Recursos en Materia Aduanera

November 29, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Recursos en materia aduanera.

 

¿Qué es un recurso? 

Denominase así todo medio que concede la ley procesal para la impugnación de las resoluciones, a efectos de subsanar los errores de fondo o los vicios de forma en que se haya incurrido al dictarlas.

 

Procedimiento administrativo en materia aduanera. 

Inicia con un embargo precautorio por las irregularidades detectadas en la verificación física y documental derivada del primer y segundo reconocimiento de las mercancías presentadas al mecanismo de selección automatizado, en la verificación en transporte o dentro de las instalaciones de la empresa. Este las procedimiento brinda los la oportunidad de valorar pruebas y analizar argumentos que pretenden justificar que la importación ha cubierto los requisitos y formalidades, antes de dar su resolución.

 

Medios de defensa posteriores a la emision de la resolucion. 

Como medios de defensa que se pueden interponer contra las resoluciones que recaen a este tipo endeel procedimiento encuentra el señalado artículo 203 de se la Ley Aduanera, mismo que establece:  contra de todas las resoluciones definitivas que dicten las autoridades aduaneras procederá el recurso de revocación establecido en el Código Fiscal de la Federación”.

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La interposición de éste recurso será optativa para elFederal interesado antesFiscal de acudir al Tribunal de Justicia y Administrativa.

 

Fases del procedimiento administrativo en materia aduanera. 

Se compone de las siguientes fases, siguiendo éste orden:

1. LEVANTAMIENTO DE UN ESCRITO O ACTA DE IRREGULARIDADES. 2. ELABORACIÓN DEL ACTA DE INICIO DE PAMA. 3. PERIODO PARA LA PRESENTACIÓN DE ALEGATOS Y PRUEBAS.

PERIODOS PARA QUE LA AUTORIDAD DICTE LA RESOLUCIÓN AL 4. PROCEDIMIENTO. 5. EMISIÓN DEL DOCUMENTO CON EL QUE PONE FIN F IN AL PROCEDIMIENTO.

 

Medios de defensa contra los procedimientos administrativos en materia aduanera. 

El recurso de revocacion es un medio de defensa optativo, antes de acudir ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con el Juicio Contencioso Administrativo, mejor conocido como el Juicio de Nulidad.

 

Recurso de revocacion. 

Este recurso es un medio de defensa que procede contra la resolución que dicte la autoridad aduanera correspondiente, con la que se dé fin a un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera.

 



Debe ser interpuesto por aquella persona a la que se le este afectando en su interés jurídico, así mismo, será válido cuando la resolución de que se trate no haya sido materia de impugnación ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

 



Deberá interponerse un escrito ante la autoridad competente en materia del domicilio, de acuerdo al RFC o de la autoridad que emitió el acto que se impugne, dentro de los 45 días siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación de la resolución definitiva que se impugne.

 

Juicio contensioso administrativo (juicio de nulidad). 

Ante las resoluciones que dicte la autoridad administrativa a la que le tocó la resolución del recurso de revocación es procedente que el interesado promueve el denominado Juicio de Nulidad en el cuál se tratará de comprobar la legalidad de la actuación de las autoridades fiscales administrativas.

 



La demanda se deberá presentar por escrito ante la Sala Regional competente, dentro de los 45 días siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación de la resolución que se impugne.

 



El tiempo para presentar la demanda de amparo es de quince días, contando a partir del día siguiente a aquél en que haya surtido efectos, conforme a la ley, la notificación al quejoso de la Sentencia que ponga fin al Juicio Contencioso Administrativo;de a aquel haya tenido conocimiento ellos oen deque su ejecución en el caso de quererlo interponer contra el inicio del Procedimiento, o al que se hubiese ostentado sabedor de los mismos.

 

Gracias por su atencion.

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