Reglamento Interno 2017

February 19, 2019 | Author: Santísimo Sacramento Trujillo La Esperanza | Category: Institution, Teachers, Curriculum, Secondary Education, Labour Law
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Es un documento normativo de la Institución Educativa "Santísimo Sacramento"...

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RIOF: REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

I.E.A.C. “SANTISIMO SACRAMENTEO”

REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

LA ESPERANZA  – SECTOR BELLAVISTA 2017 1

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INTRODUCCIÓN La Institución Educativa de Acción Conjunta Parroquial “Santísimo Sacramento” creado el 11 de mayo de 1967 con R.D. N° 1207; es una institución que se organiza y funciona de acuerdo a disposiciones que rigen a todos los colegios nacionales del país; con la presencia de la parroquia, que refuerza el aspecto espiritual del educando generando una formación integral en los tres niveles: inicial, primaria y secundaria. Para el acertado cumplimiento de los objetivos, la Institución I nstitución Educativa de Acción Conjunta Parroquial “Santísimo Sacramento” cuenta con el presente documento

de gestión denominado “Reglamento Interno de Organización y Funciones (RIOF), el mismo que ha sido formulado en concordancia con los lineamientos establecidos por el reglamento de organización y funciones de la Dirección Regional de Educación.

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GENERALIDADES El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas generales y específicas, para el funcionamiento integral de la Institución Educativa de Acción Conjunta “Santísimo Sacramento”

Este reglamento trata fundamentalmente de su organización, su constitución, funcionamiento y responsabilidad de sus diferentes estamentos organizacionales; detallando las disposiciones generales para la conducción de los niveles de inicial, primaria y secundaria.

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REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES INDICE INTRODUCCIÓN GENERALIDADES TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I: DEL CONTENIDO Y ALCANCES TITULO SEGUNDO: DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

CAPÍTULO II: CREACIÓN CAPÍTULO III: FINES CAPÍTULO IV: OBJETIVOS CAPÍTULO V: MISIÓN Y VISION INSTITUCIONAL CAPÍTULO VI: FUNCIONES GENERALES CAPÍTULO VII: ESTRUCTURA ORGÁNICA TITULO TERCERO: DE LOS ÓRGANOS DE LA L A INSTITUCIÓN EDUCATIVA

CAPITULO VIII: DE LOS ASPECTOS PRINCIPALES

1. ENTIDAD PROMOTORA 2. ÓRGANO DE DIRECCIÓN 2.1

Dirección

3. ÓRGANO DE ASESORAMIENTO Y COORDINACIONES 3.1. Asesoría Contable 3.2. Asesoría Técnico Pedagógico

4. ÓRGANO DE FORMACIÓN HUMANO CRISTIANA 4.1. Pastoral 4.2. Tutoría y Orientación Educacional

5. ÓRGANOS DE EJECUCIÓN 5.1. Coordinación Académica: Inicial, Primaria Y Secundaria 5.2. Coordinación de disciplina y normas de convivencia convivencia 5.3.

Coordinación de aula de innovación pedagógica

5.4.

Coordinación del plan lector

5.5.

Coordinación de Gestión Ambiental

5.6.

Coordinación de actividades culturales y proyección institucional

5.7.

Coordinador de Gestión de Riesgos.

TITULO CUARTO: AREA PEDAGÓGICA

CAPITULO IX: DE LOS ORGANISMOS PEDAGÓGICOS 4

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1. 2. 3. 4. 5.

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Docentes Tutores Talleres  Auxiliares de Educación Educación Estudiantes

TITULO QUINTO: DE LA ADMINISTRACIÒN

CAPÌTULO X: ORGANOS DE APOYO ADMINISTRATIVO 1. Secretaría 2. Portería y limpieza 3. Guardián nocturno TITULO SEXTO: DE LOS PADRES P ADRES DE FAMILIA Y ORGANISMOS ESTUDIANTILES

CAPÌTULO XI: ÓRGANOS DE COLABORACIÓN 1. Junta de Presidentes de Comités de Aulas. 2. Asociación de ex – estudiantes Santinistas 3. Organismos estudiantiles a. Del municipio escolar b. Policías escolares c. Defensa civil TITULO SEPTIMO: DE LA PLANIFICACIÓN PEDAGOGICA

CAPÌTULO XII: ORGANIZACIÓN Y PLANEAMIENTO DEL TRABAJO EDUCATIVO TITULO OCTAVO: DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS

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TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DEL CONTENIDO Y ALCANCES institucio nal que norma y regula la organización Art.01: El Reglamento Interno es un instrumento de gestión institucional y funcionamiento de la Institución Educativa en armonía con la Axiología Católica, Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Curricular de Institución Educativa, Proyecto Curricular de Aula y otros considerandos por la Comunidad. El objeto de este Reglamento es dar a conocer a los miembros de la Institución Educativa la política educativa de la Institución, la misma que qu e se basa en el espíritu cristiano de eficiencia, efi ciencia, buenas relaciones, colaboración mutua disciplina y armonía laboral, concordando con las normas legales vigentes, para que estos tengan pleno conocimiento de sus derechos y obligaciones a fin de propiciar la consecución de los fines y objetivos de la Institución.

Art. 02: Su base legal es: a) Constitución Política del Estado Peruano b) Acuerdo suscrito entre la Santa Sede y el Gobierno Peruano, aprobado por Decreto Ley 23211 y ratificado por Decreto Legislativo Nº 626 de fecha 29 de noviembre del 1990 c) Ley General de Educación Nº 28044 d) Reglamento de Educación Básica Regular, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2004-ED. e) Reglamento de Gestión del Sistema Educativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2005-.ED f) Ley de la carrera pública magisterial N 29944 g) Evaluación de los Aprendizajes de los Estudiantes de Educación Básica Regular, aprobados por Resolución Ministerial Nº 234-2005-ED. h) R.M. Nº 199-2015-MINEDU. Aprueba Diseño Curricular Nacional de E.B.R. i) R.M. Nº 281-2016-MINEDU, Aprueba Currículo Nacional de la Educación Básica.  j) Resolución Ministerial N 627-2016. Aprueba las normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2017. k) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 483-89-ED.que regula el vínculo entre la Iglesia y el Estado l) Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006-ED, del 20 de abril del año 2006 m) Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882 y sus Reglamentos n) Ley de Protección a la Economía Familiar Respecto al Pago de las Pensiones de Enseñanza27665 y su Reglamento. o) Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por Ley 27337.

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p) Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión de las Instituciones Educativas para la Educación Básica y Educación Técnico-Productiva, emitidas anualmente por el Ministerio de Educación. q) Normas del Régimen Laboral de la Actividad Privada. r) Disposiciones emanadas del Ministerio de Educación s) Directivas del Consorcio de Instituciones Educativas Católicos; y t) El presente Reglamento Interno.

AMBITO DE APLICACIÒN: APLICACIÒN: Art. 03: Las disposiciones del presente Reglamento alcanzan al personal Directivo, Jerárquico, Administrativo, Docentes, estudiantes y padres de familia y será de cumplimiento obligatorio para todos. Este Reglamento rige desde el primer día de trabajo del personal en la Institución Educativa, teniendo el personal la obligación de leerlo y conocerlo. Todo el personal de la Institución recibirá una copia del presente Reglamento Interno, a fin de que se sirvan estudiarlo cuidadosamente y puedan tener pleno y claro c laro conocimiento de sus funciones, derechos y deberes para el eficiente y libre desarrollo de su trabajo, dentro de un clima de armonía y mutua comprensión.

Art. 04: Es objetivo permanente de la Institución Educativa lograr la mayor responsabilidad y eficiencia de todos sus miembros. En consecuencia, podrá introducir nuevos proyectos, proyec tos, métodos, sistemas de trabajo y de organización en las oportunidades que lo requiera, siendo deber de los miembros cooperar ampliamente con estos y con todos los programas de estudios, investigación y experimentación que la Institución disponga. mi embros de la Institución, sin Art. 05: La ética profesional constituye un deber fundamental de todos los miembros excepción.

TÍTULO SEGUNDO: DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA CAPÍTULO II CREACIÓN Art. 06: La I.E.A.C. “SANTISIMO SACRAMENTO” está orientada a lograr y fomentar la educación y la formación integral de los estudiantes; cuyo domicilio legal es José Páez Nº 1401, teléfono № 044274191, sector Bellavista – Parte Alta del distrito de La Esperanza, Provincia de Trujillo y Región III-La Libertad. Ha sido creada, mediante R.M. 1207 de fecha 11-05-67 para brindar servicios educativos en el nivel primario, luego se amplió al nivel inicial con R.M. 2870 de fecha 18 – 08 – 83 y posteriormente al nivel secundario con R.M. 1915 de fecha 17 – 03 – 08.

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CAPÍTULO III FINES Art. 07: Sus fines son : a) Tener un personal magisterial seleccionado, tomando en cuenta la capacidad e idoneidad para ocupar un puesto o desarrollar una tarea que ayude a la consecución de los objetivos. b) Búsqueda de medios educativos para construir una sociedad desarrollada con valores de justicia, amor y paz. c) Construir una sociedad más justa y fraterna fundamentada en el Evangelio. d) Formación de estudiantes solidarios, respetuosos y responsables, capaces de hacer frente los retos actuales y del futuro. e) Impartir una educación que responda a las necesidades individuales, intelectuales, culturales, artísticas, morales y sociales del país. f) Integrar el contexto social en la actividad educativa para lograr una educación acorde con nuestra realidad.

CAPÍTULO IV OBJETIVOS Art. 08: Sus objetivos institucionales son: a) Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una educación de calidad, sin exclusiones, en razón de la diversidad de las personas. b) Formar ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de convivir en armonía con su entorno, de integrarse críticamente a la sociedad y de contribuir en la construcción de una sociedad democrática,  justa e inclusiva, y de participación en el desarrollo educativo y cultural de la comunidad. c) Formar integralmente a las estudiantes para que desarrollen destrezas, actitudes y valores, y sean capaces de construir su proyecto de vida. d) Promover la incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de los aprendizajes de las estudiantes y de la gestión Institucional. e) Propiciar una participación de calidad de los padres, en apoyo de la gestión educativa organizando procesos de formación permanente para ellos, de modo que puedan adquirir capacidades para el buen desempeño de sus funciones. f) Propiciar el clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitando la interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética, eficaz, y creativa, respetando el principio de autoridad. 8

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g) Contribuir a la articulación del sistema educativo descentralizado con el gobierno local para el desarrollo comunal. h) Contribuir a la formación espiritual de las estudiantes basadas en los valores del evangelio y a la luz de los principios institucionales.

CAPÍTULO V MISIÓN Art. 09: Su misión: La Institución Educativa de Acción Conjunta “Santísimo Sacramento” que cuenta con los niveles de inicial, primaria primaria y secundaria, promueve aprendizajes significativos significativos al brindar una educación integral de calidad basada en sólidos valores Cristiano – católicos, que permite desarrollar capacidades creativas, innovadoras, ecologistas, preventivas e investigadoras, para formar educandos conscientes de su realización personal, de la preservación del medio ambiente y su integración a la sociedad actual.

Art. 10: Su Visión: Nuestra Institución Educativa “Santísimo Sacramento” es constituirse en una de las mejores del distrito, líder en la formación integral de los estudiantes; brindando una educación educ ación innovadora, ecologista, preventiva y de calidad, utilizando corrientes y procesos pedagógicos que garanticen un aprendizaje de calidad y una formación sólida en valores, teniendo como guía a Cristo Eucaristía.

