacionales que tomara como ejemplo. Sitúa la cuestión de la educación como asunto público, político y cívico y como responsabilidad del Estado. Como consecuencia la educación y la escuela debían ser laicas. El Estado no podía responder solamente a una parte de la sociedad (la población católica) sino a ella en su conjunto. Aunque su proyecto político-social es conocido como reforma, en realidad deberíamos redefinirlo como la primer propuesta de organización de la educación con carácter nacional y con un alcance que va desde la educación preescolar (3 años de edad en adelante) hasta la educación superior el que fue presentado al gobierno como proyecto de ley. La Educación Común, la Escuela Primaria, como asunto de gran importancia requería para su organización de la combinación de la acción del Estado con la de los particulares de cada localidad. Le correspondía al Estado por medio de la ley establecer un mínimo de instrucción de carácter obligatorio y la edad en que deberá adquirirse. También propuso: principios generales, metodología, criterios de evaluación y aspectos organizativos institucionales, fijaba la edad, no menos de 5 años ni más de 15. Este programa tuvo proyección histórica y filosófica hasta nuestros días en lo que hace a ideas centrales como: democracia, laicidad, igualdad, cultura. Cabe señalar que fue preocupación de Varela desde la Educación Preescolar hasta la Universitaria. Hacia fines del Siglo XIX esa propuesta educativa fue complementada y ampliada por la Maestra Enriqueta Compte y Riqué, quien irrumpiendo en ese escenario pedagógico manifestó su interés y preocupación por la educación preescolar y la formación docente. Proyectó planes y programas con amplia libertad, fundó el Primer Jardín de Infantes Público del Uruguay y de América. Elaboró un programa para Jardines de Infantes, que fue aprobado en 1898, dirigido a niños desde 3 a 10 años, dividido por edades.

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EL NIÑO COMO SUJETO DE DERECHO. Los derechos del hombre. Dos sucesos históricos marcaron el camino para las declaraciones de los derechos del hombre.  En lo espiritual, la Reforma al entregar la Biblia y los Evangelios a la libre interpretación.  En lo económico, la lucha de los propietarios para liberar sus tierras de los diezmos que les imponían la Nobleza y la Iglesia. La Declaración de Derechos de 1789 es la expresión de un orden social: el liberalismo, producto de una filosofía individualista. Son derechos que regulan las relaciones entre los hombre y tienden a protegerlos frente a los abusos del Estado, se reconocieron las libertades de conciencia, culto, palabra, asociación, trabajo, presa y de propiedad. Para certificar todo esto F. de Ferrari menciona la pena de muerte: “para quien proponga una ley agraria subversiva a las propiedades territoriales, comerciales o industriales.” (F. De Ferrari – Los principios de la seguridad social.) Los derechos políticos establecían el derecho de los ciudadanos a participar en la elaboración de la ley y el derecho a ocupar cargos públicos, una democracia representativa. Los derechos del hombre responden a condiciones de lugar y de tiempo. Marx puso en evidencia la forma en quien el proceso capitalista condicionaron la vida económica de los pueblos y originaron una estructura jurídico política que se opone a la igualdad de los hombres, por no asegurarle al hombre los medios indispensables para vivir, esto condujo a reconocer una nueva categoría de derechos: los derechos económicos sociales y culturales. En una concepción democrática estos derechos no pueden ser negados, pero son distintos los medios que se utilizan para hacerlos efectivos. “Los derechos sociales son derechos que pertenecen al individuo frente a la colectividad y que tienen por objeto autorizalos a exigir de ella suministros. (…) El derecho del hombre tradicional era una garantía acordada a su iniciativa, a su inteligencia, a su habilidad. (…) Se invita al poder a asegurar las condiciones de liberación del individuo. La realización del derecho exige una acción del Estado” (G. Burdeau – Les libertés publiques)

Los derechos del niño. La primera declaración de los Derechos del Niño se produce en 1923, 134 años después de la Declaración de los derechos del hombre. La demora se debe en el reconocimiento de los derechos de naturaleza económica, social y cultural que no podían ser adjudicados al niño que no está integrado a la vida de la comunidad. Los derechos dejan de ser considerados naturales para constituirse en una función de la sociedad. “Es a través del grupo a que pertenece, que el hombre puede ser considerado como destinatario del derecho” (G. Burdeau – Les libertés publiques) En 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en sus artículos 25 y 26 la universalidad de los derechos del niño e incluye el derecho pre natal que ha de satisfacerse por la asistencia a la madre durante el embarazo. En 1959 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba una Declaración Universal de los Derechos del Niño en la cual se detallan las condiciones de vida que todo niño sin excepción debe gozar para desarrollarse de manera normal y saludable.

