Reglamento Interno Tránsito (RIT)_Codigo 2 44

December 16, 2017 | Author: L Brayan Ffv | Category: Truck, Transport, Pedestrian, Ambulance, Intersection (Road)
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Descripción: REGLAENTO INTERNOR CODIGO DE REGLAMENTO REGLAMENTO DE TRANCITO CODIGO DE 21234...

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Salud, Seguridad y Medio Ambiente Procedimiento HSE 2.44 Revisión: 23 de Marzo 2014 Página 1 de 26

REGLAMENTO INTERNO DE TRÁNSITO 1. OBJETIVO Establecer disposiciones básicas para prevenir incidentes y/o minimizar las consecuencias de los mismos, debido a la presencia inherente de riesgos en la conducción/operación de vehículos y/o equipos móviles motorizados. 2. ALCANCE Este reglamento aplica a todos los empleados del Proyecto Quellaveco, a sus empresas contratistas y visitantes que realizan desplazamientos vehiculares o con equipos móviles de superficie en actividades tales como viajes, capacitaciones, etc., y que guarden relación con el trabajo. 3. REFERENCIAS A continuación las referencias legales y corporativas: 3.1. Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito 3.2. Protocolos para el Control de Fatalidades y sus guías (AFRS) 3.3. DS. 055 - 2010 - EM, Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería (Art. 396) 3.4. Regla de ORO # 1, Aspectos básicos de seguridad 3.5. Regla de ORO # 6, Vehículos de transporte. 4. DEFINICIONES 4.1. Vehículos o equipos móvil motorizado (en adelante equipo) Aquellas unidades de auto desplazamiento, propulsión y combustión utilizados para tareas de supervisión, trabajos de movimiento de tierras y servicios auxiliares e izamiento de carga usados en la actividad minera y construcción. Se clasifican en: 4.1.1.Equipos livianos Se consideran equipos livianos a todas las unidades vehiculares asignadas a la línea de supervisión tales como las camionetas Pick Up 4X4, 4X2 y Automóviles. 4.1.2.Equipos de transporte de personal Son todo los Vehículos automotores de cuatro ruedas o más diseñados y construidos para el transporte de pasajeros tales como, camionetas rurales (Combis, Cousters), minibuses, buses. 4.1.3.Equipos de transporte de mercancía Vehículos automotores de cuatro ruedas o más diseñados y construidos para el transporte exclusivo de mercancía, se consideran los siguientes:  Vehículos de peso bruto vehicular de 3,5 toneladas o menos.  Vehículos de peso bruto vehicular mayor a 3,5 toneladas hasta 12 toneladas.  Vehículos de peso bruto vehicular mayor a 12 toneladas. 4.1.4.Equipo Auxiliar sobre llantas Se considera en esta categoría a los vehículos cuya velocidad de traslado sea mayor a 10 KPH y que estén montadas sobre llantas, tales como camiones/volquetes de hasta 50 Toneladas, cisternas de agua y combustible, niveladoras, retroexcavadoras, motoniveladoras, cargadores frontales, rodillos, grúas móviles, entre otras. 4.1.5.Equipo Auxiliar sobre orugas Se considera en esta categoría a los vehículos cuya velocidad de traslado sea menor a 10 KPH y que estén montadas sobre orugas, tales como Excavadoras, tractores sobre orugas, entre otras. 4.1.6.Equipo pesado Off Road Equipos mineros montadas sobre llantas u orugas que se encuentran dentro de los ciclos de carguío y acarreo de Mineral tales como camiones gigantes mayor a 50 Ton., palas de carguío (Hitachi, Cat, Komatsu) 4.2. Señales de regulación de tránsito Se entiende por señalización a todos los dispositivos, signos, demarcaciones del tipo oficial de la ordenanza del tránsito, instalado para regular la circulación de los vehículos y peatones. Incluye personal (vigía de tránsito) y conos que determinan lugar de acceso restringido o regulado.

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4.3.

4.4. 4.5.

4.6.

4.7.

4.8.

4.9.

4.10.

4.11.

4.12.

4.13.

Conductor u Operador Se denomina conductor u operador, a la persona que conduce u opera cualquier tipo de vehículo/equipo, con la documentación oficial vigente y con autorización interna, de acuerdo a disposiciones contenidas en el presente reglamento. Peatón Persona que transita o cruza una vía a pie dentro o fuera del proyecto. Camioneta escolta Es una camioneta Pick Up 4x4, que reúne los requisitos establecidos por el proyecto, que antecede o precede a un camión con carga sobredimensionada, con sustancias químicas peligrosas, convoy de camiones o equipo móvil motorizado que se desplazan por sus propios medios. La finalidad de este vehículo, es la de advertir a los conductores que se acercan, de la presencia de uno o varios vehículos o equipos y que por las características de su carga o tamaño generan condiciones especiales de tránsito. Luz estroboscópica (luz destellante) Dispositivo de seguridad utilizado por todos los vehículos o equipos dentro del Proyecto Quellaveco y en vías previamente señalizadas o indicadas (caso contrario deberá estar siempre con su cubierta, sobre todo en carreteras públicas), se deberá ubicar necesariamente al lado izquierdo de la unidad (lado del chofer), deberá tener una potencia entre los 5- 8 joules. Está prohibido el uso de circulinas (luz continua giratoria) y/o de bulbo. El uso de luz estroboscópica se clasifica de la siguiente forma: Rojo: Vehículos de emergencias (ambulancia y rescate) Azul: Vehículos de transporte de personal (Para diferenciarlo de los vehículos de SPCC, colocar cinta aislante color blanco por la mitad ecuatorial de la carcasa) Verde: Vehículos Livianos Ámbar: Equipos Móviles de Superficie Falla Mecánica La falla mecánica será cualquier evento atribuible a problemas mecánicos que se produzca en el vehículo y que no le permita continuar con su normal desplazamiento. Inspección de Pre-Uso (Check list) Actividad que efectúan los conductores/operadores antes de conducir/operar un vehículo/equipo a fin de verificar y/o identificar alguna condición subestándar del vehículo/equipo asignado. El Proyecto Quellaveco ha definido una periodicidad diaria, semanal, mensual y anual conforme el anexo 1. Prioridad vehicular Preferencia de paso de un vehículo o equipo móvil respecto a otros vehículos o equipo de diferentes características. Derecho de paso Preferencia de paso de un vehículo o equipo respecto a otro vehículo o equipo móvil de igual prioridad. Autorización interna para conducir/operar Autorización otorgada por el proyecto para la operación de vehículos o equipos que brindan servicio al proyecto, pudiendo realizarse este dentro o fuera del emplazamiento. Área de estacionamiento o parqueo Lugar autorizado para el estacionamiento de vehículos o equipo, según el estándar definido en el anexo 7. Infracciones de Tránsito Son aquellos incumplimientos detectados en los conductores/operadores al reglamento nacional de tránsito, al reglamento interno de transito del proyecto Quellaveco. Toda infracción de tránsito identificada dentro o fuera del Proyecto requiere acciones correctivas (ver anexo 9).

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5. RESPONSABILIDAD 5.1.

Conductores/Operadores 5.1.1. Debe poseer documentos vigentes conforme Legislación de Perú, y Licencia Interna de Proyecto Quellaveco, para conducir u operar vehículos y equipos. 5.1.2. Mantener siempre consigo su brevete, fotocheck con la autorización de manejo proporcionado por el Proyecto Quellaveco para operar equipos o conducir vehículos; sólo deberá operar vehículos o equipos para los cuales tiene la autorización brindada por el proyecto. (para más información refiérase al ítem 6.1.). 5.1.3. Realizar la inspección de pre-uso (Check list) de sus vehículos o equipos antes de operarlos. (Ver Anexo 1) 5.1.4. Los conductores que cuenten con vehículos livianos asignados durante el tiempo que dure su régimen de trabajo (14X7, 10X4, 5X2, etc.) documentarán su inspección de pre-uso (Check list) por lo menos una vez por semana, esta deberá realizarse también obligatoriamente al inicio de la jornada de trabajo y al final de la misma. 5.1.5. No utilizar ningún vehículo/equipo que presente condiciones subestándar que podrían causar un accidente. En caso de detectar una condición subestándar regístrela en la inspección de pre-uso (Check list) y comuníquela a su supervisor. Conducir/Operar un vehículo/Equipo solo después de que este sea reparado y sea verificado que está en buenas condiciones y que todos sus componentes de seguridad en buenas condiciones. 5.1.6. Cumplir el reglamento nacional de tránsito, el presente reglamento u otra norma, procedimiento, estándar que se genere posteriormente a este documento. 5.1.7. Los conductores deben acatar toda la señalización de tránsito, en especial aquella que regula velocidades, presencia de curvas, las prioridades vehiculares y el derecho de paso, etc., y en particular, velará por la seguridad de los peatones y animales pertenecientes a las comunidades vecinas a las instalaciones del Proyecto Quellaveco, que por ella transiten. 5.1.8. No conducir vehículos u operar equipos bajo la influencia de alcohol, drogas ni medicamentos que causen somnolencia o afecten su estado de alerta. 5.1.9. No se permite llevar alcohol o drogas en los vehículos/equipos. 5.1.10. Participar obligatoriamente en los dosajes de alcohol y drogas en caso origine o esté involucrado en incidentes o accidentes de tránsito o en caso lo disponga el Proyecto Quellaveco como una medida preventiva. 5.1.11. Use siempre su cinturón de seguridad y asegurarse que todos los ocupantes de su unidad lo lleven puestos antes de iniciar el movimiento de su vehículo/equipo. Todos los cinturones de seguridad de los vehículos y equipos deberán tener tres puntos de fijación, también deberán asegurar que los cinturones de seguridad se encuentren siempre en buenas condiciones. 5.1.12. El conductor de vehículos de transporte de personal es el responsable que todos los pasajeros utilicen correctamente el cinturón de seguridad. 5.1.13. Verificar que los vehículos/equipos cuenten con los dispositivos de seguridad exigidos para transitar, cruzar o trabajar en las áreas en construcción y en los caminos mineros en desarrollo (luz estroboscópica, etc.). 5.1.14. No fumar, no beber ni comer mientras conduce vehículo u opere un equipo. 5.1.15. Todos los conductores autorizados deben de participar obligatoriamente cada dos años en el curso de repaso de manejo defensivo establecido por el proyecto 5.1.16. No conducir ni operar equipos haciendo uso del teléfono celular o radio, cumpla con la política de uso de celulares y radios del Anglo American. En caso de requerir hablar por celular o utilizar la radio detenga su vehículo/equipo, para ello deberá ubicar una zona amplia que permite el libre tránsito, encenderá sus luces de estacionamiento luego de realizar esta maniobra podrá hablar por teléfono. 5.1.17. Detener el vehículo/equipo en un lugar seguro y descanse ante los síntomas de fatiga y/o somnolencia. Si se encuentra en el área de influencia del Proyecto Quellaveco comunique esto a su supervisor inmediato. 5.1.18. Todos los conductores sin excepción a fin de minimizar el riesgo de fatiga deberán cumplir con las pausas activas en los lugares indicados, tales como:

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Ruta hacia o desde: Moquegua – Campamento Quellaveco Moquegua -Huachunta

5.1.19.