CAPÍTULO VI FUNCIONES Art. 11: Funciones generales. a) Impartir una educación integral basada en la propuesta del Ministerio de Educación para el desarrollo de las capacidades según el pensamiento crítico, creativo, ejecutivo y resolutivo. b) Desarrollar un proceso de aprendizaje enseñanza, basada en capacidades y estrategias cognitivas  – meta cognitiva para lograr el desarrollo integral de los estudiantes. c) Ejecutar actividades curriculares y extracurriculares con participación de los agentes educativos de

la comunidad del Santísimo Sacramento en bien de la institución y la comunidad local. d) Promover la integración y participación activa de los miembros de la comunidad educativa. e) Desarrollar una formación académica, pro activa que permita al estudiante construir sus propios aprendizajes, incluyendo en lo cognitivo, el amor a Dios y a todo lo que él creo.

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CAPÍTULO VII ESTRUCTURA ORGÁNICA Art. 12: Estructura Orgánica. 1. Entidad Promotora. 1.1. Arzobispado Metropolitano de Trujillo, a través de La Oficina Diocesana de Educación Católica (O.D.E.C.) de Trujillo y el representante parroquial de la promotora en la institución. 2. Órgano de Dirección. 2.1. Director(a) 3. Órgano de Asesoramiento 3.1. Asesoría Contable 3.2. Asesoría Técnico – Pedagógica 4. Órgano de formación humano cristiana 4.1. Coordinación de Pastoral 4.2. Coordinación de Tutoría y Orientación 5.

Órganos de Ejecución 5.1. Coordinación Académica: Inicial, Primaria, Secundaria 5.2. Coordinación de Normas y Disciplina Escolar 5.3. Coordinación de Aula de Innovación Pedagógica 5.4. Coordinación de Plan Lector 5.5. Coordinación de Gestión ambiental 5.6. Coordinación de Actividades Culturales Y Proyección Institucional 5.7. Coordinación de Gestión de Riesgos.

6. Órgano Pedagógico y de apoyo 6.1. Docentes 6.2. Tutores 6.3. Auxiliares de Educación 6.4. Estudiantes 7. Órganos de Apoyo Administrativo 7.1. Secretaría. 7.2. Servicios y Mantenimiento 8.

Órganos de Colaboración 8.1. Comités de aula de PP.FF. 8.2. Asociación de exalumnos 8.3. Organismo Estudiantiles.

9. Órgano de coordinación.

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TITULO TERCERO: DE LAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS DEL CENTRO EDUCATIVO CAPITULO VIII DE LOS ASPECTOS PRINCIPALES 1. DE LA ENTIDAD PROMOTORA Art. 13: El Arzobispado Metropolitano de Trujillo como ente Promotor está representada por el párroco de la Parroquia “Santísimo Sacramento”.

Art. 14: Son responsabilidades del Promotor: a) Impartir una educación en la fe, donde la misión educativa irá acompañada de la proclamación de la Palabra de Dios, invitando a nuestros estudiantes a un cambio interno. b) Brindar una educación integral, mediante la asimilación sistemática y crítica de la cultura, el cultivo progresivo de valores del espíritu y el desarrollo armónico de sus capacidades intelectuales, físicas, fís icas, morales y éticas. c) Lograr una educación basada en valores, donde las estudiantes puedan formar su propia jerarquía de valores, que les ayude a mantener su identidad. d) Promover una educación basada en el amor de Cristo. e) Designar o ratificar a la Directora y personal de la institución i nstitución de acuerdo con las normas establecidas por la ODEC y el Ministerio de Educación. f) Participar en la elaboración y aprobación del presupuesto operativo institucional y en la fijación del costo de las pensiones y sistema de otorgamiento de becas en el nivel secundario, según dispositivo previamente aprobado. g) Aprobar el organigrama institucional y sus modificaciones. h) Promover la implementación y administración de los bienes de la institución educativa. i) Estimular la capacitación y actualización profesional del personal.  j) Establecer y aprobar la dirección, organización, administración y funciones de la institución educativa. k) Promover las buenas relaciones con los padres de familia. l) Aprobar y dar el Visto Bueno al Reglamento Interno y demás documentos de gestión en concordancia con la Ley General de Educación y el Convenio de los Centros Educativos de Acción Conjunta y sus Reglamentos, en coordinación con la Directora. m) Es responsable de la orientación axiológica, académica y administrativa del Centro educativo.

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n) Velar por la observancia de la axiología católica, fines, principios, objetivos, lineamientos de política institucional, especificados en el Ideario, el presente Reglamento Interno y demás normas. o) Integrar, el equipo de monitoreo de la institución educativa p) Promover y participar en reuniones y jornadas pedagógicas con todo el personal de la institución educativa

2. DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN 2.1 Dirección Art. 15: La Dirección es ejercida por un o una docente propuesta por el Párroco de la Parroquia “Santísimo Sacramento”  conforme a las normas emanadas por el Ministerio de Educación. El director(a) es la

primera autoridad de la Institución Educativa es representante legal y responsable de ejercer las funciones establecidas en la Ley de las Instituciones Educativas de Acción Conjunta asumiendo sus funciones a tiempo completo y con dedicación exclusiva.

Art. 16: Son funciones del director: a) En la determinación de política educativa: 1. Velar por el cumplimiento del Ideario y Objetivos Generales, así como el prestigio institucional. 2. Ejercer la personería legal de la institución. 3. Establecer la duración, contenido, metodología y sistema pedagógico del plan curricular de cada c ada año o periodo de estudios. 4. Responsabilizarse de la marcha administrativa de la Institución Educativa ante el Ministerio de Educación. 5. Aprobar el Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Curricular de la Institución, el Plan Anual de Trabajo, el Reglamento Interno de Funciones, el Plan de Acompañamiento y Monitoreo, evaluando su ejecución y cumplimiento. 6. Difundir los documentos de gestión educativa en toda la comunidad educativa del plantel.

b) En el aspecto Técnico-Administrativo: 1. Aprobar en primera instancia, con el visto bueno bue no de la Promotora el Presupuesto Anual y el Plan de Operaciones, velando para que los gastos previstos respondan a los objetivos y acciones priorizadas en los planes correspondientes. 2. Ejercer el control para la ejecución del presupuesto de la institución educativa. 3. Autorizar con su firma todo gasto que se realice con lo presupuestado. 4. Intervenir directamente en todo lo que se refiere a la administración de bienes y rentas del plantel. 5. Contratar al personal jerárquico, docente, administrativo I y II, en base a los Cuadros de Asignación de Personal que aprueba el representante de la promotora. 6. Asegurarse que se efectúe los pagos a los docentes y personal contratado directamente por la institución educativa.

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7. Responsabilizarse del estricto cumplimiento de las obligaciones y funciones contraídas por los diferentes integrantes del plantel, siempre que cuenten con su aprobación previa. 8. Supervisar el cumplimiento de los horarios de trabajo, aplicando los correctivos en forma oportuna a fin de superar las deficiencias. En caso de incumplimiento de las normas laborales, disponer la aplicación de sanciones establecidas por las disposiciones legales vigentes. 9. Visar los permisos y salidas del personal docente y administrativo I - II 10. Programar con la debida anticipación las entrevistas con el personal que labora en la institución educativa, fomentando en todo momento las relaciones humanas en la administración. 11. Responsabilizarse por la administración de la evaluación del personal. 12. Gestionar, junto con el Promotor, la liberación de impuestos y otros tributos, en los casos de donaciones o adquisición de equipos para la institución educativa 13. Supervisar el estricto cumplimiento de los dispositivos específicos sobre la cuota única, pago de pensiones y concesión de becas a los estudiantes. 14. Firmar los certificados y constancias de estudios y otros documentos oficiales de los educandos. educandos. 15. Firmar las constancias de servicios prestados al plantel, las constancias de pagos de haberes del personal y otros documentos oficiales del personal a su cargo. 16. Dirigir y supervisar la correcta gestión y canalización en los plazos previstos de la correspondencia oficial. 17. Disponer la publicación de las directivas y demás documentos informativos de la institución educativa. 18. Supervisar que la Secretaría remita oportunamente la documentación a los organismos oficiales, tales como nóminas de matrícula, actas oficiales de evaluación, cuadros estadísticos y demás documentos que la ley y los reglamentos prevé. 19. Supervisar el cumplimiento de los documentos normativos, planes de trabajo, guías y otros documentos internos de la institución educativa. 20. Recabar los informes de los diferentes organismos de la institución educativa como elementos para elaborar la memoria anual, y remitirla oportunamente al escalafón oficial correspondiente. 21. Coordinar con el promotor para otorgar becas y medias becas s para el nivel secundario. 22. Cumplir con otras disposiciones que le asignan los dispositivos oficiales y que son compatibles con el carácter propio de la institución educativa. 23. Resolver los asuntos administrativos que son de su competencia y que no se contemplan en el presente Reglamento. 24. Aprobar mediante R.D.I, el presente Reglamento 25. Cumplir y hacer cumplir, el presente Reglamento, así como las demás disposiciones legales y normas internas.

c) En el aspecto Académico: 1. Asesorar, orientar, coordinar, dirigir y evaluar procesos de planificación, organización, dirección, 13

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ejecución, monitoreo y acompañamiento, y evaluación de los aprendizajes. 2. Coordinar acciones de formación humano-cristiana. 3. Aprobar, supervisar y evaluar el cronograma anual de actividades académicas. 4. Actualizar el diagnóstico situacional de la institución educativa. 5. Visar los documentos de programación curricular, verificando la concordancia con el proyecto educativo institucional, los perfiles educativos y curriculares de las diferentes áreas. 6. Aprobar los cuadros de distribución horaria semanal y velar por el estricto cumplimiento del horario de clases, disponiendo los correctivos en casos necesarios. 7. Dirigir, orientar, supervisar y evaluar los eventos académicos académic os que se desarrollan en la institución educativa. 8. Promover toda forma de innovación metodológica que favorezca la formación del estudiante. 9. Fomentar en todo acto académico las relaciones humanas en base a la integración del trinomio educador-educando – padre de familia. 10. Convocar a sesiones a los coordinadores académicos, para recibir la información sobre el avance curricular, logros significativos, deficiencias, omisiones problemas de comportamiento para determinar alternativas de solución. 11. Aprobar proyectos y programas de capacitación profesional de los docentes. 12. Planificar y ejecutar proyectos y programas de capacitación docente. 13. Cuidar que el personal jerárquico, docente y personal de apoyo administrativo mantenga la rectitud, la justicia y el respeto a la dignidad de la persona como corresponde a la alta y noble misión que cumplen. 14. Aprobar el Calendario Religioso-Cívico-Escolar. 15. Dirigir y asesorar los planes de los diferentes órganos y organismos institucionales existentes en la institución educativa. 16. Presidir todas las actuaciones educacionales dentro o fuera de la institución educativa. 17. Evaluar permanente y sistemáticamente el proceso educativo y preparar oportunamente los Informes que son de su competencia. 18. Resolver con la participación de los coordinadores académicos los l os asuntos pedagógicos que son de su competencia y que no se especifican en el presente Reglamento Interno. 19. Velar permanentemente por el cumplimiento de las normas y los criterios de comportamiento, especialmente las relacionadas con el P.E.I y los criterios de honradez, responsabilidad, veracidad, ayuda mutua, sentido fraterno y respeto a la persona humana. 20. Mantener el principio de autoridad y velar por la responsabilidad y funcionalidad entre los organismos del plantel. 21. Aplicar los correctivos y disponer las sanciones que cada caso lo requiera. 22. Desempeñar todas las demás funciones Inherentes a su cargo y las que le señale la superioridad. 14

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3. DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO ASESORAMIENT O Y COORDINACIONES 3.1. ASESORÍA CONTABLE Art. 17: El cargo de asesor contable lo ejercerá un(a) profesional de la especialidad contratado por el la Institución Educativa. ins titución con el fin de Art. 18: Su función principal es brindar asesoramiento administrativo y contable a la institución garantizar la eficiencia de las operaciones y en la gestión de obligaciones contables de la institución educativa, como también llevar al día la información contable de la misma.

