Registro de Marca Indecopi

July 21, 2019 | Author: Henry Cruz | Category: Marca registrada, Apelación, Pagos, Alimentos, Business
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REGISTRO DE MARCA INDECOPI uisitos para la solicitud de registro de marcas de productos y/o servicios:









Completar y presentar tres ejemplares de dell formato de la solicitud correspondiente (dos para la  Autoridad y uno para el administrado). administrado). Indicar los datos de identificación del(s) solicitante(s): 1. Para el caso de personas naturales: consignar el número del Documento Nacional de Identidad (DNI), Carné de Extranjería (CE) o Pasaporte e indicar el número del Registro Único de Contribuyente (RUC), de ser el caso. 2. Para el caso de personas jurídicas: consignar el número del Registro Único de Contribuyente (RUC), de ser el caso. 3. En caso de contar con un representante, representante, se deberá de indicar sus datos datos de identificación y será obligado presentar el documento de poder. * Señalar el domicilio para el envío de notificaciones en el Perú (incluyendo referencias, referencias, de de ser el caso). Indicar cuál es el signo que se pretende registrar (denominativo, mixto, tridimensional, figurativo u otros). 1. Si la marca es mixta, figurativa o tridimensional se deberá deberá adjuntar su reproducción ( tres copias de aproximadamente 5 cm de largo y 5 cm de ancho en blanco y negro o a colores si se desea proteger los colores). 2. De ser posible, posible, se suguiere enviar una copia fiel del mismo logotipo al correo electrónico: [email protected] (Formato sugerido: JPG o TIFF, a 300 dpi y bordes entre 1 a 3  pixeles).







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Consignar expresamente expresamente los productos y/o y/o servicios que se desea distinguir con el signo solicitado, así como la clase y/o clases a la que pertenecen. Para saber las clases a las cuáles pertenecen los productos o servicios a distinguir, se sugiere entrar al buscador  buscado r PERUANIZADO. PERUANIZADO. En caso de una solicitud multiclase, los productos y/o servicios servicios se deben indicar agrupados por la clase, precedidos por el número de clase correspondiente y en el orden estipulado por la Clasificación Internacional de Niza. De reivindicarse reivindicarse prioridad extranjera sobre la base de una solicitud de registro presentada presentada en otro país, deberá indicarse el número de solicitud cuya prioridad se reivindica, así como el país de presentación de la misma. En esta situación particular, se deberá adjuntar copia certificada emitida por la autoridad competente de la primera solicitud de registro, o bien certificado de la fecha de presentación de esa soliciud, y traducción al español, de ser el caso. Firmar la solicitud por el solicitante o su representante. Adjuntar la constancia de pago del derecho de trámite, cuyo cuyo costo es equivalente al 13.90% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por una clase solicitada, esto es S/. 534.99 Nuevos Soles. Este importe deberá pagarse en la sucursal del Banco de la Nación ubicado en el IndecopiSede Sur, Calle De La Prosa Nº 104-San Borja, o bien realizar el pago a través de una de las modalidades que se ofrecen.

* Si el solicitante actúa a través de un representante, deberá adjuntar el poder. Personas naturales: requieren documento privado. No necesita

Poderes: legalización.

Personas jurídicas:  requieren documento privado en el que se indique la calidad de la persona

que otorga el poder. Por ejemplo: apoderado, director, entre otros. No necesita legalización. En caso el representante sea al Gerente General de una persona jurídica peruana, no será obligatoria la presentación del poder, solo bastará una declaración jurada donde se indique la calidad del representante, la cual estará sujeta a fizcalización posterior a través de la información proporcionada por SUNARP.

Tratándose de poderes otorgados en idioma extranjero: deberá presentar su correspondiente traducción simple al idioma español. En caso de renuncia de derechos, el documento poder deberá contar con firma legalizada por un notario. Si hubiese sido otorgado en el extranjero, deberá contener la secuencia de legalizaciones hasta el consulado peruano o apostilla. Observaciones El usuario debe tener en cuenta que existen ciertos requisitos mínimos o información indispensable que debe contener una solicitud de registro para que se le asigne fecha de presentación: Los datos de identificación del solicitante, o de la persona que presenta la solicitud, que permitan efectuar las notificaciones correspondientes. La marca cuyo registro se solicita. La indicación expresa de los productos o servicios para los cuales se solicita el registro. El pago de las tasas respectivas. En caso se omita o no se adjunte alguno de ellos, se otorgará un plazo de 60 días hábiles improrrogables para proceder con la subsanación. De cumplirse con lo solicitado, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la cual se hubieren completado dichos requisitos. Si no se cumple con el requerimiento formulado, la solicitud de registro se tendrá por no presentada y se dispondrá su archivamiento. 

