Relación de La Ética Con El Derecho

December 12, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Universidad Bolivariana de Venezuela Aldea Juan José Mendoza Estudios Jurídicos 7o !eestre Ensa"o

RELACION ENTRE LA ETICA Y DERECHO

#nte$rante %éstor &arrillo' ()*+,),-. &araballeda /0 1unio de 2-//

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Ética y Derecho.

¿Qué es la Ética? La Ética es una ciencia normativa ya que estudia lo que es normal, pero no lo normal de hecho, que es lo que suele suceder, sino lo normal de derecho, o sea lo que debería suceder, por lo tanto la Ética es una ciencia que estudia lo normal de derecho. Entonces podemos decir que se está actuando de un modo ético cuando en esta conducta lo normal de hecho coincide con lo normal de derecho. La Ética como toda ciencia posee un método por medio del cual se tenga un conocimiento profundo de la conducta humana. El cual consiste en los siguientes  pasos: bse b serv rvac aci! i!n. n. Este Este paso paso ta tamb mbié iénn es pr prop opio io de dell méto método do ci cien entí tífi fico co.. La observaci!n no solo consiste en acercarse al hecho real y percibir a través de los sentidos en forma penetrante y amplia. Evaluaci!n. " partir de la percepci!n del acto por medio de la observaci!n, se emitenn un #uici emite #uicioo de valor moral, es decir tratar de catalogar catalogar el acto observado observado dentro de las categorías morales previamente establecidas estudiadas como pueden ser: reprobable, honesto, obligatorio, bueno, amable, recomendable, etc. Es necesario e$istan matrices de valoraci!n moral para así poder catalogar con más detalle el acto estudiado. %ercepci!n a$iol!gica. Es este aspecto se trata de descubrir en forma personal los valores que todavía no se ha sido capa& de descubrir o percibir en este acto. 'na ve& hecho esto podemos darle un valor al acto estudiado de acuerdo a una escala de valores. La Ética es la parte de la filosofía que trata de la moral y las obligaciones del hombre. En otras palabras, es la ciencia de la conducta. Entendemos por actitud constante (con#unto de acciones consientes) dirigidas hacia un fin. La ética viene a ser  en c!digo de reglas o principios morales que rigen la conducta, considerando las

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acciones de los seres humanos con referencia a su #usticia o in#usticia, a su tendencia al bien o a su tendencia tendencia al mal. "sí "sí decimos que la ética es normativa, porque busca un ideal o norma, seg*n el cual se pueden formula formularr las reglas y leyes de la conducta. "sí que la conducta ética viene a ser sencillamente una conducta de acuerdo con ciertas normas.

Características de la Ética. La Ética es un con#unto de normas que un su#eto ha esclarecido y adoptado en su propia mentalidad. Es el hecho real que se da en la mentalidad de algunas personas, es un con#unto de normas a saber, principio y ra&ones que un su#eto ha reali&ado y establecido como una línea directri& de su propia conducta. La Ética surge como tal en la interioridad de una persona, como resultado de su propia refle$i!n y su propia elecci!n. La Étic Éticaa in infl fluy uyee en la co cond nduc ucta ta de un unaa pe pers rson onaa pe pero ro de desd sdee si mism mismaa conciencia y voluntad. En la lass no norm rmas as éti ética cass des desta taca ca la pr presi esi!n !n del valor valor ca capt ptado ado y apr apreci eciado ado internamente como tal. El fundamento de la norma Ética es el valor, no el valor  impuesto desde el e$terior, sino el descubierto internamente en la refle$i!n de un su#eto.