3.2. DE LA ASESORÍA TÉCNICO PEDAGÓGICA Art. 19: Es un cargo de confianza, por lo tanto, es designada por el Director(a), su principal actividad es apoyar al mejoramiento continuo de los procesos y resultados establecidos en el PEI.

Art. 20: Organiza, asesora, monitorea y evalúa el área académica. Art. 21: Sus funciones son: a) Convocar y orientar el trabajo en equipo para la formulación, ejecución y evaluación del PEI, PCIE, PCA, PAT y otros documentos de gestión Institucional. b) Planificar, organizar, desarrollar, monitorear y evaluar todas las actividades y servicios se rvicios pedagógicos que el centro educativo realiza. c) Planificar y trazar las acciones que permitan, faciliten y optimicen la participación de los padres de familia y profesores en la consecución de los objetivos de la educación. d) Evaluar la aplicación del Proyecto Curricular de la Institución Educativa y respaldar las iniciativas para su permanente mejoramiento. e) Promover y ejecutar acciones pedagógicas de mejoramiento de la calidad de la enseñanza y aprendizaje, así como la capacitación del personal y el uso de los TIC, de acuerdo al presupuesto institucional. f) Estructurar el Plan de Estudios y orientar su ejecución, de conformidad con la propuesta curricular del centro educativo. g) Planificar, coordinar, evaluar e informar sobre las actividades específicas de evaluación académica e institucional. h) Incentivar y promover los proyectos de investigación e innovación innovació n pedagógica que permitan construir una educación en valores, competitiva y de calidad. i) Velar por el cumplimiento y actualización de la evaluación de los aprendizajes.  j) Brindar información y orientar sobre aspectos referentes a los sistemas de evaluación. k) Proponer a la Dirección, a los profesores, que tendrán la responsabilidad de las secciones s ecciones del nivel. l) Asesorar y supervisar sobre el manejo de los Registros de Evaluación. 15

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m) Orientar el funcionamiento de Tutoría, entendida como una labor de prevención, prev ención, acompañamiento y orientación individual y/o grupal. n) Desempeñar todas las demás funciones Inherentes a su cargo y las que le señale la superioridad.

4. DEL ÓRGANO DE FORMACIÓN HUMANO CRISTIANA 4.1. DEL AREA DE PASTORAL Art. 22: Su función principal es promover la vivencia de valores evangélicos contribuyendo a la formación de la conciencia religiosa y moral que garantiza la vivencia de la verdadera libertad y el desarrollo de las virtudes cristianas dentro del respeto a la persona.

Art. 23: La coordinación la ejerce un docente capacitado y comprometido, acompañado de un equipo docente y/o administrativos designados por la Institución.

Art. 24: Está bajo la dependencia de la dirección y mantiene una estrecha relación con el Párroco. Art. 25: El Equipo de pastoral de la institución es el responsable directo de las actividades espirituales que se realicen, con la participación del personal docente, padres de familia, estudiantes y comunidad.

Art. 26: Sus funciones son: a) Elaborar el Programa Anual de la Coordinación y presentarlo al director para su conocimiento y aprobación. b) Promover, planificar y ejecutar políticas y acciones que busquen el desarrollo integral de la personalidad de las estudiantes de acuerdo a las exigencias de la nueva evangelización, ev angelización, la realidad local, nacional y mundial. c) Difunde y hace cumplir las actividades pastorales programadas en el Plan Anual de Pastoral. d) Participar en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Curricular de Institución Educativa, Plan Anual de Trabajo y otros asignados por la dirección. e) Intensificar la experiencia religiosa de las estudiantes, propiciando el seguimiento más adecuado a sus necesidades en la formación de su fe. f) Promover la integración de los docentes y de todo el personal del centro educativo, en la formación de su fe, participando en las acciones de pastoral que favorezcan la vivencia concreta de su comportamiento cristiano católico. g) Fomentar la participación de los profesores, personal de la institución educativa, ex-estudiantes, padres de familia en el trabajo de pastoral de la institución educativa. h) Promover el espíritu de solidaridad como expresión de la fraternidad, en toda acción y gestión, sea académica, cívica, religiosa y de promoción comunal. i) Coordinar con el sacerdote las celebraciones eucarísticas y litúrgicas programadas.  j) Supervisar y asesorar las actividades religiosas que se organizan en la institución educativa. k) Supervisar la oración semanal y el rezo del ángelus. l) Verificar el cumplimiento de las actividades religiosas programadas. m) Informar bimestralmente al Director del desarrollo del Plan de la Coordinación. 16

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4.2. DE LA TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCACIONAL Art. 27: La Tutoría y Orientación Educacional, es dirigida por el Comité de TOE debidamente capacitado para ejercerlo.

Art. 28: En caso de ausencia del docente responsable de T.O.E., la persona encargada del área de psicología asumirá el cargo con la propuesta de la Dirección.

Art. 29: El comité encargado del T.O.E. con el asesoramiento del área de psicología, serán los responsables de orientar el aspecto conductual, actitudinal y motivacional, asimismo descubrir las habilidades y destrezas en los estudiantes e Integrantes de la Institución.

Art. 30: Sus funciones: a) Elaborar el plan de trabajo específico considerando acciones dirigidas a estudiantes, personal directivo, profesores y personal administrativo y padres de familia de la Institución Educativa. b) Coordinar las acciones formativas con los diferentes responsables de los órganos de la Institución Educativa. c) Supervisar, las acciones de orientación individual y grupal, que realiza el departamento de psicología. d) Elaborar y ejecutar el plan anual del área integrando las acciones del departamento de psicología, Tutoría y Orientación Educativa y Escuela de Padres. e) Participar en las reuniones periódicas que convoque la Directora. f) Mantener una comunicación permanente con los diferentes órganos de la institución educativa. g) Colaborar en la prevención y detección de problemas o dificultades educativas de formación y desarrollo personal que presenten los estudiantes y derivarlas a las instancias profesionales correspondientes. h) Orientar y aconsejar a los estudiantes con dificultades en el comportamiento y en la convivencia con sus pares en el colegio. i) Citar, atender y aconsejar a las familias en asuntos conductuales.  j) Estimular el interés y preocupación de los Padres de Familia en la formación y orientación futura en los educandos. k) Proporcionar una orientación académica y profesional individualizada y diversificada en consejería según las necesidades. l) Motivar a todos los docentes tutores y no tutores para que realicen su labor educativa como una acción predominantemente orientadora. m) Coordinar los talleres, seminarios, encuentros que promuevan el desarrollo personal, y el mejoramiento del clima institucional. n) Asesorar y apoyar a los docentes tutores con técnicas e instrumentos relativos a hábitos de trabajo, técnicas de estudio, programas de mejoramiento cognitivo o de habilidades sociales. 17

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o) Contribuir al desarrollo de las diferentes vías de atención a la diversidad prevista en la Proyecto Educativo Institucional. p) Organizar y custodiar el archivo propio de su área, guardando, bajo responsabilidad, la reserva debida de los casos y personas que han sido atendidas en su Departamento. q) Informar a la Dirección los casos que ameriten especial tratamiento o investigación. r) Realizar todas las acciones inherentes a su cargo. s) Difusión del Plan Institucional de Tutoría. t) Recepción de las sesiones de aprendizaje de tutoría. u) Monitoreo y acompañamiento en el desarrollo de las sesiones de aprendizaje de tutoría.

5. ÓRGANOS DE EJECUCIÓN 5.1. COORDINACIÓN ACADÉMICA: INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA. SECUNDARIA. Art. 31:  Las coordinaciones serán designados por la Dirección, son los responsables de promover, organizar, apoyar y desarrollar las acciones que les compete de acuerdo a la naturaleza de su cargo y nivel, dependen directamente de la Dirección.

Art. 32: Sus funciones son: 1. Participar activamente en la elaboración y ejecución del Plan de Trabajo Anual. 2. Orientar, coordinar, monitorear y acompañar, y evaluar la adecuada aplicación de los programas curriculares vigentes, las técnicas, procedimientos y materiales utilizados en el proceso de aprendizaje. 3. Orientar y apoyar el equipo de docentes del área en las diferentes etapas del proceso educativo. 4. Propiciar la actualización de los docentes a su cargo. 5. Promover los proyectos de investigación de su área, ciclo y/o nivel. 6. Crear armonía entre el personal a su cargo, propiciando la integración y el desarrollo personal. 7. Reunirse con su equipo de docentes a fin de analizar, evaluar y proponer los medios necesarios para mejorar el proceso educativo del área y/o áreas y ciclos fuera del horario de clase. 8. Velar por la asistencia, permanencia y puntualidad del personal a su cargo. 9. Informar a la Directora sobre el desenvolvimiento del área y/o ciclo(s) y nivel a su cargo. 10. Mantener informada a la Directora sobre los logros, dificultades, omisiones y alternativas de solución sol ución en los aspectos de su competencia. 11. Elevar informes sobre el desempeño académico del área, ciclo(s) o nivel a su cargo a la Directora, de forma bimestral y anualmente. 12. Mantener un archivo de la carpeta pedagógica, con las sesiones semanales, que se pueda utilizar en caso de ausencia de algún docente. 13. Amonestar al personal a su cargo en caso de incumplimiento de funciones y de las normas n ormas vigentes, así como felicitar el buen desarrollo de los mismos.

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14. Analizar y sistematizar la problemática del rendimiento escolar, informando, planificando y ejecutando planes de mejora en coordinación con los docentes. 15. Controlar la dosificación de tareas que formulen los docentes. 16. Monitorear y acompañar periódicamente las clases para verificar el proceso educativo. 17. Promover, dirigir, monitorear las actividades por el Día Del Logro y evaluación ECE en coordinación con los docentes e informar a la Dirección de la institución educativa. 18. Motivar a los docentes y estudiantes para p ara que mantenga un ambiente de trabajo limpio y agradable. 19. Brindar atención a los docentes de forma individual o grupal según lo requieran.. requieran.. 20. Recibir los informes de avance académico según el grado, nivel y área, para conocer el rendimiento académico de los estudiantes. 21. Verificar el uso obligatorio y permanente del material bibliográfico con que cuenta el plantel por los docentes. 5.2. COORDINACIÓN DE DISCIPLINA Y NORMAS DE CONVIVENCIA.

Art. 33: Trabaja estrechamente con el auxiliar de educación y con la coordinación de tutoría y orientación educativa

Art.34: Depende directamente de la dirección y vela por el cumplimiento del Reglamento de Normas y Disciplina escolar sugeridas por la institución.

Art.35: Sus funciones son: a) Planificar, coordinar, ejecutar, evaluar e informar las acciones necesarias para el correcto comportamiento de los estudiantes. b) Coordinar las acciones pertinentes con los tutores y docentes en relación al comportamiento de los estudiantes. c) Coordinar con los auxiliares y tutores para Informar oportunamente a los estudiantes y padres de familia sobre las normas de comportamiento que deben observar los estudiantes; así como los valores y virtudes que deben vivenciar. d) Recibir los informes periódicos de la asistencia, puntualidad y presentación de los estudiantes vistiendo correctamente el uniforme. e) Controlar la buena conservación y limpieza del mobiliario, aulas, laboratorios y demás ambientes de la Institución Educativa. f) Supervisar las funciones de los profesores tutores y docentes en los aspectos de presencia en las formaciones, recreos y salidas; y la puntualidad de los estudiantes en todo acto que se realiza en el patio de honor. g) Difundir y urgir el cumplimiento del Reglamento Interno del colegio. h) Fomentar la conciencia ciudadana y cívica y el sentido de proyección social de los estudiantes de la Institución Educativa.