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Una vez presentada la solicitud (es decir, habiéndose asignado fecha de presentación para efectos  jurídicos), la Dirección tiene un plazo de 15 días hábiles para realizar su examen formal. Con relación al resto de requisitos de forma (presentación del documento de poder, indicación de la clase, entre otros), la Dirección notificará al solicitante para que en un plazo de 60 días hábiles cumpla con subsanar las omisiones o realizar las modificaciones. Con relación a precisión, adecuación y/o exclusión de productos o servicios, la Dirección notificará al solicitante para que en un plazo de 10días hábiles cumpla con subsanar las misiones o realizar las modificaciones. El plazo se cuenta desde el día siguiente de recibida la notificación. De no cumplirse con dichos requerimientos en el plazo establecido, se declarará el abandono de la solicitud y se dispondrá su archivamiento. Una vez completados los requisitos en el plazo establecido, la DIrección de Signos Distintivos publicará un extracto de la solicitud en la Gaceta Electrónica del Indecopi, el cual puede ser visualizada a través de la página web www.indecopi.gob.pe. Esta publicación no tiene costo para el solicitante. Si se solicita a través de diferentes expedientes el registro de una misma marca con relación a productos y/o servicios de distintas clases, se podrá pedir - dentro de los 10 días siguientes a la presentación de las solicitudes- la emisión de una orden de publicación múltiple (que contenga todos los pedidos). En caso contrario, se emitirán órdenes de publicación independientes. Cesión

de

derechos

expectaticios

de

la

solicitud

de

registro

El solicitante podrá ceder los derechos expectaticios sobre una solicitud de registro en trámite. Para ello deberá presentar el documento en el que conste la cesión con su firma. En caso sea casado, debe presentar el consentimiento del cónyuge. No se requiere legalizaciones. En caso no indique su estado civil, la administración considerará que el bien es de libre disposición, estando sujeto a fiscalización posterior.

Recursos

impugnativos

Si después de notificada la resolución, el solicitante desea interponer un recurso de reconsideración o de apelación, dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles contado a partir del día siguiente en que dicha resolución le fue comunicada. División de una Solicitud de Registro Multiclase de Marca Producto y/o Servicio

Para la división de una solicitud de registro multiclase de marca de producto y/o servicio, se deberá presentar un pedido de división, indicando los productos y/o servicios, agrupados por clases, que se desglosan de la solicitud inicial; acompañando el comprobante de pago de las tasas correspondientes y copia de lo actuado hasta el momento de solicitar la división, para ser adjuntada en cada solicitud divisional. El costo por los derechos de trámite de la división es equivalente al 1.26% de la UIT, esto es S/. 48.65 Nuevos Soles. El pago se realiza por cada división que se solicite. Requisitos para la solicitud de registro de nombres comerciales



Completar y presentar tres ejemplares del formato de la solicitud correspondiente (dos para la  Autoridad y uno para el administrado). Indicar los datos de identificación del(s) solicitante(s): o

o

o

o

o

Para el caso de personas naturales: 1. consignar el número del Documento Nacional de Identidad (DNI), Carné de Extranjería (CE) o Pasaporte e indicar el número del Registro Único de Contribuyente (RUC), de ser el caso. 2. Para el caso de personas jurídicas: consignar el número del Registro Único de Contribuyente (RUC), de ser el caso. 3. En caso de contar con un representante, se deberá indicar sus datos de identificación y será obligatorio presentar el documento de poder. Señalar el domicilio para el envío de notificaciones en el Perú (incluyendo referencias, de ser el caso). Indicar cuál es el signo que se pretende registrar (denominativo, mixto, tridimensional, figurativo u otros). Si el signo es mixto, figurativo o tridimensional se deberá adjuntar su reproducción (tres copias de aproximadamente 5 cm de largo y 5 cm de ancho en blanco y negro o a colores si se desea proteger los colores). De ser posible, se sugiere enviar una copia fiel del mismo logotipo al correo electrónico: [email protected], (Formato sugerido: JPG o TIFF, a 300 dpi y bordes entre 1 a 3 pixeles).

