Regimen de Excepción
July 21, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LOS ANDES CARRERA DE DERECHO
CAPITULLO VII REGIMEN DE EXCEP EXCEPCIÓN CIÓN ART. 137 ESTADOS DE ESTADO EXCEPCIÓN: ESTADO DE EMERGENCIA Y DE SITIO
CURS CU RSO O
:C CON ONST STIT ITUC UCIÓ IÓN N POL POLÍT ÍTIC ICA A Y DE DERE RECH CHOS OS HUMA HUMANO NOS S
DOCENTE : Abg. GERMAN M M.. LUNA LUNA AL ALV VAREZ ALUMNOS:
ROBERTO C. ALVARADO NINA ELVIS G. LOAYZA ATAULLUCO
CICLO
: !1" II AULA #1!3$
CUSCO% !1"
PRESENTACIÓN La siguiente investigación trata sobre el Capítulo VII Régimen De Excepción y art. 1! Esta"os De Excepción# Esta"o De Emergencia $ Esta"o De %itio& "entro "e la Constitución 'olítica "el 'er( "e 1)) vigente. %e puntuali*a en las "e+iniciones "e Esta"o "e Excepción& las causales ,ue tiene ,ue ocurrir para "eclarar to"o el 'aís o una región para "eclararlo en un esta"o "e excepción# Esta"o "e %itio o Esta"o "e Emergencia& cuales son los "erec-os ,ue se restringen& la "uración "e ca"a uno "e estos regímenes así como cules son sus limitaciones.
Esperamos ,ue la siguiente investigación i nvestigación cumpla las expectativas "el "ocente. /tentamente Los alumnos
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ÍNDICE PRESENTACIÓN........... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ......................................... ............................... 1 ÍNDICE........... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ............................................. .................................. 2 CAPITULO VII......... .................... ...................... ..................... ..................... ..................... ..................... .................................... ......................... 3 .................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... .................. .......3 3 REGIMEN DE EXCEPCIÓN.......... 1. EST STA ADO DE EX EXCE CEP PCIÓN CIÓN.......... ..................... ..................... ..................... ..................... ................................. ....................... 4
2. EST STA ADO DE EM EMER ERGE GENC NCIA IA........................................................................5 2.1. 2.1.
ES EST TADO DE EM EMER ERGE GENC NCIA IA EN ISLA ISLAY Y...................................................8
3. ESTADO DE SITIO.......... ..................... ..................... ..................... .................................................... ......................................... 10 4. LAS G GARA ARANTÍA NTÍAS S O PRO PROCES CESOS OS CO CONST NSTITUC ITUCIONA IONALES LES C COMO OMO E EL L HÁB HÁBEAS EAS CORPUS O AMPARO AMPARO DURANTE LOS REGÍMENES DE EXCEPCIÓN..................12 5. EJE EJEMP MPLOS LOS EN L LOS OS UE UE C CABR ABRÍA ÍA INT INTERP ERPONE ONER R PR PROCE OCESOS SOS CONSTITUCIONALES DURANTE UN R!GIMEN DE EXCEPCIÓN. ......................13 CONCLUSIONES.......... ..................... ..................... ..................... ...................... ..................... ..................... ..................... .................. ........15 15 BIBLIOGRA"IA........... ..................... ..................... ..................... ..................... ...................... ......................................... .............................. 16
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CAPITULO VII REGIMEN DE EXCEPCIÓN A#$%&'() 13*+., El 'resi"ente "e la Republica& con acuer"o "el Conse0o "e inistros& pue"e "ecretar& por pla*o "etermina"o& en to"o el territorio nacional& o en parte "e él& y "an"o cuenta al Congreso o a la Comisión 'ermanente& los esta"os "e excepción ,ue en este artículo se contemplan# 1. Esta"o "e emergencia& en caso "e perturbación "e la pa* o "el or"en interno& "e catstro+e o "e graves circunstancias ,ue a+ecten la vi"a "e la 2ación. En esta eventuali"a"& pue"e restringirse o suspen"erse el e0ercicio "e los "erec-os constitucionales relativos a la liberta" y la seguri"a" personales& la inviolabili"a" "el "omicilio& y la liberta" "e reunión y "e trnsito tr nsito en el territorio comp co mpre ren" n"i" i"os os en los los inci inciso sos s )& 11 y 13 "e "ell ar artí tícu culo lo 34 y en el in inci ciso so 35 35&& aparta"o + "el mismo artículo. En ninguna circunstancia se pue"e "esterrar a na"ie. El pla*o "el esta"o "e emergencia no exce"e "e sesenta "ías. %u pr pror orro roga ga re re,u ,uie iere re nu nuev evo o "e "ecr cret eto. o. En es esta ta"o "o "e em emer erge genc ncia ia las 6u 6uer er*a *as s /rma"as asumen el control "el or"en interno si así lo "ispone el 'resi"ente "e la Republica. 3. Esta"o "e sitio& en caso "e invasión& guerra exterior& guerra civil& o peligro inminente "e ,ue se pro"u*can& con mención "e los "erec-os +un"amentales cuyo e0ercicio no se restringe o suspen"e. El pla*o correspon"iente no exce"e "e cuarenta y cinco "ías. /l "ecretarse el esta"o "e sitio& el Congreso se re(ne "e pleno "erec-o. La prórroga re,uiere aprobación "el Congreso.