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i) Tratar junto con el tutor los problemas de comportamiento de los estudiantes. Los casos especiales espec iales se elevarán a dirección para ser tratados por esta o por el Comité del TOE.  j) Promover en todo momento la unidad y cohesión, así como las buenas relaciones humanas, como la mejor forma de cultivar la fraternidad, la cooperación y la ayuda mutua entre la comunidad educativa. k) Supervisar a los auxiliares, que previo informe de los hechos, puedan aplicar las sanciones impuestas por las faltas de comportamiento que se oponen a lo prescrito en el presente Reglamento Interno de la Institución Educativa. l) Responsabilizarse en la organización y funcionamiento de la policía escolar para que contribuyan en el orden, disciplina y sean ejemplo de la práctica de valores cívico – patrióticas y morales. m) Otros que le asigne la Dirección.

5.3. DOCENTE RESPONSABLE DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA manej o de las Art. 36: La docente responsable del AIP es ejercida por un docente con conocimientos en el manejo TIC y con amplio conocimiento en los programas básicos de computación.

Art. 37: Tiene como función principal brindar las orientaciones para el aprovechamiento pedagógico y de gestión de las nuevas tecnologías de Información y Comunicación (TIC).

Art.38: Sus funciones son: a) Difundir, promover y aplicar los planteamientos pedagógicos de la Dirección General de

Tecnologías Educativa (DIGETE) y del Área de Tecnologías Educativas – DREC, en la institución educativa. El aprovechamiento pedagógico de las TIC es transversal a todas las Áreas curriculares. b) Organizar y planificar las actividades educativas del aula de innovación, promover la implementación de bibliotecas digitales y virtuales para la I.E, el desarrollo de materiales educativos educati vos por docentes y estudiantes y el trabajo colaborativo en la Institución Educativa y con sus pares de otras Instituciones Educativas. c) Promover la participación de docentes y estudiantes en la plataforma virtual de PERÚ EDUCA. d) Incentivar el uso del aula de innovación por los docentes del nivel primaria. e) Incentivar en los docentes la creación de un blog acorde con el o las áreas que dicta f)

Velar por la provisión, mantenimiento y renovación de los recursos educativos, equipamiento e infraestructura del aula de innovación.

g) Elaborar el catálogo de recursos educativos TIC y darlo a conocer a los docentes. h) Mantener actualizado el registro de asistencia al aula de innovación. i)

Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del aula de innovación (plan anual de trabajo, reglamento, catálogo de recursos, horarios, registro de asistencia, inventario, entre otros).

 j)

Asesorar a los docentes en el desarrollo de actividades educativas con TIC.

k) Recepcionar las sesiones de trabajo a desarrollar en el AIP.

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l)

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Organizar actividades de capacitación para el aprovechamiento pedagógico de las TIC y propiciar la organización y participación de la I.E. en ferias y/o eventos sobre las TIC.

m) Mantener instalado adecuadamente el servidor y estaciones de trabajo de la Institución Educativa. n) Participar en capacitaciones convocadas por la DRE, MINEDU, UGEL Gobierno Regional u otros por interés personal. o) Crear un blog de la institución y tener participación en las redes virtuales.

5.4. COORDINACIÒN DEL PLAN LECTOR Art. 39: La coordinación es ejercida por un docente especialista en el área de comunicación. Es designada por el director.

Art. 40: El Plan Lector es la estrategia pedagógica básica para promover, organizar y orientar la práctica de la lectura en los estudiantes de Educación Básica Regular.

Art. 41: Sus funciones son: a. Planificar, organizar, desarrollar, monitorear y evaluar todas las actividades programadas para el plan lector. b. El Plan Lector debe ser presentado a toda la Institución Educativa y difundido mediante diversos medios con el fin de comprometer a toda la comunidad en la ejecución del Plan. c. Los libros que se hayan seleccionado para la lectura deben ser considerados en la programación anual de cada docente. En lo posible, el contenido de los libros leídos debe ser vinculado con los contenidos desarrollados en las áreas curriculares. d. La lectura de los libros se realizará dentro y/o fuera del horario de clase, en la Institución Educativa, en la biblioteca, en el domicilio o en el lugar que el estudiante estime conveniente. e. Durante las sesiones de aprendizaje, los estudiantes expresaran las ideas del libro leído durante el mes, el mismo que tendrá temas vinculados con las actividades que se realicen en el aula. f. En la formulación del Plan Lector, el coordinador debe prever las estrategias pertinentes para que los estudiantes continúen con la lectura de los textos durante el período vacacional. g. Promover el desarrollo del Plan Lector considerando actividades adicionales originadas a partir de los libros seleccionados. Por ejemplo: publicar en periódicos murales o revistas los trabajos de redacción que motiven la lectura de algún texto, organizar ferias de libros, realizar tertulias literarias con participación de los autores de los libros leídos, elaborar trípticos para difundir el evento; organizar círculos de lectura, entre otras. h. Para facilitar la ejecución del Plan Lector se debe proceder a la codificación y exposición inmediata de los libros de la biblioteca institucional para que los estudiantes y los docentes sepan con qué material de lectura cuentan en la Institución Educativa.

5.5. DE LA COORDINACION DE GESTION DEL MEDIO AMBIENTE

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Art. 42: La coordinación es ejercida por un docente con gran sensibilidad en el cuidado y protección a la naturaleza. El cargo es designado por el director.

Art..43: Su principal labor es planificar las actividades que garanticen la protección del medio ambiente, diseñando PROYECTO EDUCATIVO AMBIENTAL, ejecutando acciones que permitan corregir y controlar las fuentes de contaminación, velando por el cumplimiento de las normativas, criterios legales y soluciones técnicas emitidas a los efectos de resguardar, conservar y mejorar las condiciones del medio ambiente de la institución educativa.

Art. 44: Sus funciones: a. Planificar, coordinar y controlar las actividades del Proyecto Educativo Ambiental. b. Elaborar planes y programas de protección ambiental en la institución educativa y en su entorno a

él. c. Emite las instrucciones necesarias para la correcta ejecución de las actividades de inspección y

análisis del área de protección ambiental. d. Ejecuta acciones preventivas que permitan corregir y controlar las fuentes contaminantes. e. Realiza estudios de impacto ambiental que permitan corregir y controlar las fuentes contaminantes. f. Mantiene contacto con Defensa Civil y el Ministerio del Ambiente y otras instituciones que puedan

suministrar información para una adecuada retroalimentación. g. Evalúa los informes de inspección y análisis, sobre la señalización de los ambientes y el uso de los

 jardines y áreas verdes realizados por el personal docente. h. Presenta a su superior inmediato recomendaciones que tiendan a mejorar las condiciones del

ambiente. i. Coordina directamente con el coordinador de Gestión de Riesgos, para velar por las zonas de

seguridad.  j. Elabora informes periódicos de las actividades realizadas. k. Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada.

5.6. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES Y PROYECCIÓN INSTITUCIONAL Art. 45: La coordinación es ejercida por un docente con conocimientos en imagen institucional, relaciones públicas y planificación educativa. Es designada por la directora.

Art. 46: La coordinadora de actividades debe mostrar cualidades de organización, responsabilidad, liderazgo, iniciativa y creatividad, respetuosa de la autoridad, disciplinada, puntual y con sentido artístico, de amplio criterio, cultura general y proactividad.

Art. 47: En caso de ausencia es reemplazada, por el docente designado por la Dirección. Art. 48: La  coordinación es responsable directa de la imagen institucional, ejecución de actividades curriculares y extracurriculares, asegurando que éstas estén orientadas en conformidad con el marco teórico doctrinal de la institución educativa.

Art. 49: Sus funciones son: 22

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a) Propiciar un ambiente cordial y de confraternidad entre todos los integrantes de la Comunidad Educativa con participación directa. b) Organizar, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades de carácter cívico patriótico, orientados a fortalecer la identidad institucional, conciencia regional y nacional. c) Promover el desarrollo de actividades educativas de carácter cultural, recreacional y otros. d) Racionalizar el uso de los ambientes culturales programando las actividades de cada sección o grado. e) Dar a conocer por escrito el cronograma de actividades a realizarse durante el año lectivo para que los docentes se prepararen oportunamente. f) Informar periódicamente sobre el cumplimiento de las actividades programadas. g) Programar actividades prioritarias de los diferentes estamentos de la familia Santinista. h) Comunicar a la opinión pública sobre acciones sobresalientes de la institución promocionando su imagen. i) Prioritariamente velar por la imagen institucional.  j) Vigilar celosamente que las instalaciones y equipo sonido y otros no se maltraten ni deterioren. k) Elaborar el presupuesto anual para las actividades culturales y artísticas. l) Mantener informada a la Dirección, de todas las actividades que se vienen desarrollando. m) Velar por la buena presentación del alumnado en cada actividad cultural dentro y fuera del plantel.

5.7. COMITÉ DE GESTION DE RIESGOS. Art. 50: La coordinación es ejercida por un docente capacitado en Defensa Civil. Art: 51: Su responsabilidad básica es proteger a la comunidad educativa, promoviendo la capacitación de sus miembros y previniendo daños físicos y /o materiales, proporcionado ayuda oportuna y adecuada.

Art. 52: Sus funciones son: 1. Planificar, organizar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades planificadas de Defensa Civil. 2. Diseñar y proponer estrategias de reducción de riesgos ante desastres en el proceso de planeamiento del desarrollo. 3. Coordinar las actividades de prevención con los responsables de INDECI en la localidad. 4. Establecer relaciones de colaboración con la Policía Nacional del Perú y con el Centro Médico más cercano a la institución. 5. Dirigir y conducir las actividades necesarias encaminadas a obtener la tranquilidad de la población estudiantil. 6. Programar cursos de capacitación para docentes y estudiantes en gestión de riegos, primeros auxilios, señalización y actividades de evacuación. 7. Organizar actividades de simulacro teniendo en cuenta el tiempo, las zonas de escape, el botiquín, las camillas, extinguidores que ayudaran a aliviar cualquier desastre. 8. Elabora informes periódicos de las actividades realizadas. 23

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9. Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada. 10. Enviar el reporte al portal PERU EDUCA 11. Organizar, con la participación de los docentes, a los Brigadistas escolares en cada aula.

TITULO CUARTO: AREA PEDAGÓGICA CAPÍTULO IX DE LOS ORGANISMOS PEDAGÓGICOS Y DE APOYO 1. DE LOS DOCENTES Art.53: Los docentes son designados por la Dirección, cumplen una jornada laboral de acuerdo al contrato. Art.54: Son responsables de desarrollar todos los procesos pedagógicos y cognitivos en el aula y con participación activa de los estudiantes.

Art.55: Son responsabilidades del docente. 1. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, Proyecto Curricular de Centro educativo, Proyecto Curricular de Aula, Reglamento Interno, Manual de Funciones, Jornadas de reflexión y otros. 2. Planificar y ejecutar la Programación Curricular Anual ,las Unidades Didácticas y sesiones de aprendizaje, presentándolas oportunamente a la autoridad inmediata. 3. Elaborar las sesiones de aprendizaje diarias y/o semanales. En el caso de inicial, primaria y secundaria; las que deben estar adjuntas en la carpeta pedagógica. 4. Aplicar las estrategias de aprendizaje que promueva el desarrollo de habilidades y capacidades en los estudiantes, según el área y el ciclo educativo. 5. Contar con los registros registros de asistencia diaria e indicando el número de varones y mujeres y los instrumentos de evaluación, ya sea, para lo cognitivo como para lo cualitativo. 6. Evaluar el proceso de aprendizaje de forma permanente, de acuerdo a las normas vigentes y cumplir c umplir con la elaboración de la documentación de su responsabilidad. 7. Elaborar las pruebas considerando el diseño institucional, así como, los criterios y capacidades a ser evaluados. 8. Colaborar con las acciones que permitan el logro de los objetivos generales y específicos de la institución en que laboran. 9. Sustentar charlas de acuerdo al calendario Cívico-Escolar y presentar por escrito el contenido de sus temas a la coordinación correspondiente; quien guardará una copia en el archivo. 10. Preparar la oración y el ángelus según el cronograma organizado por pastoral. 11. Conseguir internamente elevar el nivel de identificación institucional. 12. Cooperar en las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes de la institución insti tución educativa.