5.1.20. 5.1.21.

5.1.22. 5.1.23. 5.1.24. 5.1.25. 5.1.26. 5.1.27. 5.1.28. 5.1.29. 5.1.30. 5.1.31.

Punto Obligatorio

1. Garita Aeropuerto 2. 3. 4.

Peaje Pampa Cuellar (progresiva 0+ 60) Chilligua (progresiva 0 + 84 ) Desaguadero (progresiva 0+111)

Efectuar una pausa activa significa que tanto el conductor como los demás miembros de la unidad deberán descender de la unidad, seguidamente procederán a realizar estiramientos tipo calistenia y a continuación realizaran la revisión de su unidad. (para el caso de los unidades de transporte de personal sólo bajara el conductor quien realizara lo indicado líneas arriba). (Mínimo 3 minutos) Es obligatorio reportar todo incidente o accidente de tránsito al: Centro de Control, su supervisor inmediato y a su supervisor de seguridad y salud ocupacional. Si un accidente con vehículos de propiedad o arrendado por la Anglo American Quellaveco, ocurre dentro o fuera de los instalaciones del Proyecto Quellaveco o en la vía pública, el conductor debe avisar inmediatamente al centro de control del Proyecto Quellaveco, a su supervisor y dejar constancia en la Policía Nacional del Perú, seguidamente someterse a los exámenes exigidos por ley para los fines pertinentes, especiales o efectos de activación del seguro. No abandonar su vehículo/equipo con el motor encendido, ni con la llave puesta en el contacto. En caso de que requiera dejar las llaves puesta en el contacto o dentro del vehículo deberá contar con la autorización de su supervisor. Es obligatorio que vehículos, camiones, grúas y equipos pesados queden cerrados con llave, al momento que el Conductor u Operador deba ausentarse o descender de la unidad. Si alguien debe subir a la tolva de una camioneta/camión apague el motor del vehículo/equipo, retire la llave del contacto y coloque las cuñas/tacos antes de subir a la tolva. Está prohibido que vehículos, equipos circulen con personas en las plataformas, parachoques, carrocería tolva y otros lugares impropios. El tránsito es siempre por el lado derecho de la vía. Inspeccione su vehículo o equipo al inicio de su turno, practique “la vuelta al gallo/perro” antes de subir y arrancar su vehículo/equipo. Si requiere transferir corriente alterna entre las baterías de dos vehículos, coloque los tacos de seguridad a ambos vehículos antes de iniciar esta actividad. Todo cambio de dirección de un vehículo u equipo debe anunciarse con 40 metros de anticipación con las luces direccionales, para tal fin. Respete las señalizaciones, prioridades vehiculares y los derechos de paso. Los límites de velocidad establecidos desde la ciudad de Moquegua al proyecto y viceversa son: Desde - Hacia

VELOCIDAD MÁXIMA

Tiempo Min (Minutos)

Ovalo - Cruce Malecón Rivereño Cruce Malecón Rivereño - Garita Cuajone (*)

35 Km/h 60 Km/h

Garita Cuajone - G. Aeropuerto

60 Km/h

6 25 18

Garita Aeropuerto - G. Quellaveco En cualquier camino o vía dentro del proyecto, donde no se indique lo contrario. Vías/caminos adyacentes a las oficinas. En vías/caminos bajo mantenimiento, zonas de construcción y controles de seguridad.

50 Km/H

36

50 Km/h 30 Km/h 30 Km/h Según regulación

Vías Interdepartamentales o en la interoceánica (asfaltadas). Se excluye (*)

especificada y establecida por el MTC

5.1.32.

En condiciones de clima adverso, de limitaciones en la visibilidad o mal estado de las

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5.1.33. 5.1.34. 5.1.35. 5.1.36. 5.1.37. 5.1.38. 5.1.39.

5.1.40. 5.1.41.

5.1.42. 5.1.43. 5.1.44. 5.1.45. 5.1.46.

5.1.47. 5.1.48.

5.1.49.

5.1.50. 5.1.51. 5.1.52. 5.1.53. 5.1.54.

vías de acceso aplique manejo defensivo (esto significa entre otras cosas disminuir la velocidad). Las luces delanteras deberán mantenerse encendidas en todo momento, inclusive dentro del site. Encienda los faros neblineros ante el primer indicio de neblina. Los peatones y los animales tienen derecho de paso sobre cualquier vehículo o equipo. Durante la noche, al aproximarse y/o seguir a un vehículo a menos de 200 metros, se deberá utilizar luces bajas. Toda carga transportada en vehículos o equipo debe estar debidamente asegurada. Sólo está permitido llevar personal dentro de la cabina de los vehículos/equipos y usando el cinturón de seguridad. Manténgase a una distancia segura del vehículo que tiene al frente (en su mismo carril). Use la regla de los 5 segundos o manténgase a 10 metros por cada 10 Km/hr de velocidad. Limpie regularmente su vehículo/equipo, especialmente los faros, espejos y las placas de rodaje. Además, las placas usadas en el transporte de Materiales Peligrosos (UN, DOT y Rombo NFPA), también deberán mantenerse limpias y visibles en todo momento. No se coloque nunca en las zonas ciegas de los equipos. Hágalo siempre por donde lo vea el operador y establezca contacto visual con él. Antes de retroceder toque 3 veces la bocina y antes de avanzar tóquela 2 veces. En ambos casos espere 3 segundos antes de iniciar el movimiento, en zonas donde el personal descansa tal como en el campamento no debe hacer uso de la alarma de retroceso. Para circular, los equipos como cargadores frontales, retroexcavadoras o similares, deberán hacerlo con el cucharón retraído hacia adentro y a la menor distancia posible del suelo. Active su doble tracción cuando lo requiera. Desde la garita aeropuerto hasta el proyecto y en las áreas de construcción, mantenga activada la doble tracción (4H). Use su vehículo como refugio ante tormentas eléctricas, cerrando completamente las ventanas y apagando su radio. Ascienda y/o descienda de su equipo usando los tres puntos de apoyo. Los equipos vehiculares motorizados (línea amarilla) están restringidos a transitar por sus propios medios en los caminos/vías generales y/o públicas. En caso, que deba de trasladarse de un lugar a otro (más de 1000 m) use una camioneta escolta. Estos equipos no pueden desplazarse a más de 25 km/hora dentro de los caminos/vías dentro del proyecto. Acatar las acciones correctivas establecidas por las infracciones de tránsito detectadas dentro o fuera del Proyecto Quellaveco. En caso de que un trabajador que cuente con la autorización de manejo del Proyecto Quellaveco y que no haya operado/conducido el equipo/vehículo liviano para el cual está autorizado por un periodo de dos años, éste deberá pasar el proceso establecido por el área de SSO del proyecto para la actualización de su respectiva autorización de manejo. Para el caso de un operador de equipo pesado, el periodo a considerar es de un año. Si al inicio o durante el turno la persona se siente incapacitada para conducir por enfermedad u otra razón, debe dar aviso de inmediato a su superior quien lo relevará de sus funciones de conductor/Operador, permitiendo su asistencia al servicio médico de la compañía. Es obligación del conductor/operador, informar el consumo de medicamentos, para ello debe coordinar con el servicio médico para su evaluación. Uso de los EPP por parte de los operadores de equipos en todo momento. Mantener las puertas cerradas de las cabinas de los equipos, mientras estos están en operación. Queda prohibido que personal transite a pie por las vías de tránsito vehicular o que se traslade en vehículos que no han sido autorizados por la empresa. Circular con las lunas abiertas (vidrios abiertos) requiere que los Conductores u Operadores utilicen lentes de seguridad (claros u oscuro, dependiendo de la

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5.1.55. 5.2.

presencia de sol, y mascara anti-polvo). El conductor podrá realizar el cambio de llanta de su vehículo, previa identificación de peligros y evaluación de riesgos.

Conductor del transporte de personal 5.2.1. El conductor de transporte de personal NO podrá realizar otra actividad que no tenga relación con esta función. Además la empresa deberá otorgar las facilidades necesarias para que el conductor tenga pausas de descanso adecuadas antes de realizar el servicio. (Esto deberá estar consignado en los respectivos planes de control de fatiga, que la empresa deberá presentar previamente). 5.2.2. La empresa deberá tener presente y dar cumplimiento a las siguientes normas:  El transporte de pasajeros se hará de acuerdo a la capacidad de pasajeros sentados. En ningún caso se podrá transportar pasajeros de pie.  Tanto el conductor, el auxiliar, como los pasajeros deben usar cinturón de seguridad. 5.2.3. Los conductores deben acatar toda la señalización de tránsito, en especial aquella que regula velocidades y, en particular, velará por la seguridad de los peatones y animales pertenecientes a las comunidades vecinas a las instalaciones del proyecto, que por ella transiten. 5.2.4. Sólo podrán trasladarse hasta las instalaciones del proyecto a personas cuyo ingreso esté debidamente autorizado (con fotocheck).