¿El derecho es un fin o un medio?  +ui&á la primera cuesti!n que debemos plantearnos es si el erecho debe ser tenido como un medio o como un fin en sí mismo. - la segunda cuesti!n consiste en que, si consideramos que el erecho es un medio, nos hace falta saber el fin al cual apunta en otras palabras, /el erecho es un medio para lograr qué0  esde mi punto de vista, el erecho definitivamente es un medio porque lo que pretende es organi&ar la vida humana, se trata simplemente de un

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instrumento instrum ento para facilitar facilitar y permitir permitir la vida en sociedad sociedad es un procedi procedimient miento, o, una técnica, que contribuye al logro del fin propuesto. " veces se plantean las cosas en términos circulares y, mediante ese artificio, se pretende convertir al erecho en un fin. %or e#emplo, esto sucede cuando se dice que el fin del erecho es lograr un Estado de erecho, por  consiguiente, el fin del erecho es el erecho mismo. 1reo que hay error en este ra&onamiento porque el propio Estado de erecho no es sino un medio  para lograr otras cosas, co como mo puede ser una vida humana digna, el e#ercicio de la libertad y otros ob#etivos similares. e la misma manera, cuando se dice que el erecho persigue la seguridad  #urídica, tenemos que entender que la seguridad #urídica #u rídica a su ve& es la atm!sfera o la pre2condici!n para el desarrollo o el logro de otros valores involucrados, %or tanto, la seguridad #urídica sigue siendo un medio. %or *ltimo, se puede plantear que el erecho tiene un valor propio, un valor intrínseco a su propio campo y que es al mismo tiempo su fin esencial, la  #usticia. %ero la #usticia tampoco es un fin en sí mismo sino un medio para conseguirr otros fines en circuns consegui circunstancia tanciass difíciles difíciles.. %orque la #usticia #usticia es la forma de distribuir proporcionalmente las venta#as y las dificultades e$istentes que facilitan o impiden el logro de esos otros valores a los cuales la sociedad aspira. La #usticia qui&á no sería necesaria y ciertamente el erecho tampoco si viviéramos en una sociedad de absoluta abundancia, donde todas las metas  personales pudieran ser reali&adas sin referencia al problema pr oblema de la escase&. %ero como por definici!n definici!n los medi medios os materia materiales les son limitados limitados ya que el límit límitee es una condici!n inherente a su propia materialidad no es posible que todos encontremos cuando menos con la misma facilidad o al mismo tiempo los  bienes materiales que nos hacen falta para cumplir o lograr los fines espirituales que nos proponemos. "nte "nte este problema de escase&, surge la necesidad necesidad del reparto en el espacio o en el tiempo. 3i los bienes fueran absolutamente abundantes, podríamos usarlos sin ninguna referencia al erecho.

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 Esto significa que, frente a la escase&, tenemos que establecer unidades en el esp espac acio io y4 y4oo en el ti tiem empo po y recono reconocer cer a ci ciert ertas as pe perso rsonas nas derec derecho hoss e$clusivos sobre esas unidades. %or e#emplo, dado que la tierra es escasa, no queda más remedio que dividi dividirla rla en propiedades propiedades y reconocer reconocer a ciertas personas la titularidad de ciertas parcelas. En cualquiera de estos dos casos, surgen los derechos sub#etivos o indivi ind ividual duales. es. 1uando 1uando se tra trata ta de bienes bienes fungib fungibles les que desapar desaparecen ecen con su consumo esta asignaci!n o divisi!n es tanto más importante: si tenemos die& naran#as y hay die& personas que necesitan comer para no morir, una noci!n elemental de #usticia nos dice que le corresponde una naran#a a cada uno. e mane manera ra qu quee no in ingr gres esan an al e ere rech choo ci cier erta tass co cosa sass po porq rque ue so sonn importantes import antes para el hombre ingresa ingresann las cosas porque son escasas y por tanto, tanto, requieren un orden para su aprovechamiento. tro criterio para que ciertas situaciones sean reguladas por el erecho es porque afectan las relaciones humanas y ponen en peligro la vida en com*n ra&!n por la cual se prohíbe el homicidio, el robo y otras conductas antisociales. En esta medida el erecho regula situaciones sociales a fin de asegurar la vigen vi genci ciaa de ci ciert ertos os va valo lores res mo moral rales es en lo loss qu quee la socie sociedad dad cree cree y cuya cuya inobservancia por unos afecta a otros: éste es el caso del erecho de 5amilia. %or tanto, no es correcto decir que el erecho no es sino una suerte de transcripci!n imperativa de los valores morales. 6i tampoco puede decirse que los aspectos morales más importantes son recogidos y respaldados por el erecho a fin de que no queden al libre arbitrio de la persona. En realidad,  puede haber aspectos morales de la mayor importancia que no son #uridi&ados, s!lo se incorporan al erecho aquellos que se refieren a bienes escasos y a situaciones que afectan la vida en com*n. 6o cabe duda de que la obligaci!n moral de no alimentar el deseo de matar a otra persona es tan grave e importante como la obligaci!n moral de no matar a otra persona pero s!lo ésta