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13. Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y el comportamiento de las estudiantes. 14. Proponer proyectos de innovación Técnico Pedagógicas con el propósito de mejorar la calidad educativa. 15. Tener suficiente criterio para solucionar conflictos que puedan presentarse con los estudiantes. 16. Actualizarse, capacitarse y participar permanentemente en los eventos pedagógicos, programados por el MINEDU; UGEL; I.E. y otros. Para realizar un buen desempeño docente. d ocente. 17. Emitir los informes de orden pedagógico y disciplinario que se solicite y hacer las sugerencias que estime conveniente para el mejor desarrollo del proceso educativo.

USO DE LOS DOCUMENTOS DE TRABAJO Art. 56: El docente portará su carpeta pedagógica con las indicaciones sugeridas. Art. 57. La Carpeta pedagógica, es un elemento básico para el desarrollo de su actividad docente. Esta deberá contener los documentos de programación curricular, sesiones e instrumentos de evaluación debidamente actualizados y otros que se dispongan.

Art. 58: La hoja de registro de evaluación formativa y periódica: el docente dispondrá de un registro auxiliar de evaluación formativa para cada cad a bimestre, en el que deberá anotar las intervenciones orales, pruebas escritas, asignaciones, etc. Conforme a criterios e indicadores. Y se presentará al final del bimestre al coordinador de su área. Ingresará oportunamente al sistema las notas de avance bimestral (SIAGIE).

Art. 59: Constituyen obligaciones del docente: 1. Cumplir los horarios de trabajo establecidos por la I.E. completar 2. Registrar su asistencia diariamente, al ingreso y salida, con su huella en el reloj digital. 3. Acudir con puntualidad al colegio, y ayudar a las formaciones (ingreso, recreos, salidas, reuniones…) y en los cambios de hora.

4. Controlar el buen desplazamiento de los estudiantes a los diferentes ambientes. 5. Registrar la asistencia o tardanza diaria de los alumnos al dictado de su clase. 6. No retirar a ningún estudiante de su clase. Si alguna falta grave así lo exigiera, enviará al alumno a la Coordinación de T.O.E. con su notificación. 7. Supervisar la presentación personal de los estudiantes (uniforme, corte de cabello en los hombres y en las mujeres el uso de la cinta y el pelo recogido con una malla). 8. Procurar que el aula se mantenga limpia, obligando a cumplir a quienes por descuido o falta de educación la ensuciaron. 9. Tener criterio para solucionar los conflictos que puedan presentarse con los estudiantes. 10. No otorgar permiso a los estudiantes para salir del aula, salvo en casos c asos extremos en los que vigilará su retorno. 11. No permitir que los estudiantes permanezcan en el aula en la hora de recreo, salvo sí el docente se 25

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queda con ellos. 12. El profesor saldrá después que los alumnos y les acompañará hasta el patio en la hora de recreo. 13. Durante el refrigerio, cinco minutos antes que toque el timbre del recreo, hacer la bendición de los alimentos, los estudiantes tomarán sus alimentos en sus sitios y saldrán al término del mismo. (inicial (inici al y primaria) 14. La asistencia a misa será controlada únicamente por una cartilla de color de acuerdo al nivel y será firmada por el profesor de turno. 15. En las actividades pastorales dentro y fuera de la institución, cada docente tutor se hará responsable del comportamiento de sus alumnos, asimismo cada docente deberá asistir correctamente uniformado. 16. Los días que los estudiantes deben cumplir con actividades religiosas programadas, estarán acompañados por el docente a quien le corresponda esa hora de clase, este permanecerá con ellos apoyando la actividad. Si durante la actividad se da el cambio de hora, el otro profesor, deberá acudir al lugar de reunión (capilla, auditorio…) con la misma puntualidad que a su clasey asumirá la misma

responsabilidad. 17. Mantener relaciones cordiales de amistad entre colegas, asumiendo su responsabilidad, el compromiso de plena identificación institucional. 18. Utilizar la metodología y los procesos pedagógicos activos en el desarrollo de las sesiones de aprendizaje, para obtener mejores logros. 19. Desempeñar sus labores con honestidad, lealtad y eficiencia, de acuerdo a las funciones que le sean encomendadas. 20. Cada día los docentes acompañarán a los estudiantes hasta la puerta de salida y en el caso de inicial y primaria los tendrán formados en orden para ser entregados a sus padres. 21. Nunca emitir entre los estudiantes o padres de familia una opinión negativa de las autoridades o personal de la Institución. 22. Preparar cuidadosamente sus sesiones de aprendizajes para evitar improvisaciones que frustren las expectativas de los alumnos y que puedan fomentar desorden y presentarlas a la Coordinación con anticipación para su visado y aprobación. 23. Asistir a la Institución Educativa correctamente uniformado. 24. Justificar y acreditar ante la Dirección o Coordinación, las razones que pudieran haber provocado su ausencia o retraso al trabajo, sin esperar que les sea solicitada esta explicación. Toda inasistencia, debe ser plenamente justificada, si es por salud, a través del CIT otorgado por p or EsSalud. Es obligación del docente recuperar las horas no dictadas por permisos o inasistencias. 25. Si el docente no puede asistir a sus labores académicas tiene el deber de comunicarlo por un familiar, personas cercanas o en su defecto vía telefónica para ver su reemplazo, lo mismo que remitir su sesión de clase correspondiente. 26. Aplicar la totalidad del tiempo comprendido dentro de las sesiones de clase, únicamente al desarrollo 26

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de las mismas o labores y tareas asignadas por la Institución. 27. Asistir puntualmente a las reuniones extracurriculares organizado por la dirección. 28. En los cambios de hora, acudir directamente al aula que le corresponde. 29. Durante las actividades cívico-religiosas controlar a los estudiantes y evitar formar grupos con otros docentes. 30. Ingresar al sistema las notas de avance y/o bimestrales de sus alumnos en la fecha que señala la dirección. 31. Ingresar con puntualidad al SIAGIE las notas según las fechas sugeridas. 32. Tener al día sus registros de calificaciones con los instrumentos de evaluación que justifiquen las notas. 33. Permitir el ingreso a clase de los estudiantes después de recreo, solo cuando estén correctamente vestidos y aseados. 34. Tener al día la documentación que es de su responsabilidad responsabi lidad y entregarla puntualmente a la instancia respectiva. 35. Brindarse oportunidades para descubrir y desarrollar la vida en Cristo, de acuerdo a la visión de la axiología cristiana. 36. Incluir transversalmente los valores del colegio. 37. Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanecen en su aula, incluyendo las horas de juego, alimentación e higiene. 38. Elaborar documentos de programación curricular (sesiones, evaluaciones, etc.) y otros con c on la debida anticipación y nunca en horas de clase. 39. Trabajar con responsabilidad y coordinar con la auxiliar de educación en caso que sea necesario el apoyo para disciplinar a los estudiantes. 40. Reportar de inmediato y por la vía más conveniente, cualquier tipo de irregularidad que haya podido detectar o percatarse respecto a los alumnos o afectar a la Institución Educativa. 41. Prestar su colaboración en caso de emergencias o siniestros que se pudieran presentar en la Institución Educativa. 42. Comunicar por escrito a la secretaría o coordinación respectiva, cualquier cambio o variación de sus datos personales, familiares y demás que sean de interés para mantener actualizado sus datos registrados en la Institución Educativa.

Art. 60: Está prohibido al personal docente. 1. Obstaculizar el cumplimiento de los principios y lineamientos cristianos de la institución educativa. 2. Abandonar sus clases o ausentarse del plantel, sin el permiso o conocimiento de la dirección o coordinación respectiva. 3. Atentar, en cualquier forma, contra la integridad física, psíquica, intelectual o moral de los alumnos o colegas. 4. Está prohibido todo acto de discriminación, dentro o fuera de las instalaciones de la Institución 27

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Educativa. 5. Desempeñar dentro del plantel actividades ajenas a la labor docente como: co mo: ventas de libros, comida, tickets de parrilladas, objetos u otros artículos. 6. Delegar a otros sus funciones de docentes. 7. Realizar cambios de horarios o actividades sin la debida autorización. 8. Fumar en cualquier ambiente del colegio y hacer uso de teléfonos celulares en horas de clase, reuniones y actividades. 9. Uso inadecuado aparatos de comunicación y/o electrónicos durante las clases. 10. Realizar comentarios negativos que atenten contra la dignidad de las autoridades, colegas y demás personal de la institución educativa.

Art. 61: Ficha de seguimiento conductual:   Estas fichas se colocarán bimestralmente en el fólder respectivo de la oficina de TOE, siendo una para cada alumno. 1. Los criterios de evaluación para la conducta son: 

Practica estilos de vida saludable : Orden, limpieza, cepillado de dientes ,uso del agua segura, uso adecuado de los servicios higiénicos ,selección de residuos solidos



Responsabilidad: Trabajo individual y grupal, asistencia y puntualidad, comportamiento dentro y fuera de la I.E.



Honradez y veracidad.



Respeto : Docente , personal administrativo I y II ,padres de familia y compañeros



Colaboración y solidaridad.



Civismo: Respeto a los símbolos patrios y de nuestra institución

2. En esta ficha el profesor tutor anotará las incidencias positivas y negativas ocurridas en su clase, teniendo en cuenta los criterios establecidos para tal efecto.

Art. 62: De las licencias, permisos y tardanzas. 1. Cada docente deberá colocar diariamente su huella en el reloj digital, para el control mensual de asistencia, tanto a la hora de ingreso como a la hora de salida. 2. Los descuentos por inasistencia procederán según informe. Sólo se justificarán aquellas inasistencias refrendadas por el CIT visado por EsSalud y/o equivalentes el correspondiente permiso especial de la dirección. 3. Las tardanzas y/o ausencias injustificadas tienen anexo el descuento respectivo más una sanción en casos específicos.

4. Las tardanzas a clases tendrán un efecto acumulativo en el curso de cada mes. 5. En el nivel Inicial; la hora límite de ingreso es 7:30 a.m. a 12:30 p.m. 6. En el nivel Primaria; la hora límite de ingreso ingreso es 7:20 a.m. a 12:30 p.m. en el turno de la mañana. 7. En el nivel Secundaria; está sujeto a su propio horario de acuerdo a su carga horaria. La hora límite  para la primera hora es 1.00 pm.

8. El permiso de autorización para ausentarse del Colegio. Se solicita por escrito con 72 horas de 28

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anticipación a la dirección en caso de que sea un tiempo prolongado. 9. Los permisos por horas se solicitarán en la dirección a través de papeletas de salida. 10. Las actividades y reuniones oficiales coordinadas con anticipación anticipac ión del colegio también están sujetas a descuentos por tardanzas o por ausencias; siempre y cuando estén dentro del horario de trabajo.

DE LOS ESTÍMULOS Y SANCIONES A LOS DOCENTES Art. 63: De los estímulos y sanciones a los docentes Se procederá, conforme a lo especificado en el TÍTULO TERCERO de la Ley de la Reforma Magisterial: DEBERES, DERECHOS, ESTÍMULOS, SANCIONES Y TÉRMINO DE LA CARRERA. Tipificados en los artículos: 42 al 52

Art. 64: De la atención de los docentes a los padres de familia. 1. Se informará las conductas y actitudes a los padres a través de la agenda. 2. Para conversar sobre la situación del estudiante, se coordinará una fecha para dialogar con los padres. 3. Durante la entrega de las libretas, los padres asistirán con la agenda escolar, para revisar las llamadas de atención de los estudiantes, así como para felicitar a aquellos padres que han sabido formar y apoyar a sus hijos. 4. La atención de los padres de familia se suspende durante el período de evaluación, así también en horarios diferentes al mencionado en la agenda del estudiante.