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1. ES EST TADO DE E EXC XCEP EPCI CIÓN ÓN Esta"o "e excepción El régimen "e excepción consiste en la restricción o suspensión "el e0ercicio "e ciertos "erec-os constitucionales y la consiguiente atribución "e po"eres extraor"inarios al 'o"er E0ecutivo. La a"opción "e esta me"i"a no implica el término "el Esta"o Constitucional ni la "esaparición "e los "erec-os +un"amentales. s bien& este recurso extremo procura mantener la estabili"a" "e un régimen constitucional ante una situación "e "esbor"e y violencia ,ue a+ecta la vi"a "e los ciu"a"anos y "e la nación en general. %e ac acu" u"e e al régi régime men n "e ex exce cepc pció ión& n& en ta tant nto o la las s me me"i "i"a "as s y re rest stri ricc ccio ione nes s autori*a"as en tiempo or"inario son claramente insu+icientes para mantener el or"en or" en p(b p(blic lico. o. Est Esto o ,ui ,uiere ere "e "ecir cir ,ue "is "ispos posici icione ones s tan gra grave ves s tie tienen nen ,ue tomarse ante la inexistencia "e otra opción menos onerosa. Es po porr es eso o ,u ,ue e mu mucc-os os au auto tore res s llama llaman n a lo los s es esta ta"o "os s "e ex exce cepc pció ión n un una a 7"icta"ura constitucional8 ya ,ue en nuestra Carta 'olítica y en los instrumentos internacionales 9'acto Internacional "e Derec-os Civiles y 'olíticos& artículo 5: Convención Interamericana "e Derec-os ;umanos& artículo 3!><
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2. ES EST TADO DE E EME MERG RGEN ENCIA CIA excepción ,ue pue"e "ictar el - C)/&0$)# es uno "e "e los regímenes "e excepción gobierno gobierno "e "e un país en situaciones excepcion excepcionales. ales.
C-#C-#-&$ &$0# 0#% %$ $&&- Durante este& así llama"o régimen "e excepción& el gobierno se reserva el po" po"er er "e restri restringi ngirr o su suspe spen" n"er er el e0e e0erci rcicio cio "e alg alguno unos s "erec-os ciu"a"anos.. Los "erec-os restringi"os pue"en ser los relativos a la ciu"a"anos libe libert rta" a" y se segu guri ri"a "a" " pe pers rson onal ales es&& la in invi viol olab abili ili"a "a" " "e "o "omi mici cili lio o y la libe libert rta" a" "e re reun unió ión n y "e tr trn nsi sito to.. Du Dura rant nte e es ese e es esta ta"o "o la las s +u +uer er*a *as s arma"as "e un país pue"en asumir el control "e or"en interno.
& C-' -'-(0 (0 Este esta"o "e emergencia se "icta& generalmente#
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En caso "e perturbación "e la pa* o "el or"en interno "e un esta"o& ya sea se a a cons nsec ecu uenc ncia ia "e cat ats str tro+ o+es es&& bro rote tes s "e en+e +erm rme" e"a a"e "es s contag con tagios iosas& as& gra grave ves s cir circun cunsta stanci ncias as pol polític íticas as o civ civiles iles ,ue a+e a+ecta ctan n e impi"en la vi"a normal "e una comuni"a"& región o país.