5.3.

Conductor de Camioneta Escolta 5.3.1. Conocer la ruta por donde transita el vehículo o convoy a escoltar. 5.3.2. Guiar al camión, convoy de camiones y/o equipo desde el punto de partida hasta el punto de destino siguiendo el plan de ruta. 5.3.3. Conocer los protocolos para la primera respuesta en casos de emergencias, teléfonos de contacto para comunicar las emergencias. 5.3.4. Contar con un dispositivo adecuado de comunicación radial y mantener contacto permanente con los conductores del camión o camiones o equipo a escoltar. 5.3.5. Asegurar que los camiones o equipos a escoltar estén en buen estado y que la carga esté correctamente señalizada y asegurada. 5.3.6. Respetar los límites de velocidad establecidos por los tramos de la ruta. 5.3.7. Mostrar liderazgo y criterio para que el desarrollo de las actividades del convoy se realice en forma segura, además de asegurar la parada del convoy en los controles respectivos existentes en la ruta. 5.3.8. Liderar las acciones de la primera respuesta ante situaciones de emergencias. 5.3.9. Mantener una distancia adecuada entre la escolta y la carga la cual permita previa autorización poder rebasar sin originar algún incidente. 5.4. Peatones 5.4.1. Transitar por las áreas autorizadas. 5.4.2. No hablar por celular o radio en áreas de tránsito de vehículos/equipos, parqueos o áreas críticas de operación, así como al subir o bajar de los vehículos. 5.4.3. No subir/bajar de los vehículos/equipos cuando éstos se encuentren en movimiento. 5.4.4. Usar las áreas autorizadas para el embarque/desembarque de vehículos. 5.4.5. En áreas de operación y/o de tránsito de vehículos/equipos, usar el chaleco reflectivo. 5.4.6. Mantenerse alejado de las zonas ciegas de los vehículos/equipos. 5.5. Pasajeros 5.5.1. Usar el cinturón de seguridad. 5.5.2. Mantener las ventanas cerradas al transitar por áreas de operación y en vehículos de transporte de personal mantener las ventanas y cortinas cerradas. 5.5.3. No distraer al conductor. 5.5.4. Los pasajeros deben respetar las instrucciones dadas por el conductor del vehículo de transporte de personal. 5.5.5. No generar desorden o ruido dentro de los vehículos, 5.5.6. No fumar dentro de los vehículos. 5.5.7. Preservar la limpieza de la unidad y disponer los desechos en contenedor correspondiente de la unidad y tienen prohibido botarlos por las ventanas. 5.5.8. Permanecer sentado mientras la unidad se encuentre en movimiento.

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5.6.

Gerencias 5.6.1. Facilitar los recursos necesarios para que se implemente y cumpla con el presente Reglamento. 5.6.2. Controlar eficientemente la adquisición de los recursos necesarios para las operaciones actuales. 5.6.3. Velar por el cumplimiento del presente Reglamento. 5.6.4. Comunicar y hacer cumplir los lineamientos aquí presentes tanto para el personal bajo su responsabilidad como para las visitas a su área. 5.7. Supervisión 5.7.1. Asegurar la disponibilidad de recursos suficientes para que el personal a su cargo cumpla con los lineamientos del presente Reglamento. 5.7.2. Revisar permanentemente este reglamento y sugerir cambios de mejora cuando vea conveniente. 5.7.3. Asegurar el cumplimiento del programa de mantenimiento preventivo. 5.7.4. Asegurar que todos los conductores a su cargo participen en los entrenamientos relacionados a vehículos y conducción. 5.8. Seguridad y Salud ocupacional (SSO) 5.8.1. Promover y ejecutar las campañas de promoción de buenas prácticas de manejo, control de fatiga y somnolencia. 5.8.2. Asesorar en el cumplimiento del presente Reglamento cada vez que sea requerido. 5.8.3. Proporcionar y administrar las autorizaciones de manejo de vehículos livianos en el Proyecto. 5.8.4. Verificar el cumplimiento de este Reglamento. 5.8.5. Inspeccionar los vehículos livianos de forma aleatoria. 5.8.6. Auditar anualmente el programa de mantenimiento preventivo de vehículos livianos. 5.8.7. Archivar los documentos que sustenten el cumplimiento de estas auditorías. 5.8.8. Mantener un registro actualizado de los conductores autorizados dentro del Proyecto Quellaveco. 5.8.9. Mantener un registro actualizado de las faltas que se detecten en el control de velocidad. 5.9. Adquisiciones y Contratos 5.9.1. Asegurar que el presente reglamento sea parte de las obligaciones estipuladas en los contratos, oportunamente. 5.9.2. Asegurar que las unidades con las que trabajan los contratistas cumplan con los requerimientos establecidos por cada tipo de vehículo y equipo. 5.9.3. Asegurar que los conductores y operadores cumplan con los requisitos establecidos en el presente documento. 6. LINEAMIENTOS DEL PRESENTE REGLAMENTO 6.1. Autorización de conducción y operación 6.1.1. Toda persona que conduzca u opere un vehículo o equipo, deberá poseer una licencia otorgada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (Brevete). 6.1.2. Los conductores/operadores sólo podrán conducir u operar vehículos u equipos según la clase indicado en su brevete y las que autorice el Proyecto Quellaveco, visada por el área de Seguridad y Salud Ocupacional (anexo 5). 6.1.3. Todo conductor u operador a través de su respectiva empresa para obtener su autorización conducir/operar completar el proceso indicado en el anexo 6 y deberá presentar los siguientes documentos:  El Currículum Vitae del operador que acredite la experiencia en el manejo de maquinarias y/o equipos a los cuales postula.  Copia de su brevete.  Original de su examen Psicosensométrico, la cual deberá pasar en una clínica autorizada.  Original de su examen teórico, la misma que se obtiene al final del curso de manejo defensivo.  Original de su examen práctico, la misma que es proporcionada por la gerencia de SSO del proyecto Quellaveco (Solo los conductores de camioneta pasaran el examen de manejo practico)  Es responsabilidad de la gerencia de la empresa contratista asegurarse que el

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  6.1.4. 6.1.5.

6.1.6. 6.1.7. 6.1.8.

6.1.9. 6.2.

personal que opera u conduzca cualquier tipo de equipo o vehículo cuente con las habilidades y competencias. Es responsabilidad de cada gerencia que conforman el Proyecto Quellaveco asegurarse que el personal que opera u conduzca cualquier tipo de equipo o vehículo cuente con las habilidades y competencias. Cumplir con otras disposiciones emanadas por la gerencia de seguridad y salud ocupacional previamente autorizados por la gerencia del site. Todo Conductor deberá cumplir un periodo de tiempo de adaptación mínimo de 3 días como conductor/operador acompañante (conocimiento de ruta). El proyecto a través de la oficina de procesos de admisión – OPA, entregará a cada conductor/operador habilitado una autorización interna para conducir/operar en el mismo fotocheck de ingreso al Proyecto, que lo acreditará para conducir exclusivamente en los caminos y vías indicadas en su autorización, con excepción de aquellas áreas que estén restringidas, debidamente señalizadas y/u oportunamente informadas. La duración de la autorización interna para conducir u operar estará ligada a la fecha de vencimiento de su Brevete, a la vigencia del contrato de trabajo del conductor/operador, en definitiva aquella fecha que expire primero. La licencia interna tendrá una vigencia de 12 meses si un trabajador cambia de empresa, la actualización será solo administrativa, pero solo por el tiempo que le reste para cumplir el año, debiendo renovarla al término de esta. Ningún conductor u operador podrá entregar, prestar o ceder el vehículo u equipo bajo su responsabilidad a otra persona de la misma compañía de otra empresa contratista, salvo situaciones de emergencias debidamente reportadas al centro de control. Nadie a excepción del responsable del área de transporte puede transferir un vehículo o equipo a otros conductores/operadores autorizados.

Para todas las áreas 6.2.1. Está prohibido el tránsito de vehículos fuera de los caminos habilitados y debidamente señalizados. Cualquier tránsito de vehículos sobre terrenos no delimitados como vías de tránsito y/o badenes de río, deberán contar con una autorización especial otorgada por la gerencia de Anglo American o el EPCM encargada. 6.2.2. Todo trabajo que se realice en las vías deberá ser debidamente señalizado de acuerdo al manual de señalización de tránsito del ministerio de transportes y comunicaciones. 6.2.3. Se prohíbe estrictamente el lavado de cualquier vehículo al interior de las áreas de trabajo, salvo en lugares expresamente permitidos en los permisos medio ambientales. 6.2.4. Las bermas o muros de seguridad en vías de tránsito rutinario en las áreas operacionales deben tener una altura equivalente a ¾ del diámetro de la llanta del vehículo más grande que circule en la vía. 6.2.5. Si es necesario remolcar un vehículo, se debe usar una barra rígida de remolque adecuada al tipo de vehículo e instalado sólo por personal autorizado. 6.2.6. Las zonas de parqueo deben contar con zanjas para colocar las llantas traseras y de profundidad adecuada al tamaño del vehículo/equipo, caso contrario deberán utilizar obligatoriamente sus tacos o cuñas. 6.2.7. En las áreas con riesgo de atropellamiento de personas – ejemplo patios de maniobra, áreas de descarga/carga de materiales en vehículos, etc. se debe contar con zonas seguras para hablar por teléfono, estas zonas deben tener el letrero que indique: “ZONA SEGURA PARA HABLAR POR TELEFONO” o similar. 6.2.8. Cada vez que una camioneta tenga carga y la carga impida la visibilidad a través del espejo retrovisor, al momento de retroceder para ingresar a talleres de avanzada, almacenes o áreas congestionadas, lo hará en forma obligatoria con el apoyo de un vigía, caso contrario el ingreso lo hará en forma frontal siempre y cuando tenga que dejar la carga. 6.2.9. Todo vehículo que por diseño, no pueda hacer uso del espejo retrovisor, como son