o

o

o o

Consignar expresamente los productos y/o servicios que se desea distinguir con el signo solicitado, así como la clase y/o clases a la que pertenecen. Para saber las clases a las cuáles pertenecen los productos o servicios a distinguir, se sugiere entrar al buscador PERUANIZADO. Adjuntar los medios probatorios que acrediten el uso efectivo en el mercado del nombre comercial cuyo registro se solicita, para cada una de las actividades a distinguir. Firmar la solicitud por el solicitante o su representante. Adjuntar la constancia de pago del derecho de trámite, cuyo costo equivale al 13.90% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por una clase solicitada, esto es S/. 534.99 Nuevos

Soles. Este importe deberá pagarse en la sucursal del Banco de la Nación ubicado en el Indecopi-Sede Sur, Calle De La Prosa N° 104- San Borja, o bien realizar el pago a través de una de las modalidades que se ofrecen. *Poderes o o

Si el solicitante actúa a través de un representante, deberá adjuntar el poder. Personas naturales: requieren documento privado. No necesita legalización. Personas jurídicas:   requieren documento privado en el que se indique la calidad de la

persona que otorga el poder. Por ejemplo: apoderado, director, entre otros. No necesita legalización. En caso el representante sea al Gerente General de una persona jurídica peruana, no será obligatoria la presentación del poder, solo bastará una declaración jurada donde se indique la calidad del representante, la cual estará sujeta a fizcalización posterior a través de la información proporcionada por SUNARP. Tratándose de poderes otorgados en idioma extranjero: deberá presentar su correspondiente traducción simple al idioma español. En caso de renuncia de derechos, el documento poder deberá contar con firma legalizada por un notario. Si hubiese sido otorgado en el extranjero, deberá contener la secuencia de legalizaciones hasta el consulado peruano o apostilla. Observaciones o

o

o

o

o

o

En caso el usuario no presente la constancia de pago del derecho de trámite, se le otorgará un plazo de 2 días hábiles para subsanar la omisión. De no cumplir el requerimiento dentro del plazo otorgado, se tendrá por no presentada la solicitud. En caso el usuario no presente los medios probatorios que acrediten el uso efectivo para cada una de las actividades económicas que se pretende distinguir, se le otorgará un plazo de 10 días hábiles para subsanar la omisión. Excepcionalmente, este plazo podrá ser prorrogado a discreción de la Dirección de Signos Distintivos De no cumplir con acreditar el uso de algunas de las actividades económicas indicadas en la solicitud, se procederá a excluirlas y a emitir la orden de publicación únicamente respecto de aquellas cuyo uso ha sido debidamente demostrado. Con relación al resto de requisitos de forma, si fuera el caso, la Dirección notificará al solicitante para que cumpla con subsanar las omisiones, otorgándole para ello un plazo de 60 días hábiles, contado desde el día siguiente de recibida la notificación. De no cumplirse con dichos requerimientos en el plazo establecido, se declarará el abandono de la solicitud y se dispondrá su archivamiento. Una vez completados los requisitos en el plazo establecido, la DIrección de Signos Distintivos publicará un extracto de la solicitud en la Gaceta Electrónica del Indecopi, el cual puede ser visualizada a través de la página web www.indecopi.gob.pe.  Esta publicación no tiene costo para el solicitante.

Cesión de derechos expectaticios de la solicitud de registro 

o

El solicitante podrá ceder los derechos expectaticios sobre una solicitud de registro en trámite. Para ello deberá presentar el documento en el que conste la cesión con su firma. En caso sea casado, debe presentar el consentimiento del cónyuge. No se requiere legalizaciones. En caso no indique su estado civil, la administración considerará que el bien es de libre disposición, estando sujeto a fiscalización posterior.



Recursos impugnativos o

Si después de notificada la resolución, el solicitante desea interponer un recurso de reconsideración o de apelación, dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles contado a partir del día siguiente en que dicha resolución le fue comunicada.