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P(-7)
Es una me"i"a transitoria& es "ecir& tiene ,ue tener un pla*o "etermina"o& pues el menciona"o "ispositivo constitucional establece ,ue la situación no "ebe "e exce"er "e ?> "ías. /nte la necesi"a" "e prórroga& es necesaria la emisión "e un nuevo "ecreto.
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R0$#&&8/ 60 60#0&9)
%ólo %ól o po posib sibilit ilita a la res restric tricció ción n "e cua cuatro tro "er "erec ec-os -os amp ampara ara"os "os en nu nuest estra ra Constitución# @ D0# D0#0&9 0&9) ) - (- (0#$ (0#$-6 -6 : 0;'# 0;'#66-6 6 0#)/ 0#)/-(0 -(0< < re+ re+eri eri"o "o a ,u ,ue e na" na"ie ie pue"e ser "eteni"o sino por or"en escrita y motiva"a "el Aue* o por las autori"a"es policiales en caso "e +lagrante "elito 9/rt. 3.35.+ "e la C')< @ D0#0&9) - (- /=)(-(6-6 60( 6)>&() 9/rt. 3& inciso )& "e la C')@3>>D' recientemente expe"i"a sobre la materia 9El 'eruano& 13>><
2. 2.1. 1.
EST ESTADO D DE E EMER EMERGE GENC NCIA IA EN IISL SLA AY El Jobierno 'eruano "ecretó el 33 "e ayo "el 3>1 el esta"o "e emergencia en to"os los "istritos "e la provincia "e Islay& ollen"o& en /re,u re,uip ipa& a& po porr un pla* pla*o o "e ?> "í "ías as&& -o -ora ras s "e "esp spué ués s ,u ,ue e la las s protestas contra el proyecto minero Kía aría provocaron la muerte a una persona y "ecenas "e -eri"os. En rue"a "e prensa& el presi"ente "el Conse0o "e inistros& 'e"ro Cateriano& in+ormó ,ue la me"i"a se "icta "e con+ormi"a" con el régime rég imen n "e exc excepc epción ión ,ue est establ ablece ece la Con Consti stituc tución ión 'ol 'olíti ítica ca "el Esta"o. 7Con+orme lo establece la Constitución y "e acuer"o al "ecreto ,ue esta es tabl blec ece e el es esta ta"o "o "e em emer erge genc ncia ia&& la 'o 'oli licí cía a 2a 2aci cion onal al co con n el respal"o "e las 6uer*as /rma"as se encargar "el mantenimiento "el or"en p(blico8& precisó 'e"ro Cateriano. Especi+icó ,ue en ese senti"o& "e acuer"o a lo ,ue también prescribe muy mu y clar claram amen ente te la Ca Cart rta a a agn gna& a& se su susp spen en"e "en n la las s li libe bert rta" a"es es personales re+eri"as a la inviolabili"a" "el "omicilio& la liberta" "e trnsito y la liberta" "e reunión. 'or lo tanto& con un mecanismo legal ,ue establece la Constitución& el Jobierno e0ercer con+orme a lo prescrito to"as a,uellas me"i"as para el mantenimiento "el or"en p(blico en esta *ona "e /re,uipa& en+ati*ó 'e"ro Cateriano. El 0e+e "el Jabinete inisterial "estacó ,ue "es"e ,ue se iniciaron lo los s inci inci"e "ent ntes es en /re,u re,uip ipa& a& en la pr prov ovin inci cia a "e Islay Islay&& a ra raí* í* "e "ell pr proy oyec ecto to mi mine nero ro "e Kí Kía a a aría ría&& el Jo Jobi bier erno no -a -e -ecc-o o to to"o "os s lo los s es+uer*os posibles para ,ue esa problemtica se solucione a través "el "ilogo& ,ue es la +orma en la ,ue se resuelven las "iscrepancias en un sistema "emocrtico. Des"e De s"e un pri princi ncipio pio el Job Jobier ierno no -a co con"e n"ena" na"o o la vio violen lencia cia com como o mecanismo para solucionar los problemas& remarcó para a+irmar ,ue
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7el país entero es testigo "e to"os los es+uer*os ,ue -emos reali*a"o para ,ue a través "el intercambio "e impresiones y "e un "ilogo civili*a"o&