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los volquetes, cisternas de combustibles, camión Hiab o grúa, camión de despacho de alimentos, o cualquier otro camión con carrocería metálica o de madera; al momento de ingresar en retroceso a talleres de avanzada, almacenes o áreas congestionadas, lo deberán hacer con el apoyo de un trabajador (vigía). 6.2.10. En el transporte de materiales y equipos en las camionetas, debe asegurarse adecuadamente la carga y está prohibido que esta sobresalga de las dimensiones del vehículo. En caso de sobresalir, deberán hacer un análisis de riesgos y/o ser autorizados por la gerencia de seguridad y salud ocupacional. 6.3. Vehículos/Equipos 6.3.1. Todo vehículo que transita dentro de las instalaciones del Proyecto Quellaveco debe contar como mínimo, para casos de emergencia con: extintor, botiquín, triángulos/conos de seguridad y cable para batería. Para más requerimientos mínimos para vehículos y equipos vea el anexo 2 del presente reglamento. 6.3.2. Todo vehículo o equipo deberá ser autorizado para trabajar previa verificación por el área sponsor, teniendo en cuenta lo dispuesto en el ítem 6.2.1 del presente reglamento. 6.3.3. En las unidades ligeras (camionetas) el extintor se instalará en la parte exterior, cerca de la cabina del conductor, el mismo que no debería contar con candado (de fácil acceso en caso de un amago de incendio). 6.3.4. El botiquín de primeros auxilios de los vehículos contará con lo establecido en el protocolo de inspecciones técnicas vigente (ver anexo 11) 6.3.5. Todo vehículo que transite en vías públicas debe cumplir con el reglamento nacional de tránsito. 6.3.6. Mantener tapado la luz estroboscópica desde o hacia Moquegua de la garita Cuajone. 6.3.7. Está prohibido estacionarse bloqueando los equipos de lucha contra incendios o sus rutas de acceso, así como los puntos de reunión de evacuación. 6.3.8. El número de ocupantes dentro de la cabina será el indicado en la tarjeta de propiedad o por el fabricante del vehículo/equipo, y validado por el número de asientos que cuenten con cinturones de 3 puntos. 6.3.9. Las motoniveladoras, bulldozers, cargadores, rodillos y otros equipos pesados deberán estar provistos de cabinas R.O.P.S. (Roll Over Protection Structure – Estructura de Protección contra Volcaduras). 6.3.10. Las camionetas pick up 4x4 deberán contar con dispositivos de protección contra volcadura externa, la interna deberá cumplir las disposiciones indicadas por la gerencia de seguridad y salud ocupacional del proyecto Quellaveco, también es obligatorio el uso de cintas reflectivas, dispositivos de seguridad para tuercas en cada aro, otros accesorios de seguridad y demás consideraciones de acuerdo al protocolo de inspección técnica del proyecto. (ver anexo 10) 6.3.11. Todo vehículo/equipo estará equipado con una alarma de retroceso audible a 10 metros. 6.3.12. Todo equipo liviano deberá mantener una distancia de 50 metros como mínimo de un equipo pesado. 6.3.13. Todo equipo debe estacionarse con el cucharón, cuchilla o dientes (forks) sobre el suelo. 6.3.14. Todo vehículo y equipo debe estacionarse con el freno de parqueo accionado. 6.3.15. Los vehículos de transporte de personal no deben tener una antigüedad mayor de 5 años contados desde el año siguiente de su fabricación o hasta llegar a los 300,000 km. Lo que ocurra primero. Para más detalles refiérase al cuadro siguiente. Tipo de Móvil

Kilometraje

Años de antigüedad

Buses de hasta 11 pasajeros Furgones y minibuses (hasta 10 pasajeros, incluyendo conductor, con máximo de 3 corridas de asiento)

300, 000 km

5 años

Vehículos livianos (camionetas, automóviles, etc.)

150 ,000 km, los vehículos que superen este valor deberán presentar informe de taller autorizado por el

4 años

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Equipo Pesado y Equipos especiales Camiones de carga máxima 25 toneladas que labore al interior de los recintos del proyecto Camiones de transporte que ingresan esporádicamente al proyecto

fabricante que pruebe condiciones de operación segura. -

10 años 5 años 8 años

6.3.16.

Otros vehículos o equipos tales como: tracto camión, perforadoras, mixer, lavadora a presión, entre otros, no tendrán restricción de antigüedad, sin embargo, a su ingreso al proyecto deberán presentar un certificado de revisión técnica vigente validado por un ingeniero automotriz o similar. 6.3.17. No se utilizará para transporte de personal vehículos modificados que no sean de fábrica o que no tengan la aprobación oficial del fabricante original. 6.3.18. La circulación de vehículos de transporte de personal dentro de la ciudad de Moquegua solo será por las rutas autorizadas. 6.3.19. Los vehículos deberán contar con ingresos y salidas seguras: pisos no resbaladizos, barandas si es necesario, etc. 6.3.20. El parabrisas deberá ser de vidrio de seguridad no astillable (laminado templado), con sello que indique el tipo de vidrio. 6.3.21. Todos los vehículos que laboran en el proyecto deben cumplir con la inspección técnica que se rige de acuerdo a los protocolos vigentes, la misma que deberán efectuarse anualmente o como lo dispongan las normas legales. 6.3.22. Cuando se requiera realizar alguna labor en la parte superior de equipos móviles, tales como cisternas de agua, de combustible, tanques, bombonas, etc., estos deberán estar provistos de barandas de seguridad para evitar la caída del personal y deben cumplir el siguiente estándar: 1) La altura de la baranda superior será de 1.15 m. 2) La altura de la baranda intermedia será de 0.50 m. 3) La distancia entre los barrotes transversales será de 1 m. 4) La altura del rodapié deberá ser de 0.10 m. (desde el nivel del piso). 6.3.23. No se tendrán barandas ni rodapiés en el acceso, debiendo tener en su reemplazo dos cadenas con clips para la baranda superior e intermedia. 6.3.24. Las baranda superior debe ser capaz de soportar por lo menos 200 libras de fuerza aplicadas hasta 2 pulgadas del borde superior. 6.3.25. La baranda intermedia, pantallas, mallas y otros dispositivos intermedios deben ser capaces de soportar por lo menos 150 libras de fuerza. 6.3.26. El diseño de las barandas considerará que deben estar empernadas y que puedan ser desmontables. 6.3.27. Los Vehículos o equipos móvil motorizados que realicen trabajos en el site deben tener en ambas puertas laterales logos que identifiquen a la empresa, los cuales deben medir como mínimo 40 cm de ancho por 30 cm de alto (Anexo 4). 6.3.28. Para ingresar al proyecto, los equipos tales como bulldozer, cargador, motoniveladora, etc. deben disponer de inspección técnica, si no contara con este documento, deberán presentar un checklist efectuado por el servicio técnico autorizado por el fabricante. 6.3.29. Durante la vigencia de la temporada de tormentas de cada año, y cuando se declare cualquier tipo de alerta climática, todos los vehículos que operen en las áreas de construcción deben cumplir las exigencias que les impone su evaluación de riesgos. 6.3.30. Todos los remolques con capacidad superior a 750 Kg. deberán cumplir con los siguientes requisitos:  Poseer sistemas de freno independientes que se accionen desde el vehículo tractor.  Estar unidos al vehículo tractor con dispositivos de seguridad (cadenas, por ejemplo)  Poseer señales eléctricas de viraje y frenado. 6.4. Estacionamiento 6.4.1. El estacionamiento en las vías no está permitido, salvo en emergencias y colocando señalización (conos, triángulos, etc.), para el caso de tener que detenerse para hablar por celular o utilizar la radio deberá ubicarse en una zona amplia que permite el libre

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tránsito y deberá encender sus luces de estacionamiento. Los vehículos deben ser estacionados sólo en los sitios regulados para tal efecto y dentro de los límites demarcados. Para la elaboración de una zona de parqueo en áreas asignadas por contrato y de instalaciones de toda empresa, este deberá cumplir el estándar de Zonas de Parqueo definida por el Proyecto (anexo 07). 6.4.3. Es obligatorio, en todo lugar diferente a un estacionamiento que los conductores de vehículos, inmediatamente después de estacionar, instalen los conos de aislamiento y coloquen las cuñas (inmovilicen) en una de las ruedas, excepto los casos en que el estacionamiento cuenta con depresiones para inmovilización. 6.4.4. En las zonas de estacionamiento debidamente señalizadas e identificadas no será necesario el uso de conos. 6.4.5. Los vehículos y equipos siempre deberán estacionarse de retroceso (en posición de salida). 6.4.6. Al estacionar los vehículos o equipos móviles, éstos no se deben abandonar con el motor funcionando si no está el conductor al interior de ellos. 6.4.7. Cuando el equipo móvil quede estacionado en terreno con pendiente, siempre debe hacerse uso de cuñas o tacos antideslizantes, considerando además la posición adecuada de las ruedas delanteras. Además, enganchado en primera si la dirección es en subida y enganchado en retroceso cuando la dirección esté en bajada. 6.4.8. Una precaución adicional debe tomarse cuando haya condiciones de viento en las áreas, estacionando, dentro de lo posible, en contra de la dirección del viento, para evitar lesiones a las personas provocadas por la apertura brusca de las puertas y, por consiguiente, daños al vehículo. En caso de no poder estacionarse en la forma descrita, se debe tomar las medidas necesarias para evitar la apertura brusca de las puertas. 6.4.9. El estacionamiento de buses o microbuses que transporten al personal de empresas contratistas, internos y/o externos (sin alojamiento en el campamento), se realizará en el área de estacionamiento demarcada para tal efecto, autorizada por la gerencia correspondiente, para el caso del campamento será aprobada por el área de servicios generales. 6.4.10. Para estacionamiento de un equipo/vehículo se debe considerar hacerlo a una distancia de 15 m del pie de un talud o 1.5 veces la altura del talud. 6.4.11. No está permitido voltear en “U”, salvo por casos de emergencias. 6.4.12. Nunca se estacione de manera que deba bajar o subir cerca del lado de un talud. Puede quedar atrapado o golpeado por un desprendimiento. 6.5. Adelantamiento 6.5.1. Siempre que quiera adelantar al vehículo que le anteceda, deberá esperar que éste le otorgue el pase y le dé la señal con la luz direccional derecha, asegurándose que no esté próximo a un cruce o curva. 6.5.2. Nunca adelante en las proximidades (50 metros) de una intersección ni en zonas ciegas. 6.5.3. Establecer siempre contacto visual (directo o por el espejo) con el operador del vehículo/equipo que piensa adelantar o cruzar. 6.5.4. Si está trabajando o circulando alrededor de equipos pesados, establezca siempre contacto visual con el operador del equipo. 6.5.5. El adelantamiento de móviles livianos en el interior del proyecto, se realizará en zonas de alta visibilidad, que cuenten con un espacio adecuado, y que permita realizar la maniobra con seguridad, sin sobrepasar la velocidad máxima permitida. 6.5.6. Queda prohibido el adelantamiento por la derecha. 6.5.7. Los vehículos que transportan Explosivos y/o cargas sobredimensionadas, no deben adelantarse, salvo expresa autorización de la escolta. 6.5.8. Está prohibido adelantar a un vehículo u equipo escoltado, sin tener la autorización de la camioneta escolta, se considerará como falta grave, pudiendo aplicarse las sanciones correspondientes. Este adelantamiento solo podrá realizarse en caminos donde exista visibilidad y espacio suficiente para un adelantamiento seguro. 6.6. Prioridades Vehiculares 6.6.1. Camiones gigantes fuera de carretera de capacidad mayor a las 50 toneladas. 6.6.2. Camiones volquetes hasta 50 toneladas. 6.4.2.