Requisitos para la solicitud de lemas comerciales





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Completar y presentar tres ejemplares del formato de la solicitud correspondiente (dos para la  Autoridad y uno para el administrado). Indicar los datos de identificación del(s) solicitante(s): Para el caso de personas naturales: consignar el número del Documento Nacional de o Identidad (DNI), Carné de Extranjería (CE) o Pasaporte e indicar el número del Registro Único de Contribuyente (RUC), de ser el caso. Para el caso de personas jurídicas: consignar el número del Registro Único de o Contribuyente (RUC), de ser el caso. En caso de contar con un representante, se deberá indicar sus datos de identificación y o será obligatorio presentar el documento de poder.* Señalar el domicilio para el envío de notificaciones en el Perú (incluyendo referencias, de ser el caso). Indicar la denominación del lema comercial solicitado (palabra o frase). Precisar la marca a la que se asociará el lema solicitado, indicando su número de certificado o de expediente. Señalar la clase de la Clasificación Internacional de Niza a la que pertenece la marca asociada. Firmar la solicitud por el solicitante o su representante. Adjuntar la constancia de pago del derec0ho de trámite, cuyo costo equivale al 13.90% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por una clase solicitada, esto es S/. 534.99 Nuevos Soles. Este importe deberá pagarse en la sucursal del Banco de la Nación ubicado en el IndecopiSede Sur, Calle De La Prosa N° 104- San Borja, o bien realizar el pago a través de una de las modalidades que se ofrecen.

*Poderes 

Si el solicitante actúa a través de un representante, deberá adjuntar el poder. Personas naturales: requieren documento privado. No necesita

legalización.

Personas jurídicas: requieren documento privado en el que se indique la calidad de la

persona que otorga el poder. Por ejemplo: apoderado, director, entre otros. No necesita legalización. En caso el representante sea al Gerente General de una persona jurídica peruana, no será obligatoria la presentación del poder, solo bastará una declaración jurada donde se indique la calidad del representante, la cual estará sujeta a fizcalización posterior a través de la información proporcionada por SUNARP. Tratándose de poderes otorgados en idioma extranjero: deberá presentar su correspondiente traducción simple al idioma español. En caso de renuncia de derechos, el documento poder deberá contar con firma legalizada por un notario. Si hubiese sido otorgado en el extranjero, deberá contener la secuencia de legalizaciones hasta el consulado peruano o apostilla. Observaciones 

En caso el usuario no presente la constancia de pago del derecho de trámite, se le otorgará un plazo de 2 días hábiles para subsanar la omisión.







De no cumplir el requerimiento dentro del plazo otorgado, se tendrá por no presentada la solicitud. Con relación al resto de requisitos de forma, si fuera el caso, la Dirección notificará al solicitante para que cumpla con subsanar las omisiones, otorgándole para ello un plazo de 60 días hábiles, contado desde el día siguiente de recibida la notificación. De no cumplirse con dichos requerimientos en el plazo establecido, se declarará el abandono de la solicitud y se dispondrá su archivamiento. Una vez completados los requisitos en el plazo establecido, la DIrección de Signos Distintivos publicará un extracto de la solicitud en la Gaceta Electrónica del Indecopi, el cual puede ser visualizada a través de la página web www.indecopi.gob.pe.  Esta publicación no tiene costo para el solicitante.

Cesión de derechos expectaticios de la solicitud de registro 

El solicitante podrá ceder los derechos expectaticios sobre una solicitud de registro en trámite. Para ello deberá presentar el documento en el que conste la cesión con su firma. En caso sea casado, debe presentar el consentimiento del cónyuge. No se requiere legalizaciones. En caso no indique su estado civil, la administación considerará que el bien es de libre disposición, estando sujeto a fiscalización posterior.

Recursos impugnativos 

Si después de notificada la resolución, el solicitante desea interponer un recurso de reconsideración o de apelación, dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles contado a partir del día siguiente en que dicha resolución le fue comunicada.