se
solucionen
los
problemas
respecto
a
los
cuestionamientos técnicos ,ue se -an -ec-o con relación al proyecto minero8. 72o nos vamos a cansar en reiterar ,ue solamente en un clima "e pa* pa * y no "e vio violen lencia cia&& los per peruan uanos os "eb "ebemo emos s res resolv olver er nue nuestr stros os problemas& por,ue ese es el sentir mayoritario expresa"o a través "el voto popular8& recalcó. 2o obstante& a pesar "e ,ue la propia empresa o+reció una pausa para ,ue en este perío"o se pue"a explicar con amplitu" y "ebatir to"o lo relaciona"o a la temtica técnica "el proyecto& -oy se -an continua"o los actos "e violencia8& in"icó. 6inalm 6in alment ente& e& Cat Cateri eriano ano rem remarc arcó ó ,u ,ue e el Job Jobiern ierno o "el pre presi" si"ent ente e l lla lant nta a ;u ;uma mala la "e "e+e +en" n"er er co con n +i +irm rme* e*a& a& pe pero ro co con n ap apeg ego o a la Constitución y a la ley& el "erec-o "e to"os los peruanos a vivir en pa* y en "emocracia& ex-ortan"o a ,ue se "eponga la violencia y solucionemos las "i+erencias en base al "ilogo. 9anco& 3>1<
3. EST ESTADO D DE E SIT SITIO IO
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- C)/&0$) Es un régimen "e excepción ,ue pue"e "eclarar el gobierno "e un país en situaciones especiales. El Est Esta"o a"o "e %it %itio io se "ec "eclara lara cuan" cuan"o o se pre presen sentan tan cir circun cunsta stanci ncias as ms graves ,ue las ,ue permiten "eclarar el Esta"o "e Emergencia. /sí& en el artículo 1!.3 "e la C') se seBala ,ue el Esta"o "e %itio se pue"e "ecretar en caso "e invasión& guerra exterior& guerra civil& o peligro inminente "e ,ue se pro"u*can. 9Lingn Cabrera& 3>11<
C-#C-#-&$ &$0# 0#% %$ $&&- El est esta"o a"o "e sit sitio io rep repres resent enta a un con concep cepto to e,u e,uiva ivalen lente te al "e est esta"o a"o "e guerra& y por ello se "an a las +uer*as arma"as +aculta"es prepon"erantes para los actos "e represión. Durante el Mesta"o "e sitioM ,ue"an en suspenso las gar garant antías ías con consti stituc tucion ionale ales& s& con may mayor or o men menor or ext extens ensión ión&& seg(n seg(n las legislaciones. 9Lingn Cabrera& 3>11<
& C-' -'-(0 (0 • • •
En caso "e invasión. Juerra exterior o guerra civil. 'eligro inminente "e ,ue se pro"u*can. 9Lingn Cabrera& 3>11 3>11-#) /) 0 '0/60
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6'#-/$0 (- =;0/&- 60 () #0;%>0/0 60 0&0&8/ - '0 0 #0@0#0 0( -#$%&'() 13* 60 (- C)/$$'&8/ 8 9subraya"o nuestro< %e agrega& luego& 7cuan"o se interponen acciones "e esta naturale*a en relación con "erec-os restringi"os o suspen"i"os& 0( 8#;-/) '#6&&)/-( &)>0$0/$0 0->/-
(- #-7) #-7)//- ( (66-6 6 : (- # #) ))# )#& &)/ )/-( -(6 6-6 -6 60 60(( -& -&$) $) #0 #0$ $# #&$ &$= =). ). 2o correspon"e al 0ue* cuestionar la "eclaración "el esta"o "e emergencia ni "e sitio8
En el artículo 3 "el Có"igo 'rocesal Constitucional& aproba"o por Ley 2N