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6.6.3.

Equipos auxiliares sobre ruedas (cargadores frontales, motoniveladoras, cisternas, plataformas, remolques, etc.), cuya velocidad sobrepase a los 10 Km/hora. 6.6.4. Equipos sobre orugas y aquellos cuya velocidad de circulación sea menor a 10 Km/h. 6.6.5. Vehículos livianos y de transporte de personal (camionetas pick-up, camionetas rurales, combis de pasajeros, buses). 6.6.6. En caso de emergencia, la ambulancia y los vehículos de rescate tendrán prioridad sobre cualquier otro vehículo o equipo. 6.7. Derecho de Paso entre Vehículos de la misma Prioridad Vehicular 6.7.1. Vehículo que sube tiene derecho de paso sobre el que baja. 6.7.2. Vehículo que desea ingresar a una vía cederá el paso al que viene circulando en línea recta. 6.7.3. Cuando dos vehículos lleguen por diferentes vías a una intersección, en la cual ambos deban doblar necesariamente, el que está a la derecha del conductor tiene derecho de paso. 6.7.4. Cuando dos vehículos lleguen por diferentes vías a una intersección en la cual ambos van a seguir de frente, el que está a la derecha del conductor tiene el derecho de paso. 6.7.5. Sobre la misma vía, vehículo que intente voltear a la izquierda cederá el paso a cualquier vehículo circulando en dirección opuesta. 6.7.6. Cuando en una intersección de vías de acarreo lleguen simultáneamente dos camiones gigantes (capacidad mayor a las 50 toneladas), tendrá derecho de paso el camión que viene por la izquierda. 6.7.7. Los peatones y los animales tienen derecho de paso sobre cualquier vehículo o equipo. 6.8. Carga Sobredimensionada 6.8.1. Los camiones que transportan cargas sobredimensionadas deberán contar con la autorización de Tránsito de carga sobredimensionada exigido por el proyecto. 6.8.2. Los camiones con carga sobredimensionada deberán mantener una distancia NO MENOR a 3 metros entre el borde superior de la carga y las líneas de alta tensión aéreas. 6.8.3. El horario de transporte de carga extra ancha será de 21:00 a 24:00 horas. 6.8.4. Se cumplirá con lo establecido al respecto por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Reglamento Nacional de Tránsito vigente. De la escolta de vehículos 6.8.5. Deben tener escolta adelante y atrás, los equipos móviles de superficie, que no están dotados de los equipamientos para circular en vías públicas 6.8.6. La camioneta escolta (delantero y posterior) mantendrán las luces e intermitentes encendidos. Las luces intermitentes se encenderán obligatoriamente cuando se crucen poblados/comunidades. 6.8.7. La camioneta escolta deberán contar obligatoriamente con banderolas en ambos lados (de 0.50 x 0.70 m, de color rojo) y un aviso que indique “Carga Ancha”, en letras rojas y fondo blanco, ambos reflectivos. 6.8.8. La camioneta escolta deberá llevar sobre la cabina en un lugar visible, un letrero escrito por ambos lados con la leyenda “ESCOLTA” y la cantidad de vehículos que está siendo escoltado, según Instructivo para el uso de Escolta en el Proyecto. 6.8.9. La camioneta escolta deberá contar con una luz estroboscópica intermitente fija según estándar (color ámbar), ubicada sobre el techo de la cabina. Esta debe permanecer encendida mientras se realice la escolta, y deberá tener encendidas sus luces de advertencias (intermitentes). 6.8.10. El conductor del vehículo escoltado debe cumplir fielmente todas las instrucciones entregadas por el conductor del vehículo escolta. 6.8.11. La camioneta escolta tendrá vigencia en todo el trayecto pre establecido y planificado. 6.8.12. Toda camioneta escolta así como su conductor debe ser proporcionada y coordinada por el administrador de la respectiva empresa contratista, con la debida anticipación, de modo de disponer del equipamiento reglamentario y los avisos pertinentes a los involucrados. 6.8.13. El conductor de la camioneta escolta debe mantener:  Contacto visual con los móviles escoltados.

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 6.8.14.

Generar la suficiente anticipación para aviso a los vehículos que enfrenta. Las escoltas que se necesiten al transitar por caminos externos al proyecto deben ser gestionados por la administración de la empresa contratista, considerando todas las disposiciones legales dispuestas al respecto y aquellas contenidas en el reglamento de tránsito de proyecto. 6.8.15. El conductor del vehículo escolta deberá realizar su labor con radiocomunicación que le permita mantener contacto con su centro de operaciones y avisar de cualquier emergencia. 6.8.16. Si un camión u equipo que requiera de escolta es sorprendido transitando sin ello, será considerado como una falta grave, que llevará tomar medidas de acuerdo a la escala de sanciones, tanto para el conductor, como para las personas responsables del traslado y área destinataria. 6.8.17. Además, el camión será obligado a detenerse en lugar apto para ello, y esperar por su respectiva camioneta escolta. 6.8.18. Toda escolta que se realice debe dar aviso por radio desde su punto de origen al de llegada, además del ingreso a sectores con obligación de informar su destino, por ejemplo área de Construcción. 6.8.19. El área de Security podrá detener a un vehículo para realizar una inspección visual aleatoria, para detectar alguna condición sub estándar que pueda presentar. Tipo de vehículos que deben ser escoltados 6.8.20. Todo camión o camiones (Convoys) que se desplace dentro de las instalaciones de los caminos del Proyecto, cargado o vacío, y cuya longitud sea mayor a 18 metros. 6.8.21. Vehículos de Transporte de Explosivos y/o de Sustancias Peligrosas (a excepción de vehículos de transportes derivados del petróleo), al interior del Proyecto. 6.8.22. En caso de carga sobredimensionada en su parte trasera (más de 1 m. y/o lateral sobre 0,5 m.) deberá realizarse con doble escolta, frontal y trasera y llevar señalizada la sobrecarga mediante letreros y banderolas de color rojo. 6.8.23. Vehículo o equipo cuando bajo condiciones normales, de alguna forma tenga disminuida la visibilidad del conductor u operador (grúas, cargas voluminosas, entre otros). 6.9. Abastecimiento de combustible Los conductores deben adoptar las siguientes medidas de seguridad: 6.9.1. Apagar el motor del vehículo. 6.9.2. Apagar las luces. 6.9.3. Colocar freno de mano. 6.9.4. Deben bajar los pasajeros de los vehículos. 6.9.5. No subir o bajar del vehículo, mientras se carga combustible. 6.9.6. No usar celular o radio. 6.9.7. Evitar el derrame de combustible. 6.10. Normas especiales 6.10.1. Todo conductor de vehículo liviano o transporte de personal que requiere conducir por carreteras externas o remotas (Moquegua-Campamento Quellaveco-HuachuntaIlo-Tacna-Arequipa, etc.), deberá completar obligatoriamente el protocolo del Plan de Viaje mostrado en el anexo 8, la misma que deberá mostrarse en los puntos de control (oficina Los Ángeles o garitas). 6.10.2. Los vehículos de emergencia deben estar dotados de una luz estroboscópica roja. Dichos vehículos deben transitar con la luz estroboscópica encendida y haciendo uso de artefacto sonoro, sólo con ocasión de atender un llamado de emergencia. 6.10.3. Todo vehículo de emergencia (ambulancia, bomberos, etc.) que se encuentre en emergencia deben usar sus señales audibles y visuales (Sirena y Luz Estroboscópica Roja), todos los otros vehículos deben inmediatamente detenerse y darle las facilidades de paso. 6.10.4. Todo equipo o maquinaria pesada con orugas, no debe transitar por los caminos internos del Proyecto Quellaveco. Los traslados de estos equipos, entre puntos de operación que requieren utilizar esta vía, deben hacerse exclusivamente utilizando una cama baja. 6.10.5. Todo conductor que enfrenta un convoy debe dar preferencia de paso, deteniendo su vehículo al costado derecho de la calzada hasta que haya pasado toda la caravana.

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6.10.6. 6.10.7. 6.10.8. 6.10.9. 6.10.10. 6.10.11.

6.10.12.

6.10.13.