Requisitos para la solicitud de marca colectiva





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Completar y presentar tres ejemplares del formato de la solicitud correspondiente (dos para la  Autoridad y uno para el administrado). Indicar los datos de identificación del solicitante (asociación, organización o grupo de personas). Consignar los datos de identificación del representante y presentar el documento de poder.* Señalar el domicilio para el envío de notificaciones en el Perú (incluyendo referencias, de ser el caso). Indicar cuál es el signo que se pretende registrar (denominativo, mixto, tridimensional, figurativo u otros). Si la marca es mixta, figurativa o tridimensional se deberá adjuntar su reproducción (tres copias de aproximadamente 5 cm de largo y 5 cm de ancho en blanco y negro o a colores si se desea proteger los colores). De ser posible, se sugiere enviar una copia fiel del mismo logotipo al correo electrónico: [email protected] (Formato sugerido: JPG o TIFF, a 300 dpi y bordes entre 1 a 3 pixeles). Consignar los productos o servicios que se desea distinguir con el signo solicitado, así como la clase a la que pertenecen (Clasificación Internacional de Niza). Acompañar copia de los estatutos de la asociación, organización o grupo de personas que solicite el registro. Adjuntar lista de integrantes. Adjuntar el reglamento de uso de la marca colectiva. Firmar la solicitud por el representante. Adjuntar la constancia de pago del derecho de trámite, cuyo costo equivale al 13.90% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por una clase solicitada, esto es S/. 534.99 Nuevos Soles. Este importe deberá pagarse en la sucursal del Banco de la Nación ubicado en el IndecopiSede Sur, Calle De La Prosa N° 104- San Borja, o bien realizar el pago a través de una de las modalidades que se ofrecen.

*Poderes   







Si el solicitante actúa a través de un representante, deberá adjuntar el poder. Personas naturales: requieren documento privado. No necesita legalización. Personas jurídicas: requieren documento privado en el que se indique la calidad de la persona que otorga el poder. Por ejemplo: gerente general, apoderado, entre otros. No necesita legalización. Tratándose de poderes otorgados en idioma extranjero: deberá presentar su correspondiente traducción simple al idioma español. En caso de renuncia de derechos, el documento poder deberá contar con firma legalizada por un notario. Si hubiese sido otorgado en el extranjero, deberá contener la secuencia de legalizaciones hasta el consulado peruano o apostilla.

Observaciones 









En caso el usuario no presente la constancia de pago por el derecho de trámite, se le otorgará un plazo de 2 días hábiles para subsanar la omisión. De no cumplir el requerimiento dentro del plazo otorgado, se tendrá por no presentada la solicitud. Con relación al resto de requisitos de forma, si fuera el caso, la Dirección notificará al solicitante para que cumpla con subsanar las omisiones, otorgándole para ello un plazo de 60 días hábiles, contado desde el día siguiente de recibida la notificación. De no cumplirse con dichos requerimientos en el plazo establecido, se declarará el abandono de la solicitud y se dispondrá su archivamiento. Una vez completados los requisitos en el plazo establecido, la DIrección de Signos Distintivos publicará un extracto de la solicitud en la Gaceta Electrónica del Indecopi, el cual puede ser visualizada a través de la página web www.indecopi.gob.pe.  Esta publicación no tiene costo para el solicitante.

Cesión de derechos expectaticios de la solicitud de registro  

El solicitante podrá ceder los derechos expectaticios sobre una solicitud de registro en trámite. Para ello deberá presentar el documento en el que conste la cesión con su firma. No se requiere legalizaciones.

Recursos impugnativos 

Si después de notificada la resolución, el solicitante desea interponer un recurso de reconsideración o de apelación, dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles contado a partir del día siguiente en que dicha resolución le fue comunicada.

Para la solicitud de una marca de certificación





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Completar y presentar tres ejemplares del formato de la solicitud correspondiente (dos para la  Autoridad y uno para el administrado). Indicar los datos de identificación del solicitante (empresa o institución, de derecho privado o público o un organismo estatal, regional o internacional). Consignar los datos de identificación del representante y presentar el documento de poder.* Señalar el domicilio para el envío de notificaciones en el Perú (incluyendo referencias, de ser el caso).













Precisar el signo que se pretende registrar (denominativo, mixto, tridimensional, figurativo u otros). Si la marca es mixta, figurativa o tridimensional se deberá adjuntar su reproducción (tres copias de aproximadamente 5 cm de largo y 5 cm de ancho en blanco y negro o a colores si se desea proteger los colores). De ser posible, se sugiere enviar una copia fiel del mismo logotipo al correo electrónico: [email protected] (Formato sugerido: JPG o TIFF, a 300 dpi y bordes entre 1 a 3 pixeles). Determinar los productos o servicios que se desea distinguir con el signo solicitado, así como la clase a la que pertenecen (Clasificación Internacional de Niza). Adjuntar el reglamento de uso de la marca de certificación. Firmar la solicitud por el representante. Adjuntar la constancia de pago del derecho de trámite, cuyo costo equivale al 13.90% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por una clase solicitada, esto es S/. 534.99 Nuevos Soles. Este importe deberá pagarse en la sucursal del Banco de la Nación ubicado en el IndecopiSede Sur, Calle De La Prosa N° 104- San Borja, o bien realizar el pago a través de una de las modalidades que se ofrecen.