Valor jurídico de los derechos del niño. A partir de 1934 la Constitución de nuestro país reconoce derechos civiles, políticos y económicossociales y culturales y asigna al Estado funciones de protección a la familia, a los menores y a la maternidad. Ese mismo año fueron codificados los derechos del menor, la cual es limitada. “El derecho del hombre no es pues, la delimitación de una facultad que le es innata o la protección de una prerrogativa de las que goza. Es la medida de una necesidad. De esas necesidad misma que, si no es satisfecha impide al hombre alcanzar la plenitud de su ser.” (G. Burdeau – La democracia. Ensayo sintético.)

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Dahiana Barboza Pedagogía - 2 do D 12 de junio 2015 La forma más efectiva para realizar la defensa del niño como sujeto de derecho es una política de protección familiar, la institución que puede ofrecer al niño la satisfacción primaria de sus necesidades psicofísicas. El Dr. Domingo Sarli instituyó el Salario Social Infantil como medio de mantener o reconstruir la integridad familiar atendiendo todos los aspectos cualitativos de la familia. El estado no asume el lugar de la familia sino que tiende a fortalecer este grupo primario y solo lo sustituye en aquellos casos en que la permanencia del niño resulte perjudicial. El Salario Social Infantil es instrumento eficaz para la defensa de los derechos del niño en cuanto a la igualdad de oportunidades para el desarrollo. Se hace efectivo cuando los padres cumplen disposiciones de orden sanitario y educativo, se les concede un tiempo limitado. “Se puede afirmar que si bien la aplicación del Salario Social Infantil, no puede como es lógico, transformar la vida del pobre en holganza económica, alcanza para mantener la integridad de la familia tonificando los valores positivos de la misma y rectificando en lo posible sus desviaciones” (D. Sarli – Una experiencia sobre doctrina y practica) Más allá de los 12 años el Salario de Capacitación asegura una asignación mensual a la familia cuando los hijos deben dedicarse a trabajar sin capacitación para su sostén económico, razón por la cual son frecuentemente explotados o víctimas de accidentes. Las leyes de seguridad social que aspiren lograr ese equilibrio deben dar prioridad a la defensa de los derechos del niño, de los cuales depende el porvenir de la humanidad.

EL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y EL DERECHO A EDUCAR. El derecho a la educación. Planteamiento teórico doctrinario. El art. 26 de la Declaración Universal de los derechos Humanos dice: “Toda persona tiene derecho a la educación”. “(…) El hombre “concreto” no definido por su esencia o pertenencia a un tipo abstracto, sino por las particularidades que debe a la situación en que se encuentra ubicado u que por esta razón, he propuesto llamar “Hombre Situado”(G. Burdeau – La democracia) Al reconocerse que el progreso humano debe realizarse a la vez en el individuo, se reconoce que el derecho a la educación de todo hombre situado lo beneficia a le y a toda la sociedad que integra. En la democracia liberal se considera la libertad como condición innata, proteger esa libertad frente a los abusos del poder. E. Fromm (en “Miedo a la libertad”) utiliza las expresiones “Libertad de” y Libertad para” con el fin de distinguir las dos formas de libertad. La primera supone la no existencia de una autoridad individual o colectiva entre una y otra conducta o idea en las situaciones concretas que presenta la vida. J. P. Sartre, que define la libertad como “la posibilidad que todo hombre tiene de hacer algo con lo que se ha hecho de él” reconocerá que quienes podrían gozar esa libertad eran solo aquellos a quienes las circunstancias de vida y educación habrían hecho personas libre. Se puede aceptar con Riesman, que personas autónomas son aquellas capaces de ajustarse a las normas de comportamiento de sus sociedad pero que son libre para decidir ajustarse a ellas o no. Esta autonomía, como lo afirma J. Piaget, es uno de los fines de la educación. Si se admite el derecho a ella. Como el Hombre por si no puede asegurar su existencia ni conquistar su libertad, es el Estado a quien le corresponde asegurar las condiciones de vida que permiten a los hombre un derecho integral. “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad y el fortalecimiento del respeto a los derechos del hombre y a las libertades fundamentales, favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la Paz” (Art. 26 – Declaración Universal de los Derechos Humanos)