2. DE LOS TUTORES Art. 65: Los tutores son los docentes responsables de la orientación de los estudiantes de una sola aula en los aspectos de conducta, aprovechamiento e integración. Son designados por la Dirección.

Art.66: Sus funciones son las siguientes: a. Elaborar el Plan de Tutoría Anual, considerando las características de los estudiantes a su cargo. b. Elaborar y desarrollar la sesión tutorial, utilizando estrategias que orienten positivamente la conducta de los alumnos. c. Realizar la tutoría en la fecha y hora señalada. d. Elaborar un registro personal de cada estudiante, de manera que contenga la información básica para conocerlo. e. Establecer diálogo permanente con los profesores y la coordinación de TOE para resolver en primera instancia los problemas cotidianos de conducta con sus estudiantes. f.

Propiciar y estimular el interés y preocupación p reocupación de los profesores y padres de familia en la formación y orientación de los estudiantes.

g. Impartir las normas necesarias para orientar y corregir las conductas de las estudiantes. h. Atender a los padres de familia en el día y hora señalada, llevando un archivo de la atención (anecdotario). 29

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i.

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Dar información inmediata a la CTOE de los problemas que pudieran suscitarse en el orden disciplinario, previa presentación del anecdotario.

 j.

Controlar a los estudiantes durante las formaciones, desfiles y actuaciones, cuidando que se presenten con el uniforme completo.

k. Hacer uso de la agenda como medio de comunicación con los padres de familia para comunicar las actitudes positivas o negativas de los estudiantes. l.

Coordinar con la psicóloga para la aplicación de Test que contribuya a conocer a los estudiantes para orientarlos correctamente.

m. Organizar el comité de aula y asesorar a los Padres de Familia en la elaboración del Plan Anual de Actividades e informes y balances económicos, ejecutar los acuerdos debidamente autorizados por la Dirección. n. Mantener un alto espíritu de orden, seriedad, cortesía y buenas relaciones humanas. o. Asistir obligatoriamente a todas las actividades programadas por la institución. p. Presentar a la CTOE un informe bimestral del grado a cargo, indicando los logros obtenidos, las dificultades y sugerencias para el mejoramiento del servicio de tutoría.

3. AUXILIARES DE EDUCACIÓN Art. 67: El auxiliar de educación es la persona encargada de apoyar en las labores administrativas no pedagógicas, para el normal desarrollo de las actividades diarias en el centro educativo.

Art. 68: El auxiliar de educación depende directamente de la dirección y del Comité T.O.E. Art. 69: Son funciones específicas de las Auxiliares de Inicial: 1. Brindar buen trato a los estudiantes y padres de familia. 2. Inculcar la práctica efectiva de hábitos de responsabilidad, disciplina, puntualidad, trabajo, estudio, higiene y solidaridad entre sus compañeras. 3. Cuidar el bienestar emocional y la integridad física de todos los niños/as desde la llegada a la I.E. hasta la salida, demostrando amabilidad y responsabilidad. 4. Informar cuando la superioridad lo requiera o cuando sea conveniente acerca de las la s características de los estudiantes con lo que respecta a su comportamiento, asistencia y aseo personal, así mismo eleva un informe de los casos problema a las instancias correspondientes. 5. Llegar 10 minutos antes del ingreso de los docentes para ir formando a los estudiantes sus respectivas secciones o para hacer la formación en el patio según la programación. 6. Fomentar en los educandos el sentido de responsabilidad en lo concerniente al cuidado del plantel, evitando el deterioro del edificio, mobiliario y material educativo, dando cuenta inmediatamente a la superioridad. 7. Preparar y organizar la escolta para presentarse según el cronograma en formación y actividades culturales.

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8. Durante el recreo se ubicarán en una zona estratégica para cuidar que los niños no desarrollen  juegos bruscos. 9. Vigilará el uso correcto de los servicios higiénicos. 10. Recoger las agendas para verificar su asistencia y las firmas de los padres según la fecha que corresponda. 11. Las auxiliares serán las encargadas de entregar los trabajos y/o comunicados para sacar las copias respectivas. 12. El personal auxiliar de turno será el responsable del control del ingreso y salida de los niños/as del Colegio. 13. Atender a los pequeños estudiantes en sus necesidades fisiológicas con la limpieza personal. 14. En caso de ausencia de un personal Auxiliar, será reemplazado por otra persona que designe la dirección. 15. Apoyar a los profesores en la hora de refrigerio. 16. Mantener un trato amable y el tono de voz adecuado. 17. Reemplazará al profesor en caso de ausencia, velando por el orden del aula. 18. Llevar personalmente y en coordinación con el personal docente el registro anecdótico de cada alumno, de las secciones a su cargo, registrando oportunamente las incidencias significativas de comportamiento y conducta. 19. Asistir con puntualidad las veces que se realicen realice n sesiones, actuaciones o cualquier otro evento fuera del horario de trabajo. 20. Formular los partes de asistencia diaria y hacer registrar la actividad de aprendizaje y asistencia del personal docente, del grado y secciones a su cargo en forma personal. 21. Las demás funciones del cargo serán sugeridas por la dirección.

Art. 70: Sus Funciones del auxiliar de secundaria: 1. Velar por la disciplina de los estudiantes dentro y fuera del aula, estableciendo permanente vigilancia. 1. Asistir antes de la hora de ingreso, para recibir de los estudiantes su agenda para su revisión de firma de los padres de familia y registro de asistencia. 2. Contar con una ficha de registros para anotar las asistencias, inasistencias y tardanzas. 3. De los estudiantes que reiteren en inasistencia y tardanzas serán reportados a la coordinación del TOE. 4. Fomentar hábitos de disciplina, puntualidad, higiene y estudio en los estudiantes. 5. Fortalecer vínculos de solidaridad estudiantil. 6. Cultivar sentimientos de estima y de respeto para con los docentes y autoridades escolares, así como para con sus compañeros y con la sociedad en general.

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7. Informar cuando sea requerido por sus superiores, o cuando crea necesario acerca de las características de los estudiantes en lo que respecta a conducta, asistencia e higiene y preparar, a su criterio, una relación de los casos problema. 8. Acompañar y vigilar a los estudiantes durante las horas de estudio en ausencia de un docente que previamente solicito permiso. 9. Informar oportunamente al Coordinador de TOE acerca de los problemas disciplinarios de cierta gravedad o de otra índole. 10. Informar de inmediato a la dirección y al coordinador de nivel sobre la ausencia y/o tardanza de algún docente, para que determinen que hacer. 11. Preparar y organizar la escolta para presentarse según el cronograma en formación y actividades culturales. 12. Evitar que los estudiantes causen deterioros en el edificio, mobiliario o material de enseñanza, dando cuenta inmediata al Coordinador de TOE para establecer responsabilidades. 13. Tratar a los estudiantes con afecto y respeto y motivar el sentido de participación en las actividades educativas. 14. Corregir las faltas leves de los alumnos estableciendo las sanciones correspondientes en coordinación con TOE. 15. Comunicar oportunamente a los estudiantes las disposiciones superiores. 16. Cumplir con los turnos que establezca el coordinador de TOE. 17. Durante las horas de clase apoyar al docente que le solicite en lo que sea necesario. 18. Reemplazar eventualmente al docente que falta, brindando orientación y controlando el trabajo de los estudiantes. 19. En coordinación con el responsable de TOE y con las notas dadas por los profesores, evaluar la conducta de los alumnos a su cargo. 20. Verificar y reportar las tardanzas e inasistencias de los profesores. 21. Atender a los padres de familia en la justificación de las faltas y tardanzas de sus hijos o hijas. 22. Prestar los primeros auxilios a los estudiantes que lo requieran. 23. Controlar y supervisar diariamente la Agenda Escolar de las secciones a su cargo y corregir el mal uso de las mismas. 24. Acudir a las Asambleas de profesores y otras actividades que se le requiera.

4. ESTUDIANTES Art.71: Los estudiantes son el centro y la razón de ser de la Institución Educativa de Acción Conjunta “Santísimo Sacramento”. La vida institucional se organiza en función del logro de objetivos formativos

para los y las estudiantes, buscando que estos sean más dignos de libertad y más capaces de usar de ella. 32

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Art.72: Se consideran estudiantes de la I.E.A.C., todos los que han sido matriculados en el año lectivo, para seguir estudios es este plantel.

Art.73: El estudiante debe sentirse identificado con su Colegio y vivirlo como algo propio, no sólo tenerlo como ámbito del aprendizaje y del saber.

Art.74: El estudiante debe respeto, obediencia y colaboración a sus profesores y superiores, lo mismo que al personal administrativo.

Art.75: La vida institucional sirve de medio para la convivencia armónica entre los estudiantes y para la integración activa y amistosa en el grupo de condiscípulos.

Art.76: El estudiante debe sentirse orgulloso de la filosofía educativa del Colegio y defender su prestigio colectivo.

5. DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Art.77: Son derechos de los estudiantes: 1. Que la I.E. les brinde oportunidades y servicios educativos de calidad cal idad que les permitan desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en condiciones de libertad y dignidad. 2. Recibir una esmerada educación, acorde con los objetivos de la Institución Educativa. 3. Participar y tener representatividad en las actividades del Plantel. 4. Que la acción educativa se adecue a su nivel de maduración y que su rendimiento académico sea valorado objetivamente. 5. Recibir orientación humana y académica ante problemas personales de aprendizaje y desarrollo, así como ser ayudado en las fases terminales de sus estudios para la elección vocacional. 6. Formular reclamos fundados ante las autoridades docentes respectivas de manera alturada. 7. Participar, elegir y ser elegido democráticamente para integrar cargos de confianza como: Policías Escolares del aula y Consejos Escolares de acuerdo a las normas establecidas. 8. Utilizar las instalaciones y equipos del Colegio de acuerdo a las disposiciones interna vigentes. 9. Ser escuchado por sus profesores, tutores, auxiliares y directivos.

6. DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS Art.78. Son deberes generales de los estudiantes de la I.E.A.C “Santísimo Sacramento: 1. Asistir a clases con puntualidad. 2. Estudiar y rendir según la capacidad de cada estudiante. 3. Respetar la dignidad y misión del personal que labora en la I.E., así como las normas de convivencia establecidas en el presente Reglamento. 4. Participar en la vida institucional y organizativa del Colegio en la medida que lo permitan las edades propias de cada nivel. 5. Respetar y cuidar la infraestructura existente, es decir, la planta física, equipos y mobiliario destinados a su formación. 6. Proteger el medio ambiente y respetar los símbolos de la Patria. 33

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7. Participar en las actividades escolares sin lesionar con su conducta los derechos de sus compañeros. 8. Cooperar con sus compañeros en las actividades formativas y respetar su dignidad personal. 9. Conocer el Reglamento Interno y el Proyecto Educativo del Colegio.

7. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: Art. 79: Son obligaciones morales de los estudiantes las siguientes: 1. Sentir y mostrar amor y respeto por sus padres, primeros educadores y familia. 2. Respetar y obedecer a sus maestros y personal que labora en el Colegio. 3. Respetar a sus compañeros y colaborar con ellos. 4. Ser honesto consigo mismo y con los demás. 5. Observar una conducta adecuada dentro y fuera del Colegio. 6. Cultivar el uso pertinente del lenguaje, desterrando las expresiones vulgares. 7. Mantener las normas de cortesía y respeto con sus superiores y condiscípulos. 8. Exponer la verdad sin temor alguno.