*Poderes   







Si el solicitante actúa a través de un representante, deberá adjuntar el poder. Personas naturales: requieren documento privado. No necesita legalización. Personas jurídicas: requieren documento privado en el que se indique la calidad de la persona que otorga el poder. Por ejemplo: gerente general, apoderado, entre otros. No necesita legalización. Tratándose de poderes otorgados en idioma extranjero: deberá presentar su correspondiente traducción simple al idioma español. En caso de renuncia de derechos, el documento poder deberá contar con firma legalizada por un notario. Si hubiese sido otorgado en el extranjero, deberá contener la secuencia de legalizaciones hasta el consulado peruano o apostilla.

Observaciones 









En caso el usuario no presente la constancia de pago por derecho de trámite, se le otorgará un plazo de 2 días hábiles para subsanar la omisión. De no cumplir el requerimiento dentro del plazo otorgado, se tendrá por no presentada la solicitud. Con relación al resto de requisitos de forma, si fuera el caso, la Dirección notificará al solicitante para que cumpla con subsanar las omisiones, otorgándole para ello un plazo de 60 días hábiles, contado desde el día siguiente de recibida la notificación. De no cumplirse con dichos requerimientos en el plazo establecido, se declarará el abandono de la solicitud y se dispondrá su archivamiento. Una vez completados los requisitos en el plazo establecido, la DIrección de Signos Distintivos publicará un extracto de la solicitud en la Gaceta Electrónica del Indecopi, el cual puede ser visualizada a través de la página web www.indecopi.gob.pe.  Esta publicación no tiene costo para el solicitante.

Cesión de derechos expectaticios de la solicitud de registro  



El solicitante podrá ceder los derechos expectaticios sobre una solicitud de registro en trámite. Para ello deberá presentar el documento en el que conste la cesión con su firma. No se requiere legalizaciones. Recursos impugnativos Si después de notificada la resolución, el solicitante desea interponer un recurso de reconsideración o de apelación, dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles contado a partir del día siguiente en que dicha resolución le fue comunicada.

Tasas Son los pagos que se deben efectuar por la tramitación de cada uno de los procedimientos que administra la Dirección de Signos Distintivos. Marcas (nuevos soles)

Equivalencia en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (%)

534.99

14,46

(Marcas de Producto, Servicio, Colectiva y de Certificación, Nombre Comercial y Lema Comercial)

534.99

14,46

Registro de marca de producto y/o servicio (por clase adicional)

533.30

14,41

División de una solicitud multiclase de marca de producto y/o servicio

48.65

1,31

378.79

10,24

536.64

14,50

585.75

15,83

217.03

5,87

313.25

8,47

68.45

1,85

(por cada registro cuya renovación se solicite. Dentro de cada registro el  pago se hará por cada clase)

313.57

8,47

Registro, Prórroga o Modificación de Contratos de Transferencia de Tecnología Extranjera

220.93

5,97

Certificado de Gravamen

37.09

1,00

Procedimiento Registro de marca y otros signos

(Marcas de Producto, Servicio, Colectiva y de Certificación, Nombre Comercial y Lema Comercial) Registro de marca y otros signos

(por cada división que se solicite)

Oposición a las solicitudes de registro

(por cada clase respecto de la cual se formule oposición) Cancelación de registros

(por cada clase contra la cual se interponga la acción) Nulidad de Registros

(por cada clase contra la cual se interponga la acción) Renuncia de Derechos sobre un registro Modificaciones a Registros

(por cada modificación que se solicite y por cada registro involucrado. Dentro de cada registro se deberá pagar una tasa por cada clase) División de un Registro Multiclase de marca de producto y/o servicio

(por cada división que se solicite) Renovación de Registros

(entrega en 5 días hábiles)