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El derecho a educar. La familia, la sociedad, la Iglesia, el Estado han ejercido y aun ejercen en grados distintos el derecho a educar imponiendo valores y persiguiendo el consentimiento del educando desde la niñez. El hecho de que la sociedad asegure su continuidad por la educación conduce a que las generaciones adultas influyan naturalmente sobre las nuevas generaciones. Cuando el incremento de conocimientos y destrezas hizo necesario acelerar el proceso de transmisión natural, se crearon instituciones docentes y quedo establecido el derecho a educar. Los fines de la educación como no podían ser otros que la aceptación de los conocimientos, normas y valores de las generaciones adultas. La aparición de las primeras escuelas respondió a móviles religiosos, que se asociaron a móviles políticos dada la vinculación de la Iglesia con el Estado en las naciones Occidentales. La iglesia organizo escuelas porque tenía firmes convicciones acerca de la naturaleza del mundo y del hombre y era conocida como guardiana de la forma en que se debía vivir.

Concepto de estado. Debe ser:  Neutra, utilizable en cada uno de los casos.  Homogénea, no puede asociar diversos elementos para concebir al Estado como la suma de ellos.  En contacto con la realidad evitando el riesgo de empeñarse en una construcción teórica  Justificar las particularidades de cualquier régimen estático, debe servir tanto para reconocer su existencia como para suministrar una explicación de los rasgos singulares que caracterizan a cada Estado. Burdeau afirma que hay un elemento que puede satisfacer todas las exigencias: el Estado como soporte abstracto del Poder político, solidario a cierta idea de derecho. El estado existe porque es pensado por los gobernantes que ven en él la fuente de su autoridad y por los gobernados que los consideran sede del Poder.

Libertad de enseñar. Esta expresión en Francia fue utilizada para defender la libertad del trabajo de los maestros. También fue utilizada por los padres no católicos para liberar a sus hijos de la enseñanza dogmática. También para quienes rechazan la escuela laica y popular para que puedan existir escuelas privadas de carácter religioso. La coexistencia de escuelas públicas y privada que en consecuencia de la libertad de enseñanza, platea problemas en cuento la intervención del Estado en defensa del derecho a la educación del niño frente a imposiciones de los padres. En el nivel de enseñanza primaria la libertad de enseñanza ofrece los mayores riesgos con respecto a los fines de la educación, porque supone otorgar a cualquier maestro el derecho a educar en sunción de su modo personal de concebir al hombre y a la sociedad. Las palabras libertad y enseñanza provocan una reacción favorable para su defensa. En la enseñanza primaria la relación educador- educando tiene características específicas ya que no existe reciprocidad sino el ejercicio de una autoridad. La anticipación del desarrollo afectivo en la niñez, imposibilita al educando oponer resistencia a los valores y las ideas que se le impone y esto puede trabar su posterior juicio crítico sobre los mismos. “Libertad de enseñanza” lesiona el derecho a la educación del niño en lo que se refiere a su posterior autonomía. Burdeau destaca tres libertades o derechos inherentes a la idea de democracia:  la libertad de enseñar, tiene como límite el derecho a la educación (art. 26)  la de aprender  la de elegir el maestro. Estas dos últimas no pueden ser ejercidas por el niño.

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Dahiana Barboza Pedagogía - 2 do D 12 de junio 2015 Esas libertades asimilables a la libertad de pensamiento de expresión constituyen la esencia de la democracia, favorece la formación de conciencias libres. Pensar y expresarse libremente en el aula o en la vida es favorable para la libertad de todos.

