Reglamento de Uniformes

February 20, 2017 | Author: JossyCastro | Category: N/A
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DOCUMENTO RESERVADO PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN

REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL SECRETARÍA GENERAL ORDEN GENERAL Nº 003

LUNES 06 ENERO 2014 ACUERDOS MINISTERIALES

ARTÍCULO



Acdo. N° 002.-.- MARÍA FERNANDA ESPINOSA.- Ministra de Defensa Nacional. CONSIDERANDO:

Que el Art. 226 de la Constitución de la República del Ecuador señala: “Las instituciones del estado, sus organismos, dependencias, las servidoras y servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”; Que de conformidad con Art. 154, numeral 1) ibídem, corresponde a las Ministras y Ministros de Estado: 1) “Ejercer la rectoría de las políticas del área a su cargo y expedir los Acuerdos y Resoluciones administrativas que requiera su gestión ministerial; (...)”; Que el Art. 10 literal m) de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional señala que, son atribuciones y obligaciones del Ministerio de Defensa Nacional “Delegar su representación legal al Subsecretario General, al Jefe del Comando Conjunto, Comandantes de Fuerza, Subsecretario y otras autoridades, de conformidad con el Estatuto Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, para firmar convenios, contratos y desarrollar actos administrativos”; Que el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva señala que: “Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegadas en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o Decreto”; Que mediante oficio No. MRNNR-ENAMI-2013-0020-O de 20 de diciembre de 2013, el señor Dr. Santiago José Yépez Dávila, Gerente General de la Empresa Nacional Minera ENAMI EP, solicita a esta Cartera de Estado la suscripción de un Convenio Interinstitucional cuyo compromiso es la cooperación interinstitucional y apoyo en la seguridad, vigilancia y custodia de las concesiones mineras “Proyecto Conguime” y el Proyecto Minero Río Santiago. En ejercicio de las facultades previstas en el Art. 10, literal m) de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional; y lo dispuesto en el Art. 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, ACUERDA: Art. 1.- Delegar al señor Comandante General de la Fuerza Terrestre, para que suscriba el convenio de cooperación interinstitucional con la Empresa Nacional Minera EP., cuyo objeto principal es brindar seguridad y vigilancia al sector estratégico de los recursos no renovables en la actividad minera para su aprovechamiento sustentable.

Art. 2.- Responderá el delegado directamente de los actos administrativos realizados por efecto de esta delegación de conformidad a las disposiciones contempladas en los Arts. 17 y 59 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, en su parte pertinente, debiendo además remitir un informe trimestral de las acciones realizadas a este Portafolio, a través de la Subsecretaría del Gabinete Ministerial. Art. 3.- Remítase copia auténtica del presente Acuerdo Ministerial, al señor Comandante General de la Fuerza Terrestre para el trámite correspondiente. Art. 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Publíquese y comuníquese.DADO, en el Ministerio de Defensa Nacional, en Quito a 02 de enero de 2014. f) MARÍA FERNANDA ESPINOSA.- General de Brigada.- Ministra de Defensa Nacional.

ARTÍCULO



Acdo. N° 003.- MARÍA FERNANDA ESPINOSA.- Ministra de Defensa Nacional. CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 154 establece: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión...”; Que la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 160 establece: “...Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional estarán sujetos a las leyes especificas que regulen sus derechos y obligaciones...”; Que el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva en su artículo 17 señala: “Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales.”; Que la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, en su artículo 16, letra h), señala: “Las principales atribuciones y deberes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas son: Presentar a la aprobación y promulgación del Ministerio de Defensa Nacional los proyectos de reglamentos generales de gestión e internos de las Fuerzas Armadas. (...);” Que mediante sesión COMACO se resolvió la actualización del Reglamento de Uniformes de cada Fuerza, a través del Of. S-11-0070-SG del 07 de junio de 2011; Que mediante Oficio No. ARE-COGMAR-PEM-2013-1000-O, del 24 de abril de 2013, el señor Comandante General de Marina presenta esta Cartera de Estado la propuesta de Reglamento de Uniformes para el personal de la Armada del Ecuador. Que mediante Oficio No. 13-G-1-A-94, del 4 de julio de 2013, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, remite informe técnico favorable respecto al Proyecto de Uniformes de la Fuerza Naval. Que mediante Oficio No. 13-GL-494, del 01 de octubre de 2013 la Comisión de Legislación Militar de las Fuerzas Armadas Remite el Informe Jurídico en relación al Reglamento de Uniformes del Personal de

la Armada del Ecuador; Que la Coordinación General de Asesoría Jurídica Ministerial, mediante Memorando No. MDN-JUR2013-1783-ME, del 09 de diciembre de 2013, recomienda su aprobación; Que es necesario actualizar los uniformes, insignias y presentación de los Oficiales y Tripulantes de la Armada del Ecuador en base a las nuevas exigencias operacionales y laborales. En ejercicio de la facultad que le confiere el articulo 154 número 1 de la Constitución de la República del Ecuador y el literal g) del artículo 10 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional; ACUERDA: Art.1.-Aprobar el “REGLAMENTO DE UNIFORMES DEL PERSONAL DE OFICIALES Y TRIPULANTES DE LA ARMADA DEL ECUADOR”, contenido en 139 fojas útiles, que se anexa y forma parte integrante del presente Acuerdo de aprobación. Art.2.-Las condecoraciones navales no tendrán ningún puntaje para ascenso o beneficios económicos del personal de la Fuerza Naval. Art.3.-Deróguese el “REGLAMENTO DE UNIFORMES DEL PERSONAL DE OFICIALES DE LA ARMADA DEL ECUADOR”, y el “REGLAMENTO DE UNIFORMES DEL PERSONAL DE TRIPULANTES DE LA ARMADA DEL ECUADOR”; además los autógrafos expedidos mediante Resolución No 320, de 17 de Noviembre del 2010, y Resolución No 242 de septiembre de 2010, en donde se autorizan la modificaciones al Reglamento de Uniformes de Oficiales y Tripulantes de la Fuerza Naval. Art.4.-El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en la Orden General Ministerial y de su ejecución y aplicación se encargarán las autoridades militares pertinentes. Publíquese y comuníquese.DADO, en el Ministerio de Defensa Nacional, en Quito a 03 de enero de 2014. f) MARÍA FERNANDA ESPINOSA.- General de Brigada.- Ministra de Defensa Nacional.

MENSAJE DEL DÍA: “NO ES LO QUE TU TIENES, SINO COMO USAS LO QUE TIENES LO QUE MARCA LA DIFERENCIA”.Zig Ziglar. FIRMA LA ORDEN.- MARÍA FERNANDA ESPINOSA.- MINISTRA DE DEFENSA NACIONAL.

17 Ramírez A.

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