Denominación de Origen (nuevos soles)

Procedimiento

Equivalencia en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (%)

Declaración o Reconocimiento de Denominación de Origen

443.75

11,99

Autorización de Uso de Denominación de Origen

117.15

3,17

Infracciones Procedimiento

(nuevos soles)

Equivalencia en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (%)

Denuncia por Infracción de Derechos 214.78

5,80

Solicitud de Medida Cautelar

195.25

5,28

Solicitud de Visita Inspectiva

195.25

5,28

Búsqueda de antecedentes fonéticos

Este tipo de indagación le permite al usuario obtener un listado de los signos registrados o solicitados con anterioridad que pudieran tener algún elemento fonético común con la denominación que es objeto de búsqueda, dentro de la (s) clase (s) especificada (s).

Procedimiento

(nuevos soles)

Equivalencia en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (%)

Denuncia por Infracción de Derechos 214.78

5,80

1

30.99

0,84

2

57.52

1,55

3

69.90

1,89

4

75.37

2,04

5

81.22

2,20

6 a 10

87.86

2,37

11 a 20

94.89

2,6

21 a 30

102.31

2,77

Todas las clases (45)

110.51

2,99

Búsqueda de antecedentes figurativos

La búsqueda de antecedentes figurativos permite conocer los signos registrados o solicitados con anterioridad que pudieran tener algún elemento figurativo en común con la figura que es objeto de búsqueda, dentro de la (s) clase (s) especificada (s).

Procedimiento

(nuevos soles)

Equivalencia en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (%)

Plazo de Entrega

1

38.46

1,04

3 días

2

72.97

1,97

3 días

3

90.60

2,45

4 días

4

104.65

2,83

6 días

5

118.71

3,21

8 días

Costo por clase adicional

12.11

0,33

10 días

Búsqueda de antecedentes fonéticos por titular

La búsqueda fonética por titular, reclamante o reclamado le permite al usuario conocer todos los registros o solicitudes presentadas con anterioridad con que cuenta una determinada persona natural o jurídica.

Procedimiento

(nuevos soles)

Equivalencia en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (%)

10 hojas

30.99

0,84

Cada hoja adicional

7.42

0,20

Búsqueda de sancionados por infracción

Este tipo de indagación permite conocer a las personas (naturales o jurídicas) sancionadas por infraccionar los derechos a la propiedad industrial.

Procedimiento

Búsqueda de sancionados por infracción

(nuevos soles)

4.88

Equivalencia en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (%)

0,13

Otros servicios

 Adicionalmente ofrecemos los siguientes servicios.

Servicios

Costo (nuevos soles)

Equivalencia en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (%)

Plazo de Entrega

Búsqueda de cualquier otro tipo de información que obre en la Dirección (por 5 hojas)

15.50

0,42

Por cada hoja adicional, a partir de la hoja Nº 6

3.71

0,10

Copia de CD's, DVD's y documentos escaneados

23.22

0,63

3 días

Copias a color / Impresión de fotografías de muestras

2.03

0,05

3 días

Copia (nueva impresión) de certificado de registro

26.3

0,71

3 días

Certificado de fecha de presentación de solicitud de registro

19.35

0,52

7 días

3

días

CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DE PRODUCTOS Y SERVICIOS Clasificación de Niza, 11ª Edición, Versión 2017 TÍTULOS DE LAS CLASES PRODUCTOS Clase 1. Productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto, materias  plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras; preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) para la industria. Clase 2. Pinturas, barnices, lacas; productos contra la herrumbre y el deterioro de la madera; materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto; metales en hojas y en polvo para la pintura, la decoración, la imprenta y trabajos artísticos. Clase 3. Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa;  preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones no medicinales;  productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no medicinales, lociones capilares no medicinales; dentífricos no medicinales. Clase 4. Aceites y grasas para uso industrial; lubricantes; composiciones para absorber, rociar y asentar el polvo; combustibles (incluida la gasolina para motores) y materiales de alumbrado; velas y mechas de iluminación. Clase 5. Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario;  productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas  para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para  personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas.