Monopolio de la enseñanza. La finalidad con que el Estado monopoliza la enseñanza puede variar desde el ejercicio de un derecho a educar absoluto para mantener determinada estructura social hasta la forma de satisfacer el derecho a la educación de todos, garantías de igualdad. “Los que disponen del Poder del Estado están deseando siempre mantener un orden de cosas determinado. Por ello siempre tratan de persuadir a sus sujetos (…) a que acepten como su fuera verdaderas y razonable algunas soluciones (…) Esa es una de las razones por las cuales se hace necesario que la instrucción que proporciona el Estado se complemente (…) con la educación dada por particulares”. (A. Huxley – El fin y los medios) El movimiento de Escuelas Nuevas se inició en instituciones privadas y en el Uruguay, la Reforma Vareliana se gestó en la Escuela Elbio Fernández, para extenderse luego a las escuelas públicas. “Es obvio que puede haber una educación revolucionaria, pero siempre después que la revolución ha triunfado” (A. Solari – Cuadernos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales)

Política educativa en un Estado democrático ideal. La democracia reclama que el Poder político emerja del pueblo y que la finalidad de su ejercicio es la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales y la defensa de los derechos civiles y políticos. En este último aspecto tienen prioridad la satisfacción de los derechos de la educación. “No es solo el derecho a frecuentar una escuela, sino que es también el derecho a una educación que procure el pleno desenvolvimiento de la personalidad, el derecho a encontrar en la escuela todo lo que es necesario para la construcción de una razón activa y de una conciencia moral viva” (J. Piaget – El derecho a la educación en el mundo actual). Si bien los gobernantes no son los propietarios, sino los instrumentos de un Poder, en los hechos sus disposiciones pueden alejarse en mucho de lo jurídicamente establecido. Puedo creerse que el sufragio universal era la auténtica representación del pueblo, pero las condiciones de trabajo, la falta de educación, la mala información y las formas de propaganda electoral, tienden a la enajenación del ciudadano en lo económico y en lo espiritual. Cuando falta un planteamiento educativo, cuando no se coordinan las enseñanzas, cuando se niegan los recursos necesarios a las instituciones, docentes oficiales para que cumpla su función, cuando no se ofrece asistencia social al educando, cuando se restringe la libertad de expresión, etc., el Estado no tiene una política educativa que responda a un ideal democrático.

Proceso histórico de la política educativa en Uruguay. La obra de Varela supuso el enfrentamiento de un nivel alto de clase media a la fuerza “oligárquica de una clase que se cree superior” En 1826, la primera sala de Representantes dispone la creación de escuelas de primera letra en todos los pueblos de la Provincia. “Las escuelas de primeras letras que no estén dotadas por el Estado quedan en su misma libertad, pero bajo la inspección de las Juntas Inspectoras” (Art. 9) En 1847 se crea el Instituto de Instrucción Pública, la introducción a esa ley justifica el monopolio de la enseñanza por el Estado, “La educación del hombre es el germen creador de la prosperidad de las Naciones y de la felicidad de los pueblos, porque en ella reside el saber que da las buenas instituciones (…) Esa atribución es exclusiva de los Gobiernos Mandatarios (…) a quienes está confiado el deposito sagrado de los dogmas y principios que basan la existencia de la sociedad (...) de ellos solo es la responsabilidad …” Este criterio no condujo a impedir la existencia de escuelas particulares sino que las sometió a la fiscalización del Instituto.

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Dahiana Barboza Pedagogía - 2 do D 12 de junio 2015 La enseñanza media y universitaria de los establecimientos privados estuvo regida por el Reglamento de 1847 hasta la creación de la Universidad de la Republica en 1849. En 1850 se decreta el monopolio de la enseñanza universitaria. El Decreto-Ley del 24 de agosto de 1877 consagra la Reforma Vareliana. La política educativa del Estado democrático, se manifiesta en tres principio que orientan la Reforma: obligatoriedad, gratuidad y laicidad. La obligatoriedad defendida por Varela, limita el derecho del padre instituidos tradicionalmente. Cuando expresa que la ignorancia no es un derecho sino un abuso, jerarquiza el valor de la educación para el progreso del pueblo. Esta gratuidad supone una nueva función del Estado democrático. Burdeau legitima la intervención del estado por tres motivos: 1. La necesidad de formar ciudadanos 2. La formación de técnicos 3. La cultura no puede ser privilegio reservado a algunos. “La escuela verdaderamente abierta a todos no puede ser más que una escuela del estado” (G. Burdeau – Les libertés publiques) La constitución de año 1917 establece que la enseñanza superior, secundaria y primaria será administrada por consejos autónomos. Existían proyectos de ley que determinaban la exigencia de poseer títulos oficiales para ejercer la docencia en niños. La constitución de 1966 dispone la obligatoriedad de la enseñanza media.