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*ltima es incorporada al erecho porque s!lo ésta *ltima tiene consecuencias sociales. "hora bien, el erecho es mal concebido con mucha frecuencia como simplemente el bra&o armado de la Ética, como un sistema de prohibiciones  basado en los imperativos morales a fin de que la sociedad se comporte en forma correcta. %or es eso, o, cu cuan ando do la cr crea eati tivi vida dadd de dell hombre hombre pa parec recee orient orientar arse se hacia hacia caminoss que pueden ser destructivo camino destructivos, s, cuando la invest investigaci! igaci!nn científica científica parece salirsee de los límit salirs límites es morales, mucha gente se vuelve hacia el erecho a fin de que colabore con su fuer&a coercitiva en poner barreras a esas conductas que se consideran peligrosas e inmorales. 3in embargo, las relaciones entre la moral y el erecho son algo más complicadas. - por eso es conveniente que nos preguntemos sobre la naturale&a y las funciones del erecho: /es realmente el erecho algo así como el %olicía de la Ét Étic ica0 a0 /El /El de dere recho cho es si simp mple leme ment ntee un in inst strum rumen ento to im impe perat rativ ivoo de represi!n moral de las conductas sociales0 - aun si no fuera solamente ése su  papel, /puede imponer el erecho limitaciones a las actividades de los hombres en nombre de la Ética0

Relaciones entre la Ética y el Derecho. El derecho es un con#unto de normas que rigen la conducta humana y en esto se  parece a la Ética, sin embargo, difieren entre las normas propias de cada una. E$isten cuatro diferencias principales: a) Las norma normass de la É Ética tica son son aut!no aut!nomas mas (cada individuo individuo debe darse darse sus normas  propias) y las del erecho son heter!nomas (las normas provienen de una autoridad diferente al individuo).  b) Las normas de la Ética rigen aspectos internos y las del erecho aspectos e$ternos.