No se permitirá el ingreso de vehículos y motocicletas particulares a los recintos del Proyecto Quellaveco. Los camiones cisternas que ingresen a las áreas de Proyecto, deberán tener los certificados emitidos por la autoridad competente, de acuerdo al producto que transporta. Los vehículos que ingresen al área de construcción deben mantener la luz estroboscópica funcionando, transitar con sus luces encendidas y con la radio sintonizada en la frecuencia interna establecida por el área y por el proyecto. Al ocurrir una emergencia de tránsito, se debe aplicar el procedimiento de emergencias establecido por el Proyecto Quellaveco. Se debe realizar una ATS para cada acción fuera de procedimiento. Control de Alcohol test: En caso de accidentes vehiculares, con lesiones a personas y/o daños materiales, se debe aplicar el control de Alcohol test al conductor, en el servicio médico, de acuerdo a la Política de Alcohol y Drogas del Proyecto Quellaveco, así también se debe dar aviso a la autoridad policial correspondiente. Control de Drogas: En caso de existir sospecha de que un conductor se encuentre bajo los efectos de drogas, debe ser derivado al servicio médico del proyecto, para que se le realicen los exámenes de control de drogas, de acuerdo a la Política de Alcohol y Drogas. En caso de que estos controles indiquen que el conductor está bajo la influencia de alcohol y/o drogas, el servicio médico debe dar aviso a Seguridad y Salud Ocupacional, quien comunicará este hecho al Gerente de Construcción y al Gerente de Sitio.

6. SANCIONES 6.1. El conductor que infrinja las normas legales o internas vigentes, estará expuesto a medidas disciplinarias, incluyendo la suspensión temporal o definitiva de la autorización para conducir en los recintos de Proyecto Quellaveco, dependiendo de la naturaleza de la infracción. 6.2. Seguridad y Salud Ocupacional del proyecto llevará un control de Infracciones de cada conductor autorizado por el Proyecto, en la que se registrarán las infracciones y/o contravenciones a este Reglamento, para los efectos de la aplicación de las medidas disciplinarias. 6.3. El cuadro de sanciones y las variables de medición, se encuentran indicados en el anexo 9. 7. ANEXOS Anexo 1 Check List Anexo 2 Requisitos para vehículos/equipos Anexo 3 Declaración Jurada de cumplimiento de requisitos Anexo 4 Especificación de los letreros de identificación Anexo 5 Niveles de autorización por categorías Anexo 6 Flujo para obtener autorización de conducción/operación Anexo 7 Estándar para Estacionamientos Anexo 8 Plan de viaje para carreteras externas al site Anexo 9 Instructivo para el control de conductas en la conducción de vehículos Anexo 10 Especificaciones para Barras Antivuelco Anexo 11 Estándar para botiquín de Primeros Auxilios

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Anexo 1: Check List HOJA DE INSPECCION PRE USO DE VEHÍCULOS LIVIANOS Version 1

Proveedor

Mes:

Año:

Hora

Responsable Vehículo Marca / Modelo

Leyenda

SI ResponsableKilometraje

 

Placa

NO

DÍA

A

B

A

B

A

B

A

B

A

B

A

B

A

B

T urno Declaración Jurada del Conductor (Si algunas de las respuestas anteriores fue “NO”, contacte de inmediato a su supervisor para analizar la situación y tomar una buena decisión, antes de operar el equipo) ♦♦♦

He descansado lo suficiente y me encuentro en condiciones de operar el equipo.

♦♦♦

Me siento en buenas condiciones físicas y no tengo ninguna dolencia o enfermedad que me impida operar el equipo en forma segura.

♦♦♦

Estoy tomando medicamentos recetados por un médico quien me ha asegurado que no son impedimento para operar un equipo de forma segura.

♦♦♦

Me encuentro emocional y personalmente en buenas condiciones para poder concentrarme en la operación segura de este equipo. Estoy consciente de la responsabilidad que significa operar este equipo, sin poner en riesgo mi integridad, la de mis compañeros ni el patrimonio de la empresa Estado general (vuelta del gallo)

♦♦

Faros principales

♦♦

Faros neblineros / Luces pirata

♦♦

Luces direccionales / de estacionamiento / intermitentes

♦♦

Luces de freno

♦♦

Luces de retroceso

♦♦

Luz estroboscópica

♦♦

Pértiga

♦♦

Espejos

♦♦

Neumáticos

♦♦♦

Cinturones de seguridad

♦♦

Alarma de Retroceso

♦♦♦

Estado interno

♦♦

Panel de instrumentos

♦♦

Claxon



Tarjeta de propiedad, SOAT y Revisión Técnica vigente



Kit básico de herramientas * / Llave de rueda



Gata y sus accesorios



Orden y limpieza

♦♦♦

Prueba del freno de servicio

♦♦♦

Freno de estacionamiento

♦♦♦

Dirección

♦♦♦

Nivel de aceite del motor

♦♦♦

Nivel de líquido de frenos

Estado mecánico

♦♦♦

Nivel de refrigerante

♦♦♦

Nivel de aceite hidráulico (hidrolina)



Nivel de agua para limpiaparabrisas



Tacos de seguridad (2)



Conos reflectivos (2)

Elementos de seguridad



Eslinga



Extintor



Linterna



Botiquín *



Equipamiento para transitar en alta montaña. Otros * Revisar guía impresa en la caja de herramientas y en el botiquín

Dia

Fecha

♦♦♦ Detener el vehículo y solicitar asistencia ♦♦ Llevar al taller ♦ Solución bajo responsabilidad del conductor

OBSERVACIONES POR DÍA

Firma

1

2

3

4

5

6

15 7

Salud, Seguridad y Medio Ambiente Procedimiento HSE 2.44 Revisión: 23 de Marzo 2014 Página 16 de 26

Anexo 2: Requisitos para vehículos/equipos quipo Liviano

Transporte de Personal

TM

Camioneta Camioneta Item

4x4

Requisitos 1 Personal Proporcionar registro de entrenamiento de personal (Manejo defensivo) 2 3 3 4 5 6

7 8

9

10

11

12

13

14

15

16

17 18 19 20

21 22 23 24 25 26 27

28 29 30

32

33

34 35 36 37 38 39

Si √

4x2 Cousters

Si √

Automóvil es

Mercancía

Si √

Sí √

Sí √

Sí √

Sí √

Si √

Sí Sí Sí Sí Sí Sí

Sí Sí Sí Sí Sí Sí

Sí Sí Sí Sí Sí Sí

Sí Sí Sí Sí Sí Sí

Sí Sí Sí Sí Sí Sí

Auxiliar sobr llantas

Camiones

Volquetes

Niveladora s, Cisternas cargadore s frontales, etc.

E. Auxiliar sobre orugas (Excavadoras, etc.)

E. Pesado Off Road

Sí N.A. N.A. N.A. Sí Sí

Sí N.A. N.A. N.A. Sí Sí

Sí N.A. N.A. N.A. Sí Sí

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Sí E.R. N.A. N.A. Sí N.A. N.A.

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Sí Sí

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Sí Sí

Sí Sí

Sí E.R.

N.A.

N.A.

N.A.

N.A.

N.A.













0 000 km ó 5 años

2.

Vehículos livianos (camionetas, automóvile s, etc.)

3.

Equipo Pesado y Equipos especiales

4.

Camiones de carga máxi ma 25 toneladas que labore al interior de los recintos del 4. 5 años