Art.80: Son obligaciones académicas de los estudiantes las siguientes: 1. De ser requerido, presentarse al acto de matrícula con sus padres o apoderados, si así se le solicita. 2. Asistir puntual y regularmente a clases y a todas las actividades programadas. 3. Cumplir con las exigencias académicas: estudio, tareas y trabajos de cada asignatura o línea de acción educativa siguiendo su Plan de Vida.

4. Presentar sus trabajos en la fecha señalada por el docente. 5. Conservar los útiles escolares, equipos y mobiliario del Colegio, responsabilizándose del deterioro que cause.

6. Rendir los procesos de evaluación en forma obligatoria. 7. Archivar los exámenes y trabajos numerando cada uno de ellos. 8. Asistir a los actos oficiales del Colegio en forma obligatoria, sintiéndose orgulloso de representarlo en cualquier evento cultural, cívico, deportivo, etc.

Art.81: Son obligaciones cívicas, las siguientes: 1. Amar, respetar y venerar a la Patria y a sus símbolos. 2. Entonar con respeto cívico el Himno Nacional, el Himno del Colegio y el Himno del distrito de La Esperanza y/o provincia de Trujillo. 3. Asistir con puntualidad, corrección y respeto a las actuaciones que programe el Colegio.

Art.82: Son obligaciones relacionadas con la higiene de los estudiantes, las siguientes: a. Tratar adecuadamente los muebles, los materiales y las instalaciones de la I.E. b. Asistir al Colegio con el uniforme completo y limpio, salvo previa justificación. c. Mantener el cabello cortado y bien peinado en los alumnos y recogido con carmín negro, malla y cinta de dos colores en las alumnas. 34

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d. Arrojar los papeles y desperdicios a las papeleras, botar el papel higiénico dentro del tacho de basura, lavarse las manos al salir del baño.

Art.83: Son obligaciones de carácter social: 1. Comportarse digna y disciplinadamente en las clases, jornadas religiosas, retiros espirituales, actuaciones, visitas, paseos, excursiones, encuentros deportivos, fiestas sociales y todas aquellas reuniones públicas o privadas a las que asista. 2. Concurrir a charlas, reuniones sociales programadas por la institución educativa.

9. DE LAS PROHIBICIONES: PROHIBICIONES: Art.84: Está prohibido a los estudiantes del Colegio, lo siguiente: 1. Faltar injustificadamente o llegar tarde en forma reiterada. 2. Presentarse al Colegio sin la justificación respectiva después de una inasistencia. 3. Falsificar la firma del padre de familia o apoderado. 4. Fumar o ingerir bebidas alcohólicas dentro y fuera del Colegio estando uniformado. 5. Traer al Colegio celulares, radios, MP3, joyas, dinero en cantidad significativa u otros valores que no sean parte de la actividad académica. 6. Llevar aretes en las niñas y mascar chicle, así como piercing, maquillajes y uñas o cabello pintado. 7. Traer productos de cualquier índole para la venta. 8. Manifestaciones afectivas de pareja dentro del Colegio o fuera de él vistiendo el uniforme.

10. MEDIDAS CORRECTIVAS O DISCIPLINARIAS. Art. 85: Las medidas disciplinarias que se imponga a los alumnos, están dirigidas a la corrección con un fin eminentemente educativo.

Art. 86: Por el incumplimiento de los deberes, obligaciones se tomarán las siguientes medidas correctivas: a. Recomendaciones y amonestaciones en forma general. b. Amonestación verbal en privado. c. Amonestación escrita d. Otras que el comité del TOE recomienda.

Art. 87: Inasistencias o tardanzas:  los alumnos que observen reiteradas inasistencias o tardanzas injustificadas serán objeto de Suspensión Temporal, previo diálogo con los padres de familia.

Art.88: Las medidas correctivas de suspensión temporal y de separación definitiva del colegio, es dispuesta por la dirección del Colegio por Resolución Directoral, previa recomendación del Comité TOE, TOE, considerando la opinión del Promotor, docente tutor, el padre de familia, debiendo constar el acuerdo en Acta correspondiente; además podrá solicitar los informes y documentos pertinentes del TOE quien ha evaluado previamente al estudiante.

Art.89: En la aplicación de las medidas correctivas de suspensión temporal o de separación definitiva del cargo se tomará en cuenta. 35

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a. La gravedad y la naturaleza de la falta. b. La incidencia de la falta. c. El daño causado. d. La participación de dos o más alumnos, e. La intencionalidad de la falta f. El grado y/o nivel del estudio y g. La conducta reiterativa o reincidente observada por el alumno y registrada en el record de estímulos y sanciones.

Art. 90: El acta o la resolución que determine la aplicación de una medida correctiva o disciplinaria no constituyen sanción o penalidad, el padre de familia es consciente que su orientación es eminentemente educativa, por tanto, es inimpugnable.

11. DE LOS MÉRITOS Art. 91: Los estudiantes que hayan demostrado esfuerzo, perseverancia y dedicación para el logro de los aprendizajes, se harán acreedores de diplomas y obsequios según establezca la dirección.

Art. 92: Las felicitaciones o entrega de certificado de honor se harán en ceremonia pública con la presencia de los padres de familia.

Art. 93: Incentivar a los estudiantes que cumplan y destaquen en su rendimiento académico y conducta en su agenda.

TITULO QUINTO: DE LA ADMINISTRACIÒN ADMINISTRACIÒN CAPÌTULO X: ORGANOS DE APOYO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO 1. DE LA SECRETARIA Art. 94: La secretaría de la institución educativa será ejercida por un profesional idóneo con formación y experiencia en el área administrativa e Imagen Institucional.

Art. 95: La Secretaria es designada por la Directora del centro educativo, de quien depende directamente. Art. 96: La secretaria cumple con las siguientes funciones: a) Recepcionar, registrar, clasificar, distribuir, y archivar la documentación recibida y los documentos que genere la Dirección, debidamente numerada y fechada. b) Tramitar los expedientes presentados a dirección, haciéndole el respectivo seguimiento hasta su resultado final. c) Preparar y redactar la documentación oficial del centro educativo, para fines correspondientes. 36

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d) Mantener en reserva, orden y bajo extrema seguridad la documentación confidencial y oficial de la Dirección, personal jerárquico, docente y administrativo. e) Coordinar la elaboración, impresión de los documentos referentes al proceso de matrícula y finalización del año escolar, así como la entrega de los documentos de la UGEL y GRELL. f)

Mantener actualizado en agenda las acciones y tareas a cumplir por la directora de la institución educativa.

g) Organizar y mantener actualizado el archivo de la institución educativa. h) Toda la documentación de los archivos antes citados debe estar controlados en los siguientes registros: 

Registros de Mesa de Partes



Registros de Cargos Internos



Registros de Cargos Externos

i) Llevar actualizado un registro de personal CAP, CAP, con relación a las fechas de nombramientos, títulos, títul os, categorías y condición, tiempo de servicios en la institución, DNI, etc.  j) Llevar el control de las estudiantes que q ue ingresan por primera vez a la institución educativa e ducativa y el padrón general de los alumnos matriculados. k) Apoyar el proceso de matrículas y otras tareas administrativas l) Preparar las Nóminas de Matrícula Anual y mantenerlas actualizadas. m) Hacer cumplir, a la brevedad posible, el trámite interno de los expedientes que ingresan al centro educativo. n) Vigilar la correcta y amable atención al público, suministrando los informes requeridos. o) Mantener un alto espíritu de orden seriedad, cortesía y relaciones humanas. p) Organizar, conservar bajo su responsabilidad y mantener actualizado el archivo de Actas y Documentación del centro educativo. q) Elaborar certificados de estudios y conducta. r) Recepcionar la documentación de vacantes, traslados que sean solicitados. s) Informar a la dirección y a los coordinadores los traslados internos y externos que se producen durante el año escolar. t) Elaborar los informes y cuadros estadísticos. u) Informatizar las listas oficiales de los estudiantes y hacer de conocimiento al personal del centro educativo. v) Apoyar a la Superioridad en lo que se le solicite. w) Es la única responsable de canjear los boucher de la matrícula y pensiones, y de mantener al día el padrón de pagos y otros. x) Clasificar los Ingresos diarios de acuerdo a la partida de la captación de Ingresos y registrar los ingresos clasificados por partidas en el Libro de Registro de Ingresos diariamente.

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2. SERVICIO Y MANTENIMIENTO bi enes del centro educativo, bajo Art.97: Son los encargados de cuidar, conservar y brindar seguridad a los bienes su responsabilidad y según los turnos establecidos. Dependen de la Dirección.

Art.98: Sus funciones a) Mantener la limpieza de los ambientes: ambi entes: aula de cómputo- AIP, almacén, servicios higiénicos, higién icos, patios, escaleras, pasillos, jardines, oficinas, pasadizos, auditorio, laboratorio y otros, en la forma que indique la Dirección. b) Cuidar del buen estado de conservación de muebles, inmuebles y demás enseres del centro educativo informando diariamente de las tareas de mantenimiento y vigilancia asignadas por la dirección. Así mismo, debe reportar las ocurrencias que ameriten ser de conocimiento de la superioridad, responsabilizándose en caso de deterioro injustificado o pérdida o por negligencia en sus funciones. c) Ejecutar y cumplir con tareas específicas de reparación y arreglo de los servicios a su cargo según sus habilidades, durante las horas de servicio. d) Resguardar y cuidar del centro educativo dentro de su turno de trabajo y de acuerdo al horario establecido por la dirección. e) Ejecutar y cumplir con tareas asignadas según sus habilidades y contrato, durante las horas de servicio. f) Tener al día su reporte de trabajos y el cuaderno de ocurrencias. g) Realizar diligentemente las tareas de limpieza lim pieza y mantenimiento de las áreas usadas masivamente y asignadas por la Dirección. h) Cumplir con los horarios establecidos para el personal de servicio de la institución educativa. i) Marcar su ingreso y salida de acuerdo a la normatividad dispuesta por la Administración.  j) Cumplir funciones de portería controlando el ingreso y salida de alumnos, padres de familia y demás usuarios del servicios educativo de la institución. institución. k) Cumplir otras tareas que le asigne la superioridad.

3. GUARDIAN NOCTURNO Art. 99: Son sus funciones: a. Impedir el ingreso al plantel de personas extrañas sin permiso de la Dirección, fuera del horario de trabajo. b. Mantener constante vigilancia del local escolar. c. Velar por la conservación de la infraestructura. d. Dar cuenta inmediata al Director de lo ocurrido durante su guardianía y dejar constancia en el cuaderno de ocurrencias. e. Responsabilizarse de las pérdidas que puedan producirse mientras ejerce su función de guardianía, si se comprueba negligencia en el hecho ocurrido. 38

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f. Mantener limpio el ambiente de trabajo. g. Colaborar con todo lo que la dirección le sugiera para la buena marcha del plantel.

TITULO SEXTO: DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ORGANISMOS ESTUDIANTILES CAPÌTULO XI: ÓRGANOS DE COLABORACIÓN 1. LOS COMITÉS DE AULA Art. 100: Los comités de aulas de la Institución Educativa “Santísimo Sacramento” están constituidas por todos los Padres de Familia y/o tutores que tienen matriculados a sus hijos en dichas Aulas. Cada comité de aula está conformado por: a)

Un Presidente/a

 b)

Un secretario/a

c)

Un tesorera/o

Art. 101: Son funciones del comité de aula a) Desempeñar responsable y diligentemente el cargo para el que fue elegido. b) Conocer y hacer conocer la Visión y la Misión de la Institución Educativa. c) Coordinar con TOE, para organizar charlas dirigidos a los padres de familia para revalorar la estructura familiar. d) Respetar el desarrollo académico que realizan los profesores y personal administrativo y auxiliar. e) Mantener informados a los padres de familia de sus aulas, de los ingresos y egresos productos de su colaboración bimestralmente. f) Colaborar en el proceso educativo de sus hijos. g) Participar y apoyar la formulación, ejecución, supervisión y evaluación del Plan de Trabajo Anual. h) Prestar amplia colaboración al Consejo de Presidentes de Aula, para el logro de los objetivos y funciones propuestos. i) Apoyar y participar en todas las actividades programadas por el comite de Pastoral, actividades deportivas y culturales.  j) Colaborar en el mantenimiento y conservación del aula. k) Presentar al finalizar el año del balance económico de las actividades realizadas durante el año lectivo. l) Se prohíbe desempeñar doble cargo en la misma institución educativa. m) Otros que determina el Reglamento Interno y demás reglamentos y normas institucionales.