LAICIDAD. Significación del término. El término proviene de laos, pueblo no diferenciado, en oposición klero que en griego designa lo clasificado por la sociedad, clase social que detona ciertos privilegios. El término laico designo a quien no pertenecía al clero pero estaba sometido a la autoridad de este. De laico derivo laicismo que denomina a la doctrina que defiende al hombre y a la sociedad civil de influencias eclesiásticas porque considera a las religiones y a los cultos como fenómenos ajenos al Estado. El laicismo dio origen al Estado laico que reconoce la multiplicidad de concepciones de vida y mantiene una posición neutral con respecto a ellas garantizando el libre ejercicio de todos los cultos. Se llama laicizar el hacer una institución independiente del poder religioso. Como consecuencia de las luchas ideologías es común interpretar laicidad como ateísmo o anti religiosidad. Laicidad no es ateísmo, es libertad en el orden del pensamiento y respeto a esa libertad en los otros.

Los derechos humanos y la laicidad. La laicidad supone un ideal de conciencia basado en el respeto reciproco entre personas, cualquiera sea su posición en los dominios de la religión, la filosofía y la política. “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión” (Art. 19). “este juego de libertades y de respeto a esas libertades, esta relación de derecho y de deber, es lo que, en esencia constituye la LAICIDAD” Para definir laicidad hay que evitar la palabra tolerancia que insinúa que se soporta como por favor las ideas contrarias a las propias, la laicidad no reclama generosidad sino justicia que emana de la idea de igualdad de los hombres ante el derecho. El ser humano no es laico por naturaleza, es egocéntrico, tiene una inclinación hacia actitudes opuestas a ella, la conducta laica exige un proceso educativo adecuado.

Educación laica: sus métodos. Quienes consideran importante mantener los valores y las jerarquías, para lograrlo creen necesaria la formación dogmática. En cambio quienes asignan a la educación la función de superar al hombre y a las

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Dahiana Barboza Pedagogía - 2 do D 12 de junio 2015 sociedades en lo que a la justicia y a las libertades se refiere, encuentra inconvenientes la imposición de ideas y sentimientos que pueden ser obstáculos para nuevas formas de vida. “El valor de la educación está subordinado a los métodos con que se educa” La conducta que se desea lograr en el niño no debe ser conseguida por medios que generen una situación de sometimiento a la autoridad porque esto puede ser obstáculo para la afirmación de sí mismo y para una correcta socialización “En la vida del maestro los niños pasan; en la vida de los niños, los maestros se quedan”. La represión violeta de los impulsos naturales del niño según Freud origina un deseo de dependencia que condiciona la conducta del alumno. El aprendizaje supone en primer lugar que una conducta no innata sea practicada, entre el estímulo y la reacción aparecen procesos intermedios. En las conductas primitivas la reacción sigue al estímulo. “lo mejor que aprendemos no es en efecto la suma de saber positivo, sino quien aprendemos a pensar, llegamos a tomar posición independiente mediante miembros intermedios acertados” (Koffka – Bases de la evolución psíquica) Para la educación laica no importa la posición personal del educador, lo que importa son los métodos educativos que se utilicen. La tarea de la educación seria la confrontación de dos seres en situación y de dos libertades, el problema que la educación plantea es el encontrar el medio de no suprimir la libertad del alumno.