proyecto

Transporte de

Minibuses

Combis

Tarjeta de Propiedad Sí Sí Sí Soat Sí Sí Sí Revisión Técnica Sí Sí Sí Permiso de circulación del MTC Sí Sí Sí Manual de operación y mantenimiento Sí Sí Sí Cinturones de Seguridad Sí Sí Sí · Deben estar presentes en todos los asi entos (3 puntos). · Los broches deben ser de fábrica. · No se permiten cinturones amarrados o sujetados con cintas plásticas. · No se permiten cinturones con broches de plástico. · Los liberadores estarán completos y operativos. Bolsas de aire (piloto y copiloto) Sí Sí Sí Barra exterior y Jaula interna para protección en volcadura Sí Sí Sí · Todos los vehículos deben contar con sistema antivuelco interno y externo, afirmada al chasis. · Anclar barra con placas que formen un sándwich con chasis. · NO está permitido soldar o perforar las barras después de su construcción certificada, si estas comprometen su capacidad estructural o modifican su geometría de diseño. · Preferentemente se recomienda instalar los accesorios con sistemas de abrazaderas. Cabina contra protección de caída de objetos (ROPS) N.A. N.A. N.A. · Ver información del fabricante. Instalar estructura estandarizada si una evaluación de riesgos lo establece como medida de control. En la actualidad las cabinas de los equipos vienen provistas de este tipo de protección, por cuanto, se deberá solicitar al fabricante o proveedor esta información. Parabrisas Sí Sí Sí · No se permite parabrisas con quiñes, estas pueden perjudicar la visibili dad al conductor. · Deben estar herméticas y en buenas condiciones.(demasiado rayados por la plumilla). · Su limpia parabrisas debe estar operativo con chorro de agua (2). · Su tapasol no debe ser mayor al 20% de total del parabrisas. · Los parabrisas deberán ser templados o laminados, no astillable, con sello y especificaciones de fábrica (AS1, parabrisas laminado). Claxon Sí Sí Sí · Claxon operativo, no se permiten claxon desregulados (intensidad que no supere los límites establecidos). · No sirenas en lugar de claxon (solo en vehículos de emergencias). · Vehículos menores no deberán tener claxon de aire. · Audible en condiciones normales. · Vehículos como Coaster y Ómnibus, deberán contar con claxon de ciudad y aparte carretera (cada uno con interruptor). Alarma de Retroceso Sí Sí Sí · Comprobar que la alarma se escuche con claridad o no menos de 10m. · Debe de tener un interruptor de encendido y apagado. · Su ubicación debe estar donde no este expuesto al agua o barro. · Debe activarse solamente cuando se sele ccione reversa. · El sonido emitido debe de ser intermitente, más no musical o sirena. · Verificar que su instalación eléctrica esté debidamente aislada y sujetada al vehículo. Baliza Estroboscópica Sí Sí Sí · Rojo: Vehículos de emergencias (ambulancia y rescate) · Azul: Vehículos de Transporte de Personal (Para diferenciarlo de los vehículos de SPCC, colocar cinta aislante color blanco por la mitad ecuatorial de la carcasa) · Verde: Vehículos Livianos · Ámbar: Equipos Móvile s de Superficie · Lapso de intermitencia no muy prolongado. · Intensidad de 500k candelas · Instalada en barra antivue lco, lado izquierdo. Faro Pirata E.R. E.R. E.R. · (Faro pirata solo para uso en zonas descampadas o carretera y en retroceso)-con interruptor Luces (alta, Baja, Estacionamiento, Emergencia y Freno) Sí Sí Sí · Cristales sin rajaduras ni golpes. · Reflectores li mpios, y dispersen correctamente la luz. · Medición de intensidad de luz con los respectivos dispositivos para este fin (luxometro) · Micas y cristales apropiados que dispersen la luz. · Focos y faros en buen estado de funcionamiento (alta y baja). · Faros correctamente alineados y buscando que el haz de luz no deslumbre al vehículo que vi ene en sentido contrario (reglascopio de luces). · Faros neblineros operativos, con interruptor, conexiones e léctricas aisladas (dos mínimo) · Focos de faros completos. · Recomendable instalar dispositivo que encienda automáticamente las luces delanteras, al encender el motor. · Deben de funcionar correctamente y en su totalidad.(los cuatro) (luces laterales en toda la longitud del vehículo y altura -buses y mini bus) Espejos Retrovisores Sí Sí Sí · Deben tener la cantidad necesaria · Los espejos deben estar en buenas condiciones, no opacos, ni rayados y rajados · Debe permitir una imagen clara y nítida, ver estado fijación y ubicación · Superficie plana u ovalado es opcional · Reflejo mínimo 70m (Reglamento Nacional de Tránsito.) Limpia y Lava parabrisas Sí Sí Sí Cable para pasar corrie nte Sí Sí Sí Cable o faja de remolque ( capacidad el doble del peso del Vehículo) Sí Sí Sí Extintor Sí Sí Sí · Fijo a la estructura del vehículo, de fácil acceso y visible o señali zado (sin candado) · Camionetas, camiones pequeños, combi, couster, sprinter, camioneta Panel o Furgon, hasta 4.5 toneladas de peso bruto vehicular) 4 kg · Camiones o cisternas, Ómnibus, otro (más de 4.5 tonel adas de peso bruto vehicular) mayor a 4 kg · El polvo químico debe ser clase (ABC) · Con fecha de caducidad vigente y visible · El manómetro debe indicar carga completa, con Manguera Botiquín: Estándar del Proyecto Quellaveco Sí Sí Sí Gata y accesorios ( De acuerdo a Peso del Vehículo ) E.R. E.R. E.R. Llave de ruedas Sí Sí Sí Kit básico de herramientas Sí Sí Sí Seguros para las tuercas de los neumáticos Sí Sí Sí Medidor de presión de neumáticos Sí Sí Sí Llanta de repuesto Sí Sí Sí · Nivel mínimo de cocada de 5 mm. en cualquier zona para buses y 3 mm. para vehículos livianos 8. Se debe medir con un profundimetro) · Está prohibido las llantas reencauchadas en la parte delantera y posterior en vehículos de sistema li neal de transporte de personal · En vehículos de sistema dual están permitido los reencauches en la parte posterior con un máxi mo de tres por neumático · No se permiten ruedas con rajaduras laterales, abultamientos o fisuras · Está prohibido l levar la rueda de repuesto dentro de la cabina del carro. · 1 Llanta de repuesto ARO 16 (Mismo modelo y medida que el resto de las ruedas) · Rural A/T (Evaluar exposición en terreno) Linterna Sí Sí Sí Lampa y Pico Sí Sí Sí 2 Tacos de seguridad (cuñas) Sí Sí Sí · Buses: cuña: long=34cm, ancho=22cm, con asas) y planos (30x30 y15 de alto) MINIMO o APROX. · Couster: cuñas: long=22cm, alto17cm, ancho25cm, con asas) y planos o calzadores (30x30y15cm.alt.) MIN o APROX. · Combis (alto15cm, longitud =22cm, ancho=20cm, con asas) y un taco plano opcional. APROX. Camionetas (alto15cm, longitud =22cm, ancho=20cm) APROX. · Deben cubrir el 70% · Pintado de color amarillo Ventana de Emergencia N.A. N.A. N.A. · Deberán tener 02 ventana lateral, señalizada de color rojo o amarillo, con un martillo a cada lado (combi) · Buses y cousters deberán tener 04 ventanas laterales mínimo y sprinter 02, señalizadas y martillo cada una. Conos de seguridad Sí Sí Sí · Los conos debe tener su cinta refl ectiva blanca en la punta. · Debe poseer 03 conos (70cm como mínimo obligatorio, solo couster y Ómnibus). · Debe poseer 02 conos (45 cm de altura como mínimo, sólo para vehículos livianos). Lista de Verificación Pre – operativa (Pre-uso) Sí Sí Sí Sistema de aire acondicionado Sí Sí Sí Letrero de Señalización del vehículo/equipo que permita una clara y fácil identificación a distancia. Sí Sí Sí Láminas de protección de vidrios contra proyección de rocas. N.A. N.A. N.A. Punto de bloqueo de energías (eléctricas – neumáticas – hidráulicas –etc.). Asociado al estándar de aislamiento. Identificados y señalizados. N.A. N.A. N.A. Vida Útil 1. Buses de hasta 11 pasajeros, Furgones y Minibuses (hasta 10 pasajeros, incluyendo conductor, con máximo de 3 corridas de asiento)

Buses

erán presentar informe de taller que pruebe condiciones de operación segura 3.

10 años

16

Anexo 3 DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS Yo………………………………………………………………...................., identificado con……………….DNI N°…………………. En mi calidad de Representante de la compañía…………………………………………………………….., Con RUC N°……………………………… Declaro tener conocimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento Interno de Tránsito Version 1 del Proyecto Quellaveco y que el vehículo de caracteristicas siguientes: Tipo:………………………………..Marca:………………………………Modelo:………………………………… N° de Placa:……………………………..N° de Identificación Interna:…………………………………………… que asignamos a la prestación del servicio contratada por el Proyecto Quellaveco, cumple con lo siguiente: -

Requisitos legales establecidos por la legislación vigente para el correspondiente tipo de equipo/vehículo y los requisitos mínimos que establece el Anexo 2 del presente Reglamento. El plan de mantenimiento preventivo, el que se ejecuta de acuerdo con los requerimientos del fabricante. Haber realizado las intervenciones de mantenimiento correctivo necesarias, con el objeto de reparar los daños que haya sufrido el equipo hasta su puesta en marcha en óptimas condiciones de funcionamiento de acuerdo a lo requerido por el fabricante.

Asimismo, declaro a nombre de la empresa a la que represento, estar consciente que el incumplimiento de los requisitos antes mencionados puede causar un accidente u otro tipo de pérdidas o daños materiales y/o corporales y afectar el buen estado del equipo/vehículo y/o de otros bienes, ya sean propios, de Quellaveco y/o de terceros, así como causar lesiones, incapacidad o muerte del conductor, operador y/o los pasajeros u ocupantes del equipo/vehículo y/o de terceros, por los cuales asumo entera responsabilidad y manifiesto mi total acuerdo en que el incumplimiento voluntario o involuntario de la presente Declaración Jurada, es una falta grave a la seguridad y un incumplimiento de los términos contractuales acordados entre las partes, lo cual podría ocasionar la suspensión o término del contrato. Anglo American Quellaveco se reserva el derecho de verificar en cualquier momento, la correcta ejecución del contrato, así como el cumplimiento de las obligaciones antes mencionadas. Se adjunta los siguientes documentos en sustento de lo declarado: 1.

Lista de verificación del Anexo 2 con los resultados mínimos para vehículos y equipos debidamente llenados dando la conformidad del cumplimiento de los requisitos requeridos, lo cual se ha verificado con una inspección física. 2. Plan de mantenimiento preventivo. 3. Historial de eventos que han ocasionado daños al equipo/vehículo y las intervenciones de mantenimiento correctivo. Nombre y Apellidos:…………………………………………………………..Empresa:……………............... Cargo:………………………………………………………………………….Firma:…………………………... Fecha:……………………………………………………………….

17

ANEXO 4

18

ANEXO 5

NIVELES DE AUTORIZACION DE CONDUCCION Y OPERACIÓN INTERNA

DESCRIPCION DE EQUIPOS

CAT INT

EXC

AMBULANCIA

REQUISITO OTRO AUTORIZACION LICENCIA REQUISITO INTERNA AAMSA* A-II-b

---

A-I o AII

---

A-II-b

---

1

CAMIONETA 4 X 4

2

CAMIONETA RURAL (COMBI)

3

VAN

A-II-b

---

5

CAMION LIVIANO 4 TONS MAX

A-II-b

---

6

CAMION SEMI PESADO 12 TONS 1 EJE POST

A-II-b

---

7

MINI BUS ( MAX 33 PASAJEROS)

A-III-a

---

8

OMNIBUS ( MAS DE 33 PASAJEROS )

A-III-a

---

9

CAMIONES PESADOS DE DOBLE EJE POST

A-III-b

---

10

SEMITRAYLER

A-III-b

---

11

SEMI TRAYLER CON CAMA BAJA

A-III-b

---

12

TRAYLER

A-III-b

---

EXC

EXCAVADORA

A-I

CERTIF

EXC

MOTONIVELADORA

A-I

CERTIF

EXC

PAYLOADER

A-I

CERTIF

EXC

PERFORADORAS

A-I

CERTIF

EXC

RETROEXCAVADORA

A-I

CERTIF

EXC

RODILLO

A-I

CERTIF

EXC

TRACTOR DE ORUGAS

A-I

CERTIF

EXC

TRACTOR DE RUEDAS

A-I

CERTIF

EXC

COMPRESORAS

A-I

CERTIF

EXC

MINI CARADORES, ACCESORIOS Y EQUIVALENTE

A-I

CERTIF

EXC

MONTACARGAS

A-I

CERTIF

EXC

GRUAS

A-III

CERTIF

VL-AMBULANCIA

OBS EXCLUSIVA

VL-VEHICULOS LIVIANOS

EMS-VEHICULOS SEMI PESADO

Nota.- Un conductor autorizado para un vehículo mayor, puede conducir un Vehículo Menor. Exceptuando a los conductores EMS-VEHICULOS que cuente con la Categoría AIIIa PESADOS solo para transp. De pasajeros y el AIIIb Sólo para Transp. De carga en su categoría.