Clase 6. Metales comunes y sus aleaciones, minerales metalíferos; materiales de construcción y edificación metálicos; construcciones transportables metálicas; cables e hilos metálicos no eléctricos; pequeños artículos de ferretería metálicos; recipientes metálicos de almacenamiento y transporte; cajas de caudales. Clase 7. Máquinas y máquinas herramientas; motores (excepto motores para vehículos terrestres); acoplamientos y elementos de transmisión (excepto para vehículos terrestres); instrumentos agrícolas que no sean accionados manualmente; incubadoras de huevos; distribuidores automáticos. Clase 8. Herramientas e instrumentos de mano accionados manualmente; artículos de cuchillería, tenedores y cucharas; armas blancas; maquinillas de afeitar. Clase 9. Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores. Clase 10. Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos y veterinarios; miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura;dispositivos terapéuticos y de CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DE PRODUCTOS Y SERVICIOS Clasificación de Niza, 11ª Edición, Versión 2017 asistencia para personas discapacitadas; aparatos de masaje; aparatos, dispositivos y artículos de puericultura; aparatos, dispositivos y artículos para actividades sexuales. Clase 11. Aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, así como instalaciones sanitarias. Clase 12. Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática. Clase13. Armas de fuego; municiones y proyectiles; explosivos; fuegos artificiales. Clase 14. Metales preciosos y sus aleaciones; artículos de joyería, piedras preciosas y semipreciosas; artículos de relojería e instrumentos cronométricos. Clase 15. Instrumentos musicales. 16. Papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas y material de dibujo; pinceles;

material de instrucción y material didáctico; hojas, películas y bolsas de materias  plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta. Clase17. Caucho, gutapercha, goma, amianto y mica en bruto o semielaborados, así como sucedáneos de estos materiales; materias plásticas y resinas semielaboradas; materiales para calafatear, estopar y aislar; tubos flexibles no metálicos. Clase 18. Cuero y cuero de imitación; pieles de animales; artículos de equipaje y  bolsas de transporte; paraguas y sombrillas; bastones; fustas, y artículos de guarnicionería; collares, correas y ropa para animales. Clase 19. Materiales de construcción no metálicos; tubos rígidos no metálicos para la construcción; asfalto, pez y betún; construcciones transportables no metálicas; monumentos no metálicos. Clase 20 Muebles, espejos, marcos; contenedores no metálicos de almacenamiento o transporte; hueso, cuerno, ballena o nácar, en bruto o semielaborados; conchas; espuma de mar; ámbar amarillo. Clase 21. Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario; peines y esponjas; cepillos; materiales para fabricar cepillos; material de limpieza; vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción); artículos de cristalería, porcelana y loza. Clase 22. Cuerdas y cordeles; redes; tiendas de campaña y lonas; toldos de materias textiles o sintéticas; velas de navegación; sacos para el transporte y almacenamiento de mercancías a granel; materiales de acolchado y relleno, excepto el papel, cartón, caucho o materias plásticas; materias textiles fibrosas en bruto y sus sucedáneos Clase 23. Hilos para uso textil. Clase 24. Tejidos y sus sucedáneos; ropa de hogar; cortinas de materias textiles o de materias plásticas Clase 25. Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Clase 26. Encajes y bordados, cintas y cordones; botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales; adornos para el cabello; cabello postizo. Clase 27. Alfombras, felpudos, esteras, linóleo y otros revestimientos de suelos; tapices murales que no sean de materias textiles. Clase 28. Juegos y juguetes; aparatos de videojuegos; artículos de gimnasia y deporte; adornos para árboles de Navidad.

Clase 29. Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Clase 30. Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y  preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. Clase 31. Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar; animales vivos; productos alimenticios y bebidas para animales; malta. Clase 32. Cervezas; aguas minerales y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Clase 33. Bebidas alcohólicas (excepto cervezas). Clase 34. Tabaco; artículos para fumadores; cerillas. SERVICIOS Clase 35. Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Clase 36. Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios. Clase 37. Servicios de construcción; servicios de reparación; servicios de instalación. Clase 38. Telecomunicaciones. Clase 39. Transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías; organización de viajes. Clase 40. Tratamiento de materiales. Clase 41. Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Clase 42. Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigaciones industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software. Clase 43. Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal.

Clase 44. Servicios médicos; servicios veterinarios; tratamientos de higiene y de  belleza para personas o animales; servicios de agricultura, horticultura y silvicultura. Clase 45. Servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección física de bienes materiales y personas; servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales.

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