El pensamiento reflexivo. Los métodos de enseñanza religiosa utilizan amenazas cuya efectividad el niño no puede juzgar, entonces las culpas de las transgresiones frente a la autoridad y la necesidad de su perdón, crean una cadena interminable de ofensas, sentimientos de culpabilidad y necesidad de absolución que conservan al sujeto ligado a la autoridad y agradecido a su perdón sin que este se atreva a criticar las demandas de la autoridad. “El método más efectivo para debilitar la voluntad del niño es provocar su sentimiento de culpabilidad” (E. Fromm – El miedo a la libertad.) Una educación para la libertad está obligada a cultivar una actitud opuesta, la de dudar frente a las creencias impuestas, cultivando el pensamiento reflexivo y logrando paralelamente un desarrollo emocional favorable para una progresiva seguridad en sí mismo. La escuela nueva, laica por esencia, utiliza métodos activos que sustituyen la enseñanza verbalista, impuesta al niño por autoridad, por una enseñanza en base a experiencias seleccionadas y dirigidas, que el niño realiza en un clima de libertad y colaboración. “la inteligencia no puede operar libremente cuando la interfieren con demasiada frecuencia y violencia, sanciones que provocan emoción”. La educación laica favorecela duda, cultiva la observación objetiva de la realidad y hace posible el pensamiento reflexivo y el juicio crítico. El maestro en vez de estar interesado por la respuesta correcta del niño se preocupa por lograr el que pensamiento sea producto de una autentica actividad mental y no de la memorización de lo aprendido.

El sentimiento y la idea de la igualdad de los hombres. El ideal de la laicidad es la integración del pensamiento reflexivo con el sentimiento de igualdad de los hombres, crear conciencia de igualdad imprescindible para el respeto por su raza, religión o ideologías. El maestro laico no solo piensa en los resultados inmediatos sino también en aquellos que se darán en el tiempo y que puedan hacer en los alumnos hombres libres y respetuosos, maestro que evita cuidadosamente métodos dogmáticos. La escuela pública laica no tiene en cuenta ni las creencias religiosas, ni las posiciones políticas de los padres o si sean estos pobre o ricos, negros o blancos, los habitúa a respetarse mutuamente.

Proceso de laicización en el Uruguay y acción d José Pedro Varela. El proceso de laicización de las instituciones públicas en Uruguay iniciado en 1861, culminan en el año 1917 con la aprobación de una Constitución que estableció la separación de la Iglesia del Estado. Esto supone el reconocimiento de la libertad de creer y practicar cada uno su creencia. “La separación de la Iglesia y el Estado la empezó a agitar, por primera vez en el país, José Pedro Varela a mediados de la

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Dahiana Barboza Pedagogía - 2 do D 12 de junio 2015 década del 60, destacado en la misión de Francisco Bilbao el predicar incesante la separación de la Iglesia y el Estado como base de todo progreso.” (A. Ardao – Racionalismo y liberalismo en el Uruguay). Varela fue el iniciador del proceso de laicización. Varela valora la formación científica e independencia la formación moral de la enseñanza religiosa. “La moral enseña, en realidad, por la práctica de la justicia, de la verdad y del deber, por la admiración de todo lo que es justo y bueno y la reprobación y castigo de todas las violaciones de la ley natural. El objeto de la enseñanza de la moral en la escuela no debe ser dar nociones de moral a los niños, sino enseñarles a ser morales”. (J. P. Varela – Obra citada) Varela defiende la escuela laica por dos razones: 1. Por ser el Estado una institución política y no religiosa, la escuela pública establecida por un Estado laico ha de ser laica. 2. Por la situación de los niños cuyos padres pertenecen a una religión que no es la que se enseña en la escuela ya que o recibían una instrucción contraria a las creencias de sus padres o se les obligaría a estar excluidos de la enseñanza. Esta enseñanza no puede ser realizada por maestros ajenos a los conocimientos. Varela no destierra la enseñanza de la religión de las escuelas públicas, sino que la limita y determina que debe ofrecerse fuera de las horas de clase. Las ideas de Varela y las de quienes lo apoyaron en su Reforma Escolar en la conciencia del pueblo el convencimiento de que la escuela debe ser laica y en 1909 la ley suprime toda enseñanza práctica religiosa en las escuelas públicas.

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BIBLIOGRAFÍA.  Reyes, Reina (1972), El Derecho a Educar y el derecho a la Educación, Editorial Alfa.  CONSEJO DE EDUCACIÓN PRIMARIA (2007), Breve análisis histórico de la educación en el Uruguay http://www.cep.edu.uy/archivos/programaescolar/analisis_historico.pdf

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