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c) Las norm normas as de la Ética son uni unilat latera erales les (el cumpli cumplirr una norma no implica implica el surgimiento de un derecho o una obligaci!n por parte de otras personas), y las del erecho son bilaterales (una obligaci!n implica un derecho y viceversa). d) Las Las nor norma mass de la Ét Étic icaa son inc incoe oerci rcibl bles es (a (aun un cu cuan ando do ti tien enen en un cará caráct cter  er  obligatorio, generalmente no conllevan un castigo e$plícito en el caso de no cumplirlas) y las del erecho son coercibles (la autoridad que ha establecido ciertas normas civiles, tiene la facultad de e$igir el cumplimientos de ellas, y  para llevar a cabo dicha tarea, impone vigilancia, fiscali&aci!n, sanciones, etc.). En resumen y para concluir, la relaci!n entre la Ética y el erecho no es tan obvia ni tan inmediata como a veces se piensa. 6o cabe la menor duda de que la ética es una dimensi!n importante de la persona humana. %ero esto no significa que cada as aspe pect ctoo de nu nues esttra vi vida da sea sea si sim mpl plem emen ente te un unaa e$ e$pr pres esii!n de la 7or oral al.. específicamente el erecho no puede ser reducido a una 7oral en pie de guerra, a una suerte de ética con uniforme militar. %ero, sin per#uicio de que la 7oral constituya una atm!sfera envolvente de todas las las ac acti tivi vida dade dess del del ser ser hu huma mano no,, el ere erech choo no se or orie ient ntaa di dire rect ctam amen ente te ni e$clusivamente a la reali&aci!n de los valores morales sino que tiene por ob#eto la organi&aci!n de la sociedad en funci!n de varios criterios, entre ellos, los morales. El erecho tiene que ser informado por la 7oral como todas las actividades de nuestra vida. %ero no todas las normas éticas pueden ser convertidas en normas  #urídicas ni tampoco todas las normas #urídicas deben tener su fundamento en normas éticas. 1ada una de estas disciplinas tiene su propio campo de acci!n (sin per#uicio de que que es esto toss ca camp mpos os se en entr trec ecru ruce cenn mu much chas as ve vece ces) s),, ca cada da un unaa ti tien enee su pr prop opio io ra&o ra&ona nami mien ento to,, su suss pr prop opio ioss méto método dos, s, su pr prop opia ia pr prob oble lemá máti tica ca,, su suss pr prop opio ioss  procedimientos y no es posible confundirlas entre sí ni derivar una de la otra.

La Ética y Aboacía 7

 

La abogacía es una profesi!n de medios y no de resultados. Lo cual quiere decir que no puede asegurar los resultados e$itosos, o anunciar que será el vencedor  en el litigio, utili&ando sus conocimientos #urídicos y estudios actuali&ados para el desempe8o de su oficio, es decir, se basara en todos los medios lícitos necesarios y  posibles para su logro. El abogado en ning*n caso, podrá asegurar a su patrocinado que su asunto tendrá é$ito para obligarlo a litigar, por el contrario tiene el deber de imponerle las circunstancias imprevisibles que pueden llegar a afectar las decisiones del asunto limitándose a emitir su opini!n sobre los méritos del caso. e igual forma el abogado deberá favorecer siempre un arreglo #usto entre las partes. 'n abogado tiene la notable influencia en su entorno tanto social, #udicial y admini adm inistr strati ativo vo puede puede un compor comportam tamien iento to negati negativo vo (corrupt (corrupto) o) cont contami aminar nar esos ámbitos. ebido a esto, se hace necesario y de vital importancia que el abogado act*e apegado al 1!digo de Ética.

Lo !ue atenta contra la Ética del Aboado  Corru"ci#n$ actuar intencionalmente contras las normas morales y #urídicas, las  buenas costumbres, es desestimar el orden p*blico, manipular la buena fe con fines el logro o interés personal.

Concus Con cusi#n i#n y %obo %oborno rno$$  el abogado en e#ercicio en su ministerio, directa o indirecta, intente o e#ecute actos de concusi!n, soborno o cualesquiera otros de corrupci!n incurre en grave falta contra el honor y la ética, sin per#uicio de las acciones legales a que hubiere lugar.

Deslealtad$ arreglo con la contraparte a espaldas de su patrocinado. &"iniones 'ersonales El principio principio fundamental que debe tener todo abogado es la Ética y la 7oral, 7oral, la cual hoy en día se ha perdido, debido a las acciones inmorales que se ha creado dentro de la abogacía, ya que el abogado tiene el deber de cumplir los reglamentos que nos indica la Ley de "bogados, donde uno de sus deberes es de obligatoriedad