EMS-EQUIPO PESADO

EMS-Nombre del equipo EXCLUSIVA EL-EQUIPOS DE IZAJE

EXCLUSIVA EXCLUSIVA

19

ANEXO 6

20

ANEXO 7 Estándar para Estacionamientos

21

ANEXO 8 Plan de viaje para carreteras externas al site

22

ANEXO 9 Instructivo para el control de conductas en la conducción de vehículos OBJETIVO •

Sensibilizar a los conductores que transitan al interior del área del PQ o carreteras públicas, en relación a la actitud preventiva que deben adoptar en la conducción, reflejada en la conducción defensiva y el control total sobre el vehículo.



Lograr en los conductores una conducción defensiva respetando todas las obligaciones emanadas de la ley de tránsito vigente y del presente Reglamento.



Permitir efectuar un análisis y/o estudio estadístico a fin de detectar los horarios, días y sectores donde más se transgrede las obligaciones, así como las empresas y segmento de personas que las cometen.

ALCANCE Y RESPONSABILIDAD •

Será responsabilidad conjunta del área de Security y SSO la implementación de este Instructivo de tal modo de controlar el tráfico y conducción de vehículos en el PQ.

TIPOS DE INFRACCIONES Y MEDIDAS CORRECTIVAS

Medida Correctiva Infracción

Menor

Moderada

Concepto de Infracción

• Las Infracciones menores incluyen, pero no se limitan a: • Exceder la velocidad máxima en 5 a 10km/h. • Poseer, pero no portar la licencia interna de conducir (fotocheck) • Poseer pero no portar una licencia de conducir o autorización de manejo del proyecto, salvo que haya sido retenida por sanciones anteriores, en este caso será considerada Infracción Grave. • No portar la SOAT o la constancia de revisión técnica pero si tenerlos fuera del vehículo, en caso de estar vencidas esto será considerado una Infracción Grave. • Conducir de día con las luces apagadas. • Utilizar las luces altas al aproximarse y/o seguir a un vehículo a menos de 200 metros. • No usar direccionales para girar. • No obedecer las señales de tránsito (usar claxon) • Transportar material y/o herramientas en cabina de pasajeros sin asegurar. • Sobre parar y no parar completamente ante una señal de PARE. • Conducir un vehículo en condiciones sub estándares. • Escoltar un equipo sin el uso correcto de la circulina, luces, intermitentes y carteles. • Acceder a su equipo o vehículo sin usar los tres puntos de apoyo. • No mantener una distancia segura del vehículo que lo antecede. • Transitar con vehículos en condiciones sub estándares. En caso se haya identificado en la inspección de Pre-Uso, la infracción la recibirá la Supervisión. • Fumar mientras conduce. • No respetar las prioridades vehiculares. • No utilizar lentes de seguridad en la conducción de vehículos con las ventanas abiertas. • Ser responsable de un accidente de potencial menor. Las Infracciones moderadas incluyen, pero no se limitan a: • Exceder la velocidad máxima en 11 a 15 km/h. • Conducir de noche sin las luces encendidas. • Conducir un vehículo o equipo móvil sin autorización. • Acumular la Segunda violación menor. • Adelantar a otro vehículo o equipo en una subida o curva ciega. • Dejar un vehículo averiado sin la señalización correspondiente, intermitentes, conos o triángulos de

1º vez

2º vez

3º vez

Amonestación escrita aplicada por el supervisor inmediato con conocimiento del área de RRHH.

Suspensión de autorización para conducir por 1 semana

Suspensión de autorización para conducir por 1 mes

Suspensión de autorización para conducir por 1 semana

Suspensión de autorización para conducir por 15 días

Suspensión de autorización para conducir por 6 meses

23

seguridad. • Transportar materiales de manera insegura en la tolva del vehículo que causen riesgos a las personas o equipos. • Estacionarse en lugares riesgosos (curvas, cortes frescos de talud, áreas de trabajo de equipo pesado) • No tener implementado los accesorios para vehículo o equipo móvil (tacos, conos, circulina, extintores, juego de llaves, llanta de repuesto, check list, etc.) • Dejar el vehículo encendido cuando no está ocupado y dejar la llave en el contacto. • Adelantar a otro vehículo o equipo en una subida o curva ciega donde la visión de la vía es limitada. • Llevar a más personas de lo indicado en la tarjeta de propiedad del vehículo Las Infracciones graves incluyen, pero no se limitan a: Suspensión de Suspensión de Suspensión • Exceder la velocidad máxima en 16 a 24 km/h. autorización para licencia por 6 definitiva de la • Segunda Infracción moderada o tercera menor. conducir por 15 días meses autorización para • Ser responsable de un accidente de potencial moderado conducir (*) • No usar el cinturón de seguridad. Quedara • Acumular una Segunda Violación Moderada. inhabilitado para • Manejar dentro del Proyecto sin haber obtenido la obtener la Autorización Interna de Manejo. (*) autorización. • Presentar Licencia de Conducir falsa. • Continuar ante una señal de PARE, sin llegar a detenerse (**) Retiro del PQ completamente. • No obedecer las señales de un vigía de tránsito. • No reportar un incidente vehicular experimentado. • Hablar por celular o radio portátil mientras conduce. • Manejar bajo la influencia de alcohol o drogas. (**)

Grave



Para que los conductores sancionados (excepto la amonestación escrita) retomen la conducción, luego de las acciones disciplinarias, deberán realizar obligatoriamente:  Curso de Manejo Defensivo (Teórico-Práctico y evaluación)  Carta de compromiso

24

ANEXO 10 Especificaciones para Barras Antivuelco

Nota: para cualquier duda o necesita el estándar completo comuníquese con la gerencia de SSO del Proyecto Quellaveco 25

ANEXO 11

CONT ENIDO DE BOTIQUINES Y L IST A DE CHEQUEO. UBICACIÓN: ÁREA:

TRANSPORTE: TODO TIPO DE VEHÍCULO.

26

PERSONAL RESPONSABLE:

CONDUCTOR:

TIPO DE VEHÍCULO, MARCA Y PLACA:

ITEM.

INSUMOS, MATERIALES Y MEDICAMENTOS.

CANTIDAD.

FECHA DE VENCIMIENTO.

INDICACIONES.

1

Agua Oxigenada x 120ml.

01 Frasco.

Desinfección, Limpieza y Curaciones.

2

Alcohol de 70° x 500ml.

01 Frasco.

Desinfección y Limpieza.

3

Algodón x 50 gr.

01 Unidad.

Desinfección y Limpieza.

4

Aposito esterilizado 10 x 10 cm.

10 Unidades.

5

Bajalenguas.

20 Unidades.

6

Bandas adhesivas (curitas).

20 Unidades.

Heridas y escoriaciones pequeñas.

7

Cloruro de Sodio 9% x 1 lt.

01 Frasco.

Limpieza para todo tipo de heridas, hemorragias, quemaduras y ojos.

8

Esparadrapo 2.5 cm x 5 cm.

01 Unidad.

9

Férulas o tablillas de 40cm x 5 cm.

02 Unidades.

FECHA DE SALIDA.

FECHA DE REPOSICIÓN.

Cubrir: Heridas, Hemorragias, Fracturas expuestas. Inmovilización fracturas y luxaciones de huesos cortos: mano, pie, dedos. Evaluación Médica.

Fijar materiales en: Heridas, Hemorragias, Fracturas, Vendajes y Vías( Sueros, Dextrosa, Cloruro). Inmovilizar: Fracturas, Luxaciones, Esguinces, Torceduras. Curaciones, Heridas, Hemorragias, Fracturas expuestas.

10

Gasas esterilizadas fraccionadas de 10 cm 20 Unidades. x 10 cm.

11

Guantes quirurgicos 7 1/2 descartables.

04 Sobres.

Protección de la persona en: Curaciones, Heridas, Hemorragias, Fracturas expuestas y para todo tipo de procedimiento.

12

Linterna.

01 Unidad.

Dar iluminación o luz.

13

Manta o frazada.

01 Unidad.

Mantener calor del paciente, para evitar la hipotermia.

14

Tijeras de trauma, niquelada de 4.5".

01 Unidad.

15

Venda elástica 2´´ x 5 yardas.

02 Unidades.

16

Venda elástica 4´´ x 5 yardas.

02 Unidades.

17

Venda elástica 6´´ x 5 yardas.

02 Unidades.

18

Yodo Povidona solución Fco. X 120 ml.

01 Frasco.

Limpieza, Desinfección y Curaciones.

19

Guía de Primeros Auxilios.

01 Unidad.

Pautas y tips de primeros auxilios y para procedimientos médicos básicos.

18

Precintos de Seguridad

01 Unidad.

seguridad del botiquin

Para cortar la ropa del paciente para poder ver y exponer la zona afectada. Cubrir y fijar: Heridas, Hemorragias, Fracturas, Luxaciones, Esguinces Inflamaciones y Contusiones. Cubrir y fijar: Heridas, Hemorragias, Fracturas, Luxaciones, Esguinces Inflamaciones y Contusiones. Cubrir y fijar: Heridas, Hemorragias, Fracturas, Luxaciones, Esguinces Inflamaciones y Contusiones.

INSPECCIÓN TRIMESTRAL DE BOTIQUINES. FECHA DE INSPECCIÓN.

PARTICIPANTES.

OBSERVACIONES.

FECHA DE LEVANTAMIENTO.

1°TRIMESTRE. 2°TRIMESTRE. 3°TRIMESTRE. 4°TRIMESTRE.

Versión

Fecha

Descripción

Autor

Revisión

Aprobado

1

25.03.14

Versión 1

Walter Lino / Luis Navarrete

Luis Espinoza

Federico González

Firma Aprobador

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