9$$.&)/;#0).;).0/$(0:I>-; ;#0).;).0/$(0:I>-;0/0L0:02F23* 0/0L0:02F23*. . 3G3!9Véase9$$.&)/ 6@ () 60 #)&060/&- 60 '/ #)&0) &)/$$'&)/-( &'-/6) 0 -(0;- '/ ##-7)/-(0 -&&)/-# 60 (- -'$)#6-6 6'#-/$0 '/ R;>0/ 60 E&0&8/< &)/ #0(-&8/ - () 60#0&9) '0/66) ) #0$#/;6) ='(/0#-&8/ 60( #/&) 60 #-7)/-(6-6< -#$. 23 60( C86;) P#)&0-( C)/$$'&)/-( Como se -a "ic-o& en un Esta"o "e Emergencia& en el 'er(& uno "e los "erec-os ,ue pue"e restringirse es el "erec-o "e reunión. OPuier OPu iere e "ec "ecir ir&& en enton tonces ces&& ,ue to"o tip tipo o "e reu reunio niones nes se pro pro-íb -íben en en la circunscripción territorial en la ,ue se "eclaró el Esta"o "e EmergenciaQ La respuesta es negativa& pues solo po"rn pro-ibirse las reuniones ,ue tengan relación "irecta con las causas o motivos ,ue 0usti+icaron la "eclaratoria "el Esta Es ta"o "o "e Em Emer erge genc ncia ia.. /sí sí&& po porr e0em e0empl plo& o& si se "e "ecl clar aró ó un Es Esta ta"o "o "e Emergencia en "etermina"as ciu"a"es& "ebi"o a continuas mani+estaciones violentas& con ata,ue a la propie"a" p(blica o priva"a& blo,ueo "e vías p(blic p(b licas& as& ent enton onces ces&& las reuni reunione ones s ,u ,ue e se res restri tringi ngirn rn sern las ,ue se relacionen con estos accionares. 2o se pue"e pro-ibir una reunión "e tipo cultural& +amiliar& religioso& etc.& en la ,ue no se "iscuta o trate asunto alguno relaciona"o con lo ,ue motivó la "eclaración "el Esta"o "e Emergencia. %i la autori aut ori"a" "a" pro pro-íb -íbe e reu reunio niones nes ,u ,ue e no tie tienen nen rel relaci ación ón con las ca causa usas s ,ue 0usti+icaron la "eclaración "el Esta"o "e Emergencia& se a+ecta el principio "e ra*onabili"a" y po"ría interponerse un proceso constitucional "e amparo ante el Aue* competente.
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& E0>() 60 #)&060/&- 60 '/ #)&0) &)/$$'&)/-( &'-/6) 0 -(0;- '/ 60#))#&)/-6) -&&)/-# 60 (- -'$)#6-6 0/ #0(-&8/ - () 60#0&9 60# 0&9) ) ' '0/ 0/66 66) ) ) #0 #0$# $#/; /;6) 6) =' ='(/0 (/0#-& #-&8/ 8/ 60( # #/& /&) ) 60 #))#&) #) )#&)/-(6 /-(6-6 -6 -#$. 23.3 60( C86; C86;) ) P#)& P#)&0-( 0-( C)/ C)/$$'&) $$'&)/-( /-( 'or e0em e0empl plo& o& pu pue" e"e e "a "ars rse e el ca caso so ,u ,ue e se -a -ay ya "e "ecl clar ara" a"o o el Es Esta ta"o "o "e Emergencia en una "etermina"a región por la existencia "e mani+estaciones violentas en pla*as y vías p(blicas& con ata,ues a la propie"a" p(blica y priva"a. Como ya se -a seBala"o& en estos supuestos& uno "e los "erec-os ,ue se restringe es el "erec-o "e reunión. 'ue"e "arse el caso "e ,ue un grupo "e personas& a pesar "e la "eclaración "el Esta"o "e Emergencia& estn est n por rea reali* li*ar ar una mov movili* ili*ac ación ión en un una a vía p(bl p(blica ica&& sin emb embarg argo& o& la autori"a" auto ri"a" policia policiall los persua" persua"e e "e "esistir "e la me"i"a& por lo ,ue ,uie ,uienes nes preten"ían movili*arse se retiran a sus "omicilios: sin embargo& los policías ingresan a sus "omicilios& y a pesar "e no encontrar ning(n elemento ,ue los vincule con accionar violento los trasla"a a la Comisaría y los tiene allí por -oras como un castigo& a pesar "e ,ue no se les -a imputa"o la comis co misión ión "e alg alg(n (n "e "elito lito ni se -a gen genera era"o "o invest investiga igació ción n alg alguna una en su contra. En este caso& estaríamos ante un accionar "esproporciona"o "e la autori"a"&
,ue
0usti+icaría
la
interposición
constitucional. 9Lingn Cabrera& 3>11 3>11
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