Art. 102: El Comité de Aula tiene una duración de un año para el ejercicio de las funciones. El Comité de aula elaborará un Plan de Trabajo, que será formulado de acuerdo con el Plan de Trabajo de la

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Institución Educativa y ejecutado con el asesoramiento de las Tutoras de Sección, aprobado y evaluado por la Dirección de la Institución Educativa.

Art. 103: Por ningún motivo los Comités de aula tienen la facultad de exigir cuotas o aportes económicos extraordinarios sin autorización del tutor.

2. ASOCIACIÓN DE EX - ESTUDIANTES Art. 104: La Asociación de Ex - Estudiantes es una entidad que continúa la obra formativa de la Institución educativa, manteniendo los vínculos espirituales de la ex-estudiantes con su "Alma Mater". Es promovida por la Dirección del plantel.

Art. 105: La organización y funcionamiento de la Asociación de Ex - Estudiantes se regirá por su Estatuto Particular.

3. ORGANISMOS ESTUDIANTILES ESTUDIANTILES 3.1. DEL MUNICIPIO ESCOLAR Art.106: El Municipio Escolar tanto en el nivel primario como en el secundario estará integrado por una Alcalde de 4°, 5° o 6°grado, un teniente alcalde de 3º, 4º, 5° o 6° grado y 6 regidores. Su mandato tendrá una duración de un año académico.

Art. 107: Los miembros del Municipio Escolar cumplirán con los siguientes requisitos: a) Estará asesorado por un docente de cada nivel (primaria y secundaria), designado por la Dirección de la Institución y comprometido con esta. b) El docente a cargo presentará el Plan de Trabajo de acuerdo a la realidad de nuestra institución y al Reglamento de los Municipios Escolares, priorizando las necesidades de las estudiantes y del centro educativo. c) Todos los miembros del Municipio Escolar serán elegidos democráticamente en elecciones generales en cada nivel (primaria y secundaria) sec undaria) por todas las estudiantes de la institución educativa, en las fechas señaladas. d) Para postular como Alcalde y Teniente Alcalde del Municipio Escolar, es preciso que los candidatos hayan obtenido en los 2 años inmediatos anteriores una nota promedio mínima de 15 de aprovechamiento y conducta. e) Tanto el Alcalde como el Teniente Alcalde deberán haber ser estudiantes de la institución educativa por lo menos con un año de antigüedad y reunir las características del postulado anterior. f) Las listas postulantes serán presentadas al comité electoral, así como su plan de acción estudiantil y los nombres de sus personeros quienes ejercerán sus funciones el día de la votación. g) Las campañas (afiches, presentación de propuestas públicas, etc.) se desarrollarán en los días y fechas señaladas y deberán promover un clima de convivencia, respeto mutuo y motivación incentivando la identificación de las estudiantes para con la institución educativa. 40

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h) Toda propaganda será retirada por los responsables de las listas 24 horas antes del día de las elecciones i) El sufragio será obligatorio para todos los estudiantes de la institución educativa.  j) Se elegirán a los siguientes integrantes: 

Alcalde



Teniente Alcalde(sa)



Regidor(a) de Educación, Cultura, Deportes y Recreación



Regidor (a) de Salud y Medio Ambiente



Regidor(a) de Emprendimiento y actividades productivas



Regidor(a) de los Derechos del Niño(a) y Adolescente



Regidor de Comunicación y tecnologías de la información

k) Al momento del sufragio los estudiantes deberán identificarse con su DNI o agenda. l) Se juramentarán en la última semana de noviembre en un acto público en la Plaza de Armas de Trujillo. m) Durante el año lectivo podrán hacer gestión en beneficio de la institución educativa.

3.2. POLICÍAS ESCOLARES l os alumnos el orden, la disciplina, la Art. 108: Es la organización escolar que tiene por objeto fomentar en los protección, la seguridad, el amor a la patria y sus símbolos.

Art. 109:  La policía escolar participa activamente en las formaciones generales, actuaciones cívicopatrióticas, desfiles escolares, actividades litúrgicas, etc. c on Art. 110: Estará asesorado por un docente designado por la Dirección de la Institución y comprometido con esta. La selección de los alumnos será según lo planifique el docente responsable.

Art. 111: Sus funciones son: a. Colabora con el control y disciplina en la puerta de ingreso, control de entrada y salida y registro del alumnado que llega tarde. b. Colabora en el cuidado de los Pasadizos, escaleras y pabellones, kioscos y servicios higiénicos. c. Participa con orden y disciplina en las ceremonias cívicas internas, ceremonias externas y desfiles, apoyando en el orden de los alumnos y público en general que participen en dichos eventos. d. Asiste a eventos públicos, deportivos, recreativos y culturales en las que participa su Institución, para colaborar con el orden y disciplina.

Art. 112: Los integrantes de esta organización estudiantil son: • • • • •

Brigadier General. Sub-Brigadier General Brigadieres de Compañía. Brigadieres de sección. Policías Escolares

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Art. 113: Los niveles de primaria y secundaria contará con sus propias organizaciones y se juramentarán en la primera semana de abril. 3.3. COMITÉ DE DEFENSA CIVIL

Art. 114: Es la organización que permite a los alumnos, docentes, personal administrativo y padres de familia, responder adecuadamente frente a los desastres. Está conformado por:

Art. 115: Las brigadas de alumnos Estará asesorado por un docente designado por la Dirección de la Institución y comprometido con esta. La selección de los alumnos será según lo planifique el docente responsable.

Art. 116: Los integrantes de esta organización estudiantil son: Brigadista de Señalización y Protección. Brigadista de Seguridad y Evacuación Brigadista de botiquín y primeros auxilios. Brigada de Servicios Especiales. Art. 117: Cada nivel contará con su propia organización y se juramentarán en abril. Art. 118: Sus funciones u ubicación en el aula son:    

a. Enseñar a sus compañeros y compañeras de clases a evacuar el aula en caso de desastre implementar el botiquín de primeros auxilios, ayudar a sus compañeros a mantener el orden y la calma durante una emergencia. b. En cada aula se nombra a tres alumnos para conformar la brigada escolar quienes se ubicarán en lugares estratégicos del aula formando la diagonal de seguridad, de la siguiente manera: c. El brigadista escolar de Seguridad y Evacuación estará ubicado cerca de la puerta de salida del aula. d. El brigadista escolar de Señalización y Protección se ubicará en el centro de aula. e. El brigadista escolar de Primeros Auxilios se ubicará al final del aula.

TITULO SEPTIMO: DE LA PLANIFICACIÓN PEDAGOGICA CAPÌTULO XII: ORGANIZACIÓN Y PLANEAMIENTO DEL TRABAJO EDUCATIVO Art. 119:  Durante el mes de diciembre la Dirección de la Institución educativa realizará las siguientes acciones prioritarias: a) Elaboración del cuadro de horas para el año siguiente. b) Calendarización del año escolar para el año siguiente. c) Revisión y actualización de los documentos de gestión.

Art. 120: En el mes de enero y parte de febrero, parte del personal docente y otros llevarán a cabo el programa de recuperación académica PRA y el de nivelación.

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Art. 121: A partir de enero puede efectuarse la matrícula y ratificación de matrícula de todos los estudiantes invictos además de los alumnos de Inicial. A partir de la primera fecha laborable del mes de febrero, el personal administrativo, bajo la supervisión de la Dirección, realizará: a) Matrícula, ratificación de matrícula y traslado. b) Quedan para una fecha posterior los alumnos/as en recuperación. c) La Institución educativa podrá disponer de la plaza de aquellos alumnos cuyos padres no han ratificado matrícula en las fechas señaladas oficiales y de rezagados.

Art. 122: Durante el año lectivo la Institución Educativa cumple las siguientes acciones educativas: 1. Desarrollo Curricular. 2. Recuperación Académica. 3. Actividades formativas.

Art. 123: La Evaluación del Aprendizaje comprende: 1. Evaluación diagnostica. 2. Evaluación del proceso.

Art. 124: En la Institución Educativa se efectúan las siguientes actividades educativas complementarias: 1. Jornadas religiosas y retiros. 2. Actividades (Proyección Social, Deportivas, Culturales, Veladas…) 3. Concursos. 4. Festivales. 5. Excursiones y visitas dirigidas. 6. Escuelas de padres 7. Otros.

Art. 125: La Institución da cumplimiento al calendario cívico aprobado por la Autoridad Educativa. Art. 126: El Plan Anual de Trabajo es elaborado, ejecutado , evaluado y enviado por el Director, personal  jerárquico y docente de la Institución Educativa. El Plan Anual es aprobado por la Dirección de la Institución educativa. Su evaluación es permanente.

MATRÍCULA Art. 127: Con la matrícula los alumnos se incorporan a la Institución y este hecho obliga a sus padres o apoderados a cumplir con el presente Reglamento Interno y las disposiciones emanadas de la Institución Educativa.

Art. 128: Son requisitos para la matrícula: 1. Partida de nacimiento. 2. Partida de Bautizo 3. Copia de DNI de los padres del alumno(a) 4. Copia de DNI del alumno(a) 5. Certificados de estudios. 43

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6. Presencia del padre, madre o apoderado. 7. Constancia de no adeudo en la I.E. de procedencia. 8. Constancia de conducta del alumno (primaria y secundaria) de la I.E. de procedencia 9. Constancia de pago correspondiente de la Tesorería de la Institución o de la CAJA TRUJILLO. 7. Firma del Compromiso de Honor por el padre, madre o apoderado.

Art. 129: La meta de vacantes para cada Grado es fijada por la Dirección de la Institución durante el mes de octubre.

Art. 130: Son requisitos para la ratificación de la matrícula: 1. Presencia del padre, madre o apoderado. 2. Actualizar la hoja de datos. 3. Presentación de libreta de notas. 5. Pago de Cuota Única en la entidad financiera: CAJA TRUJILLO. 6. No tener deudas pendientes con la Institución. 7. Firmar compromiso de padre de familia 8. En caso de matrícula condicional, presentar la carta de Compromiso.

Art. 131: Solo el padre/madre de familia o apoderado, que figura en el padrón general de matrícula, será la persona autorizada para gestionar ante la Dirección del plantel, la entrega constancias o de documentos personales del alumno de la institución educativa.

Art. 132: Se condiciona el derecho de ratificación de matrícula por: 1. Mala conducta. 2. No ratificar oportunamente la matrícula (si no ratifica en su fecha ni avisa).

Art. 133: Para el ingreso de los alumnos nuevos se tendrá en cuenta los resultados de la evaluación que para el efecto realice la Institución Educativa.

TITULO OCTAVO:

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera. - El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir del siguiente día de su aprobación, con Resolución emitida por la Dirección de la institución educativa, previo Visto Bueno de la Promotora. modificación total o parcial del presente Reglamento Segunda. - La interpretación auténtica o la modificación Interno es atribución del Promotor, en coordinación con la Directora del Colegio. Éste deberá dictar las disposiciones que sean del caso para subsanar cualquier vacío o implicancia que contenga, añadiendo anualmente las modificaciones al texto a que dieren lugar. Las modificaciones a este Reglamento se publicarán en la Página Web Institucional. 44

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