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 para los abogados la defensa gratuita de los que han sido declarados pobres por los tribunales, otro seria que el abogado tiene el deber de ofrecer al cliente el concurso de la cultura y de la técnica que posee aplicándolas con rectitud de conciencia y esmero en la defensa ser prudente en el conse#o, sereno en la acci!n, y proceder con lealtad, colaborando con el #ue&, en el triunfo de la #usticia. El abogado de hoy en día, intenta día a día (sin resultados resultados positivos) cambiar  cambiar  la idea que tiene la poblaci!n sobre la actuaci!n de ellos, pero surge una interrogante /6os hemos puesto a pensar el porqué de esas ideas0, la respuesta es muy sencilla. 1onn el trans 1o transcu curri rrirr de dell ti tiem empo po el %rofes %rofesio iona nall de dell erec erecho ho se ha va vali lido do de su investidura para mane#ar las posibilidades a su conveniencia, pensando solo en su desarrollo personal, profesional y sobre todo econ!mico sin tomarle importancia a las consecuencias de sus actos. %or consiguiente, concluyo que lo antes e$puesto no enca#a con la llamada Ética que debe tener todo abogado, al contrario la están deshonrando ante la sociedad. En cualquier parte del mundo unos de los profesionales de importancia son los abogados, ya que son los encargados de la administraci!n de la #usticia y creaci!n de leyes, pero para ser abogado es indis indispensabl pensablee una certificaci!n certificaci!n universitaria, universitaria, pero es de muy suma importancia que en su interior, en su llamada esencia humana tenga unos valores éticos bien fi#ados. Los abogados deben ser personas sociables, carismáticas honestas y #usta, actuandoo siemp actuand siempre re ba#o las normas morales y cumplimento cumplimento todo el orden #urídico #urídico ya que de esta manera se ganara el respeto, admiraci!n y confian&a de sus clientes y demás colegas. 3i un abogado respeta a plenitud las normas #urídicas lo más seguro es que sea un gran administrador de la #usticia. El profesional del derecho se debe a sí mismo y a su misi!n de au$iliar a la  #usticia otorgada por la ley, una conducta íntegra y ce8ida a los parámetros de la moral, de la equidad, desprendimiento de sus propios intereses con tal de favorecer   plenamente aquellas necesidades del cliente que son siempre s iempre el motivo de su labor. "sí como hay abogados íntegros y de e#ercicios intachables que aman a su  profesi!n hay miles de abogados hoy en día graduados *nicamente por poseer un

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título están por el dinero más que por vocaci!n y amor a lo #usto. La #usticia no se hi&o para beneficio de uno solo, sino porque llamarla #usticia, todos somos iguales, merecemos y tenemos el mismo valor ante ella. 9a&la %resente en tu vida no de#es que uno solo se apropie de ella.

'rinci"ios (undamentales de la Ética 'rofesional Esta actividad impone del abogado dedicaci!n al estudio de las disciplinas que impliquen la defensa del derecho, de la libertad y de la #usticia. e igual forma, el abogado tiene como norte de su actuaci!n el servicio a la #usticia, el aseguramiento de la libertad y el ministerio del erecho. Luego de haber estudiado la Ética, las diversas corrientes, los tipos, los valores entre otros aspectos, se hace necesario comparar la actuaci!n de los abogados que toman en cuenta estos puntos y los que no los toman. 5inalmente podemos resumir que la ética trata de la moral las obligaciones y la conducta del hombre, dentro de la ética podemos definir algunas ramas que serían: la ética empírica que es la abocada a un relativismo más o menos terminante, 3i las creencias y los comportamientos tenidos éticamente como válidos varían de un individuo a otro y de un grupo social a otro. 7ien 7i entra trass que la ét étic icaa de bi bien enes es 3urg 3urgee del intent intentoo de ll lleg egar ar a co conoc nocer  er  científicamente la normativa moral. "hora bien los valores son características morales que toda persona posee, tales como la humildad, la piedad y el respeto así como todo lo referente al género humano.

El erecho es la más noble de las profesiones o el más vil de los oficios todo depende de la persona /-

 

 

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