Requisitos y Prohibiiones para Optar A La Alcaldia
July 7, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Requisitos y Prohibiiones para Optar a la Alcaldia, concejo mpal y diputaciones.
En el Codigo Municipal . DECRETO NUMERO 12-2002 ARTICULO 43. Requisitos para optar al ar!o "e alal"e# s$%"io o o%e&al. Para ser electo alcalde, síndico o concejal se requiere: a)
Ser guatemalteco de origen y vecino inscrito en el distrito municipal.
b)
Estar en el goce de sus derechos políticos.
c)
Saber leer y escribir.
ARTICULO 4'. (ro)i*iio%es. No pueden ejercer las unciones de alcalde, síndico o concejal: a) El inhabilitado judicialmente por sentencia irm! por delito doloso o sujeto a auto de prisi"n preventiva. b) El que directa o indirectamente tenga parte en servicios p#blicos, contratos, concesiones o suministros con o por cuenta del municipio. c) El deudor por ian$as o alcances de cuentas a los ondos municipales. d) %uando e&ista parentesco dentro de los grados de ley entre los electos. Si el parentesco uere entre el alcalde y uno de los síndicos o concejales, se tendr' por electo al alcalde. Si uere entre otros miembros del %oncejo (unicipal, se tendr' por electo al síndico o concejal que tenga a su avor la adjudicaci"n preerente, len'ndose ipso acto la vacante que se produ$ca por ese motivo, en la orma que establece la *ey Electoral y de Partidos Políticos. Si posteriormente a la elecci"n el alcalde, el síndico o el concejal resultaren incluidos en cualesquiera de las prohibiciones de este artículo, una ve$ comprobada plenamente, el %oncejo (unicipal declarar' vacante el cargo y solicitar' al +ribunal Supremo Electoral la acreditaci"n del sustituto.
ARTICULO +2. (ro)i*iio%es. No podr'n ser nombrados ni ejercer un cargo municipal: a) *os parientes del alcalde, de los síndicos o de los concejales, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de ainidad. b) *os contemplados en el artículo - de este %"digo.
c) *os que hubieren manejado, recaudado, custodiado o administrado ondos, bienes y valores del Estado o del municipio, si no hubiera rendido cuentas y obtenido iniquito. Si al tiempo del nombramiento o posteriormente, el nombrado resultare incluido en cualesquiera de las prohibiciones contenidas en este artículo, se declarar' vacante el cargo y, en su caso, se el indemni$ar' de conormidad con la ley.
Constitucion Politica De la Republica de Guatemala. Art$ulo 113. 113. Dere)o a optar a e,pleos o ar!os p*lios. *os guatemaltecos tienen derecho a optar a empleos o cargos p#blicos y para su otorgamiento no se atender' m's que a ra$ones undadas en m!ritos de capacidad, idoneidad y honrade$.
Art$ulo 13. De*eres / "ere)os pol$tios. Son derechos y deberes de los ciudadanos: a) nscribirse en el egistro de %iudadanos/ b) Elegir y ser electo/ c) 0elar por la libertad y eectividad del suragio y la pure$a del proceso electoral/ d) 1ptar a cargos p#blicos/ e) Participar en actividades políticas/ y ) 2eender el principio de alternabilidad y no reelecci"n en el ejercicio de la Presidencia de la ep#blica. Art$ulo 10. Autoriai% a "iputa"os para "ese,pear otro ar!o. *os diputados pueden desempe3ar el cargo de ministro o uncionario de Estado o de cualquier otra entidad descentrali$ada o aut"noma. En estos casos deber' conced!rseles permiso por el tiempo que duren en sus unciones ejecutivas. En su ausencia temporal, se proceder' de conormidad con el #ltimo p'rrao del artículo 4-5. Art$ulo 12. Requisitos para el ar!o "e "iputa"o. Para ser electo diputado se requiere ser guatemalteco de origen y estar en el ejercicio de sus derechos ciudadanos. Art$ulo 14. (ro)i*iio%es / o,pati*ili"a"es. No pueden ser diputados: a) *os uncionarios y empleados de los 1rganismos Ejecutivo, 6udicial y del +ribunal y %ontraloría de %uentas, así como los (agistrados del +ribunal Supremo Electoral y el 2irector del egistro de %iudadanos/ b) 7uienes desempe3en unciones docentes y los proesionales al servicio de establecimientos de asistencia social, est'n e&ceptuados de la prohibici"n anterior/ a) *os contratistas de obras o empresas p#blicas que se costeen con ondos del Estado o del municipio, sus iadores y los que de resultas de tales obras o empresas, tengan pendiente reclamaciones de inter!s propio/
b) *os parientes del Presidente de la ep#blica y los del 0icepresidente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de ainidad/ c) *os que habiendo sido condenados en juicio de cuentas por sentencia irme, no hubieren solventado sus responsabilidades/ d) 7uienes representen los intereses de compa3ías o personas individuales que e&ploten servicios p#blicos/ y e) *os militares en servicio activo. Si al tiempo de su elecci"n, o posteriormente, el electo resultare incluido en cualquiera de las prohibiciones contenidas en este artículo, se declarar' vacante su puesto. Es nula la elecci"n de diputado que recaiga en uncionario que ejer$a jurisdicci"n en el distrito electoral que lo postule, o que la hubiere ejercido tres meses antes de la echa en que se haya convocado a la elecci"n. El cargo de diputado es compatible con el desempe3o de misiones diplom'ticas temporales o especiales y con la representaci"n de 8uatemala en congresos internacionales. Art$ulo 2'4. o*ier%o Mu%iipal. El gobierno municipal ser' ejercido por un concejo el cual se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por suragio universal y secreto para un periodo de cuatro a3os, pudiendo ser reelectos. Art$ulo 2'+. Dere)o "e a%te&uiio "e los alal"es. *os alcaldes no podr'n ser detenidos ni enjuiciados, sin que preceda declaraci"n de autoridad judicial competente de que ha lugar a ormaci"n de causa, salvo el caso de lagrante delito.
Le/ "el Re%ap Art$ulo '0. Del Dou,e%to (erso%al "e I"e%tiiai%. El 2ocumento Personal de dentiicaci"n que podr' abreviarse 2P, es un documento p#blico, personal e intranserible, de car'cter oicial. +odos los guatemaltecos y los e&tranjeros domiciliados mayores de dieciocho 94) a3os, nscritos en el EN;P, tienen el derecho y la obligaci"n de solicitar obtener el 2ocumento Personal de dentiicaci"n. %onstituye el #nico 2ocumento Personal de dentiicaci"n para todos los actos civiles, administrativos y legales, y en general para todos los casos en que por ley se requiera identiicarse. Es tambi!n el documento que permite al ciudadano identiicarse para ejercer el derecho de suragio. El reglamento respectivo regular' lo concerniente al 2P.
Art$ulo '. Co%te%i"o. El 2ocumento Personal de dentiicaci"n
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